Apuntes contratos

June 13, 2017 | Autor: Almitah Rios | Categoria: Derecho Privado
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Unidad I generalidades

Negocio jurídico
Acto jurídico en el que la voluntad de su actor (si es unilateral) o de las partes (si es bilateral), en su caso interviene tanto en la realización como en la creación de las consecuencias legales deseadas.

Elementos de existencia 1673
Consentimiento
objeto

Validez 1674
Capacidad
Ausencia de vicios del consentimiento
Objeto, motivo, fin licito

Clasificación legal
Unilateral 1715
bilateral 1716
Onerosos y gratuitos 1717
Conmutativos y aleatorios 1718

Clasificación doctrinal
Nominados e innominados dependiendo si encuentran regulados como tal en código civil,
Consensuales, formales y solemnes dependiendo de la forma en cómo deben de realizarse para perfeccionarse, solo con el acuerdo de voluntad o cuando dicho acuerdo se da en la forma prescrita por la ley o cuando se perfeccionan cumpliendo formalidades específicas (matrimonio).
Consensual y real dependiendo si se perfeccionan por el consentimiento de las partes o con la entrega de la cosa objeto de arrendamiento.
adhesión y de igual a igual según si una de las partes acepta la imposición de las cláusulas del contrato (CFE) o si las partes convienen libremente el contenido obligacional del contrato.
Principales y accesorios según si subsisten por sí mismo o si dependen de otro para subsistir
Instantáneos y de tracto sucesivo dependiendo de la forma en cómo se cumplen o se ejecutan.
Intuitu personae son los que se celebran por la calidad de una de las partes.
consigo /mismo el contratante firma por ambas partes o por sí y en representación de otra.
marco o tipo es el que sirve de base para la celebración de otros contratos.
plurilateral son los que celebran el contrato más de dos personas como la asociación de la sociedad civil.
legal según su propósito o finalidad.
contratos preparatorios contrato de promesa.
traslativo dominio como la compraventa, mutuo, la permuta y la donación.
traslativos de uso y disfrute como el arrendamiento y el comodato.
de custodia o guarda de cosas depósito y secuestro.
de servicios prestación de servicios, mandato, obra a precio alzado, transporte, hospedaje.
de finalidad común o asociativos, asociación civil, sociedad civil.
aleatorios juego, apuesta, renta vitalicia, compra de esperanza.
de garantía fianza, prenda, hipoteca.
de transformación jurídica o solución de conflictos transacción compromiso, mediación arbitraje.

Unidad II contratos preparatorios
I promesa de contratar
Contrato preparatorio por el que una o las dos partes se obligan a celebrar, dentro de un plazo cierto un contrato futuro, en un plazo determinado cuyos elementos esenciales determinan al efecto.

Se denominan también precontrato, contrato preliminar o ante contrato
2129 obligación de celebrar contrato futuro
2130 puede ser unilateral o bilateral,
2131 obligaciones de hacer

Clasificación (naturaleza jurídica)
Preparatorio, accesorio, de garantía, unilateral o bilateral, no es oneroso, ni gratuito, formal en oposición o consensual.


Antecedentes históricos
En derecho romano no existió
Código napoleónico 1804 contrato de promesa de compraventa equivalía a la venta

Elementos personales
Promitente y promisorio
Promitentes si es bilateral
Promitente y beneficiario si es unilateral

Elementos reales
Contrato futuro (obligación de hacer)
Plazo sin plazo el contrato es nulo
Debe contener elementos característicos del contrato definitivo 2132
En Chihuahua, León, Yucatán, inscriben en RPP Querétaro no

Elementos formales
Por escrito 2132
No crea derechos reales, solo personales

Figuras afines
Promesa y policitación
Ambas figuras conducen a un mismo fin un contrato
La policitación es una declaración unilateral de la voluntad, la promesa es un contrato por escrito aun en la promesa unilateral existe un contrato aunque un solo queda obligado.

Promesa bilateral y contrato definitivo sujeto a plazo
La promesa bilateral requiere un plazo como elemento inherente, el contrato definitivo a plazo lo tiene como elemento accesorio.

Proemio/ encabezado
De que es el contrato partes que lo celebran y su calidad si actúan por propio derecho o en representación de alguien al tenor de las siguientes declaraciones y clausulas.


Unidad III Traslativos de dominio
Compraventa
Contrato por el que uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o un derecho y el otro a su vez se obliga a pagar por ellos un precio y en dinero. 2134

Utilidad
No prescribe
Es la principal forma de transmitir la propiedad de manera pacifica
Sus reglas sirven de base para muchos contratos

Antecedentes
El más importante antecedente es el trueque hasta que apareció la moneda como común denominador de los valores del cambio, la veta romana efectos obligatorios, Pacifica posesión traditio.

Naturaleza jurídica
Contrato traslativo de propiedad o dominio

Clasificación
Bilateral, oneroso, consensual sobre muebles, formal sobre inmuebles, traslativo de propiedad a veces de adhesión, principal.

Afines
Permuta 2212 una cosa por otra

Obligaciones del vendedor

Entregar al comprador la cosa vendida en el estado en que se hallaba al momento de celebrar contrato 2173
Garantizar la calidad de la cosa
Prestar evicción
Gastos de entrega 2168, 2170
Derecho de retención 2171 2172
Intereses 2182
Recisión o incumplimiento forzoso 2185
Falta de pago de los abonos estipular la recisión de inmuebles o la cosa a tercero ajeno de buena fe
Vendedor únicamente impuesto sobre la renta el comprador corre por gastos de escritura y registro

Efectos y terminación del contrato de compraventa
Circunstancias contemporáneas de la celebración del contrato, que frustran la compraventa, impidiéndole que produzca sus efectos o continúe produciéndolos nulidad de compraventa por causas de incapacidad para contratar.
Hechos o circunstancias posteriores a la realización del contrato.
Agotamiento natural del contrato virtud del cumplimiento o ejecución.
Rescisión por incumplimiento de una de las partes.

Modalidades del contrato de compraventa
Consiste en diversas especies de la compraventa en función de las modalidades a que se sujeta el consentimiento.
Bienes muebles
Venta a ensayo o a prueba
Condición suspensiva de que la cosa sea ensayada o probada, por lo que la venta se perfecciona hasta que dicha cosa es reconocida apta para el uso o servicio que pretende el comprador y hasta que satisface por tanto, las condiciones requeridas por el mismo comprador.
Molde, herramienta, refacción, tractor, si la prueba o ensayo son desfavorables la venta no se perfecciono y queda sin efectos.
Ejemplo tractorcito
Art 2186 cláusula para no vender a determinada persona

Venta ad gustum o al gusto
Depende del gusto del comprador a quien se deja la facultad de degustar aunque en este caso el contrato no se perfecciona hasta que al comprador le haya agradado la cosa y así la comunique al vendedor se trata mas bien de una promesa unilateral de venta y no de una venta sujeta a condición suspensiva policitación u oferta sujeta no a término sino condición ejemplo freshenette la redonda.

Venta a vistas
Idéntica naturaleza que la anterior, pues en esta está el perfeccionamiento de contrato depende del agrado del comprador después de haber examinado la cosa o su funcionamiento, ejemplo muebles, ropa.

Venta por cuenta, peso o medida
Se perfecciona aunque todavía no se hayan pesado o no se haya hecho la cuenta o la medición de las cosas vendidas.
La medición o la cuenta o el peso no se requieren para individualizar la cosa vendida sino determinar el peso total.
No opera teoría de los riesgos 2143

Venta por acervo o a precio alzado (precio global)
Se perfecciona en el momento en el que el comprador acepta pagar un determinado precio global aunque se trate de cosas que se suelen contar, pesar o medir, no pudiendo dicho comprador pedir la rescisión del contrato por no haber encontrado el en acervo la cantidad, peso o medida que el calculaba, por lo que en este caso no procede la regla del error de cálculo que da lugar a la rectificación tráiler de ropa se compra riesgo 2145 2146 2147

Bienes inmuebles
Venta ad mesuram
Es cuando se fija un precio por unidad de medida aunque se exprese la superficie total del predio en cuyo supuesto la diferencia es más o menos de esta, determina la consiguiente modificación del precio total por tratarse en todo caso de un error de cálculo.
1693
Error de cálculo
10 000 pago lo de y tiene 8 000

Ad corpus
Cuando las partes fijan el precio alzado aunque hayan expresado la superficie total del predio en cuyo supuesto a qué precio no sufriría alteración aunque al verificarse la medición del inmueble resultara mayor o menor la superficie del mismo art 2175, 2158
2147 2175

Ventas sobre muestras
2144
Cuando se trata de venta de artículos determinados y perfectamente conocidos el contrato podrá hacerse sobre muestras
En caso de desavenencia entre los contratantes dos peritos nombrados uno por cada parte y un tercero para el caso de discordia resolverán sobre la conformidad o inconformidad de los artículos con las muestras o calidades que sirvieron de base al contrato

Venta con pacto de no vender a determinada persona 2186 2187

Consentimiento en las declaraciones
Cláusula de venta o a prueba
El comprador queda declinado de la compra


Derecho de preferencia por el tanto 2188 2189 2190
Inquilinos
Compra de esperanza
Se discute en la doctrina si es una modalidad de la compraventa o un contrato independiente, prueba de ello es que nuestro código lo trata como un contrato
2194 2691 2692

Compraventa en abonos 2195
Se tiene que estipular que es en abonos y que la falta de uno o dos será motivo de recisión 2196

Compraventa con reserva de dominio 2197 2198 2199 2200

II permuta
Contrato por el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa por otra 2212

Características
Utilidad apareció antes que la venta cuando no existía aun la moneda como medio común de cambio actualmente se utiliza mucho en el comercio internacional donde el trueque de artículos o de mercancías es fomentado por los gobiernos para evitar la fuga de divisas al extranjero

Clasificación
Contrato sinalagmático, oneroso, conmutativo o aleatorio (cuando uno de los permutantes transmita la propiedad de la cosa y tome a su riesgo que la otra cosa que se le va a enajenar llegue a existir o no), consensual si recae sobre bienes muebles y formal si versa sobre bienes inmuebles.


