Revista TEMA\'S Nro. 33

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TEMA’S Revista Digital de Criminología y Seguridad Octubre de 2015

DESTACADOS Identificación de los factores que generan la delincuencia en el Municipio de Monterrey, Nuevo León. Comportamientos antisociales y rendimiento académico en la escuela secundaria. Génesis y evolución del concepto de víctima en el proceso penal. Observatorio Criminológico de la Seguridad Vial. Presente y futuro de la Criminología Vial. Inseguridad Vial Argentina ¿Que tipo de ley debemos tener?

PSICOLOGÍA

Evaluación de víctimas e imputados en delitos contra la integridad sexual Watson Consultores

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REVISTA DIGITAL DE CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

Año IV Nro. 33 ISSN 2314-1166

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Revista TEMA’S Año IV - Número 33 — Octubre de 2015

REVISTA DIGITAL DE CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

TEMA’S permite la reproducción total o parcial de su contenido siempre que se cite la fuente y que no se haga con fines comerciales. Tampoco se puede utilizar la obra original con fines comerciales. Revista TEMA’S es una publicación gratuita de Watson Consultores.

STAFF Director Editorial: Lic. Osvaldo A. Cuello Videla. Comité Editorial: Lic. Osvaldo A. Cuello Videla. Lic. José Escudero Gordillo. Lic. Carlos Daniel Puiggrós. Comité Académico: Dr. Alberto Montbrun. Mag. Daniel Venturini. Mag. Marcelo Fuentes Pérez. Dra. Susana P. García Roversi. Dra. Patricia Andrea Taus. Dr. José Luis Alba Robles. Dr. Wael Sarwat Hikal C. Lic. Juan A. Carreras Espallardo. Dr. Juan José Martínez Bolaños. Lic. Mario E. Murrieta. Dr. Agustín Salgado García. Dr. Juan A. Maruri Jiménez

Revista Temas: Río Atuel 855 Godoy Cruz Mendoza – Argentina (C.P. 5501)

PROHIBIDA SU VENTA Y COMERCIALIZACIÓN. La reproducción de libros o parte de ellos cedida por sus autores goza de los derechos de propiedad intelectual, por tanto está prohibida su reproducción total o parcial sin autorización de sus respectivos titulares. El contenido de los artículos y su originalidad es responsabilidad de los autores y no implica necesariamente la comunión de ideas con el Comité Editorial, Comité Académico y su director. Esta obra está licenciada bajo la Licencia Creative Commons AtribuciónNoComercial-CompartirIgual 3.0 Unported.

Para ver una copia de esta licencia, visite: http://creativecommons.org/licenses/bync-sa/3.0/deed.es_AR

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Revista TEMA’S Año IV—Número 33 - Octubre de 2015

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REVISTA DIGITAL DE

EDITORIAL

Osvaldo A. Cuello Videla Director Editorial

Nos volvemos a encontrar con un número más de TEMA’S y en primer lugar

en esta edición de Octubre de 2015 queremos saludar a todos nuestros colegas Criminalistas que el mes pasado festejaron su día. Les enviamos también un saludo adelantado a los Psicólogos que lo festeja el 13 de Octubre en Argentina y a los Criminólogos el 16 de Noviembre en México. En este número contamos con autores de lujo como siempre. En primer lugar les presentamos un artículo de Clarissa Danira Velázquez Romero desde México acerca de la “Génesis y evolución del concepto de víctima en el proceso penal. Víctimas del delito y víctimas procesales” En el área de la Criminología nos acompañan Wael Hikal (México) miembro de nuestro Staff con un proyecto que está llevando a cabo sobre “Identificación de los factores que generan la delincuencia en el Municipio de Monterrey, Nuevo León para la prevención a través de las Políticas Públicas de Bienestar Social” y el Lic. Anderson Alves Riveiro (España) sobre “Comportamientos antisociales y rendimiento académico en la escuela secundaria, el efecto de las variables sociofamiliares” En el campo de la Criminología Vial desde España José María Gonzélz G. también miembro de nuestro Staff nos ilustra sobre el “Observatorio Criminológico de la Seguridad Vial” y en Seguridad Vial Alejandro Eduardo Marenco (Argentina), presenta su trabajo acerca de la “Inseguridad Vial Argentina ¿Que tipo de ley debemos tener?” Completan nuestra edición el Lic. Germán G. De Stéfano (Argentina) con su ponencia “Evaluación de víctimas e imputados en causas por delitos contra la integridad sexual” Además nuestras secciones habituales de Noticias Universitarias y TEMA’S de Actualidad. Esperamos que la disfruten.

Lic. Osvaldo A. Cuello Videla Director Editorial

“Lo que el maestro es, es más importante que lo que enseña” Karl A. Menninger (1893-1990) 4

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CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD Criminología

22 Identificación de los factores que generan la delincuencia en el Municipio de Monterrey, Nuevo León para la prevención a través de las Políticas Públicas de Bienestar Social

Revista Digital de Criminología y Seguridad TEMA’S Agosto de 2015

86 Comportamientos antisociales y rendimiento académico en la escuela secundaria, el efecto de las variables sociofamiliares

Derecho

SUMARIO NRO. 33

8 Génesis y evolución del concepto de víctima en el proceso penal. Víctimas del delito y víctimas procesales

Psicología Forense

70 Evaluación de víctimas e imputados en causas por delitos contra la integridad sexual

Criminología Vial

41 Observatorio Criminológico de la Seguridad Vial. 46 Presente y futuro de la Criminología Vial. Seguridad Vial 120 Inseguridad Vial Argentina ¿Que tipo de ley debemos tener?

Secciones

65 Eventos y Novedades 82 TEMA’S de Actualidad 116 Noticias Universitarias

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REVISTA DIGITAL DE

GÉNESIS Y EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO DE VÍCTIMA EN EL PROCESO PENAL. VÍCTIMAS DEL DELITO Y VÍCTIMAS PROCESALES Clarissa Danira Velázquez Romero (México)

Licenciada en Psicología por el Instituto de Estudios Tecnológicos y Superiores “Matatipac” (Tepic, Nayarit), titulación con Mención Honorífica por su tesis “Factores de la Personalidad Relacionados con los Aspirantes al Sistema de Seguridad Pública del Estado De Nayarit” Docente Certificado Academia de Peritos en Ciencias Forenses y Consultoría Técnica Legal A.C. Es adscrita a la Dirección de Prevención y Readaptación Social del Estado de Nayarit. Jefa del Departamento Trabajo Social y Educación del Centro de Rehabilitación y Readaptación Social. Encargada del Departamento de Psicología de la Academia Estatal de Seguridad Pública del Estado de Nayarit. Docente Certificado por la Secretaría Técnica de la Coordinación para la implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC) en la rama de Peritos. Presidente y socio fundador de la Academia de Peritos en Ciencias Forenses y Consultoría Técnica Legal A.C. y Perito del Tribunal Superior de Justicia del estado de Nayarit en el área de Psicología.

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mordial en todo análisis y por lo tanto en toda opinión que pretenda tener argumentación válida; el Código Nacional de Procedimientos Penales en su Artículo 108 expresa:

CONCEPTO DE VÍCTIMA La reforma en materia penal del 18 de Junio de 2008 en la República Mexicana, ha traído consigo una serie de controversias en diversos temas relacionados a ella, aún así cabe mencionar que ésta reforma en gran parte no es una novedad, los principios procesales incluso están instituidos en nuestras leyes desde hace décadas. Sin embargo es importante definir el término Víctima antes de entrar en materia, ya que la definición del marco teórico y contextual es pri-

“Para los efectos de este Código; se considera víctima del delito al sujeto pasivo que resiente directamente sobre su persona la afectación producida por la conducta delictiva. Asimismo, se considerará ofendido a la persona física o moral titular del bien jurídico lesionado o puesto en peligro por la acción u omisión prevista en la ley penal como delito. En los delitos cuya consecuencia fuera la muerte de la víctima o en el caso en que ésta no pudiera ejercer personalmente los derechos que este Código le otorga, se considerarán co-

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mo ofendidos, en el siguiente orden, el o la cónyuge, la concubina o concubinario, el conviviente, los parientes por consanguinidad en la línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado, por afinidad y civil, o cualquier otra persona que tenga relación afectiva con la víctima. La víctima u ofendido, en términos de la Constitución y demás ordenamientos aplicables, tendrá todos los derechos y prerrogativas que en éstas se le reconocen.” A su vez, la Ley General de Víctimas en su artículo 4 enuncia: “Se denominarán víctimas directas aquellas personas físicas que hayan sufrido algún daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional, o en general cualesquiera puesta en peligro o lesión a sus bienes jurídicos o derechos como consecuencia de la comisión de un delito o violaciones a sus derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. Son víctimas indirectas los familiares o aquellas personas físicas a cargo de la víctima directa que tengan una relación inmediata con ella. Son víctimas potenciales las personas físicas cuya integridad física o derechos peligren por prestar asistencia a la víctima ya sea por impedir o detener la violación de derechos o

la comisión de un delito. La calidad de víctimas se adquiere con la acreditación del daño o menoscabo de los derechos en los términos establecidos en la presente Ley, con independencia de que se identifique, aprehenda, o condene al responsable del daño o de que la víctima participe en algún procedimiento judicial o administrativo. Son víctimas los grupos, comunidades u organizaciones sociales que hubieran sido afectadas en sus derechos, intereses o bienes jurídicos colectivos como resultado de la comisión de un delito o la violación de derechos.” Hablar de Victimas en este proceso es tomar en cuenta la delgada línea entre la diferencia de una parte interviniente y la otra, dicho de otra manera, el sujeto pasivo del delito no siempre lo es solamente la parte acusadora, sino también puede llegar a serlo el presunto responsable de la conducta delictiva, Hans Von Renting en 1948 ya hacía mención a ésta posibilidad y a pesar de que esta observación fue expresada hace décadas, en la actualidad es una realidad muy común debido a la

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falta de profesionalización y especialización de los operadores del Sistema; hablemos específicamente de los cuerpos policiales, los cuales debido a la falta de capacitación, han convertido en víctimas a los detenidos al cometer faltas al debido proceso, siendo éste uno de los principios procesales previsto en el Artículo 12 del Código Nacional de Procedimientos Penales que enuncia: “Ninguna persona podrá ser condenada a una pena ni sometida a una medida de seguridad, sino en virtud de resolución dictada por un Órgano jurisdiccional previamente establecido, conforme a leyes expedidas con anterioridad al hecho, en un proceso sustanciado de manera imparcial y con apego estricto a los derechos humanos previstos en la constitución, los Tratados y las leyes que de ellos emanen.”

En la ciencia victimológica podemos encontrar un numeroso grupo de conceptos destinados a la víctima sin llegar a ser discrepantes entre ellos, la convergencia se encuentra en resaltar el daño de cualquier tipo que resiente una persona y además proporciona clasificaciones victimales. Haciendo entonces un análisis de la realidad procesal actual en nuestro país podemos darnos cuenta de que la víctima no es solamente la víctima del delito, sino también las víctimas de la ignorancia de los operadores del sistema, quienes como ya se mencionó anteriormente, son en muchas ocasiones los primeros respondientes, es decir, los cuerpos policiales, estas víctimas que emergen pueden ser los detenidos y por ende, la sociedad en general, ya que al faltar al debido proceso en muchas ocasiones la defensa obtiene la libertad del presunto delincuente, el cual si tiene la tendencia a delinquir ya sea por los rasgos antisociales presentes en su personalidad o por los factores criminógenos exógenos que le motivan a continuar con su tendencia a atentar contra la integridad de las personas, vuelve a vulnerar el tejido social a la primera oportunidad estando en li-

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bertad. Analizando este supuesto podemos deducir que al liberar a un detenido por violaciones procesales estamos ante la disyuntiva de haber liberado a un criminal o a una persona realmente inocente que había sido víctima de un posible abuso de autoridad, aquí comienza la victimización de la sociedad, en la que no hay certidumbre con respecto a la seguridad pública. Recordemos que el debido proceso comienza desde la llegada de las policías al lugar de los hechos o lugar del hallazgo, la detención en caso de flagrancia o por orden de aprehensión hasta el dictado de la sentencia, y que para erradicar las fallas procesales que tanto lesionan al Sistema es necesario una adecuada educación en relación al mismo, esto compete para empezar a la sociedad en general ya que es la sociedad el punto de convergencia y divergencia tanto del crimen como de la aplicación de las leyes penales y de manera profesional es prioritaria la especialización en cada una de las áreas de los perfiles operativos, los cuales son responsables del éxito o colapso de esta histórica reforma penal. Las victimas en general surgen de la sociedad misma, en la familia se introyectan los valores morales más importantes que rigen la vida adulta, las figuras de autoridad

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significativas en la infancia son modelos de conducta que en cierta forma contribuyen al moldeo de nuestra personalidad, es por eso que en una sociedad en donde la cultura y la educación no son fomentados existe una mayor posibilidad de que se desarrolle la delincuencia y surjan los estados criminógenos como son la propensión a las drogas, a la prostitución, la vagancia e incluso los trastornos de la personalidad relacionados a conductas delincuenciales, de esta manera se promueve el circulo sin fin de la criminalidad. Se puede considerar entonces que la sociedad genera sus propias víctimas y victimarios en base a su educación moral e incluso académica, es por esto que antes de tomar en cuenta un análisis exhaustivo de los beneficios que se le han proporcionado a las víctimas en esta implementación del Sistema Acusatorio, es importante resaltar la etiología de la Víctima y del Criminal con la finalidad de lograr una verdadera prevención del delito, que aunque pareciera una idea utópica, sería mejor una sociedad en la que se suprimiera el delito en lugar de ésta en la que vivimos, donde cada vez se crean más leyes con la intención de sancionar nuevas modalidades de crimen y criminalidad y que éstas evolucionan día con día. Los derechos de la víctima u ofendido se encuentran contemplados en el Artículo 109 del Código Nacional de Procedimientos Penales, cabe mencionar las fracciones que se adicionaron y que le han permitido a la víctima alzar la voz y luchar por sus derechos: “… la víctima u ofendidos tendrán los siguientes derechos: ...IV. A comunicarse, inmediatamente después de haberse cometido el delito con un familiar, e incluso con su Asesor jurídi-

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nativos de solución de controversias;

co; VI. A ser tratado con respeto y dignidad; VII. A contar con un Asesor Jurídico gratuito en cualquier etapa del procedimiento, en los términos de la legislación aplicable; VIII. A recibir trato sin discriminación a fin de evitar que se atente contra la dignidad humana y se anulen y menoscaben sus derechos y libertades, por lo que la protección de sus derechos se hará sin distinción alguna; X. A participar en los mecanismos alter-

XII. En caso de tener alguna discapacidad, a que se le realicen los ajustes al procedimiento penal que sean necesarios para salvaguardar sus derechos; XIV. A que se le reciban todos los datos o elementos de prueba pertinentes con los que se cuente, tanto en la investigación como en el proceso, a que se desahoguen las diligencias correspondientes, y a intervenir en el juicio e interponer los recursos en los términos que establece este Código;

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XVI. A que se le provea protección cuando exista riesgo para su vida o integridad personal; XVII. A solicitar la realización de actos de investigación que en su caso correspondan, salvo que el Ministerio Público considere que no es necesario, debiendo fundar y motivar su negativa; XIX. A solicitar medidas de protección, providencias precautorias y medidas cautelares; XX. A solicitar el traslado de la autoridad al lugar en donde se encuentre, para ser interrogada o participar en el acto para el cual fue citada, cuando por su edad, enfermedad grave o por alguna otra imposibilidad física o psicológica se dificulte su compare-

cencia, a cuyo fin deberá requerir la dispensa, por si o por un tercero, con anticipación; XXI. A impugnar por sí o por medio de su representante, las omisiones o negligencia que cometa el Ministerio Público en el desempeño de sus funciones de investigación, en los términos previstos en este Código y en las demás disposiciones legales aplicables; XXII. A tener acceso a los registros de la investigación durante el procedimiento, así como a obtener copia gratuita de estos, salvo que la información esté sujeta a reserva así determinada por el Órgano jurisdiccional; XXIII. A ser restituido en sus derechos, cuando éstos estén acreditados; XXIV. A que se le garantice la reparación del daño durante el procedimiento en cualquiera de las formas previstas en éste Código. XXV. A que se le repare el daño causado por la comisión del delito, pudiendo solicitarlo directamente al Órgano jurisdiccional, sin perjuicio de que el Ministerio Público lo solicite; XXVI. Al resguardo de su identidad y demás datos personales cuando sean menores de edad, se trate de delitos de violación contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar, secuestro, trata de personas o cuando a juicio del Órgano jurisdiccional sea necesario para su protección, salvaguardando en todo caso los derechos de la defensa. Resulta evidente que se ha ampliado la protección a la integridad de la víctima en el aspecto físico como psicológico, a través de la garantía de la reparación del daño tanto víctimas como ofendidos, podrán obtener la certeza de que de alguna manera su realidad puede semejarse al tiempo anterior de sufrir los efectos del delito.

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Por otra parte, para tener una visión más amplia acerca del tratado de la víctima es necesario conocer su estudio desde un enfoque científico, dentro de las ciencias que conforman la Síntesis Criminológica (Manzanera, 2000), la Victimología es una de las más jóvenes, reconociendo como sus pioneros a Benjamin Mendelsohn y al Aleman Hans von Hentig. Mendelsohn señala que el objetivo principal de la disciplina es lograr que haya menos víctimas en todos los sectores de la sociedad, siempre que la sociedad esté honestamente interesada en el problema. La menor cantidad de víctimas significa un menor costo social, menos pérdidas y una mayor energía capaz de asegurar la existencia armónica del ser humano.

LA VÍCTIMA Y LOS MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

tos, éstas particularidades son algunas de las que se exhortan desde los procedimientos alternativos, con la intención de fomentar una cultura garantista que lejos de buscar penas cada vez más altas que sancionen conductas antisociales progresivamente graves, sea una sociedad que tiende a resolver controversias a través del dialogo como eje principal procurando asegurar la reparación del daño. Respecto a este tema José Adolfo Reyes Calderón menciona: “Los sistemas de justicia penal de la mayor parte de los países sólo han comenzado recientemente a introducir derechos para las víctimas. Como en el caso de otras reglas y normas, la mayor parte de los países distan mucho todavía de aplicar plenamente los principios fundamentales. Los planes de resarcimiento estatales de muchos países se ha podido comprobar que funcionan de forma burocrá-

La creación de leyes que protejan directamente los derechos de las víctimas ha sido un avance muy importante sin contar lo necesario que era para una verdadera procuración y administración de justicia, el objetivo principal de la creación de límites es definir sobre todo una línea de respeto entre individuos con la intención de garantizar la integridad física y moral de cada uno de los ciudadanos. Sin embargo, la tendencia debe ser hacia una sociedad con conductas cada vez más humanas, con las características distintivas de nuestra especie como lo es la comunicación y sus efectos, la empatía, la disposición positiva a resolver conflic-

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tica y con retrasos considerables. Un ejemplo de la forma de remediar esa situación es el plan de resarcimiento estatal de Nueva Gales del Sur, en Australia, que recientemente ha quedado sustituido por un sistema de cupones de servicios para la víctima, del cual se ocupa la policía. En muchas jurisdicciones los fiscales y los agentes de la policía dejan a menudo de cumplir sus obligaciones legales o administrativas respecto de las víctimas, a menudo se sigue tratando a las víctimas sin respeto y no se tienen en cuenta en la adopción de decisiones esenciales. En algunos casos solamente se facilita asistencia letrada gratuita a las víctimas de delitos.” (Calderón, 2014) El artículo 109 del Código Nacional de Procedimientos Penales en su fracción X enuncia el derecho de las victimas u ofendidos a participar en los mecanismos alternativos de solución de controversias, con respecto a ello existe muy poco conocimiento por parte de las víctimas, este mecanismo es benéfico para ambas partes pero para la víctima es de especial trascendencia debido a que le garantiza la reparación del daño. Generalmente para la víctima es importante que el culpable no quede impune, pero sobre todo le interesa el resarcimiento del daño, los procedimientos alternativos se pueden aplicar desde el inicio del procedimiento penal y hasta antes de dictado el auto de apertura a Juicio o antes de que se formulen las conclusiones, es decir, el acceso a la posibilidad de asegurar la reparación del daño es prácticamente inmediata a la comisión del delito. El acceso a la información por parte de la ciudadanía en general es primordial para el éxito de estos procedimientos alternativos, solo conociendo nuestros derechos podemos exigirlos, no se trata solo de demandar

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prerrogativas sino de asimilar nuestra condición de seres vulnerables ante los casos fortuitos en los que en algún momento podemos estar del lado de la parte acusadora o de la defensa, ya sea como víctima o como imputado y solo teniendo conocimiento de las opciones que el sistema procesal acusatorio nos ofrece podemos fortalecer el sistema, ya que desde un punto de vista sociológico tanto el orden y la paz pública son responsabilidad de la sociedad misma. El proyecto de decreto de la Ley Nacional de Mecanismos de Solución de Controversias en su Artículo 27 enuncia: “El procedimiento restaurativo es el mecanismo mediante el cual la víctima u ofendido, el imputado y, en su caso, la comunidad afectada, en libre ejercicio de su autonomía buscan, construyen y proponen opciones de solución a la controversia, con el objeto de lograr un Acuerdo que atienda las necesidades y responsabilidades individuales y colectivas, así como la reintegración de la víctima u ofendido y del imputado a la comunidad y la recomposición del tejido social.” Este artículo comprende otro de los puntos medulares de los Mecanismos alternativos de solución de controversias: la reintegración de la víctima u ofendido y del imputado a la comunidad y la recomposición del tejido social. Hablar de reintegración es hablar de readaptación y desde el punto de vista psicológico no es tan sencillo como parece, ya que requiere antes que nada de sensibilización por parte de la sociedad, de la víctima y del imputado, para posteriormente contar con la disponibilidad de contribuir en el proceso de reintegración, el cual requiere un cambio radical con respecto a la forma en que se estigmatiza la con-

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ducta antisocial y en que se señala a las víctimas principalmente en delitos de carácter sexual. La recomposición del tejido social depende de la sociedad misma, de la forma en que reacciona ante los cambios, en éste caso no es un cambio cualquiera, es la implementación de un nuevo Sistema de Justicia Penal que viene a evolucionar la forma en que se procura e imparte justicia. El tejido social está conformado en su mayoría de la sociedad, el otro pequeño círculo es el conjunto de ciudadanos que se encargan de salvaguardar la Seguridad Pública a través de las Policías, el Sistema Judicial, las Procuradurías y el Sistema Penitenciario, es decir, los segmentos del Sistema de Justicia Penal, es por eso que es la misma sociedad quien tiene la responsabilidad de velar por sus derechos ya que el beneficio o perjuicio de sus acciones u omisiones recae en ella misma. Para que los Procedimientos alternativos tengan el efecto que se pretende, más que aprender códigos procedimentales y protocolos de actuación, se requiere un cambio de cultura tanto en la sociedad como en los operadores del Sistema, ya que es una unión de fuerzas lo que

dará el empuje necesario para que nuestro país pueda pretender evolucionar no solo en procuración e impartición de justicia, sino en calidad humana. El Artículo 480 del CNPP trata acerca de los Efectos de apelación por violaciones graves al debido proceso: “Cuando el recurso de apelación se interponga por violaciones graves al debido proceso su finalidad será examinar que la sentencia se haya emitido sobre la base de un proceso sin violaciones a derechos de las partes y determinar, si corresponde, cuando resulte estrictamente necesario, ordenar la reposición de actos procesales en los que se hayan violado derechos fundamentales.” Continuemos sobre la línea victimal, al hablar de ello no se puede discriminar la existencia de las víctimas procesales, al respecto nuevamente vale la pena destacar la aportación de Reyes Calderón: “La declaración sobre los principios fundamentales incluye una sección acerca de los derechos de las víctimas de delitos y del abuso de poder. Esa sección ha reves-

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tido un nuevo significado a la luz de los últimos acontecimientos en materia de derecho penal internacional. Las Reglas del Procedimiento y Prueba del Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario cometidas en el Territorio de la ex Yugoslavia desde 1991 y del Tribunal Penal Internacional para el enjuiciamiento de personas responsables de genocidio y de otras violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario cometidas en el territorio de Rwanda y responsables de genocidio y de otras de esas violaciones cometidas en el territorio de los Estados adyacentes de Rwanda entre el 1º de Enero y el 31 de Diciembre de 1994, brindan algunas medidas para la protección de víctimas y testigos, incluida la utilización facultativa de cámaras videoscópicas en el proceso y otras medidas de protección. En el Tribunal de la Haya se ha establecido una Dependencia especial de asistencia a testigos. En general los procesos corresponden al modelo de contradicción, que limita las oportunidades de proteger a las víctimas o a los testigos. El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional contiene también disposiciones especiales para las víctimas y los testigos. Todavía no se han elaborado las reglas de procedimiento para las víctimas y testigos. El Proyecto de principios y directrices sobre el derecho de las víctimas de violaciones (graves) de los derechos humanos y del conflicto o interfieren con los derechos más antiguos y mejor establecidos, de los demandados/delincuentes, y de qué forma están en conflicto o interfieren.” El conocer acerca de instrumentos internacionales que respaldan los derechos de 18

las víctimas en su sentido más amplio es conocer acerca de la existencia de los mecanismos de protección para ser implementados en el Proceso Penal y lograr así una efectiva tutela del derecho a no ser victimizado, esto incluye a víctimas del delito, victimas del Estado y testigos. Es evidente que aún queda mucho por hacer en cuestión de protección de los derechos de las víctimas, básicamente estamos hablando de derechos humanos, derechos por los cuales resulta irónico tengamos que hacerlo entre personas, antes de crear más leyes de protección de actos entre seres humanos debemos cuestionarnos sobre el origen de estas conductas antisociales y tratar desde ahí la etiología del crimen y reforzar esfuerzos por una adecuada prevención del delito, sobre todo porque la tendencia del ser humano debe ser precisamente ”ser humano” y aunque pareciera una idea utópica como se mencionó al principio, urge un cambio radical con respecto al mundo que estamos viviendo que es y será siempre nuestra herencia para las generaciones venideras, este cambio no se genera reformando leyes para la procuración de justicia, solo se logrará cambiando conciencias.

Bibliografía Calderón, J. A. (2014). Tratado Victimológico. Proceso penal acusatorio. (Primera ed.). México: Editorial Flores. Federación, D. O. (2014). Código Nacional e Procedimientos Penales. Distrito Federal: Diario Oficial de la Federación. Federación, D. O. (2014). Ley Nacional de Mecanismos de Solución de Controversias. Distrito Federal: Diario Oficial de la Federación. Manzanera, L. R. (2000). Victimología (Septima ed.). México: Editorial Porrúa.

