El conciliabulum de Egara. De espacio político a espacio sagrado

October 17, 2017 | Autor: Joan Oller Guzmán | Categoria: Arqueología, Hispania Citerior
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SANTUARIOS SUBURBANOS Y DEL TERRITORIO EN LAS CIUDADES ROMANAS Juuo

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Monografía del ICCA

Santuarios suburbanos y del territorio de las ciudades romanas

Julio Mangas Manjarrés y Miguel Ángel Novillo López (eds.)

Instituto universitario de investigación en Ciencias de la Antigüedad de la Universidad Autónoma de Madrid

Portada: Templo romano del Puente de Alcántara. Cortesía del Deutsches Archäologisches Institut (Madrid) Diseño de portada: Miguel Ángel Maroto de Lis

TÍTULO: SANTUARIOS SUBURBANOS Y DEL TERRITORIO DE LAS CIUDADES ROMANAS. Edita: Jose Pascual González – ICCA I.S.B.N.: 978-84-616-9864-6 Depósito Legal: M-14902-2014 Imprime: VIRO Servicios Gráficos, S.L. c/Rosal, 3-5, P.I. Los Nuevos Calahorros 28970 Humanes de Madrid

Santuarios suburbanos y del territorio de las ciudades romanas Sumario Artículos Presentación Julio MANGAS – Miguel Ángel NOVILLO LÓPEZ Los santuarios suburbanos y la religión de las matronas. El templo de Fortuna Muliebris en la Roma Republicana Rosa María CID LÓPEZ

Páginas

5-7 9-29

Memoria, espacio y religión en la República romana Ana RODRÍGUEZ M AYORGAS

31-52

Santuarios en canteras y romanización religiosa en Hispania y Gallia Silvia ALFAYÉ – Francisco MARCO

53-86

Sociedad municipal y sacra publica. A propósito de un relieve del territorio de Lugdunum (Lyon) Juan Francisco RODRÍGUEZ NEILA

87-122

Espacios sagrados y campamentos militares romanos en Hispania Angel MORILLO

123-162

Santuario y escritura en la Galicia romana Marco GARCÍA QUINTELA – Pedro LÓPEZ BARJA DE QUIROGA

163-183

Santuarios suburbanos en la Asturias romana: Los espacios sagrados dedicados a Júpiter Narciso SANTOS YANGUAS

185-203

Los santuarios del territorio en las ciuitates de la Asturia augustana: el ejemplo del deus Vagus Donnaegus Mª Cruz GONZÁLEZ RODRÍGUEZ

205-223

Metalla, ciuitates y loca sacra (Maragatería, Teleno y Alto Bierzo) Almudena OREJAS SACO DEL VALLE – Fernando ALONSO BURGOS

225-276

Flaviobriga y el santuario de Salus Umeritana José Manuel IGLESIAS GIL – Alicia RUIZ GUTIÉRREZ

277-294

Nuevo santuario rural en territorio turmogo Bruno P. CARCEDO DE ANDRÉS – David PRADALES CIPRÉS

295-309

Vurovius y la cristianización de los espacios rurales en la península Ibérica Rosa SANZ SERRANO – Ignacio RUIZ VÉLEZ

311-338

3

Sumario

Bonus Eventus en Puente Talcano (Sepúlveda, Segovia). Un santuario rural en el territorio del municipium de Duratón (Hispania Citerior) Santiago MARTÍNEZ CABALLERO

339-382

Hércules en la Meseta. Testimonios, carácter y conexiones María del Rosario HERNANDO SOBRINO

383-411

La epigrafía latina de la provincia de Salamanca como fuente para el estudio de los santuarios rurales Manuel SALINAS DE FRÍAS – Juan José PALAO VICENTE

413-440

El conciliabulum de Égara. De espacio político a espacio sagrado Alberto PRIETO ARCINIEGA – Joan OLLER GUZMÁN

441-456

El castrum Octavianum (St. Cugat del Vallés): de santuario rural a fortaleza defensiva Oriol OLESTI VILA

457-488

Dioses y santuarios rurales en el territorio Caperensis Julio GÓMEZ SANTA CRUZ – Julio ESTEBAN ORTEGA