Elementos del contrato
Personales
Las partes se llaman permutantes, requieren solo de la capacidad general para contratar aplicándose a este contrato las reglas de la compraventa

Reales
Son las dos cosas que se permutan mismas que deben satisfacer los requisitos de la cosa en la compraventa (existir en la naturaleza, estar en el comercio, no estar prohibida su enajenación por la ley y ser determinada o determinable en cuanto a su especie y cantidad)
En algunas ocasiones puede haber de por medio una cantidad de dinero para nivelar el valor de ambas cosas.

Formales
Contrato consensual si versa sobre bienes muebles pero formal si recae sobre inmuebles aunque se trata de un bien mueble por otro inmueble
Contenido obligacional

Tiene cada permutante la obligación de un vendedor pero con dos diferentes
Entregar la cosa
Garantizar la calidad
Derecho de retención Cuando el permutante que ha recibido del otro la cosa, teme que va a ser perturbada en su posesión o derecho, si acredita que tal cosa no era del permutante que se la dio prueba que puede producir aun fuera de juicio no puede ser obligado a entregar la cosa que ofreció a cambio sino que puede deshacer la operación mediante dicha prueba y la devolución de la cosa que recibió 2213
El permutante que ha sufrido la evicción de la cosa que recibió en cambio podrá reivindicar la que el dio si se haya en poder aun del otro permutante o exigir su valor o el valor de la cosa que se le hubiere dado en cambio con el pago de daños y perjuicios lo que constituye una agravación de responsabilidad en la permuta con relación a la compraventa en esta solo se restituyen las prestaciones 2214 2215 2216

Derecho de retención permuta de cosa ajena sigue las reglas de compraventa con las salvedades señaladas en el punto anterior

Efectos y terminación
Son los mismos que los de la compraventa pero como en la permuta no hay comprador no se aplican a la misma las normas protectoras de este relativas a la valorización pericial del demerito de la cosa y del uso de la misma para el caso de la resolución de la permuta

Peculiaridades del contrato
Básicamente son los ya comentados que distinguen a la permuta de la compraventa y que entrañan agravaciones a la obligación del saneamiento por evicción y que otorgan una mayor protección al permutante en los casos de permuta de cosa ajena

III donación
Contrato por el que una persona llamada donante transmite gratuitamente parte de sus bienes presentes a otra persona llamada donatario debiendo reservarse para sí bienes suficientes para su subsistencia y para el cumplimiento de sus obligaciones
Articulo 2217 2218 2225

Clasificación
Es un contrato gratuito generalmente unilateral pero por excepción bilateral es un sentido amplio en la donación onerosa generalmente es un contrato formal pues es solo consensual cuando recae sobre bienes muebles cuyo precio no exceda más de 100 dsm principal generalmente instantáneo aunque puede ser de tracto sucesivo o ejecución periódica renta vitalicia

Figuras afines
No toda liberalidad constituye una donación ya que la prestación gratuita de un servicio no son donaciones es comodato, o mandato no remunerado para que exista donación debe existir un contrato y que a través de él se transmite gratuitamente en un derecho real de propiedad, uso usufructo etc. o un derecho de crédito cesión gratuita de un crédito.
En la doctrina la remisión de deuda es una donación liberatoria cc la considera como

La donación puede ser Pura, condicional, onerosa o remunerativa entre vivos 2219

Por causa de muerte
Legado son esencialmente revocables al igual que el testamento en el cual deben constar 2224

Donaciones antes del matrimonio
Pura y condicional 2220
Onerosa y remuneratoria 2221
Liberalidad en estipulación a favor de terceros al tercero
Onerosa bilateral tiene carga obligación

Remuneración
Para reconocerle una obligación moral es las difícil de quitar

Donación ante nupciales
Entre consortes antes de la boda "regalos de boda" y "arras" (la dote) art 201 202

Indirectas particulares y universales
En un sentido amplio existen las donaciones indirectas son las que se hacen incluyéndolas en otro acto jurídico que le sirve de soporte ya sea a título gratuito u oneroso ejemplos una compraventa en la que el que paga el precio hace constar como comprador a otra persona y la que se quiere favorecer o tomar un seguro a favor de un tercero
Las particulares que son una cosa en concreto las universales consiste en una donación de todos los bienes
2232 2233
Donación inoficiosa
Nuda propiedad hija
Usufructo vitalicio (puede asemejarse a renta vitalicia)

Elementos personales
Donante que necesita la capacidad general de ejercicio y la legitimación o facultad para disponer gratuitamente del bien de que se trate. Donatario para el que no se exige la capacidad de ejercicio ni siquiera la de goce pues esta puede anticiparse por una ficción legal para permitir a un simple concebido recibir la donación a través de quien lo va a presentar en caso de que nazca vivo y viable.

Reales
El elemento real de este contrato es la cosa donada la cual puede ser un derecho real o un derecho de crédito

Formales
Puede ser verbal respecto de bienes muebles si no pasa 100smv si sobre pasa será por escrito al igual que con los inmuebles
2227 2228 2229 2230
Reglas de la compraventa

Obligaciones del donante
Transferir el dominio de la cosa
Conservar la cosa antes de la entrega
Hacer entrega de la cosa
Responder por o garantizar el derecho personal
2236

Efectos de la donación para el donatario
2231 2235 2236 2237

Cargas en la donación
2238 2239 2240 2241 2253

Revocación recisión y reducción de las donaciones
2244
Acto unilateral por medio del cual el donante da por terminada la donación con fundamento en una causa legal puede darse por dos motivos
Superveniencia de hijos del donante
Ingratitud del donatario
Superveniencia de hijos
En el caso del hijo póstumo del donante la revocación de la donación opera de pleno derecho el plazo para ejercer este tipo de revocación es de 5 años y es un derecho irrenunciable antes de que nazcan los hijos, sin embargo si es permitida la renuncia después de que ha nacido hijos al donante.
2244 325 2245 2233 2246 2247 2248 2249 2250 2251 2252

Ingratitud
La ingratitud del donatario hacia el donante no es obligación jurídica sino un mero deber moral sin embargo el incumplimiento de ese deber moral puede traer consecuencias jurídicas por lo que en esta materia hay sanción sin obligación.
El derecho a revocar la donación por ingratitud tampoco puede renunciarse anticipadamente y prescribe después de un año de que el donante tuvo conocimiento de la ingratitud
2255 2256 2258 2259

Incumplimiento de cargas
El incumplimiento de las cargas da origen a la rescisión de la donación
La donación la obligación de pagar a terceros determinadas prestaciones o de emplear en determinada obra parte del importe de los bienes donados

Reducción de las donaciones
Esta constituye una causa de terminación parcial o total de las donaciones inoficiosas en la medida y proporción en que las donaciones efectuadas impiden al donante cumplir con sus deberes alimentarios 2261 2262 2263

Donaciones inoficiosas
No sigue nulidad solo quiere decir que la donación se reduce en la medida en que sea necesario para cubrir los alimentos y esta no tendría porque
2268 20672068 2069 2070, 2049 2050
Jurisprudencia cuando exista el acto jurídico que provenga de un 3 adquiriente de buena fe no subsiste Provenga acto ilícito se revierte la compra

Mutuo 1928
Contrato por el cual el mutuante transfiere la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles al mutuatario quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad.
2269
Contrato consensual antes era real que había tenido lo que es correcto ya que es
2269

Clasificación
Traslativo de dominio, principal, bilateral, consensual dado que no requiere de la entrega de la cosa para su perfeccionamiento y también por oposición a formal por no requerir ninguna formalidad para su celebración gratuito cuando es un préstamo simple o sin interés u oneroso en caso de mutuo con interés

Especies
Civil y mercantil
Civil celebrado entre particulares sin fin de lucro regulado por código civil
Mercantil
Cuando el préstamo aun la finalidad de que se declinen las cosas prestadas a actos de comercio
Cuando se celebre entre comerciantes se presume su finalidad
Algunas operaciones pasivas e los bancos depósitos de dinero
Operaciones activas de los bancos créditos de habitación o autor de créditos refaccionarios créditos de apertura de crédito

Mutuo con simple y con interés
El mutuo simple es el préstamo gratuito te doy una cosa y me devuelves otra de la misma especie cantidad y calidad
El mutuo es con interés cuando el préstamo es oneroso la razón por la que se el legislador faculta al mutuante para convenir con el mutuatario el pago de un interés en la escasez de dinero sino se estipula un interés el legislador lo ha establecido en el 20% anual local y a nivel federal y el código civil lo determina a 9% (a parte el moratorio)
2278 2279 2280 1870 1884

Elementos personales
Mutuante y mutuatario capacidad de ejercicio

Reales
El dinero y cosas fungibles es decir bienes que para efecto de pago puedan substituirse por otros de su misma especie calidad y cantidad
También la moneda extranjera puede ser objeto de mutuo sin embargo conforme a la ley monetaria el mutuatario puede devolver la moneda extranjera o su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio vigente al momento de hacer el pago

Formales
Es consensual en oposición al real ya que no requiere la entrega de la cosa para perfeccionarse asimismo es un consensual en oposición a formar ya que no se requiere firma algún documento o por escrito sin embargo hay que probar la entrega de la cosa para poder exigirla al mutuatario la restitución de otro tanto de la misma especie calidad y cantidad.