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REVISTA DIGITAL DE

IDENTIFICACIÓN DE LOS FACTORES QUE GENERAN LA DELINCUENCIA EN EL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN PARA LA PREVENCIÓN A TRAVÉS DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS DE BIENESTAR SOCIAL Wael S. Hikal Carreón (México)

Es Licenciado en Criminología con acentuación en prevención del delito e investigación criminológica de la Facultad de Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León, México. Maestría en Trabajo Social con orientación en proyectos sociales con la tesis Proyecto reforma a las escuelas de Criminología y Criminalística en México. Becario Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología por la Facultad de Trabajo Social y Desarrollo Humano de la misma Universidad. Ha dictado innumerables conferencias y es docente universitario en temas afines. Su interés en la investigación se centró hacia la vertiente científica, filosófica, psicológica, etiológica y preventiva. Director de la Revista Científica Archivos de Criminología, Criminalística y Seguridad Privada Director de Wikipedia Criminológica. La enciclopedia de Criminología y Criminalística. Miembro del Comité Académico de Revista Digital de Criminología y Seguridad TEMA’S. También es autor de destacados libros especializados. 22

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CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

RESUMEN El Estado de Nuevo León y su capital Monterrey, ocupan a nivel nacional una posición importante en materia de negocios, comercio, educación, industria, entre otros. La delincuencia creciente en casi todo México ha desembocado también en este Estado, llevando a afectaciones graves en cuanto la percepción sobre la seguridad y la calidad de vida. Las políticas y programas locales tienen áreas de oportunidad por destacar y empoderar, conocer bien y mejor los factores que provocan esta delincuencia en la región, será fundamental para articular nuevas estrategias de intervención, así como conocer porqué no han sido eficaces en la reducción de la delincuencia.

RECIBIDO EL: 06-08-2015

PUBLICADO EL: 01-10-2015

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TEMA’S

OBJETIVOS General

INTRODUCCIÓN

Detectar los factores de riesgo predominantes que generan la delincuencia sobre los delitos de mayor impacto que ocurren en el municipio de Monterrey; por otro lado: La identificación y estudios de la normatividad y estrategias aplicables en materia preventiva para descubrir áreas de oportunidad, con ello, de la integración de ambos estudios, generar una propuesta que arroje la perspectiva social de las condiciones que pudieran mejorar su calidad de vida en materia de seguridad.

Específicos

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ado que la delincuencia de mayor incidencia e impacto en el Estado de Nuevo León se concentra en su capital: Municipio de Monterrey, es necesario estudiar las causas que provocan ésta, para con dicho diagnóstico, comparar con las políticas locales de referencia para la implementación de las estrategias en los municipios, así como los programas del mismo municipio de Monterrey, para cotejar la base con el impacto positivo o negativo que están teniendo. Es importante hacer las observaciones en las zonas que se detecten de riesgo y las vulnerables, así como recolectar la percepción de sus habitantes para conocer cuáles son los motivos que detonan su delincuencia, así como las condiciones que requerirían para mejorar su calidad de vida. 24

1. Identificación de los factores de riesgo que provocan la delincuencia en las zonas de mayor incidencia delictiva en el municipio de Monterrey; 2. Identificación y análisis del impacto que tienen las políticas y estrategias de intervención en materia de prevención y seguridad, y 3. Generar una propuesta integradora entre el diagnóstico realizado y las estrategias que se implementan.

MARCO TEÓRICO En el presente trabajo analiza las causas de la delincuencia en el municipio de Monterrey, dado que es la capital del Estado de Nuevo León y dónde se concentra la mayor cantidad de de-

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CRIMINOLOGÍA

litos de alto impacto como: Homicidio, robo, lesiones, extorsión, secuestro, entre otros, es necesario estudiar qué la provoca. Se entienden por factores de riesgo todas aquellas condiciones sociales, biológicas o psicológicas que estando presentes en cantidades suficientes, favorecen la posibilidad de que se realicen conductas violentas hacia las personas o los objetos. Dichos factores por sí solos pueden resultar inocuos, sin embar-

go, de sumarse o multiplicarse entre sí, llevan al individuo a conductas consideradas como violentas. Ejemplos de estos factores son el desempleo, las adicciones, la disponibilidad de armas, el ocio, el machismo, etcétera (Hikal, 2015, p. 260). Así como las normatividades en el tema para hacer frente a este fenómeno y descubrir las áreas de oportunidad que haya.

DELIMITACIÓN GEOGRÁFICA

Mapa (INEGI, 2009:4) Una publicación de WATSON CONSULTORES

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ANTECEDENTES Monterrey es la capital del estado de Nuevo León por lo que alberga al gobierno del Estado y también es la cabecera municipal del municipio de Monterrey. Precisamente por ser la ciudad capital del Estado, es sede de los tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Monterrey, (...) desde sus orígenes se perfiló como una ciudad distinta en su historia. Aislada del centro del País, se gestó en un medio un tanto desfavorable, se desarrolló y consolidó en un contexto nacional e internacional (...). Ha sido históricamente descrita por muchos como “Ciudad Industrial”, “Sultana del Norte”, “Urbe Dinámica”, “Ciudad Fábrica”, “núcleo Metropolitano de mayor jerarquía en la región” (...) (Gobierno Municipal de Monterrey, 2015). El Estado de Nuevo León (México), limita con Texas (Estados Unidos), con Tamaulipas y con Coahuila y San Luis Potosí. Situado en el Noreste de México, Monterrey tiene una situación estratégica para acceder al mercado del Tratado de Libre Comercio de América del Norte. Monterrey es la ciudad de Latinoamérica en donde es más fácil crear un negocio (Gobierno del Estado de Nuevo León, s.f.). Monterrey es la 3ª ciudad más poblada de México, después del Distrito Federal y Guadalajara (Escuela de Negocios, s.f.). A pesar de sobrellevar condiciones de dificultad, ha sido una Ciudad que salió adelante en la consolidación, formación y crecimiento de sus áreas de oportunidad y que la hacen hoy una zona de confort para llevar a cabo diversas actividades turísticas, de negocios, comercio internacional, educa-

ción, cultura, instalación de empresas nacionales y extranjeras, entre otras. Aún así, son varias las fuentes de opinión según los datos mostrados a través de: Dependencias de gobierno, medios de comunicación e investigadores, que señalan al Estado de Nuevo León que desde hace alrededor de 10 años, encabeza un importante valor dentro de los más violentos del país (SEGOB, 2015; CIDAC, 2015; IMCO, 2005; Programa Universitario de Derechos Humanos, 2015; Ángel, 2015; Reyes, 2015; Mendoza Escamilla, 2015; Mundo ejecutivo express, 2015; Ameth, 2014; Flores, 2013; Hope, 2013; Mayoral Jiménez, 2013; Castillo García, 2012; CNN Expansión, 2011; Ortega Sánchez, 2011). Por lo anterior, a fines de evitar que se siga dañando la solidez social y estructural para llevar a cabo las actividades antes mostradas, es necesario revisar lo que ocurre en el Municipio y reforzar las medidas de seguridad y estabilidad, mediante estudios en las zonas de conflicto y que repercuten en el resto de zonas y el Estado, así como el país.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA Según el Instituto para la Economía y la Paz (2015): “Nuevo León, por su parte, presenta muy buenos niveles1 en homicidio, crimen, financiamiento y encarcelamiento, pero obtuvo la peor calificación posible en eficiencia de la justicia, y aparece como el peor ubicado en todo el país en el renglón de crimen organizado”. De lo anterior, ocasiona un debilitamiento en la sociedad en los aspectos de comer-

1.- Se interpreta como que se refiere a altos niveles.

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cio, educación, negocio extranjero, turismo, calidad de vida, percepción de seguridad, tranquilidad, desarrollo social, además de las lesiones a la vida de las personas que padecen directamente el delito e indirectamente a través de sus familiares y sociedad en general. De aquí la importancia de revisar los programas de prevención del delito, así como identificar los factores que lo ocasionan, siendo el problema yendo a la alza y de manera más avanzada, indica las estrategias no están siendo funcionales.

en su estructura regional, cultural y social y en ella discurren todas las modalidades delictivas, tanto las propias de una sociedad moderna, cuanto las correspondientes a comunidades muy subdesarrolladas, y por tal circunstancia, los factores constantes y variables propuestos.

JUSTIFICACIÓN

“Para estudiar las conductas delictivas, es necesario hacer un previo análisis de la sociedad y su patología. De este modo es que al estudiar el comportamiento de la colectividad, estaremos adentrándonos a sus debilidades y fortalezas, y por lo tanto a todos los aspectos que perjudican al ser humano en su conducta” (García Álvarez, 2013, p. 2).

A través de las Políticas Públicas y Criminales, el Estado pretende cumplir con su finalidad, que es mantener la armonía, bienestar y equilibrio de la sociedad. En este sentido, se presentan todas las acciones, estrategias y programas para que el individuo se desarrolle plenamente y haga uso de los derechos que se le confieren como “ser humano”, disfrutando de su derecho a la seguridad.

Señala González De la Vega (2001, p. 25) que: La sociedad humana es muy compleja

Delito es la acción u omisión tipificada, antijurídica y culpable, a la que la ley penal

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imputa consecuencias jurídicas. El crimen es la acción que agrede a un individuo en su bienestar y en consecuencia a la sociedad, afecta la integridad mental, física y material de las personas. Para Ferri (s.f.) crimen es un acto que implica motivos individuales y antisociales que afectan la integridad social. Reynoso Dávila (2004, 64 y 65) apunta que: José Ángel Cisneros, señala como causas del aumento de la criminalidad el pauperismo como fenómeno universal y consecuencia de la crisis cada vez más aguda, de la organización social capitalista; el crecimiento de la población con la consecuente aglomeración en zonas urbanas y barrios bajos y el aumento desocupados, vagos y malvivientes; la desproporción notoria del aumento de la población y los servicios públicos; el aumento de centros

de vicios y de inmortalidad, cuya influencia perniciosa no ha podido contrarrestar ni el hogar ni la escuela; la desorientación ética de la escuela y el quebrantamiento de las normas de la vida del hogar, cuyos ideales pasados no han sido sustituidos de modo preciso por normas nuevas que impliquen verdaderos frenos morales; el cinematógrafo y la televisión como escuelas de morbosidad; la relajación de las costumbres; el chantaje periodístico. Para diseñar las Políticas Públicas y Criminales, es imprescindible realizar un análisis sobre todos los aspectos que influyen en la conducta del delincuente, la sociedad y su patología, para aplicar las acciones, estrategias y programas necesarios para una eficaz política criminal, basados en la realidad social actual (García Álvarez, 2013, p.

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27). Según el Índice sobre el entorno de la inseguridad en los Estados (ITESM; 2011, 18), Nuevo León ocupa el lugar 18 en el ranking de inseguridad de entre los 32 Estados; se coloca en una posición distante a la número 1 que es la mejor percibida y cercana a la 32, siendo ésta la peor percibida. Asimismo, en el lugar 16; es decir: A la mitad del parámetro de incidencia delictiva. A continuación se muestra el diagrama contenido en el mismo índice con los parámetros de referencia (ITESM; 2011, 10) (Ver diagrama 1) Por otra parte, el mismo estudio, señala que Nuevo León cuenta con las siguientes debilidades (ITESM; 2011, 130): 1. Ocupa el lugar 23 (1 es mejor) en evolución al delito. Ocupa lugar 25 en ejecucio-

nes y muertes por enfrentamiento, y homicidios, y ocupa lugar 29 en robos con violencia; 2. Se percibe como una entidad insegura. Altos efectos en la población debido a la inseguridad. Se encuentra entre los tres estados que presentan mayor cambio en: salir de noche, que hijos salgan de noche, tomar taxi, usar transporte público, llevar dinero en efectivo, salir a caminar, usar joyas, salir comer o cenar, salir con tarjetas de crédito, ir al estadio y evitar carreteras. Alta cifra negras, y 3. Bajo número de policías preventivos por cada 100,000 habitantes. Bajo número de policías ministeriales por casa 1,000 delitos. Alta deuda pública por habitante y alto porcentaje de dependientes a la droga.2

2.- “Es una excesiva deuda. Nuevo León tiene hoy, según nos dicen, 66 mil millones de pesos aproximadamente de deuda”. Sebastían Solís, J. (2015). “'El Bronco' pide apoyo federal para manejar deuda de NL”. Noticieros Televisa. [En línea: http://noticieros.televisa.com/mexico/1506/recibe-luis-videgaray-bronco/]. (Fecha de consulta: 22 de junio de 2015). México: Noticieros Televisa.

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Al ser una entidad cuya capital es una metrópoli de alta capacidad para el desarrollo de negocios, educación, entre otras, además de su cercanía con Estados Unidos de América y las facilidades que esto genera para el comercio, y con la posición que ocupa a nivel nacional en cuanto a importancia sobre las descripciones antes mencionadas, colocan a la ciudad de Monterrey como punto de mira para atender los riesgos que ocasiona su criminalidad a nivel local y de impacto nacional, con el peligro constante de una baja en el comercio, la calidad de vida y el desarrollo social. aEl estudio servirá para conocer si las estrategias de seguridad y prevención están siendo útiles, si se tienen detectados los factores de riesgo y cómo se interviene con estos, así como saber si se tiene una normatividad base para enfocar los esfuerzos en esta materia.

dPor lo tanto, si conocemos las debilidades y/o causas que llevan a una sociedad a ser delictiva, y a los sujetos de los diferentes estratos sociales, estaremos dando el primer paso hacia la realización de políticas públicas y criminales que vayan de acuerdo con la realidad social. Para entender la conducta del ser humano, es imprescindible analizar y comprender el comportamiento de cada sociedad, a través de sus reglas, cultura y desarrollo.

PREGUNTAS DE INVESTIGACIÓN e¿Qué factores de riesgo predominan en la población regiomontana para la generación de delitos de alto impacto? f¿Cuáles son los delitos de mayor impacto en la zona? g¿Qué programas preventivos se llevan a cabo?

HIPÓTESIS bDel conocimiento de los factores de riesgo que estimulan la delincuencia de alto impacto en el municipio de Monterrey, Nuevo León, se podrán determinar mejores formas de intervención para la atención y reducción de estas conductas, así como cotejar que haya legislación como base y que contemple diversas estrategias de intervención, así como revisar las acciones que se implementan y el impacto que tienen en la zona para determinar si están siendo útiles o qué áreas de oportunidad existen para generar una percepción favorable sobre la prevención del delito, la reducción de la delincuencia y la calidad de vida. cDe acuerdo con García Álvarez (2013, p.

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3):

h¿Qué áreas de oportunidad tienen estos programas y las políticas locales? i¿Qué propuesta se puede hacer en materia de política pública para mejorar la calidad de vida expresada en mejores condiciones de seguridad?

APROXIMACIÓN INTERDISCIPLINARIA jDe acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (2007): “La prevención del delito comprende una amplia diversidad de enfoques, entre los cuales figuran: a) Promover el bienestar de las personas y

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fomentar un comportamiento favorable a la sociedad mediante la aplicación de medidas sociales, económicas, de salud y de educación, haciendo particular hincapié en los niños y los jóvenes, y centrando la atención en el riesgo y los factores de protección relacionados con la delincuencia y la victimización la prevención mediante el desarrollo social o la (prevención social del delito); b) Modificar las condiciones existentes en los vecindarios que influyen en la delincuencia, la victimización y la inseguridad resultantes del delito mediante el fomento de iniciativas, la aportación de experiencia y la decisión de los miembros de la comunidad (prevención de la delincuencia basada en la localidad); c) Prevenir los delitos reduciendo oportunidades de cometerlos, aumentando para los delincuentes el riesgo de ser detenidos y reduciendo al mínimo los beneficios potenciales, incluso mediante el diseño ambiental, y proporcionando asistencia e información a víctimas reales y potenciales (prevención de situaciones propicias al delito); d) Prevenir la reincidencia proporcionando asistencia para la reintegración social de

los delincuentes y otros mecanismos preventivos (programas de reintegración).” Para llegar a los objetivos anteriores desde dicha perspectiva internacional e interdisciplinaria, se tendrá que valer de diversas disciplinas que aporten términos, conceptos y estrategias para abordar el fenómeno, siendo además el fenómeno de la delincuencia cada vez más complejo y extenso, que, abarca diversas áreas del conocimiento. Partiendo de la anterior premisa, a través de diversas áreas, se podrá acercar a una mejor explicación del fenómeno. Con el Derecho para conocer el conjunto de normas que regulan la vida en sociedad y como: “Orden jurídico, que constituye el conjunto de normas jurídicas que conceden facultades e imponen obligaciones o deberes a los gobernados y al estado en sus relaciones al interior como al exterior para una mejor convivencia” (Chávez Castillo, 2008, p. 5). Del Derecho Penal y la Criminología, donde el primero es: El conjunto de normas de derecho público que estudia los delitos, las penas y medidas de seguridad aplicables a quienes realicen las conductas previstas como delitos, con el fin de proteger los bienes jurídicos fundamentales de la sociedad y de

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los individuos (Orellana Wiarco, 2008, p. 5). Respecto la segunda: es el estudio científico del individuo antisocial (criminal), de la conducta antisocial (crimen), de la antisocialidad en general (criminal), de la prevención y tratamiento de estos a través de la Política Criminológica (o Criminología preventiva) y la Criminología Clínica (Hikal, 2013, p. 10). Con la Política, que según Andrade Sánchez (2007, p. 2) es: “Curso o plan de acción, particularmente política, dirección de los negocios públicos (...). Ciencia o arte que trata de la administración y el manejo de los negocios públicos”. Y cuyo objetivo es: El estudio del gobierno mediante el análisis que abarca el origen y tipología de los sistemas políticos, sus estructuras, funciones e instituciones, las formas en que los gobiernos identifican y resuelven los problemas y las interacciones entre grupos e individuos en el establecimiento, mantenimiento y cambio de los gobiernos. (Microsoft Corporation Encarta, 2009). Mediante la Demografía con el estudio de las características sociales de la población y su desarrollo a través del tiempo (Microsoft Corporation Encarta, 2009). A través de la Sociología, siendo: “el estudio sistemático de los grupos y sociedades que construyen los humanos y de la forma en que estas relaciones afectan nuestra conducta” (Gelles y Levine, 1997, p. 6). Estudia las causas sociales de la conducta “desviada” (prostitución, delincuencia, minorías eróticas, vagancia) de sectores de la población, a partir de los valores y modelos considerados normales (leyes, tribunales) e impuestos (policía, ejército,

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penitenciarías, sanatorios psiquiátricos) a toda la sociedad por los detentadores del poder (Gómezjara, 2008, p. 14). Del Trabajo Social cuyo objetivo es: Proporciona recursos humanos competentes para promover el cambio social y la solución de problemas en las relaciones humanas, el fortalecimiento y la educación social de las personas para incrementar el bienestar. De manera ética, profesional y responsable, se utilizan herramientas que faciliten a los individuos, familias y comunidades, elevar su calidad de vida, dentro de los marcos de la defensa de sus derechos, la solidaridad y el compromiso social (FACTSYDH, 2012). Con Estadística para obtener y reunir datos y de manera correcta arrojar un resultado de estos obtenidos. La Estadística Criminal, definida por Carrancá Y Rivas (Laveaga y Lujambio, 2008, p. 239) como: (…) instrumento de catalogación y sistematización del crimen, así como del estudio de los datos cuantitativos concernientes a él y la población criminal, lo mismo que de su ubicación geográfica y social. Su aporte exclusivamente cuantitativo sirve de orientación importante para llegar a conclusiones cualitativas, imprescindibles éstas en el análisis global de la etiología del delito (…). Con la Psicología que: “es la ciencia que estudia y trata de explicar la conducta observable y su relación con los procesos mentales que no se pueden ver y que suceden dentro del organismo, así como los eventos externos en el ambiente”. (Kagan y Havemann, 1972, p. 9). En síntesis, según cita Ribeiro Ferreira

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(2000, p. 16): La Política Social viene a ser la ejecución del concepto de Bienestar Social mediante un conjunto de acciones tendientes a mejorar las condiciones de vida en lo social, económico y jurídico, de manera que se favorezcan la igualdad entre los ciudadanos. A grandes rasgos implica la mejora de la calidad de vida y de la gestión de las actuaciones políticas, así como de las posibilidades de desarrollo profesional y de satisfacción de necesidades.

METODOLOGÍA

haya elementos que aporten mejor calidad de vida en cuanto la seguridad. Lo anterior, como lo muestra el siguiente (véase figura 1):

Descripción de las herramientas: Observación es el análisis, exploración y estudio del objeto con el que estamos en contacto y dice Maturana que “los científicos hacemos ciencia como observadores que explican lo que observan” (Kisnerman, 1998, p. 49).

Se hará una investigación de tipo mixta: Cuantitativa y cualitativa. Se consultarán documentos en material criminal para destacar los factores de riesgo predominantes que generan la delincuencia para desarrollar Figura 1. Ciclo de diagnóstico, el cuestionario que se ideales y propuestas. aplicará en las zonas de Monterrey detectadas como peligrosas según la incidencia delictiva. Asimismo para destacar las características a observar en los mismos espacios. Posteriormente, se buscarán y revisarán las políticas y estrategias que se aplican en el Estado y en la localidad en materia preventiva, para finalmente integrar el diagnóstico y hacer una propuesta para que dentro de las estrategias

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Entrevista, “es una conversación que se realiza entre dos personas, persigue el objetivo de que el entrevistador obtenga y conozca la mayoría de la información posible del entrevistado con respecto a una situación deseada” (Benavides, 2009, p. 17). Análisis normativo y propuesta, “intenta descubrir no sólo cómo están las cosas, pero sobre todo cómo ellas deben estar. Significa que será necesario definir también el punto de vista subjetivo que se utiliza, es decir la gente que debe evaluar las propuestas para mejorar el objeto de estudio” (Routio, 2007).

Participantes Participarán en el estudio los ciudadanos voluntarios hombres y mujeres mayores de edad de la zona de conflicto que acepten ser entrevistados y los funcionarios de gobiernos que proporcionen la información que se solicite para los fines del estudio.

Materiales Se aplicarán entrevistas (cuya cantidad se determinará según los estudios demográficos, estadísticos, jurídico penales y criminológicos, con base a las zonas detectadas como conflictivas) en las colonias sobresalientes por su índice de delincuencia, utilizando hoja de papel y pluma, proporcionado por el entrevistador, La observación se llevará a cabo por éste mismo. Los recursos bibliográficos se obtendrán de la red de bibliotecas existentes en la Universidad Autónoma de Nuevo León, así como los documentos normativos publicados por el gobierno del Estado de Nuevo León y el Municipio de Monterrey, además del acercamiento a las dependencias para solicitar información, así como las cifras publicadas en organismos oficiales. Los traslados serán cubiertos por el entrevistador. Todos los

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recursos materiales y económicos empleados serán tomados por el financiamiento otorgado por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología a través del programa de becas de posgrado en calidad.

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OBSERVATORIO CRIMINOLÓGICO DE LA SEGURIDAD VIAL José María González González (España)

Es Especialista Universitario en Criminalidad y Seguridad Pública (20102013) por la Universidad de Extremadura. Policía Local de Coria (Cáceres) desde el 2006. Monitor de educación vial y Director de Parques infantiles de tráfico y departamentos de educación vial.

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TEMA’S

E

l Observatorio criminológico de la Seguridad Vial, o de una forma más resumida, Observatorio de Criminología Vial, nace con la intención de impulsar esta nueva disciplina y ayudarla en su desarrollo. En el libro Aspectos Criminológicos en Materia de Seguridad Vial (Editorial Criminología y Justicia) aparece por primera vez dicha definición, siendo ésta: “La Criminología vial es una disciplina criminológica encaminada al estudio y prevención de los delitos

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contra la seguridad vial, y a la resolución de todo conflicto que surja tras un siniestro vial; actuando sobre los comportamientos delictivos o desviados dentro de las vías, a la restitución de la víctima a su estado original; haciendo hincapié en las formas de control social, tanto formal e informal y a la reacción social que causan los siniestros viales”. (González, J.M & Carreras, J.A.) Estamos hablando de una disciplina muy joven, pero pese a su juventud está avanzando muy rápidamente, y lo novedoso de ella, es que aglutina en una misma ciencia a todas las materias implicadas en los siniestros viales, que va desde el conocimiento científico, pasando por el ordenamiento jurídico y las ciencias sociales. Y en palabras de Osvaldo Cuello

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CRIMINOLOGÍA VIAL

Videla, la Criminología vial es todo un avance para el estudio de la materia, consiguiendo con ello crear un marco general para un problema de carácter mundial, que son los siniestros viales. El Observatorio lo que quiere conseguir es crear un lugar de estudio para la prevención de los siniestros viales a través de la investigación y aplicación de la Criminología a la seguridad vial, siendo éste su objetivo general y principal.

en cuanto sea beneficioso para los fines del Observatorio y los intereses de sus asociados y colaboradores. • Prestar orientación, ayuda y asis-

tencia a las víctimas de siniestros viales por medio de proyectos de intervención y asistencia dirigidos a reducir los efectos negativos de los siniestros viales. • Realizar acciones dirigidas a la in-

Como toda organización tiene unos fines, que son:

formación, sensibilización, educación sobre seguridad vial y la incidencia de los siniestros viales en la sociedad.

• La prevención de los siniestros via-

• Investigación + Desarrollo + Inno-

les y la comisión de delitos contra la seguridad vial a través del estudio, investigación y aplicación de la Criminología a la seguridad vial. • Emprendimiento social, enfocado a

la consecución de un beneficio social, la prevención de siniestros viales. • La divulgación de la Criminología

vial. • Establecer relaciones y obtener la

adecuada representación en los organismos e instituciones de carácter público y privado que incidan en el campo de actuación del Observatorio, colaborando con ellos

vación (I+D+I): actividades cuyos objetivos sean la investigación, el desarrollo y la innovación a través de proyectos, programas o estudios y otras acciones complementarias, cuyo fin último sea la mejora del tráfico, la movilidad y la seguridad vial en cualquiera de sus aspectos. Y para poder llevar a cabo los fines mencionados, el Observatorio se divide en tres secciones que están correlacionadas entre sí, que son Investigación, Formación y Gabinete Criminológico, que a continuación se exponen muy brevemente su cometido.

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TEMA’S

co, la Fiscalía de Seguridad Vial, etc. Para crear un vínculo consultivo entre los criminólogos viales y las Administraciones. La sección tendría tres líneas de investigación principalmente: • El conductor anti-

social o delincuente vial. • La

victimología

vial • La prevención vial.

También se encargaría de la divulgación de las investigaciones realizadas y cualquier otra que por acuerdo convenga su difusión por el bien de la sociedad.

SECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Lo que se pretende con esta primera sección es ser un punto de encuentro de los criminólogos y personas estudiosas de la seguridad vial. Creando una plataforma de comunicación e investigación, intentando aglutinar a esos criminólogos que de una forma individual están investigando y proporcionarles medios para ello. Dentro de esta sección se quiere la integración de las Administraciones Públicas u organismos que directa o indirectamente tengan que ver con la Criminología vial, como puede ser, la Dirección General de Tráfi-

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SECCIÓN FORMACIÓN Esta Sección está dedicada a la formación en materia de Criminología vial a través de las investigaciones y estudios realizados por la primera sección descrita. Esta formación puede materializarse en cursos, monográficos, talleres, congresos, etc. Lo que se pretende es de dotar a las personas interesadas de los conocimientos adecuados para la puesta en marcha de medidas o políticas de prevención vial. Así conseguiremos formar a personas que a su vez podrán fomentar actitudes y valores en

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CRIMINOLOGÍA VIAL

otras consiguiendo una ramificación de buenas conductas en las vías y conseguiremos la reducción de siniestros viales y conductas antisociales.