489-510

El culto a las Ninfas y el aprovechamiento de las aguas termales en Tagili: un posible santuario en Cela María Juana LÓPEZ MEDINA

511-533

El santuario de Tajo Montero en estepa, Sevilla Miguel ALONSO RODRÍGUEZ – José María LUZÓN NOGUÉ – Irene MAÑAS ROMERO

535-547

Santuarios en la provincia romana de Arabia Carmen BLÁNQUEZ PÉREZ

549-560

Las cuentas del santuario de Júpiter Capitolino en Arsínoe (Egipto) en época de Caracalla (papiro de Fayum BGU 362): el templo, motor económico de una villa agrícola Sabino PEREA YÉBENES

561-596

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El conciliabulum de Égara. De espacio político a espacio sagrado Alberto PRIETO ARCINIEGA1 Joan OLLER GUZMÁN2 Universidad Autónoma de Barcelona

RESUMEN En este artículo trataremos sobre la evolución del núcleo romano de Égara. Partiendo de las evidencias arqueológicas, epigráficas y documentales reseguiremos la evolución de este asentamiento desde su formación hasta época tardo-romana. Plantearemos, a la vez, una hipótesis sobre la tipología jurídica que recibiría antes de su conversión en municipium. Centrándonos en el caso de los conciliabula, analizaremos las características de estos y propondremos posibles paralelos con otros ejemplos que pudiesen respaldar dicha teoría. Palabras clave: Égara, civitas sine urbe, municipio, conciliabula.

ABSTRACT This paper deals with the evolution of Egara, a Roman site, from its formation to the Late Antiquity, thanks in particular to the archaeological, epigraphic and literary evidence. Equally, we will try to stress a hypothesis on Egara’s juridical typology before its transformation into a municipium. Furthermore, the general trend on Roman conciliabula will be thoroughly discussed, searching for similar examples elsewhere in order to support our study case. Key words: Egara, civitas sine urbe, municipium, conciliabula.

Este trabajo se centrará en recordar cómo el sistema romano, a través del derecho, había creado una cadena de subordinaciones tanto de personas como de individuos. Ello lo podemos ver claramente en el terreno de la organización territorial y, por ende, de los espacios donde estas diferencias se perciben claramente. El modelo ideal de ciudad romana estaba constituido por un territorium delimitado por unos termini, con un centro político, urbs, desde cuyo centro, foro, irradia_____________ 1

Para la elaboración de este trabajo ha sido básica la ayuda del proyecto de investigación HUM2007-64250/HIST titulado: ‘Vencedores y vencidos: imperialismo, control social y paisajes antiguos’. 2 Con la ayuda de la Universidad Autónoma de Barcelona.

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ban los ejes de la centuriatio, destinada a organizar los agri de la civitas. Para los romanos la civitas sería el nombre jurídico en el que estaba englobado todo este conjunto, pero este modelo no siempre existió en la práctica de una forma semejante con lo que, en el aspecto que nos interesa destacar aquí, es posible que no existiera físicamente una urbs, aunque en su ámbito territorial se eligiera un lugar concreto como centro político. Este fue posiblemente el caso de nuestro objeto de estudio: la civitas de Égara.3 El caso de la Égara romana constituye uno de los ejemplos más interesantes. Situada en la actual Terrassa (Vallès Occidental, Cataluña), la documentación epigráfica alto-imperial hallada en la iglesia de Santa María permite saber que Égara en época flavia obtuvo el estatuto municipal4 y contó con un ordo decurionum y un colegio de duouiri.5 La problemática que presenta este municipio romano es que no se ha conseguido situarlo físicamente en el territorio; es decir, la arqueología no ha encontrado evidencias suficientes para poder hablar de una urbe con un espacio habitado dentro de la actual Terrassa. De este modo, y teniendo en cuenta el importante número de intervenciones arqueológicas realizadas en este término municipal, se han de buscar alternativas explicativas coherentes con la evidencia que ofrece el registro arqueológico.

