Microtráfico: Juego de niños o delito real

June 9, 2017 | Autor: H. Caucao Gualamán | Categoria: Infancia, Trafico De Drogas, Abuso de drogas y adicciones
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Microtráfico: Juego de niños o delito real. Ps. Hernán Caucao Gualamán1

Antecedentes Generales Esta descrito que la adolescencia y parte de la juventud son etapas que traen consigo una serie de procesos orientados a que cada una de las personas nos transformemos en adultos con roles y tareas relativamente definidos, propios a esta nueva etapa del desarrollo, definidas entre otras cosas como la de mayor productividad del ser humano. Es por ello, que tanto la adolescencia como la juventud temprana suelen ser considerados como tiempos de transición; y como tal, el ensayo y el error son permitidos, aceptados e incluso en algunos casos reforzados o potenciados, ya que a partir de la experimentación de diferentes experiencias se asume la incorporación de serie de aprendizajes que pueden ser útiles en etapas venideras y donde la presencia de ciertas conductas de riesgo suelen ser vista como parte del ciclo evolutivo y carentes de peligrosidad si son proyectadas en un mediano o largo plazo. No obstante, algunas de estas conductas puedan ser entendidas y explicadas en un contexto evolutivo, el inicio de algunas desviaciones sociales pueden estar o trayectorias delictivas se pueden identificar en este periodo del desarrollo, razón por la cual, el estar atentos a que pueda pasar con adolescentes o jóvenes más o menos vulnerables en un contexto de mayor o menor riesgo social, debe ser una preocupación constante de quienes intervienen con esta población. Una de estas conductas de riesgo suele ser el consumo de diferentes sustancias licitas e ilícitas que de manera bien singular se suelen encontrar altamente normalizadas en determinados espacios propios del mundo joven y adolescente, como colegios, universidades, espacios de carrete, entre otros; lo que implica en sí mismo una baja percepción de riego2 en relación a la droga y su consumo, y en consecuencia, una alta exposición a conductas de riesgo que en algunas ocasiones suele tener resultados fatales. De igual forma, íntimamente asociado al consumo se encuentra la adquisición de la sustancia lícita e ilícita, en el primero de los casos existe una regulación legal que establece quien y cómo se adquiere la sustancia; en tanto, que el caso de las segundas, también existe una normativa legal pero que en este caso sanciona penalmente la adquisición de dichas sustancias, la cual desde el Código Penal (CP) es denominada como tráfico o microtráfico dependiendo de las cantidades que se encuentren en movimiento.

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Alumno Diplomado Tratamiento y Prevención En Drogodependencias: aportes desde el enfoque Psicoedutativo. Universidad de la Frontera, Temuco. 2

Concepto utilizado para describir la baja peligrosidad que se le suele atribuir a determinada sustancia, a su consumo y a las consecuencias asociadas de forma inmediata o proyectadas en el tiempo. www.cepis.ops-