• Un Departamento de “Ayuda a las vícti-

Principalmente esta formación va encaminada a:

• El otro Departamento se encargará de

• Criminólogos interesados en la materia

que quieran profundizar en la Criminología vial y que quieran desarrollar su ámbito de actuación en la seguridad vial. • Policías con competencias en seguridad

vial que se dediquen dentro de su puesto de trabajo a la prevención, planificación y programación de medidas encaminadas a la mejora de la seguridad vial en su ámbito de actuación. • Cualquier otro colectivo que de una mane-

ra u otra intervenga en la seguridad vial y que sea de aplicación los conocimientos criminológicos viales.

GABINETE CRIMINOLÓGICO

mas de siniestros viales”, cuyo objetivo principal es prestar cobertura asistencial y apoyo a las víctimas. realizar “informes criminológicos, análisis y asesoramiento”, tanto a particulares como a organismos públicos, en el ámbito de la Criminología, victimología y criminalística vial. Detrás de este proyecto se encuentran José María González, Juan Antonio Carreras y Laura Gómez, que seguro que dentro de muy poco se le irán uniendo más personas para que sea un proyecto de todos y para la mejora de la seguridad vial. Toda la información la podeís encontrar en la siguientes webs: www.observatoriocrimvial.com www.criminologiavial.com Y en el siguiente email: [email protected]

EL Gabinete está compuesto por investigadores y expertos en la materia del campo de estudio. Estará compuesto por dos ramas diferenciadas entre sí, que son:

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REVISTA DIGITAL DE

PRESENTE Y FUTURO DE LA CRIMINOLOGÍA VIAL

Osvaldo A. Cuello Videla (Argentina)

Licenciado en Criminalística (Universidad del Aconcagua - Argentina). Profesor de Criminología, profesor titular de las cátedras de Mediación y Negociación con Rehenes en la licenciatura en Seguridad Ciudadana, de Teoría y Técnicas de la Comunicación y Mediación(UDA). Docente de la Academia de Peritos en Ciencias Forenses A.C. (México). Dr. “honoris causa” por la Sociedad Mexicana de Criminología, Capítulo Nuevo León (México) y Dr. “honoris causa” por la Academia de Peritos en Ciencias Forenses A.C. (México). Diplomado en Docencia Universitaria (UDA). Miembro investigador del Consejo de Investigaciones de la Universidad del Aconcagua (CIUDA). Perito en Accidentología Vial y en Documentología. Miembro del Comité Científico y evaluador de las revistas científicas Skopein (Argentina), de Criminología, Criminalística y Seguridad Privada de la Sociedad Mexicana de Criminología, Capítulo Nuevo León (México). Director editorial de la Revista Digital de Criminología y Seguridad TEMA’S.

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CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

El presente artículo corresponde al capítulo que lleva el mismo título del libro “Aspectos Criminológicos en Materia de Seguridad Vial” coordinado por Juan Antonio Carreras Espallardo. Criminología y Justicia Editorial (p. 105 - 118)

I. IMPORTANCIA FUNDAMENTAL DE LA CRIMINOLOGÍA VIAL — II. ESFERA DE ACCIÓN DE LAS PRINCIPALES DISCIPLINAS. A.- La Seguridad Vial. B.- La Criminalística. C.- La Criminología Vial — III. FUTURO DE LA CRIMINOLOGÍA VIAL. A.- Elaboración Conceptual. B.- Desarrollo Investigativo. C.- Fase Experimental — IV. CONCLUSIÓN — V. BIBLIOGRAFÍA

“Es patético: Muchos amantes de las ciencias forenses se devanan los sesos indagando sobre perfiles de asesinos seriales (… tal vez nunca verán uno de cerca), y sacan sus celulares ante un siniestro vial para subir fotos a las redes sociales; cuando éstos han dejado más muertes que todas las guerras que el hombre haya conocido.” El autor.

Una publicación de WATSON CONSULTORES

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TEMA’S

I. IMPORTANCIA FUNDAMENTAL DE LA CRIMINOLOGÍA VIAL

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Materias y argumentos que antes de la Criminología Vial pertenecían simultáneamente a varias otras disciplinas vinculadas de una u otra manera a los siniestros viales, hoy tienen su propio ámbito en ella.

e entusiasma escribir sobre este tema porque a partir de un nuevo paradigma que está naciendo en la ciencia criminológica, con la teoría de las criminologías específicas impulsada por Wael Hikal (2013), la Criminología Vial es la más real y concreta de todas. De la mano de José María González González y Juan Antonio Carreras Espallardo (2014) -sus mayores exponentes- esta rama y disciplina de la Criminología está tomando cuerpo a pasos agigantados, no porque sea una novedad, sino precisamente porque viene a llenar un vacío que está sistematizando de manera metódica y consistente una serie de conceptos que otrora formaban parte de un saber irresoluto y confuso acerca de quien debía estudiar las cuestiones que hoy abarca la misma.

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Su importancia radica principalmente en eso. Aquí el criminólogo a mi entender vino como anillo al dedo sobre un problema que abarca mucho más que el conocimiento científico, más que el ordenamiento disciplinario y el desarrollo de teorías; sino un problema que en el mundo entero organizaciones de todo tipo consideran como una pandemia que afecta a la sociedad moderna. Los principales aportes de la Criminología Vial se hallan entonces en que, consolidada ésta, habrá definitivamente una disciplina forense que aporte de manera concreta al estudio del siniestro vial como fenómeno social, como una enfermedad humana que corroe, en todos los rincones del planeta, la supervivencia y bienestar de la raza humana y no sólo como un problema legal (o administrativo) de

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CRIMINOLOGÍA VIAL

incumplimiento de normas. Hablar de prevención y seguridad en el tránsito (o tráfico como se denomina en otros países), de conductores y víctimas, de las conductas al volante y sus consecuencias; era campo de la seguridad vial, del derecho, de la criminalística, de la medicina, de la ingeniería, de la sociología, de la psicología y toda una serie de disciplinas forenses o no, que aportaban (y aportan) sus estudios, teorías y principios de manera independiente. Hoy la Criminología Vial, viene a erigirse como un tronco común a

partir de la cual todas estas ramas tendrán un marco teórico sistematizado propio de los estudios criminológicos. La gran contribución de la Criminología Vial radica en la investigación de la génesis del problema, las aportaciones a las políticas preventivas, la sistematización en el estudio de los usuarios de la vía y determinación de un perfil criminal que antes no existía, la recuperación del delincuente vial, en la futura reelaboración de la educación vial, la planeación de mejores métodos para lograr la restitución de

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TEMA’S

la víctima, etc., todo lo cual conlleva a pensar que habrá una influencia radical en los métodos hasta hoy aplicados para lograr la reducción de la siniestralidad. La mayoría de los gobiernos asumen su preocupación por este flagelo debido a las pérdidas humanas y económicas que origina y que precisa urgente solución para disminuir los niveles de siniestros a límites más o menos tolerables. El problema adquiere relevancia por la gran cantidad de choques fatales que se producen cada año y aquellos con consecuencias personales que producen pérdidas económicas de diversa índole. Pero la determinación de estadísticas y el conocimiento de los puntos negros no alcanzan para establecer políticas de seguridad que sean efectivas. Sólo el estudio de los factores de riesgo (el delito) y cómo influye el comportamiento humano en el uso de la vía 50

(víctimas e infractores) puede orientarnos respecto de las medidas más adecuadas que deben asumirse para mitigar los efectos de los siniestros y su producción (el control social); y esto es objeto innegable de la Criminología moderna. La Organización Mundial de la Salud (2008) confirma que en el mundo mueren alrededor de tres mil personas por día. Las pérdidas económicas superan cualquier cálculo que pueda hacerse, puesto que muchas veces las consecuencias en los siniestros viales con personas lesionadas generan resultados con secuelas postraumáticas de difícil evaluación monetaria. Muchas de ellas de carácter irrecuperable y que demandan tratamientos de por vida. Los esfuerzos de los gobiernos por disminuir los accidentes a valores más o menos aceptables son infructuosos en muchos ca-

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CRIMINOLOGÍA VIAL

sos. La Argentina a través de la Agencia Nacional de Seguridad Vial elabora mediante el “Observatorio de Seguridad Vial” la estadística accidentológica del país, conforme lo determina la Ley Nacional 26.363. Sin embargo, no ha sido posible a través de los años disminuir los índices de siniestralidad, a pesar de los estudios que sobre esta temática se realizan permanentemente. (Ley Nacional 26.363 de Argentina). Con tales propósitos diversas organizaciones e instituciones actúan sobre el tema: Por un lado actúan las instituciones encargadas del ordenamiento y regulación vial, que vigilan y monitorean el cumplimiento de la ley como la Dirección de Transporte, la Policía Vial y la ya mencionada Agencia Nacional de Seguridad Vial. Por otro lado los organismos encargados de estudiar la ingeniería vial y el mejoramiento de las carreteras como Vialidad Nacional, Provincial y los Municipios en sus respectivos ámbitos. Lo propio hacen aquellos organismos encargados de llevar las estadísticas accidentológicas y aquellos destinados a la educación vial y generar conciencia de éste flagelo. La Criminalística por su parte aporta el estudio de la mecánica de los accidentes estableciendo dictámenes acerca de cómo se produce cada caso individual. De igual manera la justicia está encargada de determinar las responsabilidades en cada siniestro y aplicar las sanciones correspondientes. El Estado, las organizaciones no gubernamentales (ONGs), la escuela, los medios de comunicación, los encargados de la salud pública, etc., de una u otra forma contribuyen a paliar esta situación. Y esta realidad se repite en todos los países del Globo. Sin embargo, aunque muchos estudios estadísticos revelan cuáles son los resulta-

dos de los siniestros viales en números, la realidad nos dice que existen pocos argumentos que aclaren cuales son los factores de riesgo en general. Hay sobre esto una actitud paradigmática que le asigna a ciertos componentes de la circulación vial valores significativos en cuanto a su incidencia en los siniestros, sin que exista una verificación científica de su influencia verdadera en éste problema. Sólo hay estadísticas que no nos muestran la verdadera etiología del problema. Efectivamente; el alcohol, la velocidad,

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TEMA’S

cinturones de seguridad o el uso de teléfonos celulares llevan la delantera al momento de considerarse como elementos causales de los siniestros de tránsito, sin que se haya determinado a ciencia cierta qué predominio tienen estos factores en la ocurrencia de los mismos frente a otros fenómenos que influyen de manera decisiva en un choque de vehículos o el atropellamiento de un peatón; debido a la multicausalidad de elementos que intervienen cuando éstos se producen, sobre todo la conducta humana. En Alemania por ejemplo, donde existen super-autopistas sin límite de velocidad máximo y donde circulan vehículos a 300 km/h. la tasa de accidentes de menor. La confusión existente entre elementos desencadenantes, causas agravantes y los factores de riesgo, contribuyen a ello. Es cierto que cuando se produce un accidente a alta velocidad tiene consecuencias fatales, pero ¿es la velocidad la causa principal o sólo es un componente que (obviamente) agravó las consecuencias de otros elementos que intervinieron? Una personalidad desajustada por falta de prudencia, desprecio por el prójimo, fanfarronería, o cualesquier otro atributo de la personalidad de su autor podrían estar detrás del origen de estos siniestros. Lo mismo sucede con el cinturón de seguridad o el casco, porque su uso o no, no causa ningún siniestro vial, sólo agrava sus consecuencias, sin embargo se gastan millones en campañas publicitarias que dan a pensar que la política es: “Bueno si vas a chocar, choca… pero no te lastimes”. Los estudios que puede realizar la Criminología Vial acerca del autor de estos siniestros y los potenciales protagonistas, aportará mucho para que el mundo logre entender qué es lo que verdaderamente causa

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tantas muertes. Ya no podemos pensar que los factores de riesgo están sólo en la fatalidad, hace falta una disciplina que logre desentrañar de qué forma se puede atacar el problema y esa disciplina es ésta que está en germen. Así por ejemplo la psicología ha determinado que el cerebro de la mujer no funciona igual que el del hombre y por ello es que su conducta al volante es tan dispar, al punto que es posible que sea esto lo que las hace menos propensas a cometer infracciones e involucrarse en siniestros graves. Pero esa cuestión no las estudiará la Criminalística ni la Ingeniería del Tránsito, más ligadas a las ciencias naturales que a las sociales como es la Criminología. Es allí donde radica la importancia fundamental de la Criminología Vial: En los aportes que, una vez consolidada, pueda hacer sobre el fenómeno vial y cómo el ser humano puede contrarrestar una serie de supuestos que seguramente están encadenados de manera absoluta con un siniestro, tales como la personalidad de los conductores; cómo afecta el deterioro de las funciones cognitivas (como la atención por ejemplo) en la conducción; en la reevaluación y diseño de test de aptitud psico-motriz basados en la casuística y no al antojo de las autoridades administrativas; en los estudios para el diseño de las campañas de educación vial para que produzcan cambios en la conducta y ayuden a tomar conciencia basados en la experimentación científica y no en la intuición o el impacto publicitario; en cómo reeducar al conductor antisocial para evitar la reincidencia antes que el castigo, y muchas otras cuestiones que a la fecha están en manos de personas que tienen una gran voluntad e inventiva, pero que sabemos (los hechos lo demuestran) no han tenido todo el éxito que se necesita.

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CRIMINOLOGÍA VIAL

Si la Criminología Vial sigue avanzando y perfeccionándose como lo está haciendo, tiene el poder de lograr un cambio importante en el modo en cómo, hasta hoy, intentamos defendernos de algo que en cierto modo nos es desconocido: La conducta del ser humano detrás de un volante.

II. ESFERA DE ACCIÓN DE LAS PRINCIPALES DISCIPLINAS El “fenómeno vial” es lo que ocurre a nuestro alrededor, en nuestras calles, todos los días entre vehículos y peatones y que en condiciones normales se desarrolla tanto en las ciudades como en las zonas rurales para el tránsito de personas, el esparcimiento, el turismo, la realización de actividades comerciales como el transporte o la oferta de servicios, etc.

niestros de distinta gravedad. “...En las sociedades modernas surgieron cosas antes desconocidas: Una de ellas es el tránsito de automotores. La circulación en la vía pública está acompañada de nuevos peligros con una complejidad que va en aumento...” (Telmo, D. et. al. 2008). Según el “Informe Mundial sobre Prevención de los Traumatismos Causados por el Tránsito” de la Organización Mundial de la Salud (2008), todos los años, más de un millón doscientas mil personas fallecen como consecuencia de accidentes en las vías de tránsito; casi tres mil muertos por día. Cincuenta millones sufren traumatismos y de ellas quince millones de gravedad.

Sin embargo el ajetreo cotidiano nos muestra que el fenómeno vial entraña un peligro permanente, porque distintos factores (generalmente multicausales) implican situaciones diversas que causan la siniestralidad. Ésta, por dichas razones, requiere de estudios multisectoriales porque las soluciones son sumamente complejas.

Surge así la necesidad de procurar a los usuarios de la vía pública seguridad: Seguridad para poder transitar sin estar expuesto a esos peligros. Y esta seguridad se logra regulando el fenómeno vial con una adecuada legislación que determine normas de uso. Además de ello es necesario adecuar la infraestructura a esas necesidades, porque lo contrario estaría carente de sentido humano, ya que el crecimiento constante del volumen vehicular debe ser compensado con el crecimiento de la infraestructura vial. Con una prevención efectiva, etc.

Las estadísticas muestran que cada día un sinnúmero de situaciones producen si-

En este sentido Berardo (2004) opinaba que. “…Son numerosos los factores que inter-

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TEMA’S

mental y a su vez necesaria: Evitar que los siniestros se produzcan. Pero para lograrla y aunque parezca contradictorio, el estudioso del fenómeno vial necesita de los siniestros para conocer esos elementos desencadenantes, las causas y los factores de riesgo, precisamente para evitarlos de manera exitosa y lograr la disminución de la siniestralidad tan ansiada por todos.

vienen en la producción de un accidente lo que obliga a que su tratamiento sea abordado por equipos interdisciplinarios…” En el estudio del fenómeno vial, no podemos negar que el interés principal radica en descubrir por qué suceden los siniestros y de qué manera pueden evitarse, lo que dispara una serie de medidas de orden legislativo (la normatividad vial), operativo (controles de tránsito) de infraestructura (adecuación y mejoramiento de la vía) de orientación (señalización) de regulación (otorgamiento de licencias), etc., etcétera. Estos ajustes y regulaciones dependen principalmente del conocimiento de los elementos desencadenantes, las causas y los factores de riesgo a través del estudio de los siniestros viales. También sabemos que la ocurrencia de un siniestro depende de tres elementos que confluyen: Una acción insegura, una condición peligrosa y un factor contribuyente. No cabe dudas que si queremos un ambiente seguro en el desarrollo del fenómeno vial la “prevención” es la acción más ele-

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Muchos de los factores que antes eran estudiados en la Seguridad Vial y la Accidentología Vial a partir de ahora “deben” ser absorbidos por la Criminología Vial, sobre todo los referidos a los aspectos conductuales de los usuarios, porque nadie desconoce que el factor humano es el más influyente en todos los siniestros del tránsito. Así por ejemplo todos “conocen” cuál es el tiempo psicofísico de reacción determinado a través de unos cuantos experimentos y esto se aplica tanto para estudiar la mecánica de un accidente como en el diseño de la vía y ubicación de la señalización; pero nadie se hace cargo de estudiar si realmente esto es así, si es aplicable a todas las personas, si hay circunstancias del entorno y el clima que lo pueden modificar, cómo funciona el cerebro humano, qué es y cómo influiría la ceguera por inatención, etc., es un concepto que “está ahí”, pero que nadie ha estudiado con rigurosidad científica. Por ello, aunque el fenómeno vial le interese al derecho, a la sociología, a la psicología y otras ciencias; las que en mejores condiciones están de contribuir al estudio del mismo para lograr una adecuada pre-

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CRIMINOLOGÍA VIAL

vención (basada en el conocimiento científico) son: La Seguridad Vial, la Accientología Vial y la nueva Criminología Vial. A ellas les cabe de manera exclusiva determinar cuáles son esos “elementos desencadenantes, las causas y los factores de riesgo…”. Pero entre todas es la Criminología Vial la más adecuada porque a ella le corresponde el estudio del “fenómeno vial” respecto del delincuente, el delito, la víctima y el control social. Sus aportes pueden contribuir de manera certera en el estudio del caso particular para la Accidentología Vial o influir seriamente en el diseño de la Seguridad Vial en general y a su vez se nutrirá de esas mismas disciplinas para conocer con más profundidad su objeto de estudio, en un ciclo que las coloca como interdependientes unas de otras y con un objeto común: La prevención vial. A la Seguridad Vial le interesa todo lo que haga a los dispositivos para que los caminos y vehículos sean más seguros. A la Criminalística sólo el hecho particular: Un choque a la vez para establecer causas, circunstancias recurrentes, elementos inseguros, etc. Todo lo demás es ahora ámbito exclusivo de la Criminología Vial. Con ello se cierra el círculo científico de esta materia. Lo que no quita que el conocimiento de las tres pueda interactuar, como pasa con todas las ciencias que son interdisciplinarias por naturaleza y por necesidad. Como afirman García Cuesta y Delgado Castillo (2014) “Los sistemas de tránsito son sistemas complejos y entrañan riesgos para la salud humana. Los elementos de estos sistemas son los vehículos, la vía pública y sus usuarios, así como su entorno físico, social y económico…” En orden de importancia respecto de su aplicación el conocimiento científico debería quedar ordenado según lo siguiente:

CIENCIA

RAMA O DISCIPLINA

Criminología Ingeniería Criminalística

Criminología Vial Seguridad Vial Accidentología Vial

Temas como el consumo de alcohol deben formar parte de la investigación criminológica vial y quedar exceptuado de las otras dos ramas para que estas dediquen toda su energía en su objeto de estudio y le brinden a la primera datos concretos que permitan su evaluación científica ahora. Así por ejemplo “El triángulo de la Seguridad Vial” o trilogía accidentológica, aunque algunos autores como Irureta (2014) afirmen que es un concepto obsoleto, debe ser un tema de investigación de la Criminología Vial y que hasta el presente estaba en el ámbito de las dos anteriores sin pertenecer específicamente a ninguna de ellas. (Aunque nunca se hizo realmente un estudio científico sobre ello, sino que es más bien un concepto intuitivo y estadístico). Los “factores de riesgo” (como la edad, el sexo, uso del teléfono, etc.), los “factores incidentes” (como la atención, enfermedad, drogas, alcohol, etc.), las “condiciones agravantes” (como la velocidad, el clima, el estado de los caminos, etc.) deben pasar a formar parte del acervo científico de la Criminología Vial; el estudio y propuesta de las “regulaciones estatales” como la legislación, normas, prohibiciones, autorizaciones, etc., también, porque eso es parte del Control Social. Veamos entonces cómo queda constituida la esfera de acción de estas tres ramas principales.

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TEMA’S

A.- LA SEGURIDAD VIAL La Seguridad Vial es una disciplina que tiende a buscar medidas de diseño para la reducción del riesgo de siniestros y lesiones en la vía pública, tanto urbanas como rurales, lograda a través de enfoques multidisciplinarios que abarcan la ingeniería vial, la gestión y el control del tráfico, el diseño de los vehículos o seguridad automotriz y la seguridad conductual. La seguridad vial es, como lo definen González G. y Carreras E. (2014): “Conjunto de condiciones que abarcan múltiples factores (institucionales, legales, normativos, de infraestructura, factor humano, vehículo y asistencia de servicios de emergencia y médicos), que permiten que el transporte viario se realice con el mínimo riesgo de sufrir un accidente y, en caso de que éste se produzca, con las menores consecuencias posibles” Pero como afirma Tixeira (2011) “Tanto la legislación, la ingeniería del tránsito, la magnitud del parque automotor, etcétera arrojarán diferencias y diversificaciones que hacen necesario el estudio local de cuáles son los factores de riesgo en la siniestralidad vial, sobre todo en la Gestión y Control del tráfico”. Y es verdad, no podemos aplicar los mismos principios de Seguridad Vial en Europa con países como España, (con 504.645 km², 13.200 km. de rutas y una red de carreteras formada por unos 370.000 km.) o Italia (con una superficie 301.338 km² y 368.721 kilómetros de carretera), que en América que tiene países como Brasil (con 8,5 millones de km² y 1.800.000 km. de caminos) o la República Argentina (con sus 2.780.400 km² -sin contar sus islas y la superficie Antártica- con 37.800 km. de rutas y

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900.000 km. de caminos). Sin dudas, mucho de la Seguridad Vial debe planificarse de acuerdo a las idiosincrasias locales, extensión territorial, parque automotor, etc., de cada región. La Seguridad Vial está integrada por distintas ramas como son: a) La Ingeniería Vial: Que tiene por objeto el estudio, proyecto y construcción de las calles, caminos, puentes, etc., en condiciones aptas para la circulación segura y con un diseño lo menos riesgoso posible. b) La Gestión y control del tráfico: En tanto le concierne el aspecto funcional del camino, movimiento de peatones y vehículos, para lograr una corriente eficaz, fluida y rápida y al mismo tiempo evitar lesiones y muertes. Comprende: • Planificación Vial: estudios del parque au-

tomotor, concentración poblacional y el número de siniestros, para distribuir las redes viales según el espacio-tiempo y lograr la seguridad vial. • Estudio de las características del tránsito:

se ocupa de la fluidez vehicular, recorridos, conflictos de circulación, observando el fenómeno real y los medios para sistematizarlo. • Reglamentación del tránsito: Tiene por fin

la normativa de la circulación. • Señalización: Diseño de señales (ópticas,

sonoras y semaforización), su ubicación, visibilidad, forma, colores, medidas, etc. c) Seguridad Automotriz: Los vehículos en general deben estar fabricados conforme a las normas de homologación establecidas y para ello deberán cumplir con los requisitos para adecuar su

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CRIMINOLOGÍA VIAL

estructura y brindar seguridad a sus pasajeros. Todo vehículo automóvil debe estar dotado de una seguridad activa y otra pasiva. • Seguridad Activa: Es la que debe tener un

vehículo para evitar en lo posible, que se produzca un siniestro vial, como es el sistema de frenos, el sistema de dirección, el sistema de luces, bocina, limpiaparabrisas, parasoles, espejos, etc. Estos elementos no actúan si no actúa el conductor. • Seguridad Pasiva: Es la que debe tener un

vehículo para que una vez iniciado un siniestro y durante el mismo, las posibles lesiones y consecuencias para sus ocupantes sean las menos posibles, como puede ser la resistencia de la carrocería a los diversos golpes, el cinturón de seguridad, las bolsas de aire (air-bag), los apoya -cabezas, los asientos, etc. La diferencia radica en que la seguridad activa tiende a evitar que se vea involucrado en un siniestro vial, en tanto que la pasiva tiene como finalidad atenuar las consecuencias para los ocupantes de los rodados en caso de un siniestro. d) Seguridad Vial Conductual: Como acción tendiente a la seguridad en las vías, reduciendo y controlando la acción del factor humano para encaminar la reducción de la siniestralidad y el cumplimiento de las normas. Incluye las campañas publicitarias, los operativos de tránsito y controles policiales. B.- CRIMINALÍSTICA Es la ciencia que estudia el escenario de un crimen para determinar como ocurrió un suceso violatorio del orden normativo, vinculando los indicios con el autor, auxiliando

a la justicia para llegar a la verdad real a través del aporte de elementos de prueba y la explicación lógica de cómo sucedió un hecho. Uno de los cuatro pilares de la Criminalística; junto con la Documentología, la Balística y la Dactiloscopía; es la Accidentología Vial que aquí nos interesa y conceptualizo brevemente: a) Accidentología Vial: El Lic. Juan (2002) la define como “...la Especialidad de la Criminalística cuya finalidad involucra el estudio referido a la participación y protagonismo de todos los vehículos automotores que estén vinculados a los momentos inmediatos, mediatos y posteriores al siniestro vial acontecido”. La Accidentología Vial busca mediante el estudio de casos establecer el comportamiento dinámico de las unidades automotrices y las causa que dieran origen a un “accidente de tránsito”. Por eso es que ampliando el concepto anterior podríamos definirla como la disciplina que se encarga del estudio referido a la participación y protagonismo de todo aquello vinculado a los momentos inmediatos, mediatos y posteriores de un accidente de tránsito y se ocupa del reconocimiento, localización, rescate y estudio de todos los elementos o indicios para determinar la mecánica del hecho y sus causas. La accidentología estudia los “hechos” producidos para resolver cuál fue la mecánica de producción y establecer las causas de un siniestro. No descubre leyes ni teorías porque va lo general a lo particular (método deductivo), eso la diferencia de la Criminología Vial, porque estudia el caso concreto, actuando en el lugar para establecer responsabilidades.

