Barlovento 2

July 8, 2017 | Autor: Wilfrido Llanes | Categoria: Historia Regional, Historia Del México Colonial
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E d ito r ial En el segundo número de Barlovento presentamos, como parte de nuestro interés por la difusión de la historia virreinal del norte de México, una significativa pluralidad en los contenidos de cada una de las secciones. Las historias que aquí se compendian son cruzamientos temáticos sobre un mismo espacio histórico, piezas de un rompecabezas articuladas por un punto de conexión: ampliar los ángulos de observación del Norte novohispano. Con los artículos incluidos en Septentrión se abre esta diversidad de contenidos. En el primero de ellos, con su trabajo La compañía rediviva: restauración de la Compañía de Jesús en Nueva España e imperio mexicano, 1815-1823, Miguel Mathes se ocupa de un proceso que bien podemos denominar el resurgimiento de la Compañía de Jesús, mismo que se inicia a partir de su expulsión de la Nueva España en 1767. Mathes recoge ulteriores supresiones, la gradual restauración emprendida a partir de 1800 y, finalmente, su concreción en 1843, estando Santa-Anna como presidente provisional de México. La trama expuesta, iniciada con Carlos III y cerrada con Santa-Anna, muestra el interés en destacar un perfil cultural de la Compañía. El lector lo podrá deducir con mayor puntualidad al adentrarse en la exposición de los testimonios. Capitán protector de frontera es el título del artículo de María Guadalupe Ríos Delgado. En él se observa la figura del capitán protector de indios como parte de los mecanismos que implementó la corona española para proteger, evangelizar y buscar la paz en las jurisdicciones que más problemática ocasionaba en el norte de la Nueva España. Área que es observada partiendo de la conocida dicotomía civilización/barbarie. En su trabajo Transgredir la moral a través de la bigamia durante el siglo XVIII en el real de minas de Nuestra Señora de El Rosario, Benita Escárcega, a través de tres casos contra mujeres acusadas por el delito de bigamia, se adentra en el orden y comportamiento de la sociedad del noroeste novohispano, más particularmente del real de El Rosario, ubicado al sur de Sinaloa. Pauta las experiencias derivadas de la práctica sexual frente a las prohibiciones establecidas por la Iglesia, confirmando que “no existe prohibición que no pueda ser transgredida”. En la sección Linternilla, Venecia C. Lara presenta los antecedentes de un proyecto editorial que reúne documentos relacionados con Nuño de Guzmán, uno de los personajes más conocidos de la Conquista en Nueva España: La Aciaga Conquista de Nuño de Guzmán, obra, que a su vez, fue reseñada por Salvador Álvarez y recogida en este número. En esta ocasión Imago contiene algunos comentarios sobre patrimonio tangible inmueble. A través de anotaciones precisas se expone la historia de la construcción de tres inmuebles, como parte de la memoria histórica de Sinaloa. Ana Lilia Altamirano describe brevemente el proceso de construcción y subsiguiente estado de los templos de Concordia, Copala y El Rosario, edificaciones religiosas de la segunda mitad del siglo XVIII enclavados en la región sur de Sinaloa. Con paleografía de Sara N. Velarde y comentarios de Ana Lilia Altamirano, en la sección sobre transcripción de documentos

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denominada Registros, se reproduce un caso sobre “relación ilícita” o amancebamiento suscitado en San Benito de los Sabinos, Sinaloa; situación que permite a las autoras revelar el comportamiento de una sociedad familiarizada con la transgresión de los preceptos morales, mismos que “debían guardar y obedecer” los feligreses. A su vez, el documento mantiene una conexión substancial con el artículo de Escárcega Ríos, debido a que ambos se ocupan de procesos emanados de la conducta, el orden social y su menoscabo. En esta ocasión la sección Ad Perpetuam presenta información valiosa referente a títulos de alcaldes mayores de El Rosario y Culiacán, distritos ubicados en el sur y centro de Sinaloa, respectivamente; además de algunos títulos de alcaldes mayores y gobernador, como resultado de la exploración realizada por Víctor Adrián González en el Archivo Histórico de Jalisco, ubicado en la ciudad de Guadalajara. Como parte de la sección Diálogos, en una síntesis de la conversación entablada por Wilfrido Llanes con el Dr. Miguel Vallebueno –catedrático de la Universidad Juárez del Estado de Durango– se destacan los senderos recorridos que llevaron a nuestro entrevistado a convertirse en historiador, al mismo tiempo que se revela su contacto con la historia, las temáticas que le atrajeron inicialmente, su arribo a la docencia y, finalmente, se destaca su vínculo con Sinaloa. Todas cuestiones que interiorizan y convergen en los diversos aspectos que lo iniciaron en el oficio de historiador y que, a la vez, se expresan en su quehacer investigativo y docente. En el apartado denominado Norte, Salvador Álvarez extracta los aspectos principales de La Aciaga Conquista de Nuño de Guzmán, publicación reciente en la que se recuperan 14 documentos del Archivo General de Indias de Sevilla relacionados con este personaje. Álvarez acentúa algunos de los méritos de la compilación, misma que permite asomarse a las acciones y discusiones generadas en torno al proceso de conquista de la Nueva España y, más particularmente, del Occidente novohispano. Finalmente, como parte de esta misma sección, Wilfrido Llanes reseña El arte de la lengua tegüima, vulgarmente llamada ópata, compuesta por el padre Natal Lombardo, originalmente formada en 1702 y recientemente publicada por el Instituto Nacional de Antropología e Historia. Las anotaciones sobre esta descripción gramatical destacan su importancia como mecanismo primordial en la labor evangelizadora en territorio americano, particularmente su valor como auxiliar en la retroalimentación con los grupos indígenas, a través de la enseñanza/aprendizaje del idioma y la interiorización de la religión.

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Ín d ice

Septentrión 5

La compañía rediviva: restauración de la Compañía de Jesús en nueva España e imperio mexicano, 1815-1823. Miguel Mathes

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Capitán protector de frontera María Guadalupe Ríos Delgado

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Transgredir la moral a través de la bigamia durante en el siglo XVIII en el real de minas de Nuestra Señora del Rosario Benita Escárcega Ríos

Linternilla 58

Al revés de una historia azarosa: La aciaga conquista de Nuño de Guzmán Venecia Citlali Lara Caldera

Registros 64

El amancebamiento: una transgresión a las normas eclesiásticas Ana Lilia Altamirano/ Sara Nohemy Velarde Sarabia

Diálogos 60

Imago

Entrevista con Miguel Vallebueno Garcinava: Senderos personales Wilfrido Llanes Espinoza

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Una mirada al patrimonio eclesiástico Ana Lilia Altamirano

Ad Perpetuam 54

Fuentes coloniales para la historia de Sinaloa Víctor Adrián González Pérez

Norte 72

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La aciaga conquista de Nuño de Guzmán Salvador Álvarez

Sobre el arte de la lengua tegüima, vulgarmente llamada ópata Wilfrido Llanes Espinoza

C o n se jo a se so r Dr. Sergio Ortega Noriega y Mtro. Juan Domingo Vidargas del Moral (Instituto de Investigaciones Históricas/Universidad Nacional Autónoma de México), Dr. Luis Navarro García (Universidad de Sevilla), Dra. María Elena Barral (CONICET/Universidad Nacional de Luján, Argentina), Dr. Miguel Vallebueno Garcinava y Dr. José de la Cruz Pacheco (Instituto de Investigaciones Históricas/Universidad Juárez del Estado de Durango), Dr. Gilberto López Castillo (INAH-Sinaloa), Dra. María del Valle Borrero Silva (El Colegio de Sonora), Dr. David Carbajal López y Dra. Celina Becerra Jiménez (Departamento de HistoriaCUCSH-Universidad de Guadalajara), Dr. Samuel O. Ojeda Gastélum y Dr. Rafael Valdés Aguilar (Facultad de Historia/Universidad Autónoma de Sinaloa), Dra. Sara Ortelli (CONICET/Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, Argentina), Dr. José Refugio de la Torre Curiel (El Colegio de Jalisco), Dr. Miguel Mathes (El Colegio de Jalisco; Benemérita Sociedad de Geografía y Estadística del Estado de Jalisco),Mtro. Gilberto López Alanís (Archivo Histórico General del Estado de Sinaloa).

Consejo editorial

Sara Nohemy Velarde Sarabia, Benita Escárcega, Ana Lilia Altamirano Prado, Víctor Adrián González Pérez, Venecia Citlalli Lara Caldera, Wilfrido Llanes Espinoza

Coordinador

Wilfrido Llanes Espinoza

Diseño y formación Michelle Thomas

Dr. Víctor Antonio Corrales Burgueño Rector

M.C. Juan Eulogio Guerra Liera Vicerrector de la Unidad Regional Centro

Dr. Alfredo Leal Orduño Secretario General

Dr. Carlos Maciel Sánchez Director General de Extensión de la Cultura

Lic. Manuel de Jesús Lara Salazar Srio. de Administración y Finanzas

M.C. Hilda Elizabeth Moreno Rojas Directora de Editorial

* Barlovento es un grupo de historiadores apoyado por la Universidad Autónoma de Sinaloa cuyo fin es el difundir la investigación entorno del norte novoshispano. Esta publicación es propiedad intelectual del grupo. ** El contenido de las colaboraciones es responsabilidad de los autores. Barlovento Sierra del Carmen 1359, Fracc. Cañadas, C.P. 80178, Culiacán, Sinaloa, México. [email protected] Universidad Autónoma de Sinaloa Dirección General de Extensión de la Cultura y los Servicios Teófilo Noris 517 Nte. Centro, C.P. 80000, Culiacán, Sinaloa, México. Tel: (667) 7166273 directo, Fax: 7152111

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Sep ten tr ión

La Compañía rediviva:

restauración de la Compañía de Jesús en Nueva España e Imperio Mexicano, 1815-1823

Miguel Mathes*

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s dudoso que el rey Carlos III y su ministro el Conde de Aranda pudieran concebir los efectos a largo plazo de la ejecución en Nueva España el 25 de junio de 1767 del Real Decreto del 27 de febrero y la Real Pragmática Sanción del 27 de marzo del mismo año, que abolieron la Compañía de Jesús en los dominios españoles y condenaron miles de sus operarios al exilio. Además de los aspectos inhumanos del inesperado desalojamiento de los jesuitas y su marcha al destierro, se creó una burocracia enorme que perduraría durante un siglo y medio, encargada con la administración y disposición de los bienes muebles e inmuebles de la Compañía. Sólo la clausura de los miles de colegios y centenares de las misiones de la orden produjo un trastorno cultural mundial. Juntos con los numerosos decretos y reglamentos que detallaron las operaciones de la expulsión, centenares de impresos pretendían justificar los decretos reales y los medios duros empleados en su ejecución. Conjuntamente con los ministros de Portugal y Francia, España dio el coup d´grace a la Compañía de Jesús al convencer al Papa Clemente XIV de la necesidad de su supresión, llevado a cabo el 21 de julio de 1773 por el breve Dominus ad Redemptor.1 No obstante estos intentos de desprestigiar a los operarios

* El Colegio de Jalisco; Benemérita Sociedad de Geografía y Estadística del Estado de Jalisco. 1 Colección del Real Decreto De 27. de Febrero de 1767. Para la Egecucion del Estrañamiento de los Regulares de la Compañía, cometido por S. M. al Excmo. Señor Conde de Aranda, como Presidente del Consejo: de las Instrucciones, y Ordenes succesivas dadas por S. E. ene l cumplimiento; y de la Real Pragmática Sancion de 27. de Marzo, en fuerza de Ley, para su observancia. Madrid: Imprenta de la Real Gazeta, 1767; Breve de Nuestro Muy Santo Padre Clemente XIV. por el qual Su Santidad suprime, deroga, y extingue el instituto y orden de los Clérigos Regulares, denominados de la Compañía de Jesus, que ha sido presentado en el Consejo para su publicacion. Madrid: Pedro Marín, 1773. Barcelona: Thomas Piferrer, 1773. Miguel Mathes, “La expulsión, persecución y supresión de la Compañía de Jesús según los impresos contemporáneos”, Memoria del Seminario: La religión y los jesuitas en el noroeste novohispano, vol. IV, Culiacán, Sinaloa, El Colegio de Sinaloa, 2010, pp. 113-159. De Nueva España fueron expulsos 678 operarios.

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de la Compañía, la fama académica de los jesuitas sobrevivió y, por sus escritos, floreció. Durante las últimas décadas del siglo XVIII la falta de las amplias aportaciones científicas de los jesuitas y la plena decadencia de las instituciones académicas anteriormente administradas por ellos se hizo notorio, y por ello dio principio a varios movimientos populares favoreciendo la restauración de la Compañía. Con la muerte del papa Pío VI en 1799, la subsiguiente elección a la Santa Sede de Pío VII en 1800 abrió el camino para el retorno eventual de los jesuitas. Iniciado por medio de la solicitud del padre Francisco Kareu citada en un oficio del zar Pablo I del 11 de agosto de 1800 para permitir el establecimiento de la Compañía en Rusia, la Santa Sede aprobó la petición en el breve Catholicae fidei del 7 de marzo de 1801 confirmando la organización de la Compañía, abrogando en aquellos reinos el efecto de Dominus ad Redemptor, y legitimando a los 214 jesuitas, de los cuales noventa y cuatro eran sacerdotes, que habían sobrevivido allá. Esta apertura por parte del papa promovió la formación de quasi-compañías en Francia, Italia y en Inglaterra donde, en 1803, se encontraban treinta y cinco jesuitas. El 23 de mayo del mismo año su santidad respondió a la petición del obispo John Carrol y el padre Leonard Neal, ambos ex– jesuitas, junto con trece operarios más residentes en los Estados Unidos, autorizando el establecimiento de un noviciado. Todas estas congregaciones fueron vinculadas con sus correligionarios en Rusia. Estos desarrollos estaban afectados por el exilio temporal del papa Pío VII por cinco años durante las guerras napoleónicas, pero su regreso a Roma el 24 de mayo de 1814 apoyado por la Santa Alianza, dio ímpetu a numerosas peticiones de los obispos y demás jerarquía para el restablecimiento total de la Compañía con la finalidad de lograr la reapertura de los colegios y las misiones que anteriormente administraba con gran eficiencia. Promovido por Bartolomé Cardenal Pacca, la lectura del breve Sollicitudo omnium ecclesiarum dado en Santa María la Mayor el mismo domingo 7 de agosto de 1814 en la Iglesia de Gesú, después de decir misa en el altar de San Ignacio de Loyola, revocó en su totalidad el breve Dominus ad Redemptor del 21 de julio de 1773. Asimismo, autorizó al general padre

Tadeo Barzozowski y los operarios supervivientes a vivir según la Regla de San Ignacio, predicar, abrir noviciados, colegios y casas y recibir novicios.2 Dentro del imperio español las mismas faltas de centros académicos dieron lugar a varias solicitudes después de la muerte de Carlos III en 1788 para el restablecimiento de la Compañía de Jesús, pero estas fueron rechazados por Carlos IV, aunque por real cédula del 11 de marzo de 1789, el rey concedió permiso para el regreso de los jesuitas exilados a sus casas familiares y residencias en sitios no reales. Para Nueva España, el decreto resultó en que siete operarios, los padres Pedro Navarrete (Michoacán), Atanasio Portillo (Guatemala), Juan Luis Maneiro (México), Lorenzo Cavo (Guadalajara); Antonio Franyuti (Acayuca, Veracruz), José Gregorio Cosío (Veracruz) y coadjutor Manuel Miranda (Tlacomulco, Puebla) se trasladaban a Cádiz para embarcar rumbo a Veracruz. Navarrete y Portillo murieron en La Habana, pero los demás alcanzaron sus destinos. No obstante este cambio, una real cédula del 25 de mayo de 1801 instruyó al virrey Félix Berenguer de Marquina a expulsar de nuevo a los ex-jesuitas, pero estos fueron confinados a residencias por estar incapacitados para viajar. Aunque murieron antes estos primeros repatriados, los padres José María Castañiza, nacido en México en 1744, Pedro Cantón, nacido en Guadalajara en 1745 y Antonio Barroso, nacido en Tepeaca en 1742, residentes en la comunidad mexicana ex–jesuita de Bolonia, durante la plena invasión napoleónica y el exilio de la familia real en Bayona, en Cádiz en junio de 1809 lograron conseguir pasaportes para pasar a Nueva España. Llegados en agosto, Cantón y Castañiza se hospedaron en la casa de la hermana de éste, la condesa de Basoco, y Barroso fue alojado en el colegio de San Ildefonso donde servía de rector el padre Juan Francisco Castañiza. Mientras tanto, en 1808 el ayuntamiento de Guadalajara había solicitado el restablecimiento de los colegios en esa ciudad, y dos años después, las cortes establecidas 2  José Gutiérrez Casillas, Jesuitas en México durante el siglo XIX. (México: Editorial Porrúa, 1972.), pp.16-18; José Mariano Dávila y Arrillaga, Continuación de la Historia de la Compañía de Jesús en Nueva España del P. Francisco Javier Alegre. Puebla: Colegio Pío de Artes y Oficios, 1888. 2 vols.

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Sep ten tr ión en Cádiz el 16 de diciembre de 1810, concedió la restitución de la Compañía en América con el fin de dedicarse a las instituciones educativas y misiones. Con estas mismas finalidades, el 13 de diciembre de 1813, el Congreso de Chilpancingo, convocado por José María Morelos, solicitó al arzobispo de Baltimore, Maryland, John Carrol, el envío de operarios maestros, pero debido a la derrota de la insurgencia y la desunión de sus fuerzas, no se realizó.3 Restablecido en el trono en 1814, Fernando VII abolió la Constitución de 1812 e instaló de nuevo el absolutismo en España. Para promover la colaboración de la Iglesia y reducir el peligro de revolución, y conformándose con las numerosas solicitudes y lo decretado por Pío VII el 7 de agosto del año anterior, el rey emitió una real cédula el 29 de mayo de 1815 derogando la Pragmatica Sanción de 1767 con las cédulas, leyes y reglamentos subsiguientes vinculados a ella y restableciendo la Compañía de Jesús dentro de las ciudades y pueblos que lo soliciten. Esta condición, por consulta del 22 de enero de 1816, fue extendida sin limitación en España y las Indias. Se proveyó el regreso de todos los superiores y operarios y la restitución de casas, colegios, iglesias, hospitales, residencias así como los bienes y las rentas intervenidos durante la expulsión, exceptuando los inseparables por vendidos o incorporados por entidades e individuos. El lenguaje del documento real cuidadosamente evitaba cualquier crítica de los actos de su abuelo y sus ministros.4

La bula Sollicitudo omnium se había promulgado en México el 29 de enero de 1815 y apareció tomado del Mercurio Español de Madrid del 10 de septiembre de 1814, en el Diario Extraordinario de Mexico. Viernes 20 de enero de 1815. Tomo V.5 La real cédula del 10 de septiembre de 1815 que específicamente extendió la restauración de la Compañía a las Indias llegó al despacho del virrey Félix María Calleja el 7 de febrero de 1816 y, promovida por el padre Juan Arrieta, mexicano, una carta del general de la Compañía del 8 de agosto de 1815, restableciendo la Provincia Mexicana produjo solicitudes el 25 de febrero por los padres Castañiza, Cantón y Barroso al arzobispo Pedro Fonte, para permiso para el establecimiento de una comunidad. En un memorial dirigido a Calleja el 6 de mayo de 1816, el Real Acuerdo de México declaró que los jesuitas estaban conformes con sus constituciones, y dos días después Calleja informó a Fonte de su decreto para el reestablecimiento bajo la administración de Castañiza. En cumplimiento, el 13 de mayo Castañiza solicitó autorización y nombramiento al puesto de superior a Fonte quien, el día después, le confirmó de provincial bajo los Institutos de la Compañía. El 19 el nombramiento fue publicado por el vicario Juan Perelló.6 Al correr la voz de la llegada de la cédula, se organizaron extensas ceremonias y fiestas para celebrar la restauración en la calle de San Ildefonso, y el 19 de mayo de 1816, con gran pompa, a las 11 de la mañana llegó el arzobispo Fonte con Castañiza y Cantón en su coche, y fueron recibidos por Barroso, alumnos, prelados de otras órdenes y el clero diocesano. Al mismo tiempo llegó el cabildo, los capellanes, el virrey Calleja con

3  Los Jesuitas en Mexico, ó Memorias para servir a la historia del restablecimiento, destrucción y otros sucesos relativos a la Compañía de Jesús, en la República Mexicana, desde 1816 hasta la fecha; Formadas sobre auténticos testimonios y diversos escritos de la época, por un testigo ocular de la mayor parte de ellos. (México: Imprenta de Juan R. Navarro, 1850.), pp. 3-8; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.19-34. El padre José María Castañiza fue hermano del obispo de Durango, Juan Francisco Castañiza González de Agüero, marqués de Castañiza.

muy estrecha y encarecidamente me sirviese restablecer en todos mis Dominios la Compañía de Jesus..., y excitándome á seguir el egemplo de otros Soberanos de Europa..., y muy particularmente el respetable de S. S. Que no habia dudado revocar el Breve de la de Clemente XIV de veinte y uno de Julio de mil setecientos setenta y tres.... Dado en Palacio á tres de Mayo de mil ochocientos diez y seis.=YO EL REY. ....en Toledo á veinte de Mayo de mil ochocientos diez y seis. Josef de Covos. (Madrid: s.i., 1816.); Los Jesuitas en Mexico..., pp. 3-8; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.23-25.

4  Fernando VII, Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la cual se manda que el permiso concedido en el Real decreto de 29 de Mayo de 1815 para el restablecimiento del Orden de la Compañía de Jesus en las ciudades y pueblos que lo habian pedido, sea extensivo, general, y sin limitacion á todos los demas de los Dominios de S. M., asi de España, como de las Indias é Islas adyacentes, en que se hallaba establecida al tiempo de su extrañamiento, con lo demas que se expresa. (Madrid: Imprenta Real, 1816.; Madrid: s.i., 1816.); Real Cedula De S.M. Don Fernando VII, Por La Gracia De Dios,… Sabed:… representaciones que se me dirigieron…suplicándome

5  México: Imprenta de d. José Maria de Benavente, 1815. 6  El nombramiento de provincial fue confirmado desde Roma por el comisario para las Provincias de España y Nueva España, Manuel de Zúñiga, el 21 de julio de 1816 a la junta de restitución de la Compañía. Los Jesuitas en Mexico..., pp. 14-15; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.39-41.

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miembros de la universidad, el ayuntamiento y la Real Audiencia. Entre celebraciones y repiques de campanas el arzobispo publicó el breve del 7 de agosto 1814, la real cédula del 9 de mayo de 1815 y la real cédula específicamente dirigida a las Indias del 10 de septiembre de 1815 y luego el virrey dio lectura a las reales cédulas y ordenanzas. Calleja entonces entregó las llaves del colegio de San Ildefonso a Castañiza quien, a su vez, presentó una candela encendida al virrey en reconocimiento del Real Patronato. Las ceremonias terminaron con un discurso pronunciado por Fonte y el Te Deum. El día siguiente el virrey y el arzobispo abrieron el seminario con la exposición de emblemas alegóricos y la lectura de sonetos y alabanzas, y el 2 de junio dieron entrada al noviciado a Ignacio de la Plaza, Francisco Mendizábal, Ignacio Lyon, Blas Perea, Diego Sanvítores, Ildefonso Peña, Rafael Olaguíbel y Lorenzo Lizárraga.7 Las conmemoraciones y actas de restauración continuaron durante 1816. El 31 de julio, fiesta de San Ignacio de Loyola, el director de ejercicios espirituales del Real Oratorio de San Felipe Neri, que anteriormente fue la Casa Profesa de la Compañía, Juan Bautista Díaz Pérez y Calvillo, predicó el Elogio de San Ignacio de Loyola, fundador de la Compañía de Jesus, predicado en su primera festividad despues del restablecimiento de dicha Compañía en esta Corte, el 31 de Julio de 1816. En la capilla del Real y mas Antiguo Colegio de S. Ildefonso.8 Habiendo recibido licencia en febrero, el 15 de agosto Castañiza y Cantón realizaron la profesión solemne de cuatro votos ante el obispo electo de Durango, Juan Francisco de Castañiza, y Cantón fue nombrado maestro de novicios. Nueve días después, por orden virreinal, se entregó a la Compañía la iglesia y el colegio de San Gregorio de los indios, sostenido por las rentas de la hacienda de San José de Acolman,

siendo rector el padre Castañiza con 36 alumnos bajo la dirección de Cantón. La Santa Casa de Nuestra Señora de Loreto, edificado por el conde de Basoco por 300,000 pesos, fue trasladado a la Compañía y el 28 de agosto el obispo electo de Durango bendijo y consagró el templo entregado por su hermana, condesa de Casa Basoco, en un acto celebrado el 8 de septiembre durante las fiestas de Nuestra Señora de Loreto. El entierro del padre Barroso, fallecido el 26 de octubre, fue el primero realizado en el templo bajo la Compañía.9 El rectorado de San Ildefonso fue renunciado el 1° de noviembre por Juan Francisco de Castañiza para ocupar la sede del obispado de Durango y dos días después fue reemplazado por Ignacio de la Plaza, quien también sirvió de prefecto de disciplina, con Francisco Mendizábal ocupando el puesto de vicerrector y Blas Perea el de prefecto de espíritu, todos ellos sacerdotes ordenados y novicios de la Compañía. La manzana de la Compañía fue completada el 11 de noviembre con la entrega de San Pedro y San Pablo, utilizado como cuartel y monte de piedad militar, gracias al financiamiento de un nuevo cuartel por la condesa de Basoco. Estos avances fueron entristecidos por el fallecimiento del padre José María Castañiza el 24 de noviembre, el segundo de los fundadores de ser enterrado en Nuestra Señora de Loreto dentro de un mes.10 Además del sermón de Días Pérez y Calvillo las prensas novohispanas celebraron la restauración. El 1° de septiembre se dio a la estampa la oración de gracias del lector en sagrada teología del convento de San Francisco de Cádiz, fray José María Lazo de la Vega, pronunciada el 3 de septiembre del año anterior, Oracion que en la solemne accion de gracias por el restablecimiento de la Sagrada Compañía de Jesus en los dominos de España, celebrada por el Ilustrisimo Dean y Cabildo, y Excmo. Ayuntamiento de Cadiz, en la Santa Iglesia Catedral de esta ciudad en 3 de Septiembre de 1815.11 Del mismo obispo de Durango Juan Francisco Castañiza González de Agüero apareció, en una tirada de 500 ejemplares,

7  Juan Francisco Castañiza González de Agüero, obispo de Durango. Relacion del Restablecimiento de la Sagrada Compañia de Jesus en el Reyno de Nueva España, y de la entrega á sus religiosos del Real Seminario de San Ildefonso de México. (México: Mariano Ontiveros, 1816). La restauración de temporalidades produjo grandes dilemas y el hecho que Francisco Castañiza ocupaba el puesto de rector de San Ildefonso que cedió a su hermano influyó en la devolución de colegio por Fernando VII. Debido a la enfermedad de Barroso, Castañiza y Cantón tomaron la dirección del colegio. Los Jesuitas en Mexico..., pp.9-14; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.35-42.

10  Los Jesuitas en Mexico..., pp. 15-17; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.41-47.

8  México: Calle de Santo Domingo y esquina de Tacuba, 1816.

11  México: Oficina de D. Alejandro Valdés, 1816.

9  Los Jesuitas en Mexico..., pp. 14-17; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.39-47.

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Septen tr ión

Es dudoso que el rey Carlos III y su ministro el Conde de Aranda pudieran concebir los efectos a largo plazo de la ejecución en Nueva España el 25 de junio de 1767 […] mismo año, que abolieron la Compañía de Jesús en los dominios españoles y condenaron miles de sus operarios al exilio.

la Relacion del Restablecimiento de la Sagrada Compañia de Jesus en el Reyno de Nueva España, y de la entrega á sus religiosos del Real Seminario de San Ildefonso de México, con poesía, odas, piezas literarias, emblemas, sonetos, todos dedicados al papa Pío VII, el rey Fernando VII, el Consejo de Indias, la audiencia, el virrey, el arzobispo, el cabildo eclesiástico y la Compañía de Jesús, y un apéndice con descripción de los hechos, las aportaciones, las dotaciones y la obra del Marqués de Castañiza y la Condesa de Casa Basoco en beneficio del restablecimiento de la Compañía.12 La primera obra laica conmemorando la restauración, Los Jesuitas Quitados y Restituidos al Mundo. Historia de la Antigua California, salió de la pluma del destacado descendiente de Ixtlilxóchitl, rey de Texcoco, Agustín Pomposo Fernández de San Salvador, abogado y relator de la audiencia de México y ex-rector de la universidad. La primera parte describe las actas en celebración del restablecimiento de la Compañía, alabanzas de los jesuitas citando las obras biográficas de Maneiro y Peramás, un tratado sobre los años de exilio, y el papel de Catalina II de Rusia, Inglaterra y Prusia en apoyo de la orden. La segunda parte narra la historia, geografía, flora, fauna y etnología de las misiones de Baja California hasta la ocupación franciscana, tomada de los escritos de Clavijero y Alegre y contada por medio de una carta de un tal

Nicolás [Tamaral] a su amigo Lorenzo [Carranco]. En una tirada de mil ejemplares, los suscriptores a la obra incluyeron a Calleja, Antonio Joaquín Pérez, obispo de Puebla, Antonio Bergosa y Jordán, obispo de Antequera y coronel Agustín de Iturbide, comandante militar de Celaya y el Bajío, con una distribución de múltiples ejemplares a Pedro Fonte, arzobispo de México, Ramón Casaus, arzobispo de Guatemala, el marqués de Castañiza, obispo de Durango, Fr. Bernardo del Espíritu Santo, obispo de Sonora, y la misma Compañía.13 No obstante la inestabilidad producida por la continuación de la insurgencia y el insuperable enredo que resultó de casi medio siglo de intervención de sus bienes, la Compañía restituida, apoyada por el pueblo novohispano deseoso por la reapertura de sus colegios, creció lentamente. El padre Pedro Cantón sucedió en el puesto de provincial con la muerte de Castañiza el 24 de noviembre de 1816, y el 5 de febrero de 1817, el padre Ignacio Lerdo de Tejada del Oratorio de San Felipe Neri y nativo de la Rioja ingresó a la Compañía. Encargado del noviciado, Lerdo concluyó los arreglos del plantel de San Pedro y San Pablo el 31 de marzo. Otros operarios invitados a México, los padres mexicanos José Márquez y José Ignacio Amaya, salieron de Roma en octubre de 1816 y, llegados a México en noviembre de 1817, el primero ocupó el puesto de maestro de novicios y fundó una congregación en la

12  México: Mariano Ontiveros, 1816.

13  México: Mariano Ontiveros, 1816.

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iglesia de la Compañía,14 el segundo fue destinado al rectorado de San Ildefonso. La muerte de la benefactora condesa de Basoco el 3 de noviembre produjo un legado para el sostenimiento del noviciado y el 2 de junio de 1818 los primeros novicios, padres Plaza, Mendizábal, Perea, Sanvítores y Lizárraga, junto con los escolásticos Olaguíbel y Peña, seguidos por el padre Basilio Arrillaga el 31 de julio, tomaron sus primeros votos.15 La primera expansión desde México fue gracias a la petición del obispo Castañiza al virrey el 20 de abril de 1818 y la solución de la escasez de escuelas, falta de clero y falta de clero preparado en Nueva Vizcaya resuelto por un donativo de 135,000 pesos y permiso virreinal para la fundación de un colegio de la Compañía en Durango. Asignados para la nueva fundación, los padres Mendizábal y Lyon salieron de México el 25 de enero de 1819 y fueron recibidos por el obispo en Durango el 4 de abril. Debido a la asignación de bienes a la parroquia y el seminario diocesano, tardaba la apertura del colegio hasta el 5 de junio de 1820. Durante el mismo periodo las solicitudes del ayuntamiento de Puebla para un colegio fueron aprobados por el obispo Antonio Joaquín Pérez y Cantón envió a los padres Lerdo y Arrillaga, junto con otro operario y dos coadjutores el 18 de diciembre de 1819. Dos días después tomaron posesión del seminario de San Jerónimo, iglesia de la Compañía, colegio de San Javier, colegio de San Ildefonso y otros edificios y antiguas haciendas. Estos bienes produjeron rentas adecuadas para sostener la obra y los jesuitas fueron muy bien recibidos en Puebla donde gozaron de mucho aprecio. La muerte del padre Márquez, resultó en el regreso de Lerdo a México el 20 de octubre de 1820 para ocupar el puesto de maestro de novicios y, debido al limitado de número de operarios, una dispensa de tiempo permitió la solemne profesión de Lerdo, Mendizábal y Plaza.16

El 18 de octubre de 1820 el padre Luis Fortis de Verona, electo en Roma, sucedió en el puesto de general de la Compañía al recibir la noticia del fallecimiento del padre general Tadeo Brzozowski en Rusia.17 No obstante los problemas de restitución de bienes, falta de fondos y limitado número de novicios, la Provincia Mexicana en 1820, bajo el padre provincial Cantón, operaba los colegios de San Gregorio y Máximo de San Pedro y San Pablo en México, del Espíritu Santo en Puebla y el de Durango, así como los seminarios de San Ildefonso en México y San Jerónimo y San Ignacio en Puebla. Los operarios de la provincia incluyeron quince sacerdotes, tres escolásticos, siete novicios escolásticos, cuatro coadjutores y diez novicios coadjutores, de los cuales todos eran nativos de Nueva España exceptuando tres procedentes de Agriento, Italia y de Oviedo y Cádiz, España. El novicio Hilario Carlos Galindo fue nativo de Nueva California y el padre Lizárraga era sonorense. En Roma había seis miembros de la Provincia incapacitados para realizar el viaje de regreso. La distribución de los operarios fue: Colegio Máximo, padres Márquez, Sanvítores, Perea y Juan María Corona, con coadjutores Francisco Ravaná, Manuel Álvarez y Antonio Palma; San Ildefonso, padres Amaya, Plaza y Lizárraga; Puebla, padres Lerdo, Arrillaga e Ignacio José González; Durango, padres Mendizábal y Lyon y coadjutor José María Hernández; y, en Lagos, el enfermero diocesano de Guadalajara, padre Miguel Jerónimo González.18 Al igual que en 1767, 1773 y 1815 las consideraciones políticas del imperio español volvieron a determinar el destino de la Compañía de Jesús en 1821. El 9 de marzo de 1820, el coronel Rafael Riego y sus seguidores, hartos de las interminables guerras fratricidas de independencia en América, forzaron la reinstitución de la Constitución de 1812 a Fernando VII. Con la subsiguiente convocación de las cortes el 9 de julio, los liberales lograron numerosas reformas que consideraron relevantes a la terminación del absolutismo, entre ellas las limitaciones de

14  Pedro José Márquez, Carta de Agregacion á la Congregacion del sagrado Corazon de Jesus, nuevamente erigida en la iglesia de la Compañía de Jesus de México, é incorporada con las innumerables que hay establecidas y agregadas á la general de Roma, conocida con el nombre de La Pia Union. México: s.i., c. 1817.