Obligaciones mutuante
Transmitir la propiedad (individualizar)
Entrega de la cosa real virtual jurídica (lugar y tiempo pactados) 2271 2272
Prestar la evicción Esta obligación es propia de todo enajenante (dinero falso) ya no se paga

Vicios ocultos 2275

Teoría de la responsabilidad especial
La moneda no es reivindicable de un adquiriente de buena fe y la posesión de bienes fungibles se presume de buena fe y da al que la tiene la presunción de servicio

Obligación del mutuatario
Haciendo también la entrega y transmitiendo la propiedad de la cosa, dicha entrega debe hacerse en el lugar a tiempo pactado
Art 2270

Obligaciones de dar y hacer sin plazo
1966 examen
Si no se ha fijado el tiempo en que deba hacerse el pago y se trata de obligaciones de dar no podrá el acreedor exigirlo sino después de los 30 días siguientes a la interpelación que se haga ya judicialmente ya en lo extrajudicial ante un notario o ante dos testigos.
Tratándose de obligaciones de hacer el pago debe efectuarse cuando lo exija el acreedor siempre que haya transcurrido el tiempo necesario para el cumplimiento de la obligación.
Entregar la cosa
Objeto de la devolución
2273 2274 2276

Vicios ocultos y evicción
Se observara lo conducente a las obligaciones del mutuante en este punto

Pago intereses
En caso de mutuo con interés cuyo monto puede ser fijado libremente por las partes y a falta de pacto expreso rige el interés legal 20% anual Qro 9 % federal

Mutuo con interés
2281 2282 2283
Lesión pedir que reduzca el interés al juez

Terminación del contrato
Además de los modos generales de terminación de los contratos como el agotamiento natural del mismo podemos mencionar

La rescisión del contrato por incumplimiento de una de las partes
El desistimiento unilateral del contrato cuando se pacta un interés más alto que el tipo legal contemplado en el art 2265 antes mencionado
Agotamiento natural

Segundo Parcial
Contratos traslativos de uso

Arrendamiento
Arrendamiento es el contrato por el cual el arrendador se obliga a conceder el uso o goce temporal de una cosa al arrendatario a cambio de un precio cierto en dinero. Art 2284

Clasificación
Es un contrato bilateral, oneroso, conmutativo, principal, de tracto sucesivo o de ejecución duradera, es consensual cuando recae sobre muebles y formal cuando es sobre inmuebles.
Parcialmente tiene el carácter de intuitu personae por lo que se refiere al arrendatario (no puede subarrendar sin permiso del arrendador), aunque salvo pacto en contrario, no termina por muerte del inquilino. (Arrendatario)

Hay subarrendamiento civil sobre bienes inmuebles puesto que no existe esta figura como tal en mercantil, existe al respecto un vacío en la legislación mercantil toda vez que al no regularse expresamente debemos de atender al cfpc


Elementos personales
El arrendador, que le da la cosa en arrendamiento y el arrendatario que recibe la cosa en arrendamiento ambos contratantes requieren la capacidad para contratar además el arrendador debe tener legitimación sobre el bien que va a dar en arrendamiento, bien sea por ser propietario de él, no tenerlo dado en arrendamiento ni tener limitación legal para determinados arrendamientos o estar autorizado por el dueño a través de un poder o una autorización para subarrendar.
Art 2287, 2290, 2291,
Incapacidades especiales albacea 2293,

Elementos reales
La cosa, no es necesario que sea un bien corpóreo (derechos) también puede ser géneros, pero en este caso será necesario que las cosas rentadas se entreguen "como no fungibles" para ser restituidas idénticamente.
Art 2286

Precio
Puede o no consistir en dinero ya que puede ser otra cosa como frutos, pero siempre debe ser precio cierto o determinado en calidad y cantidad, por ejemplo, el arrendamiento de un restaurante puede pactarse que el arrendatario se obligue a pagar una cantidad fija mensual de dinero adicionalmente un porcentaje sobre las entradas brutas de la negociación.
Art 2343, 2285

Certeza del precio / Cuantificación
No es lo mismo un precio incierto que un precio indeterminado, el precio incierto afecta la existencia del mismo precio por ejemplo que el monto de las rentas dependa de que un negocio arrendado tenga utilidades y participe en ellas y el arrendador en un determinado porcentaje como única renta.
El precio indeterminable, en cambio afecta solo la cuantificación de la misma lo que si puede darse con tal de que sea determinable al momento de hacerse exigible, ya que resulte de multiplicar 80 veces el tipo oficial de dólar americano al momento del pago.

Tiempo
Es un elemento esencial ya que el contrato consiste en conceder el uso o goce temporal.
En el derecho romano se permitían los arrendamientos a perpetuidad, situación que rechaza nuestro derecho pues equivalían a una venta por esta razón como restricción a la autonomía de la voluntad en el arrendamiento el legislador nos señala.
Fincas destinadas a la industria 20
Fincas destinadas a comercio 15
Fincas destinadas a habitación 10

En caso de pactar más del plazo señalado no es nulo, solo se reduce el plazo tope

Elementos formales
Por escrito
Renta de predio rustico sobre pasa 500vsmgvd el contrato se otorgara por escritura pública. 2292

Obligaciones del arrendador 2297
Entregar la cosa con todas sus pertenencias y en estado de servir
Conservar la cosa en el mismo estado haciendo las reparaciones necesarias
No estorbar ni embarazar el uso de la cosa
Garantizar su uso
Responder por daños y perjuicios
No exigir más de tres meses de renta por deposito

Prórroga del contrato de arrendamiento
Convencional
Puede resultar de un pacto expreso entre las partes que así lo convengan o bien por un acuerdo tácito entre arrendador y arrendatario que es el caso de que la llamada" tacita reducción", que consiste en que una vez que ha terminado el arrendamiento y su prorroga si la hubo continua el arrendamiento en el uso o goce de la cosa y el arrendador acepta el pago de la renta por tanto es una prórroga del contrato de arrendamiento por la manifestación tacita de la voluntad del arrendador.
En el caso de que el predio sea rustico se entenderá renovado el contrato por un año pero si es urbano el arrendamiento continuara por tiempo indefinido y el arrendatario deberá pagar la renta que corresponda al tiempo que exceda al del contrato con arreglo a lo que pagaba es decir sin aumento alguno.
En este último caso el contrato se transforma de tiempo fijo en un contrato de término indefinido que se regirá por 2354 ccq
Tacita reducción 2382, 2383

Legal
Existe en los contratos de inmuebles a plazo fijo y sujetos al régimen común de todo arrendamiento y se refiere a que el arrendatario tiene derecho a solicitar que se le prorrogue por un año más la duración de su contrato de arrendamiento 2378
Beneficio de orden público no renunciable se le notifica se dan 60 días para que entre el inmueble si es de uso habitacional / comercial y 90 si es industrial.

Sujeto a condiciones
El arrendatario debe solicitarla expresamente si desea hacer uso de ella
La petición del arrendatario debe hacerse antes y no después de que fenezca el plazo de arrendamiento ya que según la jurisprudencia…
2379

No están obligados a prorrogar el contrato de arrendamiento los propietarios que quieran la cosa o cultivar la finca cuyo arrendamiento ha vencido 2350 sin embargo el inquilino tendrá derecho a que el arrendador lo indemnice de los daños y perjuicios que se le hubieren causado como consecuencia de la desocupación del inmueble arrendado.
Es importante mencionar que en los casos de prórroga de los contratos de arrendamiento subsistirán las obligaciones otorgadas por un tercero para la seguridad del arrendamiento es el caso del fiador, salvo pacto en contrario 2384 en relación 2378.
Ante la petición de prórroga del contrato el arrendador puede optar por cualquiera de las siguientes opciones
Allanarse simplemente pero sin firmar nuevo contrato dejando solo transcurrir el año de prorroga
Allanarse a dicha petición pero con la exigencia del pago de un aumento del importe del interés legal anual
Oponerse a dicha petición manifestando su deseo de habitar la casa de conformidad 2385 2379 2380 2381 2382 2383 2384 2386 2387 2388 2389 2390 2391 2392

Maneras de terminar el arrendamiento
2376
Arrendamiento derecho personal no real
Cláusula de que fiador garantiza solo 1 año
En caso de prorroga suscribir nuevo convenio

Comparación a otras figuras
Arrendamiento y Compraventa
En esta hay transmisión del derecho real de propiedad inmediata o diferida y pago de precio cierto en dinero, el arrendamiento solo hay nacimiento de obligaciones o derechos de crédito y el precio cierto puede consistir en otros bienes que no sean precisamente en dinero.
En el primero se transmite el uso a un precio cierto y en el segundo se transmite la propiedad a un precio cierto y en dinero.
Así mismo en el caso de la compraventa en abonos cuando se da en el incumplimiento por parte del comprador y el vendedor pide la rescisión del contrato deben restituirse las prestaciones recibidas, sin embargo el vendedor puede exigir el pago de una renta fijada por peritos por el uso del bien por parte del comprador. Art 2196

Usufructo, uso o habitación y arrendamiento
en el primer caso, estamos en presencia de derechos reales mientras que el derecho del arrendatario es un derecho personal o de crédito.

Arrendamiento y Arrendamiento Financiero
Este último es una modalidad del primero, se asemeja a la compraventa por las 3 opciones que tiene el arrendatario financiero al finalizar el contrato, el primero es en materia civil y en el segundo materia mercantil.

Especies de contrato
Mercantil
El arrendamiento sobre muebles puede ser arrendamiento civil o mercantil, según los casos art 7 I, II del c. com.
Ejemplo arrendamientos de automóviles, fotocopiadoras, maquinaria, ropa para ceremonias etc.

Administrativo
Contratos celebrados con entidades del gobierno federales, estatales o municipales, en estos casos dichos contratos se regularan conforme a las disposiciones de dichos contratos en materia de derecho administrativo y supletoriamente se aplicara el código civil federal o local según sea el caso.

Civil
Hay solo en inmuebles, puesto que no existe esta figura como tal en materia mercantil, existe al respecto un vacío en la legislación mercantil toda vez que al no regularse expresamente debemos atender al código federal de procedimientos civiles.