oms.org/tutorial6/e/pdf/tema_04.pdf

En este contexto, aparece como un elemento altamente relevante, la comentada implementación de la nueva ley de Responsabilidad Penal Adolescente (RPA) 20.084, la cual viene a establecer un nuevo contexto para todas las infracciones de ley que hasta el día de hoy no eran sancionadas en jóvenes y adolescentes menores de 18 años, generando además, un sistema de justicia especializado coherente con los derechos del niño; que elimina el discernimiento3 como parte del proceso de formalización; consagra el derecho a defensa, separación de adultos y excepcionaliza la privación de libertad; determina un juez de control de ejecución, estableciendo apoyo familiar durante proceso; y finalmente, relevando concepto de reinserción social. En este punto, se hace relevante indicar que en el antiguo sistema, si un adolescente o joven menor de edad cometía una infracción de ley que constituyera un delito de carácter penal, pasaba a los antiguos Tribunales de Menores, actualmente Tribunales de Familia, transformándose en una causa de “protección” e ingresando al poco claro mundo de los resquicios legales para ver si existía imputabilidad o no por parte de estos jóvenes, por ejemplo, a través de un examen de discernimiento, lo que en algunos casos, lejos de establecer responsabilidades en el proceder de muchos adolescentes, tampoco generaba o propiciaba la posibilidad de reparación del daño causado tanto a víctimas como a la sociedad en general. La implementación de esta nueva ley, como ya se ha señalado, entregará un contexto totalmente diferente a los adolescentes entre 14 y 18 años al establecer una responsabilidad penal sobre conductas claramente establecidas en el CP y cuyo objetivo principal corresponde “Hacer efectiva la responsabilidad de los adolescentes por los hechos delictivos que cometan, de tal manera que la sanción forme parte de una intervención socioeducativa amplia y orientada a la plena integración social”. (Art. 20 ley RPA)4; contexto en el que además, se encuentra la infracción a la ley de drogas que comprende un delito de carácter penal y que es uno de los puntos a desarrollar en el presente artículo. En un sentido más amplio, se pretende el abordaje del cruce de algunas variables aquí presentadas como: adolescencia, juventud, consumo de sustancia, microtráfico, percepción de riesgo, conductas de riesgo y responsabilidad penal adolescente; la información entregada desde algunos medios de prensa y actores directos e indirectos de esta nueva ley de RPA, tienden hacer una asociación relativamente explicita entre juventud, consumo de sustancia, delincuencia y peligrosidad, poniendo énfasis en el paradigma de la seguridad publica, planteando la necesidad de un mayor control y sanciones más duras frente a estas eventuales asociaciones; sin embargo, es importante señalar que si bien el consumo asociado a lo comisión de delito es una relación cada más compleja, no define en sí misma el fenómeno de la delincuencia juvenil y menos coloca a todos quienes pueden llegar a consumir drogas en el estatus de delincuente.

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La antigua ley de menores 16.618, daba lugar a procedimientos diferentes para los jóvenes infractores. Entre los 16 y 18 años, un juez de menores debe determinar si el menor actuó con o sin discernimiento. El discernimiento es un procedimiento que data de 1810 y que implica dilucidar si el infractor tiene conciencia de haber transgredido la ley y si distingue entre el bien y el mal. En la práctica, el magistrado a cargo del proceso pedía a profesionales sicólogos y asistentes sociales un informe psicosocial a partir del cual él dictaminaba su sentencia. http://www.risolidaria.tdata.cl/Portada/Dirseccion/Home_Infancia.asp?dir=Temas_de_Analisis_IF&id=2787 4 http://www.bcn.cl/

Existe un número no menor de jóvenes menores de 18 que de acuerdo al últimos estudio del CONACE5 han incrementado su uso de drogas, principalmente de Marihuana; bajado su Percepción de Riesgo frente al uso de la misma, de los cuales claramente no todos tienen un prontuario policial o una trayectoria delictiva que eventualmente fundamente o respalde dicho consumo. Al parecer para muchos de ellos este aumento en el consumo puede ser parte de su proceso hacia el camino de la madurez o como otro juego al límite, propio de la adolescencia, pero que el contexto legal antes expuesto, también es un acto penado por la ley que puede implicar incluso la perdida de la libertad. Adolescencia: algunos antecedentes. Existen diferentes definiciones para esta etapa evolutiva del ser humano, no obstante, la mayoría de ellas coincide en señalar que la adolescencia corresponde a una etapa de transición: que implica cambios, maduración en los diferentes ámbitos que rodean a los individuos, esto es: biológico, psicológico y social. En este mismo sentido la OMS ha desarrollado esta definición indicando que desde lo biológico, el individuo progresa desde la aparición inicial de las características sexuales secundarias hasta la madurez sexual; mientras, que el ámbito de lo psicológico, los procesos propios del sujeto y las formas de identificación evolucionan desde los de un niño a los de un adulto; finalmente, en el ámbito de lo social, se realiza una transición del estado de dependencia socioeconómica total a una relativa independencia.6 Para Carmen Arbex7, la adolescencia corresponde al periodo de desarrollo humano que se inicia al finalizar la infancia, con la pubertad y termina en la etapa adulta. El niño ha abandonado la niñez pero aún no se ha desarrollado como persona adulta. Se trata, por tanto, de una etapa de transición, llena de ambigüedades e incertidumbres. Desde la adolescencia con mayor énfasis y hasta la juventud temprana, los sujetos se encuentran experimentando una serie de cambios que serán fundamentales para los años venideros. En esta etapa evolutiva el universo de valores, intereses, actitudes vitales y comportamientos adultos quedan, si no fijados, al menos orientados, y la propia identidad personal se va configurando, experimentando un desarrollo emocional, comportamental y físico, que lo llevará a tratar de independizarse de sus padres y buscar su propia identidad.8 En este mismo sentido, inquietudes se traducen en conductas y actitudes propias del desarrollo psicológico: búsqueda del sí mismo y de la identidad, tendencia grupal, necesidad de interactuar y fantasear, crisis religiosas del ateísmo al misticismo, desubicación temporal9, evolución sexual desde el autoerotismo a la heterosexualidad manifiesta, actitud