17  Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp. 47-50.

15  Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp. 44-46. La dotación fue nulificada por el gobierno de Vicente Guerrero en 1829.

18  Catalogvs Sociorvm Provinciae Mexicanae Societatis Iesv et mvnervm qvibvs qvisqve fvngitvr Mens. Febr. Ann. MDCCCXX. México: Alejandro Valdés, 1820.

16  Los Jesuitas en Mexico..., pp.17-22; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.50-52.

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Sep ten tr ión bienes eclesiásticos, su confiscación, limitaciones de órdenes religiosas y, como en años pasados, la supresión de la Compañía de Jesús. Promovido por la reclamación de la devolución del edificio del Colegio Imperial a los canónigos de San Isidro por el ayuntamiento de Madrid, el 7 de agosto fue emitido por las cortes un decreto nulificando la real cédula del 29 de mayo de 1815.19 La noticia de la reinstitución de la constitución había llegado a Veracruz el 25 de mayo de 1820 y el virrey Juan Ruiz de Apodaca, unido con la burocracia civil y eclesiástica juraba su adhesión al documento.20 Conforme a las declaraciones de las cortes, el decreto emitido el 6 de septiembre y firmado por el rey el 18 del mismo mes restableció la ley cuarta, título veintiséis, libro primero de la Novísima Recopilación y, en consecuencia, quedó suprimida la Compañía de Jesús en toda la monarquía española. Además ordenó que los antiguos ex-jesuitas que disfrutaban la pensión, vayan a vivir en los pueblos, perdiendo la pensión si salgan de la Península, prohibió el uso del traje de su antigua orden y dispuso que la nueva pensión fuera cobrada de las rentas de las temporalidades.

bienes que antes administraban pertenecientes á las temporalidades.21

La noticia de la nueva supresión de la Compañía llegó a Nueva España antes de la promulgación del bando y se inició un movimiento en oposición apoyado por Juan Miguel Riesgo de Sonora el 28 de octubre, con el ayuntamiento de Puebla agregando su oposición al decreto el 13 de diciembre.22 Sin embargo, por orden de Ruiz de Apodaca el 22 de enero de 1821, el intendente de México Ramón Gutiérrez del Mazo dio lectura de la orden de supresión a Cantón en San Ildefonso.23 El mismo día los operarios salieron en secreto de Puebla, llegando el día siguiente a México, y en Durango el 9 de febrero se realizó la entrega de los bienes de la Compañía y aquellos operarios llegaron a México a principios de marzo. En total fueron treinta y siete los jesuitas reunidos en la capital del virreinato, trece sacerdotes, cuatro estudiantes con votos, cuatro coadjutores, siete novicios escolares 21  Juan Ruiz de Apodaca, Don Juan Ruiz de Apodaca y Eliza, Lopez de Letona y Lasqueti, Conde del Venadito, Gran-Cruz de las Ordenes nacionales y militares de S. Fernando y S. Hermenegildo, Comendador de Ballaga y Algarga Armada nacional, Virey, Gobernador, Capitan General y Gefe superior político de esta N. E, Superintendente general Subdelegado de la Hacienda pública, Minas y Ramo del Tabasco, Juez Conservador de éste, Presidente de su Junta, y Subdelegado general de Correos en el mismo Reino, &c. Por el Exmo. Sr. Secretario de Estado y del Despacho de Ultramar se me ha comunicado la Real órden siguiente. “El Sr. Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia me dice con fecha de 16 del corriente lo que sigue. “Por decreto de este dia se ha servido el Rey / dirigirme para su circulacion la ley siguiente: “Don Fernando VII por la gracia de Dios, y por la Constitucion de la Monarquía Española, Rey de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: que las Córtes han decretado y Nos sancionamos lo siguiente: Las Córtes, despues de haber observado todas las formalidades prescritas por la Constitución, han decretado lo siguiente: 1. Se restablece en su fuerza y vigor la ley cuarta, título veinte y seis, libro primero de la Novísima Recopilación, y en su consecuencia queda suprimida en toda la Monarquía Española la Orden conocida con el nombre de Compañía de Jesus...En Palacio a 6 de Setiembre de 1820...Dado en Méjico á 23 de Enero de 1821. México: s.i., 1821; Novisima Recopilacion de las Leyes de España Dividida en XII. Libros En que se reforma la Recopilacion publicada por el Señor Don Felipe II. En el año de 1567, reimpresa ultimamente en el de 1775: Y se incorporan las pragmáticas, cédulas, decretos, órdenes y resoluciones Reales, y otras providencias no recopiladas, y expedidas hasta el de 1804. Mandada formar por el Señor Don Carlos IV. 6 vols. Madrid: s.i., 1805-1807. Libro I, Título XXVI, Ley IV incorpora el real decreto del 2 de septiembre de 1773 en San Ildefonso por Carlos III y la real cédula del consejo del 16 de septiembre de 1773 en observancia del breve de Su Santidad del 21 de Julio de 1773, en que se extingue la orden de regulares de la Compañía de Jesús.

Todos los que se han entrado en la Compañía desde 1815 regresarán a sus pueblos y si estuvieran ordenados in sacris gozarán de pensión, viviendo sujetos a los ordinarios según sus méritos y suficiencia, y los que se hayan ordenado in sacris sin renta después de entrar en la Compañía gozarán de la pensión hasta que obtengan algún beneficio o destino que les produzca igual cantidad. Los que no estuvieren ordenados in sacris se quedarán en la clase de seglares y a los extranjeros se les darán sus pasaportes para que regresen a sus países. En cuestiones de bienes, ordena la restitución al cabildo de la iglesia de San Isidro de Madrid, que los jesuitas se entregarán al cabildo los bienes, efectos, alhajas y dinero al igual que á los padres misioneros del Oratorio del Salvador y sé devolverán al crédito público todos los demás 19  Los Jesuitas en Mexico..., pp.27-28; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.55-62. 20  José María Guridi y Alcozer, Aviso Al Publico. El Exmo. Sr. Virey Gefe Político Superior acaba de ordenar al Ayuntamiento de esta Capital manifieste al Público, que habiendo recibido la plausibilísima noticia de haber prestado el Rey, ante las Córtes, el dia 9 de julio el juramento de obediencia á la Constitucion política de la Monarquía.....Méjico 29 de agosto de 1820. México: s.i., 1820.

22  Los Jesuitas en Mexico..., pp.27-28; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.55-62. 23  Ruiz de Apodaca, op. Cit.

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y nueve novicios coadjutores. De este grupo, Luis Traslosheros y José Guadalupe Rivas quedaron novicios y los estudiantes escolares José Ildefonso Peña y Luis Gutiérrez del Corral se ordenaron. En una instrucción fechada el 7 de abril, el padre general Fortis ordenó la reunión en comunidad de los jesuitas que quedaron, pero algunos volvieron a sus diócesis y Amaya falleció el 10 de noviembre.24 Durante estos meses otro acontecimiento trascendental ocurría en Nueva España. El 2 de marzo de 1821 el coronel Agustín de Iturbide proclamó el Plan de Iguala, acta que, por primera vez en una década, logró unir las fuerzas insurgentes bajo las Tres Garantías de Independencia, Religión y Unión. Con la adhesión de las diversas guerrillas, la causa de la independencia avanzó rápidamente promoviendo el 5 de julio la renuncia del virrey Juan Ruiz de Apodaca a favor del mariscal de campo Francisco Novella, la subsiguiente toma de Puebla por el Ejército Trigarante y los acuerdos del Tratado de Córdoba el 24 de agosto para el establecimiento del Imperio Mexicano. La entrada triunfal del las fuerzas trigarantes a la ciudad de México el 27 de septiembre marcó la consumación de la independencia y el día siguiente la Junta Provisional Gubernativa entró al poder ejecutivo de la nueva nación. Considerando las promesas de mantenimiento de la religión Católica Apostólica Romana como la del Imperio, las peticiones para el restablecimiento de la Compañía comenzaron y el diputado de Puebla, Joaquín de Haro y Portillo, presentó formalmente su solicitud a la junta el 24 de octubre, apoyado seis días después por un memorial del ayuntamiento poblano. No obstante estas instancias, después del debate el 13 de noviembre la junta determinó que el asunto no era de urgencia y suspendió las discusiones.25 La elección del Congreso Constituyente el 29 de diciembre de 1821 y su instalación el 24 de febrero de 1822 dio nuevo ímpetu al debate sobre la restitución de la Compañía y, compuesto de Insurgentes, Borbonistas, Republicanos e Iturbidistas, las discusiones alcanzaron aun mayores

niveles de emoción. El periódico El Sol publicó el 12 de diciembre anterior artículos sobre la importancia de la retención de los bienes de la Compañía para fortalecer el erario nacional y acusando a los operarios de numerosos actos de lesa majestad. Estos fueron contestados por José Manuel Sartorio, acusando a los autores de ser masones, jacobinos, seguidores de los filósofos franceses y deístas al contradecir la bula del papa Pío VII.26 El mayor apoyo de la Compañía procedía de Puebla donde el ayuntamiento, encabezado por Antonio Bandini y Francsico Javier Ponce, el 14 de febrero de 1822 reunió una petición de 907 ciudadanos cuyas firmas ocuparon 14 páginas impresas, entregado a su congresista Manuel Álvarez. Esta petición fue secundada el 4 de marzo por los ciudadanos de Querétaro cuyas firmas ocuparon 18 páginas impresas, citando la importancia educativa y la obra de Juan María de Salvatierra en California.27 Además de los poblanos y queretanos, otros personajes de alto rango político como José Guridi y Alcocer, José M. Bocanegra, Ignacio Espinosa, Juan Miguel Riesgo y Carlos María de Bustamante expresaron su oposición a la venta de bienes de los jesuitas ya que fueron para el beneficio público, pero fue favorecida por José M. Fagoaga y Francisco Manuel Sánchez de Tagle. No obstante la fuerte oposición, a nombre del Congreso la Regencia del Imperio emitió el decreto del ceso del préstamo forzoso y el remate de las temporalidades de la Compañía para el mantenimiento del ejército el 16 de marzo y el 26 fue firmado por Agustín de Iturbide como

26  Núm. 5., Pág. 19. El Sol. Miércoles 12 de diciembre de 1821. México: Imprenta de D. J. M. Benavente y Sócios, 1821; José Manuel Sartorio, Contestación al artículo sobre Jesuitas del Número 5 Del Sol. El día 19 del diciembre pasado, en que entró el Sol en el signo quinto de su Zodiaco, encontré en la calle á un amigo, y se trabó este Diálogo. México: Imprenta imperial de D. Alejandro Valdés, 1822. 27  Representación que hace el Vecindario de la Ciudad de la Puebla por medio de su M. I. Ayuntamiento Constitucional al Soberano congreso constituyente del Imperio, impetrando la restitucion del utilísimo instituto de la Compañía de Jesus. Memorial. Puebla febrero 14 de 1822. Puebla: Pedro de la Rosa, 1822; José Mariano Blasco, Representación que a fabor de la Compañía de Jesús hacen en particular algunos sujetos eclesiásticos y seculares de la ciudad de Santiago de Querétaro suplicando su restablecimiento al Supremo Congreso Constitucional del Imperio Mexicano. Sala Capitular de Querétaro Agosto 3 de 1822. Querétaro: en Oficina de Don Rafael Escandón, 1822.

24  Los Jesuitas en Mexico..., pp.27-28; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.55-62. 25  Los Jesuitas en Mexico..., pp.29-46; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.65-74.

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Sep ten tr ión

Al igual que en 1767, 1773 y 1815 las consideraciones políticas del imperio español volvieron a determinar el destino de la Compañía de Jesús en 1821.

presidente de la Regencia.28 El rechazo del Tratado de Córdoba y con ello, la sucesión al trono mexicano, por Fernando VII el 13 de febrero resultó en la proclamación de Agustín de Iturbide emperador constitucional por el congreso el 19 de mayo de 1822. El fracaso de la subasta de temporalidades y el nombramiento de Iturbide dio nueva voz a los defensores de la Compañía y lugar a la producción de numerosas publicaciones a favor de los jesuitas. La bula del Papa Pío VII de restitución de la Compañía del 7 de agosto de1814 y las instrucciones pastorales del arzobispo de París del 28 de octubre de 1763 en que, defendiendo los jesuitas, rechaza como incompetentes a las instituciones seglares para juzgar las religiosas y las acusa de parcialidad, falsedad y atentado contra la autoridad eclesiástica en general, argumentos apoyados por el papa Clemente

XIII el 15 de febrero de 176429 salieron de las prensas. Además de estas publicaciones históricas, decenas de folletos solicitaron la restitución de la Compañía, los argumentos principalmente basados en su importante aportación al sistema educativo. Editados por los poblanos Bandini y Ponce, salieron trece folletos entre el 1° de abril y el 16 de agosto que reprodujeron la representación de los vecinos de Puebla, una carta de Pedro Agustín Estévez, obispo de Yucatán, las representaciones del ayuntamiento de Guanajuato, la diputación provincial de Arizpe y el ayuntamiento de Acatlán, una carta del cura y representación del ayuntamiento de Tlacotepec, representaciones de los ayuntamientos de Tlapa y Tlalchichilco, cartas del cura de Tlalchichilco y el presbítero José Buenaventura Castro y la representación de la Villa de Jalapa.30 El 16 de julio 29  Bula del Santísimo Padre Pío VII. En la reposición de la Compañía de Jesús. Pío, obispo, siervo de los siervos de Dios. (Ad perpetuan rei memoriam.) México: Imprenta imperial de D. Alejandro Valdés, 1822; Christophe de Beaumont, Instrucción Pastoral del Ilustrísimo Señor Arzobispo de Paris, sobre los atentados hechos á la autoridad de la / Iglesia por los derechos de los tribunales seculares en la causa de los Jesuitas. México: Imprenta de Doña Herculana del Villar y socios, 1822.

28  Anastasio Bustamante, Don Anastasio Bustamante Ruiz, Oceguera y Ochoa, Mariscal de Campo de los Ejércitos Nacionales, Capitán General de Provincias Internas, y encargado interinamente del mando Militar y Político de ésta, &c. Con fecha de 26 de Marzo anterior se me ha comunicado por conducto del Exmô. Sr. Secretario de Estado y del Despacho de Hacienda lo que sigue. ,,Exmô. Sr.=La Suprema Regencia del Imperio, se ha servido dirigirme el Decreto que dice asi. La Regencia del Imperio habilitada interinamente para su gobierno durante la falta del Emperador, á todos los que las presentes vieren y entendieren, SABED: Que el Soberano Congreso Constituyente Mexicano ha decretado lo siguiente: México: s.i., 1822 [Emitido en México el 16 de marzo de 1822 por José Hipólito Oduardo y decretado en México el 26 de marzo de 1822 por Agustín de Iturbide. Publicado en México el 1° de abril de 1822.]; Los Jesuitas en Mexico..., pp.29-46; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.65-74.

30  Antonio Bandini; Francisco Javier Ponce, Contestaciones dadas por algunas Corporaciones y autoridades del Imperio á los sujetos que les han remitido ejempla res de la representacion hecha por este vecindario solicitando la reposicion de la Sagrada Compañía de Jesús, exitando su celo religioso y patriótico para que coperasen al mismo objeto. A nombre del Illmó. Sór. Arzobispo de la Córte. Puebla 1.° de Abril de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento

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el cura de Tepeyanco, Juan José Fernández de Lara, presentó una petición firmada por 1,869 feligreses y relataba los importancia de las obras educativas y misionales de la Compañía, la contribución del padre Juan de Ugarte a la agricultura, el alto número de santos y mártires, incluyendo los japoneses, cuestionando la justicia de confiscación de sus temporalidades cuando no haya intervención en las de las demás órdenes. Insiste que la demanda para la restauración es popular y que su petición es directa al emperador, ya que el decreto de supresión era procedente de España y no del Imperio Mexicano.31 La Diputación Provincial de Tlaxcala,

citando la obra de la Compañía y sus aportaciones al país y la educación, presentó su petición el 18 de julio de 1822, la del 4 de marzo de los queretanos fue publicada con la aprobación de su sala capitular el 3 de agosto, y los cabildos de las provincias de Yucatán, México, Valladolid, Durango, Orizaba, Oaxaca, Cuernavaca, Aguascalientes apoyaron la restitución.32 No obstante la opinión mayoritaria, una fuerte oposición a la restauración de la Compañía se originó en la provincia de Veracruz. El Diaro de Veracruz publicó numerosos artículos en contra de los jesuitas y el 17 de agosto la presentación de Bandini ante el Congreso fue interrumpida por los diputados de Veracruz, produciendo un desorden imposible de contener.33 La incapacidad del Congreso de legislar resultó en su disolución y la instalación de la Junta Instituyente el 31 de octubre ante la cual fue presentado el Reglamento Político de Gobierno del Imperio que incluyó la restauración de la Compañía. Respaldando esta iniciativa, Bandini y Ponce publicaron una refutación de los artículos publicados en el Diario de Veracruz y apareció otro folleto histórico retrospectivo de la primera supresión.34

de la Compañía de Jesús. Puebla 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. NUM. 3. Del Illmó. Dr. D. Pedro Agustin Estevez Dignisimo Obispo de Yucatan. Puebla 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús NUM. 4. Del Muy Ilustre Ayuntamiento de Guanajuato. Puebla 5 de Junio de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. / N. 5.°. De la Exma. Diputacion provincial de Arizpe. Puebla 27 de Junio de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N. 6.°. Del Ilustre Ayuntamiento de Acatlan. Puebla 10 de Julio de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N.° 7. Del Sr. cura de Tlacotepec. Puebla 24 de Junio de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N.° 8. Del Ilustre Ayuntammiento de Tlacotepec. Puebla 31 de Junio de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N.° 9. Del Ilustre Ayuntamiento de Tlapa. Puebla 8 de Agosto de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N.° 10. Del Ilustre Ayuntamiento de Tlalchichilco. Puebla 16 de Agosto de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N.° 11. Del Sr. Cura de Tlalchichilco. Puebla 13 de septiembre de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N.° 12.Del Presbítero D. José Buenaventura Castro. Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N.° 13. Representacion de la populosa Villa de Jalapa, provincia de Veracruz. Puebla 16 de Agosto de 1822. Puebla: Imprenta Liberal de Moreno Hermanos, 1822.

suplica reverente el restablecimiento de la Compañía de Jesús; y quien por sostener la justicia que pide, y la certeza de las verdades que escribe, está pronto a derramar su sangre. Puebla 16 de Julio de 1822. Puebla: Pedro de la Rosa, Impresor del Gobierno, 1822. 32  Núm. 41. El Farol. Periódico Semanario de la Puebla de los Angeles en el Imperio Mejicano. Domingo 4. Agosto de 1822. Representacion dirigida al Soberano Congreso constituyente del Imperio Mexicano, por el Exmo. Diputacion Provincial de Tlaxcala, pidiendo energicamente el restablecimiento de la Compañía de Jesús. Puebla: Imprenta Liberal de Moreno Hermanos, 1822; Representación… algunos sujetos eclesiásticos y seculares de la ciudad de Santiago de Querétaro...; Los Jesuitas en Mexico..., pp.29-46; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.65-74. 33  C. T. y S., Padres Jesuitas. Articulos comunicados en los diarios de Veracruz de 22 de julio, 4, 5, 6, 7, 17, y 18 de agosto de este año. México: Imprenta de D. J. M. Benavente y Sócios, 1822; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.71-72. 34  Antonio Bandini; Francisco Javier Ponce, Impugnación de las calumnias e imposturas inventadas contra la Compañía de Jesús, Que se publicaron en algunos diarios de Veracruz, y se han reimpreso en esta Ciudad, con el título de Memorias para la historia de los Jesuitas. Puebla 31 de Octubre de 1822. Puebla: Oficina del Gobierno Imperial, 1822; Una Dama, Nadie Tiene Razón Juicio Imparcial de una Dama sobre la causa de los Jesuitas. Impreso

31  Juan José Fernández de Lara, Retrato de los Jesuitas. Por el Cura de Tepeyanco D. Juan José Fernandez de Lara, quien por sí y á nombre de sus mil ochocientos sesenta y nueve feligreses, que para el efecto le comisionan, pide y

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Sep ten tr ión La esperanza de la restauración de la Compañía disminuyó con el crecimiento de inestabilidad política iniciada por el levantamiento de Antonio López de Santa-Anna en diciembre que dio fuerza al movimiento republicano y terminaba en la abdicación de Agustín de Iturbide en marzo de 1823. Con el establecimiento de la República Mexicana el anticlericalismo aumentó bajo un gobierno federalista, bancarrota debido a la continuación de inseguridad pública y la presencia española en San Juan de Ulúa que impedía el comercio en el puerto de Veracruz. El 28 de mayo el Supremo Poder Ejecutivo recibió un memorial sobre los valores de bienes de órdenes religiosas para determinar los beneficios procedentes de los mismos, cerrando cualquier movimiento efectivo para restablecer la Compañía de Jesús.35 Durante los años subsiguientes, bajo gobiernos centralistas, a veces surgieron breves movimientos a favor de los jesuitas y en 1841-1842 la publicación en primera edición de Francisco Javier Alegre, Historia de la Compañía de Jesús en Nueva-España que estaba escribiendo el Padre Francisco Javier Alegre al tiempo de su expulsion. Publicala para probar la utilidad que prestará a la América mexicana la solicitada reposicion de dicha Compañía, Carlos María de Bustamante promovió nuevas peticiones para la restitución.36 Estas fueron parcialmente exitosas y el 21 de junio de 1843, siendo presidente provisional, SantaAnna firmó un decreto al efecto de que “Podrán establecerse misiones de la Compañía de Jesus en los departamentos de Californias, Nuevo-Mexico, Sonora, Sinaloa, Durango, Chihuahua, Coahuila y Tejas con el esclusivo objeto de que se dediquen á la civilizacion de las tribus llamadas bárbaras por medio de la predicacion del Evangelio, para que de este modo se asegure mas la integridad de nuestro territorio.”37 Así, estado por estado, la Compañía se

mantuvo, pero su renacimiento nunca permitió las aportaciones a la cultura como en los años antes de 1767. BIBLIOGRAFÍA Alegre, Francisco Javier, Historia de la Compañía de Jesús en Nueva-España que estaba escribiendo el Padre Francisco Javier Alegre al tiempo de su expulsion. Publicala para probar la utilidad que prestará a la América mexicana la solicitada reposicion de dicha Compañía, Carlos María de Bustamante, 3 vols. México: J. M. Lara, 1841-1842. Bandini, Antonio; Francisco Javier Ponce, Impugnación de las calumnias e imposturas inventadas contra la Compañía de Jesús, Que se publicaron en algunos diarios de Veracruz, y se han reimpreso en esta Ciudad, con el título de Memorias para la historia de los Jesuitas. Puebla 31 de Octubre de 1822. Puebla: Oficina del Gobierno Imperial, 1822. Bandini, Antonio; Francisco Javier Ponce, Contestaciones dadas por algunas Corporaciones y autoridades del Imperio á los sujetos que les han remitido ejemplares de la representacion hecha por este vecindario solicitando la reposicion de la Sagrada Compañía de Jesús, exitando su celo religioso y patriótico para que coperasen al mismo objeto. A nombre del Illmó. Sór. Arzobispo de la Córte. Puebla 1.° de Abril de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. Puebla 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. NUM. 3. Del Illmó. Dr. D. Pedro Agustin Estevez Dignisimo Obispo de Yucatan. Puebla 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús NUM.

en Frances año de 1762. Puebla 5 de diciembre de 1822. Puebla: Imprenta del Gobierno Imperial, 1822. 35  Estado de las Fincas Rústicas y Urbanas, respectivas a las Temporalidades de los ex - Jesuitas, y Ordenes Hospitalarias y Monacales suprimidas, con expresión de sus valores, gravámenes que reportan, sus pertenencias, y renta anual. Contaduría general de temporalidades. Mexico 28 de Mayo de 1823. Antonio Garcia. México:s.i., 1823.

y Presidente provisional de la Republica mexicana, á todos sus habitantes, sabed: Que considerando que los medios de fuerza y de conquista no han sido suficientes en mas de trecientos años para introducir los usos de la civilización en las tribus bárbaras…Palacio del Gobierno en Tacubaya á 21 de junio de 1843.-Antonio Lopez de Santa-Anna. Publicado en México el 22 de junio de 1843 por Valentín Canalizo.