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TEMA’S

El mayor aporte de la Accidentología Vial al descubrir la mecánica y las causas de un accidente de tránsito, consiste en que la suma de casos proporciona datos fidedignos y reales a la Criminología Vial para estudiar acerca de los factores de riesgo, los elementos desencadenantes y los factores incidentes en los siniestros viales. El estudio de estos factores permitirá a la Criminología Vial sugerir las medidas de control social adecuadas para realizar acciones preventivas, educativas y represivas en materia de siniestralidad, mediante la aplicación del método inductivo. C.- CRIMINOLOGÍA VIAL La Criminología Vial ha sido definida por sus mentores como: “Una disciplina criminológica encaminada al estudio y prevención de los delitos contra la seguridad vial, y a la resolución de todo conflicto que surja tras un siniestro vial; actuando sobre los comportamientos delictivos o desviados dentro de las vías, a la restitución de la víctima a su estado original; haciendo hincapié en las formas de control social, tanto formal como informal y a la reacción social que causan los siniestros viales”. (González González, J.M. et. al. 2014). Para tomar decisiones que reduzcan la

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siniestralidad y mitiguen sus consecuencias dañinas, no sólo basta con el dato estadístico, sino que es preciso contar con información precisa de cuáles son las principales causas de los siniestros viales y los factores de riesgo asociados a los mismos y de este modo “idear una prevención exitosa”; y como se dijera al principio, hasta hace poco todas estas medidas estaban en manos de distintas disciplinas, pero en un campo del saber abstracto (si se me permite el término) e irresoluto, porque no pertenecía a ninguna ciencia en particular y aún hoy su planificación está en manos de las autoridades de turno. En la mayoría de los casos las acciones preventivas, siempre han estado ligadas a la acción gubernamental, más próximas al sistema político que el criminológico y por ello muchas medidas no han sido del todo felices porque carecen del aporte de la investigación científica que hoy promete la Criminología Vial. Es verdad entonces lo que afirma Tixeira cuando dice que “Por ello para orientar las políticas de seguridad en materia de tránsito, se necesitan datos e información sobre los tipos de choques y su incidencia, así como un conocimiento detallado de las circunstancias en las que se producen y aquellas que le dan origen”. La llegada de la Criminología Vial, se yergue dentro de las ciencias forenses como

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CRIMINOLOGÍA VIAL

una disciplina substancial dedicada el estudio del fenómeno vial, porque la seguridad vial es un término muy general, más ligado a lo normativo, pero en realidad necesita de otros elementos para lograr su objetivo, sobre todo: Una cabal comprensión de la conducta humana; hasta ahora poco explorada en materia de tránsito. Esa es la gran diferencia en el estudio de fenómeno vial que se advierte en esta nueva disciplina criminológica y uno de sus mayores logros, porque hasta hoy el denominado “factor humano” ha sido entendido como parte del sistema vial de una manera mecanicista, donde su participación en el siniestro vial, ha estado siempre ligado al incumplimiento de las normas, llamémosle imprudencia, negligencia o impericia, pero nunca antes se estudió la participación del hombre desde el punto de vista conductual, con sus posibles estados de ánimo y/o trastornos de personalidad y la influencia de ello en la conducción. Así, siempre hemos considerado que el exceso de velocidad en los siniestros es el

resultado de violar las normas que imponen un límite a la circulación, una imprudencia, y comprende la simple acción de apretar el acelerador para ir más rápido, o no tener control sobre el vehículo cuando hay que detenerlo, pero nunca se planteó ¿qué subyace en el comportamiento humano en esa acción?, ¿qué lleva al hombre a asumir una conducta temeraria?. Análisis sobre la conducta paranoide, narcisista, pasiva-agresiva, antisocial, obsesiva, etc., que hacen González González y Carreras Espallardo en su blog, despiertan nuevas luces en la comprensión del fenómeno vial, hasta ahora nunca exploradas de una manera específica en esta materia. La conducta de los seres humanos y los procesos cognitivos han estado ausentes desde siempre en el estudio de los siniestros viales, aún cuando conceptualmente se afirma que el “factor humano” ocupa el 85% de la trilogía accidentológica como causa principal de muchas muertes y lesiones. De ahí que puedo afirmar con meridiana certeza que en orden de importancia respecto de la aplicación del conocimiento científico al fenómeno vial, la Criminología Vial, en un corto período de existencia, está a la cabeza entre las tres disciplinas principales que he mencionado en este capítulo, y porqué afirmé que ésta viene a llenar un vacío en la comprensión de este flagelo mundial.

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Los expertos plantean a diario campañas publicitarias al estilo: “Si bebió, no conduzca”, pero llegará el momento en que merced a la Criminología Vial nos atrevamos a afirmar: “Si estás nervioso, si estás preocupado, no conduzcas”. Seguramente hay países donde hay más personas estresadas que ebrias y ¿qué efecto tiene el estrés en la conducción? Es preciso que frente a este flagelo en algún momento se diseñen perfiles que permitan caracterizar los trastornos psicológicos como incapacidades psíquicas para una adecuada conducción, del mismo modo que lo es una miopía o cualesquier otra dificultad física. La Criminología Vial, nos está ayudando a comprender que la conducción de un vehículo no es solo una destreza, es también un

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comportamiento y una interacción social.

III. FUTURO DE LA CRIMINOLOGÍA VIAL He hablado del presente y las perspectivas de esta nueva disciplina que avanza a pasos agigantados, pero aún resta un largo camino por recorrer. Tal vez el desarrollo y consolidación de la criminología Vial demande décadas, pero es estimulante ver cómo ha tenido una rápida aceptación y divulgación. Naturalmente que el camino de la ciencia es lento, muy lento para nuestras expectativas inmediatas, porque el conocimiento científico precisa de otros ingredientes para consolidarse y los más importantes son la investigación, la experimentación, la aplica-

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ción en el mundo real de esos conocimientos y la verificación. Cuando un estudioso elabora conceptos, propone doctrinas y postulados no está haciendo ciencia. Científico es quien sigue una línea de investigación, realiza hipótesis acerca de una realidad cualquiera, las verifica en el laboratorio o en un gabinete, las replica y las confirma. Pero allí no termina la utilidad del conocimiento científico, es necesario aplicarlas y verificar sus resultados; es decir, comprobar que lo que se propuso por el investigador tiene efectos de utilidad práctica en el mundo real. Pero incluso debemos asumir que tal vez nosotros, los que escribimos acerca de esto y estamos tan entusiasmados, no veamos los resultados, como ha sucedido con muchos otros precursores de la ciencia que, tal vez sin sospecharlo, crearon nuevos campos investigativos, sin llegar a conocer nunca hasta donde llegaron con sus propuestas a lo largo de la Historia. Desde Aristóteles, Newton, Darwing, Hegel, Pasteur, Durkheim e incluso el mismo Einstein quizás no hayan soñado jamás con la trascendencia de sus enunciados e investigaciones, o tal vez si idealizaron un mundo de acuerdo a sus aportes, nunca los conocieron. Tal vez, quién lo sabe, José María y Juan Antonio sean el Hans Gross de la Criminología Vial en el futuro de esta disciplina y sin quererlo o queriendo, hayan dado con la piedra angular que ponga fin a tanta tragedia humana.

El conocimiento científico es precisamente conocer la realidad de las cosas, es percibir y explicar a través del método lo esencial y lo más complejo del porqué de los hechos, su devenir y encontrar con ello explicación al mundo que nos rodea de una manera metódica y lógica; en nuestro caso la siniestralidad vial. Ese conocimiento científico requiere de una maduración y una evolución, y su utilidad en este campo permitirá desenmascarar tal vez muchas teorías engañosas en las que hasta hoy basamos nuestra idea del fenómeno vial. Esta evolución podría (es sólo una idea) precisarse del siguiente modo: A.- ELABORACIÓN CONCEPTUAL La Criminología Vial, se encuentra ahora en un período de elaboración conceptual, pro-

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metedor, adelantado, satisfactorio, pero incipiente aún. Se dice que la Criminología Vial “…estudia los delitos contra la seguridad vial como fenómeno social e individual, e incluye básicamente el estudio de sus causas y la medición de su extensión…” (González González, J.M. et. al. 2014) y ese es el puntapié inicial que ha dado luz sobre muchos conceptos nuevos. Esta es la fase de la creación y desarrollo de sus principios básicos, de su fundamentación epistemológica, determina cuál es el rumbo de la disciplina, precisa la fijación de sus objetivos, delimita sus elementos de estudio, etc. Esta fase de elaboración conceptual nos permite contar con definiciones, conocer sus alcances, su ámbito de aplicación, etc. Es una especie de consolidación teórica, una fijación de metas y necesidades. Así por ejemplo, me permito citar un debate que tuvimos el placer de compartir entre Juan Antonio Carreras Espallardo (España), Mario E. Murrieta Fournier (México) y yo (desde Argentina), acerca del concepto de “accidente de tránsito” y “siniestro vial” y afortunadamente llegamos al acuerdo de sus significados y en qué cam-

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po cada uno de ellos es comprensible y aplicable, llegándose a la conclusión que en Criminología Vial el término siniestro es el más adecuado. Y así tal vez surjan más debates en el futuro sobre otros temas puntuales e importantes para que exista un Marco Teórico que dé fundamento a los estudios científicos y el desarrollo investigativo como fase siguiente, porque toda ciencia y toda disciplina necesitan de un marco teórico donde sustentarse. Este camino iniciado es fundamental. B.- DESARROLLO INVESTIGATIVO La Criminología Vial contará en muy poco tiempo con un marco teórico consolidado, pero si la comparamos con las ciencias tradicionales es una disciplina muy nueva. Para el desarrollo de una nueva rama hacen falta principios y teorías verificados empíricamente. Las teorías se nutren de la investigación científica. Ya no es conceptual, aquí hablamos de líneas de investigación y la incorporación de científicos que propongan hipótesis, que tomen una unidad de estudio cualquiera, que realicen experimentos, ensayos, etc. y las verifiquen, porque debemos

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reconocer, es amplísimo el campo de acción para la investigación. Es preciso entonces para que la criminología vial tenga su desarrollo científico y este no quede solamente en los enunciados de su fundamentación (Esto es su desarrollo doctrinario que es lo que existe hasta ahora), que el criminólogo comience a indagar en ella desde el punto de vista experimental. Todos somos potenciales causantes de siniestros viales, habida cuenta que dicha conducta está influenciada por muchos y diversos factores de riesgo y por lo tanto los estudios pueden hacerse sobre distintas poblaciones o muestras de personas tengan o no una manifiesta conducta antisocial para comparar resultados. Ya la Criminología general nos ha demostrado que existen diversidad de factores personales, hereditarios, conductuales, biológicos que influyen de uno u otro modo en la predisposición al delito. Multiplicidad de factores ambientales y de aprendizaje inciden en la conducta delictiva. Y en el tránsito vehicular, los factores de riesgo aumentan de manera significativa las posibilidades de que una persona sin tener siquiera predisposición a la violencia cause un siniestro. Es en el desarrollo investigativo en donde la Criminología Vial hallará las respuestas a tantos interrogantes que hoy nos formulamos cuando pensamos en cómo disminuir la siniestralidad.

hablar, porque no sabemos qué es lo que se puede llegar a descubrir aún.

IV. CONCLUSION La Criminología Vial es una disciplina criminológica que ha tenido un gran impacto en el campo de aquellos que están interesados por el fenómeno vial y que promete consolidarse como un saber necesario y sobre todo útil, con perspectivas de incrementar el conocimiento que hasta hoy tenemos sobre los siniestros viales y la conducta de las personas al volante. El hombre, aún no ha tomado conciencia de la verdadera realidad y de las pérdidas que implica en términos de vidas humanas la ocurrencia de choques y siniestros todos los días en nuestras rutas, carreteras y calles. A pesar que ha sido declarada una pandemia, no somos conscientes de la necesidad de poner fin a esta gran tragedia humana. Es preciso profundizar en el conocimiento y el desarrollo de nuevas teorías para idear prácticas que mejoren las medidas que en el presente se llevan a cabo, porque sus resultados siguen siendo muy pobres respecto de la disminución de la siniestralidad mundial.

Es la aplicación del conocimiento científico y la verificación de resultados.

Es innegable que además del desarrollo de esta disciplina científica, hace falta que los gobiernos asuman el compromiso de fomentar la investigación criminológica y comenzar a conocer de una manera menos intuitiva qué es lo que causa tantas muertes y cómo solucionarlo.

Ello debe implicar el nacimiento de nuevas normas ajustadas a los nuevos paradigmas y teorías que surjan de la investigación científica. Pero sobre ello no podemos

Por su parte las universidades deben empezar a sistematizar el estudio del fenómeno vial desde una perspectiva menos tecnológica y volcar sus estudios a lo social,

C.- FASE EXPERIMENTAL

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porque el fenómeno vial es un evento social, un “hecho social” al decir de Durkheim, que precisa no sólo de ingenieros y criminalistas, sino de psicólogos, sociólogos y, por supuesto, criminólogos formados en esta especialidad.

HIKAL, Wael. (2013). “Teoría de las Criminologías Específicas: La Especialización de la Criminología: De lo General a lo Específico. ¿Hacia una Neocrimonología?” Revista TEMA’S. Año II Número 5, (pp. 82-101) Mendoza, Argentina. IRURETA, Víctor A. (2014). “El Triángulo del accidente ¿Sirve?” Revista TEMA’S. Año III Número 22, (pp. 56-63) Mendoza, Argentina. JUAN, Héctor R. (2002). “Introducción a la Criminalística”. Ed. Universidad del Aconcagua. Mendoza, Argentina.

BIBLIOGRAFÍA BERARDO, Maria Graciela. (2004). “Accidentes de Tránsito. Análisis Pericial CentíficoMecánico”. 2da. Edición corregida y actualizada. Editorial Mediterránea. Córdoba, Argentina. 2004. GARCÍA CUESTA, Raimundo y DELGADO CASTILO, Beatriz. (2014). “Hacia un concepto de Seguridad Vial”. En Aspectos Criminológicos en materia de Seguridad Vial. (Coord. J.A. Carreras Espallardo). Criminología y Justicia. España. (pp. 149-164) GONZALEZ GONZALEZ, José M. y CARRERAS ESPALLARDO, Juan A. (2014) “Criminología Vial. Un nuevo enfoque multidisciplinar de la Seguridad Vial”. En Aspectos Criminológicos en materia de Seguridad Vial. (Coord. J.A. Carreras Espallardo). Criminología y Justicia. España. (pp. 7-37)

Ley Nacional Nro. 26.363 “Creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial”. Organización Mundial de la Salud. (2008). “Informe Mundial sobre Prevención de los Traumatismos Causados por el Tránsito” Sede de la OMS. 2008. TELMO, Daniel Alfredo y AYMO, Osvaldo Rubén. (2008). “Aprendamos Seguridad Vial”. Área de Capacitación Grupo Asegurador La Segunda. TIXEIRA, Andrés. (2011). “Factores de Riesgo en Accidentes de Tránsito en la Zona de San Martín”. Tesina para optar al título de Licenciado en Seguridad Ciudadana. Universidad del Aconcagua. Mendoza, Argentina.

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MÉXICO

Primera Generación Plataforma Virtual •

Aspectos Generales del Sistema de Justicia Penal Acusatorio: Actuación Pericial, Bases Fundamentales de Criminalística, Bases Fundamentales de Criminología, Bases Fundamentales de Victimología, Medicina Forense, Identificación Humana, Psicología Criminal, Perfilación Criminal, Comunicación, Lenguaje y Expresión Corporal, La investigación en el Sistema Acusatorio, Metodología Jurídico-Pericial, El Perito como medio de prueba en la Audiencia de Juicio Oral.

DURACIÓN: 120 hs. (10 módulos de 12 hs.) Plan de estudios avalado metodológicamente por SETEC. HERRAMIENTAS DE ARENDIZAJE: “e-Thinking”. Material electrónico, foros de discusión, chat, diapositivas, videos, exposición docente en tiempo real, sesiones interactivas programadas y sesiones grabadas. Se entrega credencial, diploma y certificación como operador Jurídico del Sistema Penal Acusatorio (PERITO) avalado por SETEC. IMPARTEN DOCENTES CERTIFICADOS DE LA SETEC Y ESPECIALISTAS DE DIVERSAS CIENCIAS FORENSES DE TALLE INTERNACIONAL. INFORMES: [email protected] www.watsonconsultores.com

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EVALUACIÓN DE VÍCTIMAS E IMPUTADOS EN CAUSAS POR DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL Germán G. De Stéfano (Argentina)

Ex Psicólogo Del Hospital Eva Perón (Ex Castex) Ex Perito Psicólogo Deptos. Judiciales de San Isidro y Gral. San Martín Perito Inscripto Cámara Nacional De Apelaciones En Lo Criminal y Correccional – Ciudad Autónoma De Buenos Aires. Autor de la Versiones Traducidas y Adaptadas en Español (Argentina y Latinoamérica) del Protocolo del National Institute Of Child Health And Human Development para las Entrevistas de Investigación de Abuso Sexual de Menores.

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El presente artículo corresponde a la ponencia sobre “Evaluación de víctimas e imputados en causas por delitos contra la integridad sexual”, expuesta por el autor en el 10° Congreso Virtual de psicología Jurídica y Forense - Asociación Latinoamericana de Psicología Jurídica y Forense ALPJF.

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E

s importante señalar que si bien el contenido que se va a enunciar se encuentra referido a las leyes argentinas, seguramente la mayoría de las cuestiones que se van a tratar serán también aplicables, por lo menos parcialmente, en muchos países de Latinoamérica. Por este motivo señalaré que en la República Argentina, de acuerdo a la Ley 25.852 que introdujo en el Código Procesal Penal de la Nación con el art. 250 bis el procedimiento de Cámara 72

Gesell, los menores de hasta 16 años deben prestar su declaración una única vez, la cual debe ser grabada en audio y video, con la finalidad de evitar la posibilidad de que se produzca una revictimización originada en múltiples declaraciones e interrogatorios. La entrevista debe ser realizada exclusivamente por profesionales de la psicología, específicamente por los peritos psicólogos oficiales que integran el Cuerpo Médico Forense en el ámbito de la justicia nacional o las Asesorías Periciales Departamentales en el caso de la jurisdicción provincial. Tanto la defensa como la querella o particulares damnificados pueden designar peritos de parte, quienes siempre se encontrarán en el recinto contiguo al consultorio donde se realiza la entrevista al niño, y por lo tanto podrán seguir el desarrollo del relato que la supuesta víctima realice.

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Entrando ahora en el tema específico, puede verse que, en muchas ocasiones, las denuncias por delitos sexuales cometidos en perjuicio de menores de edad son realizadas como consecuencia de que el niño comunica los hechos de abuso a diversas figuras significativas de su entorno y no sólo a alguno de sus padres. Así es que muchas veces comienzan de esta manera los múltiples interrogatorios que practican sus familiares, maestros, profesionales de los gabinetes psicopedagógicos escolares y, también en algunos casos, se realizan evaluaciones psicológicas por el profesional que pudiera estar a cargo del tratamiento psicoterapéutico del niño. Con respecto a todas estas posibilidades, debe tenerse presente y en cuenta que, los repetidos e inadecuados interrogatorios y evaluaciones, son susceptibles de producir distorsiones de importancia, que serán capaces de afectar notablemente la validez de la declaración del menor en el momento de relatar los acontecimientos a los peritos designados para su actuación en Cámara Gesell. Las evaluaciones previas a las que se realizarán en sede judicial deben ser realizadas evitando repeticiones innecesarias, inducciones, preguntas sugestivas, promoviendo el relato libre del menor, evaluando su nivel cognitivo, su capacidad para distinguir entre verdad y mentira, su habilidad verbal y la capacidad para reconocer cantidades, temporalidad, conceptos relacionados con la ubicación de objetos en relación a otros, capacidad para identificar prendas de vestir,

partes del cuerpo, etc. La calidad del testimonio se relaciona con la exactitud, cantidad y relevancia de la información aportada, como así también su resonancia afectiva, y existe una diferencia entre los recuerdos derivados de sucesos internos y aquellos que se derivan de sucesos externos, es decir que existen diferencias entre los recuerdos que son producto de la imaginación de los que se encuentran originados externamente por ser derivados de la percepción. La validez de una declaración se relaciona con la inmediatez con que se toman los testimonios y se realizan las evaluaciones periciales, ya que los interrogatorios reiterados, las evaluaciones inadecuadas y hasta el pensamiento constante sobre los acontecimientos, resulta en la disminución de las diferencias entre lo imaginado y lo efectivamente percibido y vivenciado. Así es que toda entrevista de evaluación preliminar no debe ser realizada por el terapeuta del niño, ni por los profesionales que integran el equipo psicopedagógico escolar. La entrevista que debe administrarse no tiene las características de una entrevista con fines psicoterapéuticos sino que debe realizarse conforme a un protocolo estructurado, el cual fue elaborado específicamente para obtener el relato, libre de sesgos, de los menores víctimas de delitos sexuales. De acuerdo a la Psicología del Testimonio, las descripciones de eventos que han sucedido realmente difieren en contenido, calidad y expresión de aquellas otras que son producto de la imaginación, de la invención, de la su-

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gestión, o de la inducción realizada por terceros. El material obtenido debe ser analizado con la finalidad de verificar la presencia o ausencia de diversos Criterios de Realidad que en su conjunto conforman el CBCA, parte esencial de la técnica SVA, la cual debe aplicarse en su totalidad cumpliendo con los requisitos para una adecuada administración de la Entrevista y evaluando los aspectos considerados en la Lista de Validez. Se trata de una técnica que no se encuentra estandarizada, lo cual no quiere decir que no posea una gran utilidad para calificar un relato como válido en la medida de que la técnica fundamental de cualquier evaluación psicológica, la entrevista, haya proporcionado los contenidos suficientes y necesarios para un análisis apropiado. Las limitaciones verbales y los estados de gran inhibición que pudiera presentar el niño van a constituir una dificultad para arribar a una conclusión que refleje la real validez del relato obtenido.

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La administración de técnicas gráficas como el Dibujo Libre, Test de la Familia, Familia Kinética, H.T.P., Persona Bajo La Lluvia, etc. van a ser de utilidad para obtener un material proyectivo que se podrá relacionar con los contenidos de la narración de los acontecimientos en la entrevista, pero sin que esto signifique que deba analizarse este relato con la finalidad de formular ninguna hipótesis interpretativa. Recordemos que no se trata de una entrevista psicoterapéutica sino que se trata de una declaración. De la misma manera, instrumentos diagnósticos como los tests temáticos Pata Ne-

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gra, y CAT-A, CAT-H, y el suplementario CAT -S pueden proporcionar una información de gran relevancia acerca del niño y de sus procesos psíquicos. El test Pata Negra de Louis Corman es una técnica proyectiva temática compuesta por una serie de láminas que contienen escenas claramente definidas en su estructuración pictórica, las que representan distintas situaciones conflictivas correspondientes al desarrollo psicológico de niños de 6 a 12 años. Es un test proyectivo, que se presenta con 16 láminas donde aparecen dibujos de dos cerdos grandes y tres más pequeños en diferentes actitudes, y cada lámina apunta a temas diferentes: Oralidad, Analidad, Sexualidad, Agresividad, Dependencia independencia, Culpabilidad, Sexos invertidos, Padre Nutricio, Madre ideal. El C.A.T.-A y el CAT-H de Bellak investigan dificultades en la alimentación, complejo de Edipo, rivalidad, escena primaria, masturbación, agresión, culpa y castigo, la respuesta de los padres frente a las distintas conductas, miedos, hábitos, interacción familiar, etc. Se busca encontrar respuesta a la

modalidad de reaccionar del niño frente a sus problemas de crecimiento. El material del C.A.T.-A consiste en 10 láminas, dos de ellas son escenas genuinas, las demás están ligeramente antropomorfizadas, mientras que el CAT.H muestra las mismas escenas con personajes humanos. El C.A.T.-S que es el suplemento, también son 10 láminas, numeradas de 1 a 10 todas con escenas de animales que tienen distinto grado de antropomorfización; explora determinadas situaciones conflictivas que si bien no son tan generales resultan frecuentes: como accidentes, situaciones traumáticas, intervenciones quirúrgicas, problemas de aprendizaje, roles parentales, narcisismo, interacción y competencia entre pares, el lugar del varón y el de la mujer, el origen de los niños, el médico, la medicina y las enfermedades, la castración, violencia, abuso sexual, violación, etc. Se puede elegir la o las láminas del C.A.T.S que se consideren importantes para agregar al administrar el C.A.T.-A o el C.A.T.-H según el caso, por ejemplo, si se trata de posibles problemas escolares, agregaremos la número 2. Si se trata de problemas de salud,

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las láminas 5 y 8, siendo la lámina 9 de un gran valor para algunos casos de abuso, especialmente intrafamiliar. A pesar de que la normativa que rige en el país respecto de estos casos hace que no sea posible exponer a modo de ejemplo los contenidos de las evaluaciones, sí es posible mostrar alguno de los elementos que formaron parte del análisis de un caso de abuso sexual producido en perjuicio de una niña de 5 años por parte de su madre, de su actual pareja y de su abuela materna. La evaluación se produce a instancias de su padre a quien la niña manifiesta, luego de algunos episodios de angustia y llanto, que se encontraba padeciendo recurrentes abusos que consistían principalmente en que las imputadas le practicaban sexo oral, y el imputado la obligaba a practicárselo a él. Vamos a analizar a continuación algunos dibujos realizados por la niña y la descripción que hizo de cada uno de ellos:

Representación “A”: Escena que se desarrolla en la cama matrimonial, la figura ubicada a la derecha representa a la madre, la figura de la izquierda representa a la supuesta pareja de la madre, y la menor se representa a sí misma en el centro. Las líneas que unen ambas figuras con la figura de la niña representan las lenguas dirigidas hacia su zona genital graficada con una “W”. Representación “B”: Escena que se desarrolla en el dormitorio. En el sector inferior central del dibujo aparece representada la mesa de luz, la figura ubicada a la izquierda representa a la pareja de su madre y la figura de la derecha representa a la niña. Los trazos que unen ambas figuras representan el pene colocado en la boca de la niña. Representación “C”: La figura ubicada a la izquierda representa a la madre y la figura ubicada a la derecha representa a la niña. La línea de unión representa la lengua de la madre dirigida hacia la zona genital de la niña, representada con una “W”. Representación “D”: La figura ubicada a la derecha representa a la madre y la figura de la izquierda representa a la niña. La línea representa la lengua de la menor dirigida a la zona genital de su madre, la cual es representada con una “W”.

ACLARACIÓN: Los dibujos realizados por la niña –indicados como “representación A,B,C y D”- no se reproducen en este artículo debido a cuestiones legales, reserva y protección por tratare de una menor de edad.