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http://www.conacedrogas.cl/inicio/obs_naci_interior.php?id=4 Organización Panamericana de la Salud. Adolescentes y jóvenes en las Américas. OPS, 1998. 7 Arbex, C. (2002) Guía de intervención: Menores y consumo de Drogas. Madrid: ADES. 8 Ministerio del Interior. CONACE. (2004). Drogas: Tratamiento y Rehabilitación de niños, niñas y adolescentes. Orientaciones técnicas desde una mirada comprensiva evolutiva. Santiago de Chile. 9 Corresponde a una apreciación del tiempo en forma principalmente vivencial más que objetiva. 6

social reivindicatorias con tendencias anti o asociales de diversa intensidad, contradicciones sucesivas en todas las manifestaciones de la conducta.10 Es importante señalar en este punto, que estas “crisis de la adolescencia” no deben confundirse con patología, ya que corresponde a un proceso de diferenciación donde se deben cumplir con ciertas tareas y alcanzar ciertos objetivos, lo que lo diferencia sustancialmente de la enfermedad. De lo anterior, se pueden tres aspectos en este proceso evolutivo que son relevantes a considerar: Primero, que el proceso a parte se ser transitorio se trata de una etapa altamente dinámica y cambiante, en un marco social e histórico concreto. “En este proceso se suceden etapas, acontecimientos, circunstancias, algunas de las cuales serán enriquecedoras y estabilizadores, y otras problemáticas” (Funes, (1998) en Ministerio del Interior. CONACE. 2004). Segundo, cada adolescente vive esta etapa de una manera particular y subjetiva, en un contexto de espacios y comunidades humanas que generan diferentes formas de ser adolescente. Tercero, los adolescentes expresan sus conflictos normalmente en términos sociales, es decir, la vivencia individual de conflicto suele expresar de un modo social. Ahora bien, como se ha planteado, existen una serie de manifestaciones en esta etapa evolutiva que se encuentran lejos de la patología y lejos de ser conductas o actitudes a perpetuarse en el tiempo, principalmente las más disruptivas; sin embargo, también mucho autores, investigadores y profesionales de campo, coinciden que este proceso de diferenciación e independencia conllevan una serie elementos que la hacen altamente vulnerables para la iniciación y mantención de conductas disociales o de un alto compromiso delictivos; de acuerdo a Carmen Arbex11 las más relevantes serían: Necesidad de reafirmación. Existe una tendencia a preocuparse en exceso por su imagen y a cómo son percibidos por los demás. Los adolescentes necesitan reafirmar su identidad y para ello han de compartir ritos específicos. Existirían “ritos” en la actualidad, como los relacionados a los propios de los fines de semana nocturnos, entre ellos el consumo de alcohol y otras drogas utilizadas como objetos/sustancias iniciáticas generadoras de vínculos sociales (Conde, 1997)12. Necesidad de trasgresión. Este mismo autor, señala que a los adolescentes actuales no se les ha dejado el espacio para la trasgresión, frente a padres que a fuerza de querer ser liberales, han perdido la capacidad de indignación con sus hijos, quedándose éstos sin muñeco contra el que tirar sus dardos. De igual forma, estas 10

Psiquiatría Clínica. Heerlein, Andrés (Editor). 2000 Ediciones de la Sociedad de Neurología, Psiquiatría y Neurología de Chile. Serie Roja. Santiago de Chile. 11 Arbex, C. Menores vulnerables y consumo de drogas: el espacio socioeducativo. www.aticaserviciosdesalud.com 12 En Arbex, C.