36  3 vols. México: J. M. Lara, 1841-1842. Los Jesuitas en Mexico..., pp.47-53; Gutiérrez Casillas, op. Cit., pp.99-106. 37  Antonio Lopez de Santa-Anna, benemérito de la patria, general de division

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4. Del Muy Ilustre Ayuntamiento de Guanajuato. Puebla 5 de Junio de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N. 5.°. De la Exma. Diputacion provincial de Arizpe. Puebla 27 de Junio de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N. 6.°. Del Ilustre Ayuntamiento de Acatlan. Puebla 10 de Julio de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N.° 7. Del Sr. cura de Tlacotepec. Puebla 24 de Junio de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N.° 8. Del Ilustre Ayuntammiento de Tlacotepec. Puebla 31 de Junio de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N.° 9. Del Ilustre Ayuntamiento de Tlapa. Puebla 8 de Agosto de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N.° 10. Del Ilustre Ayuntamiento de Tlalchichilco. Puebla 16 de Agosto de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N.° 11. Del Sr. Cura de Tlalchichilco. Puebla 13 de septiembre de 1822.; Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N.° 12.Del Presbítero D. José Buenaventura Castro. Continuación De las contestaciones á la solicitud de que se manifieste el deseo de la Nacion, sobre el restablecimiento de la Compañía de Jesús. N.° 13. Representacion de la populosa Villa de Jalapa, provincia de Veracruz. Puebla 16 de Agosto de 1822. Puebla: Imprenta Liberal de Moreno Hermanos, 1822. Beaumont, Christophe, de, Instrucción Pastoral del Ilustrísimo Señor Arzobispo de Paris, sobre los atentados hechos á la autoridad de la / Iglesia por los derechos de los tribunales seculares en la causa de los Jesuitas. México: Imprenta de Doña Herculana del

Villar y socios, 1822. Blasco, José Mariano, Representación que a fabor de la Compañía de Jesús hacen en particular algunos sujetos eclesiásticos y seculares de la ciudad de Santiago de Querétaro suplicando su restablecimiento al Supremo Congreso Constitucional del Imperio Mexicano. Sala Capitular de Querétaro Agosto 3 de 1822. Querétaro: en Oficina de Don Rafael Escandón, 1822. Breve de Nuestro Muy Santo Padre Clemente XIV. Por el qual Su Santidad suprime, deroga, y extingue el instituto y orden de los Clérigos Regulares, denominados de la Compañía de Jesus, que ha sido presentado en el Consejo para su publicacion. Madrid: Pedro Marín, 1773; Barcelona: Thomas Piferrer, 1773. Bula del Santísimo Padre Pío VII. En la reposición de la Compañía de Jesús. Pio, obispo, siervo de los siervos de Dios. (Ad perpetuan rei memoriam.) México: Imprenta imperial de D. Alejandro Valdés, 1822. Bustamante, Anastacio, Don Anastasio Bustamante Ruiz, Oceguera y Ochoa, Mariscal de Campo de los Ejércitos Nacionales, Capitán General de Provincias Internas, y encargado interinamente del mando Militar y Político de ésta, &c. Con fecha de 26 de Marzo anterior se me ha comunicado por conducto del Exmô. Sr. Secretario de Estado y del Despacho de Hacienda lo que sigue. ,,Exmô. Sr.=La Suprema Regencia del Imperio, se ha servido dirigirme el Decreto que dice asi. La Regencia del Imperio habilitada interinamente para su gobierno durante la falta del Emperador, á todos los que las presentes vieren y entendieren, SABED: Que el Soberano Congreso Constituyente Mexicano ha decretado lo siguiente: México: s.i., 1822. [Emitido en México el 16 de marzo de 1822 por José Hipólito Oduardo y decretado en México el 26 de marzo de 1822 por Agustín de Iturbide. Publicado en México el 1° de abril de 1822.] C. T. y S., Padres Jesuitas. Articulos comunicados en los diarios de Veracruz de 22 de julio, 4, 5, 6, 7, 17, y 18 de agosto de este año. México: Imprenta de D. J. M. Benavente y Sócios, 1822. Castañiza González de Agüero, Juan Francisco, obispo de Durango. Relacion del Restablecimiento de la Sagrada Compañia de Jesus en el Reyno de Nueva España, y de la entrega á sus religiosos del Real Seminario de San Ildefonso de México. (México:

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Septen tr ión Fernandez de Lara, quien por sí y á nombre de sus mil ochocientos sesenta y nueve feligreses, que para el efecto le comisionan, pide y suplica reverente el restablecimiento de la Compañía de Jesús; y quien por sostener la justicia que pide, y la certeza de las verdades que escribe, está pronto a derramar su sangre. Puebla 16 de Julio de 1822. Puebla: Pedro de la Rosa, Impresor del Gobierno, 1822. Fernando VII, Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, por la cual se manda que el permiso concedido en el Real decreto de 29 de Mayo de 1815 para el restablecimiento del Orden de la Compañía de Jesus en las ciudades y pueblos que lo habian pedido, sea extensivo, general, y sin limitacion á todos los demas de los Dominios de S. M., asi de España, como de las Indias é Islas adyacentes, en que se hallaba establecida al tiempo de su extrañamiento, con lo demas que se expresa. (Madrid: Imprenta Real, 1816, Madrid: s.i., 1816). Guridi y Alcozer, José María, Aviso Al Publico. El Exmo. Sr. Virey Gefe Político Superior acaba de ordenar al Ayuntamiento de esta Capital manifieste al Público, que habiendo recibido la plausibilísima noticia de haber prestado el Rey, ante las Córtes, el dia 9 de julio el juramento de obediencia á la Constitucion política de la Monarquía.... .Méjico 29 de agosto de 1820. México: s.i., 1820. Gutiérrez Casillas, José, Jesuitas en México durante el siglo XIX. (México: Editorial Porrúa, 1972). Lazo de la Vega, fray José María, Oracion que en la solemne accion de gracias por el restablecimiento de la Sagrada Compañía de Jesus en los dominos de España, celebrada por el Ilustrisimo Dean y Cabildo, y Excmo. Ayuntamiento de Cadiz, en la Santa Iglesia Catedral de esta ciudad en 3 de Septiembre de 1815, México: Oficina de D. Alejandro Valdés, 1816. López de Santa-Anna, Antonio, Antonio Lopez de Santa-Anna, benemérito de la patria, general de division y Presidente provisional de la Republica mexicana, á todos sus habitantes, sabed: Que considerando que los medios de fuerza y de conquista no han sido suficientes en mas de trecientos años para introducir los usos de la civilización en las tribus bárbaras…Palacio del Gobierno en Tacubaya á 21 de junio de 1843. Publicado en México el 22 de junio de 1843 por Valentín Canalizo. Los Jesuitas en México, ó Memorias para servir a la

Mariano Ontiveros, 1816). Catalogvs Sociorvm Provinciae Mexicanae Societatis Iesv et mvnervm qvibvs qvisqve fvngitvr Mens. Febr. Ann. MDCCCXX. México: Alejandro Valdés, 1820. Colección del Real Decreto De 27. de Febrero de 1767. Para la Egecucion del Estrañamiento de los Regulares de la Compañía, cometido por S. M. al Excmo. Señor Conde de Aranda, como Presidente del Consejo: de las Instrucciones, y Ordenes succesivas dadas por S. E. ene l cumplimiento; y de la Real Pragmática Sancion de 27. de Marzo, en fuerza de Ley, para su observancia. Madrid: Imprenta de la Real Gazeta, 1767. Dávila y Arrillaga, José Mariano, Continuación de la Historia de la Compañía de Jesús en Nueva España del P. Francisco Javier Alegre. Puebla: Colegio Pío de Artes y Oficios, 1888. 2 vols. Diario Extraordinario de México, México: Imprenta de D. José Maria de Benavente, 1815. Díaz Pérez y Calvillo, Juan Bautista, Elogio de San Ignacio de Loyola, fundador de la Compañía de Jesus, predicado en su primera festividad despues del restablecimiento de dicha Compañía en esta Corte, el 31 de Julio de 1816. En la capilla del Real y mas Antiguo Colegio de S. Ildefonso, México: Calle de Santo Domingo y esquina de Tacuba, 1816. El Farol. Periódico Semanario de la Puebla de los Angeles en el Imperio Mejicano. Domingo 4. Agosto de 1822. Representacion dirigida al Soberano Congreso constituyente del Imperio Mexicano, por el Exmo. Diputacion Provincial de Tlaxcala, pidiendo energicamente el restablecimiento de la Compañía de Jesús. Puebla: Imprenta Liberal de Moreno Hermanos, 1822. El Sol. Miércoles 12 de diciembre de 1821. México: Imprenta de D. J. M. Benavente y Socios, 1821. Estado de las Fincas Rústicas y Urbanas, respectivas a las Temporalidades de los ex Jesuitas, y Ordenes Hospitalarias y Monacales suprimidas, con expresión de sus valores, gravámenes que reportan, sus pertenencias, y renta anual. Contaduría general de temporalidades. Mexico 28 de Mayo de 1823. Antonio Garcia. México: s.i., 1823. Fernández de Lara, José Juan, Retrato de los Jesuitas. Por el Cura de Tepeyanco D. Juan José

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historia del restablecimiento, destrucción y otros sucesos relativos a la Compañía de Jesús, en la República Mexicana, desde 1816 hasta la fecha; Formadas sobre auténticos testimonios y diversos escritos de la época, por un testigo ocular de la mayor parte de ellos. (México: Imprenta de Juan R. Navarro, 1850). Márquez, Pedro José, Carta de Agregacion á la Congregacion del sagrado Corazon de Jesus, nuevamente erigida en la iglesia de la Compañía de Jesus de México, é incorporada con las innumerables que hay establecidas y agregadas á la general de Roma, conocida con el nombre de La Pia Union. México: s.i., c. 1817. Mathes, Miguel, “La expulsión, persecución y supresión de la Compañía de Jesús según los impresos contemporáneos”, Memoria del Seminario: La religión y los jesuitas en el noroeste novohispano, vol. IV, Culiacán, Sinaloa, El Colegio de Sinaloa, 2010, pp. 113-159. Novisima Recopilacion de las Leyes de España Dividida en XII. Libros En que se reforma la Recopilacion publicada por el Señor Don Felipe II. En el año de 1567, reimpresa ultimamente en el de 1775: Y se incorporan las pragmáticas, cédulas, decretos, órdenes y resoluciones Reales, y otras providencias no recopiladas, y expedidas hasta el de 1804. Mandada formar por el Señor Don Carlos IV. 6 vols. Madrid: s.i., 1805-1807. Representación que hace el Vecindario de la Ciudad de la Puebla por medio de su M. I. Ayuntamiento Constitucional al Soberano congreso constituyente del Imperio, impetrando la restitucion del utilísimo instituto de la Compañía de Jesus. Memorial. Puebla febrero 14 de 1822. Puebla: Pedro de la Rosa, 1822. Ruiz de Apodaca, Juan, Don Juan Ruiz de Apodaca y Eliza, Lopez de Letona y Lasqueti, Conde del Venadito, Gran-Cruz de las Ordenes nacionales y militares de S. Fernando y S. Hermenegildo, Comendador de Ballaga y Algarga Armada nacional, Virey, Gobernador, Capitan General y Gefe superior político de esta N. E, Superintendente general Subdelegado de la Hacienda pública, Minas y Ramo del Tabasco, Juez Conservador de éste, Presidente de su Junta, y Subdelegado general de Correos en el mismo Reino, &c. Por el Exmo. Sr. Secretario de Estado y del Despacho de Ultramar se me ha comunicado la

Real órden siguiente. “El Sr. Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia me dice con fecha de 16 del corriente lo que sigue. “ Por decreto de este dia se ha servido el Rey dirigirme para su circulacion la ley siguiente: “Don Fernando VII por la gracia de Dios, y por la Constitucion de la Monarquía Española, Rey de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: que las Córtes han decretado y Nos sancionamos lo siguiente: ,, Las Córtes, despues de haber observado todas las formalidades prescritas por la Constitución, han decretado lo siguiente: 1. Se restablece en su fuerza y vigor la ley cuarta, título veinte y seis, libro primero de la Novísima Recopilación, y en su consecuencia queda suprimida en toda la Monarquía Española la Orden conocida con el nombre de Compañía de Jesus... En Palacio a 6 de Setiembre de 1820... Dado en Méjico á 23 de Enero de 1821. México: s.i., 1821. Sartorio, José Manuel, Contestación al artículo sobre Jesuitas del Número 5 Del Sol. El día 19 del diciembre pasado, en que entró el Sol en el signo quinto de su Zodiaco, encontré en la calle á un amigo, y se trabó este Diálogo. México: Imprenta imperial de D. Alejandro Valdés, 1822. Una Dama, Nadie Tiene Razón Juicio Imparcial de una Dama sobre la causa de los Jesuitas. Impreso en Frances año de 1762. Puebla 5 de diciembre de 1822. Puebla: Imprenta del Gobierno Imperial, 1822.

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Septen tr ión

Capitán protector de frontera

María Guadalupe Ríos Delgado*

Introducción

L

a figura del capitán protector en el Norte de la Nueva España ha sido poco estudiada, es escaso lo que se conoce sobre este cargo y sus funciones, esto a pesar de que en los archivos históricos se encuentra información suficiente para dimensionarlo de manera amplia. Motivo por el cual me parece importante ahondar sobre este tema, reconociendo su importancia para el caso de la Nueva Galicia y ejemplificándolo con Domingo Sánchez de Quijano, quien ostentó el cargo en una jurisdicción de conflictos constantes. El siguiente trabajo está dividido en tres apartados. En el primero, se habla de los antecedentes geográficos e históricos de lo que fuera la jurisdicción de San Luis Colotlán. En el segundo, se enfatiza las funciones que según la legislación debían desempeñar los capitanes protectores y cuál fue su relevancia en pos de mantener la paz y tranquilidad de las jurisdicciones que se les encomendaban. Por último, se analizan las diversas actividades que realizó Domingo Sánchez de Quijano, como fueron: ayuda de su costa en expediciones, en defensa contra indígenas sublevados y en reactivaciones de reales mineros. La información sobre este personaje es amplia y permite conocer las funciones que desempeñó un capitán protector de indios en una jurisdicción que durante siglos estuvo viva.

Colotlán: Reseña geográfica e histórica Colotlán es un municipio que pertenece al estado de Jalisco, sus colindancias son: al Norte con el municipio de Santa María de los Ángeles; al Este con el estado de Zacatecas; al Sur con el estado de Zacatecas y el municipio de Totatiche;  al Oeste con el municipio de Totatiche y el estado de Zacatecas entre Huejúcar y Tlaltenango.1 * Maestría en Historia Colonial/Universidad Autónoma de Zacatecas.

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sintieron fuertemente la entrada de invasores españoles en su territorio, quienes se habían establecido en puntos estratégicos de la zona Norte de la Nueva Galicia en busca de riquezas materiales en la región, por lo que los indígenas reaccionaron intentando expulsarlos de sus territorios.6 La presencia de éstos dio origen a fuertes enfrentamiento bélicos de gran magnitud, tal es el caso de la Guerra del Miztón que ocurrió en 1541, originada por la resistencia de los grupos indígenas que no aceptaban la intromisión de los españoles que iban en busca de la apropiación territorial y mano de obra indígena, lo que provocó que éstos se establecieran en el peñol de Nochistlan, donde resistieron hasta que las provisiones y estrategias militares de los españoles los vencieron, “se habían fortificado y tenían suficiente provisión de bastimento, y congregados los indios de Tlaltenanco y Tepechistlan, y los de Mesquituta y los demás indios del rio de Tepec”.7 Este ataque provocó que muchos de ellos murieran a manos de la artillería o asesinados, después de haber sido capturados y otros tantos fueran esclavizados por los españoles para darles un escarmiento y evitar futuras rebeliones. Este acontecimiento representó una ruptura en la defensa en medida que bajaron la guardia y en apariencia dejaron el paso para que los españoles entraran hacía las ricas minas del septentrión. A consecuencia de ello se dio el inicio de lo que ahora conocemos como Guerra Chichimeca, conflicto que duró hasta finales del siglo XVI. Fue una cruel confrontación que duró 40 años, más otra década de inestable pacificación en la que los indígenas eventualmente peleaban. En concreto “significó la ruptura definitiva del modelo de vida de los pueblos chichimecas,”8 trayendo consigo la desaparición de las tribus que no se sometían a los intereses españoles, por lo que fueron “erradicadas, desmembradas o disminuidas,”9 y las que quedaron fueron evangelizadas con la ayuda de los franciscanos que

Su nombre significa “lugar de alacranes”,2 fue tierra templada y fértil, albergaba flora y fauna que facilitaba la alimentación de los naturales de la región. Además era buena tierra para criar y cultivar plantas y animales traídos de España. Colotlán tenía un “camino carretero bueno. En este camino se pasa por un bosque y hay un río vadeable;3 tiene algunos recursos y puede albergar”,4 este lugar poseía las condiciones óptimas para ser transitado. Así mismo, se podían establecer poblaciones, porque había recursos suficientes para subsistir. Esta tierra estaba habitada por grupos chichimecas seminómadas, quienes no establecieron población alguna, vivían a la intemperie y por centurias aprendieron a cazar y fabricar sus vestimentas. Mediante el conocimiento de los ciclos estacionales del año, sabían las temporadas de caza, recolección de frutas y plantas. Sus herramientas fueron el arco y la flecha y sus moradas eran las “cavernas, agujeros o primitivas chozas”5 que ellos mismos improvisaban para protegerse del frío o de las condiciones adversas que pudieran presentarse en las diferentes épocas del año. Los grupos nómadas que habitaban la región, re1  Thomas Calvo, Por los caminos de Nueva Galicia: transportes y transportistas en el Siglo XVII, México, Universidad de GuadalajaraCentro de Estudios Mexicanos y centroamericanos, 1997, p. 9. 2  Esta característica es distintiva en el escudo de Colotlán, en el que además se pueden apreciar algunas características españolas. En el centro se encuentra un escusón (reverso de una moneda que tiene representado un escudo) con la figura de un alacrán haciendo referencia al significado del nombre del municipio, pues como ya se menciona, Colotlán se traduce como “lugar donde abundan los alacranes”. En el contorno del escusón se aprecian lambrequines (adornos generalmente en forma de hojas de acanto estilizados en ambos flancos). En la parte de arriba se encuentra una corona con torres interpoladas de garitas las cuales son torres pequeñas de fábrica o de madera fuerte con ventanillas largas o estrechas. Enciclopedia de los Municipios de México, Jalisco, Gobierno del Estado de Jalisco, Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal, 2005. http://www.elocal.gob.mx/wb2/ELOCAL/ EMM_jalisco. (Consultado: 15/10/10). Diccionario de la lengua española, Real Academia Española, México, Espasa Calpe, vigésima segunda edición, tomo I y II, 2001, pp. 967,1344, 1120. 3  Es decir, que el río era accesible, por el se podía cruzar y el agua era buena para su consumo. 4  José Saviñón y Zozaya Itinerario de los caminos que conducen de México a Querétaro, Guanajuato, San Luis Potosí, Guadalajara, Morelia, Zacatecas y Aguascalientes. Para servir a la mejor inteligencia de las cartas derroteras formados por el Comandante de Escuadrón, México, Imprenta de Ignacio Cumplido, 1863.

6  Philip Powell, La guerra chichimeca, México, FCE, 1996, p. 19. 7  Matías de la Mota Padilla, Historia del Reino de la Nueva Galicia en la América Septentrional, Universidad de Guadalajara- IJAH-INAH, México, 1973, p. 148. 8  Monroy, op cit., p. 29.

5  María Isabel Monroy, Tomas Calvillo Unna, Breve historia de San Luis Potosí, México, FCE, 1997, p. 30.

9  Ibíd., p. 29.

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Sep ten tr ión se establecieron en diferentes puntos estratégicos. También fueron aculturizados utilizando a 400 familias originarias de Tlaxcala, con la intención de que facilitaran el poblamiento y ayudaran en la pacificación y conquista de los grupos chichimecas que habitaban la indómita zona. Según Alonso de la Mota y Escobar el objetivo era que los indios bárbaros:

creados como resultado de las hostilidades en toda la región, aunque esto trajo como consecuencia un incremento en los asaltos, porque les resultaba provocativa esta política a los chichimecas. Además, la concentración de éstos se hizo notoria y constante durante un largo tiempo. Por lo que fue necesario el uso de “armamento, escoltas armadas y agrupación de tráfico”,13 para que se pudieran proteger los viajeros y comerciantes que circulaban por los principales caminos que llevaban hacia las ciudades más importantes del siglo XVI, dentro de las que Zacatecas ocupó un lugar central, por ser la capital económica de la provincia de la Nueva Galicia, debido a la minería. En contraparte, en Guadalajara se concentró la capital política.14 Sin embargo, a pesar de los conflictos, asaltos y desacuerdos entre indígenas y españoles se logró una relación social entre los diferentes extractos, que estuvieron muy marcados por el color de piel, el habla y las costumbres, y para ello la legislación española jugó un papel importante, porque la función principal fue regular y establecer los derechos y obligaciones de españoles, indígenas y las diferentes castas del virreinato de la Nueva España, sus provincias, villas y lugares. “La adaptación a las leyes y procedimientos, judiciales y ejecutivos de los nuevos cristianos y de sus conquistadores formó parte de esta nueva experimentación”15, la cual tuvo como obstáculo la realidad que se vivió con los pueblos indígenas, no sólo de la Nueva Galicia, si no en toda la Nueva España. Puesto que esto sobrepaso a la legislación establecida por la Corona. Tal era el caso de muchos grupos indígenas, negros o mezclas de éstos, que eran sometidos a la esclavitud como forma altamente redituable para los españoles. Ante los abusos y la actitud indiscriminada se instauró el Juzgado de Indios el 9 de abril de 1591, cuando la Corona expidió una real orden y se envió una carta a don Luis de Velasco II, impulsando la creación de un organismo que fuera capaz de representar los derechos y fuera para su defensa.

[…] viesen a los indios tlaxcaltecas como araban la tierra, como la sembraban, como hacían las cosechas, como las guardaban en sus graneros, como edificaban sus casas, como domaban sus caballos y mulas de silla y carga, como se portaban en el trato de sus personas, como iban a la iglesia a misa y a recibir los demás sacramentos […]10

Sin embargo, a pesar de este gran adelanto en la pacificación de indígenas, muchos no entraron en este círculo, pues se resistían a someterse y causaban muchos problemas al aparato español. Se convirtieron en salteadores de las caravanas y afectaban todos los caminos que se utilizaban para convoyes de viajeros y comerciantes, así como a pueblos vulnerables a los que era necesario proteger. Por tal razón, el virrey Luis de Velasco se vio obligado a implantar un s-stema de protección que fuera capaz de detener o ahuyentar los atracos de los chichimecas y salvaguardar el tráfico de los caminos principales de la frontera Norte. Este sistema consistió primero en la implantación de “fuertes y tropas a intervalos alrededor de estos caminos con escoltas militares para convoyes de carretas”.11 Décadas más tarde se tomarían nuevas medidas consideradas más eficaces, debido a las condiciones y necesidades. Una de estas medidas fue la implantación de presidios como estrategia militar. La decisión la tomó el virrey Enríquez en 1560, por lo que se puso atención en el camino México-Zacatecas, puesto que los guachichiles asolaban entre San Miguel y Zacatecas, por ello se establecieron los dos primeros presidios uno en Ojuelos y otro en Portezuelo en 1570.12 A los que devinieron otros

13  Ibíd., p. 157. 14  Rafael Diego Fernández Sotelo, La Primigenia Audiencia en la Nueva Galicia 1548-1572: Respuesta al cuestionario de Juan de Ovando por el Oidor Miguel Contreras y Guevara, México, Instituto Cultural Ignacio Dávila Garibi, 1995, p. LXVIII.

10  Alonso de la Mota y Escobar, Descripción geográfica de los Reinos de Galicia, Vizcaya y León, México, Ed. Pedro Robredo, 1940, p.134. 11  Powell, op. cit., p. 149.

15  Woodrow Borah, El juzgado general de indios en la Nueva España, México, FCE, 1985, p. 37.

12  Ibíd., p. 151.

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Para poder llevar a cabo este proyecto se nombró a dos agentes para asuntos indios, un procurador general de indios que servía de abogado y defensor, y un asesor que serviría de consejero en las visitas judiciales.16 Se pretendía defender los derechos de los indios, siguiendo con la organización social dentro del grupo con su cacique y por el capitán protector o gobernador, pero regulados por un aparato que defendiera los procesos en contra de los indígenas y apoyarlos en necesidades de salud y de trabajo donde eran sobreexplotados por quienes buscaban un beneficio para sí, pues se hallaban susceptibles a “explotar al máximo su capacidad de trabajo y exprimir el mayor tributo posible” por parte de los peninsulares.17

La

a la austeridad y luchar en un nuevo mundo en pro de conseguir predicar el evangelio en las condiciones adversas a las que sabían, se iban a enfrentar, por ello se optó por designar esta función a los obispos. Pero no solo las autoridades eclesiásticas se ocuparon de la protección de los indígenas, también el monarca español vio la necesidad de implantar una figura que fuera capaz de amparar a los indígenas y se encargara de satisfacer sus necesidades para evitar conflictos internos entre éstos y abusos de otros. Esta ocupación recaía sobre todos los funcionarios reales, pero había la necesidad de establecer un puesto para esta función, por ello se instauró la figura del protector con la libertad de legislar para beneficio de los indígenas, pero también para castigarlos. Sin embargo, no funcionó como se esperaba y por órdenes de Felipe II, se suprimió el cargo en 1582 por no obtenerse los resultados esperados en cuanto al amparo para los indígenas. Delegando esta función al presidente de la Real Audiencia y a los fiscales quienes no le daban el seguimiento deseado.18 Pero esta supresión no duro mucho, puesto que seis años más tarde el mismo Felipe II, mandó restablecer el cargo y las funciones del protector de indios en 1589, permitiendo: “…que los pueda haber y sean elegidos y proveídos nuevamente por nuestros virreyes y presidentes gobernadores en las provincias y partes donde los había…”.19 Esto muestra la necesidad que fue adquiriendo dicha función con el fin de sobrellevar los enfrentamientos entre los mismos indígenas, así como contra los españoles, a tal grado de volver a contemplar su papel dentro del aparato español. Este cargo, en cuanto a legislación se refiere, fue en general establecido para los dos virreinatos creados en Hispanoamérica, la Nueva España y el Perú, pero en la práctica cada provincia tenía sus propias necesidades y las formas de aplicar la justicia y de

figura del capitán protector

La figura del capitán protector de indios, se sumó a los mecanismos que implementó la Corona para proteger, evangelizar y procurar la paz en las jurisdicciones que más problemática originaban, es decir, sublevaciones, desordenes y guerras. Pero sus antecedentes se pueden tomar desde al arribo de los españoles a la Nueva España, cuando por su participación en la conquista, por pago recibieron de la Corona Española tierras o indios conquistados en encomiendas, a los que tenían obligación de amparar, pacificar y evangelizar. Pero también de usarlos en beneficio económico, proceso que a la larga afectó en el número poblacional de los indígenas, por el trato tan extremo al cual eran expuestos por los encomenderos, quienes además dejaban de lado las obligaciones adquiridas. Años después se nombraron como protectores de indios a los obispos que se asignaban a la Nueva España, entre ellos se reconocen a tres con esta función: Julián Garcés, Juan de Zumárraga y Vasco de Quiroga, quienes se consideran los primeros protectores y evangelizadores que se ocuparon de los derechos indígenas. Para iniciar esta labor se requerían hombres que fueran capaces de enfrentarse

18  Patricio Hidalgo Nuchera, “Origen y desactivación de la protectoria de indios en la Presidencia-Gobernación de las Islas Filipinas” en Revista Española del Pacífico, Asociación Española de Estudios del Pacífico, Año VII, n. 8, 1998, s/p. 19  Recopilación de Leyes de los Reynos de Indias 1681, 5vols., Francisco de Icaza Dufour (coord.), México, Escuela Libre de Derecho/ Miguel Ángel Porrúa, 1987. Libro VI. Título VI, de los protectores de indios. Ley primera, p. 1.

16  Ibíd., p. 107. 17  Silvia Soriano Hernández, Lucha y resistencia indígena en el México colonial, México, UNAM, 1994, p. 36.

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Sep ten tr ión

Colotlán es un municipio que pertenece al estado de Jalisco…tierra templada y fértil, que albergaba flora y fauna que facilitaba la alimentación de los naturales de la región.

implantarla, se tornaban diferente. En la Nueva España, sin embargo, los protectores de indios se han encontrado en los archivos como “capitanes protectores de indios,” quienes tenían la misma intención y las mismas ordenanzas expedidas por el rey para guardar, cumplir y poder desempeñar sus cargos sin contratiempos.20 En el Perú se denominaban como protectores de indios o protectores generales de indios, que a final de cuantas tenían las mismas obligaciones y proporcionaban el mismo auxilio a los naturales de sus provincias. Es por ello que en cuanto a las disposiciones que regulaban su actuación en las funciones establecidas se les pedía que organizaran sus actividades de tal manera que prestaran ayuda a los indígenas o a su jurisdicción si así se requería. En la Nueva España, cuando el capitán protector obtenía su nombramiento, tenía la facultad de nombrar un teniente de capitán protector, cuya función sería la de amparar y defender a los indígenas en caso de que éste no pudiera hacerse cargo de sus funciones, y para ilustrar este caso vemos en el expediente de Domingo Sánchez de Quijano, el otorgamiento de un teniente a quien se le:

bérselo despachado con correo instruyendo lo que había de ejecutar en consecuencia del auto notificado para conservar en paz a aquellos naturales y averiguar prudentemente si entre ellos había alguna inquietud o novedad […]21

Don Domingo se apoyó en su teniente de capitán protector, cuando éste cayó en cama por una fluxión en los ojos y era necesario mantener en paz su jurisdicción, por lo que le ordenaba a su teniente que diera rondines con el fin de evitar la entrada de grupos indígenas no evangelizados que alteraran el orden de su jurisdicción. Con este ejemplo, podemos apreciar el funcionamiento de este cargo y su complemento. El objetivo principal de los capitanes protectores era el de brindar protección y doctrinar a los indígenas en la “religión oficial” y a la vez evitar más la caída de la población indígena. Y para que pudieran cumplir un buen papel, a los capitanes protectores se les pedían ciertos requerimientos pues no cualquiera podía acceder a tal labor. Debían ser de edad apropiada para que la toma de sus decisiones fueran las pertinentes, debían tener la suficiente madurez para hacerse cargo de los puestos que solicitaren22,

dio el dicho nombramiento de teniente para dicha frontera de Huejuquilla en el dicho don Cristóbal de Oliva y Salinas persona de su entera satisfacción y confianza a quien debo ha-

21  Archivo Histórico del Estado de Zacatecas [AHEZ], Fondo: Ayuntamiento de Zacatecas. Serie: Indios. Caja 1. Expediente: 12, ff. 55-55v. 22  Por ejemplo, Domingo Sánchez de Quijano se hizo cargo de puesto da Capitán Protector a la edad de 39 años, sin embargo antes de ser capitán protector ya había sido Síndico General de la Provincia de Zacatecas y Jalisco, con este desempeño tenía ya experiencia y

20  Hidalgo, op. cit., s/p.

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su obligación era la de ejercer su oficio cristiana y puntualmente para amparar y defender23 a su protegidos contra cualquier agravio ya que en sus manos estaba la evangelización de los pueblos y si ejercían de buena manera sus preceptos bien los podían inculcar a los nativos. Tal ejercicio estaba reservado sólo para españoles24 con reconocimiento y que fueran cristianos para que toda acción que llevaran a cabo la hicieran en nombre del todo poderoso y respetando los mandatos que la iglesia les inculcaba para la salvación de los indígenas a su cargo. Acciones como esta se ejemplifican en los nombramientos que se les otorgaban a los capitanes protectores, tal es el caso del Capitán Protector Domingo Sánchez de Quijano,25 a quien se le otorgó el título en 1721. En este nombramiento se describen muchos elementos importantes de la figura del capitan protector, para las fronteras de San Luis Colotlán, Huejuquilla, Tesompa y San Andrés del Teúl, frontera de la Nueva Galicia. Hace incapie que en su particular caso como en el de cualquier otro capitan, él era cristiano viejo, de padres cristianos e hijo legitimo,26 lo cual era necesario para ofrecer buenos ejemplos a sus protegidos y sobre todo para obtener la función. Beatriz Suñe Blanco describe sus características de la siguente manera:

Los nombramientos se explican porque tales individuos estaban apoyando y defendiendo su modo de subsistencia a la vez que cooperaban con la corona […]27

24  A excepción del capitán mestizo Miguel Caldera, quien era de madre indígena y padre español.

Aunque este cargo no era remunerado en un principio, si ofrecía reconocimiento social a quienes lo poseían y según la ley también había castigos para quien desobedeciera las normas y no proveyera a los indígenas de los servicios y cuidados necesarios que ocuparan: auxilio en conflictos con otros grupos indígenas, peleas entre integrantes de un mismo pueblo y quejas contra las acciones realizadas en pro y contra de ellos. Asimismo, se les exigía a las autoridades superiores que les dieran las instrucciones pertinentes a los capitanes, así como las ordenanzas necesarias para que conforme a ellas las ejercieran.28 Tales ordenanzas eran las siguientes: se pedía al capitán protector que tuviese quien le auxiliara en sus labores de defensa y evangelización, que ayudara a los indígenas en sus pleitos pasándolos al juzgado de indios o buscando la manera más amena para solucionarlos sin causar conflictos entre ellos mismos, debía vigilar si no había abusos por parte de los españoles para con los indígenas, ver si los españoles retenían por la fuerza a los indígenas obligándolos a realizar tareas extremas, juzgar los pleitos de los indígenas según como fueran las costubres y leyes de los pueblos indígenas, debía tener copia de las órdenes reales dadas a favor de los indígenas, procurar que los indigenas percibieran los precios justos por los productos que ofrecían o por los trabajos que realizaban, evitando que se les pagara menos del precio real, tenía el derecho de no permitir el establecimiento de personas que fueran dañinas para su jurisdiccion. Finalmente se le advertía al protector que si incumplia con sus obligaciones se le castigaría o tendría que pagar los daños que su mala función o negligencia ocasionara en perjuicio de los indígenas o de su jurisdicción.29

25  La información sobre Domingo Sánchez de Quijano, se encuentra en el AHEZ, Fondo, Ayuntamiento de Zacatecas, Serie: Indios, Caja 1. Expediente, 12, año, 1721, 141 f. En dicho documento se encuentran informes sobre meritos y servicios que Don Domingo presentó a la Corona Española como comprobación de las actividades que había realizado en la jurisdicción que estuvo a su cargo por varios años. Así como testimonios de su hidalguía.

27  Beatriz Suñe Blanco, “Evolución de la figura del protector de indios en la frontera norte de Nueva España,” en Antonio Gutiérrez Escudero, María Luisa Laviana Cuetos, (coords) Estudios sobre América: siglos XVI-XX, Sevilla, 2005, p.737.

26  AHEZ, Fondo, Ayuntamiento de Zacatecas. Serie, Indios. Caja 1, Expediente, 12, año, 1721, f. 126r.

29  Recopilación de las Leyes de las Indias, op. cit., pp. 1-4

[…] hombres avenzados en la guerra, su misión era la defensa de los indios en procedimientos judiciales, vigilar que no se dañaran sus derechos sobre tierra y aguas así como abastecerlos en su alimentación, ropa y herramientas y hasta en juegos y libros por su adoctrinamiento.

madurez para los asuntos que tenía que resolver encausados a la jurisdicción a su cargo. 23  Recopilación de las leyes de las indias, op cit., p. 1.