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Todas las representaciones poseen un contenido sexual explícito en el que la niña se representa a sí misma en una posición de pasividad, sometimiento y en situación de objeto frente a personajes que evidencian importantes indicadores de agresividad, tales como los ojos de gran tamaño, brazos y manos con dedos muy alargados y realizados con largas líneas rectas en la figura “B”, importantes sombreados y repasos en la zona oral dando cuenta de la presencia de angustia y de la existencia de conflictos significativos vinculados con dicha zona corporal. La omisión de los brazos en las figuras restantes nunca debe interpretarse como un descuido casual, ya que constituye un importante indicador de conflicto. En las figuras que representan a la niña, los ojos son dibujados con trazos verticales, intensamente repasados. Dado que los ojos constituyen uno de los principales órganos para el contacto con la realidad exterior y comunicación social, las particularidades señaladas y los contrastes observables al compararlos con los de los otros personajes dibujados, indican un significativo nivel de conflicto en el contacto con la realidad exterior. Al mismo tiempo, los dibujos muestran que la niña “no mira”, sino que “es mirada”, aludiendo a la posición subjetiva de pasividad ante los personajes activos en las diferentes escenas representadas.

La representación de la lengua en forma recurrente revela la presencia de la oralidad más primitiva y los dientes, repasos y tachaduras reafirman los indicadores de conflicto, agresividad, angustia y ansiedad que ya mencioné. Respecto del argumento sexual referido acerca del contenido y acción de los personajes representados, corresponde señalar que el mismo remite a lo que la teoría y clínica psicoanalíticas desarrollan como que las figuras parentales deben constituirse como vedadas y sexualmente inaccesibles, promoviendo así la exogamia, la socialización y haciendo posible una adecuada organización psíquica de cualquier sujeto. Por lo tanto, del análisis del relato de la menor, la descripción de la producción gráfica aportada, y de la evaluación de los dibujos adjuntos al informe, puede concluirse que se evidencian indicadores compatibles con situaciones de actividad sexual manifiesta. Por otro lado, en lo que refiere a las pericias psicológicas realizadas a supuestos abusadores sexuales, frecuentemente se pregunta a los profesionales si el examinado "presenta desviación en la esfera de la libido con el fin de corroborar de tal forma, si su aspecto psicológico deviene compatible a la de una persona abusadora", "si presenta perfil compatible con los hechos que se ven-

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tilan en la presente causa", "si presenta trastornos en la esfera psicosexual". Existen muchas clasificaciones y todas establecen variadas clases de abusadores que van desde los impulsivos que muestran una mínima o inexistente planificación hasta los pederastas ritualistas que evidencian un importante nivel de planificación que conduce a montar el escenario en el que puede llevar al acto sus fantasías; o diferentes clases de pedófilos que van desde aquellos que se sienten atraídos por los menores y mantienen sus impulsos en la fantasía hasta aquellos que utilizan recursos de seducción, manipulación, amenazas y/o violencia, como así también aquéllos cuya práctica abusiva puede conducir al homicidio de la víctima con la finalidad de ocultar el acto delictivo. Aunque no existe un “perfil psicológico” que sea concluyente, los autores coinciden en señalar algunas características tales como una baja autoestima que es compensada por medio del poder y agresión sobre la víctima, disfunciones sexuales con parejas adultas, inseguridad sobre su rendimiento sexual, incapacidad para relacionarse con mujeres adultas, incapacidad para tolerar el stress y baja tolerancia a la frustración, inestabilidad, inmadurez, personalidad introvertida y solitaria, etc. Las clasificaciones DSM incluyen a la Pedofilia dentro del grupo de las Parafilias como uno de los Trastornos Sexuales y de la Identidad Sexual, pero ni esto ni los criterios

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diagnósticos nos dicen mucho que nos sea útil a la hora de responder con fundamento a los puntos de pericia habituales sobre las características del imputado. De acuerdo a la teoría y gnosología psicoanalíticas hay tres estructuras clínicas que son la Neurosis, Psicosis y Perversión Para el psicoanálisis las estructuras son excluyentes y esto es lo mismo que decir que el diagnóstico va a ir más allá de la fenomenología, ya que no va a limitarse a una suma de signos y síntomas auncuando éstos sean también considerados al momento de formular y fundamentar un diagnóstico. Tal vez podamos convenir con los asistentes que al hablar de una escena en la que se pone en acto una fantasía que determina una condición erótica particular y distintiva en la elección de la víctima, también estamos hablando de Perversión, ya que la repetición idéntica sobre una serie de víctimas en la que se evidencia una certeza respecto del goce por parte del victimario establece una diferencia con el acto psicótico y con la neurosis. De acuerdo a ello, obtener en la evaluación del examinado un protocolo Rorschach sin un predominio de C o CF capaces de evidenciar una afectividad no mediatizada, sin una importante cantidad de determinantes m que darían cuenta de tensiones por las que ese sujeto podría verse comandado, o abundancia de localizaciones S vinculadas al oposicionismo y agresividad más que a

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PSICOLOGÍA FORENSE

una saludable capacidad de autoafirmación, adecuadas respuestas de M y contenidos H completos que puedan dar cuenta de la capacidad de empatía e interés por las cuestiones ligadas a la actividad humana, y lo que es aún tal vez más importante, la presencia de respuestas de K que puedan dar cuenta de la posibilidad de manifestaciones de angustia, o adecuados resultados y proporciones en el Sumario Estructural si la técnica se evalúa por el sistema Exner, orientan hacia un diagnóstico de estructura que resulta incompatible con el de un sujeto que ponga en la escena el acto perverso para el que, conductualmente, debe superar las tres conocidas barreras que implican los inhibidores internos, los inhibidores externos y la resistencia de la víctima. La tarea que implica la evaluación de víctimas e imputados en causas de abuso sexual va a requerir, en primer lugar, que el profesional pueda lograr escuchar y analizar sin prejuicios y así emitir un informe objetivo sobre un caso en particular. Los prejuicios pueden encontrarse referidos tanto a la suposición de que todos los niños dicen la verdad como a que los únicos abusadores posibles pertenecen al género masculino. En esta exposición tratamos precisamente un caso de abuso en el que de tres imputados dos eran mujeres. En segundo lugar, nuestra tarea va a requerir de la selección, administración y evaluación de las técnicas que pueden proporcionar información respecto de la credibilidad de las declaraciones como así también del perfil de personalidad de el o los imputados. No basta con administrar un test gráfico aislado, como muchas veces sucede, para concluir que la supuesta víctima evidencia un cuadro clínico postraumático que le ha sobrevenido como consecuencia de un abuso.

La conclusión final no estará dada solamente por un sombreado en un test gráfico, ni por la ausencia de un paraguas en el test de una persona bajo la lluvia. La única forma que tenemos para proporcionar a un fiscal o a un juez un asesoramiento válido es la de analizar un discurso, un contexto, y las técnicas de exploración psicológica con las que contamos en nuestra actividad profesional como auxiliares de la justicia.

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PEDERASTÍA, PAIDOFILIA Y PEDOFILIA ¿Qué diferencia hay entre pedófilo y pederasta?.

La diferencia entre pedofilia y pederastía es que en la primera de las mencionadas el adulto fantasea con sostener una relación con el infante o adolescente, o incluso, puede llegar a haber contacto físico, como acercamientos, caricias, besos, abrazos, sin embargo no se consuma el acto sexual. Por otra parte en la pederastía si se lleva a cabo el acto sexual del adulto con el infante o adolescente. La palabra pederastia es la apropiada para referirse al abuso sexual que se comete con niños, y no pedofilia o su variante paidofilia, que alude únicamente a la atracción erótica o sexual que una persona adulta siente por los niños, aunque no abuse de ellos. El avance de la nueva edición del Diccionario académico incluye bajo pederastia la acepción ‘inclinación erótica hacia los niños’, significado que comparte conpedofilia; pero no sucede lo mismo al contrario, es decir, la definición de pedofilia no recoge el abuso de menores. Así, la atracción erótica hacia los niños puede ser llamada pedofilia o pederastia, pero para referirse a la consumación de esos actos lo apropiado es usar el término pederastia, no pedofilia. Además, como explica el Diccionario de términos médicos, “en los últimos años se aprecia una tendencia a reservar el término pedofilia para designar la mera atracción sexual o tendencia parafílica, y se prefiere pederastia para la relación sexual como conducta delictiva (tipificada como abuso sexual)”. Por todo ello se recomienda emplear pedofilia para hacer referencia a la atracción erótica hacia los niños y reservar pederastia para los abusos sexuales cometidos contra ellos como la violación. No existe un perfil de estos, pero se puede afirmar que e 90% son varones, un 70% de los casos superan los 35 años de edad, su nivel social es medio o bajo y buscan trabajos o actividades que les garantizan un acercamiento con menores de edad. http://www.fundeu.es/recomendacion/pedofilo-y-pederasta-no-son-equivalentes-566/

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TEMAS DE ACTUALIDAD

BALÍSTICA: ORIGEN DE LOS CAÑONES ESTRIADOS Como en muchos de los aspectos vinculados con las armas de fuego, no se conoce quien inventó las estrías, pero su aparición es casi tan antigua como ellas.

La más remota referencia corresponde al año 1476, oportunidad en que un armero italiano se refiere en un escrito, a un arma de mano con surcos en su interior con forma de espiral. El término espiral no es técnicamente aplicable para referirnos a las estrías, que son correctamente denominadas como helicoidales. Existen otras interesantes referencias tales como que Maximiliano I, poseía en 1493 un arma larga con estrías. Otros autores adjudican su invento a Gaspard Kollner de Viena en 1498 o a August Kotter de Nüremberg. Estas dos ciudades nos están indicando en qué región se asentaba la tecnología de punta en esa época. Otra referencia interesante se encuentra en el inventario histórico del arsenal de Zurich, donde se describen armas del año 1544 con estrías. Es un hecho que en Berna, en el año 1563 competían en torneos tiradores con armas largas estriadas. En realidad, las grandes estrías que poseían los cañones en esos tiempos, buscaban solucionar un problema completamente distinto. La pólvora negra utilizada en la avancarga, quemaba en forma irregular e imperfecta, dejando en el ánima muchos residuos carbonatados que dificultaban, retrasaban y en casos extremos impedían la recarga. Esto requería de los tiradores una concienzuda

limpieza, algo impracticable en una situación de emergencia como por ejemplo durante el combate. Las estrías de la época eran construidas para que esos residuos se instalasen en los surcos, permitiendo un número mayor de disparos sin requerir limpieza. El promedio de disparos sin saturarse de carbón de esas armas, llegaba a alrededor de 20. Las formas y dimensiones de los surcos eran distintos de los actuales, generalmente diseñados en forma de V, de varios milímetros de profundidad y a veces con trazos helicoidales. Fuente: http://acp.tripod.com.ar/JorgeSaenz/id33.htm

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TEMA’S

INVESTIGAN ACERCA DEL OLOR DE LA MUERTE

Un estudio reciente llevado a cabo por el Dr. Anna Williams, investigador y antropólogo forense de la Universidad de Huddersfield de Gran Bretaña ha detectado que los cuerpos recién muertos despiden olores característicos que podrían ayudar para entrenar perros en operaciones de rescate, como asi también en la investigación criminal para detectar cadáveres ocultos por sus victimarios. La investigación se llevó a cabo con cuerpos de cerdos encerrados en cámaras herméticas y en el proceso se fueron obteniendo muestras del los olores que despiden los cadáveres. En principio, al inicio de la fase de putrefacción el cuerpo despide hexanal que se puede asociar al aroma del césped recién cortado, pero a medida que el cuerpo se descompone se libera otros gases que se asemejan a los olores de pintura y quitaesmalte. Unos días más tarde, cuando el cuerpo empieza hincharse, libera olores como los productos químicos que habitualmente se encuentran en los perfumes embriagadores. El Dr. Williams añadió: “En teoría, podríamos ser capaces de extender esta investiga84

ción para ver si diferentes personas despiden olores diferentes. Eso es un largo camino por recorrer, pero supongo que en teoría se podía ver si la gente tiene un olor personal como si fuera una “huella digital”. Por ejemplo, el aprendizaje acerca de la amplia gama de olores producidos podría conducir a que más cuerpos se recuperen en las búsquedas por parte de perros policías mejor entrenados. El Dr. Williams registró los diferentes olores liberados por cadáveres mediante la captura y el análisis de los gases liberados por los cerdos.

Para saber más: http://www.dailymail.co.uk/sciencetech/ article-3225391/The-summery-whiff-freshly-cut-grass-smellDEATH-chemical-given-fresh-cadavers-study-reveals.html

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TEMAS DE ACTUALIDAD

Alfonso Quiroz Cuarón

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(México 1910 - 1978). Sus informes sobre perfiles criminales tuvieron repercusión en todo el mundo. En 1932 en la cárcel de Lecumberri junto con los doctores Matilde Carrillo, Benjamín Argüelles y González Enríquez se disponen a realizar los primeros estudios científicos sobre las personalidades atípicas de los reclusos logrando clasificarlas. A los 15 años de edad pierde a su padre, víctima de un asesinato en las oficinas del ferrocarril en la estación de Tampico. Lejos de cambiar su vida, nace en él el interés del por qué de las conductas homicidas en los hombres. En 1929 llega a ciudad de México desempeñándose como ayudante del Juzgado IV Correccional, formando parte del Consejo Supremo de Defensa y Prevención Social, al año siguiente ingresa como practicante en el Servicio Médico Forense. En 1939 se convierte en el primer criminólogo graduado en la Universidad Nacional Autónoma de México, obteniendo la jefatura de la Sección Médico Psicológica del Centro de Observación del Tribunal de Menores. Fue discípulo del gran psiquiatra forense José Gómez Robleda, quien estuvo a cargo del Neuropsiquiátrico General de la Castañeda. Años más tarde no solo logra la búsqueda de recuperación de los presos si no que propone la edificación de diferentes unidades penales en la ciudad de México desapareciendo el reclusorio Lecumberri. Uno de los casos más sonados en los que intervino es el de Ramón Mercader (alias Jaques Mornard), el asesino de León Trotsky, gracias a sus pericias, se logró atrapar al criminal. Gregorio Cárdenas asesino de mujeres a las enterraba en el patio de su casa fue también parte de su investigación en 1943. Este criminal no llegó a ser sentenciado, ya que durante su reclusión en la cárcel de Lecumberri cursó estudios de Derecho, lo que le valió poder defenderse y asesorar a otros reclusos en sus correspondientes procesos penales. Finalmente Cárdenas fue puesto en libertad. El famoso falsificador Enrico Sampietro fue finalmente atrapado por la policía gracias a la intervención del Dr. Quiroz Cuarón en el año 1948. La personalidad de otro asesino www.watsonconsultores.com

de mujeres: Higinio Sobera de la Flor también fue investigada por él. En 1952 coordina los estudios para establecer la autenticidad de los restos del último emperador Azteca, Cuauhtémoc, encontrados por la arqueóloga Eulalia Guzmán. En 1965 la Organización de la Naciones Unidas (ONU) lo comisiona en República Dominicana para realizar estudios comportamentales de los soldados estadounidenses que habían invadido al país. Actualmente una de las seis Comunidades que atienden a los Adolescentes que entran en Conflicto con la Ley en el Distrito Federal, lleva su nombre. Es la Comunidad Especializada para Adolescentes "Dr. Alfonso Quiroz Cuarón. Fuente: http:// efemeridesundiacomohoy.blogspot.com.ar/2012/11/1978murio-alfonso-quiroz-cuaron-primer.html

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REVISTA DIGITAL DE

COMPORTAMIENTOS ANTISOCIALES Y RENDIMIENTO ACADÉMICO EN LA ESCUELA SECUNDARIA, EL EFECTO DE LAS VARIABLES SOCIOFAMILIARES Lic. Anderson Alves Ribeiro (España)

Licenciado en Derecho- São Paulo- Brasil Experto Universitario en Criminología (Postgrado) UNED. Madrid, España. Curso de actualización en Criminología, Carpe Diem, Centro de Formación Universitaria y Profesional, reconocido por el gobierno de Canarias.

Actualización en: Procesal: Criminal, Internacional, Constitucional, Extranjería e Inmigración. Creador del proyecto ONG: “Bueno de Pelota, Bueno de Cole”. En ejecución en Brasil.

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CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

Resumen Existe relación entre los problemas conductuales en el contexto escolar en el bajo rendimiento académico. Asimismo, aparece bien documentado que las dificultades de adaptación escolar y social son predictoras de las conductas delictivas, violentas, además de las conductas de riesgo. Partiendo de este supuesto nos planteamos un estudio queremos verificar si existen diferencias en las variables socio familiares de los estudiantes que mantienen comportamientos antisociales en la escuela frente a los que no lo tienen y cómo inciden éstas en el rendimiento. Además de cómo afecta los comportamientos antisociales, particularmente los disruptivos, en el rendimiento académico. Para ello aplicamos a participaron 159 estudiantes de Enseñanza Secundaria Obligatoria de la provincia de Ourense y Pontevedra la batería de Socialización BAS-3 (Silva y Martorell, 1978) y la escala de clima familiar FES (Moos, Moos y Trickett, 1984). Además se pasó a los tutores de este grupo un cuestionario creado ad hoc por el grupo de investigación PS1-Psicología Jurídica de la Universidad de Vigo, en el que se pregunta por las características sociodemográficas y escolares de los estudiantes que han participado en el estudio. De los resultados encontrados observamos que, si bien la socialización no establece diferencias entre el grupo de menores disruptivos y los que no, la variable clima familiar sí establece diferencias significativas tanto en el comportamiento como en el rendimiento del alumnado. Asimismo, hemos podido comprobar que los menores que mantienen comportamientos antisociales, en particular los disruptivos, presentan peor rendimiento que los que no. De cada a la intervención se confirma la necesidad de incluir el desarrollo de un clima familiar optimo para prevenir no sólo los comportamientos desajustados sino también el fracaso escolar. Palabras clave: conductas disruptivas, menores, prevención, socialización y clima familiar. Astract There is a relationship between behavioral problems in the school context in underachievement. It also is well documented that the difficulties of school and social adaptation are predictors of criminal, violent, plus risk behaviors. On this basis we propose a study want to see if there are differences in the social and family variables that keep students in school antisocial behavior compared to those who do not and how they affect performance. And how to affect antisocial behavior, particularly disruptive in academic performance. To do apply to 159 students participated Secondary Education in the province of Ourense and Pontevedra battery Socialization BAS-3 (Silva and Martorell, 1978) and the scale of family atmosphere FES (Moos, Moos and Trickett, 1984). He also went over to the guardians of this group a questionnaire created ad hoc by the research group PS1-Legal Psychology at the University of Vigo, in which he asks for sociodemographic and school characteristics of students who participated in the study. From the results we note that although socialization does not distinguish between the group of children and non-disruptive, family environment variable does establish significant differences in both behavior and student achievement. Also, we have found that children who maintain antisocial behavior, particularly disruptive, have worse performance than those without. Each intervention the need to include the development of an optimal family atmosphere to prevent not only the maladjusted behavior but also school failure is confirmed. Keywords: disruptive behaviors, children, prevention, socialization and family climate. RECIBIDO EL: 05-09-2015

PUBLICADO EL: 01-10-2015

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estado del arte, el objeto de estudio, sino también para avalar el diseño de este estudio, que se ha fundamentado en los trabajos previos del grupo de investigación PS1-Psicología Jurídica de la Universidad de Vigo.

INTRODUCCIÓN

R

esulta evidente, a tenor de la revisión efectuada, que se ha avanzado significativamente en el estudio descriptivo y explicativo de los comportamientos antisociales en el ámbito escolar; no obstante, aún quedan pendientes muchas cuestiones por abordar en este ámbito. Una de ellas es comprobar la incidencia o impacto que tienen factores sociales en el inicio de estas conductas desadaptadas. Un reciente estudio realizado en la Comunidad Autónoma de Galicia ha demostrado que las conductas disruptivas no sólo son las que más incidencia tienen en la escuela, sino que además constituyen un potente factor de riesgo para la escalada de la conducta delictiva (Álvarez, 2015). Por todo ello, nos hemos planteado realizar un estudio en el que definir el papel de variables como el clima y la estructura familiar, así como la socialización en la conducta social de los estudiantes y en su rendimiento académico. En él se han incorporado datos aportados por la literatura científica no sólo para evidenciar el

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Cabe significar que en este estudio se procura evidenciar que la prevención de la delincuencia es una responsabilidad de todas las instituciones sociales, de ahí que la escuela sea considerada uno de los eje centrales en nuestro análisis, bien sea por función educativa y, por tanto, preventiva; bien sea por el contacto continuo que mantiene con los menores y sus familias. En este sentido, esta investigación social sigue su curso y focaliza su atención en los conflictos sociales en ámbito escolar y familiar, para que, en un futuro se pueda sacar conclusiones importantes con relación a las conductas antisociales, particularmente las disruptivas que pueden derivar en conductas criminales. Tomando en consideración estas premisas de partida, el estudio que aquí presentamos, en su primera parte, describe en líneas generales los comportamientos antisociales, las teorías explicativas, así como algunas líneas de prevención e intervención. En la segunda parte, se desarrolla el estudio empírico dirigido a comprobar si la socialización, el clima familiar establece diferencias significativas en la conducta social de los estudiantes (disruptivos vs no disruptivos), así como en su rendimiento. A la vez que comprobar si estos comportamientos antisociales guardan relación con el rendimiento académicos de estos.

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CRIMINOLOGÍA

PRIMERA PARTE MARCO TEÓRICO Delimitación conceptual de los comportamientos antisociales En muchos trabajos empíricos sobre menores infractores significan la importancia de actuar al detectar la presencia de conductas antisociales y conductas disruptivas, (Arce, Fariña, Seijo, Novo y Vázquez, 2005) para evitar la posible carrera delictiva del joven. Considerando que las conductas delictivas podría ser un conjunto de comportamientos desviados que van desde los antisociales, que incluye conductas de menor a mayor gravedad en el daño producido, (Bringas y Romero, 1999), hasta la conducta delictiva (Vázquez, Fariña, Arce y Novo, 2011). Algunas de estas conductas antinormativas, aunque legales, tienen un gran significado a la hora de explicar, tanto a nivel teórico como práctico la inadaptación social, no sólo porque constituyen la antesala de los comportamientos delictivos, sino también porque son manifestaciones similares a las conductas trasgresoras de la ley (Romero et al., 1999). Así, diversos autores (i.e., Hawkins, VonCleve y Catalana, 1991; Loeber y Dishion, 1983) muestran y postulan las conductas desviadas producidas en el ámbito escolar deberían ser investigadas más a fondo a la hora de marcar unas pautas del fenómeno delictivo juvenil.

Por tanto, para poder comprender, con precisión la carrera delictiva se ha de abordar necesariamente los comportamientos antisociales (Becedóniz et al., 2007) y; más específicamente las conductas disruptivas (Vázquez et al., 2011), ya que ésta no sólo resulta de una respuesta desadaptada, sino que además deviene, tal y como establece de Roesch (2007), de la expresión de unas condiciones personales en contextos sociales y culturales determinados. Esta tesis ya aparecía reflejada, en líneas generales, en las palabras de Adler (1940) cuando reseñaba a la falta de sentimiento de comunidad como un factor a considerar en el estudio del comportamiento desviado. Así pues, el comportamiento antisocial, como veremos a continuación, puede adoptar, atendiendo a su naturaleza interactiva y contextual, un amplio rango de grados y modalidades de expresión (Redondo, 2008), relacionados entre sí (Mirón y Otero-López, 2005).

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Definición Comportamientos Antisociales Los comportamientos antisociales son utilizados para describir unas conductas que enumeran desde la desobediencia reiterada a los padres hasta el maltrato familiar. Aunque ambas conductas son desviadas; sólo en la segunda, al estar prohibida por la ley, se incurre en una infracción. Además, las conductas delictivas son más específicas que las antisociales, como refiere Mirón y Otero-López (2005), quienes advierten que la delincuencia no es simplemente un subconjunto específico dentro del amplio rango de conductas desviadas, dado que podemos encontrarnos, de acuerdo con lo postulado por Sagarin (1975), con conductas desviadas que no son delictivas, y con otras que, aunque son ilegales, no son consideradas desviadas por la mayoría de la sociedad. Tratando de llegar a lo más recóndito del relativismo del término, hemos de destacar, que la legalidad de la conducta cambia en el tiempo y en el espacio. Se podría afirmar que una conducta desviada considerada como antisocial puede etiquetarse pasado un

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tiempo como delictiva, igualmente que delitos en unos países no lo son en otros; la respuesta depende, como veremos seguidamente, del grado de sensibilización y del nivel de tolerancia que la sociedad manifieste con relación a ese comportamiento. Esto último ha sido explicado por Van Vechten (1940) en términos de lo que él denomina “cociente de tolerancia”, que informa del grado de problema social en función de la cantidad de conducta desviada y el nivel de tolerancia de la comunidad. Llevando esta postura al ámbito de lo político, Deutscher (1962), sostiene que sería como hacer las leyes, según el grado de conveniencia de un pueblo en relación al “delito” que se consuma en estos tiempos, se hace o no una ley en confronto con la “actitud” del actor, y según la misma comunidad puede que tal ley no sea benéfica, en termos de garantías penales. Destacamos, Bernard (1993), que diseño el denominado “ciclo de la justicia juvenil”, que se inicia cuando la opinión pública y los políticos estiman que existe una creciente preocupación social acerca del incremento de la delincuencia juvenil, ejemplo práctico, en estos momentos en Brasil se vota la posibilidad de cambio de la minoridad penal de 18 años para 16. La respuesta conlleva, según el autor, a un mayor control para castigar a los delincuentes por su conducta pasada y un recorte de los programas para intervenir en su comportamiento futuro. Ahora bien,

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CRIMINOLOGÍA

cuando se percibe esta situación como ineficaz para la eliminación de la delincuencia se propone, nuevamente, una reforma para equilibrar el castigo y la rehabilitación. Se concluye, de este modo, que el comportamiento antisocial cobra sentido haciendo referencia al contexto sociocultural del que depende y en el que varían los jóvenes en consecuencia de sus actos (Mirón y Otero-López, 2005).

Comportamientos Disruptivos Los comportamientos disruptivos identificados y denunciados por los profesores y el equipo directivo de los centros educativos, quienes califican estos comportamientos como perturbadores en la convivencia y, en general, dañinos para el adecuado desarrollo de estos menores en su trayectoria académica (Álvarez, 2015). Estos comportamientos que, según Torrego y Moreno (1999), suponen un boicot permanente al trabajo del profesor y de los demás alumnos y al desarrollo de la actividad en el aula, podrían denominarse “comportamientos disruptivos”. Fernández (2001) incluye en comportamientos disruptivos acciones como violar las normas establecidas dentro del centro para cada aula,

tirar cosas por clase, desordenar, hablar mientras explica el profesor, insultar y agredir a un compañero. Además, de alteraciones en el desarrollo del aula, perjudicando a sus compañeros para marcar su potencial de mando o alto gestión de superioridad, frente al profesor, al centro y a los alumnos. Estos comportamientos en el aula han aumentado en las últimas décadas, en los países industrializados (García, 2001); esta prevalencia de la disrupción en el aula denota el problema de convivencia que existe en los centros educativos de enseñanzas medias (Calvo, 2000), además del riesgo y vulnerabilidad que tienen los menores de cara a perpetuar, consolidad y avanzar en los comportamientos antisociales. En este sentido, diversos estudios relacionan la manifestación de los comportamientos antisociales y la impulsividad en el ámbito escolar con las disruptivas en aula (Lowenstein, 1978, Smith, Bowers, Binney y Cowie, 1993, Stephenson y Smith, 1989). Apoyando este postulado, Arce, Fariña, Seijo, Novo y Vázquez, (2011) señalan que el incremento de las conductas disruptivas en el ámbito escolar se relaciona con la funcionalidad de la familia, grupo de iguales, , que de manera sesgada termina por evidenciar las conductas negativas, legales o ilegales.