trasgresiones se pueden entender como respuesta a espacios de sometimiento y de vulneración de derechos que el mundo adulto tiende a hacer de los adolescentes y jóvenes. De este modo, parece ser que el espacio de trasgresión para los adolescentes se reduce a ciertos temas como, por ejemplo, las relaciones sexuales, o bien, el consumo de drogas vinculado habitualmente a sus espacios de tiempos libres. Contravienen el orden social establecido, viviendo cada acto (o paso al acto) como una provocación frente al mundo adulto y sus normas. Necesidad de conformidad intra-grupal. Esta necesidad para el adolescente de estar en grupo responde a necesidades educativas, sociales y psicológicas individuales. En efecto los grupos son un medio de intercambio de diferentes informaciones que cada uno puede haber recogido en situaciones familiares personales, actividades de ocio o intereses individuales que el ha tenido la ocasión de trasmitir a sus pares. Además, el grupo permite al adolescente sentirse integrado en la sociedad y más particularmente a la clase de edad que caracteriza esta sociedad. Por otra parte, en algunos casos, el grupo de iguales puede constituir un factor de riesgo importantísimo en esta etapa, representando una caja de resonancia o un amplificador potentísimo de conductas inadecuadas, siendo muy difícil para el joven resistir la presión. Sin embargo, conviene apuntar que la vulnerabilidad a la presión de grupo puede ser modulada en gran medida por los recursos personales del menor, tales como la autoestima, asertividad, habilidades sociales, etc. Susceptibilidad frente a las presiones del entorno. Los y las adolescentes pueden ser particularmente sensibles a las campañas de publicidad diseñadas para asociar el consumo de drogas, como, por ejemplo, el alcohol, con una determinada imagen. También se presenta la sensibilidad a las presiones del propio grupo de pares. En los adolescentes, la presión del entorno los hace utilizar su cuerpo y sus conductas como soporte de una discusión social en la que el objetivo es diferenciarse de otros y, a la vez, buscar un parecido reasegurador con los otros” (Braconnier y Marcelli, 1996)13. Sensación de invulnerabilidad. Existen tres condiciones que se incrementan a esta edad: el egocentrismo, la omnipotencia y la búsqueda de nuevas sensaciones derivadas de su orientación a la novedad y a la independencia. Los adolescentes tienden a pensar que sus experiencias son tan únicas e irrepetibles, que nadie las ha vivido anteriormente ni sería capaz de entenderlas. Por lo tanto, la conclusión más frecuente que ellos hacen frente a los mensajes atemorizantes y a la vez atemorizados del mundo adulto es: “yo controlo”. El rechazo a la vida del adulto. La creciente necesidad de autonomía que experimenta el adolescente, le lleva a rechazar la protección de los adultos y a enfrentar conductas de riesgo que pueden representar una importante amenaza para su desarrollo posterior.

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Braconnier, A; Marcelli, D. Psicopatología del adolescente. Editorial Masson. (1996

Tendencia al hedonismo y el bajo nivel de tolerancia a la frustración. Descrito por diferentes autores, se ha planteado la necesidad urgente de vivir ligado al placer y a la satisfacción inmediata de las necesidades, han hecho que los adolescentes tiendan a reproducir un modelo cultural ligado al placer permanente, con lo cual, la facilidad para aburrirse y la incapacidad para soportar el aburrimiento caracterizan a ciertas personalidades de adolescentes que buscan compulsivamente excitación y placer inmediato. Esta característica personal puesta en un contexto facilitador de lo hedónico está a la base de numerosas primeras experiencias, entre ellas, el consumo de drogas. La recompensa inmediata sin anteponer un esfuerzo proporcional y recíproco se potencia en una sociedad con baja tolerancia a la frustración. De ahí la búsqueda compulsiva, apresurada e inmediata de la satisfacción y la diversión durante los fines de semana. Perspectiva negativa de futuro. A lo anterior, se suma un escasa o nula capacidad de proyección en algunos jóvenes y adolescentes, con lo cual, la incertidumbre y la falta de horizontes claros hacen que este proceso, que debe culminar en la construcción de un plan de vida que tenga coherencia y sentido, sea visto amenazante, con altos montos de angustia y un elevado escepticismo. Esto plantea la utilización de recursos alternativos que prometen “felicidad” a corto plazo, seguridad y olvido momentáneo de los problemas. El presentismo. Íntimamente ligado a las condiciones actuales, nuestra modernidad, plantea y exige vivir aquí y ahora, lo que hace que muchos individuos insertos en ella sean marcados por este modo de funcionamiento. A los jóvenes el futuro se les presenta incierto y no sintiéndose motivados por los estudios, y ante un panorama laboral poco optimista, optan por vivir el día (Arbex, 2002). La transformación química de los estados del ánimo. Desde el modelo adulto, los menores han interiorizado que el estado de ánimo o la activación vital pueden modularse mediante sustancias de todo tipo. Es importante darse cuenta cómo en el imaginario colectivo se encuentran presentes a cada momento campañas publicitarias que exhortan como un modo de controlar la irritabilidad que generan ciertas situaciones, las pastillas para dormir, pastillas para no hacerlo, para relajarse, para aumentar apetito, o bien para disminuirlo, son situaciones de la cotidaneidad que van formado parte de un hábito individual, familiar y/o social. Conductas de riesgo. Ahora bien, desde una perspectiva evolutiva se han explicado como algunas condiciones naturales en los jóvenes y adolescentes, pueden tener un tenor meramente transicional, en un contexto poco favorable pueden convertirse en conductas altamente complejas. Por tanto en este punto se hace altamente necesario hablar sobre que elementos se conjugan o potencian para hablar de factores de riesgo, asociados en este caso al consumo de drogas y la aparición y posterior mantención de conductas infractoras de ley.