Maneras de terminar arrendamiento 2376
Cumplimiento del plazo
Convenio expresado
Nulidad
rescisión
Confusión
Perdida o destrucción total
Expropiación de la cosa arrendada
Evicción de la cosa arrendada

Acreedor y deudor misma persona 2377 2378

Clausulas fiador
El fiador está autorizado por el arrendatario y él puede entregar el inmueble sin orden del juez

Comodato
En nuestros códigos 2394
Uno de los contratantes se obliga a conceder el uso de una cosa no fungible y el otro contrae la obligación de restituirla individualmente
No señala plazo o determina su uso

Clasificación
Contrato gratuito a pesar de que genera obligaciones a cargo de una y de otra parte, es traslativo de uso, duradero o de tracto sucesivo, consensual en oposición a formal, ordinariamente es principal pero puede ser también accesorio y es un contrato intuitu personae por lo que toca a la persona que es comodatario.
A pesar de que impone obligaciones a cargo de las dos partes estas no son interdependientes entre si por lo que no se puede rescindir.

Especies
Civil o puede ser mercantil cuando es accesorio de un contrato principal es mercantil
Ejemplo los refrigeradores de coca que prestan a las tienditas

Figuras afines
Mutuo y comodato
En cuanto al préstamo de consumo o uso en el primero se transmite la propiedad de la cosa y en el segundo solo el uso, el comodato siempre es gratuito y el muto puede ser oneroso cuando es con interés.

Arrendamiento y comodato
Sigue sus generales (reglas) en cuanto al cuidado de la cosa, sin embargo difiere en cuanto al arrendamiento siempre es oneroso y el comodato gratuito, en el primero debe establecerse un plazo y en el segundo puede ser indefinido.

Elementos personales
Comodante
Comodatario
2397, 2396

Elementos reales
La cosa puede ser un bien mueble o inmueble pero no puede consistir en una cosa fungible por lo que cuando se trata de "cosas consumibles" solo será comodato si ellas fueron prestadas como no fungibles es decir para ser restituidas idénticamente 2395
A falta de pacto sobre el uso, el comodatario se obliga a darle el uso ordinario
2401, 2404,

Elementos formales
No requiere ninguna formalidad para su perfeccionamiento por lo que es consensual, es conveniente hacerlo por escrito para evitar confusiones con la donación verbal.

Obligaciones del comodante
La primera es contemporánea a la celebración del contrario y tiene su nacimiento en las dos siguientes son
nacimiento eventual y se originan en hechos posteriores a la celebración del contrato
Entregar la cosa y conceder en forma gratuita su uso y goce 2394
Reembolsar al comodatario los gastos extraordinarios y urgentes 2410
Indemnizar los gastos extraordinarios y urgentes así como responder de los efectos o defectos de la cosa dada en comodato 2411

Obligaciones del comodatario
Conservar la cosa 2399 2400
Usar la cosa personalmente y de la forma convenida salvo pactos expresos en contrario, se observara lo dispuesto en el ccq
Restituir/ devolver la cosa al comodante 2408

De los riegos en el comodato
2402

Terminación
Vencimiento en el plazo
La cosa perezca 2409
Muerte del comodatario 2412 intuitu personae
Revocación del comodatario 2403, 2404, 2405, 2406, 2407


VI CONTRATOS DE CUSTODIA O GUARDA DE COSAS

Concepto
Deposito
El deposito es un contrato por el cual el depositario se obliga hacia el depositante a recibir una cosa mueble o inmueble que aquel le confía y a guárdala para restituirla cuando la pida el depositante. 2413
No se da el uso a diferencia con el contrato de comodato

Clasificación
Es un contrato intuitu personae, oneroso, gratuito, principal, también puede ser accesorio y bilateral.

Especies
Civil o mercantil
Dependiendo si se celebre entre particulares o entre comerciantes si recae o no sobre cosas mercantiles o si es por causa de comercio. El depósito mercantil ha tenido notable extensión cuando se realiza en almacenes generales de depósito o en los depósitos bancarios.

Depósitos de cosas y depósito de personas
En este último se da como una medida precautoria en actos judiciales, sobre todo divorcios, sin embargo, toda vez que es un acto procesal no debe considerarse como un contrato.

Elementos personales
Depositante
Depositario
Capacidad para contratar de ejercicio, no se exige tener la propiedad sobre la cosa ni derecho de uso, solo basta la posesión o el cuidado de ella.
Arrendatario vendedor acreedor prendario
A no ser que dicha guarda debe ser personal
Aunque no haya capacidad del depositario, debe devolver la cosa
2416 2417, 2418

Elementos reales
El objeto de este contrato son bienes muebles o inmuebles, cosas corpóreas e incorpóreas (créditos) se requiere que la cosa no sea fungible, ya que de lo contrario estaríamos ante la presencia del mutuo.

Elementos formales
Es un contrato consensual en oposición al real y al formal ya que la entrega de la cosa no es el medio de perfeccionar este contrato si no una etapa de su ejecución después del acuerdo de voluntad de las partes.

Obligaciones del depositario
Recibir la cosa 2413
Guardar y conservar la cosa 2413
Esta obligación implica la custodia material para conservar la integridad física de la cosa así como la jurídica que consiste en la realización de actos para conservarlos por ejemplo, la interpretación judicial para evitar la prescripción extintiva de un crédito, el cobro de intereses o del crédito mismo.
2415 2419
Abstenerse de usar la cosa
Restituir la cosa
En el estado que la recibió por el depositario, salvo que la cosa se hubiera deteriorado o perdido por caso fortuito o fuerza mayor y aquel el depositario pruebe esas circunstancias.
La restitución de la cosa debe hacerse al depositante sea o no dueño de ella a no ser que el depositante descubra que la cosa es robada y conozca a su dueño en cuyo supuesto debe el depositario dar aviso a este.
2420, 2421, 2422, 2423 2425 2426 2430

Obligaciones del depositante
Retribuir al depositario
Indemnizar al depositario de los gastos necesarios que este hubiera erogado en la conservación de la cosa y de los perjuicios que haya sufrido con motivo del depósito. 2428
2431 a 2433
Que esos dueños son responsables del deterioro, destrucción o perdida de los efectos introducidos en el establecimiento con su consentimiento o el de sus empleados autorizados por las personas que allí se alojen responsabilidad que será equivalente al valor de lo deteriorado destruido o perdido y en caso de culpa del hotelero o su personal deben descubrirse además los daños y perjuicios responsables por el valor de la cosa con culpa más daños y perjuicios
Para que estos dueños sean responsables del dinero valores u objetos de precio notoriamente elevado que se introduzcan en sus establecimientos es necesario que sean entregados en depósito a ellos o a los empleados debidamente autorizados.
Lo anterior no es renunciable por letreros o avisos que los dueños pongan en su establecimiento para aludirla, cualquier pacto que celebre imitando o modificando esa responsabilidad será nulo.
Por otro lado las fondas cafés casas de baño y semejantes no responden de los efectos que introduzcan los parroquianos a menos que los pongan bajo el cuidado de los empleados del establecimiento.

Modo de terminación vencimiento de plazo
Además de los modos normales de terminación de los contratos como el vencimiento desplazo o la perdida por caso fortuito o fuerza mayor de la cosa depositada

Denuncia o desistimiento unilateral del depositario
Aunque no se haya llegado al plazo estipulado si avisa con anticipación sobre todo si se necesita preparar algo para guardar la cosa 2427
Denuncia o desistimiento unilateral de lo depositario con justa causa 2408 2425
Cuando se haya fijado plazo aunque se haya señalado siempre que el depositario tenga justa causa para devolver el depósito con anticipación a dicho plazo (padecer una enfermedad o necesidad de emprender un viaje)

El secuestro
Variante del contrato de depósito 2435

Especie de secuestro
2436 2437 2438 2439 2440 2441




Unidad VII CONTRATOS QUE TIENEN POR OBJETO HECHOS

Mandato
Concepto 2442 solo actos jurídicos
El mandato es un contrato por el que el mandatario se obliga a ejecutar por cuenta del mandante los actos jurídicos que este le encarga.
2444 Actos lícitos para los que la ley no exige la intervención personal del interesado

Clasificación
Oneroso y solo por excepción gratuito es bilateral porque da nacimiento desde su perfeccionamiento no solo a obligaciones a cargo del mandatario sino también de pagar la retribución por parte del mandante.
Cuando el mandato es gratuito puede decirse que es un contrato unilateral ya que las obligaciones del mandante (reembolsar gastos, indemnizar daños y perjuicios causados) no nacen al momento mismo que perfeccionarse el conflicto sino posterioridad y a consecuencia de hechos identificables 2445
Intuito personae, formal, principal, por excepción accesorio
Contrato preparatorio porque crea otras relaciones jurídicas
2456 2457 2494


Especies
Civil para actos civiles y mercantil o comisión para actos de comercio
También tenemos el mandato especial para uno o varios actos jurídicos concretos expresamente determinados general mismo que tiene tres subespecies para actos de dominio, para actos de administración y para pleitos y cobranzas
2449 2450
Representativo u ostensible y el mandato no representativo o mandado del testaferro (planiol) según si el mandatario actúa en nombre del mandante o en nombre propio respectivamente pero siempre por cuenta del mandante

Ficción considera como si el mandante o representado hubiere celebrado o ejecutado por si mismo el acto photier y lavient
La del nucio que ve en el representante un mensajero portador o tranmisor de la voluntad del represntado savigny

La de cooperación que sostiene que en la celebración del acto jurídico intervienen conjuntamente la voluntad del representado al dar instrucciones al representante y la del representante aun sea en distinta medida según se trate de mandato especial o general mientras vi
La teoría de la sustitución sostiene que la voluntad del representante sustituye a la del representado en la formación de contrato para prescindir sus efectos en el patrimonio o en la persona de este
Revocable o revocable 2495

El mandato judicial
El mandante y el mandatario (se obliga a realizar la ejecución de los actos jurídicos)
Mandatario requiere de capacidad general para contratar aunque no tenga esta la capacidad especial para celebrar por sí mismo o en nombre propio el acto jurídico que se le ha encomendado por ejemplo, el extranjero puede comprar para sí mismo un inmueble en la costa o en la frontera si se puede hacerlo pero en representación de un mexicano que no tiene ese limitación
El mandante en cambio sí se necesita no solo dicha capacidad general sino también la capacidad para celebrar por si el acto jurídico que él ha encomendado