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Teorías explicativas del comportamiento antisocial Anomia y división del trabajo, Durkheim Durkheim indica que la anomia se origina en esta disociación entre la individualidad y la conciencia colectiva. Puede expresarse en dos formas relacionadas entre si. La conciencia colectiva no es capaz de regular los apetitos del hombre y surge la anomia, o el culto del individuo es fomentado mas allá de lo necesario y suficiente para lograr que los hombres desempeñen los roles y las funciones especializadas propias de una sociedad diferenciada. En este último caso, aparecen normas que fomentan activamente el despliegue de aspiraciones incontroladas y surge el egoísmo, la acerca de la anomia y las condiciones que producen el delito, la desviación y el desorden. La autoridad moral no era autoridad en absoluto si carecía de sentido para hombres insertos en posiciones sociales inusuales, en rápido cambio o, los que era más importante, impuestas (Taylor, Walton y Young, 2011). El autor tal y como recogen los autores mentado refiere que “la ciencia de los hechos sociales, elaborada en Las reglas del método sociológico, puso de relieve en primer lugar que los hombres viven, no en un universo de elecciones y libertad,(afectado solo por la falta de una adecuada autoridad moral), sino en condiciones en las que no se aprovechaban sus facultades naturales. En síntesis, viven bajo una división del trabajo “impuesta”. “Todo lo que se puede decir (…) es que la propensión al mal generada es a menudo hereditaria, pero de ello nada puede deducir-

se con relación a las formas concretas del crimen y el delito. Sabemos (…) que ese supuesto tipo criminal no tiene, en realidad, nada de especifico. La diferencia hecha por Durkheim a la predisposición hereditaria al mal es parecida a los supuestos de Eysenck (2010) acerca del determinismo psicológico y biológico, y una diferencia es que Durkheim puede explicitar los abrumadores hechos sociales entre la herencia y la acción. En circunstancias sociales propicias, el actor puede ser cualquier hombre sin embargo, en circunstancias sociales anómicas las probabilidades de que sea desviado aumenta. Eysenck (2010), como Durkheim, hace hincapié que, con una división del trabajo y una serie de encargos sociales, sean convenientemente socializados para desempeñar sus respectivos roles, denominando así un vinculo con la sociedad. Si la sociedad no ejerce esa función con sus miembros podría surgir una posible amenaza, pero para Eysenck (2010) una sociedad especializada se ve amenazada del mismo modo, ni todas las personas tienen la misma posibilidad de ser socializadas. Durkheim y una teoría social de la conducta desviada Sostiene que la existencia de riquezas heredadas es la raíz misma del problema, la que da lugar a “contratos injustos” Dice Durkheim sostiene (1893, pág. 384; ed. Fr., pág. 378), “no puede haber ricos y pobres de nacimiento sin que haya contratos injustos. Esto era aun más cierto cuando la condición social misma era heredada y cuando el derecho consagraba toda clase de desigualdades.” Por ello, Durkheim creía que la abolición de la herencia y de todas las limitacio-

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CRIMINOLOGÍA

desorganización son evidentes cuando surgen problemas (ibíd., pág. 801).

Émile Durkheim 1858—1917

nes externas permitiría el desarrollo de situaciones en las que fuesen posibles los contratos libres y, para él, esta era una conclusión política esencial e inevitable; surgía directamente de su teoría. Solo en esas condiciones los hombres podrían ser satisfecho. Según el autor los rebeldes funcionales interesados en implantar un consenso real y justo y una sociedad en la que la imposición fuese en si misma y no una mistificación (Durkheim, 1893ª, pág. 123; ed. Fr., pág. 150).

“…en la satisfacción de una o mas de las exigencias funcionales del sistema. Resulta imposible mantener pautas sociales de comportamiento(…)quizá como consecuencia de una socialización inadecuada. O las tensiones personales generadas por la vida dentro del sistema no son suficientemente controladas, encauzadas o eliminadas mediante procesos sociales. (…) O el sistema social esta incorrectamente vinculado a su medio, sin controlarlo ni adatarse a é. O la estructura del sistema no permite en grado suficiente que sus miembros alcancen las metas que son su razón de ser. O, como ultimo elemento de esta lista de imperativos funcionales de un sistema social, las relaciones entre sus miembros no conservan el grado mínimo indispensable de cohesión social que se necesita para llevar a cabo actividades tanto instrumental como intrínsecamente valiosa.” Merton conoce las contradicciones del sistema, señala Gouldner (1970), en este

Las primeras sociologías del delito, Merton. Merton (1969) distingue dos elementos fundamentales de lo que denomina la “estructura cultural” de una sociedad, los objetivos culturalmente definidos y los medios institucionalizados para alcanzar. Para Merton, la conducta desviada seria una vía de escape, en resultado de la incapacidad de una sociedad orgánica que debería inculcar debidamente sus valores. Las pruebas de la

Robert King Merton 1910 - 2003

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sentido puede decir que usa Marx para forzar a Durkheim, tal y como se advierten de estas palabras “existe desigualdades de oportunidades el sistema lo proporciona sin más, existe también una manera de punir y castigar los que intentan ascender el sueño de conquista”. En este contexto Laurie Taylor (1971, pág. 148), señalo con acierto: “Es como si los miembros de la sociedad jugaran en una gigantesca maquina tragamonedas, pero alguien modifico deliberadamente su mecanismo y siempre ganan los mismos jugadores. Los que pierden recurren entonces a usar monedas extranjeras o imanes para aumentar su probabilidad de ganar (innovación) o juegan irreflexivamente (ritualismo), dejan de jugar (retraimiento) o ponen jugar a algo completamente distinto (rebelión). Pero, en el análisis, no parece nadie que pregunte quien puso la maquina allí en primer lugar y quien se lleva las ganancias. La critica del juego se limita a modificar la secuencia de ganadores para que algunos puedan sacar mayor partido.(…) Lo que a primera vista parece ser una critica importante de la sociedad termina tomando a la sociedad actual como algo inalterable. La obligación de ubicarse al margen de las actuales configuraciones estructurales no incumbe solo a quienes caen en el modo de adaptación categorizado como rebeldía; también le incumbe al sociólogo”

Las instituciones en virtud de las cuales los bienes y la riqueza se transmiten mediante la sucesión testamentaria o hereditaria de particulares desmoralizan a los hombres y conducen a la anomia. Por esta razón, una porción significativa de las gratificaciones de refuerzo no prestan apoyo al sistema valorativo de la sociedad, con lo cual pierden eficacia. Destacaremos también Albert K. Cohen en la cultura no utilitaria, (1955). “El alumno de clase obrera asiste a una escuela en la que es juzgado conforme a las normas propias de la clase media: la confianza en uno mismo, los buenos modales, la gratificación diferida, el respecto de lo ajeno, etc. Sus valores de clase obrera no lo preparan bien para competir en esa situación

Del mismo modo, Alvin Gouldner (1970, pág. 324) precisó que “los valores serán respetados en la medida en que los hombres reciban gratificaciones por hacerlo.” Pero, en estas condiciones, solo una parte de los recursos de gratificación de la sociedad puede emplearse para promover la conformidad con sus valores morales”.

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Alberto K. Kohen 1918 - 1914

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pero, en cierta medida, ha interiorizado las normas del éxito propias de la clase media. Como resultado de la “frustración de status”, los adolecentes reaccionan colectivamente contra las normas que no logran realmente respectar.” Akers 1985; Conger y Simons (1997) postula que “esto representa un cambio notable respecto de la sociología anterior, que tendía a basarse fundamentalmente en la idea de que la desviación provoca el control social”. He llegado a creer que la premisa opuesta, es decir, que el control social provoca la conducta desviada, es igualmente defendible y potencialmente mas promisora para estudiar la conducta desviada en la sociedad moderna” (Lemert, 1967). Lo que se refiere Lemert (1967), muy acertada las palabras del autor que conmina la actuación de investigaciones empíricas en el campo social con añadido psicológico, el mero etiquetamiento de conductas antisociales y la opinión publica sobre determinados fenómenos antisociales, no deberían ser motivo para la creación de nuevas leyes penal juveniles. La Benignidad de las Penas El arte de castigar debe apoyarse, por lo tanto, en toda una tecnología de la representación. La empresa no puede lograrse más que si se inscribe en una mecánica natural. Encontrar para un delito el castigo que conviene es encontrar la desventaja cuya idea sea tal que vuelva definitivamente sin seducción la idea de una acción reprobable. • Teorías del proceso social, aprendizaje so-

cial, control social y “labeling approach”. “Se trata de un grupo de teorías psicosociológicas para las que el crimen es una fun-

ción de las interacciones psicosociales del individuo y de los diversos procesos de la sociedad.” (Siegel, 2009, citado por García-Pablos de Molina, 2010). Los problemas del desarrollo individual siempre fueron objeto de preocupación por parte de ciertos criminólogos, pero no fue sino hasta mediados de 1980 con la publicación del trabajo de Hirschi y Gottfredson (1983) sobre la edad y el crimen, así como el volumen de Blumstein et al. (1986) sobre las carreras criminales cuando los cambios y continuidades en el ciclo vital concitaron una amplia atención. Hirschi y Gottfredson sostenían que existe un patrón invariable de compromiso criminal por edad que varía escasamente de persona a persona, mientras que Blumstein y sus colegas argumentaban que la marcadas diferencias individuales que existen en las tasas de comisión de delitos no siguen necesariamente la curva del agregado típico edad- crimen. Blumstein et al. y otros (Blumstein, Cohen, y Farrington 1988; Loeber y Le Blanc 1990) identificaron una cantidad de parámetros sobre la comisión de delitos en el ciclo vital —como la edad de inicio, las tasas de delincuencia en períodos diferentes, la extensión de las carreras criminales— pero ni ellos, ni tampoco Hirschi y Gottfredson formularon explicaciones al respecto. Otros autores declinan otros estándares culturales que predisponen a las personas a actuar de manera negativa, bajo determinadas condiciones (i.e., Anderson 1999; Miller 1958; Luckenbill y Doyle 1989). Pocos autores identifican mecanismos lingüísticos o de otro tipo que entran en juego para ayudar a producir resultados criminales bajo diferentes condiciones, (Sykes y Matza 1957; Matza 95

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1964); y otros incluso enfatizan la medida en la cual los rasgos personales, como el débil autocontrol o la agresividad, son aprendidos (Gottfredson y Hirschi 1990). De hecho, Hirschi y Gottfredson sostuvieron que semejante explicación era innecesaria e imposible. Para la teoría del control social la delincuencia no es producida por ninguna causa – como una frustración o el aprendizaje de ciertos valores y técnicas -, sino que representa la tendencia natural del ser humano; lo que se debe preguntarse, pues, no es ¿por qué delinquen?, sino ¿ por qué no delinquimos? Además, algunos argumentos sobre el aprendizaje dan prioridad a las influencias diarias interpersonales, de la familia, el barrio o la escuela (Akers 1985; Anderson

1999; Andrews y Bonta 1994; Bandura 1977; Conger y Simons 1997). Sutherland (1924), intentó mostrar por qué distintas cosas tenían un valor de refuerzo, concluyendo que las «anticipaciones» sobre las conductas criminales son determinadas por alguna combinación de los lazos sociales de una persona, sus aprendizajes diferenciales y las oportunidades percibidas. Con todo, Akers (1985) introdujo en el esquema del aprendizaje criminal el refuerzo modelador y vicario (Bandura 1969, 1977). Wilson y Herrnstein (1985) resaltaron que el aprendizaje puede estar vinculado a factores genéticamente determinados o a procesos biológicos. Estos autores sostienen que ciertos rasgos de la personalidad, tales como la impulsividad, producen en ciertas personas una disminución de las consecuencias potencialmente negativas. Sutherland (1924), Akers (1985), Gottfredson y Hirschi (1990), sostienen que estos factores también se han de tener en consideración: el capitalismo, la desigualdad en la distribución de la riqueza, la pobreza absoluta, las jerarquías de poder absoluto, el racismo, el sexismo, el abuso o la negligencia parental, el desempleo y la ausencia de amor. Dicho en palabras de Engels (1894, p., 189)

Travis Hirschi (1935) sociólogo y criminólogo estadounidense. Conocido por su perspectiva de control social o vínculo social sobre los menores y la delincuencia.

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“El estado moderno (…) no es más que la organización que se da la sociedad burguesa para sostener las condiciones generales externas del modo de producción capitalista contra ataques de los trabajadores o de los capitalistas individuales”.

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Por su parte el raciocinio empírico de Aniyar de Castro (1977) se advierten en estas palabras: “El delito es un instrumento de las elites que estereotipa a las clases bajas como delincuentes, mientras que los actos dañosos de los primeros –delitos de cuello blanco y delitos (de color) caqui, cometidos por los militares –quedan impunes”. La delincuencia juvenil sigue sin frenos, para Max tal y como se aperciben en este enunciado “…el fundamental para comprender una sociedad yace en las condiciones que los individuos encuentran para su subsistencia física, esto es en los medios y relaciones de producción material”. Las teorías, sin embargo, no han mostrado plenamente cómo, por qué y bajo qué condiciones estas se darían, para que la privación causara o contribuyera al crimen. La más completa y mejor articulada teoría de la frustración/privación es la formulada por Agnew (1992, 1997, 1999). Con razonamientos previos, en primer lugar identificando numerosas fuentes de la frustración. Una de ellas, la vergüenza reintegradora desalienta la reincidencia reforzando los lazos sociales y el vinculo con la sociedad, debilitando así la llamada de las subculturas criminales. La otra cara de la moneda, la vergüenza que estigmatiza, por su parte, fortalece las subculturas criminales y eleva las tasas de reincidencia.

centrado en las diferencias entre los individuos, los más variados autores han comenzado recientemente a centrarse en la propensión a la criminalidad y sus variaciones a lo largo de la vida (Blumstein et al. 1986; Laub y Sampson 1993; Loeber y Le Blanc 1990; Thornberry 1997; Sampson y Laub 1993).

La responsabilidad de la escuela en la prevención de los comportamientos pre delictivos, desde la norma legal. Los comportamientos antisociales y, más concretamente, los disruptivos se relacionan, tal y como se ha evidenciado en el apartado anterior y de acuerdo con Vázquez et al. (2011), con una mayor dificultad en la internalización de las normas, con un apoyo social deficitario, un ambiente familiar disfuncional y más dificultades académicas. Sliminng, Montes, Bustos, Hoyuelos y Guerra (2009) precisan que las dificultades en la adaptación a las exigencias del sistema escolar son predictores del comportamiento violento y del consumo de drogas en adultez. Además indican que las conductas dis-

El trabajo teórico más contundente siempre se ha

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ruptivas y agresivas de los escolares han demostrado ser predictores de conductas antisociales durante la adolescencia y de desórdenes psiquiátricos en la adultez. Al respecto, Wickman (1928, citado por Gotzens, Martin, Genovard y Dezcallar, 2010) precisa que el desafío a la autoridad, a las normas morales y al control del aula eran tipificadas como conductas altamente amenazantes. De ahí que Gotzens et al. (2010) indicaron que el problema de disciplina en el aula no es una cuestión individual, sino que es colectivo; en este sentido, se estima que cualquier intervención o tratamiento ha de ir dirigido al buen funcionamiento del grupo clase. En línea con este planteamiento Vázquez (2003) y Arce, Fariña, Seijo, Novo y Vázquez (2003) significan que el proceso de socialización como medida preventiva, en tanto que otorga a la escuela no sólo la posibilidad de subsanar los déficits que provocan estos comportamientos, sino también de instaurar políticas educativas generales que inhiban su aparición. Dichos preceptos encuentran su justificación en la norma legal, tal es el caso de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) promulgada en 1989, en el que se pone de manifiesto los principales derechos del menor, así como la necesidad de velar por el mejor interés de éste.

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Esta norma base, según UNICEF, se convierte así en el tratado de derechos humanos más ampliamente aprobado de la historia. En ella, se deja patente la corresponsabilidad del estado en la protección del menor, así lo recoge su artículo 4, al establecer que los Estados Partes adoptaran todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente CDN; adicionalmente promulga que los Estados Partes adoptarán medidas que hagan posible el respecto a los derechos económicos, sociales y culturales, hasta el máximo de recursos de que dispongan y, en el caso de que ser preciso se ha de recurrir a la cooperación internacional.” En conexión con UNICEF 2014, España y de un modo general UE, establece un resumen orientativo, relacionando la educación, la seguridad ciudadana y en particular un esbozo de la crisis en la vida del menor de edad. En este informe titulado “La infancia en España 2014” El valor social de los niños: hacia un acto de Estado por la infancia”, nos orienta que no solamente la crisis dejo un hueco increíble en las vidas de la comunidad española, y en conjunto con la UE, pero también los recortes sociales dejaran más que eso, recortaran el futuro, la se-

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guridad, las ganas de estudiar y por consecuencia las oportunidades de los menores. Según este informe, las políticas sociales desde 2009 en España se vieron ajustadas al máximo en relación al social y, por consecuencia, a los menores, en recomendación de la UE que determina lo que hacer dentro de su jurisdicción, en conexión con estos ajustes, sufren los niños, la falta de oportunidad. En éste se evidencia que en el futuro se gastara más con los adultos y mayores, que con los niños de ahora. Asimismo, se alerta que los menores que fueran de alguna manera afectados por la crisis económica en sus familias son los más perjudicados en su futuro, ya tienen más riesgo de fracaso y abandono escolar, al tiempo que se incrementa el riesgo de aparición de tienen un mayor riesgo de dejar las escuelas, no recibirán ayudas sociales, incrementaran el uso de alcohol, las drogas, abandono escolar, violencia en ámbito escolar, etc. Al respecto, Serrano (2012) indica que las variables referidas a la escuela y a los iguales en la adolescencia tienen una influencia significativa en el proceso de socialización de los menores. En este periodo evolutivo en el que las diversas legislaciones internacionales señalan como aquel en que ya se exige responsabilidad penal a los menores, la adolescencia (la amplia mayoría de las legislaciones vigentes suelen tomar como criterio cronológico ≤ 14 años. Según el informe de UNICEF 2014, el abandono escolar y las peleas entre

menores se suele producir en varones entre 11 y 13 años, mientras que el consumo de drogas y alcohol se inician a los 14 años. Reflexionando no solamente con las investigaciones de UNICEF y sus organismos de ajuste de la Convención sobre los Derechos del Niño resulta de interés la observación del sociólogo Esping-Andersen (2004), que describía el escenario de la futura sociedad española como “una sociedad dual en la que gran parte de la población se queda al margen del bienestar, con más pobreza y más exclusión; en un proceso en el que, además, el riesgo social se va desplazando cada vez a edades más tempranas, a las familias jóvenes con hijos.” Ante este panorama, UNICEF 2014 precisa que, en el ámbito escolar, en América, la discriminación étnica y racial es latente, así 88% de menores de edad indígenas sufren algún tipo de privación de sus derechos. Una cifra significativamente mayor a la registrada para el total de la población infantil de la región 63% (para mayor profundización; véase, CEPAL/UNICEF, 2013). Para completar este análisis sociológico, centramos nuestra atención en el tratamiento legal que está tomando la defensa del mejor interés del menor, en el caso concreto que nos ocupa se advierte en la creación de las condiciones necesarias para reducir la aparición de las conductas de riesgo y, por extensión, de las antisociales. También es de conocimiento de todos que la

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Constitución de cada Estado es soberana e inviolable, que todo el Estado está obligado a garantizar los derechos. A lo que se ha de añadir las legislaciones infra constitucionales que determinan lo que la carta magna se refiere, o bien sirve como traductor de esta. Las leyes, civiles, penales, mercantiles, así como los tratados o acuerdos internacionales se amoldan a carta magna como acuerdos internacionales que países son asignatarios como es el caso de la CDN. En el caso de España, ocurre ese último precepto, un acuerdo intencional, pero no bilateral, porque no está acordando con otro país y sin ratificando o signado un tratado que para el Estado servirá de base legislativa, de acuerdo con su Constitución para promulgar, hacer o bien ratificar leyes ya existentes en consonancia con dicho tratado. España ratifico el tratado en 2015 para mejoría de la legislación del Estado para una mejor adecuación de la legislación a la CDN. Operada la signatura de un Estado en un tratado internacional de una envergadura como la Convención sobre los Derechos de los Niños, cabe la legislación interna modificar, crear o bien regular lo que determina el tratado, haciendo así leyes de las cuales son equiparadas a leyes internas como las civiles, penales etc. Pues así fue, la historia no nos hace tanta importancia, y no comentaremos aquí la ley de 1948, que era inconstitucional que “hablaba del menor” pero la última ley en base de acuerdo con el tratado supra citado, es la L.O. 5/2000, que fue modifica parcialmente por la L.O. 8/2006 que supuso un marco histórico en detrimento de los derechos del niño, reconocido por estado. En estas leyes se integra el menor en la vida civil de la sociedad, de modo que se respectan, protegen, se garantizan sus dere100

chos y deberes, la carta magna ofrece un respaldo mayor hacia el joven y establece lo más importante, quien son menores de edad. A continuación, se establece el vínculo de la edad con el derecho penal, en este caso el legislador también tuvo que imponer los dictámenes del tratado internacional supra citado. El actual Código penal nacional en su artículo 69 fija la edad de responsabilidad penal del menor en los siguientes términos: “al mayor de dieciocho años y menor de veintiuno que cometa un hecho delictivo, podrán aplicársele las disposiciones de la ley que regule la responsabilidad penal del menor en los casos y con los requisitos que ésta disponga.” A lo que hemos de sumar algunas normas de protección del menor en ámbito internacional y sus respectivos tratados o acuerdos. Concretamente, las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la administración de justicia de los menores, Reglas de Beijing , Resolución 40/33 buscan promover un sistema de justicia para los menores con problemas con la ley, respetuoso de los derechos y garantías procesales básicos (también de su derecho a la intimidad y confidencialidad, reglas 7-8 y 21 y compatible con el bienestar de los mismos, en el que el recurso a la intervención judicial constituya un último recurso inspirado en el principio de subsidiaridad. En este sentido, y sin perjuicio del pleno respeto del principio de legalidad, se considera que, a la celeridad procesal (regla 20), debe asegurarse un adecuado margen de discrecionalidad que permita la adopción en cada momento de las medidas más adecuadas para el interés del menor, en el marco de todos los recursos disponibles. Como comentado, en la Convención de los derechos del niño, se insiste que el empleo de la privación de libertad ha de regirse por el

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principio de excepcionalidad: “como último recurso y durante el plazo más breve posible” (regla 13.1). Ello obliga a buscar medidas alternativas también para el internamiento preventivo “como la supervisión estricta, la custodia permanente, la asignación a una familia o el traslado a un hogar o a una institución educativa” (regla 13.2). La regla 13 reconoce también a los menores en prisión preventiva todos los derechos y garantías previstos en las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, y exige su separación de los adultos y su reclusión en establecimientos distintos o recintos separados. Durante el tiempo que se hallen bajo custodia, “los menores recibirán cuidados, protección y toda la asistencia social, educacional, profesional, psicológica, médica y física que requieran, habida cuenta de su edad, sexo y características individuales” (regla 13.5). Otras normas internacionales que merecen apunte, son las Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delin-

cuencia juvenil (Directrices de Riad), adoptadas y proclamadas por la Asamblea General en su resolución 45/112, de 14 de diciembre de 1990. Además de las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad, adoptadas por la Asamblea General en su resolución 45/113, de 14 de diciembre de 1990 son algunas que el Estado comienza barajar como alternativas del fenómeno delictivo. Pese a que las normas y las leyes son necesarias, y edificantes al sistema del estado de derecho, el movimiento restaurativo gana fuerza y adeptos, la justicia restaurativa que tras beneficio para el condenado, la víctima para la celeridad procesal, y demás modificaciones positivas en el mundo jurídico juvenil. Prueba de ello es la L.O. 5/2000 donde la L.O. 7/2000 altero algunos artículos de la ley penal del menor, y después la 8/2006 que entra en vigor en 2007 altera y modifica cuestiones que como la alteración anterior que habla del terrorismo y crímenes violentos, ya en la segunda altera-

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ción, aumenta penas para respectivos delitos graves y cumplimiento de la reprimenda integra en régimen cerrado y la novedad, según criterio del juez, penas alternativas, mediación y la posibilidad de hablar con la víctima. Ha sido intensamente reformada por la L.O. 8/2006, conforme a lo indicado en la propia Exposición de Motivos, esta última reforma ha buscado fundamentalmente: 1) garantizar una mayor proporcionalidad entre las sanciones y la gravedad del delito, abriendo nuevas posibilidades de imposición de internamiento en régimen cerrado, extendiendo su duración en los casos más graves (no sólo cuando se imponga como sanción, sino también como medida cautelar), y permitiendo la ejecución de medidas de internamiento en establecimientos penitenciarios tan pronto el menor cumpla los 18 años de edad; 2) introducir nuevas medidas como la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima o con aquéllos de sus familiares u otras personas que determine el juez 3) reforzar los derechos las víctimas. Se aplicará para exigir la responsabilidad de las personas mayores de catorce años y menores de dieciocho por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales. La ley explicita que las personas a las que se aplique la presente Ley gozarán de todos los derechos reconocidos en la Constitución y en el ordenamiento jurídico, particularmente en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, así como en la Convención sobre los Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989 y en todas aquellas normas sobre protección de menores contenidas en los Tratados válida-

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mente celebrados por España. En la LORRPM no se rige por el principio de legalidad en la persecución, que obliga en el Derecho de adultos a perseguir todo acto delictivo. Por el contrario, establece un principio de oportunidad, que permite valorar si, en razón del conjunto de estos mismos actos practicados desencadenarían en la apertura de una investigación penal o no. La Ley contempla la posibilidad de suspensión o terminación del proceso cuando se produce la reparación o conciliación con la víctima. Concretamente, en el art. 18, en el que se contemplan posibilidades de desistimiento por el Fiscal por corrección en el ámbito educativo y familiar. En el art. 19 (y art. 27.4), relativo al sobreseimiento del expediente por conciliación o reparación entre el menor y la víctima. Para el caso, el Fiscal puede fundamentar su decisión basándose en el informe del Equipo Técnico, también dispone en el art. 27.4 que el Fiscal puede proponer en su informe la conveniencia de no continuar la tramitación del expediente en interés del menor. El reconocimiento internacional del tratado hizo con que normas generales fueran más calificativas o positivas para el derecho del menor, el legislador, en la práctica, hizo su deber, la realidad entre adultos y niños ahora es visible y gestionada por derechos y deberes entre todos. El CDN, en sus 54 artículos, determina que el logro generado en casi diez años de lucha para hacer realidad dicho tratado que cree que algunos de sus artículos son de primordial orientación legislativo, “nodiscriminación (artículo 2), interés superior del niño (artículo 3), derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo (artículo 6) y derecho a opinar libremente (artículo 12).” No obstante, según UNICEF, “más allá de