Clayton14 (1992) ha insistido en que existen varios principios generales que se deben siempre tener en cuenta cuando hablamos de los factores de riesgo, que para él son cinco: 1) los factores de riesgo (características individuales o condiciones ambientales) pueden estar presentes o no en un caso concreto. Cuando un factor de riesgo está presente, es más probable que la persona use o abuse de las drogas que cuando no lo está. 2) La presencia de un solo factor de riesgo no es garantía para que vaya a producirse el abuso de drogas y, por el contrario, la ausencia del mismo no garantiza que el abuso no se produzca. Lo mismo sucede en el caso de los factores de protección. El abuso de drogas suele ser probabilístico y, en todo caso, es el resultado de la intervención conjunta de muchos factores influyendo en ello. 3) El número de factores de riesgo presentes está directamente relacionado con la probabilidad del abuso de drogas, aunque este efecto aditivo puede atenuarse según la naturaleza, contenido y número de factores de riesgo implicados. 4) La mayoría de los factores de riesgo y de protección tienen múltiples dimensiones medibles y cada uno de ellos influye de forma independiente y global en el abuso de drogas. Y, 5) las intervenciones directas son posibles en el caso de alguno de los factores de riesgo detectados y pueden tener como resultado la eliminación o la reducción de los mismos, disminuyendo la probabilidad del abuso de sustancias. Por el contrario, en el caso de otros factores de riesgo, la intervención directa no es posible, siendo el objetivo principal atenuar su influencia y, así, reducir al máximo las posibilidades de que estos factores lleven al consumo de drogas. Por otro lado es válido preguntarse, que lugar ocupa el uso de la droga en el mundo del adolescente? En general el aumento ha estado asociados a factores intraindividuales, entre ellos las características de las ya señaladas, la fase evolutiva, personalidad, habilidades sociales; factores socioeconómicos, entre los que destacan la marginalidad y pobreza, y el factor de aumento de la oferta de drogas en sectores urbano-marginales. También se ha señalado la familia como factor desencadenante de problemas comunicacionales con los jóvenes, facilitando el consumo de drogas. Lo anterior sólo indica que no es fácil determinar las razones por las cuales el adolescente consume sustancias; además, la multiplicidad de las sustancias y la heterogeneidad de los consumidores no facilitan las cosas. Por lo tanto, es necesario reconocer que a pesar de las muchas racionalizaciones que pueden hacerse, son tanto o más importantes las motivaciones. Las primeras motivaciones que aparecen ligadas al consumo de sustancias en la adolescencia son, al parecer, en primer lugar la curiosidad y luego el placer, aunque afortunadamente muchos de los jóvenes se dan cuenta que la satisfacción es momentánea. Los que continúan con el consumo indicarían una tercera gran motivación, la del “soporte artificial”, es decir, adolescentes que no encuentran en su vida personal o relacional, en sus actividades cotidianas o en sus reflexiones propias, los medios para relajarse, y sólo lo hacen