Elementos reales
En efecto solo pueden ser objeto del mandato los actos jurídicos que no sean estrictamente personales del interesado "los actos lícitos para los que la ley no exige la intervención personal del interesado
Ejemplo no se puede dar un mandato para hacer un testamento o para ejercicio de los derechos políticos o bien para comparecer a las juntas de avenencia preparatoria, el divorcio voluntario y absolver posiciones cuando el absolvente sea persona quien tiene que absolver posiciones
El acto jurídico que se encomiende al mandatario debe ser licito de lo contrario sería nulo
Se exige también que sean actos jurídicos y no actos materiales pues en ellos radica una de las diferencias con el contrato de prestación de servicios profesionales médicos abogados etc.
Retribución a los mandatarios no hay normas supletorias establecidas por el legislador a pesar de que por ser oneroso y por su naturaleza regularmente no se menciona la remuneración ni su monto, por tanto, a falta de pacto expreso habría que acudirá a los usos y costumbres del lugar o al juicio de peritos o a la ley de aranceles.
Formales 2446 2447 2448 2451 2452 2453 2454

Obligaciones del mandatario
Ejecutar los actos jurídicos
Seguir las instrucciones
Rendir cuentas

2458, 2459, 2460, 2461, 2462, 2463, 2464, 2465, 2468, 2466 2470 2471 2472 2473
"actos ultra vires" aquellos actos extra que realiza el mandatario

Obligaciones del mandante
Remunerar
Reembolsar gastos
Indemnizar daños y perjuicios (por la ejecución del mandato) 2474

Obligaciones del mandatario representación
2474 2475 2476, 2477
Derecho de retención

Obligaciones del mandante y mandatario con respecto a terceros
2478, 2479, 2480, 2481

Mandato judicial (acto procesal)
2482
Procuradores en juicio (abogados)
2483, 2484, 2485, 2450

Delito prevalicatio
2487 2488 2489 2490 2491 2492

Terminación del contrato 2493 667 668 declaracion de ausencia 2477 2496 2497 2498 2499 2500 2501 2502 2495

Puntos importantes
Diferencia entre poder representación y mandato
Poder es la facultad concedida a una persona llamada representante para obrar a nombre y por cuenta de otra llamada representada. (Poder hacer algo a nombre de otro=)
Dicho poder o facultad puede tener cualquiera de estas tres fuentes
Puede ser concedido el poder por la ley, como ocurre con el tutor y con el titular de la patria potestad quienes por virtud de la ley pueden obrar a nombre del incapaz que representan
Puede ser concedió el poder por medio de una resolución judicial como acontece con el representante común de varios actores o de varios demandados que ejercitan la misma acción u oponen la misma excepción
Puede ser concedido el poder unilateralmente por una de las partes en un contrato de mandato por eso es muy común hallar el empleo impropio de mandato como sinónimo del poder.
Representación es la acción de representar ósea el acto por virtud del cual una persona dotada de poder llamada representante obre a nombre y por cuenta de otra llamada representada o dominós del negocio.
Toda representación supone o exige un poder pero no se confunde con esta.
La representación también tiene tres posibles fuentes de origen la ley una resolución judicial o la voluntad unilateral de una o de las partes en con contrato de mandato.

Mandato
Es un contrato por el que el mandatario se obliga a realizar por cuenta del mandante los actos jurídicos que este le encarga
De acuerdo con lo antes expuesto existe en ocasiones poder sin representación ni mandato es el tutor que quien tiene poder o facultad por la ley para dar en arrendamiento por un año un inmueble de su pupilo
También existe poder y representación pero sin mandato es un padre que a nombre de su menor hijo cobro y recibe el pago de un legado a favor de dicho menor
Existe también conjuntamente poder, representación y mandato es cuando un mandatario expresamente facultado por el mandante compra a nombre de esta un bien
Se da también el caso de mandato y poder sin representación es cuando el mandatario expresamente facultado para comprar un inmueble a nombre del mandante sin embargo lo compra para si esto es en nombre propio
Finalmente existe un mandato sin poder ni representación es cuando el mandante expresamente no ha facultado al mandatario para que obre a nombre de aquel sino que una u otra parte han convenido en que los actos jurídicos sean realizados por el mandatario a nombre propio y solo por cuenta del mandante


Examen derecho de retención en que consiste

Capítulo II de la prestación de servicios
El contrato por el cual una persona llamada profesionista o profesor se obliga a prestar determinados servicios que requieren una preparación técnica y a veces un título profesional a otra persona llamada cliente que se obliga a pagarle una determinada retribución llamada honorario
2503 el que presta y el que recibe los servicios profesionales pueden fijar de común acuerdo retribución debida por ellos.
2503Al 2515
Antecedentes
El c napoleónico y en el derecho romano se consideraba a este contrato como arrendamiento de servicios
cc de 1870 se consideró degradante equipara la actividad del hombre aun la de carácter materia a los servicios que podrían prestar los animales y las cosas inanimadas peor lo que se consideró que este contrato tenia semejanza con el mandato y con el arrendamiento ya que ambos se tenía por objeto una actividad humana 1884
Código 1928 distingue al contrato diferente al de mandato toda vez que el profesionista realiza actos materiales ejerciendo su profesión como el médico o notario

Clasificación
gilateral oneroso conmutativo consensual en oposición a formal se considera intutitu persone posrque el profesionista es elegido por sus cualidades personales y no puede delegar su cargo por lo que también termina con la muerte del profesionista principal, tracto sucesivo y forml
elementos del contrato
personales profesionista o profesor
cliente
el cliente requiere capacidad general para constratar y el profesionista no siempre se requiere esta capacidad general cuando se trata de menores sino que basta que se trate de servicios propiios de la profesión o arte en que sea perito el que presta el servicio
cuando se requiera titulo para el ejrcicio de exige el mismo deberá estar registrado y que se haya expedido la patente o cedula ya que su falta puede acarrarer diversas sanciones sanción administrativa de multa sanción civil de perdida de hnorarios y sanciones penals como delito de usupracion de profesión
no se reqluieree pertenecer a un colegido de profesionistas en mexico no existe la colegiación obligajtoria 2505

reales
serficio profesiona que puede consistir en actos materiales o hechos pero siempre propios o de a profesión determinadja
los honorarios que pueden consistir en algún bien o algún determinado seervifio que pague el cliente a camabio de los servicios profesionales ordinariamenmte consisten en una suma de dinero en caso de no existir pago de honorarios por asi convenirlos las partes se trataría de un contrato inominado similar a la donación o a comodato pero no una prestación de servicios profesionales 2504 (se demanda via sumaria)

elementos formales
no requiere de formalidad alguna para su celebración por lo que es consensual existiendo la posibilidad de la aceptación tacita de este contrato por parte del profesionista que ofrece sus servicios al publico

obligaciones del profesor o profesionista
2515
Prestar servicio
Guardar el secreto
Erogar los gastos necesarios para el desempeño del servicio
No patrocinar a diversos contendientes
Art 159 leprofesiones del estado 33
Obligaciones del cliente
Pagar honorarios convenidos 2510
Prescribe en 2 años el cobro de honorarios 2506 2507
Pluralidad de profesionistas y clientes
Cuando varios clientes enscomiendan un negocio a un determinado profesionista son responsables hacia este en forma solidaria
En cambio cuando el mismo cliente confía el negocio o asusnto a varios profesionistas no existe solidaridad ya que cada profesionita puede cobarar solo los servicios que indivudualmente hubier3e prestado 2508 2509

Modos dee terminación del contrato
Conclusión del negocio
Imposiblididad subjetiva de seguir prestando el servicio
Muerte o declaración de estado de interdicción del profesionista 2512 2513 2514


Contrato de obra a precio alzado
2516
El contrato de obras a precio alzado cuando el empresario dirige la obra y pone los materiales, se sujetara las reglas siguientes
2517 a 2545 código del comercio
Actos 75
Actos de comercio 3
Naturaleza mixta se entenderá mercantil art 75 VI

Los porteadores y alquiladoras

Contrato de transporte
2546 c com
Civil ejemplo mamas que se tiene que turnar para llevar a los hijos mutuamente a la escuela
75 VIII IV
54 leyes de aviación

Contrato de hospedaje
2566
Sin embargo por disposición de ley federal del turismo son servicios turismos entre otras el hospedaje
4 i lft
75 VIII c. com

Contratos asociativos
Asociación (fundaciones)
Sociedad

De la asociación nace como contrato independiente hasta el c civil 1928

Antecedentes
C civil 1928 a diferencia de los o civiles de 1870 y 1884 reglamentos expresamente a la asociación civil para dotarla de personalidad jurídica y estructurarla como contrato ya que antes solo podían existir las asociaciones civiles como convenios privados sin personalidad jurídica que la partes celebra al amparo de la libertad de asociación y la libertad de contratación

De la asociación
Concepto
Contrato plurilateral por el que dos o más personas se obligan a la realización permanente de un fin común no prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico
2570
Aunque de ordinario existen aportaciones en bienes y cuotas de los socios y que sirven de medio para alcanzar o promover la finalidad social de la asociación civil
Sin embargo no son esenciales dichas prestaciones a este contrato ya que pueden faltar unos y otras como por ejemplo una asociación para promover el estudio y la exaltación de un personaje histórico.

Diferencia entre asociación y sociedad civil
Uno y otro se distingue por razón del fin dado que en la sociedad civil la finalidad es de racer preponderantemente económico, pero sin constituir una especulación comercial
En la asociación civil la finalidad no debe ser de carácter preponderantemente económico sino de carácter político, deportivo, artístico, cultural, 'profesional etc. es decir una finalidad ideal o desinteresada.

Naturaleza jurídica
Se ha tratado de negar el carácter de contrato a la asociación civil a las distintas clases de sociedades en general, pretendiendo que en ellas existe más bien un acto complejo o un acto de unión o un acto colectivo.
Al efecto se sostiene que en todo contrato las partes actúan animadas por intereses contrapuestos y las prestaciones de ellas son cruzadas entre sí en tanto que en el acto complejo como en la asociación de las sociedades las partes se encuentran animadas del mismo interés y sus prestaciones.