28  Ibíd., p. 728.

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Sep ten tr ión Dadas estas ordenanzas, los españoles sabían cuál sería su postura al buscar obtener este cargo y lo hacían en función de que la figura del capitán protector llegó a ser de renombre y reconocimiento público. Muchos de los españoles buscaban se les reconociera trayectoria tanto en España y en la Nueva España, pero sin dejar de lado las obligaciones que esto implicaba: el buscar el bienestar de los indígenas desde el momento en que se desempeñaban como capitanes protectores de indios y de fronteras, siendo en estas últimas donde los indígenas eran más agresivos, en especial los chichimecas.30 Por lo que había la necesidad de introducir más fuertemente esta figura en busca de la pacificación de la zona. Dichos chichimecas se enfrentaban tratando de recuperar la estabilidad31 que poseían hasta antes de la llegada de los españoles. Ello originó conflictos y repercusiones que se dejaron sentir en la región por la disminución de la población indígena debido a los ataques constantes a los pueblos, reales de minas y más aún en los caminos, puesto que las riñas entre ellos mismos eran constantes y contra los nuevos habitantes indígenas a quienes repugnaban por haber cedido al sometimiento. Por ello, con diversos medios, como el reparto de carne y maíz que se les daba por mandato real32 a los indígenas o el obsequio de vestimentas, etc., se pretendía lograr la evangelización y el sometimiento, y tal situación se puede ejemplificar en la figura del primer Capitán Protector de indios Cristóbal de Pedraza, que fue implementado en 1534 y buscaba los medios ade-

cuados para acercarse a los indígenas.33 Además se les ordenaban a los jueces y justicias reales que vieran y dieran cuenta de como procedían con sus oficios para castigar con rigor cuando se cometieran excesos contra los naturales, aunque la realidad superaba la legislación. Las condiciones y la problemática de los indígenas eran cosas de segundo término para la Corona y más aún cuando se trataba de los intereses de la Real Hacienda, es decir de los dineros del rey.34 Para los españoles, los indígenas eran sólo mercancia que se obtenía y se aprovechaba para lograr un beneficio económico, utilizándolos como esclavos, empleados en los ejercicios cotidianos que no podían ser desempeñados por los peninsulares o no los querían librar, porque algunos trabajos se consideraban deshonrosos a los ojos españoles. Así lo menciona Woodrow Borah, “los infelices naturales eran obligados a aportar dinero y forraje a transformar materiales en productos terminados para que los vendiera el gobernador español, a comprar mercancias llevadas al distrito por el propio gobernador”.35 Sin embargo, y a pesar de ello, el papel de los capitanes protectores se enfocaba a los indios que […] debían ser asimilados en masa a la condición jurídica de miserables, debían tener el derecho de que sus quejas y sus casos gozaran de especial protección por parte de la corona y la iglesia y contaran con servicios jurídicos especiales, con condiciones especiales en sus audiencias, con procesos jurídicos abreviados con juicios sumarios o con costos reducidos o bien con acceso gratuito a las instituciones de jurisprudencia […]36

30  Véase, Enrique Florescano, “Colonización, ocupación del suelo y frontera en el norte de la Nueva España, 1521-1750”, en Tierras Nuevas, Expansión territorial y ocupación del suelo en América (s. XVIXIX), México, El Colegio de México, 1973. En el cual se abordan aspectos sobre el comportamiento indígenas en el Norte del país, sobre todo en la frontera norte de la Nueva España en la que diferentes grupos aborígenes se resistían a la conquista española y se mostraban agresivos en pos de defender su territorio; véase también Philip Powell, op. cit., pp. 149-164. Además se abordan las medidas que se tomaron para controlar a los grupos indígenas que asolaban a los españoles, en su entrada y establecimiento en los territorios del Norte.

Ejercicio que tenía que desempeñar su capitán protector con la intención de hacer llegar las quejas y necesidades indígenas a la Corona o a la Iglesia para beneficio de los desprotegidos. Puesto que desde el momento en que se les dio el cargo, ciertas leyes expedidas en la Recopilación 33  José Francisco Román Gutiérrez, Sociedad y evangelización en Nueva Galicia durante el siglo XVI, El Colegio de Jalisco-UAZ-INAH, México, 1993, p. 133 y 138.

31  Esto no quiere decir que vivieran pacíficamente y con todos los requerimientos para su subsistencia, porque si bien es cierto se enfrentaban bélicamente contra otros grupos indígenas de la región y peleaban por dominarla, también es cierto que cambió drásticamente la forma de vivir y de concebir su alrededor.

34  Recopilación de las Leyes de las Indias, op. cit., p. 1. 35  Borah, op. cit., p. 97. 36  Ibíd., p. 91.

32  Monroy, op. cit., p. 63.

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Claro que muchos de ellos posteriormente en informes enviados al monarca español, remarcaban el dinero gastado de su costa para que se les repusiera junto con el sueldo que se percibía por el cargo que ejercían y por las obligaciones que “debían ejercer”. La realidad superó siempre a las dispociones emitidas por la Corona, pues los capitanes hacían lo que les redituara más económica y socialmente hablando. Sin embargo, no por ello dejaban de buscar la manera de acercase a los indígenas para ofrecerles su amparo ya que era su empleo y si no lo hacía por las buenas, luego se podían enfrentar a conflictos o sublevaciones indígenas que perjudicaran las funciones que se les habían confiado con su nombramiento. En el siguiente apartado veremos el caso de don Domingo Sánchez de Quijano, quien obtuvo un nombramiento de capitán protector y que seguramente tuvo que ver la mejor manera de presentarse en la jurisdicción que se le había encomendado con la cautela necesaria despues de ver los antecedentes de la jurisdicción, por ser frontera en la que los indígenas eran más barbaros debido a sus circunstancias. Y para ilustrar lo que sucedió a manos de los indios de la Sierra de Colotlán, se muestra el siguiente ejemplo en el que se hace alusión a la rebelión en la que mataron a su Teniente de Protector, Mateo de Silva, en el año de 1702. En ese momento el Capitán Protector era don Pedro de la Puebla Rubín de Celis, tenía a su cargo los reales de minas de Santa María y Peñol Blanco, Sierra de Tepeque y toda la frontera Norte de San Luis Colotlán. En este conflicto los indios fueron llevados a juicio y tuvieron su castigo.40 Por ello, los capitanes protectores debían actuar con cautela en pos de realizar un buen trabajo y tener una buena relación con los indígenas de su jurisdicción.

de Leyes de las Indias expresaban claramente el encargo que se les hacía a los virreyes, presidentes y gobernadores, disponiendo el apoyo necesario a los capitanes protectores y defensores de indios y estos a su vez dieran cumplimiento a las leyes y cédulas dadas a favor de los indígenas, de esta manera procurarían su defensa y amparo, despues de que la corona mostrara tanto interés en la protección de estos al crear leyes y ordenanzas en su beneficio, auque no fueran cumplidas cabalmente.37 Cabe mencionar que a pesar de que los españoles en el cargo que desempeñaran abusaban de su poder y maltrataban a los más desprotegidos, solían ser rudos y sanguinarios, prepotentes y autoritarios, pero otros se entregaban a su misión de evangelizar a sus protegidos. Al respecto Román Gutiérrez,38 señala un ejemplo con el caso de Cristobal de Pedraza quien a su llegada a la Nueva Galicia y en específico a la provincia de Compostela, procuró la evangelización indígena ganándose a éstos por diferentes medios, como ofrecerles objetos materiales que ejemplificaran el propósito de enseñanza como: retablos, libros de rezo, ceremoniales, imágenes religiosas, que eran de ayuda en el acercamiento a ellos por lo colorido o llamativo de dichos materiales para obtener un contacto. De igual manera llevó un grupo de personas más o menos especializadas en la actividad doctrinal. Entre ellas había niños a quienes mostrarían la doctrina, sacerdotes, personas eclesiásticas para servir en el coro y sacristanes que tenían cono funsión la de mostrar, leer y escribir, para facilitar el acercamiento de los indígenas.39 Este personaje buscaba la manera más óptima de acercarse a los indios y ganarse su confianza con colores, formas y lenguajes que facilitaran la evangelización el entendimiento y aprendizaje. También se menciona que cuando los grupos indígenas padecían un malestar del cuerpo o una enfermedad, dicho capitán se esmeraba en proporcionar atención médica para ayudar a sanar a los enfermos y para ello prestaba su morada para ver la evolución de los males que los aquejaban. Lo cual, muestra la amabilidad que éstos podían manifestar a sus protegidos. 37  Recopilación de las Leyes de las Indias, op. cit., p. 1. 38  Román, op. cit., pp.133 -138.

40  Suñe, op. cit., p. 739.

39  Ídem.

26

Sep ten tr ión

D omingo S ánchez

de

su caudal para que dichas congregaciones siguieran con las actividades de las misiones. El 20 de julio de 1717 se le otorgó el nombramiento de Síndico General con las siguientes palabras:

Q uijano

Domingo Sánchez de Quijano, nació en 1682, era originario de Coo, Valle de Buelna, montañas de Santander, Arzobispado de Burgos,41 denominación geográfica de esos tiempos. Sus padres fueron Benito Sánchez de Quijano y María Pérez de Laeza, se distinguían como muchas familias ilustres de esa época, por no haber sido ni moros, judíos o moriscos, se consideraban limpios de “malas razas” y no habían sido juzgados por el Santo Oficio, ni cometido actos impuros de los cuales pudieran avergonzarse. Eran nobles y de buenas costumbres42 por ser familias de un buen estatus, nivel económico y cristianos viejos, características de gran importancia y de peso que necesitaban para aspirar por el puesto de Capitán Protector, aunque en este caso, lo obtuvo en parte por su inteligencia y actividades realizadas. Sánchez de Quijano fue un hombre cuyos intereses estaban definidos. Buscaba la forma de poder adquirir beneficios dando un buen servicio a la Corona por medio de contribuciones de su costa que seguramente serían bien vistos por el rey. Para ello contribuyó en una expedición a Texas, aportó: “cincuenta caballos, sillas, frenos, estribos, y cien pesos en reales para la recluta de gente que pasaba a los Texas, [para el] desalojo de los franceses que la tienen invadida y se ha introducido en las misiones que por cuenta de su majestad, que dios guarde, estaban estas heridas”.43 Interés importante para la Corona. Este acto significó un apoyo incondicional para el resguardo de los territorios más septentrionales del reino, y de las misiones que se encontraban realizando su labor evangelizadora. Fue Síndico General de las provincias del señor San Francisco de la ciudad de Zacatecas, de Santiago de Jalisco y de las nuevas conversiones de Coahuila. Sus funciones consistían en velar por la puntualidad de las limosnas que su majestad le mandaba a los conventos, las doctrinas y misiones, pero también, cuando los religiosos no recibían puntualmente recursos económicos para su sustento y manutención, el propio Domingo Sánchez de Quijano prestaba de

[…] lo nombramos e instruimos y señalamos Síndico General de toda esta nuestra sobre dicha provincia y de todos sus conventos y misiones para que gozando desde luego de la dicha confirmación de la Santa Sede Apostólica con su plenaria autoridad queda admitir, distribuir, conmutar y enajenar todas y cualesquiera limosnas que a dichos vuestros conventos y misiones pertenezcan.44

El cargo lo adquirió también por las aportaciones monetarias que hacía como limosnas a la santa sede. En correspondencia, le otorgaron el nombramiento de Síndico General y como religiosos le ofrecían encomendarlo a Dios para que pudiera gozar de indultos, indulgencias, oraciones, sacrificios, penitencias, meditaciones, peregrinaciones, mortificaciones y las demás obras meritorias45 a las que eran habituales los religiosos y que eran parte de sus obligaciones cotidianas de las que lo invitaban a formar parte. También se desempeñó como “Diputado de la universidad de mercaderes de la ciudad de Zacatecas y fue Juez de recaudos de las reales alcabalas”.46 Cargo que ostentaba cuando fue nombrado Capitán Protector, Justicia Mayor y Amparador de los indios de la Frontera y cabecera de San Luis Colotlán, Sierra de Tepeque, Huejuquilla y San Andres del Teúl, el 1 de julio de 1721 en la Ciudad de México. Tomó posesión de su puesto en su jurisdicción, el 15 de julio del mismo año con un sueldo anual de 300 pesos de oro común. Por todo este antecedente de hidalguía, Domingo Sánchez de Quijano obtuvo el derecho de que en su jurisdicción se le otorgaran: […] los fueros, privilegios, excepciones y prerrogativas que como tal debe gozar para que sin contradicción alguna pueda obtener los

41  AHE, Fondo, Ayuntamiento de Zacatecas, Serie, Indios, Caja 1, Expediente, 12, año, 1721, f. 126r.

44  Ibíd., f. 21r.

42  Ibíd., f. 126.

45  Ibíd., f. 45r.

43  Ibíd., fs. 128r, 23r.

46  Ibíd., f. 137r.

27

echó a andar con la intención de ofrecer empleos y de obtener beneficios.50 Finalmente en el real de minas de los Ángeles, en la jurisdicción de la Sierra de Pinos, apoyó con recursos económicos al minero Juan José de Salazar para que empezara a trabajar algunas minas de este real. Especialmente la mina de San Juan Bautista y con la firme intención como en los otros reales de que se crearan nuevas haciendas de beneficio, en las cuales se beneficiara el metal extraído y atrajera nuevos pobladores. Era sabido que las minas de Zacatecas eran ricas en minerales, ya que así lo venían experimentado y aprovechando los exploradores por muchos años y habían conseguido su fortuna con esta práctica. Por ello, no parece extraño que el capitán protector Domingo apoyara con sus recursos económicos, puesto que sí las minas llegaran a producir le redituarían todos sus gastos y estarían en funcionamiento siempre con el apoyo económico que les prestaba. Esto le ayudó a mantener la buena impresión que causó desde el día de su llegada a San Luis Colotlán. El día que tomó posesión de su cargo llegó a las cinco de la tarde acompañado de un grupo de españoles y otro de indios habitantes de Santa María de los Ángeles que lo acompañaron en su caravana hasta San Luis Colotlán, lugar en el que repúblicas y compañías de indios que en sus haberes cargaban sus flechas, arcos y cubriéndose con sus carcazos encachados al cuerpo, le hicieron demostraciones de obediencia, gusto y recibimiento. Se presentaban a pie o a caballo mostrándose a su nuevo protector con obediencia y regocijo y sumándose todos ellos, según el documento, se podían contar más de cuatrocientos indígenas presentes o asomándose en casas, plazas o portales del poblado, como les habían enseñado los antecesores del nuevo capitán protector.51 Las demostraciones consistían en bajar la cabeza para que les pusiera la mano en ella, de la misma manera “todos destocados y puestos en pie fueron en orden de uno en uno, besando el real sello [del título] y puéstoselo sobre sus cabezas como los demás indios de arco y flecha, que vinieron acom-

empleos honoríficos a que aspirare librándosele para ello la real provisión según y en la forma que por su parte se pide a vuestra alteza tuviere por más conveniente […]47

Entre los argumentos para su designación de capitán protector, sobresalieron algunos, como dar de su costa apoyo económico para el funcionamiento de minas que estaban abandonadas, porque resultaba costoso sufragarlas, pues varias de ellas se inundaban y era difícil poder explotarlas. Por lo que de su costa y caudal daba el dinero suficiente para que se empezaran a trabajar. Uno de ellos era el caso de los reales de minas del Fresnillo en las que puso dos desagües que ayudaron a todos los vecinos con las inundaciones que frecuentemente los abrumaban. Este apoyo era posible gracias a la plata que ofrecía dicho real del Fresnillo. También le dio apoyo al minero Martín de Zarazúa para que trabajara en la minería en el real de la Ballena, en la Jurisdicción de Sierra de Pinos, a quien se describe como hombre inteligente y conocedor de minas. Se le dio lo necesario para que echara a andar la mina que seguramente producía plata en buena cantidad para que fuera rentable para él y para la Corona.48 En Santa Rosa de Alburquerque,49 también de su caudal, apoyó a José de Lomas al frente de la mina que estaba totalmente perdida y abandonada, en la cual, gastó grandes recursos para que se pusiera en funcionamiento, así como la hacienda que fungiría para el beneficio de la plata que se extraería y que era la única que se hallaba en dicho real. En los cerros de Santiago, igualmente se descubrieron minas que estaban siendo trabajadas por Blas de la Vega, quien fue apoyado para que la hacienda funcionara en el beneficio de la plata, por un período de cuatro o cinco años, pagando de su costa para que este atrajera pobladores y cavaran las minas como las otras de los reales ya mencionados, las que

47  Ibíd., ff. 129r- 130r. 48  Ibíd., f. 31r.

50  Ibíd., f. 30 v.

49  Formaba parte de la jurisdicción de San Luis Colotlán, pero más específicamente pertenecía al poblado de Bolaños.

51  Ibíd., f. 9r.

28

Sep ten tr ión

Esta tierra estaba habitada por grupos chichimecas seminómadas, quienes no establecieron población alguna, vivían a la intemperie y por centurias aprendieron a cazar y fabricar sus vestimentas.

pañándolo a su merced”.52 Los indios vinieron en grupo por el camino y según la costumbre pusieron sus arcos para que el capitán se parara sobre ellos y besara el real sello, luego tomó con su mano el bastón indígena real y militar en señal de posesión, lo cual realizó sin inconformidad de los indígenas. Con este acto tomó posesión como capitán protector y dio un discurso en el que les ofrecía a los indígenas procurar la paz y la quietud de su pueblo y de todos los habitantes. Además, dejó claro que quienes cometieran actos indebidos iban a ser castigados conforme lo merecieran, les ofrecía educación a sus hijos, enseñanza de la doctrina cristiana y realización de los actos religiosos. Tenía la intención de procurarles la salvación eterna e inculcarles temor al Dios que se les había impuesto y a la justicia que los regiría en la tierra en manos del rey católico y juró por Dios y la Santa Cruz cumplir con la obligación de sus cargos y empleos asignados. Los oficiales de las repúblicas de los indígenas y capitanes de guerra de los Tlaxcaltecas, Soyatitán, Tlochopa, Santa María y Santiago53 tomaron su llegada con alegría y dijeron mostrarían obediencia como lo mandaba su rey supremo y:

tad debemos toda obediencia y rendimiento, aunque se aventure la sangre y la vida, porque somos sus vasallos y súbditos y nos mantiene en estos reinos, en nuestras casas, con nuestras familias e hijos […]54

De esta manera le ofrecían al rey la obediencia y cumplimiento de las obligaciones cristianas, para que los prelados eclesiásticos gobernaran sus almas y corrigieran sus grandes pecados y los ayudaran a ser merecedores del perdón. Después de la toma de posesión se puso en camino en compañía de la gente que lo acompañaba y sus mozos de servicio, comenzó a indagar, saber y averiguar en qué estado se encontraba la frontera a su cargo. Asimismo, se hizo acompañar del cura para recorrer todo el territorio con la finalidad de observar en qué condiciones se encontraban los poblados de su jurisdicción, Sierra de Tepeque, San Andrés del Teúl y Huejuquilla, entre otras, y ver en qué condiciones de vida se hallaban las repúblicas y compañías de indios.55 Entre sus funciones como capitán protector de indios, estaba procurar el bienestar de los indios, así como procurar que estos fueran cristianos y practicaran sus preceptos y que ellos le informaran si había alguna novedad o moción que tuviera efecto en dicha jurisdicción que los perjudicara de alguna forma. Por esto y por la salvación de los indios el

[…] la justicia de la tierra que los rige y los gobierna su rey católico rey monarca Felipe Quinto, que Dios guarde, a cuya grandeza y majes52  Ibíd., f. 9 v.

54  Ibíd., f. 10 v.

53  Ídem.

55  Ibíd., f. 14.

29

cura tomaba un papel importante como integrante de la comunidad y como ayudante del capitán en su misión pacificadora de los pueblos mencionados. Lo acompañaba por todos los caminos que éste recorriera como mediador y como auxiliar, para constatar las condiciones de vida de los grupos indígenas aledaños y locales de la jurisdicción, que eran parte del plan de evangelización de la Iglesia y de la autoridad de la Corona.56 Así también, como parte de sus funciones sirvió a su majestad con 808 libras de plomo. Las que donó para la elaboración de balas que se repartirían a cien soldados que había reclutado en 1721, quienes también necesitaban víveres, balas y pólvora para continuar con tan ardua labor que se suscitó en Nayarit por la rebelión en la cual tenían como objetivo apaciguar a los indios nayaditas que se resistían a la conquista. Estaban dirigidos por don Juan de la Torre Valdés y Gamboa, Capitán Protector y Gobernador de la Sierra del Nayarit, quien se había quedado sin municiones y le era menester recibir de la Corona el apoyo necesario. Al no llegar éste, los capitanes protectores daban el auxilio económico que se requería. Domingo Sánchez de Quijano al ver que su compañero se veía en aprietos le dio su auxilio y reclutando soldados fue en su ayuda, prevenido con municiones, cartuchos de pólvora y balas suficientes para ayudar a pacificar a los indios nayaritas, que le dieron dura batalla a los soldados de Juan de la Torre.57 Por este socorro los mismos indios de su jurisdicción le dieron las gracias a Domingo por el “amor y cariño” del que eran objeto y por la protección que su capitán les ofrecía resguardarlos de los indios que aún no eran pacificados y alteraban el modo de vida de los indígenas ya asentados al causar rebeliones en las jurisdicciones aledañas, por estar en contra del sedentarismo de otros grupos indígenas y por buscar la defensa de su propia raza al pensar que los españoles querían acabar con ellos. Tal defensa y cargo lo desempeñó por varios años más, hasta que en el año de 1747 murió debido a un accidente que le provocó terminar en cama por varios días, lo que le obligó a dar un poder para testar al señor Bartolomé Pérez de Liaño. Pues seguramente veía que su

final estaba cerca. Para este año aún seguía siendo Capitán y había acumulado suficiente fortuna para llevar una vida sin carencias. La que seguramente vivió en soledad debido a que hasta el día de su muerte se mantuvo célibe y sin compromisos maritales. Amasó fortuna por su cargo y por el oficio al que se dedicaba, ya que lo podía ejercer dentro de las haciendas mineras de beneficio que poseía, además de minas y tiendas de comercio que daban cuenta de la gran riqueza que poseía.58 Al momento de dar poder para disponer de sus bienes hizo del conocimiento al mismo Pérez de Liaño su deseo de que sus restos corpóreos fueran sepultados en la Capilla de Nuestra Señora del Rosario, ubicada en el templo de Santo Domingo en la ciudad de Zacatecas. Era un hombre devoto y deseaba que sus restos fueran honrados dentro de la casa de Dios con una misa cantada, con ofrecimiento de pan, vino y cera, que por adelantado ya había pagado o había dejado un poder para que se gastara en limosnas o lo que fuera necesario para lograr tener derecho a sus peticiones y deseos para después de su muerte. Y esto lo hacía consciente de que la hora de su muerte estaba cerca (tal afirmación se hace porque de ser de otra manera no hubiera dado poder para testar). Lo cual indica que aunque no se revela cómo fue el accidente que lo llevó a la muerte, si se expresa que fue grave y lo dejó en cama, puesto que decidió testar y posteriormente el día 28 de mayo de 1747 murió después de estar convaleciente por varios días.

C onclusiones

Sin lugar a dudas, resulta importante e interesante ver las necesidades en las que se veían inmiscuidos los grupos indígenas durante los procesos de evangelización y pacificación, ya que fue necesario implantar la figura del capitán protector de indios que ayudara a subsanar los abusos y maltratos como resultado del poblamiento que se estaba extendiendo por todo el territorio de la Nueva España y la Nueva Galicia. Proceso en el que era inevitable la confrontación entre indígenas y españoles y las di58  Esta información se manifiesta en un poder para testar que le entregó a Bartolomé Pérez de Laeza el cual se encuentra en el AHEZ, Fondo, Notarias/ Colonia, Serie, Juan García Picón, Caja 1. Poder para testar otorgado a Bartolomé Pérez de Laeza por Domingo Sánchez de Quijano. Año: 1747, f. 66.

56  Ibíd., f. 15. 57  Ibíd., ff. 51r-52v

30

Sep ten tr ión ferentes formas de concebir su entorno. El caso de Domingo Sánchez de Quijano es un ejemplo de un capitán protector de frontera, quien reunió los requisitos que exigía la Corona para poder ostentar el cargo. En su caso se ven plasmadas las dificultades a las que se enfrentaban los demás protectores de frontera, al velar por la paz de sus jurisdicciones, las cuales no eran inertes y no escapaban a los conflictos. El caso de la jurisdicción de Colotlán es un ejemplo de una zona problemática, en la que la presencia de los conflictos indígenas perduró y fue constante hasta ya muy entrado el siglo XVIII. Vemos como el capitán protector como tal, funcionó dentro de sus expectativas. Podemos encontrar nombramientos de capitanes protectores hasta finales del siglo XVIII sobre todo en la frontera norte, ya que los enfrentamientos hasta este siglo siguieron manifestándose, aunque en menor medida. Y vemos como la Corona española velaba por el bienestar de los indígenas mediante las ordenanzas para su defensa, aunque no se cumplieran al pie de la letra. Sin embargo, sabemos que los capitanes cumplían sus funciones por intereses personales o económicos, pero no dejaban totalmente desamparados a los indígenas y esto les dio un lugar importante dentro de la historia del Norte de la Nueva España.

B ibliografía

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F uentes

de internet

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Ar tí cul o

Mujeres bígamas en El Rosario, siglo xviii

Benita Escárcega*

Introducción

D

urante la etapa colonial, la Iglesia determinaba la moral a que, en teoría, la sociedad debía someterse. A través de sus enseñanzas señalaba los comportamientos acordes con dicha moral.1 Una de las cuestiones esenciales dentro de la moral novohispana era el ejercicio de la sexualidad, ya que debía realizarse exclusivamente dentro del matrimonio entre ambos cónyuges. No obstante, aun dentro de esta institución la práctica no se ejercía libremente. A través del tiempo se introdujo la idea entre los feligreses de que el coito entre esposos debía estar exento de placer, o bien, que debía servir sólo al propósito de la procreación. Así, la Iglesia pretendía regular las relaciones sexuales matrimoniales dentro de un orden en el que se establecían, inclusive, los días en que las parejas podían realizarlas y aquéllos en que debían abstenerse. También se aconsejaba que el acto tuviera lugar únicamente de noche y en una posición determinada.2

* Investigadora asociada de El Colegio de Sinaloa/Barlovento, [email protected]. Nota: Este trabajo se desprende de una investigación mayor en la que con base en la documentación producida por El Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición me ocupé de los casos de bigamia y poligamia perseguidos por esta institución en lo que hoy es Sinaloa y Sonora durante el siglo XVIII. En esta ocasión me propongo rescatar los casos que se dieron en el real de minas de Nuestra Señora de El Rosario contra tres mujeres: Nicolasa de la Cruz, Juana Isabel y Juana María Valenzuela. Véase Benita Escárcega, La moral transgredida. Bigamia y castigo en Sinaloa y Sonora (siglo XVIII), tesis de licenciatura, Culiacán, Sinaloa, Facultad de Historia/Universidad Autónoma de Sinaloa, 2010. 1  El acto humano o moral “es un acto vital que libremente hace la criatura racional con conocimiento o advertencia de lo que hace”. Francisco Echarri, Directorio moral, Valencia, por la viuda de Joseph de Horga, 1770, folio 9. (Consultado en: http: //books.google.com). Véase también Ágnes Heller, Sociología de la vida cotidiana, (Trad. J. F. Yvars y E. Pérez Nadal), 5ta. Edición, Barcelona, Ediciones Península, (Serie: Historia, Ciencia, Sociedad. No. 144), 1998, pp. 142-145; Ferdinand Tönnies, Principios de Sociología, (Trad. Vicente Lloréns), 3ra. Edición, México, F. C. E., (Sección: Obras de Sociología), México, 1987, p. 288. 2  Guillermo F., Margadant S., Clero, ética sexual y derecho familiar, Culiacán, Sinaloa, El Colegio de Sinaloa, (serie: cuadernos, núm. 41), 1998, pp. 21-23; véase también Asunción Lavrin

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del matrimonio, y en este sentido se consideraba que atentaba contra la fe. La bigamia era un delito de doble fuero. Es decir, tanto las autoridades civiles como eclesiásticas tenían injerencia en el mismo. La Iglesia, a través del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición era el órgano encargado de recibir las denuncias, llevar el proceso y dictar sentencia. A la Iglesia correspondía la aplicación de las penas de tipo espiritual, mientras que a la autoridad civil correspondía la aplicación del castigo físico. La pérdida de jurisdicción del Santo Oficio sobre la bigamia se enmarcó dentro de las Reformas Borbónicas con las que la Corona española buscaba ejercer un mayor control en diferentes ámbitos, incluida la Iglesia7. A partir de la emisión de la Real Cédula de 1788,8 como ya se señaló, el tribunal inquisitorial dejaría de encargarse de este delito. Pero intervendría cuando hubiese sospecha de herejía o falsa creencia sobre el matrimonio, lo que provocaría, más adelante, numerosos conflictos jurisdiccionales entre ambas autoridades.9

La Iglesia también enseñaba que el matrimonio debía ser único e indisoluble y que debía realizarse entre un solo hombre y una sola mujer.3 A pesar de su carácter indisoluble se debe precisar que un matrimonio podía desintegrarse en algunos casos y podía recibir las denominaciones de disolución o anulación dependiendo de los motivos que originaban la ruptura: cuando alguno de los cónyuges decidía profesar en alguna orden religiosa se le llamaba disolución;4 y anulación cuando tras un juicio se establecía “[…] demencia o mentecatez, la fuerza o miedo irresistible, el error esencial (no accidental) en cuanto a la persona, falta de edad y la no consumación del matrimonio […]”.5 Este tipo de separación permitía un nuevo matrimonio. La tercera forma de separación era el divorcio eclesiástico. Éste significaba la separación física de los cónyuges, pero no la disolución del vínculo matrimonial, por lo que se les estaba vedado contraer un nuevo matrimonio.6 Comportamientos como el amancebamiento, el adulterio, la solicitación, la homosexualidad y la bigamia, entre otros, que implicaban la realización del acto sexual al margen de la institución matrimonial, eran perseguidos, reprimidos y castigados tanto por los tribunales civiles como eclesiásticos. La bigamia, poligamia o dúplice matrimonio, en particular, era matrimonios simultáneos contraídos de manera ilícita en vida del primer cónyuge, constituyendo una transgresión contra el sacramento

El real de El Rosario Durante el siglo XVIII la población de El Rosario no fue ajena a investigaciones llevadas a cabo por el Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición a través de sus comisarios locales.10 No era rara la actividad desplegada por las autoridades inquisitoriales en este real de minas, pues se trataba de uno de los asentamientos de mayor importancia dentro de los territorios que hoy conforman los estados de Sonora y Sinaloa. Las fuentes de la época lo muestran como un lugar en constante movimiento, donde el bullicio de la población giraba en torno a la producción de plata del lugar. Su floreciente comercio, la bonanza de sus minas, sus calles y su iglesia se combinaron para darle un carácter propio. Para la última década del siglo XVIII se estima

(coord.), Sexualidad y matrimonio en la América hispánica. Siglos XVIXVIII, México, CONACULTA/Grijalbo, (Serie: Los Noventa), 1991, pp. 83-84. 3  Sergio Ortega Noriega, “El discurso teológico de Santo Tomás de Aquino sobre el matrimonio, la familia y los comportamientos sexuales”, en Memoria del Seminario de Historia de las Mentalidades. El placer de pecar y el afán de normar, México, Joaquín Mortiz/Dirección de Estudios Históricos/INAH, (Contrapuntos), 1987, pp. 45-47. 4  Josefina Muriel, Los recogimientos de mujeres. Respuesta a una problemática social novohispana, México, UNAM/Instituto de Investigaciones Históricas, 1974, p. 20.