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cualquier apreciación crítica sobre su desarrollo y resultados, en ninguna otra región del mundo se produjo una movilización social tan intensa en torno a la CDN como en el caso de América Latina, sin olvidar los desfases nacionales entre países, como, por ejemplo, Brasil, que reformo su legislación en 1990, y Argentina, Chile, México o Colombia, donde la reforma de las leyes de niñez está pendiente todavía**. Esta es la primera etapa jurídica del legado de la CDN, puesto que cada Estado determina su legislación y que cada Estado haga que se cumplan dichas leyes. Según UNICEF, “los nuevos aires democráticos se vieron favorecidos por la aparición de movimientos sociales de defensa de la democracia y de los derechos humanos.” Un papel fundamental que sigue hasta hoy, la batalla por derechos y libertad, que juega un papel importante en la construcción de las nuevas sociedades, cabe citar el pedagogo brasilero Gomes da Costa (2008), “estos nuevos proyectos de ley se transformaron en realidad en verdaderos proyectos de sociedad.” Esa legislación fue en su momento un salto importante en materia de derechos fundamentales, humanos y sociales. La pena de privación de libertad según la Convención sobre los Derechos del Niño, se basa que la privación es el último recurso que se debería adoptar en medidas penales, seguido de esa norma del tratado algunos países se pusieran en marcha con la determinación penal de la edad, o sea, la responsabilidad penal, en algunos países tienen una variación en la edad de la responsabilidad. En caso de España, está dispuesto en L.O. 5/2000 y 8/2006 y en el artículo 69 del Código Penal nacional, que hace referencia a la responsabilidad penal del menor en relación con su edad y países de la UE si-

guen el criterio de España. Algo que la CDN determina como de suma importancia, de que los Estados y países signatarios del acuerdo, permitan que el menor tenga el máximo contacto con sus familiares, ejemplo de ello, son países como España, Brasil, Honduras, Paraguay, Italia y UK, en materia de pena, según eses países, lo más importantes es la garantía de que el menor este todo tiempo posible con la familia. La privación de libertad afecta a todos, en particular al menor, la materia para sociólogos y psicólogos es de extrema preocupación, porque no se rehabilita, están lejos de sus familiares sin contar los que antes vivían bajo protección del Estado. En Costa Rica, en 1995 había 104 hombres y 14 mujeres menores de edad en los centros de privación de libertad, mientras que en junio de 1996, a un mes de entrada en vigor de la ley, solo había 25 (para mayor profundización véase, Justicia Penal Juvenil: Buenas Prácticas en América Latina, UNICEF, 2003). En Nicaragua, al entrada en vigor del Código de la Niñez y la Adolescencia (10/1998), cuyo título III crea un sistema de responsabilidad penal juvenil, tuvo como consecuencia inmediata la presentación de 300 recursos de habeas corpus a favor de adolescentes privados de libertad en el régimen anterior, a quienes se les imputaban hechos que no constituían delitos (para mayor profundización véase, d erechos humanos de la niñez y la adolescencia en condiciones de vulnerabilidad social y jurídica en América Latina y el Caribe, UNICEF, 2000). En Paraguay, con la entrada en vigor del Código de la Niñez y la Adolescencia en número de niños privados de libertad paso de 650, en 1999 a 300 en 2001 (para mayor profundización véase, UNICEF/Paraguay, 2004). En Guatemala, la libertad asistida de los adolescentes en con-

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flicto con la ley participan en servicios comunitarios como alternativa al encarcelamiento. Empresas privadas ofrecen trabajo y oportunidades de entrenamiento para adolescentes que otro modo no tendrían esta oportunidad. Para muchos participantes, esto significa mucho más que un entrenamiento de trabajo; se les da la oportunidad de desarrollar sus habilidades sociales e intrapersonales y de ganar autoestima. Durante los dos años y medio del programa, 304 adolescentes, entre los 13 y 18, años han participado en él (para mayor profundización véase, Justicia Penal Juvenil, Buenas Practicas en América Latina, UNICEF, 2003). En Bolivia, el derecho a la identidad el 50% de los niños menores de un años y el 12% de los menores de 14 años están sin inscribir en el registro civil. En Nicaragua se estima que un 69% de los niños y niñas no son inscritos al nacer. En Colombia, la falta de inscripción afecta a un 29.3% de la infancia; mientras que en Honduras, afecta a un 20%.” (para mayor profundización véase, CEPAL, UNICEF y SECIB, Equidad desde la infancia y adolescencia en Iberoamérica, 2001). Un apunte interesante es el que nos trae las palabras de Hirschi (1990), quien afirma que “muchos jóvenes y adultos no disponen de mucho tiempo para ocuparse de actividades delictivas o incluso para pensar en ellas. La participación, por lo tanto, en actividades de la más diversa naturaleza –por ejemplo, en el caso de los jóvenes, el amplio abanico de las actividades escolares, deportivas, extraescolares… -constituye un ulterior elemento del vínculo a la sociedad. Cuanto mayor y más intensa sea la participación del individuo en actividades de este tipo, más difícil será que delinca, según nuestro au-

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tor.” Por su parte, Bursik y Grasmick (1993), resaltaron la importancia de la participación en asociaciones voluntarias, así como de la capacidad formal de las comunidades para llamar la atención y de los recursos de entidades externas más amplias y poderosas, como el gobierno de la ciudad. Para Taylor (1997), los mecanismos de control social se ligan a pequeñas unidades espaciales en los barrios. La contra regla de lo narrado por los autores está en que los agentes criminales saben de la fuerza de la familia y el grupo escolar, entretanto la labor de estos grupos criminosos, en resumen, es, reclutar al menor de edad, que se encuentra en estado de abandono para la practica delictiva en general una vez “encuentre” su grupo de iguales, Hirschi 1990. Para que el progreso continúe, los investigadores deben ser capaces de medir cosas tales como la vergüenza reintegradora (Braithwaite 1989); el autocontrol (Gottfredson y Hirschi 1990); la frustración general (Agnew 1992); el capital cultural, humano y social (Matsueda y Heimer 1997; Nagin y Paternoster 1994); y las variables de control (Tittle 1995). La identificación de un solo ítem o la suma de unos pocos indicadores convenientemente disponibles en un archivo de datos ya no será suficiente.

SEGUNDA PARTE EMPÍRICA

Introducción Resulta evidente, a tenor de la revisión efectuada, que se ha avanzado significativamente en el estudio descriptivo y explicativo de los comportamientos antisociales en

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el ámbito escolar; no obstante, aún quedan pendientes muchas cuestiones por abordar en este ámbito. Estudios previos advierten que existe una relación entre problemas conductuales en el contexto escolar con el bajo rendimiento académico (Lozano y García, 2000). Asimismo, se ha documentado que los déficits en la adaptación escolar y social actúan como predictores de las conductas predelictivas (Kellam, Rebok, Ialongo y Mayer, 1994). Una de las cuestiones a tratar es comprobar la incidencia o impacto que tienen factores sociales en el inicio de estas conductas. Por todo ello nos hemos planteado realizar un estudio en el que definir el papel de variables como el clima y la estructura familiar, así como la socialización en la conducta social de los estudiantes y en su rendimiento académico.

Método Objetivo Establecer si existen diferencias en las variables socio familiares de los estudiantes que mantienen comportamientos antisociales en la escuela frente a los que no lo tienen y cómo inciden éstas en el rendimiento. Además de cómo afecta los comportamientos antisociales, particularmente los disruptivos, en el rendimiento académico.

Hipótesis H1.-Esperamos que los estudiantes de la ESO que no tienen comportamientos antisociales en el centro educativo tenga una mejor competencia social. H2.-Suponemos que los estudiantes de la ESO que no tienen comportamientos antisociales en el centro disponga de un mejor clima familiar. H3.-Suponemos que las variables socio familiares también establecen diferencias en los estudiantes que aprueban frente a los que suspenden, siendo más competentes los que aprueban. H4.-Suponemos que los comportamientos antisociales, en particular, los disruptivos afectan al rendimiento académico.

Participantes En este estudio participaron 159 estudiantes de Enseñanza Secundaria Obligatoria, de los cuales 74 son varones y 83 mujeres. La edad mínima se sitúa en 12 y la máxima en 16, por tanto con una edad media de 13, 75 (DT=1,091). De los 159 estudiantes, 24 pertenecen a 1º de la ESO, 78 a 2º de la ESO y 57 a 3º de centros públicos. Los cuales se encuentran

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87 en la provincia de Ourense y 72 en la de Pontevedra (véase tabla 3 y 4). Según informan los tutores, de éstos 115 han suspendido en 1 ocasión, 3 en 2, 9 en 3. De los 159 estudiantes, los tutores informan que 122 viven en familias cuyos progenitores no se han separado y 22 sí. Además precisan que 5 de los 159 le han fallecido el padre y a 1 la madre. Adicionalmente, advierten que a 2 alumnos de los 159 no conocen a su padre, pero todos conocen a su madre. También indican que 113 tienen hermanos y 46 no. En cuanto al orden de los hermanos, de los 159 menores 37 son los primogénitos, el 62 son segundos en el orden de los hijos, 11 serán los terceros y una cifra de 4 menores serán el 3ª. Atendiendo a las personas con las que conviven, el 82 de los estudiantes vive con ambos progenitores, 45 solo con la madre, 21 con el padre y 1 con otros miembros de la familia. Descripción del perfil de los participantes atendiendo a los comportamientos antisociales manifestados en el aula o el centro.

26 lo había efectuado en alguna ocasión y 4 a menudo (véase tablas 1 y 2). Por otra parte, puntualizan que 144 nunca realizaron conductas violentas en el aula, aunque 14 sí las emitieron, específicamente 13 algunas veces y 1 a menudo. Asimismo, señalan que 142 no emitieron conductas violentas en el centro, pero 16 sí lo hicieron; en este caso, 14 algunas veces y 2 a menudo (véase tablas 3 y 4). Con referencia a las medidas disciplinarias aplicadas, los tutores/as precisan que 142 nunca fueron expulsado, frente a 16 que sí, de éstos 14 a veces y 2 a menudo (véase tablas 5 y 6). Las amonestaciones no se aplicaron con 125 de estos estudiantes, pero sí con 32, 28 en algunas ocasiones y 5 a menudo (véase tabla 7). El absentismo injustificado no se percibe en 140 alumnos/ as, pero sí en 18, de los cuales 16 se observó en alguna ocasión y 2 a menudo.

Procedimiento

Previamente a la recogida de datos, se redacta un informe en el que se especifican En cuanto a la realización de comporta- los objetivos, el procedimiento y las demanmientos antisociales, los tutores informan das del estudio, además del compromiso de que de los 158 estudiantes 119 nunca reali- confidencialidad y anonimato en el tratazaron conductas disruptivas en el aula y 39 miento de los datos por los investigadores. sí lo habían hecho; en concreto, 34 alum- Este documento es utilizado como carta de nos/as mantuvieron algunas veces conduc- presentación y estímulo para motivar a los tas disruptivas en el aula y 5 a menudo. centros educativos en su participación. En Además, indican que no observaron conduc- este caso, el compromiso formal de colabotas disruptivas en el centro en 128 estudian- ración de los centros se materializa tras la tes, pero sí lo apreciaron en 30, de los cuales aprobación de la propuesta en el Consejo escolar. Tras recibir la confirmarealizaron conductas Frecuencia Porcentaje ción, el investigador inicia el prodisruptivas ceso de recogida de datos a través de la aplicación de una batería de nunca 119 74,8 cuestionarios, previamente seleccionada por el grupo de investigaalgunas veces 34 21,4 ción PS1-Psicología Jurídica, a los estudiantes de la ESO. A los estua menudo 5 3,1 106

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diantes se le pasa, de forma colectiva, la batería de socialización (BAS) de Silva y Martorell (1978) y la escala de clima social (FES) de Moos, Moos y Trickett (1989). Mientras que a los tutores/as se le aplica un cuestionario elaborado por el grupo de investigación PS1-Psicología Jurídica de la Universidad de Vigo, que informa, tras obtener el consentimiento informado de los progenitores, del rendimiento académico, del comportamiento social y de las características sociodemográficas de los participantes en este estudio. Con el propósito de cumplir con el código deontológico adherido a este estudio, así como a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal no se concreta el nombre de los Institutos de Enseñanza Secundaria que han participado.

Instrumentos de evaluación Para realizar este estudio se han utilizados dos fuentes de información: Estudiantes. Sobre esta población se aplica el BAS-3 de Silva y Martorell (1978), que tiene por objeto indagar en la percepción que los propios sujetos tienen de su conducta social. Se trata de un cuestionario que consta de 75 ítems con dos categorías de respuesta, que evalúa cinco dimensiones de la conducta social: consideración con los demás, autocontrol en la relaciones sociales, retraimiento social ansiedad social/timidez y liderazgo. La puntuación obtenida en cada una de estas sub escalas permite elaborar un perfil individual en términos de sensibilidad social, tendencia a la agresividad e indisciplina o por el contrario acatamiento de normas, extroversión o retraimiento, temperamento

asertivo o timidez y sentimientos de pertenencia al grupo. De este modo, este auto informe permite explorar aspectos relacionales de la personalidad que ayudarán a conocer y valorar el clima social del grupo y cómo se sitúa cada individuo en él. Además se pasa el FES de Moos, Moos y Trickett (1984), el cual permite apreciar las características socio-ambientales de la familia. Consta de 90 ítems con una escala de respuesta dicotómica (verdadero vs falso) que se agrupan en 10 sub escalas: cohesión, expresividad, conflicto, intelectual- cultural, social-recreativo, moralidad-religiosidad. Éstas se estructura en torno a tres dimensiones. La dimensión relaciones evalúa el grado de comunicación y libre expresión dentro de la familia y el grado de interacción conflictiva. Esta dimensión está integrada, a su vez, por tres sub escalas: cohesión o grado en el que los miembros de la familia están compenetrados y se ayudan y apoyan; expresividad que alude al grado en que permite o se anima a los miembros a actuar libremente y a expresar directamente sus sentimientos; y conflicto que evalúa el grado en que se expresan libremente y abiertamente la ira, la agresividad y el conflicto entre los miembros de la familia. La segunda dimensión alude a la valoración que hace la familia de los procesos de desarrollo personal. Esta dimensión comprende las sub escalas de autonomía, que evalúa el grado en que los miembros de la familia están seguros de sí mismos, son autosuficientes y toman sus propias decisiones; actuación o grado en el que las actividades tales como la escuela o el trabajo se enmarcan en una estructura orientada a la acción o a la competencia; intelectual-cultural que mide el grado de interés en las actividades políticas, sociales, intelectuales y culturales o social recreativo, que evalúa la participación en este tipo de actividades y para finalizar la 107

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moralidad religiosidad que mide la importancia que se da a las prácticas de tipo éticoreligiosas. Por último, la dimensión estabilidad se estudia la estructura y la organización de la familia y el grado de control que normalmente ejercen unos miembros de la misma sobre otros. La forman dos sub escalas: organización que alude a la importancia que se da a una clara organización y estructura al planificar las actividades y responsabilidades de la familia y control o grado en el que la dirección de la vida familia se atiene a las reglas establecidas. Profesor/a tutor/as. Se aplica un cuestionario creado por el grupo de investigación PS1 con una escala de respuesta en tres punto que ha sido recodificada a dos categorías bajo el formato de comportamiento disruptivo en el aula (si vs. no), en el centro (si vs. no), absentismo (si vs. no), amonestación (si vs. no), expulsión (si vs. no), suspensos (si vs. no).

Diseño La metodología de investigación fue de tipo cuasi experimental en un ambiente natural. En concreto, se planificó un diseño factorial completo 2: conductas disruptivas en aula (si vs. non); conductas disruptivas no centro (si vs. non); absentismo (si vs. non), amonestación (si vs. non), expulsión (si vs. non) e suspensos (si vs. non) sobre las variables sociales que la literatura ha identificado que desempeñan un papel importante en la competencia social, en concreto la socialización y el clima familiar. Además se realiza otro diseño factorial completo 2 rendimiento académico (suspenso vs. no suspenso) x 2 conductas disruptivas en aula (si vs. non); conductas disruptivas no centro (si vs. non); absentismo (si vs. non), amonesta-

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ción (si vs. non), expulsión (si vs. non) e suspensos (si vs. non). Para los análisis de datos se ha utilizado el paquete estadístico SPSS versión 20, concretamente se han empleado pruebas no paramétricas y análisis de frecuencias y tablas de contingencia.

RESULTADOS DEL ESTUDIO Comportamientos antisociales (disruptivos) y socialización El clima familiar en la conducta social del estudiante • Acerca de los efectos del clima familiar de

los estudiantes en el comportamientos disruptivo en el aula y en el centro informado por el tutor. Tras realizar la prueba de normalidad Kolmogorov-Smirnov y la prueba de homogeneidad de varianzas concluimos que, dado que no se cumplen ambas condiciones, se han de aplicar pruebas no paramétricas para poder comprobar las hipótesis planteadas. De la aplicación de la prueba no paramétrica U de Mann-Whitney observamos que las dimensiones del clima familiar no inciden, de forma significativa, en las conductas disruptivas en el aula, salvo en la dimensión cohesión familiar. En este caso, se ha podido comprobar que el grupo de menores que no ha mantenido comportamientos disruptivos en el aula presentan más cohesión familiar más alta que los que no (Mdisrupciónaula=59,00 vs Mnodisrupciónaula=85,35. Igualmente, se percibe la misma tendencia con los comportamientos disruptivos en el centro vs Mnodisrupcióncen(Mdisrupcióncentro=60,59 tro=83,17 (véanse tablas, 7 y 8). Lo que sig-

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nifica que los menores que no mantienen comportamientos disruptivos en el aula ni en el centro consideran que los miembros de su familia se ayudan y apoyan entre sí. • Acerca de los efectos del clima familiar de

los estudiantes en la violencia en el aula y en el centro informado por el tutor. Tras realizar la prueba de normalidad Kolmogorov-Smirnov y la prueba de homogeneidad de varianzas concluimos que, dado que no se cumplen ambas condiciones, se han de aplicar pruebas no paramétricas para poder comprobar las hipótesis planteadas. De la aplicación de la prueba no paramétrica U de Mann-Whitney observamos que las dimensiones del clima familiar no inciden, de forma significativa, en la violencia en el aula, salvo en la dimensión conflicto y actuación. En este caso, se ha podido comprobar que el grupo de menores que no ha mantenido violencia en el aula presentan una puntuación más baja en la dimensión conflicto que los que sí (Mviolencia_aula=105,96 1 vs Mno_violencia_aula=72,6) (véanse tablas 3 y 4), pero más bajo en la dimensión actuación (Mviolencia_aula=78,13 vs Mno_violencia_aula=47,77). En las conductas violentas en el centro se aperciben diferencias significativas en las dimensiones conflicto, actuación y intelectual-cultural (véanse tablas, 7 y 8). En concreto, el grupo de menores que mantiene conductas violentas en el centro presenta un nivel más elevado en la dimensión conflicto (Mviolencia_aula=100,4 vs Mno_violencia_aula=72,73), pero más bajo en actuación (Mviolencia_aula=54,97 vs Mno_violencia_aula=77,78) y en el intelectualcultural (Mviolencia_aula=54,23 vs Mno_violencia_aula=77,88). Lo que significa que el grupo de menores que mantienen violencia en el aula y en el centro su familia tiende a

expresar más libre y abiertamente la cólera, la agresividad y los conflictos entre los miembros, aunque sus actuaciones dentro de la familia (tal como escuela o trabajo) tienden a enmarcarse menos orientada a la acción o la competición. Además, el grupo de menores que mantiene conductas violentas en el centro tiene menos interés por las actividades políticas, sociales, intelectuales y culturales. • Acerca de los efectos del clima familiar de

los estudiantes en el absentismo escolar informado por el tutor. Tras realizar la prueba de normalidad Kolmogorov-Smirnov y la prueba de homogeneidad de varianzas concluimos que, dado que no se cumplen ambas condiciones, se han de aplicar pruebas no paramétricas para poder comprobar las hipótesis planteadas. De la aplicación de la prueba no paramétrica U de Mann-Whitney observamos que las dimensiones del clima familiar no inciden, de forma significativa, en el absentismo escolar. Sin embargo, sí se advierten diferencias significativas entre grupos (amonestados vs no amonestados) en la dimensión cohesión, así los estudiantes que no han sido amonestados presentan un nivel más elevado de cohesión familiar, frente a los que no lo fueron (Mamonestados=63,19 vs Mno_amonestados=83,05) (véanse tablas, 7 y 8). De forma adicional, se aprecian diferencias en la dimensión conflicto en el grupo de estudiantes que fueron expulsados y los que no; en concreto, los estudiantes que fueron amonestado presentan puntuaciones más elevadas en conflicto (Mexpulsados=63,19 vs Mno_expulsados=83,05). Lo que significa que los menores que no fueron amonestados perciben que su familia está más cohesionada y lo que fueron expulsados tienden a presen-

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ciar niveles más altos de cólera, agresividad y conflicto entre sus miembros. La socialización en la conducta social del estudiante. • Acerca de los efectos de la socialización de

los estudiantes en el comportamientos disruptivo en el aula y en el centro informado por el tutor. Tras realizar la prueba de normalidad Kolmogorov-Smirnov y la prueba de homogeneidad de varianzas concluimos que, dado que no se cumplen ambas condiciones, se han de aplicar pruebas no paramétricas para poder comprobar las hipótesis planteadas. De la aplicación de la prueba no paramétrica U de Mann-Whitney observamos que la interacción entre conductas disruptivas en el aula y en el centro y socialización no informa de diferencias significativas. Lo que significa que el grupo de alumnos con conductas disruptivas en el aula y en el centro tienen o presentan los mismos niveles de socialización. • Acerca de los efectos de la socialización de

los estudiantes en conductas violentas en el aula y en el centro informado por el tutor.

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Tras realizar la prueba de normalidad Kolmogorov-Smirnov y la prueba de homogeneidad de varianzas concluimos que, dado que no se cumplen ambas condiciones, se han de aplicar pruebas no paramétricas para poder comprobar las hipótesis planteadas. De la aplicación de la prueba no paramétrica U de Mann-Whitney observamos que la interacción entre conductas violentas en el aula y en el centro y socialización no informa de diferencias significativas. Lo que significa que el grupo de alumnos con conductas violentas en el aula y en el centro tienen o presentan los mismos niveles de socialización. • Acerca de los efectos de la socialización de

los estudiantes en el absentismo, amonestación, expulsión informado por el tutor. Tras realizar las pruebas de normalidad Kolmogorov-Smirnov y las pruebas de homogeneidad de varianzas concluimos que, dado que no se cumplen ambas condiciones, se han de aplicar pruebas no paramétricas para poder comprobar las hipótesis planteadas. De la aplicación de la prueba no paramétrica U de Mann-Whitney observamos que la interacción entre el absentismo, la amo-

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estudiantes que no fracasan, en comparación con los que sí lo hacen, provienen de familias cuyos miembros están más compenetrados y se ayudan y apoyan entre sí. Comportamientos antisociales y rendimiento académico de los estudiantes de la ESO

nestación y la expulsión no informa de diferencias significativas. Lo que significa que el grupo de alumnos que la socialización no establece diferencias entre el alumnado que ha suspendido y el que no. Socialización y clima familiar y rendimiento académico de los estudiantes de la ESO Tras realizar las pruebas de normalidad Kolmogorov-Smirnov y las pruebas de homogeneidad de varianzas concluimos que, dado que no se cumplen ambas condiciones se han de aplicar pruebas no paramétricas para poder comprobar las hipótesis planteadas. De la aplicación de la prueba no paramétrica U de Mann-Whitney observamos que la interacción entre las distintas dimensiones de la socialización y el rendimiento académico no informa de diferencias significativas. Sin embargo, se aprecian la dimensión de cohesión familiar informa de diferencias significativas entre los estudiantes que han suspendido y los que no (Msuspensos=55,02 vs Mno_suspensos=88,04) (véanse tablas, 7 y 8). Específicamente, los

De la aplicación de las tablas de coeficiencia, el coeficiente Phi V de Cramer informa que la disrupción en el aula influye significativamente en el rendimiento académico, así los estudiantes que no han realizados conductas disruptivas en el aula tienden a presentar un índice de aprobados más elevado, en concreto el 85, 2%. También se aprecian diferencias mediadas por la disrupción en el centro, observándose el porcentaje más elevado de aprobados, el 90,4%. La violencia en el aula y en el centro establecen diferencias significativas en los grupos, indicando que el índice más elevado de aprobados está en el alumnado que no mantiene conductas violentas en el aula (95, 7%) o en el centro (93,9%). El absentismo escolar igualmente genera diferencias signficativas entre los grupos que han suspendido y los que no, específicamente los estudiantes que no se abstuvieron presentan porcentajes elevados de aprobados el 95,7%. Igualmente, se observan diferencias significativas entre los grupos que han suspendido y los que no en función de si han sido amonestados o expulsados de los centro. En este caso, los estudiantes que obtuvieron las mejores calificaciones académicas no fueron amonestados (86,1%) y lo que no fueron expulsados (94,8%). En definitiva, se ha podido constatar que el rendimiento académico está relacionado con el patrón comportamental que

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mantienen los estudiantes en el aula y en el centro

DISCUSIÓN Y CONCLUSIONES Antes de extraer conclusiones se ha de tener presente algunas matizaciones con relación a la generalización de los resultados encontrados. En primer lugar, cabe destacar que los datos provienen de un contexto social muy específico estudiantes de la ESO de la Provincia de Ourense y de Pontevedra. Segundo, los resultados de cada variable no se pueden considerar totalmente puros, ya que el diseño empleado no posibilita un aislamiento total de los efectos. Las peculiaridades, a pesar de ser pruebas estandarizadas, pueden mediar en la generalización de los resultados a otros instrumentos, ya que no miden realmente los mismos constructos. Con estas precisiones en mente expone-

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mos las siguientes conclusiones: Sobre los comportamientos antisociales en el ámbito escolar y las variables sociales. Los resultados informan que existe un funcionamiento familiar distinto en el grupo de estudiantes con conductas disruptivas y violencia en el aula y en el centro de los que no manifiestan estos comportamientos. Por tanto, se confirma la hipótesis inicial que preveía la existencia de un clima familiar distinto intragrupos. Estos hallazgos van en consonancia con el estudio de Basanta, Fariña y Vázquez (2014), quienes prueban que el clima familiar influye en el comportamiento antisocial de los menores. Postulado que ya había sido anunciado por Pichardo, Fernández y Amezcúa (2002), al señalar que la vulnerabilidad de los hijos ante los factores ambientales y estresantes se eleva cuando el clima familiar está deteriorado por la presencia de conflictos, la falta de cohesión o el apoyo entre los miembros de la familia. En la misma línea se manifestaron Torrente y Rodríguez (2003), al indicar que

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la adaptación social de los menores va increscendo cuando el estilo educativo de los padres se basa en el apoyo, el razonamiento, la negociación y la toma de decisiones conjuntas. Todo ello ya había sido puesto de manifiesto por Loeber y Dishion (1982), que habían postulado que el tipo de disciplina familiar y los estilos educativos son variables con mayor predictivo del primer acto delictivo. A este respecto Arce, Seijo, Fariña y Mohamed-Mohand (2010) advierten que los menores socializados en ambientes familiares de mayor riesgo tienden a ser más vulnerables a desarrollar comportamientos antisociales que los predispongan hacia la escalada de la carrera delictiva. Sin embargo, no se confirma la hipótesis inicial que mantenía que el nivel de socialización varía intergrupos (estudiantes con comportamientos antisocial vs estudiantes sin comportamientos antisociales), por tanto no se replican los resultados mostrados en esta dirección en estudios previos que refieren que los menores con comportamientos antisociales muestran déficits en el desarrollo social (Ortega, 2000; Espinosa, Clemente y Vidal, 2002). Sobre los comportamientos antisociales, las variables sociales y el rendimiento académico. Se verifica la hipótesis inicial que mantenía que los menores que mantienen comportamientos antisociales (disruptivos, violentos, son expulsados, amonestados, absentismo) tienen peor rendimiento académico, siendo éste a su vez afectado por la falta de cohesión familiar. A este respecto, Arce, Seijo, Fariña y MohamedMohand (2010) indican que está probado que el fracaso se relaciona con una menor competencia social y mayores tasas de comportamiento antisocial y delictivo. En la misma línea, Kellam, Rebok, Ialongo y Mayer (1994) refieren que está bien documen-

tado que las dificultades de adaptación escolar y social son predictores de conductas delictivas, violentas, además de la emisión de conductas de riesgo. De cara a la intervención. Los resultados encontrados en este estudio apoyan la propuesta de intervención y tratamiento propuesto por Beelmann y Lösel (2000), quienes precisan que los programas de intervención con menores en riesgo han incluir necesariamente contenidos que permitan desarrollar la competencia social de los estudiantes. Por otra parte, hemos podido constatar que si queremos prevenir la inadaptación social debemos intervenir sobre la familia para favorecer que ésta sea funcional y, por tanto, sea capaz de generar el apoyo y ayuda que requieran sus miembros. A tal efecto, autores como Lila y Buela (2003) y Navarro (2003) proponen programas que actúan sobre el sistema familiar, habilitándolos para ejercer la función de agente de prevención de la conducta de riesgo.