Clasificación
Plurilateral, oneroso y conmutativo no es un contrato aleatorio a pesar de que los asociados corren el riesgo de perder sus aportaciones, lo anterior porque esa pérdida no va a constituir una ganancia u utilidad en la misma medida para las otras partes.
Aleatorio de suerte apuesta correlación entre lo que uno pierde y otro gana
Es un contrato intuitu personae ya que los asociados no pueden ceder su calidad de tales y además corresponde a la asamblea a de la asociación admitir y excluir asociados.
También se considera como un contrato asociativo y de organización, finalmente es un contrato formal.

Elementos personales
Socios
Asociados
No requieren de ninguna capacidad especial sino l únicamente la capacidad general para contratar
Los socios o asociados pueden prestar su consentimiento como en todo contratar bien sea al momento de celebrarse la asociación o posteriormente al ingresar a ella después de haberse constituido
Ese consentimiento inicial o posterior del socio es de tracto sucesivo. El socio o asociado tiene el derecho de depararse de la asociación, mediante aviso dado con dos meses de anticipación y también puede ser excluido o separado de la asociación
2580, 2581

Elementos reales
Aportaciones
Bienes servicios o mixtas bienes en propiedad o en uso
Cuando las aportaciones no se hacen al fundarse la asociación sino que se reealizan posteriormente y en forma periódica se llaman uolts
Aunque unas y otras son mencionadas por el legislador pueden faltar ambas prestaciones y la obligación de los asociados puede solo constituir en procurar o promover con su actividad la finalidad común.

Finalidad común a todos es decir no solo para beneficio de uno de ellos, finalidad permanente y no meramente transitoria que deberá ser posible física y legalmente misma que no era preponderantemente económica
La finalidad social de una asociación deberá sujetarse al estatuto y por tanto al fin de la misma asociación.

Formales
Contrato formal pues ser requiere que la asociación conste por escrito y debe inscribirse en el registro público de la propiedad para que produzca efectos contra tercero.
Además es indispensable para su constitución obtener un permiso previo de la secretario de relaciones exteriores en la que sea hará constar la cláusula de clavo.

Elementos y requisito de existencia
2574 2575 2576 I II III IV V 2577 2578 2579 2582 2583 2584


EXTINCION O DISOLUCION DE LA ASOCIACION
La asociación civil como contrato y como persona moral puede terminar atendiendo a tres criterios o causas.
Por razón de la voluntad cuando la asamblea acuerde la disolución de la asociación o se vence el término que los socios fijaron para su disolución.
Por razón de objeto, cuando la asociación consiguió ya su objetivo que determino su fundación
2585 2586 2587

Las instituciones de asistencia privada
Las instituciones de asistencia privada son entidades jurídicas constituidas de

Asociaciones

La sociedad civil 2587
Contrato plurilateral por el que dos o más personas aportan bienes o servicios para la realización permanente de un fin económico que no sea una especulación comercial 2588
Aunque la finalidad de la sociedad no sea una especulación mercantil, si llega a revestir cualquiera de las 6 formas previstas en el art 1 los

Diferencia
No contrario a la ley
Carácter preponderantemente económico 2595, 2599
Este tipo de sociedad se usa para organizar y estructurar las asociaciones profesionales y se distingue

Clasificación
Plurilateral oneroso organización, conmutativo y no aleatorio formal intuitu personae y preparatorio.

Elementos
Personales
Socios capacidad general requiere ser dueños de los bienes que se aportan a la sociedad o en su defecto estar legitimado por el dueño para optar el uso de esos bienes toda vez que esta sociedad requiere forzosamente un patrimonio la voluntad de las partes no es instantánea solamente como en los demás contratos sino continua o permanente constituyendo la affectio soccietatis (es la sensación de pertenencia a una sociedad el sentirse socio no empleado.

Elementos reales
Aportaciones
Finalidad social

Articulo 2600 2590 2591 2594
2593 pregunta de examen
2598 defecto

Efectos del contrato
Además de genera derechos y obligaciones este contrato da nacimiento a una persona moral distinta a la de los socios por lo tanto los efectos de este contrato son tres
Nacimiento de derecho a favor de los socios
Patrimoniales-. La utilidad, reembolso de aportaciones y al tanto
Administración-. Voz y voto, intervenir en la dirección y administración de la sociedad, derecho de vigilancia y separación.
Nacimiento de obligaciones a cargo de los socios
Pago de aportaciones iniciales o suplementarias en bienes o servicios
Pago de deudas sociales cuyo cumplimiento todos los socios administradores responden solidariamente y los demás socios solo responden con aportaciones salvo pacto en contrario.
Estas obligaciones a favor de terceros subsisten aun después de haberse puesto la sociedad en estado de liquidación
Pago de las perdidas mismas que deben ser reportadas por todos los socios no pudiendo convenirse que las perdidas sean solo a cargo de ciertos socios y las utilidades para otros, pues es nula la sociedad Leonila
2598
Derechos y obligaciones de los socios
2603 2604 2605 2607 2608

De la administración de la sociedad
La administración de la sociedad civil se encuentra regulada en nuestro código civil de los art 2609 al 2619 y dentro de esto
2609, 2610, 2611, 2612, 2618

De la disolución y liquidación de las sociedades la terminación del contrato entraña la disolución y liquidación de la sociedad
De la discusión de la sociedad 4 grupos de causas
Ex personis-. Razón de las personas en caso de muerte o interdicción del socio, si la industria de este dio nacimiento a la sociedad o en caso de interdicción o muerte de un socio ilimitadamente responsable salvo pacto en contrario
Ex rebús-. En razón de las cosas en caso de realización completa del objeto o en caso de haberse convertido este en imposible
Ex voluntad -. Por razón de la voluntad en caso de consentimiento unánime de socios o plazo vencido
Ex accione-. Por causa de una resolución judicial por ejemplo la sociedad adolece de falta de forma o cuando se decreta su nulidad por objeto ilícito
26320 2621 2623 2625 2622

De la liquidación
Acto continuo de la disolución debe procederse a la liquidación de la sociedad misma que ha de realizarse por todos los socios o por los liquidadores nombrados por ellos, debiendo seguir el siguiente orden cronológico.
Realización o venta de los bienes sociales
Pago de las deudas sociales
Reembolso de las aportaciones a los socios
Distribución del remanente que tiene el carácter de utilidad y cuyo reparto entran socios será de forma convenida y si no hubo convenio se repartirán de acuerdo a sus aportaciones.
2626 2627 2629 2630 2631 2632 2633 2634 2635

Diferencias
Asociación votos iguales cada socio tiene un voto sociedad civil un solo voto pero no del mismo valor
Asociación no existe quorum legal para asamblea
La asociación no debe repartirse utilidades entre los asociados
El derecho de separación de los asociados en la asociación es absoluto
Las asociaciones civiles pueden carácter de capital social
Hay que diferenciar asociaciones de las fundaciones cuya…

Peculiaridades
Reglamentación legal lo hacen difícil o impráctico la persona moral que resulta de el

Elementos


IX Contratos de garantía
Los contratos de garantía son aquellos que generalmente sirven para asegurar el acreedor el pago de su crédito y para que confíen en el deudor quienes contraten con el
Estos contratos pueden ser de dos clases
De garantía personal-. Históricamente apareciera primero estos contratos tienden fundamentalmente a garantizar al acreedor el cumplimiento de la obligación mediante el establecimiento a la creación de un pluralidad de deudores de suerte que el riesgo que corre aquel ya es menor porque si el deudor principal no puede pagar, queda la posibilidad de ir en contra de los demás codeudores (contrato de fianza).

De garantía real-. Son producto histórico de una evolución posterior y remedian los inconvenientes de los contratos de garantía personal en caso de insolvencia de los demás codeudores. En estos contratos se afecta o grava un determinado bien del deudor, dotando al acreedor de un verdadero derecho real sobre este bien que lo faculta a obtener la venta de dicho bien y al pago de su crédito con el producto de tal venta, con preferencia a todos los demás acreedores de su deudor.

Fianza garantía personal
Es el contrato por el que una persona llamada fiadora distinta del deudor y del acreedor en una determinada relación se obliga con este último a pagar dicha obligación en caso de que el primero no lo haga.
2693

Clasificación
Contrato unilateral y gratuito pero admite un pacto expreso en contrario para que la fianza remunerada u onerosa, en este último supuesto tiene ya el carácter de contrato bilateral en un sentido amplio porque genera obligaciones a cargo de una y otra parte
Es un contrato de garantía y un contrato accesorio por cuanto que la validez del mismo depende por fuerza de una obligación principal ya existente o que puede nacer
Finalmente es un contrato consensual ya aquel no requiere formalidad alguna para su celebración

Especies
Hay varios criterios de clasificación de las fianzas
-.Fianza convencional, fianza legal, fianza judicial
La primera clasificación no requiere decir que solo la fianza convencional sean un contrato y la fianza judicial o la fianza legal no lo sean si no que ello significa que la fianza convencional no existe antes de celebrar el contrato ninguna obligación de otorgar la mencionada garantía personal bien sea por resolución judicial o por una disposición de la ley
Judicial tutor legal garantizar el interés fiscal o pensión alimenticia
-. Fianza onerosa y fianza gratuita según exista o no la remuneración al fiador
-, fianza civil fianza mercantil esta última existe cuando la obligación del deudor principal es mercantil o bien cuando es una fianza de empresa es decir la que otorga una institución de fianza dedicada a estilo de negocios y con autorización o concesiones y bajo el control de secretaria de hacienda y crédito publico
2694

Elementos personales
Fiador
Fiado
Acreedor
Cuadro se trata de una fianza convencional basta que el fiador tenga la capacidad general para contratar independientemente de su probidad (honradez) de su solvencia o del domicilio que tenga 2707
En cambio cuando se trata de fianza legal o judicial es menester no solo que el fiador tenga capacidad para contratar sino que es indispensable que sea titular, además de bienes suficientes para responder de la obligación que se pretende garantizar y que se someta el a la jurisdicción del juez del lugar donde debe cumplirse salvo pacto en contrario.
2701
2703
Por lo que hace al acreedor que contrata …