7  Véase Sergio Ortega Noriega e Ignacio del Río (coords.), Historia General de Sonora, Tomo II, Hermosillo, Sonora, Gobierno del Estado de Sonora, 1985, pp.193-201.

5  Ídem; Véase también: Dolores Enciso Rojas, “La legislación sobre el delito de bigamia y su aplicación en la Nueva España” en Memoria del Seminario de Historia de las Mentalidades. El placer de pecar y el afán de normar… op. Cit., pp. 251-252.

8  AGN, Inquisición, vol. 1256, exp. 11, fs. 149v-151. 9  Véase William B. Taylor, Ministros de lo sagrado. Sacerdotes y feligreses en el México del siglo XVIII, Zamora, Michoacán, El Colegio de México/El Colegio de Michoacán, 1999, pp. 40-43.

6  Dora Dávila Mendoza, Hasta que la muerte nos separe. El divorcio eclesiástico en el arzobispado de México, 1702-1800, México, El Colegio de México/Universidad Iberoamericana/Universidad Católica Andrés Bello (Caracas), 2005. p. 16; véase también: Josefina Muriel, op. Cit., pp. 19-20.

10  Con frecuencia los curas párrocos eran nombrados comisarios locales ante la Inquisición. Ibíd., p. 115.

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A r tí cul o que contaba con una población de 5 618 habitantes. A principios del XIX hubo un aumento considerable, que ascendió a 6 484 divididos en españoles (1 239), mestizos (61), mulatos (4 844), e indígenas el resto.11 Durante este siglo El Rosario aglutinaba a su alrededor un conglomerado de varias minas de diversa importancia. Su jurisdicción se amplió más allá de sus minas principales como Buena Vista, La Esperanza, Las Benditas Ánimas, Lo de Verde y El Tajo, la más importante de éstas, cuyo descubrimiento en 1655 propició una gran afluencia poblacional. Su jurisdicción también incluía las minas San Francisco y San Antonio de Plomosas, cuatro minas del real Cabeza de Caballo, y dos del real de Santa Rita.12 A ojos de los visitantes el real se mostraba como un lugar de importancia dentro del virreinato. Incluso se le ponderaba como: “El lugar más considerable después de Guadalaxara para en toda esta parte de la tierra dentro […]”.13 Al obispo de Nueva Vizcaya, Pedro Tamarón y Romeral, en su visita pastoral de 1760 le tocó ver la nueva iglesia que se estaba construyendo, a la que calificó de suntuosa.14 Pudo observar que a pesar de la baja de producción metalúrgica en esas fechas: “viven sus habitantes con casas muy buenas que no demuestran la falta de las minas […]”.15 Una década después, en 1770, el ingeniero Francisco de Fersen también dejó testimonio de las calles y viviendas del real, a quien éstas le parecieron “buenas casas”. También observó los asentamientos a su alrededor de manera muy general, refiriéndose a estos simplemente como “arrabales”. Con sus numerosas tiendas de ropa y muchas

más de comestibles,16 a la villa debió acudir un gran número de gente interesada en comprar y vender mercancías de la más diversa índole. Dándose de esta manera, una interacción constante de los pobladores residentes con los recién llegados. Entre los españoles había una minoría de ricos mineros y comerciantes a gran escala, comerciantes en pequeño, burócratas y curas. La población se ocupaba en las minas, haciendas de beneficio, ranchos, haciendas agrícolas y en la arriería. En contraparte, existía una cantidad indeterminada sin oficio (vagos), además de quienes experimentaban con juegos de azar y que hacían de sorprender incautos su forma de vida. Por último, se encontraban quienes transgredían la moral, como los explotadores de prostitutas.17 Entre la población mulata había desde sirvientes esclavos hasta “trabajadores del beneficio, trabajadores de las minas, pregoneros, arrieros, vaqueros, operarios de trapiches, trabajadores en las salinas, herreros, albañiles, carpinteros, talabarteros, zapateros, sastres, algunos comerciantes y propietarios de pequeñas y medianas minas, así como rescatadores”.18 Las mujeres mulatas que se ocupaban de algún oficio fuera de sus casas se desempeñaban como sirvientas, algunas vivían en concubinato con sus patrones y otras se prostituían.19 El comportamiento festivo de la población incluía a negros y mulatos, quienes se entremezclaban con la población mestiza e indígena en fiestas y fandangos. Rafael Valdez Aguilar señala que: “En estos fandangos y fiestas, los negros y mulatos se embriagaban y daban rienda suelta a sus instintos. Por lo general había pleitos y reyertas que provocaban heridos y muertos entre los participantes. Todo esto ante la mirada impasible de las autoridades […]”.20 Basándose en el informe de 1801 del presbítero de la Riva y Rada, cura del lugar, hace hincapié en ése comportamiento del que el sacerdote se quejaba porque desde su punto de vista muchas veces los pobladores caían en excesos. Pues incluso, a pesar

11  Peter Gerhard, La frontera norte de la Nueva España, UNAM, México, 1996, p. 337. 12  Benito Ramírez Meza, Economía y sociedad en Sinaloa, 1591-1900, Culiacán, Sinaloa, Difocur/UAS, 1993, p. 28. 13  Mercedes Arroyo, “La descripción de las provincias de Culiacán, Sinaloa y Sonora del Ingeniero Francisco de Fersen (1770). Las condiciones económicas y territoriales en tres provincias de la Nueva España”, en Biblio 3W. Revista Bibliográfica de Geografía y Ciencias Sociales, Universidad de Barcelona, vol. VII, no. 430. http://www. ub.es/geocrit/b3w-430.htm

16  Mercedes, Arroyo, op. Cit. 17  Rafael Valdez Aguilar, El Real de Minas de Nuestra Señora del Rosario, Culiacán, Sinaloa, Cobaes, 1998, pp. 178-179.

14  Pedro Tamarón y Romeral, Demostración del vastísimo obispado de la Nueva Vizcaya 1765. Durango, Sinaloa, Sonora, Arizona, Nuevo México, Chihuahua y porciones de Texas, Coahuila y Zacatecas, (introducción bibliográfica y acotaciones por Vito Alessio Robles), México, Antigua librería Robredo de José Porrúa e Hijos, 1937, p. 202.

18  Ibíd., p. 180. 19  Ídem. 20  Rafael Valdez Aguilar, Sinaloa: negritud y olvido, Culiacán, Sinaloa, La Crónica de Culiacán, 2da. Edición, 2004, p. 186.

15  Ídem.

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del brote de una epidemia, los eventos festivos no dejaban de celebrarse.21

esposo. Con su primer cónyuge, de nombre Martín y de calidad indio se casó en Tequila, pero no se logró especificar la fecha del enlace al no localizarse la partida matrimonial. El segundo matrimonio lo contrajo en el Real del Rosario en 1710 con un barretero de calidad coyote, quien trabajaba de sirviente con el minero don Francisco del Valle. A medida que transcurría el tiempo y aclarándose que la denunciada era indígena, el Santo Oficio dictaminó que de su caso se encargara el juez eclesiástico ordinario. Se pedía también que se indagara sobre el primer matrimonio y el paradero de Nicolasa, cuyo primer esposo había muerto hacia 1724. Es evidente la tardanza en la averiguación del primer matrimonio, pues ya habían transcurrido diez años desde la denuncia cuando, desde la Ciudad de México, el tribunal estaba pidiendo que se ejecutaran las indagaciones pertinentes. El caso de Juana Isabel,24 que en el proceso aparece como loba, también se desarrolló a partir de 1714. Originaria de Santa Clara de la jurisdicción de Charcas, fue denunciada por casada dos veces ante el mismo comisario de El Rosario. Sus denunciantes declararon que el indio Agustín de los Ríos les contó que él la había raptado cuando ya era casada en el real de de minas de Charcas y que sabía que se había casado nuevamente en El Rosario. Se hicieron las averiguaciones sobre el segundo matrimonio, sacándose copia de la partida matrimonial. Para la celebración del enlace se había tomado declaración de los testigos sobre la soltería de Juana Isabel y Cristóbal de los Santos, un mulato de oficio barretero. Al no haber, en apariencia, ningún impedimento el matrimonio tuvo lugar en 1710. Sin embargo, al inquirir sobre el primer matrimonio, dos años después de la denuncia, no se encontró la partida correspondiente, por lo que se ordenó su búsqueda en Pánuco. Las indagaciones sobre el caso quedaron inconclusas y no se logró ubicar físicamente a la acusada.

Las acusadas De los tres casos contra mujeres acusadas por el delito de bigamia que me propongo rescatar, la primera era indígena, por lo que quedó sujeta al Tribunal Eclesiástico Ordinario,22 cuando se estableció su calidad racial. En el segundo, el proceso quedó inconcluso porque no se logró ubicar el paradero de la transgresora. En el caso restante, el desarrollo del proceso sobrepasó el año de 1788, fecha de la pérdida relativa de la jurisdicción del Tribunal inquisitorial sobre la bigamia. Sin embargo, es muy significativo porque muestra precisamente esa pérdida de control por parte de la Iglesia sobre este delito. Que el primer caso haya pasado a otro tribunal y que el segundo fuera suspendido, además de la poca extensión de ambos, impide abundar sobre los mismos, por lo que a continuación se presentan de forma sintética. El tercero en cambio, se presenta de forma detallada, pues la extensión y conservación del documento lo permiten. Sin embargo, su relevancia radica en que se ubica dentro de un periodo de transición en el que poco a poco la autoridad eclesiástica pierde terreno frente a la autoridad civil. Además, muestra cómo funcionaba la maquinaria inquisitorial en las regiones alejadas del centro del virreinato. La indígena Nicolasa de la Cruz23 era originaria del obispado de Guadalajara, fue denunciada ante el Comisario del Santo Oficio, Joseph López de Olivas, por el español Andrés Rodríguez en 1714. Se iniciaron las averiguaciones del primer y segundo matrimonio, a la fecha, se decía que Nicolasa vivía en Pánuco junto a Juan de Aguilar, su segundo 21  Ibíd., p. 187. 22  La población indígena quedó fuera de la jurisdicción del Santo Oficio a partir de 1575. Fue la Audiencia Eclesiástica, también conocido como Tribunal Eclesiástico Ordinario o Provisorato de Indios el órgano encargado de procesar a los indígenas en materia de delitos contra la fe. Al respecto véase Jorge E. Traslosheros, “Para historiar los Tribunales Eclesiásticos Ordinarios de la provincia eclesiástica de México en la Nueva España. Los contextos institucionales, las fuentes y su tratamiento” en Doris Bieñko de Peralta y Berenise Bravo Rubio (coords.), De sendas, brechas y atajos. Contexto y crítica de las fuentes eclesiásticas, siglos XVI-XVIII, México, ENAH/INAH/CONACULTA, 2008, pp. 82-105.

El caso de Juana María Valenzuela El tercer caso corresponde al de Juana María Valenzuela25 originaria de la hacienda de Mochitilti, 24  AGN, Inquisición, vol. 758, exp. 15, fs. 458-467. 25  AGN, Inquisición, vol. 1301, exp. 4. fs. 22-94.

23  AGN, Inquisición, vol. 758, exp. 17, fs. 475-492.

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Ar tí cul o

La bigamia era un delito de doble fuero. Es decir, tanto las autoridades civiles como eclesiásticas tenían injerencia en el mismo.

jurisdicción del real de Hostotipaquillo en el Obispado de Guadalajara. En 1786 fue denunciada ante el cura Nicolás Valderrama y Rodero en la hacienda de San Nicolás de Pánuco por estar dos veces casada. La acusada y su segundo esposo fueron apresados y llevados ante el comisario del Santo Oficio de El Rosario el cura José Ramón de Zúñiga, personaje que se encargaría de llevar todo el proceso en el real. Con base en la documentación recopilada se sabe que en 1783 José Ramón de Zúñiga fue nombrado Comisario Subdelegado del Tribunal del Santo Oficio del real de El Rosario y su partido. Dos años después de que hiciera la petición para obtener el cargo ante las autoridades del Santo Oficio de México se le otorgó el nombramiento.26 Junto a éste también poseía el de Comisario Subdelegado de Bulas de la Santa Cruzada. Esta distinción se le asignó porque el curato de El Rosario poseía mayor antigüedad comparado con el de Arizpe. Pero también porque el lugar representaba ciertas ventajas como ser de más tráfico, comercio, vecindad y porque en él estaba la caja, además de que “don José Ramón tiene veinte años de dicho ministerio”.27 Aunque no se tiene en este momento el dato preciso de la fecha de la muerte del padre Zúñiga, hay una carta que data de 1795 en la que se señala que a su muerte, el doctor Manuel del Corral fue nombrado cura interino del real. La mi-

siva estaba dirigida a las autoridades centrales del Tribunal del Santo Oficio en México. En ella pedía que se tomara una resolución sobre el lugar que había dejado vacante el comisario. Del Corral argumentaba que sin la previa facultad del tribunal no se podía hacer cargo de la comisaría.28 El expediente de Juana María indica que contrajo el primer matrimonio con el mulato Andrés Ramírez, mozo de la hacienda, el 14 de febrero 1761.29 La pareja procreó tres hijos, pero sólo una hija logró sobrevivir. Ramírez era viudo y tendría cerca de cuarenta años al momento del enlace y su edad andaría alrededor de los sesenta años al inicio del proceso contra su esposa. Hay que añadir que había una diferencia de edad entre los miembros de esta pareja calculada en veinticinco años aproximadamente. Después de contraer matrimonio, la pareja permaneció cuatro o cinco años en el real de Hostotipaquillo. Posteriormente se trasladaron al real de Tatepusco, enseguida al real de San Francisco, asentándose finalmente en la hacienda de San Nicolás de Pánuco. Habitaron en este lugar cerca de tres años, hasta que Juana María abandonó el hogar, a su esposo e hija. La acusada declaró que cuando abandonó a Andrés Ramírez se fue en compañía de un ciego limosnero y su mujer hasta Cosa28  AGN, Inquisición, vol. 1363, exp. 13, f. 216. 29  No obstante, en su declaración Andrés Ramírez dijo que su matrimonio se realizó en 1768. AGN, Ramo: Inquisición, vol. 1301, exp. 4. La reconstrucción del caso de Juana María Valenzuela se ha hecho a partir de este expediente.

26  AGN, Inquisición, vol. 1363, exp. 12, fs. 15-15v. 27  AGN, Bulas de la santa cruzada, vol. 8, exp. 4, fs. 90-90v.

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lá. Pero uno de los denunciantes, Estefano Vargas, trató de desmentirla declarando que la acusada huyó con un sujeto llamado Piscoy. Por su parte, Ramírez declaró que ella huyó con un hombre llamado Antonio Contreras. Ambas acusaciones no fueron aceptadas por la acusada durante el proceso. De Cosalá se trasladó al pueblo de Los Remedios, donde trabajó como cocinera en casa de la madre del cura José Garavito. Después de tres años regresó a Cosalá donde a los seis meses, en agosto de 1779, contrajo segundas nupcias con Juan Luis Antonio Arana, quien negó saber del primer enlace de Juana María. Arana declaró que él la había conocido con el nombre de María Josefa Verdugo y como soltera.30 Por su parte, Juana María declaró que después de vivir cinco años a su lado “remordiéndole su conciencia”, y sin decirle el motivo, se fue en busca de su legítimo esposo. Sin embargo, se quedó en la hacienda de Santa Rosa durante dos meses, en lugar de acudir de inmediato al lado de Andrés Ramírez, pero no explicó a las autoridades inquisitoriales el motivo de su retraso. La denuncia en su contra fue puesta por el vicario Vargas, el trece de febrero de 1786, en la hacienda de Pánuco, ante el cura don Nicolás Valderrama y Rodero. El denunciante declaró que conoció a Juana María en el año de 1775 ó 1776 en Pánuco. Su declaración en contra de la acusada deja ver que sin corroborarlo y tal vez por la convivencia entre ella y Andrés Ramírez, dio por hecho que formaban un matrimonio. Sin embargo, cuando volvió a verla varios años después en el puesto de Las Apomas, jurisdicción del real de Cósala, supo que estaba casada con Juan Luis Arana. Al preguntarle por sus segundas nupcias, ella negó haber estado casada antes y él dijo que quedó satisfecho con su respuesta. Después de algunos años, el denunciante se encontró con Andrés Ramírez quien le preguntó por su mujer. Éste quería saber si era cierto que estaba casada en Cosalá, le dijo que aunque ya lo había oído decir no estaba seguro. Vargas le contestó que se la mostraría para que se desengañara, haciéndolo el veinticinco de diciembre de 1785. Declaró entonces que ambos acudieron a informar al vicario. El mismo día que fue puesta la denuncia fueron llamados a comparecer tanto Juana María, Andrés Ramírez y

Juan Luis Arana. Éste último se encontraba en Pánuco por motivos de trabajo. La acusada fue puesta en depósito31 en casa de Martín de Beuza con “un par de grillos” mientras que Juan Luis fue encarcelado. Sobre la declaración del denunciante del 13 de febrero de 1786, Juana María dijo en las tres mociones que se le hicieron, el diecinueve, veintitrés y veintisiete de abril de 1787 que ella le suplicó que la denunciara ante el cura de Pánuco. Pero que no obstante, Vargas se negaba para que ella no fuera a tener problemas. Situación que podemos considerar como un ardid para lograr obtener mayor benevolencia de las autoridades inquisitoriales al momento de dictar sentencia. Antes de que se ordenara el traslado del caso de Juana María a las autoridades reales, el Comisario Subdelegado del Santo Oficio en el real de El Rosario había mantenido una fluida correspondencia con sus superiores del centro, pero a últimas fechas (1788-1790) hubo un retraso de hasta dos años en la misma. Incluso, en carta fechada a cuatro de diciembre de 1789, Joseph Ramón de Zúñiga, hubo de insistir sobre el caso, ya que no había recibido respuesta de su carta de mayo de 1788, fecha en que remitió las diligencias a los jueces inquisidores. Es decir, hubo una tardanza de un año y siete meses. Sin embargo, a la aludida carta de cuatro de diciembre de 1789, Zúñiga obtuvo respuesta seis meses después, en junio de 1790, cuando finalmente se dictaminó sobre la situación de Juana María. Hubo un silencio de parte del Santo Tribunal de dos años y un mes respecto a este caso. Juana María fue remitida al Juez real debido a “lo dispuesto por [S]u M[ajestad] en su real or[den de] catorce de mayo de setecientos ochenta y [ocho]”, pues no fue encontrada “sospechosa de la fe”. Por último, Joseph Ramón de Zúñiga envió una última misiva dirigida a los inquisidores Antonio Beopsa, Prado y Ovejero y José de Pereda a fines de 1790 en los siguientes términos: “entregué luego al Juez real de este distrito a la rea del deli31  El depósito era una institución basada en la antigua encomienda, de la que el término depósito era un sinónimo en el siglo XVI. Consistía en la entrega, por parte de las autoridades, de una mujer condenada judicialmente, a una familia de élite o casa segura. Daniel Santamaría y Enrique Cruz, Celosas, amantes y adúlteras. Las relaciones de género entre los sectores populares del Jujuy colonial, San salvador del Jujuy, Argentina, Centro de Estudios Indígenas y Coloniales/Universidad de Jujuy, 2000, p. 119.

30  Este segundo matrimonio no procreó hijos.

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Ar tí cul o to de poligamia, Juana María Balenzuela, y a ésta la certificación que viene inclusa; quedando entendido para lo sucesivo de no apresar reo alguno de esta clase, sin expresa orden de ese tribunal”.32 En el expediente se nota una total falta de interés de las autoridades inquisitoriales respecto al delito de bigamia, tal vez debido precisamente que ya no tenían jurisdicción sobre el mismo, aunque no era rara la tardanza en los procesos inquisitoriales. Es también evidente que el Comisario subdelegado en El Real del Rosario quedó enterado de la pérdida de jurisdicción del Santo oficio sobre los casos de bigamia dos años después de la fecha de la expedición de la real cédula de 1788. Lo que evidencia también la lentitud en la comunicación entre las autoridades centrales y las comisarías novohispanas o por lo menos con ésta en particular. El caso descrito ilustra de manera concreta cómo la acusada es retenida por las autoridades del Santo Oficio y continuó encarcelada por la tardanza y desinterés del tribunal en desahogar un caso de bigamia que ya no pertenecía a su jurisdicción, sino a las autoridades del tribunal eclesiástico ordinario y a las reales. También es un ejemplo de la transgresión en que algunas mujeres incurrían. Transgresión que puede explicarse por diversos motivos.

L as

suavidad. [...] la violencia doméstica era aceptada como parte legítima del ejercicio de los fueros del marido y sólo era mal visto que éste abusara de sus derechos.33 Juana María declaró haber abandonado a su primer marido por “la mala vida que le daba y por sus continuas borracheras”.34 Sus declaraciones fueron muy parcas al respecto porque la frase “la mala vida que le daba” puede hacer alusión a maltrato físico o una precaria situación socioeconómica. Muchas veces, el maltrato físico se volvió intolerable para algunas mujeres llegando, incluso, a denunciar a sus parejas. Sin embargo, al cabo de un tiempo se arrepentían y solicitaban ellas misma a las autoridades el perdón para sus cónyuges. Teresa Lozano muestra algunos ejemplos de estos casos localizados en el ramo Criminal del Archivo General de la Nación. Éstos se suscitaron a principios del siglo XIX en la ciudad de México. La autora señala que “a pesar de los momentos de desamor que existían entre las parejas, lo común es que quisieran seguir viviendo juntos”.35 No obstante, hubo mujeres que decidieron abandonar a su pareja, como en el caso de María Ignacia Cervantes, mulata nacida en Guanajuato en 1753, quien fue víctima de la violencia que su cónyuge ejercía en su contra pues al cabo de cinco años de matrimonio había abortado seis veces por los golpes y heridas que éste le produjo durante su vida conyugal. “Finalmente, dijo que ‘aburrida de la mala vida que le daba su marido’, se fue para Silao ‘a mudar de fortuna porque se hallaba atrazada en Guanajuato’. Allí se amancebó con Raymundo luego con Joseph Ignacio Lozano, con quien más tarde se casó […]”.36

motivaciones de una bígama

Parte de los motivos que impulsaron a Juana María Valenzuela a abandonar a su pareja los hizo explícitos en sus declaraciones: “la mala vida que le daba y por sus continuas borracheras”. Pero otra parte se puede inferir, como: el desarraigo y la diferencia de edades. Mientras que la presión social pudo haber sido el elemento que la empujó a casarse nuevamente. Durante el periodo novohispano, el maltrato podía estar mal visto por la comunidad. No obstante, no pesaba lo suficiente como para que un matrimonio se desintegrara.

33  Citado por Teresa Lozano en “Momentos de desamor en algunas parejas novohispanas”, en Memoria del Seminario de Historia de las Mentalidades. Amor y desamor. Vivencias de parejas en la sociedad novohispana, México, INAH, 1992, p. 62.

La ley no concedía explícitamente a los hombres el derecho a golpear a sus esposas, la sociedad consideraba aceptable que el marido mandara dentro de la casa y que castigara a su mujer y a sus hijos para corregir sus faltas, siempre que lo hiciera con

34  AGN, Inquisición, vol. 1301, exp. 4, fs. 8, 104-105. 35  Teresa Lozano, “Momentos de desamor…” op. Cit. p. 67. 36  Richard Boyer, “Escribiendo la historia de la religión y mentalidades en Nueva España”, en Memoria del Primer Simposio de Historia de las Mentalidades. Familia, matrimonio y sexualidad en Nueva España, México, FCE/SEP, (Colección: SEP/80, núm. 41), 1982. p. 126; “Dramática vida matrimonial de la mulata María Ignacia” en Marcela Tostado Gutiérrez (comp.), El álbum de la mujer. Antología ilustrada de las mexicanas, Vol. II/Época colonial, México,

32  AGN, Inquisición, vol. 1301, exp. 4.

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Éste, al igual que el caso de Juana María muestra que no todas las mujeres optaban por continuar al lado de sus parejas pese al maltrato. En el caso analizado por Richard Boyer, María Ignacia dijo que: ‘nunca supo que su [primer] marido la solicitase en Querétaro; que ojalá así hubiera sido, que se hubiera juntado con él’.37 Es decir, que deseó en algún momento regresar al lado de su legítimo esposo. Por lo que Boyer hace un señalamiento importante respecto a la dificultad de analizar comportamientos ambiguos, como en este caso. El deseo de regresar con el legítimo esposo no borra que esta mulata haya tomado la determinación de intentar mejorar su calidad de vida lejos de una pareja que la hacía víctima de violencia. En el caso de Juana María, el acto de dejar a su marido “por la mala vida que le daba y por sus continuas borracheras” refleja su deseo de cambiar esta situación al esgrimirlo como el motivo que tuvo para abandonarlo. Hay que añadir que también esperaba regresar al lado de su legítimo esposo para “dar fin a su mala vida”, lo cual, parece ser una contradicción finalmente. En estos dos ejemplos se abandona al cónyuge por “la mala vida” que tuvieron a su lado. Sin embargo, después de transcurrido el tiempo desearon volver de nuevo al lado del esposo legítimo. En esta ocasión “dar fin a su mala vida” no alude al trato que recibiera de su esposo ilegítimo, ni a su condición socioeconómica, sino a dejar de vivir fuera de las normas morales. Un elemento más a los motivos que Juana María pudo tener para abandonar a Andrés Ramírez, su primer marido, fue la falta de arraigo familiar. Esta situación se infiere a partir del gran número de familiares cercanos a Juana María, quienes ya habían fallecido al momento de llevarse a cabo su proceso, incluidos sus padres, tíos, abuelos, hermanos y dos hijos pequeños de la acusada. Haciendo un recuento de su círculo familiar se advierte que en distintas fechas, incluso antes de su propio nacimiento, habían muerto los hermanos de su padre: dos varones y dos mujeres, así como el único sobrino que su padre tuvo, hijo de una de sus hermanas. Los hermanos de la madre de Juana María también murieron: tres hombres y dos mujeres. De igual forma, sus

propios hermanos habían fallecido: dos hombres y una mujer. Sobre sus primos, Juana María menciona los nombres de algunos, quienes eran sobrinos de su madre, pero de otros no recuerda cómo se llamaban e ignora si tenían hijos. Sólo sabe que trabajan como sirvientes en la hacienda de Mochitilti. Se debe agregar que la acusada suponía que su madre estaba aún con vida. Sin embargo, Miguel Rubio, quien fuera esposo de Manuela Santiago, madre de Juana María, declaró ser viudo de dos mujeres: de Manuela Santiago y María Nicolasa de Reses. La acusada sólo conoció a su abuela paterna, de uno de sus abuelos sólo recuerda el nombre y a los otros dos no los conoció. Respecto a su familia política declaró no haber conocido a los padres de Andrés Ramírez. Como se puede observar, no es exagerado afirmar que Juana María carecía de arraigo familiar, incluso, abandonó a su hija al momento de dejar su hogar. Otro posible motivo para que Juana María abandonara a Andrés pudo haber sido la notable diferencia de edades entre ambos. Andrés dijo ser mayor de sesenta años en su declaración del 20 de febrero de 1786. Por lo que se deduce que tendría cerca de cuarenta años cuando contrajo matrimonio en 1761. Por las declaraciones de los testigos se sabe que Juana María tenía alrededor de quince. Existía una diferencia de aproximadamente veinticinco años. El segundo marido en su primera declaración del 13 de febrero de 1786 declaró tener veinticinco años. No obstante, páginas adelante quedó asentado que tendría más de treinta. Había una diferencia de edades importante entre el primer y segundo cónyuge, así como la diferencia de edades entre Juana María y éstos. Mientras que al contraer su primer matrimonio Juana María era alrededor de 25 años menor con respecto a Andrés, con respecto a Juan Luis ella era mayor por lo menos diez años. La acusada confesó no recordar el año de su nacimiento, pero el trece de febrero de 1786 Juana María declaró ser de treinta y dos años. No obstante, se calcula una edad de aproximadamente cuarenta años por las fechas en que se llevaron a cabo ambos matrimonios y por las declaraciones de los testigos de la hacienda de Mochitilti. El asunto de la edad se resalta aquí porque en

INAH, (Colección: Divulgación), 1991, p. 124. 37  Ídem.

40

Ar tí cul o un primer momento Juana María se casó con alguien mucho mayor que ella. En una época donde las expectativas de vida no eran muy altas, tener sesenta años o más implicaba que se había llegado a la vejez. En el estrato social en que Andrés Ramírez y Juana María se desenvolvían no es aventurado pensar que la juventud y el vigor físico eran requisitos indispensables para desenvolverse en los arduos trabajos a que los sirvientes y demás trabajadores estaban sometidos. Los motivos señalados pueden responder a la pregunta de por qué hubo abandono por parte de Juana María, pero queda pendiente una cuestión más: ¿Por qué volvió a contraer matrimonio? En el documento la acusada refiere que fue Juan Beltrán quien le propuso que se casara con Juan Luis. Beltrán era el dueño de la casa donde Juana María prestaba sus servicios como cocinera y por lo tanto, era el patrón o amo de la acusada. Juan Luis Arana la sacó de esta casa y la llevó a la del cura de Cosalá en calidad depositada hasta la celebración del matrimonio. Aunque Juana María no explica los motivos que tuvo para volver a contraer matrimonio, la presión que el dueño de la casa ejerció sobre ella, pudo ser un elemento significativo para que se casara de nuevo, aunque no se sabe hasta qué punto haya influido en sus decisión. Juana María no fue sentenciada por el Tribunal del Santo Oficio y se determinó, como ya se mencionó, que su caso pasara a la jurisdicción del tribunal civil. No obstante, el expediente no fue localizado en el archivo correspondiente a la Real Audiencia de Guadalajara. Sin embargo, se puede ilustrar el castigo a que una mujer podía someterse por este delito con uno de los muchos procesos contra mujeres acusadas de bigamia de otras regiones. Para este fin se cita el proceso contra María Gertrudis Rosas, alias María Felipa Rosas, originaria de San Andrés Chalchicomula y encarcelada en las cárceles secretas del Santo Oficio. Su caso es muy cercano temporalmente al de Valenzuela, pues su sentencia se dictó en abril de 1785 y fue condenada a:

méritos. Que abjure de levi la sospecha que contra ella resulta y al día siguiente se le den doscientos azotes por las calles públicas de esta ciudad a voz de pregonero que publique su delito, desterrada de la corte de Madrid, y de esta de México veinte leguas en contorno por tiempo y espacio de diez años, y cumpla los cuatro primeros reclusa en el Hospicio de pobres de esta corte, que se confiese general y sacramentalmente dentro del primer mes y lo haga constar por papel de un confesor y lo ejecute en las pascuas del primer año, rezando en los sábados de él una parte del Rosario a María santísima, y en cuanto al vínculo del matrimonio lo remitirán al juez ordinario que de la causa pueda y deba conocer.38

C onsideraciones

finales

La dilatada región de Sonora y Sinaloa durante el siglo XVIII presentaba situaciones disímiles en su territorio como el auge de algunos reales mineros como el de El Rosario. En contraste, la precariedad de la mayoría de sus poblaciones y la inseguridad constante en su zona de frontera. Los documentos generados por el Tribunal del Santo Oficio, entre procesos y denuncias, por bigamia para la región muestran una mayor actividad del tribunal en las zonas más pobladas. A pesar de que el tribunal no tenía injerencia en la población indígena, algunos padres misioneros fueron nombrados comisarios del Santo Oficio para desahogar diligencias relativas al delito de bigamia como: búsqueda de partidas matrimoniales, interrogación de testigos y lectura de edictos. Se advierte también que no obstante la tardanza en la averiguación de los matrimonios contraídos por los acusados, así como lo accidentado de la correspondencia entre las autoridades locales y las del centro del virreinato, hubo una ambivalencia por parte del tribunal inquisitorial en la investigación de las acusaciones y seguimiento de los procesos. Por una parte la existencia de largos procesos realizados casi hasta su culminación, pues falta la sentencia. Y por otro, las denuncias e inicios de procesos suspen-

[…] que esta reo estando con insignias de dos veces casada salga en el primer auto público que se celebre en la iglesia de Santo Domingo, donde se le lea su sentencia con

38  Archivo Histórico Nacional (España), Inquisición, 1732, exp. 62, f. 12v. Expediente de fe de María Gertrudis/Felipa Rosas.