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En Becoña, E. (2002) “Bases científicas de la prevención de drogodependencias. Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. España

mediante un producto químico que les aportaría los espacios y los recursos necesarios que no encontrarían en sus vidas a través de medios naturales.15 Actualmente, la mayoría de los especialistas concuerda que el uso de drogas puede tener una significación común: proteger un yo demasiado frágil enfrentado a sentimientos ansiosos o depresivos demasiado intensos. Esta relación entre consumo de sustancias, ansiedad y depresión puede finalizar en un abuso de sustancias o una dependencia propiamente dicha, mostrando que no es necesario, sobre todo en los inicios del consumo, centrarse únicamente en el producto que se consume, sino que tomar en cuenta otro tipo de manifestaciones. Marcelli y Braconnier (1998) plantean tres tipos principales de consumo en la adolescencia, como se resumen a continuación.

Tipo de Consumo Autoterapeutico Ansiolítico Solitario y en grupo

Adicitivo Anestesiante Solitario y en grupo

Conservadas riesgo Ausentes

Abandono paulatino Limitadas Presentes

Marginales Presentes

riesgo Ausentes

Ausentes o presentes

Recreativo Características Efecto buscado Euforizante Modo social de En grupo consumo Escolaridad Escolaridad Habitual Act. Sociales Factores de individual Factores de familiar

escolar Deserción escolar

Presentes

La necesidad de cambios, por un lado, y la de toma de decisiones, por otro, explican la vulnerabilidad psíquica potencial del adolescente. Este terreno de vulnerabilidad es vivido en cierto modo amenazante, presentándose tres tipos de amenazas que rodean al adolescente y su vivencia del mundo: La amenaza ansiosa, que parece estar directamente ligada a la emergencia puberal en la transformación del cuerpo, con la incertidumbre en la identidad que esto conlleva. Esto también se relaciona con la necesaria transformación de las relaciones con el entorno, los padres, los amigos y los intereses de la infancia. La amenaza depresiva, que resulta del necesario trabajo de duelo y de pérdida, asociado a la necesidad de alejarse de los padres reales y, aún más, de las imágenes parentales que todo individuo lleva consigo. Además, debe renunciar a la omnipotencia infantil para así entrar en el período de paradojas, conflictos y elecciones.

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Ministerio del Interior, CONACE (2004). Drogas: Tratamiento y rehabilitación de niños, niñas y adolescentes. Santiago de Chile.

La amenaza adictiva, que resulta de la renuncia que toda elección trae consigo, en particular las elecciones identificatorias y afectivas. Cuando el adolescente no puede aceptar esta renuncia, está tentado a afirmar su independencia con relación a otros, recurriendo a la manipulación de un producto, en una conducta repetitiva de modo de preservar su sentimiento de control. Microtráfico y consideraciones legales Ahora bien, hasta este momento estas conductas han sido descritas en el ámbito de un desarrollo esperable para un joven o adolescentes promedio; sin embargo, desde el ámbito jurídico penal, muchas de estas sanciones pueden ser o efectivamente son sancionadas penalmente lo cual le da un carácter totalmente distinto a un proceso que hasta el momento sólo estaba en el contexto de un desarrollo evolutivo más o menos ajustado al rango de la normalidad. En nuestro país la relativamente nueva ley 20.00016 de drogas, reemplazo a la ley 19.366, que sanciona el trafico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas; esta nueva ley, entre muchas modificaciones incorporadas a partir de su promulgación, esta ley sanciona el microtráfico estableciendo en su Artículo 4º.- El que, sin la competente autorización posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas, productoras de dependencia física o síquica, o de materias primas que sirvan para obtenerlas, sea que se trate de las indicadas en los incisos primero o segundo del artículo 1º, será castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de diez a cuarenta unidades tributarias mensuales, a menos que justifique que están destinadas a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo. En igual pena incurrirá el que adquiera, transfiera, suministre o facilite a cualquier título pequeñas cantidades de estas sustancias, drogas o materias primas, con el objetivo de que sean consumidas o usadas por otro. Se entenderá que no concurre la circunstancia de uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo, cuando la calidad o pureza de la droga poseída, transportada, guardada o portada no permita racionalmente suponer que está destinada al uso o consumo descrito o cuando las circunstancias de la posesión, transporte, guarda o porte sean indiciarias del propósito de traficar a cualquier título.” Ahora bien, “traficar”, en sentido gramatical, significa comerciar o negociar, esto es, realizar actos de comercio, por lo que tiene un carácter verdaderamente mercantil; así, al hablarse de tráfico de drogas ilícitas debiera entenderse como tal la comercialización (mediante actos de compraventa) de tales sustancias, lo que difiere en gran medida del significado que ha querido dársele en la legislación antidrogas, mucho más amplio y que desconoce en consecuencia el verdadero sentido del verbo traficar.17 16