Formal

Reales
Obligación principal
2697 2699 2696 2698

Efectos de la fianza
La fianza produce dos clase de efectos unas que nacen directamente del solo contrato de fianza y que se conocen como relaciones o efectos entre el fiador y el acreedor y otros efectos que no nacen directamente del solo contrato de fianza que se conoce como relaciones o efectos efectiva a obligación principal la insolvencia sobreviene de un fiador u otros hechos similares cuyo efectos se conocen como relación o efectos entre el fiador y el deudor principal en diversos cofiadores entre si



Efectos directos del contrato fiador y acreedor
Consiste en la obligación del fiador de pago al acreedor si el deudor principal no lo hace lo que constituye una obligación personal del fiador ya que puede oponer al acreedor excepciones personales de fiador 2711
Distinta de la que el deudor principal porque el deudor se obliga a otro tanto igual que el deudor principal pero sin consistir una obligación solidaria
Carácter de accesoria porque si se extingue la obligación principal se extingue también la del fiador
Subsidiaria la obligación del deudor pero no de condicionar ya que existe desde que se celebra el contrato de fianza y no hasta que el deudor incumpla su obligación
2712, 2713, 2714, 2715
Beneficios orden 2313
Beneficios de exclusión 2715, 2716, 2717, 2718, 2719, 2720, 2721, 2726
Fianza judicial no los tiene

Efectos derivados de hechos posteriores al contrato (indirectos), estos efectos comúnmente derivan del pago que haga el fiador al acreedor y que dan derecho al fiador de acciones de regreso
2727, 2728, 2729, 2730, 2731, 2732, 2723, 2734

Extinción
La obligación puede extinguirse
Por vía de consecuencia-. Dado su carácter de accesoria porque se extingue la obligación principal
Por vía principal se extingue la fianza pero no la obligación 2741 2742, 2743, 2744, 2745, 2746, 2747, 2748


Fianza legal o judicial 2749
La fianza puede substituirse con prenda o hipoteca 2750, 2751, 2752, 2752, 2754

Peculiaridades de la fianza
Las más importantes son las siguientes
Aun sin existir solidaridad pasiva puede exigirse la totalidad de la deuda a cada uno de los cofiadores sin perjuicio de que pueda hacerse valer frente al acreedor el beneficio de división al ser demandado uno solo de ellos.
La fianza judicial y en la legal a pesar de no crearse gravámenes ni derechos reales se inscribe su otorgamiento mediante un asiento marginal en el registro público de la propiedad
Es importante hacer notar que cuando no trata de una fianza de empresa ese contrato es frecuente motivo de abuso de la amistad y produce comúnmente en la practica la apatía o inmoralidad del deudor principal así como también el fiador lo que ha ocasionado que este contrato de garantía se haya ido desacreditando.



Capitulo II la prenda indivisibilidad
La prenda es el contrato por el que un deudor o un tercero entrega al acreedor o a un tercero la posesión de un bien mueble enajenable para garantizar el cumplimiento de la obligación y su preferencia en el pago con el producto de su venta en caso de incumplimiento de la misma obligación.
En consecuencia el constituyente de la prenda puede ser el deudor o un tercero y la otra parte puede ser también el acreedor o un tercero aunque en este último caso el contrato es más bien un deposito con respecto a este tercero.
La palabra prenda tiene diferente significado
Como contrato para denotar un derecho real de garantía llamado prenda o bien para indicar la cosa misma dada en garantía 2755, 2756
El que de los frutos en prenda se considerara como depositario de ellos salvo convenio en contrario

Clasificación
Es bilateral formal a veces sujeto a registro real accesorio de una obligación y contrato de garantía

Especies
La prenda puede ser voluntaria o legal según que el contrato se celebre por voluntad espontanea del constituyente o bien para cumplir una obligación legal de otorgar esa garantía

Elementos
Personales-. Las partes que intervienen en la prenda son
El constituyente de la prenda que es el deudor o un tercero los cuales requieren capacidad general para contratar y el poder o legitimación para disponer de bien objeto de la prenda
El acreedor prendario que solo necesita de la capacidad general para contratar
Formales-. La prenda es un contrato formal pues debe constar por escrito y real por ser un contrato en nuestro derecho que todavía requiere de la entrega de la cosa para el perfeccionamiento del contrato
La entrega puede ser real o jurídica 2757, 2758
El deudor puede usar la prenda que quede en su poder
La prenda tacita (derecho de retención)

Contrato de hospedaje entre posesión legado 1302
Deposito 224 806 fracc II
Mandato 2470, 2759
Esto es ante notario o corredor público ante autoridad en ejercicio de sus funciones o mediante inscripción en el registro público de la propiedad
Además de que algunos casos para que la prenda produzca efectos contra terceros se exige el cumplimiento de requisitos (inscripción RPP)
Cuando es un título de crédito lo que se da en prenda es necesario notificar la constitución de esta garantía al deudor de dicho crédito para que la prenda se perfeccione y quede legalmente constituida
2760 al 2765 mercantil
El RPP de inmuebles, aeronaves, embarcaciones deben existir aeropuertos y puertos

Elementos reales
1-.La cosa bien mueble, también puede darse en prenda las cosechas en pies que son inmuebles
La prenda puede recaer sobre un bien corpóreo o incorpore como los créditos, puede recaer sobre bienes fungibles, frutos, dinero, "prenda irregular" como cosa no fungible.
La cosa pignorada debe además ser un bien enajenable por lo que por ejemplo un crédito alimenticio no puede ser pignorado ni tampoco los derechos de un ejidatario por ser inalienables, finalmente en la prenda quedar comprendidos accesorios futuros
2-. Crédito garantizado debe este ser válido ya que no basta uno natural (que no puede exigirse jurídicamente deber de lealtad) puede ser una obligación futura pero en este caso la venta o adjudicación judicial de la cosa para el pago de la deuda no puede hacerse menos que la obligación garantizada ya sea entonces exigible 2769

Promesa de prenda
Cuando se ha prometido dar en prenda una determinada cosa deje el promitente hacer la entrega en el plazo estipulado ya que si no lo hace sea con culpa suya o sin ella no se constituye la prenda prometida en cuyo supuesto puede el acreedor exigir que se le entre la cosa o bien que por falta de esa garantía se de por vencido el plazo de la obligación que iba a garantizarse con la prenda.
La entrega de la cosa prometida en prenda no puede exigirse por el promisorio al promitente cuando dicha cosa paso ya al poder de un tercero por cualquier título legal
Al efecto algunos doctrinarios consideran que es contrario de prenda sin entregar de la cosa es promesa a2771
Indivisibilidad de la prenda
Por regla general la prenda es indivisible el sentido de que aunque se extinga parte del crédito o se destruya parte de la cosa pignorada subsiste integro el derecho real de prenda originalmente constituido sin embargo se puede reducir de manera proporcional 2789
También consiste en que aunque por muerte del deudor y a virtud de la adjudicación hereditaria se hubiere dividido la deuda en tantas partes como herederos del mismo.

Obligaciones del acreedor prendario
Proveer a la conservación de la cosa como si fuera propia
Abstenerse de usar la cosa pignorada
Restituir la cosa una vez cumplida la obligación principal
2775

Obligaciones del constituyente de la prenda o dueño (eventuales)
Reembolsar los gastos de mantenimiento para conservación de la cosa
Si la cosa le causa daños y perjuicios al acreedor se tiene que pagar

Derecho real de prenda (pregunta de examen)
A favor del acreedor pignoraticio implica estos tres derechos
jus possidendi derecho de perseguir la cosa para recupera, derecho de posesión
ius distrahendi derecho de disposición, derecho al acreedor a vender la cosa
derecho a ser pagado en preferencia a otros acreedor y en la medida del valor de la cosa pignorada con el producto de la venta de dicha cosa 2772, 2785, 2787, 2766, 2767

Extinción de la prenda
Existen dos modos generales de extinguir el derecho real de la prenda a saber por vía indirecta o por vía directa
Vía indirecta-. Se extingue la obligación principal
Vía directa se termina la accesoria y puede o no subsistir la primera

Renuncia
Expresa que el acreedor de la prenda extingue esta pero deja en pie la obligación que está garantizando aquella
La destrucción o pérdida de la cosa
Aunque extingue la prenda por vía directa da derecho, sin embargo a favor del acreedor prendario para exigir del deudor otra prenda o el pago de la obligación, aunque antes del plazo convenido siempre que tal obstrucción o prenda no sea por culpa del mismo acreedor 2790, 2791

Hipoteca
Contrato por el que un deudor o un tercero concede a un acreedor a realizar el valor de un determinado bien enajenable sin entregarle la posesión del mismo para garantizar con su producto el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago suele llamarse "constituyente" de la hipoteca al deudor o tercero que la establece 2792
Clasificación
Contrato accesorio por su existencia depende de la existencia de una obligación principal de garantía por qué sirve para asegurar el pago de un crédito y su preferencia respectiva
El contrato de hipoteca se encuentra fuera de las clasificaciones ordinarias de unilateral o bilateral dado que no engendra obligaciones

Especies
Voluntarias
Necesarias

Voluntarias
Las que se constituyen por voluntad espontanea del deudor se mediante una simple declaración unilateral de la voluntad en la forma exigida por la ley o bien mediante un contrato o acuerdo de voluntades 2819

Necesarias
La hipoteca necesaria existe cuando se constituye por disposición de ley lo cual puede hacerse por medio de un contrato o también mediante una simple declaración unilateral de la voluntad del deudor 2830

Elementos personales
El constituyente (deudor o tercer) de la hipoteca requiere capacidad general para contratar debiendo ser completa es capacidad y no ser lim9tadea como ocurre con el menor emancipado que necesita autorización judicial para hipotecar
Además de la capacidad se requiere ser propietario de la cosa que va a hipotecarse o mejor dicho es menester ser titular de la propiedad o del derecho real que va a hipotecarse porque la hipoteca se concede al acreedor hipotecario ius distrahendi consiste en la facultad de realizar 2805