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didos o inconclusos por diversas razones. Los casos de las tres mujeres que se han retomado en este trabajo se ubican dentro de un marco más amplio, el de los delitos o transgresiones de índole sexual durante la etapa novohispana, cuyo estudio sistemático para la región aún es tarea pendiente. A pesar de que investigadores como Mario Cuevas Arámburo y Luis Carlos Quiñones Hernández han hecho aportaciones significativas sobre el tema, así como a la actividad del Tribunal del Santo Oficio en Sonora y Sinaloa, el primero, y en el obispado de Nueva Vizcaya (del que ambas entidades formaban parte), el segundo, las brechas abiertas requieren mayor exploración. Nuevos enfoques y otras fuentes, como las parroquiales y las de la real Audiencia, ayudarán a tener una visión mejor delineada de la sociedad de la época en esta zona.

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43

Una mirada al patrimonio eclesiástico

Ana Lilia Altamirano Prado*

S

i bien el sur del estado de Sinaloa cuenta con edificaciones religiosas que por su estilo arquitectónico han sido objeto de varios estudios,1 como lo son los templos de Concordia, Cópala y el de El Rosario, en este escrito, se abordará la historia de la construcción de los inmuebles religiosos que se ubican en el municipio de El Rosario, Sinaloa y que datan de la segunda mitad del siglo XVIII, concretamente la iglesia nueva de Nuestra Señora, los restos del templo viejo y la parroquia de San Pedro de Chametla, con el objetivo de resaltar su valía artística y cultural, además de su carácter histórico. Partiendo de este concepto y de que en septiembre de 2010, el Instituto Nacional de Antropología e Historia, sección Sinaloa [INAH-S], reconoció la importancia de los primeros dos edificios al declararlos patrimonio de la nación, es que se han elegido los citados inmuebles.2 ¿Cuál es el objetivo de las declaratorias de patrimonio?, ¿con qué propósito se determinan? Las declaratorias de patrimonio tienen como objetivos los siguientes propósitos: delimitar el lugar a proteger, concientizar a las autoridades civiles y a la sociedad en general sobre la debida atención que requieren dichas construcciones para diseñar estrategias que conlleven a la investigación, protección y conservación de los mismos. La necesidad de declarar, preservar y proteger inmuebles que debido a su importancia artística, histórica y cultural fueran considerados como patrimonio nacional, fue una de las prioridades

* Doctorado en Historia Colonial, Universidad Autónoma de Zacatecas/Barlovento. [email protected] 1  Sobre estas iglesias destacan los trabajos de Clara Bargellini, “La arquitectura religiosa de Sinaloa. Estudio documental” en José Guadalupe Victoria, Elisa Vargas Lugo y María Teresa de Uriarte (Comps.), Regionalización en el arte. Teoría y praxis, Coloquio Internacional de Historia del Arte, México, UNAM/Gobierno del Estado de Sinaloa, 1992 y José C. Zazueta Manjarrez, El arte barroco sinaloense del siglo XVII, Serie Cuadernos, Culiacán, El Colegio de Sinaloa, 1998 y Sergio Antonio Valenzuela Escalante, Los códigos del barroco en la Arquitectura novohispana de Sinaloa, México, Gobierno de Sinaloa/Fontamara, 2008. 2  El Debate, Culiacán, 8 de septiembre de 2010, p. 23 A.

44

Im ago

Imagen 1. Iglesia en ruinas de Nuestra Señora de El Rosario. El Rosario, Sinaloa.

45

del gobierno de Lázaro Cárdenas, siendo en este periodo de gobierno, concretamente en 1939 que se creó el INAH. La institución tendría la función -entre otras-, de salvaguardar los bienes patrimoniales del país. A continuación, se hará una breve descripción de las edificaciones religiosas referidas, testimonio de religiosidad, arte y herencia cultural del Sinaloa virreinal.

L as

ruinas de la iglesia de

E l R osario

Acerca de la construcción del templo que hoy se encuentra en ruinas, el obispo de Durango, Pedro Tamarón y Romeral,3 dejó constancia de ello en 1759. Mencionó que se estaba fabricando otra [parroquia] muy suntuosa en la que estrenó una pulida capilla de sillería y media naranja que está a los pies, con puerta separada a la calle, sin comunicación a la iglesia por que era para sacar los rosarios. Asimismo señaló que en la iglesia su cura y vicario era clérigo, y que se mantenían dos o tres curas clérigos sobresalientes,4 es decir, sacerdotes ordenados para la celebración del sacrificio de la misa y la realización de tareas propias del ministerio pastoral. José Carlos Zazueta encontró en un informe que elaboró en 1987 el administrador subalterno del timbre del pueblo de El Rosario, la posible fecha del año de la edificación del templo. En dicho documento se indica que “está construido desde 1759 y [que] era de cal y canto…”.5 Es probable que la fecha establecida por el funcionario fuera retomada de la información que brinda Tamarón en su primera visita al lugar. La construcción y engrandecimiento del templó que tenía como advocaciones religiosas a la virgen de El Rosario y a Santo Domingo de Guzmán, contó con aportaciones económicas de los devotos del lugar. Entre los que más contribuyeron fueron el Marqués de Pánuco, Francisco Xavier Vizcarra, así

Imagen 2. Iglesia en ruinas de Nuestra Señora de El Rosario. El Rosario, Sinaloa.

3  Cabe destacar que desde 1621 los territorios de lo que hoy es el estado de Sinaloa, dependieron del obispado de Durango hasta 1779, momento de la erección del nuevo obispado de Sonora. 4  Véase Pedro Tamarón y Romeral, Demostración del vastísimo obispado de la Nueva Vizcaya-1765, introducción, bibliografía y acotaciones por Vito Alessio Robles, México, Antigua Librería Robredo de José Porrúa e Hijos, 1937, p. 202. 5  Archivo Histórico de la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal, Secretaría de Desarrollo Social, exp. 37638, citado en José C. Zazueta Manjarrez, Op. Cit., p. 51.

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Im ago como Manuel Cañedo, quién era “dueño de la mina de Pánuco, mismo personaje que estaba costeando la nueva iglesia del Real del Rosario”.6 Para 1768, el obispo Tamarón volvió a visitar a El Rosario, y nuevamente registró y describió las condiciones materiales de la iglesia. La describió como una edificación de adobe, con las siguientes medidas: “ciento cincuenta y cinco varas de largo, diez y tres cuartas de ancho y doce de alto envigada y cubierta de paja, ya rota, con tres puertas, su altar mayor con su retablo sobredorado y en dicho altar Nuestra Señora del Rosario con su nicho y con su vidriera.”7 Además, destaca que la iglesia contaba con seis altares más, dedicados a diversas deidades religiosas, una sacristía de once varas de largo y cinco de ancho, un bautisterio de siete varas de ancho y otras tantas de largo, un coro entablado con el mismo ancho de la iglesia de largo de siete varas, con su baranda de madera y una torre con tres campanas.8 Había de transcurrir más de tres décadas para que en un informe que elaborara el cura propietario José Maria de la Riva y Rada, se dejara constancia de las terribles condiciones en que se encontraba el inmueble, el cual calificó “como de lo peor”, pues al no estar “coronada de cornisa se calan sus paredes por algunas partes considerablemente de las lluvias. En tiempo de ellas y en razón de lo que dure sin algún remedio se disminuyen las esperanzas de su duración”.9 Especifica que no pasarían muchos años para que llegara a necesitar, para su reparo, una fuerte cantidad de dinero, en vez de los cuatro mil que solicitaba en ese momento para su reparación, pues con ello se libraría por dos siglos de tan

Imagen 3. Fachada de la iglesia de Nuestra Señora de El Rosario. El Rosario, Sinaloa.

6  Archivo de Catedral de Durango, en adelante ACD, Libro XXXV, F. 28. Clara Bargellini, “La arquitectura religiosa de Sinaloa. Estudio documental” en José Guadalupe Victoria, Elisa Vargas Lugo y María Teresa de Uriarte (Comps.), Regionalización en el arte. Teoría y praxis, Coloquio Internacional de Historia del Arte, México, UNAM/Gobierno del Estado de Sinaloa, 1992, p. 113.El archivo al que hace referencia la autora, actualmente es el Archivo Histórico del Arzobispado de Durango. 7  Libro registro de la segunda visita de Pedro Tamarón y Romeral, Obispo de Durango, introducción y notas de Clara Bargellini y Chantal Cramaussel, paleografía de Delia Pezzat Arzave, México, Siglo XXI-UNAM, 1997, p. 154. 8  Ibídem. 9  Antonio Nakayama, Documentos para la historia de El Rosario, Sinaloa, Culiacán, Universidad Autónoma de Sinaloa/Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales, 2007, p. 31.

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Imagen 5. Detalle de una de las puertas de la iglesia de Chametla. En ella se observa la reprimenda del párroco de Chametla a sus feligreses por no colaborar en su erección. Tomada de Sergio Antonio Valenzuela Escalante, Los códigos del barroco…, op. cit., p. 200.

en que se iniciaron los trabajos de desmonte de la antigua iglesia para su reedificación. En un principio se proyectó que el templo quedara igual y con las mismas dimensiones que el anterior. No obstante, en el traslado y reconstrucción que se hizo, no se respetó el reacomodo de algunos de los elementos que componían la iglesia, y sólo se consiguió conservar como tal la fachada y el retablo dorado de la misma.10 De la fachada se puede mencionar que “sobresale una fina portada que fue labrada utilizando un esquema compositivo en el que se combinaron, con gran armonía, soluciones arquitectónicas y ornamentales empleadas por el arte virreinal en los siglos XVII y XVIII”,11 como se puede apreciar en la siguiente imagen.

triste caso. En cuanto al deterioro de su interior, subrayó que el entarimado de la parroquia había perdido enteramente el nivel, presentando considerables desigualdades, aunque, a decir de sus cálculos, estimaba que el costo de su reparación no sería mayor debido a que los tablones se encontraban en buenas condiciones.

La

iglesia nueva de

E l R osario

Debido al inminente deterioro que desde siglos pasados presentaba el inmueble religioso -como se pudo constatar en los informes ya mencionados-, además de nuevos factores que contribuyeron a su destrucción, y a la importancia que tenía el templo para la población de El Rosario, es que se iniciaron a principios de 1900, los primeros esfuerzos para solicitar el cambio de asiento del edificio parroquial. Sin embargo, la solicitud hecha a las autoridades no se logró sino hasta tres décadas después, momento

10  Para mayor información sobre el traslado del templo de Nuestra Señora del Rosario ocurridas en 1932 y las características arquitectónicas del mismo véase a José C. Zazueta Manjares, Op. cit. 11  Ibíd.., p. 49.

48

Im ago

Imagen 4. Iglesia deNuestra Señora de El Rosario. El Rosario,Sinaloa.

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Imagen 6. Iglesia de San Pedro de Chametla. Chametla (El Rosario, Sinaloa),. Foto de Marío Martínez y Josefina Sandoval Galindo.

I glesia

de

En él, se localiza una descripción de cómo en una ocasión, en el año 1797, se derrumbó gran parte del techo de paja que tenía la iglesia, debido a una tempestad de aire; incidente que pone de manifiesto la vulnerabilidad arquitectónica de la construcción. Asimismo, ante esta situación, el cura destaca la falta de interés de los pobladores, al desentenderse de las necesidades que presentaba la nueva edificación de la iglesia para aportar dinero o mano de obra. “Puesto que los dichos naturales dejaron a su antigua iglesia en 1797 sin reparo alguno, y por lo tanto sin poderse ejercer los ministerios debidos por que estaba hecha un lago de agua”. La molestia del párroco fue tanta, que en la parte alta de las entradas laterales del templo se puede leer una inscripción, que reflejada su irritación: “Para esta santa iglesia no contribuyeron los hijos de este pueblo ni

C hametla

En las primeras décadas del siglo XVIII, el obispo de Durango, Benito Crespo, ordenó “que se reedificara la iglesia [de Chametla] dentro del término de seis meses”.12 El templo debió formar parte de las construcciones de “adobe, de una nave, con techo de paja, zacate, palma o petate y carrizo”,13 que describe Clara Bargellini en su obra antes referida. Ante la precariedad de los materiales con que fue construida, cabe la posibilidad de que la constancia de las lluvias fuera uno de los factores que contribuyó al deterioro del templo. Condición que es posible observar en el libro de fábrica de la iglesia.14 12  Archivo de Catedral de Durango, en adelante ACD, Libro XLV, Clara Bargellini, Op. cit., p. 113. Nota ahora es el Archivo Histórico del Arzobispado de Durango. 13  Ibíd., p. 114.

Libro de fábrica de la parroquia de Chametla, ff. 8f-10v.

14  Archivo de El Colegio de Sinaloa “Miguel Valadés Lejarza”,

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Im ago con el valor de una cuartilla ni otro mérito alguno”. La leyenda hace constar que los parroquianos –naturales del lugar- no contribuyeron con nada para la edificación de la nueva parroquia. Aunado a la aparente indiferencia de los indígenas por su iglesia, se sumo el desánimo de los vecinos, quienes contribuían con donativos y limosnas para la reparación de goteras y tejados del templo; al dejar de hacerlo la edificación quedó desamparada, deteriorándose al no contar más con su patrocinio. No obstante, la actual iglesia de Chametla, que hoy podemos observar en la localidad, se inició el día 20 de agosto de 1796, en el día de San Bernardino Alba, y se concluyó el 3 de agosto de 1798, a expensas del cura José Buenaventura Santamaría y de los vecinos del pueblo. Es loable el esfuerzo y empeño puesto en esta empresa, ya que en muy poco tiempo pudieron gozar los moradores del nuevo templo. La construcción de la iglesia fue levantada en la parte contigua de la anterior “echándole 43 y media vara de largo a su cañón, inclusas sus paredes, y diez y media de ancho, inclusas también sus paredes, con sus correspondientes piezas de seis varas para sacristía y bautisterio; y abiertos que fueron sus cimientos se enterró en tesoro en el lugar que había de servir de altar mayor”, y cuya advocación o título fue en honor de Señor San Pedro de Chametla, el santo fue traído de México. Llenos y levantados de cal y canto fueron los cimientos en redondo de dos varas de alto. De esta manera, se había determinado comenzar a levantar sus paredes de adobe, sin embargo, Don Manuel Coleta, vecino del pueblo, decidió correr con los gastos que se originaran por la cal y piedra que se utilizara en su construcción. De esta manera se resolvió que las paredes no fuesen de adobe, como inicialmente se pensó, sino de cal y canto. Buenaventura continúa describiendo los avances de la construcción del templo señalando que “las portadas de piedra de cantería labrada para la iglesia fueron tres, la principal y la de sus costado, así como la viguería, camería y demás madera” empleada en la construcción de la misma. Además contó con coro, barandilla y dos altares. En términos generales la iglesia quedó concluida y solo faltó que se terminara de enjarrar y

blanquear, además que se acabaran los dos altares o colaterales, para celebrar la bendición de la nueva obra en 1798. A manera de consideraciones finales, podemos apuntar que los inmuebles religiosos presentados en este escrito, representan símbolos de la sociedad, en la medida que se le reconocen características a las que se les otorgan valores históricos, artísticos y culturales. En este sentido destaca lo sucedido con la iglesia de El Rosario, misma que, ante su inminente ruina, fue trasladada en una época en que todavía no se contaba con una institución oficial que se hiciera cargo de esta labor de preservación. Lo anterior es una muestra de cómo una sociedad se identifica con un inmueble histórico identitario del lugar. El decreto de patrimonio otorgado a los dos primeros edificios es, por tanto, un reconocimiento jurídico con el que se da cuenta de la importancia que representa para la cultura de la sociedad sinaloense. No queda más que insistir en que a todos nos corresponde contribuir a su cuidado y conservación. Finalmente, sólo resta esperar que en un tiempo no muy lejano, la iglesia de Chametla se sume a estas declaratorias.

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A rchivo

y referencias hemerográficas

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Ad perpe t ua m

Fuentes coloniales para la historia de Sinaloa

Archivo Histórico de Jalisco: títulos de alcaldes mayores de El Rosario*

Víctor Adrián González Pérez**

E

n gran medida, el obstáculo al que el investigador se enfrenta al iniciarse en el estudio de la historia colonial de Sinaloa y del noroeste en general, es el de las fuentes que alimentarán el análisis. Retomando las palabras de Luis Navarro García, podemos decir tal vez el obstáculo más grave que hay que sortear a la hora de querer hacer una “historia completa” del noroeste de México en la época colonial, es “la pérdida casi completa de los archivos locales, la del importantísimo de la Audiencia de Nueva Galicia, y los daños sufridos por el de la antigua Nueva Vizcaya.” Sumado a esto la escasa explotación hasta el momento [1992] del resto de los archivos existentes.1 Sin embargo, a pesar de los vacíos archivísticos cabe destacar que desde la última década de la centuria pasada, hasta la fecha se han realizado importantes contribuciones a la historia, tomando como sustento archivístico repositorios estatales y locales de gran importancia para la historia colonial de Sinaloa y del norte de México. En esta ocasión se presenta, como parte de un esfuerzo por dar a conocer el tipo de fuentes disponibles para la elaboración de la historia colonial de Sinaloa, un “fichero-guía” que permite ubicar algunos documentos relevantes para su historia, resguardados en el Archivo Histórico de Jalisco (AHHJ), mismo que a su vez se encuentra dispuesto en el Archivo de Instrumentos Públicos de Jalisco. El repositorio conserva tres ramos: Escribanos (1585-1935), Tierras y Aguas (16161840) y Libros de Gobierno de la Audiencia de Guadalajara (16701752). En este último se localizan fuentes importantes para la historia

* Agradezco a la Lic. Mayra Susana González Jaime, jefe de la sección histórica de la Archivo de Instrumentos Públicos, por la ayuda proporcionada en la búsqueda de fuentes, con la que he podido elaborar la lista que aquí se presenta. Así como a Marta Gabriela Salazar González y Aida Leticia Valencia Fernández, por su apoyo ** Barlovento. [email protected] 1  Luis Navarro García, Sonora y Sinaloa en el siglo XVII, México, Siglo XXI Editores/ DIFOCUR, 1992, p. 13.

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de Sinaloa de finales del siglo XVII y principios del XVIII. Se pueden encontrar, por ejemplo, títulos de alcaldes mayores, algunas fianzas otorgadas a ellos, títulos de mercedes de tierra, licencias de hierro para marcar el ganado, entre otras temáticas. A continuación se enlistan los títulos concernientes a los alcaldes mayores del Rosario y Culiacán, y los de alcaldes mayores y gobernador de Sinaloa que se han podido localizar:

en don Sebastián González de la Mata, por tiempo de un año. Libros de Gobierno, vol. 41, año de 1724, exp. 97, ff. 402-408. • Título de alcalde mayor y de la santa hermandad del real y minas de nuestra señora del Rosario en don Manuel de Murga y Salazar por tiempo de un año. Libros de Gobierno, vol. 43, año de 1726, exp. s. n., ff. 37v-43. • Título de alcalde mayor de las minas del Rosario para don Francisco Joseph de Medina. Libros de Gobierno, vol. 44, año de 1727, exp. 46, ff. 153v-160.

Títulos de alcaldes mayores del Rosario • Documentos relativos a otorgamiento de título de alcalde mayor y capitán de guerra del real de minas del Rosario y su jurisdicción a favor del capitán don Francisco Cortés. Libros de Gobierno, vol. 9, año de 1693, exp., 63-64, ff. 87-96v.

• Título de alcalde mayor y de la santa hermandad del Real y minas de Nuestra Señora del Rosario en Don Fernando de Lugo por tiempo de un año. Libros de gobierno, vol. 49, año de 1732, exp. s. n., ff. 458-465.

• Título de alcalde mayor y de la santa hermandad del real y minas del nuestra señora del Rosario a favor del capitán Tomás de la Joyuela Velarde. Libros de Gobierno, vol. 10, año de 1694, exp. 166, ff. 180-183.

• Título de alcalde mayor de las minas del Rosario para el capitán don Joseph Otero de Bermúdez, residente en estos reinos. Libros de gobierno, vol. 53, año de 1736, exp. 40, ff. 117v-122.

• Título de alcalde mayor y de la santa hermandad del real y minas del Rosario, y su jurisdicción, por tiempo de un año a favor del capitán don Luis de Siqueira y Avelar. Libros de Gobierno, vol. 14, año de 1698, exp. 28, ff. 52v-54v.

Títulos de alcalde mayor de Culiacán • Título de alcalde mayor y de la santa hermandad de la provincia de Culiacán a favor de don Antonio Calderón y Solís por tiempo de un año. Libros de Gobierno, vol. 1, año de 1671, exp. 97, ff. 64v-66v.

• Orden del Rey sobre incorporación de las alcaldías mayores de Sonora y real y minas del Rosario al reino de la Nueva Vizcaya; incluye disposición real sobre que don Juan Bautista de la Rea quede al frente de las mencionadas alcaldías durante cinco años. Libros de Gobierno, vol. 15, año de 1699, exp. 91, ff. 127-130.

• Título a favor del alguacil mayor Gaspar Angulo Montesinos como alcalde mayor y de la santa hermandad de la provincia de Culiacán por dos años, uno de provisión y otro de prorrogación. Libros de Gobierno, vol. 2, año de 1673, exp. 93, ff. 94v-98.

• Título de alcalde mayor de las minas del Rosario, de la provincia de la Nueva Vizcaya, por tiempo de un año a favor de José Flores y Arce. Libros de Gobierno, vol. 19, año de 1703, exp. 113, ff. 188v-196.

• Título de alcalde mayor de la santa hermandad de la provincia de Culiacán por tiempo de dos años, el uno de provisión y el otro de prorrogación en Francisco de Pro. Libros de Gobierno, vol. 71, años de 1676-1679, exp. 119, ff. 132-133v.

• Título de alcalde mayor de las minas del Rosario para el ayudante real don Patricio Suárez de Monrroy. Libros de gobierno, no. 34, año de 1716, exp. 29, ff. 52-56.

• Título de alcalde mayor de la provincia de Culiacán, su distrito y jurisdicción, a favor de don Pedro Marroquín. Libros de gobierno, vol. 3, año de 1684, exp. 203, 344-346v.

• Título de alcalde mayor y de la santa hermandad del real y minas de nuestra señora del Rosario

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Ad perpe t ua m

• Título de alcalde mayor y de la santa hermandad de la villa de Culiacán y su jurisdicción a favor del capitán don Cristóbal de Saldívar y Castilla por un año. Libros de Gobierno, vol. 5, año de 1686, exp. 14, ff. 20v-24.

león de Palazuelos al ejercer el cargo de alcalde mayor de San Miguel de Culiacán. Libros de Gobierno, vol. 28,4 año de 1710, exp. 1, ff. 1-4v. • Título de alcalde mayor y de la santa hermandad de Culiacán por tiempo de un año con el salario acostumbrado en el alférez don Manuel Fernández de Ubiarco de la provincia de Culiacán. Libros de Gobierno, vol. 34, año de 1716, exp. 57, ff. 110-113v.

• Título de alcalde mayor y de la santa hermandad de San Miguel de Culiacán y su provincia por tiempo de un año a favor del capitán don Manuel de Corobarrutia [y Zupide]. Libros de Gobierno, vol. 23, año de 1688, exp. 17, ff. 39-42v.2

• Título de alcalde mayor de la jurisdicción de Culiacán por tiempo de un año en don Joseph Rico Villademoros. Libros de gobierno, no. 47, año de 1730, exp. s. n., ff. 111v-117v.

• Título de alcalde mayor y capitán de guerra de la villa de San Miguel de Culiacán a favor de don Cristóbal Agramont y Arce. Libros de Gobierno, vol. 9, año de 1693, exp. 65, ff. 96v-102v.

• Título de alcalde mayor de la jurisdicción de Culiacán por tiempo de un año en el licenciado don Joseph Zabalza, abogado de las Reales [Audiencias] de estos reinos. Libros de gobierno, vol. 49, año de 1732, exp. s. n., ff. 503v-508v.

• Título de alcalde mayo y de la santa hermandad de la villa de Culiacán, y su jurisdicción, por tiempo de un año a favor del capitán don Pedro de Villasis. Libros de Gobierno, vol. 14, año de 1698, exp. 86, ff. 160v-164.

Títulos de alcaldes mayores y gobernadores de Sinaloa

• Título de alcalde mayor y de la santa hermandad de la provincia de Culiacán por tiempo de un año a favor del capitán Miguel Esquer. Libros de Gobierno, vol. 16, año de 1700, exp. 67, ff. 81-85v.

• Documentos relativos a conflictos por pretensión de don Isidro de Atondo al cargo de alcalde mayor de la villa de Sinaloa. Libros de gobierno, vol. 3, año de 1684, exp. 93, ff. 166v-168.

• Título de alcalde mayor de la villa de Culiacán por tiempo de un año a Domingo Orea3 de Bóveda. Libros de Gobierno, vol. 16, año de 1700, exp. 122-123, ff. 202-206.

• Expedientes relativos al nombramiento del capitán don Domingo Terán de los Ríos como gobernador de guerra de los presidios de Montesclaros, Villas de San Felipe y Santiago y fronteras de la provincia de Sinaloa. Libros de Gobierno, vol. 5, año de 1686, exp. 37-39, ff. 60-71.

• Título de alcalde mayor de la jurisdicción de Culiacán por tiempo de un año a favor de don Miguel de Esquerro. Libros de Gobierno, vol. 22, año de 1706, exp. 27, ff. 27-31v.

• Título de capitán y gobernador de los presidios de Montesclaros, en la provincia de Sinaloa, a perpetuidad a favor del sargento mayor don Diego de Quiroz. Libros de Gobierno, vol. 6, año de 1687, exp. 103, ff. 238-242.

• Título de prorrogación a favor de don Miguel Esquer [sic] para que continúe ejerciendo un año más el cargo de alcalde mayor de Culiacán. Libros de Gobierno, vol. 24, año de 1707, exp. 14, ff. 17v-18.

• Título de alcalde mayor de las provincias de Sinaloa y costas del mar del sur a favor del sargento mayor don Diego de Quiroz. Libros de Gobierno, vol. 6, año de 1687, exp. 104, ff. 242-247v.

• Instrucciones que deberá observar don Panta2  Este documento, junto con los referentes a Domingo de Orea y Miguel Esquer, también enlistados en el recuento, se pueden consultar paleografiados en Tres alcaldes mayores de la provincia de Culiacán/1681-1700, paleografía de Rina Cuellar y Benita Escárcega Ríos, Culiacán, Sinaloa, Archivo Histórico General del Estado de Sinaloa, 2000.

• Título de gobernador y capitán interino de las provincias de Sinaloa y Sonora, sus presidios y 4  Se advierte que el volumen 28 está incompleto. La primera hoja marca como hoja de inicio el número 6.

3  En la anterior referencia se menciona como Domingo de Oxea.

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Bibliografía

fronteras, a favor del sargento mayor don Manuel de Agramonte y Arce. Libros de Gobierno, vol. 7, año de 1691, exp. 53, ff. 58v-63v.

Navarro García, Luis, Sonora y Sinaloa en el siglo XVII, México, Siglo XXI Editores/DIFOCUR, 1992. Tres alcaldes mayores de la provincia de Culiacán/1681-1700, paleografía de Rina Cuellar y Benita Escárcega Ríos, Culiacán, Sinaloa, Archivo Histórico General del Estado de Sinaloa, 2000.

• Título de gobernador y capitán general de las provincias de Sinaloa, sus presidios y fronteras, a favor del capitán don Andrés de Resaval en propiedad y perpetuidad. Libros de Gobierno, vol. 12-1, año de 1696, exp. 145, ff. 276-281. • Expedientes relativos al nombramiento de don Jacinto de Fuen Saldaña como futurario del puesto de capitán y gobernador del presidio de Sinaloa. Libros de Gobierno, vol. 14, año de 1698, exp. 194-195, ff. 331-344v. • Auto relativo al juramento como gobernador de lo político de la provincia de Sinaloa a favor de don Jacinto de Fuen Saldaña. Libros de Gobierno, vol. 14, año de 1698, exp. 197, ff. 346-346v. • Título de provincial de la hermandad de la villa de Sinaloa y provincias de Ostimuri y Sonora en don Felipe Sánchez de Bustamante por remate que se le hizo de dicho oficio en la ciudad de Guadalajara. Libros de Gobierno, vol. 35, año de 1717, exp. 96, ff. 191v-207. • Título de primer gobernador de la provincia de Sinaloa y de las de Sonora, y Hostimuri [sic], Culiacán y Rosario a ella nuevamente agregadas en don Manuel Bernal de Huidobro. Libro de gobierno, vol. 50, año de 1733, exp. s.n., ff. 244254. • Título de gobernador interino de la provincia de Sinaloa y de las de Sonora y Ostimuri, Culiacán y Rosario a ella nuevamente agregada en don Agustín de Vildósola. Libros de gobierno, vol. 58, año de 1741, exp. 35, ff. 108v-121. • Título de gobernador de la provincia de Sinaloa y sus agregados para Don Agustín de Vildósola, residente en las Indias. Libros de gobierno, vol. 62, año de 1745, exp. 49, ff. 191-193v.

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Ad perpe t ua m

Al revés de una historia azarosa: La aciaga conquista de Nuño de Guzmán Venecia Citlali Lara Caldera*

E

n el interés por dar a conocer noticias relacionadas a temas vinculados a la enseñanza y divulgación de la historia virreinal, en esta ocasión hemos querido retomar la historia detrás de las propias historias que nos describen los manuscritos compilados en La aciaga conquista de Nuño de Guzmán,1 obra publicada en el marco de los festejos del Bicentenario de la Independencia de México y el Centenario de la Revolución Mexicana. Con este propósito nos dimos a la tarea de entrevistar a Adrián García Cortés, promotor de la publicación de ésta obra, quien nos recibió atentamente en sus oficinas del Instituto La Crónica de Culiacán, en Sinaloa. Para el propósito resultaba imprescindible preguntarle a nuestro entrevistado sobre dos cuestiones: ¿Cómo llegaron a Sinaloa los documentos referentes a Nuño Guzmán, resguardados en el Archivo General de Indias, España? y ¿Qué había motivado la publicación de los documentos? Sobre el primer punto, García Cortés nos comentó que todo inició con la visita de un grupo de sinaloenses que por motivos laborales viajaron a Sevilla; estando allá uno de ellos explicó al resto del grupo sobre la importancia del Archivo General de Indias, manifestando la posibilidad de localizar documentos inéditos sobre el pasado de su estado natal [Sinaloa]. La primera intención fue traer algo más que imágenes turísticas de ciudad, así que que acordaron visitarlo. Aunque no eran profesionales de la historia, los empresarios pensaron que podrían tener acceso, al menos a índices que permitieran ubicar expedientes sobre el pasado colonial de la región, esto con el * Maestra de Historia/ Barlovento 1  Documentos inéditos del Archivo General de Indias, 1525-1532, T.1, Introducción de Adrián García Cortés, Culiacán, Sinaloa, Comisión Estatal para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia y el Centenario de la Revolución Mexicana/Instituto Sinaloense de la Cultura/Instituto de Investigaciones Históricas y Archivísticas, La Crónica de Culiacán/Escuela Mexicana de Archivos, A.C., 2010.