URBANISMO Como ya hemos dicho, a pesar de los diversos estudios realizados aún siguen sin aparecer en el casco urbano de la actual Terrassa vestigios suficientes para determinar la ubicación de la urbs de la antigua civitas. En un trabajo anterior 6 ya se expuso cómo existen argumentos para pensar que ésta nunca existió. Por lo que respecta a la existencia de un asentamiento ibérico previo de cierta importancia en Égara, de nuevo las evidencias arqueológicas no permiten apoyar dicha hipótesis. Así, aunque el topónimo Egara se considera de procedencia no romano, la escasez de restos prerromanos en Terrassa no permite pensar que hubiera podido existir un importante asentamiento ibérico. Esta teoría ha sido un lugar común

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No es este el lugar para exponer las diversas situaciones existentes dentro de las diferentes civitates romanas en el nordeste peninsular. Recientemente ya se expusieron algunos de los problemas de las civitates sin urbes en la actual Cataluña. Cf. I. Arrayás et alii, 2001, pp. 311-317. 4 G. Fabré – M. Mayer – I. Rodá, 1984, epígrafe nº 66. 5 Idem nº 69. 6 A. Prieto, 1997, pp. 209-215.

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dentro de la historiografía sobre Égara7 y, básicamente, sus defensores se apoyaron en una polémica cita de Ptolomeo sobre un núcleo de Egosa, tradicionalmente identificado con Égara.8 En general, dicha atribución se hace en base al parecido fonético entre los dos topónimos. En realidad, los problemas que presenta un autor como Ptolomeo, junto a la dificultad que entraña tal tipo de identificación, hace que sea difícil poder defender esta teoría. 9 A nivel arqueológico, se han identificado diversos restos de cronología ibérica en la zona de Terrassa, tanto dentro del núcleo urbano como en el entorno rural. Los principales vestigios se centran en la zona de Sant Pere, un pequeño espolón de tierra donde se sitúan las iglesias que se relacionan con el municipio romano, a partir básicamente del conjunto epigráfico recuperado. Las excavaciones realizadas en este punto a partir de los años 90 permitieron constatar de forma definitiva la presencia ibérica, cuando se excavaron diversos silos y se encontraron materiales interesantes como grafitos ibéricos, que parecen mostrar una ocupación entre el 400 y el 200 a.C.10 Todo ello vendrá reforzado por las últimas excavaciones realizadas en Sant Pere, que confirman la presencia de un pequeño asentamiento ibérico a partir de la documentación de una habitación pavimentada, muros aislados, varios hogares y agujeros de palo y cuatro hornos de enriquecimiento de hierro. 11 Con todo, estos hallazgos no permiten hablar de un verdadero oppidum ibérico en la zona sino que de un asentamiento rural de segundo o, incluso, tercer orden. En ese sentido, no se puede obviar el contexto de la región en la que nos encontramos, la Layetania ibérica, que en este período se caracterizaba por una densa ocupación del territorio y una jerarquización entre núcleos. Si seguimos las diversas propuestas sobre esta estructuración entre los asentamientos, los indicios encontrados en Sant Pere permiten hablar sólo de un hábitat disperso, caracterizado por la inexistencia de estructuras complejas, un hábitat reducido y una zona de almacenamiento mar-

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La primera referencia a esta relación entre la cita de Ptolomeo y Égara la encontramos en el historiador local J. Soler i Palet, el cual será seguido por un buen número de estudiosos. Vid. J. Soler i Palet, 1928, pp. 17-25. 8 “Después de ellos vienen los castellani; sus ciudades en el interior se llaman: Sebendunum, Bassi, Egosa, Beseda”. Ptol. Geografia. II, 6, 71. Traducción propia al castellano a partir de la edición alemana de A. Stückelberger y G. Grasshoff de 2006. 9 A pesar de ello, sí que hay algunos aspectos interesantes a tener en cuenta en referencia a esta cita de Ptolomeo como la cita del núcleo de Rubricata (tradicionalmente identificado con Rubí, ciudad muy próxima a Terrassa) o la inclusión de Egosa dentro de la región de los castellani. Para más detalles vid. J. Oller, 2009, pp. 189-208. 10 A. Moro y F. Tuset, 1997, p. 12. 11 G. Garcia – A. Moro – F. Tuset, 2009, pp. 33-34.