Formales contraqto formal prque se otorga en escrito y previamnet firmado or ambas parte ante dos testigos cuando el crédito que se garantiza con hipoteca no excede de 500 dsm o bien se otorga en escritura publica si el crédito xcexde de tal cantidad independiente en uno y en otro caso o del valor de l finca hipotecada.
Esta formalidad basta para que la hipoteca produca efectos previos entre las partes aun para el caso de juicio pero para que produzca efectos contra t3erceros es indispensable siempre la inscripción el en registro publico de la propiedad 2816

Reales
Son dos elementos reales a saber los bienes hipotecables y los créditos susceptibles de ser garantizados con hipoteca

Acerca de los biens hipotecables cabe señalar como principio general que solo pueden ser hipoteados ls bienes que puede ser enajenados por lo que los bienes estirctamente personales como ls derechos de uso y de habitqacion y el d3recho de usufructo de los titulares de la patria potestad dsobr el 50% de los bienes adquiridos po los hijos por titulo diverso del trabajo no pueden enajenarse pueden afirmar que tampoco pueden hipotcarse los buenes futuros esto es lo que el deudor esperfa adquire en el futuro por dancion herencia u otra cosa
Hipotecar los mismos queya están hipotecados
Servidumbres solo puede hipotecarse estas conjuntamente con el predio dominante y no separadas de este
A pesar que el concepto dice muebles debe ser inmueble si no se pierde la garantía 2793

En cuanto al crfedito susceptible de garantía hipotecaria cabe notar que dicho crédito puede derivar de una declaración unilateral de voluntad de un contrato de la ley o de una resolución judicial puede garantizarse créditos puros y simple o csreditos sujetos a termino o a condición créditos ya existentes o futuros
La obligación principal debe ser valida para poder garantizarse con hiotea ya que una obligación natural poda hacers sefectiva a través del ejercico de la acción hipotecaria no solamente el capital sino 2795 2796

Principios hipoteca
Existe corelacion entre el bien hipotecado y el crédito garantizado con la hipoteca que se manifesta en trs principios fundamentals que rigen la hipoteca en nuestro derecho a saber la especialidad la
publicidad
La especialida en cuanto a bienes 2794 2801 2807 2824 2811
Indivisibilidad

Excepción
Hipteca varias fincas para seguridad de una misma deuda en cuyo suuesto hay que p0recisar por que parte del crédito responde cada bien
Hipoteca 2811 excepcion 2812

Hipoteca de seguridad
2820 2821 2822 2823

Derecho real de hipoteca
Como ya se apunto del contrato de hipoteca no dimanan obligaciones o derechos de crédito sino solo un derecho real el derecho real de hipoteca que implica una serie de facultades o derechos.

Derecho eventual y difereido a la posesión de la cosa
El acreedor prendario no tiene derecho a la posesión de la cosa hipotecda pues en esto radica su diferencia con l prenda sin embargo el acreedor hipotecario tieen un derecho diferteido a la posisesion de la cosa pues su ius pussidendi comienza hasta que la obligación garantizada se hace exigible se incumple por el dedudor determinado al acreedor intentar la acción correspondiente se hace pasar la posesión jurídica de dicha cosa al acreedor hipotecario constituyendo por misterio de ley al poseedor demandado es mero depositqrio de la cosa hipotecada y de lols grutos que a partir de entonceces produzca la misma cosa
486 cpc 526 2813

Derecho a la enajenación de la cosa los distrahendi es el derecho que tiene el acreedor hipotecario a pedir la venta de la cosa hipotecada para realizar el valor de esta esta venta si empre ha de hacerse por via judicial

Derecho de prefrencia en el pago

El acreedor hipotecario tiene derecho a ser pagado con preferencia a los demás acreedores del deuor sobre el precio obtenido del remate dela cosa esta preferencia tambiene s de orden o prelación ya que tiene primero el erecho el que haya inscrituo su titulo en rpp
2880 2881 2882 22/5 2884

Extinción de la hipoteca
Via indirecta
Osea cuando se extingue la obligación y por tanto el derecho accesorio de hipoteca que la garantizaba dentro de estos modos dación de pago novación confusión etc
Excepciones
Si la obligación principal se extingue por dación en pago y el acreedor sufre la evicción de cada cosa dada en pago a esta se pierde por culpa del deudor la hipoteca puede revivir cuando todavía se halla en poder del deudor
Si la obligación se exitngue por novación se exingue también la hipoteca que la garatizaba pero puede convertirs por las partes que la hipotca pase a garatinzar otra vez la nueva obligación

Via directa
Es decir cuando se extingue el derecho de hi'potec dejando subsistente la obligación principal garantizada por el dentro de esta via se encuentra los supuestos
Extinción del bien hipotecado
La expropiación
Remate judicial el adjutdatario adauiere el bien libre de gravamen
Por remisión o renuncia expresa por parte del acreedor
Por extinción del derecho real del deudor sobre el bien hipotecado cdebera garantizar con otro bien
Por prescripción del derecho real de hipoteca
Por falta de presentación del crédito hipotecario para su reconocimiento enla quiebra del deduro en el plazo al efecto le conceda el juez del concurso 2826

Contratos de tranformacion jurídica
Transacción
Contrato por el que las partes se hacen reciprocas concesiones con el fin de terminar una contienda presente o futura 2843
Importancia
Es de gran utilidad y beneficio social porque evita o pone fin a dispendios, disgurots y otros inconvenientes que produen litigios según el conocido aformismo "vale mas una transacción que un buen pleito"
Clasificación
Bilateral oneroso conmutqativo formal pertenece a la categoría de contratos dirigidos a la definición de controversia
Especies transacción extrajudicial y transacción judicial para esta última que es la que se hace ante la autoridad judicial no es necesario que exista ya n juicio iniciado pues una y otra especie sirve también para pr3evenir controversia futura

Elementos personales
Transante 1
Transante 2
Puede ser acreedor /deudor si hay juicio actor demandado
Requieren capacidad general para contratar legitimación o poder de disposición sobra la cosa o derecho

Reales
Relación jurídica incierta (la que existía antes)
La base firma de la transacción
Concesiones reciprocas

Formales
Por escrito 2844

Efectos si es judicial cobra fuerza de ejecutividad y puede procederse por vía de apremio a la ejecución de dicha transacción 2849 2851 2852


Compromiso arbitral
Por el que dos o más personas se obligan a dirimir una controversia jurídica por medio de la decisión de un árbitro de acuerdo con el procedimiento permitido por ley
Clausula arbitral procedimiento convencional 627 cpc

Clasificación
Bilateral oneroso conmutativo formal contrato dirigidos a la definición de una controversia jurídica

Figuras afines
Se distingue de la transacción porque aunque los dos contratos tienen como finalidad eliminar la incertidumbre jurídica derivada de una controversia jurídica y pone fin a la misma sin embargo el medio empeñado en ambas es difret4en en la transacción es una autocomposición en cambión en el último es una heteromposicon

Especies
Compromiso arbitral decide conforme a reglas de derecho
Amigable composición resuelve de acuerdo a la equidad y conciencia a verdad sabida y buena fe guardada


Diferencia compromiso arbitral y clausula compromisoria
clausula compromisoria es una promesa de contrario (previo acto)
compromiso arbitral ya existe un problema y se designa un árbitro antes durante y después de juicio

Efectos
Da origen en forma inmediata a derechos y obligaciones de los comprometientes entre si y de forma inmediata a derechos y obligaciones entre los comprometientes y el árbitro cuando este último acepta 637 cpc

Elementos personales
comprometientes
arbitro 630

Reales
controversia
plazo para que concluya con el laudo del procedimiento arbitral
procedimiento libremente establecido por las partes tanto al fondo como a la forma

Formales
Se hace constar en escritura pública o escritura privada o en acta levantada en autos 629 620

Contenido obligacional 2 tipos

Contratos innominados
no tiene regulación especifica en el cc
Como se pone en el premio contrato innominado o contrato que suscribe fulanita y sutanito 17
8
Sigue reglas generales de los contratos atendiendo al objeto
Contratates vendedores deudor acreedr beneficiaro por escrito


Reglas
Interpretación que maneje el c.c
Jerarquía de criterios
Reglas generales de los contratos
Las estipulaciones expresa de las partes
Normas del contrato nominado con el que tenga analogía asi solo sea una sola figura
1675 equidad buene fe costumbre uso ley
1677
Checar incapacidades epseciales tutors abogados etc no solo capacidad para contratar 1712

Contratos aleatorios
Características
Incertidumbre sobre la existencia de un hecho y cuando esta cese una de las partes gana y la otra pierde (no siemprw sucede esto ultimo) se refiere a la renta vitalcia apuestas y juego

Juego (genero)
Contrato aleatorio por el que las partes se obligan recíprocamente a pagar la una a la otra una determinada prestación en caso de que se realice un hecho incierto del cual depende que una de las parts gane y la otra pierda dicha prestación

Apuesgta (especie)
Contrato aleatorio por el que dos personas que tiene un cocepto distinto de un concepto ´presente o futuro se comprometen a entregar una cantidad a la persona que al final tenga la razón

Renta vitalicia
Contrato aleatorio por el que el deudor se obiga a cambio de una suma de dinero o de la propiedad de un bien estimado a pagar una cierta pension periódica a favor del pernsionista durante la vida de unao varis personas determindas 2673
}
Elementos
Persona que da el capita
Deudor el que recibe el cpita y se obliga a pagar la pension
Persona sobre cuya vida se constituye la pension 2676

Reales
Capital
Pension cuota periódica que se va a dar bienes fungible so dinero
Alea

Contrato formal 2675
Reglas especiales 2677
Inoficiocidad no rseserva para alimentos 2674

Modos de terminación
Si el deduor obliga al pago de la renta causa la muete de la persona en cuya vida se consitutyo la venta
Muerte de la persoa sobre encuya vida se constituyo
La rescisión delcontrato


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