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fin de traer la información de regreso a su tierra. Sin embargo la normativa del archivo no daba cabida a iniciativas personales, menos sin respaldo institucional ni formación en manejo de fuentes primarias. La solución al problema fue la contratación de una investigadora marroquí, quien prestó sus servicios para el propósito. El resultado de la empresa fue satisfactorio, pues en una primera entrega fue posible recibir 1,924 fotocopias de documentos inéditos relacionados con la figura de Nuño de Guzmán y su expedición al Norte de la Nueva España. Mismas que fueron donadas a la entonces Dirección de Fomento Cultural Regional [DIFOCUR], órgano estatal encargado de la difusión cultural en Sinaloa. Los documentos permanecieron por largo tiempo guardados, sin ser consultados ni puestos a consulta pública. Tiempo después -destaca el propio entrevistado-, tuvo acceso a estas fotocopias, quien en su función de director del Instituto La Crónica de Culiacán, emprendió la gestión para rescatar el material, del que fueron seleccionados algunos “documentos claves”, con la intención de paleografiarlos y divulgarlos en una publicación. Sobre ésta labor nos comentó, que la lectura inicial no había resultado sencilla, debido a que el español del siglo XVI requería más que simples conocimientos en la morfología de la letra cursiva, haciéndose necesaria, para su lectura y transcripción, la contratación de personal especializo. Tarea que se extendería por largos años, dada las diferentes circunstancias que retrasaban la concreción de un convenio para llevarla a cabo. Una de las posibles soluciones procedía desde la ciudad de Guadalajara, gracias a la Dra. Carmen Castañeda, quien fue un elemento clave con miras a contactar y formalizar acuerdos para la realización de la paleografía, la Dra. Castañeda estableció los contactos con interesados en el tema de aquella ciudad. Lamentablemente, avanzadas las pláticas falleció antes de la concreción de un convenio. Ante la situación, el siguiente paso fue acudir a la Escuela de Archivística de México, con quienes se acordó la paleografía de 600 fojas en versión moderna y original. Ante tal riqueza histórica se decidió seleccionar algunos documentos para su publicación en un primer tomo. En donde se pre-

sentaba, a través de la figura de Nuño de Guzmán, una etapa histórica de Sinaloa, de la que poco se ha explorado. Los documentos muestran el contexto en que se desarrolló la exploración y conquista en tierras sinaloenses. Sobre la otra cuestión, ¿Qué motivó la publicación de estos documentos? Al respecto, Adrián García Cortés responde destacando un aspecto principal, la importancia de publicar documentos sobre un periodo de nuestra historia con grandes lagunas de conocimiento, comprendiendo así que se requería dar un paso primordial, promover la divulgación de documentos como punto de partida, buscando una mejor y más amplia comprensión de nuestra historia. En esta ocasión la selección contempla aspectos muy puntuales de la presencia de Nuño de Guzmán: los vínculos que sostuvo con otras figuras históricas de la época, la discordia con Hernán Cortés, su intercambio epistolar y la imagen que tenía de los indios Teúles y Chichimecas encontrados en los actuales estados de Jalisco y Colima, entre otros. El proyecto editorial, iniciado con esta publicación -cabe destacar-, tiene el interés de volver accesible al público académico la información obtenida en el Archivo General de Indias. Y a mediano plazo contempla, ambiciosamente, convertirse en una amplia serie de varios tomos sobre los primeros años del arribo de los españoles a tierras del Noroeste mexicano. Para que la empresa pudiera iniciarse tuvo que coincidir con un momento coyuntural en la historia de México, los festejos del Bicentenario de la Independencia de México y el Centenario de la Revolución Mexicana, celebraciones que permitieron promover la publicación del primer volumen y que el proyecto editorial se pusiera en marcha. Finalmente, García Cortés no quiso concluir sin antes subrayar que –para que el compendio documental, sobre el que llamamos la atención, viera la luz–, hubo que recorrer un largo camino y que el producto final se logró gracias a una suma de esfuerzos.

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L inter n il l a

Entrevista con Miguel Vallebueno: Senderos personales. Wilfrido Llanes Espinosa*

A

l coincidir con el Dr. Miguel Vallebueno en el VII Foro de las Misiones del Noroeste de México, celebrado en Hermosillo, Sonora, los días 10 al 13 de noviembre de 2009, aprovechamos para pactar y realizar una entrevista, misma que convino realizarse en dos tiempos, debido al ajetreo que implica la asistencia a un foro colmado de actividades, la ocasión nos brindó la oportunidad de preguntarle sobre algunos aspectos de su formación y desarrollo profesional, puntos que han sido hilados y aprovechados para su presentación.

L os

comienzos

Al preguntarle sobre cómo llegó a la historia o cómo la historia llegó a él, el Dr. Vallebueno hizo referencia a la forma paulatina de este proceso, adjudicando al seno familiar el origen de este interés. Fueron las charlas de sobre meza en su familia las que depositaron en él la semilla del historiador, como se deja ver en la entrevista, al señalar que las personas de su casa fueron la primera fuente de la que abrevó su curiosidad, debido a que creció “donde había varias personas longevas, que de alguna manera recordaban cosas, […] para mí muy lejanas, sucesos no solamente familiares, sino de la sociedad o de la ciudad de Durango, muy interesantes, como la toma de Durango por las fuerzas revolucionarias, o cosas tan antiguas, para la Historia Oral como era la entrada de las tropas francesas a Durango.” De esta manera los recuerdos familiares y, aunada, la oportunidad de ser discípulo del Lic. José Ignacio Gallegos,1 quien fuera el cronista de la ciudad en aquélla época [1975], marcó el comienzo de su trayectoria. * Facultad de Historia de la UAS/Barlovento. [email protected]. 1  Sobre Ignacio Gallegos, Vid. María de la Luz Valtierra Sifuentes, Apuntes biográficos. Lic. José Ignacio Gallegos Caballero (historiador y cronista de Durango), Durango, ICED-DIF, 2000.

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Dado el primer paso, la semilla tenía que germinar y la única manera de que así fuera, no pudo ser otra más que profesionalizando lo que en su momento fue una primera inquietud; muy a pesar de que en esa misma esfera familiar lo privara en los inicios de la carrera al decidir optar por este camino, ¿de qué iba a vivir?, ¿de la historia? “Ser historiador no era bien visto, decían muchos que se iba a morir uno de hambre en esta carrera, entonces tenía que buscar por otros lados”.

diferente a la Historia política o la historia muy conservadora [que] Atanasio G. Saravia [y] el Lic. Gallegos habían llevado a cabo, [además de] hacer una historia desde una perspectiva más económica y social, más que política o de los poderosos, pero sin embargo sustentada en archivos históricos, […] este esfuerzo [fue] encabezado por Beato [, quien] empezó a introducirnos en una forma más académica a la historia.” Este arribo a la profesionalización traería consigo una necesidad, el conocimiento de los archivos. Inicialmente fue el archivo de notarías la principal fuente para las investigaciones del grupo naciente, dada la orientación que implantó Guillermo Beato, pero fueron los archivos parroquiales los que con el paso del tiempo se convertirían en la veta más rica para nuestro entrevistado, dadas sus preferencias investigativas: poblamiento y exploradores en la Nueva Vizcaya en los siglos XVI y XVII.

Una constante cercanía con historia A pesar de haber tomado un rumbo paralelo a la historia y no haber transitado de lleno por ese camino, el Dr. Vallebueno mantuvo una cercanía constante con la historia, aunque no tuvo más posibilidades de estudiar historia o de avanzar más en ese momento, “porque no había absolutamente ninguna posibilidad en Durango de estudiar la licenciatura.” En ese interludio, la cercanía con la historia se daría por dos vías: “las pláticas, sobre distintos tópicos: sociales, filosóficos, históricos, [que] se daban en el Centro de Estudios Sociales y Filosóficos de Durango.” Institución de la que surgiría el segundo sendero de llegada a la historia profesional, el Instituto de Investigaciones Históricas de la Universidad Juárez [del Estado de Durango], centro […] “que tuvo un pequeño y humilde comienzo con Carlos Maciel y Guadalupe Rodríguez, ahí en la universidad, […] ellos empezaron a organizar coloquios, seminarios de introducción a la historia con el fin de algún día poder hacer o crear una serie de centros históricos más en forma.”2 A decir de Vallebueno, la intención de los creadores de este instituto había sido que se escribiera la Historia General de Durango, “desde una nueva visión, desde una nueva perspectiva, realmente

L as

sendas personales

Uno de los momentos de inflexión en el fortalecimiento de las ideas temáticas de Vallebueno fue cuando Chantal Cramaussel y Salvador Álvarez -estando aún en la Universidad de Ciudad Juárez-, lo animaron a continuar desarrollando temas regionales y a presentarse en el Congreso de Historia Regional Comparada de Ciudad Juárez, naciendo de ahí un vínculo que con el tiempo se fortalecería y rendiría reconocidos frutos para la historia de Durango. En este mismo proceso –destaca nuestro entrevistado–, “tuve la oportunidad de conocer a dos personajes interesantes en mi carrera: un geógrafo francés llamado Enrique Barral y una bióloga, Lucina Hernández, que desde el punto de vista de la biología buscaron también acercarse a la historia y a la geografía. Hicimos un bonito equipo de trabajo para tratar de explicar los cambios de ambiente en las zonas de pastoreo del noreste de Durango, [buscando] poder explicar un punto específico que se llama la zona de la reserva ecológica de Mapimí.”3

2  En este contexto y dentro de estas ideas nacería también la maestría en historia en Culiacán, proyecto que fuera encaminado por Guillermo Beato, Álvaro López Miramontes y demás colaboradores. Entre otros proyectos, el grupo forjó un órgano de difusión con la intensión de difundir los resultados de las primeras generaciones de la maestría, en este contexto surgiría en el seno de la Universidad Autónoma de Sinaloa la revista Clío. Para conocer más a detalle éstos proyectos, vid. Ana Lilia Altamirano Prado, Ofelia Janeth Chávez Ojeda, María de los Ángeles Sitlalit García Murillo y Zalia Cristal Granados Loza, “Clío: una revisión historiográfica desde sus inicios”, inédito.

3  El resultado de esta experiencia se materializó en el artículo (“Los esfuerzos por consolidar una ganadería en el Bolsón de Mapimí: el caso de José Andrés Velasco Restán. Posibles consecuencias en la estructura de los ecosistemas actuales”), firmado por los tres y publicado en las Actas del VI Congreso Internacional de Historia Regional Comparada, 1993, Vol. 1, Ciudad Juárez, Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, 1995, pp. 217-247.

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Diá l o go s Clara Bargellini Cioni ha sido otra figura importante para la consolidación de sus intereses dentro de la historia. El encuentro con la investigadora se dio cuando Bargellini fue invitada por primera vez, “para que fuera a dar una conferencia sobre la Catedral de Durango: su construcción, sus intereses arquitectónicos, entre otros aspectos; […] fue muy importante para nosotros, porque se inició una larguísima amistad con Clara, y a mí me empezó a interesar mucho la Historia del Arte […]” Este importante itinerario reforzaría la necesidad de profesionalizarse, resultando ineludible buscar concretar este propósito. “El interés por hacer los estudios de posgrado se materializaron cuando yo pude, de alguna manera, llegar a El Colegio de Michoacán a [realizar] mis estudios de maestríadoctorado, primero con la idea de hacer un estudio de Historia del Arte, cosa que por ‘azares del destino’ no se concretó […].” Fue también en El Colegio de Michoacán donde descubriría uno de los aspectos latentes en sus trabajos: la geografía histórica, la forma de ver el espacio y el tiempo; dada la formación que Chantal Cramaussel y Salvador Álvarez obtuvieron de la escuela francesa (Annales) y la cercanía con ellos, Miguel Vallebueno se impregnó de este interés por tomar muy en cuenta las dimensiones tiempo-espacio en sus estudios.4 Un interés temático muy marcado en las bifurcaciones temáticas de nuestro entrevistado, es el de la historia (social) del arte; ha sido desde esta perspectiva más humana, desde donde se ha propuesto desarrollar sus estudios, ya que un análisis “más apegado a los creadores que a los patrocinadores o […] analizar el movimiento económico que permite la realización de las obras […]” humaniza y enriquece el plano social del razonamiento histórico del arte.5

La

nos generales, en el trazado de una región tan extensa es referirse a una concepción que engloba, tanto factores temáticos como una delimitación espacial compartida entre las entidades que hoy conocemos de manera desgajada. Para Miguel Vallebueno, la cuestión social y económica de la diócesis, pueden ser dos de los ejes que permitan estudiar en conjunto esta inmensa región. “Ver los diezmos [por ejemplo] permite, de alguna manera, ver la vida económica de […] esta inmensa región […] a partir de su producción agrícola [aspecto] que si se explota lo suficientemente bien, nos podrá dar una serie de parámetros riquísimos para hacer comparaciones entre las regiones, para entender la construcción de la misma Catedral y de la ciudad de Durango.” Entender este vasto territorio bajo una perspectiva regional-global, comparándose con las entidades que antes conformaron esta unidad como una misma región, es todavía una asignatura pendiente, entender cómo se dieron los múltiples intercambios a través de la Sierra Madre –la que debe entenderse no como una “barrera” geográfica, sino como un factor que matiza las relaciones establecidas entre uno y otro lado–, en cada una de las etapas históricas, sigue siendo también otra necesidad patente. Regionalizar partiendo de esta postura, entonces, implica dejar de ver de manera aislada y “estatalizada” los procesos históricos y el establecimiento de un diálogo académico más fluido, proceso que gradualmente se está alimentando y fortaleciendo con los eventos anuales que se realizan en Sonora, Durango, Chihuahua y Sinaloa.

El

acercamiento a

S inaloa

En este sentido, al preguntarle sobre cómo se había entablado la conexión, particularmente, con el Seminario sobre la religión y los jesuitas en el noroeste novohispano –que se celebra anualmente en Culiacán, convocado por El Colegio de Sinaloa–, quedaron de manifiesto los alcances que la amistad de Clara Bargellini y Vallebueno habían establecido desde hacía años, al ser ella quien lo recomendó para ser invitado al Seminario. “[…] yo empecé a trabajar este tema [de los jesuitas] en unos trabajos que realicé para el INAH

catedral y su regionalización

Al hablar del papel que juega la catedral, en térmi4  Perspectiva que se hace patente en su tesis doctoral publicada: Civitas y Urbs: La conformación del espacio urbano en Durango, México, IIH-Universidad Juárez del Estado de Durango-Instituto de Cultura del Estado de Durango, 2005. 5  Sobre este interés, Miguel Vallebueno ha publicado dos obras recientemente: La catedral de Durango. Un encuentro con el tiempo, Durango, Matanga Editores, 2009.

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sobre patrimonio misional,6 entonces fue como me empezó a interesar el tema de las misiones. Yo no lo había abordado hasta recientemente, pero con esta idea de hacer este trabajo, sobre qué quedaba realmente o qué no quedaba de la época misional fue como de alguna manera abordé y me relacioné con Sinaloa, y ahora con Sonora”.

La

docencia

Un tópico que no podía quedar fuera es el de la docencia. Quisimos conocer el rol social del investigador, por ello le preguntamos sobre su papel como profesor a nivel preparatoriano más que como universitario. Con sus 35 años de experiencia, Vallebueno nos expresó su satisfacción y compromiso al señalar que: “[…] de alguna manera he tratado de buscar que los alumnos se interesen básicamente en la Historia de las Ciencias Sociales como una posibilidad de opción de estudios para su futuro, que ellos entiendan o vean que tratar de entender la sociedad en la que vivimos, tanto en nuestro tiempo como en el pasado, es entendernos a nosotros mismos de alguna manera y que no es la materia el conjunto de fechas históricas, que de alguna manera […] nos cansan y nos vacunan contra la disciplina […], sino una historia cercana a nosotros y a nuestras perspectivas, ésa sería mi idea como profesor”. Los contenidos que se comentaron en la entrevista con el Dr. Vallebueno, son grosso modo, un esbozo de su trayectoria y de los criterios que maneja en sus trabajos. Trazado que nos ha permitido adentrarnos en lo que José Luis Romero llamó el ímpetu del historiador, mismo que se alimenta del apetito por conocer el pasado, ganas que se originan

que conduce al conocimiento histórico. En sentido estricto, sólo es lícito llamar historiador, auténtico y verdadero historiador, a quien se lanza a la pesquisa de los hechos movido por esa actitud. La vocación que lo caracteriza esencialmente se manifiesta por un afán de comprensión profunda de una realidad que le atañe como individuo […].7

[…] en otras zonas más profundas del espíritu que no son las del intelecto puro; una inquietud que nace en las mismas fuentes que las preocupaciones últimas de la existencia, y que se patentiza cuando el espíritu se siente a sí mismo como conductor del propio destino y advierte la urgencia de tomar posición frente a un problema capital. Esa actitud, y solo ella, constituye el momento primigenio del proceso interior

Son estas palabras las que contienen y definen al historiador, al personaje que hemos entrevistado, tras haber conocido la esencia de sus orígenes, además de las ideas que sostienen su postura historiográfica y docente.

6  Vid. Miguel Vallebueno y Antonio Reyes Valdez (coord.), Patrimonio misional en el sur de la Nueva Vizcaya, México, INAH, 2009. (Colección Científica).

7  José Luis Romero, La vida histórica, (Ensayos compilados por Luis Alberto Romero), Buenos Aires, S. XXI, 2008, p. 64.

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Diá l o go s

El amancebamiento: una transgresión a las normas eclesiásticas Ana Lilia Altamirano Prado Sara Nohemy Velarde Sarabia

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n la Nueva España, la corona española y la iglesia católica se apoyaron y trabajaron en conjunto para el establecimiento de un orden, es decir, de un modelo de organización social. En un primer momento se trasladaron las leyes vigentes en la metrópoli, sin embargo, la realidad americana llevó a que las autoridades civiles y eclesiásticas se dieran a la tarea de legislar para incorporar y regular las nuevas situaciones económicas, políticas, sociales y culturales que se presentaban en el nuevo mundo. En especial, las relaciones humanas fueron objeto de reflexión entre los juristas1 y teólogos, siendo el matrimonio, la institución que encerró casi todos los aspectos de la organización de la sociedad así como los comportamientos que los individuos debían de guardar y obedecer. Por matrimonio, se entendía a la unión de un hombre con una mujer y que al ser instituido por Dios creaba un vínculo de carácter sagrado y por lo tanto indisoluble. Perseguía como fines sociales la procreación y fidelidad entre los cónyuges, así como un remedio a la concupiscencia.2 De esta manera, toda relación estable u ocasional fuera del matrimonio, era contraria a la ley divina y natural, por tanto * Investigadora Asociada de El Colegio de Sinaloa/ Barlovento. [email protected]; Facultad de Historia de la Universidad Autónoma de Sinaloa/Barlovento. saranohemy@ hotmail.com 1  El matrimonio también fue tema de interés por parte de la legislación civil, ya que constituía un contrato. Asimismo, porque algunas relaciones fuera de la norma eran consideradas como delitos y por lo tanto tenía el derecho de imponer castigos. Por otra parte, las autoridades civiles constituían el brazo ejecutor de la iglesia, cuando ésta lo requería para aprehender y hacer cumplir y obedecer lo determinado por los religiosos. 2  Para mayor información sobre este tema, véase Sergio Ortega Noriega, “El discurso teológico de Santo Tomás de Aquino sobre el matrimonio, la familia y los comportamientos sexuales” en Seminario Historia de las Mentalidades, El placer de pecar, el afán de normar, México, Joaquín Motriz/INAH, 1987.

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desvirtuaba la finalidad de dicha institución. Por su parte, el documento que glosamos sirve como vía de aproximación al interior de la sociedad novohispana, en este caso, más particularmente a la de San Benito de los Sabinos,3 donde una denuncia por amancebamiento nos brinda el marco preciso para analizar las diversas transgresiones que cometieron Ignacio de Quijano y María de Castro, acusados por este tipo de relación ilícita. Aunque las denuncias hechas fueron consideradas, en un primer momento, “de tan leves fundamentos”, no obstante, por ser materia tan grave se procedió a citar a los implicados para descubrir la verdad o falsedad del delito que se les imputaba, debido a que la transgresión representaba un atentado en contra del modelo matrimonial,4 así como un asunto de escándalo público. Si el amancebamiento constituía una de las formas ilícitas de cohabitación entre la población y por lo tanto un mal social, lo era aún más, si las personas involucradas tenían vínculos de parentesco.5 Como sucedió con Ignacio y María, sumándose al delito la agravante del parentesco, ya que eran parientes en primer grado de afinidad, al estar casado Ignacio con Nicolaza, hermana de la denunciada, como se destaca más adelante. Asimismo, se deja entrever en el expediente que los tres convivían bajo el mismo techo. Al respecto, el Concilio de Trento determinaba como grave pecado el “que los casados vivan también en este

estado de condenación y se atrevan a mantenerlas y conservarlas algunas veces en su misma casa y aún con sus propias mujeres”.6 Producto de la relación incestuosa,7 se concibieron dos hijos.8 Las violaciones a la norma por parte de los implicados ocurrieron desde antes de que Ignacio se casara, pues faltaron al sexto mandamiento de la ley de Dios: “no fornicaras”. Asimismo se omitió hacer explícito ante el padre jesuita, Francisco de Madariegos, el impedimento oculto de afinidad que tenía con su pretensa, actuando con alevosía, malicia y poco temor de Dios, al transgredir uno de los requisitos establecidos para casarse, puesto que debió de haber solicitado una dispensa9 ante el obispo, lo que no realizó. Por su parte, María argumentó en su defensa no haber mencionado el impedimento en ese momento, por sentir que de haberse enterado su padre corría gran riesgo de sufrir el descrédito, conjuntamente de lo distante de la misión de Bacubirito, para poder expresarse sobre el tema. Es decir, calla su relación para que la noticia no fuera del dominio público, situación que no sólo deshonraba a la agraviada sino a toda su familia. Sin embargo, el enlace que contrajo Ignacio con Nicolasa, no impidió a María que continuara con la relación, convirtiéndose en manceba. Mientras tanto Ignacio violaba la fidelidad a la que estaba

3  El asentamiento ubicado al noroeste de la Nueva España pertenecía a la jurisdicción de la provincia de Sinaloa y en lo religioso quedaba bajo la misión jesuita de Bacubirito. Para 1765 su población se constituía, de acuerdo a los datos que proporciona el obispo Pedro Tamarón y Romeral, de españoles de razón, de 62 familias de vecinos y 910 personas. Pedro Tamarón y Romeral, Demostración del vastísimo obispado de la Nueva Vizcaya-1765, introducción bibliográfica de Vito Alessio Robles, México, Antigua Librería Robredo de José Porrúa e hijos, 1937, p. 223.

7  Desde las Siete Partidas de Alfonso El Sabio, se legislaba al respecto. En la séptima partida correspondiere al derecho penal, en el Título 18, Ley 1, se señala que los que yacen con sus parientas y cuñadas hacen pecado que pesa mucho a Dios, y que tienen los hombre por muy gran mal, al que dicen en latín incestus, que quiere decir en romance tanto pecado que es hecho contra castidad. Y caen en este pecado el que yace a sabiendas con su parienta o cuñada hasta el cuarto grado. Alfonso X El Sabio, Las siete partidas. Antología, Selección, prólogo y notas de Francisco López de Estrada y Maria Teresa López, Madrid, Editorial Castalia “Odres Nuevas”, 1992, p. 405.

6  El Sacrosanto y ecuménico Concilio de Trento, Traducción al castellano por Ignacio López de Ayala, Méjico, J. M. Andrade, 1885, p. 284.

4  Las causas matrimoniales representaban un asunto de mucha importancia que debían ser tratadas por personas discretas y prudentes, conocedoras en esta materia. “Primer Concilio Provincial Mexicano”, estudio, texto y anexos de Leticia Pérez Puente, Enrique González González y Rodolfo Aguirre Salvador en Pilar Martínez López-Cano, Concilios provinciales mexicanos: Época colonial, UNAM, México, 2004, T. XXXVIII. , (CD-ROM). El caso llegó a manos del obispo de Durango a cuya jurisdicción dependía en el ámbito eclesiástico.

8  A los hijos nacidos fuera de la legitimidad que daba el matrimonio eran considerados como naturales. No obstante, había formas de llamar a los frutos de relaciones ilícitas como por ejemplo los nacidos de adulterio, que se denominaban fornecidos. 9  Las dispensas de matrimonio era el permiso y disculpa que se otorgaba a las parejas que tenían algún impedimento canónico al casarse. Para mayor información véase: Ana Lilia Altamirano Prado, Dispensas matrimoniales, una fuente para el estudio de la familia. El caso de la parroquia de Culiacán, 1750-1779, Tesis de Maestría, Culiacán, Universidad Autónoma de Sinaloa, 2008.

5  En el Primero Concilio Provincial Mexicano, “se determinaba que no tengan los casados, ni los que no lo son, mancebas, especialmente si son sus parientas”. Ibíd., T. XLIII.

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R egistr o s obligado a guardar a su esposa. Una agravante más a destacar en el caso, se da cuando se establece una familiaridad entre ambos, al convertirse Ignacio en el padrino de bautizo de uno de sus hijos; es decir, además del parentesco de consanguinidad, los unía el espiritual. Este último vínculo se hacía extensivo a María. Descubiertas las faltas a las normas establecidas en el proceso de averiguación, podemos intuir que las autoridades eclesiásticas, como vigilantes del orden moral, tomaron cartas en el asunto, debido a que el amancebamiento se consideraba una práctica inmoral. Y aunque sólo se observa desde el inicio del proceso, debido a lo incompleto del expediente, que a María la aíslan a un lugar lejano, se puede intuir que los trasgresores fueron sometidos a penas espirituales y corporales, asimismo que el matrimonio de Ignacio y Nicolasa, fue invalidado por las prácticas “deshonestas” destacadas.

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DOCUMENTO [Nota al margen] Durango y Octubre 17 de 1732. Vistas estas Diligencias mandamos que nuestro Vicario y Juez Eclesiástico de San Benito de los Sabinos y su Partido en [comisión] de esta causa envie requisitorio a las partes donde se hallaren los delincuentes, así a los reverendos Padres Ministros como otros cualesquiera eclesiásticos, y a las Justicias Reales impartiendo el Auxilio para que los aprehendan y separen por siéndolos en custodia en las partes de mas seguridad, y aprehendidos (f.1) [---] dicho Vicario de cuenta a Nuestro Provisor y Vicario General remitiendo estas y las demás Diligencias, que sobre ello se hicieren= así lo acordó, mando y Rubrico su Señoría Ilustrísima el Obispo mi Señor R. (f. 1v) En este nuevo Partido de San Benito en cinco días del mes de Noviembre de mi setecientos y treinta y uno años. El Señor Licenciado Don Hilario Joseph María de Lapizco, Cura interino, Vicario y Juez Ecleciastico de este dicho Partido, etcétera. Dijo que por cuanto ante su [--] parecio presente Lucas Lopez de Ayala, vecino de esta Jurisdicción y de palabra dixo, que para cumplir con dios, y descargo de su conciencia venia a hacer, e hizo denunciación contra Ignacio de Guixaro, vecino de esta dicha Jurisdicción porque sabe que este: con poco temor de Dios, y en grave daño de su conciencia, esta haciendo vida maridable con Nicolasa de Castro, su lexitima mujer; siendo assi, que el dicho Igancio Guixarro a estado amancebado con María de castro su Cuñada, hermana lexitima de su mujer, y ha tenido en ella, uno y dos hijos. Todo lo cual, el denunciante dice saberlo de averlo oído a Pedro de Varelas vecino assi mismo de esta Jurisdiccion. Por lo que dicho Señor Vicario, aviendo oído la presente denuncia, la mando poner por diligencia para ir procediendo a la averiguación de esta causa conforme a derecho. Asi lo proveyó mando, y firmo dicho Señor Vicario, de todo lo cual yo el infraescripto Notario doy fe. Entre renglones =daño= vale= enmendado Guijarro = vecinos = Hilario Joseph Mrz. de Lapizco. Ante mi Joseph Gabriel Serrano Notario Nombrado Y luego incontinenti dicho Señor Vicario, por ante mi el presente Notario mandaba y mando, se libre mandamiento, contra Pedro de Varelas testigo expresado (f.1r) en la denuncia de arriba, para que paresca en este Juzgado Eclesiástico, en el cual se le recivira declaración de lo que supiere a tenor, de la dicha denuncia; para en vista de su declaración proceder a lo que hubiere lugar en Justicias. Assi lo proveyó, mando y firmo, dicho Señor Vicario de lo que Yo el presente Notario

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doy fe. = Hilario Joseph Mrz. de Lapizco. Ante mi Joseph Gabriel Serrano, Notario Nombrado. Yncontinenti se libro el mandamiento y se remitió a Pedro de Varelas, como y según esta prevenido en el auto antecedente de todo lo que Yo el presente Notario doy fe. Ante mi Joseph Gabriel Serrano, Notario Nombrado. Ante mi Bachiller Diego González Secretario [Periañez] En dicho Partido en seis días de dicho mes y año ante dicho Señor Vicario, y de mi el presente Notario; pareció Pedro de Varelas contenido en la denuncia de arriba y vecino de esta Jurisdiccion a quien dicho Señor Vicario recibió Juramento que hizo por Dios Nuestro Señor y la Señal de la Cruz, so cuio cargo prometió decir verdad en lo que supiere y le fuere preguntado y siéndolo de su nombre, estado y Vecindad. Responde, que se llama Pedro de Varelas, y que es Casado, y Vecino de esta Jurisdiccion. Preguntado si es verdad que (f.1v) sabe que Ignacio de Guixarro vecino de esta Jurisdiccion ha estado o esta, amancebado con su cuñada María de Castro? Responde que no lo sabe de vista, que como lo sabe es, de averlo oído decir a un moso, que [---] fue sirviente del declarante llamado Antonio García, (el cual es hoy difunto). Y este, le dixo a el declarante que había visto, al dicho Ignacio Guixarro, dormir en una misma cama con su mujer, y su Cuñada todos tres juntos. Y que no sabe otra cosa, acerca de lo que se le ha preguntado. = Preguntado por que causa, siendo tan leve el fundamento que ha declarado tener, de la amancebamiento de dicho Guixarro: como es el haber oído decir que lo vieron en una cama acostado aun tiempo con su mujer, y su cuñada; pues si esta acción fuera maliciosa en el dicho Guixarro, [documento manchado] antes se retirara de su mujer para la execucion de su maldad; que como ha publicado un descredito tan grave, con tan leve fundamento? Responde que el, no lo ha publicado por cierto, que es verdad que lo a contado, pero no la misma manera, que lo tiene declarado aquí. Preguntado si sabe, o tiene otra razón que arguia malicia en el dicho Ignacio Guixarro, acerca de este incestuoso amancebamiento? Responde que no, sino solamente lo que lleva declarado; lo cual dixo ser la pura verdad, en la cual se afirma y ratifica, so cargo del Juramento y dixo tener de edad cuarenta y cinco años. No firmo por no saber, hizolo su merced el dicho Señor Vicario, y Yo el presente Notario que de todo doy fe. Hilario Joseph Mrz. de Lapizco. Ante mi Joseph Gabriel Serrano Notario Nombrado. (f. 2r)