. www.ministeriopublico.cl Alejandro J. Rodríguez Morales, El Narcotráfico Como Crimen Organizado Transnacional Desde Una Perspectiva Criminológica. Capítulo Criminológico Vol. 34, Nº 1, Enero-Marzo 2006, 55 – 98 ISSN: 0798-9598

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En este mismo orden de ideas, ha de indicarse que en el narcotráfico, interactúan personas de diversos estratos sociales y con diversas tareas a ser cumplidas (cada una de las actividades tantas veces referidas). Se involucran en el negocio del narcotráfico, en consecuencia, campesinos, profesionales, líderes de la política y la economía, entre otros; ya que cada operación corresponde a un cierto grupo de personas y no a otra, por ejemplo, el campesino no será ciertamente quien coordine cómo se va realizar la distribución de la droga, ni la llamada “mula” quien decida el destino de la droga que transporta. Así como el que coordina la operación, no será quien distribuirá en pequeñas dosis para generar la necesidad y por tanto la demanda de la sustancia. En este sentido, muchos jóvenes y adolescente guiados por adultos que llevan mucho más tiempo en el tema del narcotráfico, han sido incorporados al movimiento de drogas en pequeñas cantidades, primeros como consumidores experimentales y luego como dealers18, creando así la cadena para el lucrativo negocio del tráfico de drogas. Ahora bien, las razones por las cuales esos niños, adolescentes y jóvenes puedan haber llegado a esta situación se han intentado explicar en parte en los apartados anteriores, pero a esta compleja situación hay que añadir la nueva puesta en marcha de la ley de Responsabilidad Penal Adolescente, que les entrega un escenario totalmente distinto tanto a jóvenes que presentan un compromiso mayor con la temática como a aquellos que se encuentran en una etapa inicial del consumo, pero que para acceder a la sustancia deben entrar al circuito de la compra y venta de droga. Esta nueva ley viene a sancionar éste y numerosos otros delitos establecido en el CP, con lo cual, lo que hasta ayer pudo haber sido una estrategia para adaptarse al medio o un juego a través del cual se satisfacía el consumo, hoy puede ser la puerta de entrada al sistema penal para jóvenes y adolescentes con todo lo que ello implica. Consideraciones Finales Quedan muchos puntos pendientes respecto de cómo se llevará e efecto la implantación de la ley, habrá una correspondencia entre el espíritu de la ley que busca la responsabilización de estos jóvenes, pero también pretende su incorporación al sistema a través de todo un proceso metodológico de reinserción social propuesto por Servicio Nacional de Menores y las Instituciones de colaboradoras. Otro aspecto pendiente será como se entiende y se da la relación entre droga y delito, requisito inicial planteado por los estamentos técnicos para poder entregar como sanción accesoria el tratamiento en drogas, considerando que el Ministerio Público ve en esta sanción una oportunidad para la reinserción con lo cual deposita en la Defensoría el impulso de solicitar la pena; a lo cual la Defensoría plantea que ellos no serán participes de pedir como sanción el tratamiento porque implica agravar la pena con la cual puedes ser sancionados sus defendidos; y por tanto, nos encontramos en la disyuntiva que una

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Nombre con el que se le denomina al vendedor de drogas.

instancia de clara intención en el proceso de reinserción social de los jóvenes sancionados por la 20.084 puede quedar en territorio de nadie, si es que los Jueces quienes también pueden pedir la evaluación o peritaje de los jóvenes y adolescentes para acceder al plan de atención que más se adecue a sus necesidades. Finalmente, queda para la discusión y para ser observado a futuro, que ocurrirá con los jóvenes menos de 14, ya que al parecer una compleja situación que se está alojando en el mundo de la delincuencia es utilizar a niños menores de la edad de imputabilidad con los cual no se está resolviendo el problema de la resposabilización, sino que se está dando paso a que cada vez niños más pequeños sean arrastrados al mundo de la violencia y la exclusión social que conlleva el mundo de la infracción de ley.

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