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cada por la presencia de diversos silos. 12 Una tipología que se encuentra documentada también para este período en diversos puntos del término municipal de Terrassa. Este hecho es importante puesto que, seguramente, el asentamiento de Sant Pere tendría una cierta preeminencia sobre estos pequeños núcleos cercanos debido a su situación ligeramente privilegiada; hecho que ciertamente afectaría a su posterior papel central en este territorio. 13 De este modo, el asentamiento de Sant Pere no se puede considerar como un centro ibérico de primer orden y, de hecho, seguramente estaba subordinado a otros poblados layetanos occidentales de mayor entidad como Can Fatjó (Rubí) o Turó de Ca n’Oliver (Cerdanyola del Vallès). Esta situación no parece que sufra variaciones durante el periodo republicano/ibérico final (s. II - I a.C.). El registro arqueológico para este momento resulta, si cabe, más pobre y muestra una continuidad dentro del hábitat rural documentado para época ibérica plena. Los hallazgos más destacados serían un conjunto de trece silos, cinco agujeros de dolium, muros y piedras de molino, con una cronología desde el siglo II a.C. y amortizados hacia el cambio de era.14 La escasez de vestigios, pues, mostraría esta continuidad dentro de la función del asentamiento pero con una progresiva introducción de elementos técnicos y constructivos de tipología romana, tales como los dolia. Con ello comprobamos cómo la influencia de la conquista romana se dejó notar rápidamente en la zona de Terrassa. Aunque en este primer momento tuviera una influencia leve, no podemos obviar que nos encontramos en la actual región del Vallès, que se encuentra en un corredor natural que comunica la zona ampuritana (primer foco de conquista romano) con el llano de Tarragona. Por tanto, una zona estratégicamente crucial, que desde un momento muy temprano experimentaría la presencia de población itálica. En el caso del asentamiento de Sant Pere, ciertamente no podemos hablar de una presencia de itálicos tan temprana, pero sí de una serie de cambios impulsados a partir de la conquista que permitirían que un pequeño asentamiento de importancia muy local pasara a convertirse en una civitas romana de categoría municipal. Y si bien las primeras transformaciones se darán durante el período republicano/ibérico final, el gran momento de cambio sería la segunda mitad del siglo I a.C. _____________ 12

Este modelo sobre la jerarquización de núcleos en época ibérica plena en la zona catalana central se plantea en el trabajo de D. Asensio et alii, 1998, pp. 373-386, y es seguido, con mínimas variaciones, por buena parte de los autores que han tratado posteriormente acerca de esta cuestión. 13 El yacimiento de las iglesias de Sant Pere se encuentra en un pequeño espolón de tierra situado entre dos torrentes, en una posición fácilmente defendible y central dentro del territorio. 14 I. Arrayás et alii, op. cit., p. 18.

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El período de finales del siglo I a.C. se trata de una primera fase que parece generalizable a otros centros de la actual Cataluña.15 En este período, en Égara aparecen, por primera vez, unas estructuras destacables que no conocemos bien pero que por algunos elementos constructivos podrían mostrar la existencia de algún tipo de espacio público en el antiguo asentamiento ibérico. Serían las transformaciones augusteas las que generarían este cambio en la jerarquía del antiguo asentamiento ibérico y especialmente sería importante la creación de la colonia de Barcino, nuevo eje organizador de la zona catalana central y estrechamente vinculada a la evolución de Égara, como veremos más adelante. Estos cambios harían que se entrase en lo que algunos autores han considerado como una etapa “premunicipal”, 16 en la que Égara empezó a asumir un rol de creciente importancia dentro de la administración del territorio circundante. 17 A nivel arqueológico, con todo, las evidencias siguen siendo pobres. Así, los silos y dolia encontrados en Sant Pere se amortizan en este momento, a la vez que se da un aterrazamiento de la zona, lo cual indicaría un cambio en la estructura del asentamiento. Por lo que respecta a las últimas intervenciones realizadas han sacado a la luz un conjunto de estructuras industriales tales como un importante conjunto de silos, tres pequeños depósitos, pozos y diversos dolia, junto a un pequeño complejo detrás del ábside de la iglesia de Sant Pere. A la vez, se ha documentado una posible domus romana al sur del conjunto.18 A pesar de que la cronología de estas estructuras presenta algunos problemas de precisión, en general parece que podemos hablar de una continuidad de la vinculación con la producción rural, juntamente a un crecimiento de la importancia de este núcleo. A ello le hemos de añadir el hecho que las villae documentadas para el territorio de Égara aparecen a partir de este momento, indicando un cambio en la ordenación y explotación del espacio circundante. Finalmente, no podemos olvidar que la documentación medieval nos habla de una estrecha vinculación entre Égara y Barcino, de tal modo que sería lógico que la fundación de la colonia augustea implicara una variación importante en el estatus de Égara. Sin embargo, nada permite indicar que esto supusiera la creación de una verdadera ciudad en el sentido urbanístico del término. _____________ 15