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En dicho Partido en Siete días de dicho mes y año dicho Señor Vicario y Juez Eclesiastico dixo: que no obstante el poco fundamento y substancia que en la antecedente declaración se expresa, acerca del delicto de insexto en primero grado de afinidad que contra Ignacio de Guixarro se a denunciado. Pero que por ser la materia tan grave, no se debe omitir diligencia de las que puedan facilitar el logro de que se descubra la verdad de si se ha cometido, o comete el delito denunciado contra los referidos. Sobre que dicho Señor Vicario en cumplimiento de su obligación dixo, que debía mandar y mando, comparesca ante su merced la referida María de Castro, complice imputada con el dicho Ignacio Guixarro en el delicto de insextuoso, para recibirle acerca de esto su Confesion, y según ella, proceder a lo demás que hubiere lugar en Justicia asi lo proveyó mando y firmo dicho Señor Vicario de que Yo el presente Notario doy fe. = Entre renglones. De afinidad = vale = enmendado = proceder = vale Hilario Joseph Mrz. de Lapizco. Ante mi Joseph Gabriel Serrano, Notario Nombrado. En dicho puesto de San Benito en ocho días de dicho mes y año, ante dicho Señor Vicario y de mi el presente Notario en virtud de lo mandado en el auto que antecede, pareció presente la contenida María de Castro, a quien dicho Señor Vicario le recibió Juramento que hizo por Dios Nuestro Señor y la Señal de la Cruz, so cuyo cargo prometió decir verdad en lo que supiere y le fuere preguntado y siéndolo de su nombre, estado, y vecindad. Responde que (f. 2v) se llama María de Castro, y que es Soltera y vecina de esta Jurisdicción. Preguntándole si ha tenido amistad ilícita con su cuñado Ignacio de Guixarro Responde que [sí.] Preguntada cuanto tiempo a que tiene, o a tenido con el dicho su cuñado la dicha ilícita amistad? Responde que ciertamente no lo sabe, que lo que sabe es; que desde antes que dicho Ignacio Guixarro, se casara con la que hoy tiene por mujer (hermana de la declarante) se metió con el dicho la declarante en la dicha amistad ilícita, y durante esta ilícita amistad, antes de casar el dicho Ignacio de Guixarro con la hermana de la declarante, algo mas de una semana. Y después de casado, prosiguieron en esta mala amistad, hasta ahora abra dos años, que aviendo encompadrado los dichos Igancio de Guixarro, y la dicha declarante se apartaron de su mala amistad. Preguntada en que manera encompadro con el dicho Ignacio de Guixarro? Respondió [roto] aviendo en el tiempo de su mala amistad, parido esta declarante dos hijos los cuales lo fueron asi mismo del dicho su cuñado: en el segundo le pidió esta declarante, al dicho su cuñado

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Ignacio de Guixarro lo Baptizare, para ser compadres y quitarse de su mala amistad, y que asi lo executo el dicho Guixarro: y desde entonces se apartaron de la ilícita amistad en que avian vivido. Preguntada de la causa que tuvo, para no haber declarado el impedimento que sabia, tenia el dicho Guixarro en primero grado de afinidad, para contraer el matrimonio; con hermana de la declarante. Responde, que aunque conocía ser lexitimo impedimento no lo declaro en ese tiempo, por no ser cosa que podía declarar esta declarante a su Padre sin gran riesgo suyo; ni a otra persona temiendo su descredito; ni en ese tiempo pudo hablar ni ver (f.3r) a el Juez Eclesiastico por estar distante en la Mision de Bacubirito en donde dicho matrimonio se hizo por el Reverendo Padre Francisco de Madariegos de la Compañía de Jesus. Esta fue su declaración que habiéndola oído leer, dixo ser lo mismo que tiene declarado, en lo cual se afirma y ratifica so cargo del Juramento que fecho tiene no supo decir su edad, será al parecer de veinte y dos años. No firmo por no saber, hizolo su merced el dicho Señor Vicario, y Yo el presente Notario que de todo doy fe. Hilario Joseph Mrz. de Lapizco. Ante mi Joseph Gabriel Serrano, Notario Nombrado. Y luego incontinenti, dicho Señor Vicario y Juez Eclesiastico, en vista de la antecedente declaración dixo que para proceder en esta causa conforme a derecho debía mandar, y mando, que la contenida Maria de Castro, sea puesta en deposito en donde este a derecho, para la ratificación que tiene de hacer en la declaración que tiene hecha en esta causa, y para lo que su Señoria Ilustrisima (a quien tiene de remitircele) fuere servido de mandar. Asi lo proveyó mando y firmo dicho Señor Vicario de lo cual Yo el presente Notario doy fe. – Hilario Joseph Mrz. de Lapizco. Ante mi Joseph Gabriel Serrano Notario Nombrado. Y luego, incontinenti, en virtud de lo mandado en (f. 3v) el auto antecedente, fue puesta en deposito la referida Maria de Castro en Casa de Jospeh Gabriel Serrano, Notario de esta Jurisdiccion, a cuio cuidado es encargado el que la dicha este a derecho para cada y cuando la referida sea necesaria como en el antecedente auto esta prevenido. Y dicho Señor Vicario lo mando poner por diligencia y lo firmo ante mi el presente Notario que doy fe. Hilario Joseph Mrz. de Lapizco. Ante mi Joseph Gabriel Serrano, Notario Nombrado.

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La Conquista de Nuño de Guzmán

Salvador Álvarez*

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ajo el título de La Aciaga Conquista de Nuño de Guzmán, el Instituto Sinaloense de Cultura, el Instituto La Crónica de Culiacán y la Comisión Sinaloense para las celebraciones del 2010, nos entregan una compilación de 14 documentos del Archivo General de Indias de Sevilla acerca de ese personaje, compilados, paleografiados y editados por miembros de las citadas instituciones y acompañados por una introducción escrita por el periodista y cronista Adrián García C. Después de Hernán Cortés, Nuño de Guzmán es sin duda el conquistador de sobre el cual más ha abundado la historiografía mexicana. Sin embargo, tratándose de fenómenos tan polifacéticos como las conquistas americanas, nunca será dicha la última palabra y algo semejante podría decirse respecto de personajes que, como Nuño de Guzmán, participaron en primera fila esos sucesos. De entrada uno de los méritos de esta recopilación, es que nos permite asomarnos de manera muy directa a las discusiones, argumentaciones y formas de acción por medio de las cuales los conquistadores y la Corona, cada cual por su lado y de acuerdo con sus respectivas lógicas de acción, intentaban hacer valer aquello que veían como sus respectivos derechos y prerrogativas. Tenemos así, en primer término, un traslado de las instrucciones dadas a Nuño de Guzmán en 1525 como gobernador de Pánuco, las cuales, como se indica en el propio documento, no fueron redactadas específicamente para Guzmán, sino que estaban calcadas de las dadas a Luis Ponce de León como juez de residencia de Cortés y gobernador de la Nueva España. Sin embargo, aparecen allí puntos de interés en lo que toca a la futura actividad de Nuño de Guzmán como explorador y conquistador, como por ejemplo, el mandato que se le hace de auxiliar

* Doctor en Centro de Estudios Rurales de El Colegio de Michoacán

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a Luis Ponce en sus funciones como gobernador y al mismo tiempo vigilarlo para que no emprendiera expedición alguna de exploración y conquista sin previa y expresa autorización real. Esta voluntad de control y estricta vigilancia que mostró la Corona española desde épocas muy tempranas en lo concerniente a exploración de sus nuevos dominios y las respuestas de Guzmán a los requerimientos que en razón de ello se le hacían, aparecen como uno de los motivos y temas centrales de toda esta compilación. Ejemplo de ello son también los dos siguientes documentos, ambos de septiembre de 1530, los cuales nos remiten a un momento en el que, habiendo ya emprendido su célebre expedición hacia las tierras de los Teúles chichimecas, Guzmán es reconocido por la Corona como gobernador de los territorios por él conquistados y ello a pesar de la animadversión expresada hacia él por poderosos personajes de la Nueva España, entre ellos, el flamante obispo Zumárraga. No debemos olvidar que la de Guzmán fue, de hecho, la primera gran expedición de exploración y conquista en forma, organizada a partir de la Nueva España y que su ascenso al estatuto de conquistador, iba en detrimento del poder e intereses no solamente de Hernán Cortés, sino del resto de los capitanes llegados antes que él al Nuevo Mundo con esa misma aspiración. Además, el ascenso en fuerza de un conquistador ajeno a su esfera de influencia, tampoco favorecía a los intereses del obispo Zumárraga. En estos documentos vemos cómo, de todas las pendencias que tuvo que afrontar en Nueva España, la que lo opuso directamente con el vencedor de los aztecas, fue la que más marcó las actividades de Guzmán. El motivo principal del enfrentamiento entre Guzmán y Cortés, provenía del hecho de que la región recientemente explorada por el primero, se hallaba sobre las costas septentrionales del Pacífico o Mar del Sur, cuya exploración había sido ya capitulada por la Corona con flamante Marqués del Valle. En ese contexto, los documentos 4 y 5 de esta compilación muestran cómo, a sabiendas del conflicto que ello podía suscitar, la Corona no solamente le otorga su reconocimiento y protección

a Guzmán como conquistador de las costas del Noroeste, sino que confirma la elevación de la nueva provincia al rango de gobernación, con el nombre de Nueva Galicia, equiparándola desde ese punto de vista con la Nueva España. Igualmente se ordena que la residencia que debía tomársele a Guzmán por su gestión como presidente de la Audiencia, se hiciera por intermedio de un procurador, para no obligarlo a interrumpir sus exploraciones. Uno de los documentos más importantes aparecidos en esta compilación, es el informe enviado por Guzmán a la Corona en enero de 1531 (no. 6), redactado en plena campaña de exploración desde Chiametla. De este documento llaman la atención, desde luego, las noticias acerca de la existencia de grandes y ricas provincias en las inmensidades ignotas del norte de las nuevas tierras, entre ellas, una poblada exclusivamente por mujeres solas, situada unos días de marcha solamente de donde se hallaba Guzmán. Este afirmaba en ese momento, que su intención era partir en demanda de ese reino de amazonas (llamado así expresamente en otros documentos de la época), para luego continuar por la costa hacia el norte hasta los cuarenta grados de latitud, es decir, lo que sería hoy el norte del estado California en los E.U. Desde allí, añade, torcería otra vez hacia el este, para explorar la tierra adentro del septentrión, porque añadía Guzmán, en medio de ella se presume que hay grandes provincias... El gobernador de Nueva Galicia sabía bien que su principal competidor en ese empeño era Cortés, a quien se encarga por lo tanto de desprestigiar en ese mismo texto, acusándolo de haber violado todo tipo de ordenamientos, entre ellos en especial, los concernientes al sensible tema de la captura de esclavos indios. Igualmente denuncia los intentos cortesianos por introducirse por la fuerza en la Nueva Galicia. El documento no. 7, redactado en Madrid, casi al mismo tiempo que el anterior, daba satisfacción a varias de las demandas emitidas por Guzmán, entre ellas la de confirmarlo como gobernador de lo por él conquistado y muestra una vez más la voluntad de la Corona en ese tiempo de impulsar la exploración de las nuevas tierras, pero limitando a la vez los poderes de los conquistadores. Se ordena entonces allí que el Marqués del Valle, aún siendo Capitán

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No r te General de la Nueva España, se desentienda, sin embargo, de las cuestiones de guerra de la Nueva Galicia y se abstenga de intervenir en forma alguna en esa provincia. En el documento 8, de febrero de 1531, la Corona confirma esta disposición e indica que Cortés deberá atenerse estrictamente a los términos de su capitulación y consagrarse a la exploración de la Mar del Sur por vía marítima, mientras que el descubrimiento de las tierras del septentrión, incluidas las de las costas del Noroeste, quedaría en manos de Guzmán. Los documentos 9, 10, 11 y 12, confirman una vez más los términos de lo anterior, e incluso se hace mención en ellos de que disposiciones semejantes a las formuladas a propósito de las disputas entre Guzmán y Cortés, se pronunciarían también para zanjar el forcejeo entre Francisco de Montejo y Pedro de Alvarado acerca de la exploración y conquista de Yucatán. Igualmente se confirman las ordenanzas emitidas acerca del poblamiento de la Nueva Galicia, en especial aquellas que dictaban que los españoles que recibieran indios de encomienda en la nueva provincia, deberían renunciar a los que se les hubiesen otorgado anteriormente en la Nueva España. [De la misma manera] Igualmente la Corona hace valer sus derechos, exigiéndole a Guzmán restituya los fondos de la Real Hacienda empleados en sus anteriores exploraciones y lo hace también al otorgar directamente mercedes y oficios diversos en esa gobernación a diferentes personajes peninsulares. El informe de Nuño de Guzmán sobre el estado de la Nueva Galicia de julio de 1532 (documento no. 13) es otro de los hitos importantes de esta compilación. Allí Guzmán comienza por reclamar para la Nueva Galicia una casi total autonomía jurisdiccional respecto de la Nueva España, argumentando que las poblaciones por él conquistadas, estaban pobladas por gentes fieras e indómitas, que nunca habían tributado ni pertenecido a los dominios ni de Moctezuma ni del Cazonzi y que por lo tanto habían conformado desde siempre un mundo por separado. Los propios aztecas, argumenta, los llamaban chichimecas, es decir, bárbaros y los calificaban de teúles, por valientes porque, acotaba, al diablo llaman teúl que tienen por señor y por el más valiente de todos. Sabemos bien que,

en este caso, Guzmán se refería a las poblaciones del hoy llamado Occidente arqueológico, las cuales conocían la agricultura de muy diversas plantas y habían alcanzado desarrollos notables en la cerámica, la cestería, la lítica y poseían incluso algunos desarrollos arquitectónicos. Sin embargo, su condición de gente menos política y ciertamente más belicosa que muchas de las poblaciones de alta y densa civilización agrícola de la Mesoamérica nuclear, permite a Guzmán presentarle a la Corona en este documento, una muy interesante apología del tipo de conquista que estaba llevándose a cabo. Las conquistas, como toda empresa riesgosa, argumenta aquí Guzmán, deben ser acompañadas de premios, pues de otra manera nadie las emprendería: en este caso, la recompensa más directa y asequible para los conquistadores era la captura y venta de esclavos. Además, en regiones tan lejanas, poco pobladas y apartadas del comercio de Europa, el empleo de los indios como cargadores o tamemes era indispensable. Por ello, en esas provincias las ordenanzas de tamemes, así como las referentes a la esclavitud no se guardan ni guardarán, concluía Guzmán. Todo lo anterior lo resume en una frase sorprendente habida cuenta de a quién se dirige: De manera que antes que haya pueblo, manda Su Majestad que haya leyes… Guzmán no fue el único conquistador indiano que se dirigiría a la Corona en tono semejante: los Cortés (Hernando y Martín) en sus respectivos momentos lo harían también y qué decir de los Pizarro. Pero el tono desafiante con el que se dirigía a su rey, no le impide a Guzmán insistir, una vez más, en sus quejas en contra de Cortés ni pedir la protección real frente a las incursiones de su poderoso enemigo. Para obtenerla, envía también una relación de los servicios cumplidos durante sus exploraciones en el norte de la Nueva Galicia, entre ellos, sus esfuerzos por construir barcos y extender sus búsquedas hacia el mar, así como un recuento de las fundaciones realizadas a lo largo de esas empresas, indicando el número de regidores registrado en cada una de ellas. Igualmente, hace una interesante descripción de la provincia con mención de las futuras exploraciones. El volumen concluye en su parte medular, con un documento fechado en diciembre de 1532, en

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La aciaga conquista de Nuño de Guzmán: Documentos inéditos del Archivo General de Indias, 1525-1532 Instituto Sinaloense de Cultura/Instituto la Crónica de Culiacán, Culiacán (Sinaloa), 2010. pp.

donde la Corona exime a Guzmán, finalmente, de trasladarse a la ciudad de México para que se le tomara residencia como presidente de la audiencia, en tanto continuara con sus empresas de exploración y cierra con un anexo compuesto por los facsímiles de varios de los documentos arriba citados. Podemos concluir que tenemos entre las manos, un libro de muy buena factura, en cuanto a impresión y portada. Adolece, ciertamente, de algunas carencias como podrían ser una explicación más amplia en la introducción acerca de los criterios que rigieron la selección de los documentos y un índice de nombres lugares o materias. Sin embargo, estas son ausencias típicas de casi cualquier edición conmemorativa y por lo tanto, comprensibles hasta cierto punto. En cuanto a su contenido, acotemos, finalmente, que los documentos que por primera vez vemos aquí editados completos, no eran, sin embargo, enteramente desconocidos de los especialistas. Varios de ellos y en especial los informes de Nuño

de Guzmán de 1530 y 1532 habían sido citados con frecuencia en diversas historias de la Nueva Galicia. Sin embargo, lejos de restarle méritos, esta circunstancia incrementa el valor de esta compilación, pues permite, tanto al especialista, como al lector interesado en general, revalorar viejas interpretaciones a la vista de las fuentes de primera mano que las suscitaron. Es, en suma, una valiosa contribución al conocimiento de estos episodios que se contaron entre los más “aciagos” y cargados de consecuencias en la historia de las conquistas americanas.

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No r te

Sobre el arte de la lengua tegüima, vulgarmente llamada ópata Wilfrido Llanes Espinoza*

El arte de la lengua tegüima, vulgarmente llamada ópata, compuesta por el padre Natal Lombardo, prefacio, trascripción y notas de Ignacio Guzmán Betancourt, México, Instituto Nacional de Antropología e Historia, 2009, 298 p. (Colección Fuentes).

L

a formación de Artes en América tuvo como objetivo servir en la enseñanza del idioma a los propios misioneros y a la instrucción religiosa de los neófitos, auxiliándoles en la interiorización de la religión a los indígenas. Este sería el sentido útil que predominaría en la administración de la diversidad de las lenguas, los usos y costumbres, para asegurar la unidad de la fe.1 Un ejemplo para el caso de Sinaloa es el de Arte de la lengua Cahita.2 Ya sea como registro del habla de los grupos originarios y su reproducción o como estrategia de evangelización, la elaboración de Artes facilitó la correlación entre las distintas culturas que representaban los misioneros y los potenciales cristianos. El registro del habla indígena y la necesidad comunicativa exigía de una comprensión mutua, por esta razón se empezaron a formar las Artes o descripciones gramaticales, aportando información lingüística e instituyéndose, a la vez, en un instrumento útil en la labor evangelizadora.3 Así lo reconocía el padre * Facultad de Historia de la UAS/Barlovento. [email protected]. 1  Juan R. Lodares, “Lenguas y catolicismo en la América virreinal”, en Lenguas vivas en América Latina. [IV Jornadas Internacionales sobre Indigenismo Americano/II Fòrum Amer&Cat de les Llegües Ameríndies], Adriana Lluís i Vidal-Folch/Azuzena Palacios Alcaine (eds.), Madrid, Universidad Autónoma de Madrid/Instituto Català de Cooperaciò Iberoamericana, 2004, p. 72. 2  Arte de la lengua Cahita por un padre de la Compañía de Jesús, edición de Eustaquio Buelna, prólogo de José G. Moreno de Alba, México, S. XXI, [1ª ed., 1890] 1989. 3  Una Cartilla Eudeva del siglo XVII nos permite confirmar lo anterior, en ella se añade “una puntualísima explicación castellana para quien no entiende el idioma de los dichos naturales [Eudeves] se pueda hacer capaz de lo que él se dice”, con el propósito de facilitar la evangelización de los indígenas. La Cartilla contiene la traslación del castellano a la lengua de:

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pio Zimmermann, los principales lingüistas fueron miembros de las órdenes franciscana, agustina y dominica, sumándose más tarde también los jesuitas, los que mayormente contribuyeron con su esfuerzo al estudio de las lenguas amerindias.8 En cuanto a la labor reciente sobre el estudio y publicación de gramáticas y diccionarios, mucho se ha progresado. En su balance historiográfico sobre la lingüística mexicana, Juan M. Lope Blanch así lo confirma al destacar el creciente interés por la divulgación de gramáticas, principalmente del periodo virreinal.9 Sobre el estudio de Artes, en la citada compilación realizada por Zimmermann, se pueden observar algunos trabajos sobre este mecanismo de aproximación y contacto, por ejemplo, el de Una Canger, “El Arte de Horacio Carochi”; Cristina Monzón, “Terminología y análisis de la estructura morfológica en el ‘Arte en la Lengua Michoacana’ de fray Juan Baptista de Lagunas (siglo XVI)”; Aryon D. Rodrigues, “Descripción del tupinambá en el período colonial: el Arte de José de Anchieta” y Miguel Angel Meléndez Lozano, “El ‘Arte y Vocabulario de la Lengua Achagua’ de los padres (S.J.) Alonso de Neira y Juan Rivero trasunto en 1762. Aportes y limitaciones de la gramática y el léxico con relación al estudio actual de esta lengua”.10

jesuita, Francisco Xavier Mora, al destacar que “el mayor negocio y la más sería ocupación que tenemos es aprender la lengua de los indios, pues de eso depende el poderles enseñar lo que les importa para el mayor negocio de la salvación de sus almas”.4 Por otro lado, Ascensión Hernández destaca que a la llegada de los primeros misioneros a la región central de la Nueva España en 1523, “nunca imaginaron el universo lingüístico que les esperaba, inmenso e intricado”.5 Enfrentándolos a una situación inaccesible en principio y a una limitada comunicación, lo que “detonó el estudio religioso y el registro sistemático de la diversidad de idiomas que los lingüistas modernos clasificaron en dieciocho diferentes familias”.6 Los frailes-lingüistas o “padres lenguas” en América –parcialmente también en África– se encontraron ante una situación nueva en la historia de la lingüística, tenían que aprender y describir lenguas totalmente desconocidas por ellos, para después enseñarlas a otros evangelizadores, los que a su vez tenían que entablar comunicación con los indígenas utilizando estos conocimientos.7 A decir del proEl padre nuestro, el Ave María, el credo, la salve, los mandamientos de Dios, los mandamientos de nuestra madre la santa Iglesia, artículos de la fe, los sacramentos de nuestra madre la santa Iglesia, las obras de misericordia, los vicios, los enemigos de nuestra alma, las virtudes, las potencias de nuestra alma, los dones del espíritu santo, los frutos del espíritu santo, confesión general y un catecismo breve del P. Castaño”, Arte y vocabulario de la lengua Dohema, Heve o Eudeva. Anónimo (siglo XVII), Campbell W. Pennington (ed.), México, UNAM, 1981, pp. 83-98. 4  El arte de la lengua tegüima, vulgarmente llamada ópata, compuesta por el padre Natal Lombardo, prefacio, trascripción y notas de Ignacio Guzmán Betancourt, México, Instituto Nacional de Antropología e Historia, 2009, p. 38. (Colección Fuentes) 5  Ascensión Hernández de León-Portilla, “Lenguas y escrituras mesoamericanas”, en Arqueología Mexicana, Vol. XII, n. 70, México, noviembre-diciembre 2004, p. 21. 6  María Mantilla Trolle y Nora Jiménez Hernández, “Introducción”, en María Mantilla Trolle y Nora Jiménez Hernández (coords.), Colección de lenguas indígenas. Biblioteca Pública del Estado de Jalisco “Juan José Arreola”, México, Universidad de Guadalajara/El Colegio de Michoacán, 2007, p. 10. 7  Klaus Zimmermann, “Introducción. Apuntes para la historia de la lingüística de las lenguas amerindias”, en Klaus Zimmermann (ed.), La descripción de las lenguas amerindias en la época colonial, FrankfurtMadrid, Vervuert-Americana, 1997, p. 9. Sobre el reconocimiento de la importancia de utilizar las lenguas indígenas para llevar a cabo la conversión religiosa, véase Thomas C. Smith Stark, “La trilogía catequista: artes, vocabularios y doctrinas en la Nueva España como instrumento de una política lingüística de normalización”, en Rebeca Barriga Villanueva y Pedro Martín Butrageño (Dirs.), Historia

sociolingüística de México, vol. I [2 t.], México, El Colegio de México, 2010, pp. 451-482. 8  Ibíd., p. 15. 9  Juan M. Lope Blanch, “De historiografía lingüística mexicana”, en Ignacio Guzmán Betancourt, Pilar Máynez y Ascensión H. de León-Portilla (coords.), De historiografía lingüística e historia de las lenguas, México, UNAM-S.XXI, 2004, p. 23. 10  Klaus Zimmermann (ed.), La descripción…, op. cit.

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No r te Propiamente sobre El Arte de la lengua tegüima compuesto por Natal Lombardo11 se conocen cuatro volúmenes impresos, uno se encuentra en la Biblioteca Nacional de México, otra en la colección Bancroft de la Universidad de California en Berkeley, una más en la Biblioteca de la Universidad de Edimburgo; el manuscrito está bajo resguardo de la Biblioteca Newberry de Chicago. El ejemplar que se conserva en la Biblioteca Pública del Estado de Jalisco y que he tomado como referencia, a decir de Moreno de Alba es una de las dos mejor conservada, aún cuando su referencia en el catálogo de consulta indique lo contrario: “Deteriorado”. La nomenclatura de localización es la siguiente: Lombardo, Natal (S.I), Arte de la lengua teguima vulgarmente llamada opata/compuesta por el Padre Natal Lombardo, de la Compañía de Jesús, y Misionero de más de veinte y seis años en la Provincia de Sonora; le dedica al G. Don Ivan Fernandez de la Fuente, Capitan Vitalicio de el Real Presidio de San Phelipe, y Santiago de Janos, y Theniente de Capitan General en aquellas fronteras por su Magestad, con licencias. En México, por Miguel de Ribera, impresor, y mercader de libros, 1702 [Sic].12 Su descripción indica que contiene una: Port. [ada] orlada.13 Se divide en 5 libros: Libro primero del nombre, Libro segundo del verbo, Libro tercero del verbo pasivo, Libro cuarto de las nueve partes de la oración, y modo de colocarlas entre sí, Libro quinto de las partículas que se ofrecen en el modo de hablar, y explicacion [sic] de algunos verbos. Incluye índice. En lo que respecta a la edición que se reseña, suplementariamente cuenta con un prefacio de Ignacio Guzmán Betancourt,14 un prólogo de José G.

Moreno de Alba, director de la Academia Mexicana de la Lengua, y una nota introductoria de Francisco Barriga Puente, titular de la Coordinación Nacional de Antropología del Instituto Nacional de Antropología e Historia, quienes tienen a bien introducir y proporcionar elementos al lector a fin de que se alcance una mejor comprensión del valor y naturaleza de la obra, debido a que “como cualquier gramática escrita por esta época, la de Lombardo no resulta de lectura fácil para quien la consulta ahora”. Betancourt enfatiza en dos puntos, primeramente expone sobre la escasez actual de testimonios lingüísticos de la naturaleza del que se atiende. Asignándole al Arte de la lengua tegüima un valor excepcional en el contexto de las obras producidas por misioneros, al ser un trabajo impreso en la misma época de su realización. Por otro lado, nos presenta el itinerario y ajetreado proceso que ha vivido el manuscrito utilizado –con excepción del índice– para la versión que se presenta. Moreno Alba, en nueve puntos traza un recorrido por la obra. Los primeros tres sirven de introducción, en la que expone sobre la ubicación y densidad poblacional de los Ópatas;15 además de algunas notas sobre el padre Lombardo y la posible fecha de la creación del manuscrito (1698). Los restantes seis se enfocan en el ordenamiento de la obra y los aspectos gramaticales de la misma. Barriga Puente nos introduce a lo que pocas veces conocemos de las obras, las circunstancias que en muchas ocasiones dan forma a historias fantásticas, originadas de pesquisas detectivescas o circunstancias impensables, que se convierten en parte de una publicación, como ahora es el caso. Guzmán Betancourt, Tres estudios sobre el noroeste, Culiacán, Sinaloa, El Colegio de Sinaloa, 2003. (Serie Cuadernos, 69).

11  “Natal Lombardo de la Compañía de Jesús nació en Tropea, Calabria, en 1647, y murió en Puebla el 2 de noviembre de 1704, a los 57 años. Rosa Elena Anzaldo Figueroa, “Comparación del sistema de parentesco del tegüima con los de otras lenguas yutoaztecas”, en Ignacio Guzmán Betancourt y José Luis Moctezuma Zamarrón (coords.), Estructura, discurso e historia de algunas lenguas yutoaztecas, México, Instituto Nacional de Antropología e Historia, 2007, p. 47. (Colección científica 512. Serie Lingüística)

15  “Los primeros exploradores del noroeste conocieron a los Ópatas como las gentes que habitaban en el valle de Sonora, y se les recordaba muy bien en las tierras del sur durante las décadas que transcurrieron entre la entrada de [Francisco de] Ibarra y la llegada de los jesuitas. Las [cartas] anuas reportan contacto con los Ópatas a partir de 1620.” Carl Sauer, Aztatlán, recopilación, traducción y prólogo de Ignacio Guzmán Betancourt, México, S.XXI/Fundación Ignacio Bórquez Zazueta, a. c., 1998, p. 149. A decir de Radding “los Ópatas se llamaron así mismo Heves o Tegüimas, aunque el nombre que llevarían históricamente -Ópatas- derivaba del vocablo Pima obagg’ata que significaba ‘tener enemigo’”. Cinthia Radding, “Etnia, tierra y estado: la nación Ópata de la sierra sonorense en la transición de la Colonia a República (1790-1840)”, en Noroeste de México, n. 11, Hermosillo, Sonora, 1992, p. 87.

12  Su catalogación es: Lenguas indígenas, núm. 44. 13  Adornada. 14  El prólogo que acompaña esta edición fue publicada preliminarmente con el título: La gramática ópata del P. Natal Lombardo (1702) en 2003, por El Colegio de Sinaloa, acompañado de otros dos trabajos “menores”: La lengua española en el Occidente de México: una vieja desconocida y ¿Dónde y cuándo se habló náhuatl en Sinaloa? en Ignacio

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Como se dejó ver desde el principio, el valor y utilidad que tuvieron instrumentos como las Artes fue de la mayor importancia en la labor misionera, mismo valor que tendría El Arte de la lengua tegüima para la cristianización en la región de Sonora. En opinión del sacerdote profeso, Horacio Police, su valor radicaba en la posibilidad que ofrecía de llevar a más almas el valor de la fe cristiana y en que los nativos comprendieran la doctrina. Con estos instrumentos los hijos de la Compañía de Jesús podrán con brevedad hacerse hábiles a doctrinar a los indios, y los indios entenderán lo que rezaren. Con estos libros [vocabulario, gramática y pláticas] podrá desempeñarse la Compañía de Jesús con Dios, que se ha estado quejando: Parvuli petiereunt panem & non erat qui frangeret eis.16

El Padre Natal Lombardo había creado una herramienta útil para la enseñanza de la doctrina y su fin principal, la salvación de las almas de quienes “no oían las verdades católicas”. Con este Arte los misioneros estaban socorridos de un elemento eficaz, el conocimiento de la lengua, considerada el instrumento que habilitaba al sujeto para recibir los sacramentos.17 “La lengua era el vehículo necesario para la adaptación de los conceptos cristianos que formaban parte de las imágenes de los festivales religiosos y para la creación del espacio sagrado”.18 Finalmente, resta destacar que la publicación del Arte reseñado se enmarca dentro de este interés por la divulgación y la inquietud por conocer más ampliamente las lenguas amerindias de la época colonial, como parte del mosaico lingüístico y cultural americano, que hasta el momento ha logrado despertar mayor interés entre lingüistas y antropólogos.

16  “Los pequeñuelos piden pan, y no hay quien se los reparta”. Lamentaciones, 4:4. 17  El arte de la lengua tegüima…, op. cit., p. 39 18  Cynthia Radding, Paisaje de poder e identidad: fronteras imperiales en el desierto de Sonora y bosques de la amazonia, México, Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social/ El Colegio de Sonora/Universidad Autónoma MetropolitanaAzacapotzalco, 2008, p. 327.

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