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https://www.facebook.com/revista.temas 114

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Laparoscopía para realizar autopsias Profesionales en cirugía laparoscópica y mini invasiva enseñarán a forenses esta técnica quirúrgica para que pueda ser aplicada a las necropsias que lo ameriten. Se estima que de comprobarse su aplicabilidad, la cirugía laparoscópica presentará ventajas frente a la técnica tradicional de la autopsia, ya que se ahorrará tiempo en abrir y cerrar un cadáver, podrán tomarse muestras para biopsias, y mientras que el método convencional demanda tres horas, la laparoscopía llevará 20 minutos. Universidad Nacional del Nordeste Facultad de Medicina La cirugía laparoscópica tuvo en los últimos años un amplio desarrollo. A tal punto que el 80 por ciento de las intervenciones quirúrgicas pueden realizarse utilizando esta técnica. Este tipo de intervención se practica por medio de pequeñas incisiones, con el complemento de una cámara que permite a los médicos observar el campo quirúrgico a intervenir. Se trata de una técnica mini-invasiva porque evita los grandes cortes que se hacen en la cirugía tradicional y un post-operatorio más corto. La cirugía se realiza a través de una cámara de pequeño tamaño que se introduce en el cuerpo por medio de una incisión, y cuenta con una fuente de luz fría que ilumina el interior del organismo. Las imágenes pueden ser observadas por los cirujanos en monitores de alta resolución y en mayor tamaño. Ahora, profesionales del Centro de Entrenamiento e Investigación en Cirugía Laparoscópica y Mini Invasiva de la Facultad de Medicina trabajarán para darle a esta técnica otra utilidad más que novedosa: realizar autop-

sias. Enseñar a forenses la técnica de cirugía laparoscópica para que pueda ser aplicada a las necropsias que lo ameriten es el objetivo del proyecto. La aplicabilidad de la técnica a prácticas forenses es aún una hipótesis. Es absolutamente novedoso y sin antecedentes en el país. “Para que los resultados tengan validez legal, deberá comprobarse científicamente que las necropsias realizadas con el método laparoscópico arrojen un resultado equivalente al de la técnica convencional”, señaló a Info Universidades el doctor Ricardo Torres, director del Centro de Entrenamiento de Cirugía Laparoscópica. Aunque pueda descontarse su aplicabilidad ya que es una técnica quirúrgica aplicada en cuerpos vivos, es necesario comprobarlo científicamente para sentar jurisprudencia. “Imagínese que una resolución legal, donde puede estar en juego la libertad o la condena de una persona, dependa de una falla técnica del estudio” expresó el doctor Torres. El trabajo formará parte de un entrenamiento que los profesionales del Centro perteneciente a la Facultad de Medicina brindarán a miembros del Instituto Médico Forense del Poder Judicial de Corrientes. Ventajas Desde el punto de vista operativo, las autopsias llevadas a cabo con laparoscopía ofrecerán múltiples ventajas tanto en tiempo, como en costos y

Noticias universitarias de dominio público. Para saber más puedes consultar la fuente http://argentinainvestiga.edu.ar/

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NOTICIAS UNIVERSITARIAS

eficiencia. El estudio estará centrado en el examen abdominal de los cadáveres, sin necesidad de ningún corte. Tan sólo con incisiones por donde se introducen los instrumentos. “El forense se ahorrará tiempo en abrir y cerrar un cadáver, además podrá acceder a sitios muy recónditos. Al tiempo que tendrá la posibilidad de tomar muestras de todos los órganos para biopsias”, explicó el doctor Torres. En lo que respecta a la ventaja del tiempo, una autopsia que con el método convencional demanda unas tres horas, con la laparoscopía llevará 20 minutos. En cuanto a costos, la aplicación de la técnica exigirá una inversión inicial de equipamiento, luego los gastos son mínimos comparado con todo lo que se utiliza para la aplicación del método actual. “Esperamos tener iguales o mejores resultados, ya que los forenses podrán acceder a lugares que a simple vista resultan muy complejos, con las correspondientes tomas de muestras”, aclaró Torres. Casos Las autopsias con laparascopía tendrán mayor utilidad en determinados casos. Por ejemplo, en el estudio de muertes por envenenamiento; o donde hubo un trauma cerrado producto de un accidente. En éstos últimos casos, la técnica permitirá explorar si existió rotura de órganos (hígado, vasos); derrames dentro de la cavidad abdominal; estallido de vísceras, etc. Ahora bien, la investigación lapa-

Fuente de imagen: http://argentinainvestiga.edu.ar/

roscópica no será la más adecuada para la investigación de aquellas muertes donde no haya traumas. Por ejemplo, las muertes producidas por un disparo. En estos casos, es importante que los peritos forenses necesiten conocer el recorrido del proyectil. Entrenamiento La técnica de la laparoscopía es diferente por completo de la técnica de la cirugía convencional. “Un forense, en su trabajo hace cirugía porque es un acto quirúrgico extirpar y tomar muestras de los órganos dentro del abdomen” explicó Torres. “Los entrenaremos para que aprendan a hacer lo mismo pero con una técnica que es totalmente distinta” agregó. En la cirugía laparoscópica se accede al cuerpo por incisiones, y se interviene a partir de la observación de un monitor de televisión. Otra ventaja reside en que todo lo que se hace queda registrado en la cámara de televisión, e incluso, puede ser transmitida a cualquier parte del mundo. “Imaginemos que se tiene un caso complejo, que necesita de una interconsulta con forenses de Chicago. Los forenses correntinos podrán consultar vía teleconferencia a medida que se realiza la necropsia”.

http://revista-temas.blogspot.com.ar

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Los forenses deberán depurar una técnica quirúrgica mirando un monitor donde hay imágenes bidimensionales, no hay profundidad de campo. “Tendrán que incorporar una coordinación psicomanual distinta, con mucho entrenamiento”, señaló Torres. Resultados El entrenamiento básico e intensivo que recibirán los forenses para adquirir conocimientos será de alrededor de una semana. Luego, ya se trabajará con casos, con el correspondiente acompañamiento de los profesionales del Centro de Entrenamiento e Investigación en Cirugía Laparoscópica. Esta etapa llevará más de un año. Durante ese período, se realizarán las necropsias con el em-

Literatura: las huellas discursivas del neopolicial en la sociedad contemporánea Las continuidades y rupturas del género policial con las formas dominantes dentro del campo literario, y las prácticas que manifiestan la emergencia de nuevos conflictos sociales constituyeron el objeto de estudio de un equipo de investigadores. La hipótesis del trabajo sostiene que el policial lee no sólo problemas literarios, sino nuevas subjetividades, identidades, formas del crimen, y formas de resolverlo, dado que el género nunca estuvo desconectado de lo real. Universidad Nacional de Villa María Instituto de Ciencias Humanas 24 de Noviembre de 2014 Investigadores de la Universidad Nacional de Villa María (UNVM) realizaron un análisis del género policial desde sus orígenes hasta la actualidad latinoamericana. En un recorrido por autores y series policiales, el equipo

pleo de los dos métodos a efectos de cotejar resultados. “Cuando se tengan suficientes casos realizados con las dos técnicas, tendremos suficiente argumentos para demostrar a las autoridades judiciales: en 100 casos llegamos a los mismos resultados y conclusiones”. Para el doctor Ricardo Torres y el equipo de colaboradores, esa instancia les demostrará que su trabajo está cumplido y corroborado científicamente. Para saber más puedes consultar la fuente: http://argentinainvestiga.edu.ar/

abordó las huellas discursivas en las obras de Doyle, Kafka, Chesterton y Dürrenmatt, hasta llegar a los contemporáneos en Argentina comoRicardo Piglia y Claudia Piñeiro. El estudio recorrió un abanico de nombres, estilos, obras y épocas que representa, además, lugares claves en la historia del policial desde el siglo XIX a la actualidad. A través de una mirada interdisciplinaria, la investigación planteó un estudio de las prácticas policiales contemporáneas para problematizar, luego, cuestiones propias del género, en especial, “las continuidades y rupturas con las formas dominantes dentro del campo literario en las variantes de enigma, negro, espionaje, suspenso, neopolicial, entre otras”. Además, el texto buscó visualizar cómo estas prácticas manifiestan la emergencia de nuevos conflictos sociales.

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NOTICIAS UNIVERSITARIAS

A partir de esos datos, la investigación se centró en rastrear los orígenes del policial en Argentina hasta la contemporaneidad y hallar las nuevas configuraciones de la matriz tratando de ligar los campos de experiencias: la teoría literaria y la reconfiguración de lo social desde lo policial. “El trabajo abordó la aparición de ‘Triste, solitario y final’, de Osvaldo Soriano, y sus proyecciones en el espacio de la novelística policial argentina de las últimas décadas, particularmente después de la crisis de 2001, años en los que se visualiza una ‘eclosión de escrituras’ adscriptas al llamado neopolicial que reúnen características enunciativas novedosas, tanto en la reasignación de roles y lugares para las piezas claves del género, como por su capacidad para la lectura del mapa societario argentino contemporáneo y su creciente complejidad”, explicó a Argentina Investiga el director de la investigación, Fabián Mossello. En tal sentido, el proyecto se basó en las reflexiones del escritor chileno Ramón Díaz Eterovic para asegurar que “el relato neopolicial está en consonancia con la emergencia de dicho formato discursivo en el contexto de la literatura hispanoamericana a partir de las novelas de Osvaldo Soriano”. La hipótesis de trabajo se sostuvo en que “el policial podía leer no sólo problemas literarios estéticos, sino nuevas subjetividades, nuevas identidades, nuevas formas del crimen, y nuevas formas de resolverlo”, ya que es un género que nunca estuvo desconectado de lo real. “Algunos autores señalan que desde ‘Triste, solitario y final’ hay una relectura del policial de parte de algunas instituciones del Estado, el crimen organizado y cierta formas de connivencia. Además, los artículos que hablan sobre realidad social y el policial sirven para analizar una buena cantidad de policiales que trabajan con temas de la agenda delictiva y hacen hipótesis ficcionales relacionadas a la trata de personas, a relecturas de los desaparecidos, Hijos, Nietos y los Derechos Humanos”, agregó Mossello.

La búsqueda de modelos vernáculos de narrativa detectivesca más verosímiles en relación a la realidad compleja de la cultura latinoamericana llevó a muchos escritores a desarrollar escrituras ajustadas a la particular manera de entender el delito, buscar la verdad y suturar, de algún modo, la brecha social abierta por el crimen. Según el director de la investigación: “los escritores de la novela detectivesca latinoamericana necesitaban readaptar la matriz genérica a nuestras maneras de narrar sobre el crimen y en los años ochenta se mete de lleno con la criminalidad, reconfigura los clásicos e incorpora matices propios como la presencia de detectives amateurs o policías con cierto grado de fracaso que asumen el papel investigativo en un contexto donde todo está teñido de sospechas”. Al ser consultado sobre la expansión del género en la actualidad, Mossello indicó que por lo general está vigente, porque se metamorfosea y tiene un sentido de transposición hacia otros lenguajes como la televisión, el cine y el teatro. Cabe destacar que del trabajo participó como codirectora Marcela Melana, y como investigadoras Miriam Divito, Gabriela Sarasa y Verónica Peretti. También incluyó un artículo bilingüe de Stephen Blair.

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REVISTA DIGITAL DE

ALEJANDRO EDUARDO MARENCO (Argentina)

Electrotécnico (Instituto Técnico Industrial “Ing. Herminio Arrieta” – Libertador Gral. San Martín). Certificado en ISO 39001 “Sistemas de Gestión de Seguridad Vial” – Universitat Oberta de Catalunya – España. Masterando en Tráfico, Movilidad y Seguridad Vial – Universidad “Camilo José Cela” Madrid - España Consultor Independiente en Tránsito, Transporte y Seguridad Vial (Actual). Miembro de CARTA EUROPEA DE SEGURIDAD VIAL (European Road Safety Charter). (Actual).

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CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

INSEGURIDAD VIAL ARGENTINA

¿QUE TIPO DE LEY DEBEMOS TENER? http://revista-temas.blogspot.com.ar

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“La magnitud del problema de la inseguridad vial obliga a las sociedades a tomar acciones y medidas de carácter inmediato, urgentes (aunque cuando algo es urgente es porque algo ya es tarde...)” Las normas legislativas han excedido los marcos geográficos y políticos naturales, emanan hasta de organismos supranacionales partiendo del principio de la universalidad de la movilidad y de la (in) seguridad vial.

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odos sabemos que la Humanidad desde el principio de los días está regida por normas, leyes: Eva, Adán, la serpiente, la manzana, el Hombre en definitiva que debía, debe, comportarse, vivir bajo el fin de las leyes y todos estamos de acuerdo con el fin de las mismas no? La ley como un acuerdo tácito de todos los ciudadanos para comportarnos, ese pacto que nos obliga desde la Libertad. En materia de tránsito sería el Imperio Romano el que dictase las primeras normas señaléticas de circulación, más la invasión musulmana traería aparejado que dichos avances quedaran de lado. 122

La magnitud del problema de la inseguridad vial obliga a las sociedades a tomar acciones y medidas de carácter inmediato, urgentes (aunque cuando algo es urgente es porque algo ya es tarde), duras implacables, dadas para conseguir algo no tan sencillo hasta ahora en la movilidad, la circulación vial: un entorno tranquilo placido seguro sin lesionados sin daños sin riesgos sin muertes para nosotros los usuarios de las vías y los bienes. Tradicionalmente se definió (y en la definición se incorporan los fines) a la seguridad vial desde un punto de vista sistémico y relacionando ésta con todos y cada uno de los elementos que la conforman (vía, vehículo, señalización, personas, circulación vial). El concepto tradicional de la seguridad vial es superado por un nuevo concepto: LA MOVILIDAD. De un tiempo a esta parte se contempla a la misma como el Derecho inherente a la

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SEGURIDAD VIAL

propia calidad de las personas, de ahí una definición en base a un concepto holístico y en contexto a las nuevas realidades sociales, esto es la señalización como único lenguaje artificial universal; los derechos no solo legales sino ancestralmente naturales de los usuarios y sobre todo la Ley, las Normas, Los Valores y las Conductas Sin Riesgo y Responsables. Entonces podemos redefinir a la seguridad vial como aquella situación social en la cual las personas ejercen su Derecho de moverse de un lado a otro, poder circular tranquilamente, sin miedos, sin ningún riesgo asociado, sin necesidad de sufrir lesiones personales o daños en las cosas.

mundial y nuestro también? Simple, el sistema no es estable, no es ideal, no es armónico y presenta por otro lado una fragilidad tal en el propio sistema, consecuencia de la debilidad de los factores que lo integran. Esto me lleva a definir la inseguridad vial como el fino y delicado trazo que nos separa de ser simples infractores a convertirnos en potenciales delincuentes. Inseguridad que ha dejado de ser

¿Cuáles son los inconvenientes que en este teórico sistema ideal, estable y armónico hacen que se vuelva un fracaso

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una cuestión que atañe solamente al tráfico, que además de ser la 1ª causa de muerte violenta en la Argentina, también repercute de una manera importante en la salud públi-

porte de todo tipo la Norma ISO 39001 “Sistema de Gestión de Seguridad Vial”, sí, Colombia ese país devastado por el crimen del narcotráfico y que ostentaba indicadores de morbimortalidad vial muy similares a los nuestros. Pero como vivimos en la Argentina, como tal vamos a abordar lo que pasa y tenemos en nuestro país.

ca y en la economía de ella. De todos los elementos descritos en la movilidad en una clara posición de preeminencia estaban la Ley, los Valores, las Normas, como ícono que nos deberían permitir hacer uso de las mismas armónicamente y que los Derechos de unos no invadan los Derechos de los otros. Latinoamérica y el Caribe tienen su ordenamiento legal en materia de tránsito y seguridad vial, ya sea a través de leyes, decretos, decretos supremos que abordan los aspectos más importantes: Licencia de conducir, Cinturón, Límite de Alcohol, SRI, Casco, entre otros. En algunos de ellos la legislación es superadora, avanzada respecto de la nuestra, así Chile, Colombia, Uruguay, Brasil, por ejemplo, han adoptado endurecimiento de las leyes en materia de límites de alcohol y de índole penal, más aún Colombia es el 1º país de Latinoamérica que adopta e implementa por ley para los sistemas de trans-

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Nuestra Constitución Nacional - como muchas otras Cartas Magnas - entre las garantías consagradas cita en su artículo 14° el Derecho de: “… entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino” es equivalente a la libertad de circulación o movimiento como la proyección de la libertad física o corporal. Sin embargo como diría Miguel Lopez Muñiz Goñi en su “Derecho y Técnica de la Circulación” (Editorial Gesta-Revista de Derecho Judicial., Madrid, 1964.): “Ya no existe un derecho ilimitado de la libre circulación, sino que prácticamente esta facultad, esta libertad civil de locomoción ha quedado notablemente acotada. No puede el individuo, la persona, ir por donde quiere, sino por las vías que correspondan ni en lo que quiere, pues debe cumplir previamente con determinadas condiciones”: el individuo (la licencia de conducir) y el vehículo (la RTO) por ejemplo. “El Derecho que lo abraza y comprende todo por el que claman los Individualistas queda limitado y sacrificado por el Bien

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Común y la Seguridad de los demás”. El Bien Jurídico fundamentalmente protegido por el Derecho de Circulación es la Seguridad del Usuario tanto física como jurídica y es en aras de este bien común: La Seguridad de Todos, es que la Sociedad, Nosotros, a través del Estado regula los principios y requisitos que conforman las mentadas Garantías Constitucionales, dentro de una normativa que limita y obliga al beneficiario de ellas: AL CIUDADANO. Pero que sucede? la garantía constitucional del derecho de la circulación terrena es el único caso en el que su ejercicio no es uniforme y exclusivamente reglado por el Congreso Nacional, aun cuando Nosotros depositamos nuestros Derechos en el Poder Legislativo, en el que elabora las leyes con el sentimiento, con la ilusión de que sea ese poder el que dé respuestas a todos los ciudadanos y a los usuarios de la movilidad en

particular. Ello tiene una explicación, nuestra Constitución Nacional adoptada a partir de la unificación de las provincias confederadas (por ello el sistema de gobierno federal) y en base a esa prelación permanecen las competencias no confiadas a la Nación en cabeza de las jurisdicciones provinciales todo lo concerniente en materia de tránsito (art 121º) y es por eso que el poder legislerante y de policía es ejercido al mismo tiempo y con diferentes particularidades en los planos nacional, provincial y municipal.

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Producto de ello, la circulación, la movilidad se encuentra regida por una multiplicidad de normas aplicables (cada una de ellas) dentro de los límites de cada estado provincial y en algunas de ellas dentro de los límites de cada municipio o comuna por una disposición similar a la nacional o sea la preexistencia municipio - provincia.

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Licencias de Conducir Única (el mayor fracaso de la ANSV), Revisión Técnica Vehicular. Leyes excesivas en su número, pero finalmente abstractas al fin para el que fuesen dictadas.

La homogeneidad, la uniformidad total, calidad indefectible para asegurar los principios referidos de normas convivientes que se buscó en el instituto de la Ley de Adhesión que en materia de tránsito y seguridad vial consagran las leyes 24449 y 26363, lamentablemente no se logró. ¿Causal?: la gran movilidad y el transporte de hoy en día hacen que una persona pueda surcar diariamente varias jurisdicciones cada una con su propia legislación.

A propósito de lo que desde diferentes sectores de la sociedad se plantea, exige, reclama y desde otros (incluso políticos) se resiste está la Ley de Alcohol 0, considero muy particularmente que puede y debe estar vigente, que ciertamente tiene un alto grado disuasivo más allá de la enorme diferencia que tiene nuestro sistema jurídico respecto de países como Chile, o nuestra vecino Uruguay, pero la diferencia radica no solo en el tenor de las leyes sino en la vocación del Estado de tener rigurosos sistemas de control y sanción que aquí no los hay.

Esta falta de uniformidad jurídica no coadyuva al objetivo principal que persiguen estas leyes que es la seguridad tanto física como jurídica. Solo basta dar 2 ejemplos:

Por ello celebro que provincias como Salta, Córdoba (por Ley) y La Rioja (por Decreto) o el municipio de Reconquista, Santa Fe (por Ordenanza) entendiendo de la magni-

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SEGURIDAD VIAL

tud de la inseguridad vial hayan sancionado y puesto vigente la “ley seca”, camino que se sigue en la municipalidad de la ciudad de Rosario (Santa Fe) y en la legislatura santafesina también, pero que se reclama para todo el país. Considero acertado el no tratamiento del proyecto de ley de Alcohol 0 elevado por el PEN al Senado de la Nación - pese a las innumerables críticas que se levantaron - a rigor de la objetividad el proyecto del ministro Randazzo contiene otros aspectos poco positivos como la habilitación para circular de una serie de vehículos como los quads, cuatriciclos cuando no se cuenta en el país con una red de infraestructura vial acorde ni siquiera para el tránsito cotidiano convencional , el cambio de edad para habilitar la conducción (la franja etárea que menos capacidades cognitivas tiene y de mayor participación en siniestros viales y en el consumo de alcohol). Solo hubiese bastado si hubiese verdadera voluntad política para abordar el clamor de una sociedad afligida ante el avance del consumo de alcohol y que repercute dolorosamente en calles y rutas del país, reformular el Artículo 48 inc. a) de la Ley 24449 (y el Artículo 17 de la Ley 24788) "Inciso a): Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licen-

cia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. No podrá circular por las vías objeto de esta Ley y de su reglamentación, el conductor de vehículos con tasa de alcoholemia superior a cero (0) gramos por un mil (1.000) centímetros cúbicos de sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario.". Normas sencillas de fácil cumplimiento Las normas legales que regulan la movilidad y la seguridad vial son imprescindibles para la convivencia en las vías públicas, son las reglas de juego del sistema de movilidad y el reflejo de los valores que imperan en cada sociedad, deben en consecuencia ser coherentes con estos aspectos y no de una demagogia preocupante y alejada de toda la realidad que nos rodea. Para la efectividad del sistema, es necesario conseguir el equilibrio entre la limitación y la protección de los derechos y el fiel reflejo de los valores sociales, pues ello será la premisa para la mejor aceptación social de la ley. Para que la ley sea efectiva debe existir un rechazo social a las conductas infractoras al incumplimiento de las mismas.

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Es decir, al existir una sanción social se refuerza con la correcta aplicación de las leyes y normas sancionadoras de tal manera que cumpla una doble sanción: la del castigo legal ante las conductas contrarias a las leyes, las normas y otra disuasoria y preventiva al comprobar que funciona. De ahí la importancia que cobra la reformulación de los Artículos 84 bis y 94 del CPP con media sanción de diputados y actualmente en la cámara de senadores de la nación. La Ley como otras formas de acción pública se vuelve parte de una cultura pública y social. La seguridad vial es multidisciplinaria (por eso ahora cada vez es menos extraño escuchar de psicología o antropología vial) y su estrategia debe contemplar acciones coordinadas entre diferentes ámbitos. El legislativo debe ser un elemento, una herramienta más para el funcionamiento armónico del sistema, es por ello que desde mi posición considero, también, que a los fines de lograr la uniformidad jurídica en busca de la seguridad tanto física como jurídica a la que referíamos, la ley de Tránsito 24.449 solo requiere de la reforma de su Artículo 1º, el que debería quedar redactado en los siguientes términos:

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Artículo 1º.- La presente ley es de orden público, con el fin de proteger la vida humana y la integridad psicofísica de las personas, contribuir a la preservación del orden y la seguridad públicos y preservar la funcionalidad del tránsito y la seguridad vial y los valores patrimoniales públicos y privados vinculados al mismo y el medio ambiente circundante, que como tales merecen la protección del Estado y la ley. Porque son las leyes de orden público las que pregonan y defienden los valores que cada sociedad proclama como legítimos y básicos. Se basan en las ideas de justicia y moral predominante en la mayoría social y en ese sentido solo basta mirar como la voluntad política en estados como Brasil, Uruguay y Chile acompañó lo que la sociedad, el Pueblo necesitaba ante el afligente cuadro diario de rutas y calles de sus territorios diezmados por la siniestralidad vial. En Argentina seguimos esperando la señal, la voluntad política de quienes nos representan, a fin de no seguir desangrándonos cotidianamente como sociedad en calles y rutas.

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