Cf. I. Arrayás et alii, op. cit. O. Olesti y G. Garcia, 1999, p. 6. 17 Creemos que, a partir de este momento augusteo, se puede empezar a hablar de Égara como tal, puesto que el núcleo empieza a asumir unas funciones diversas de las que tenía el asentamiento ibérico. El emplazamiento de Égara en este punto lo defendemos no tanto por las evidencias arqueológicas (que son escasas, como veremos) sino que por la acumulación de epigrafía honorífica en la zona de las iglesias y por la existencia de documentación medieval que vincula directamente el antiguo municipio con la sede episcopal. Respecto a este último aspecto vid. J. Soler, 2003, p. 62. 18 G. Garcia – A. Moro – F. Tuset, op. cit., pp. 35-40. 16

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Todo este proceso por el cual Égara va adquiriendo un papel de mayor importancia culminaría durante el gobierno de los flavios, cuando fue promovida a municipio romano. Este proceso nos viene atestiguado de forma segura gracias a la existencia de unas fuentes epigráficas notables, en las cuales no centraremos nuestra atención con detalle puesto que ya han sido bien estudiadas. 19 Tan sólo hay que destacar que en ellas se documenta la existencia del municipium flavium Egara con su ordo decurionum y algunas magistraturas.20 Por tanto, vemos que las reformas impulsadas por el emperador Vespasiano en Hispania con la implantación del ius latii, afectarían de forma directa el núcleo situado en la zona de Sant Pere, promoviéndolo a la categoría municipal. Seguramente este hecho estaría relacionado con las motivaciones que movieron al primero de los flavios a llevar a cabo estas reformas.21 Así, por un lado, tenemos la necesidad de integrar definitivamente un territorio clave a diferentes niveles como Hispania dentro de la estructura imperial. Para ello Vespasiano precisaba de un instrumento que le permitiese, más que romanizar, uniformar todo este territorio tan heterogéneo, y este instrumento sería el ius latii. Esta situación enlaza perfectamente con el caso egarense, una zona básicamente rural que no había recibido un impulso romanizador intenso hasta hacía pocas décadas. Por lo que respecta al aspecto financiero, uno de los motivos básicos de la concesión del ius latii fue el de incrementar los ingresos fiscales, ya que un aumento de la ciudadanía suponía un aumento de la tasación, a la vez que la promoción de las comunidades obligaba a las elites a mantener un cierto evergetismo para el que debían obtener ingresos importantes, integrándose en los circuitos económicos y fiscales. En el caso de Égara este punto resulta claro, ya que hemos de recordar su relación con la próxima colonia de Barcino, una colonia, cabe recordarlo, inmune. Por lo tanto, la existencia de un núcleo de categoría jurídica romana cercano a esta colonia permitiría establecer un punto central de recaudación tributaria sobre un territorio que se podía haber extendido por toda la región vallesana occidental e, incluso, llegar al llano de Barcelona. De este modo, las inscripciones encontradas en los muros de la iglesia de Santa María, en la zona de las iglesias de Sant Pere, permiten saber que en Égara se encontraba un asentamiento de tipología jurídica romana y, por tanto, con cierta importancia dentro del territorio circundante, como postularemos más adelante. La _____________ 19

Especialmente en los trabajos de Mayer, Rodà y Fabré. Vid. G. Fabré – M. Mayer – I. Rodà, 1981; M. Mayer y I. Rodà, 1984; G. Fabré – M. Mayer – I. Rodà, op.cit. 20 Básicamente a través de dos epígrafes: una dedicación al emperador Antonino Pío (IRC, I, 66) y otra a Quinto Granio Optato (IRC, I, 69), duoviro y tribuno militar del municipio, respectivamente. 21 Un buen estado de la cuestión acerca las motivaciones que llevaron a Vespasiano a iniciar este proceso de reformas se encuentra en J. Andreu, 2004.

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cuestión, de nuevo, es que la arqueología no ha conseguido encontrar vestigios suficientemente importantes para demostrar la existencia de un núcleo urbano real en esta zona. Por tanto, incluso ahora que ya sabemos que Égara existía como tal, no se puede hablar en ningún caso de una civitas con una parte urbanística consolidada. De hecho, las últimas aportaciones de la arqueología siguen incidiendo en un hábitat decantado hacia una producción de tipo rural junto a la documentación de esta domus romana sin una atribución funcional clara. Durante los siguientes siglos la situación no variaría excesivamente y seguimos con los mismos escasos indicios arqueológicos sobre una posible ciudad urbanísticamente definida. Finalmente, sobre esta misma zona, la documentación medieval muestra como en el siglo V d.C. se constituyó la sede episcopal de Égara, con la progresiva construcción de las iglesias de Sant Pere, Santa Maria y Sant Miquel, sustituyendo el municipio egarense que seguramente a partir ya del siglo IV dejó de existir como tal.

LA RELACIÓN CON BARCINO Un aspecto clave dentro de toda esta evolución de Égara sería la relación con Barcino. Así, la epigrafía y las fuentes altomedievales permiten observar que la civitas de Égara, mantuvo un especial vínculo con Barcino, siendo realmente significativo el hecho de que el primer obispo de Egara fuera nombrado desde la antigua colonia romana22. Estos testimonios parecen confirmar que la ciuitas egarense se mantuvo bajo la zona de influencia barcinonense. Hemos visto anteriormente como la fundación de la colonia augustea tuvo importantes repercusiones para el territorio egarense. De hecho, la reforma augustal de esta zona tendría como pilar primordial la fundación de Barcino. También hemos visto ya que la reforma flavia que supuso el ascenso a categoría municipal de Égara podría estar relacionada con el hecho que la nueva colonia era de tipo inmune. Todo ello viene confirmado a nivel epigráfico a partir del hecho que el único personaje conocido de Égara pertenecía a la tribu Galeria y no a la Quirina, como debía corresponder a un individuo englobado en un municipio flavio como fue Égara. Los intentos de explicación aducidos ante esta situación hasta el momento no han sido plenamente satisfactorios. 23 C. Castillo24 planteó la hipótesis que se podría tratar de un ejemplo de ciudades que, aún estando adscritas a la tribu Quirina, admitían ciudadanos de la Galeria, pero con ella no solucionaba ni mucho menos la problemática. En su lugar la respuesta inicial la tenemos en Plinio (NH., III, 18), quien expuso que en la provincia Tarraconensis existían numerosas civitates que eran _____________ 22

M. Mayer, 1991, p. 259. G. Fabré – M. Mayer – I. Rodà, op. cit., p. 27. 24 C. Castillo, 1988, p. 239. 23

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dependientes de otras bajo la condición jurídica de localidad contributa. En este caso se podría pensar que el territorio de Égara inicialmente formó parte de la colonia de Barcino, que además era colonia inmune como también lo fueron las colonias de Ucubi25 e Ilici, de las que si sabemos que tuvieron bajo su jurisdicción a otros centros de categorías inferiores. Posteriormente, con las reformas flavias, Égara pasaría a ser municipio independiente a nivel jurídico de Barcino, seguramente con una intención de aumentar la recaudación tributaria en la zona. A pesar de ello, Égara mantuvo diversas huellas de su anterior situación como sería su pertenencia a la tribu Galeria o que su primer obispo fuera nombrado desde la sede episcopal de Barcino.

EL CONCILIO DE ÉGARA La creación de la sede episcopal supone un paso importante para conocer la historia de Égara.26 De hecho, permite obtener un conjunto de datos interesantes para comprender la evolución del antiguo municipio. En primer lugar, la documentación medieval referente a la sede episcopal da unos datos básicos para situar el municipio en la zona de Sant Pere, puesto que nos hace referencia directa al municipium en relación al conjunto eclesiástico (ecclesia illius municipi).27 Esto reafirma nuestra hipótesis de que el núcleo egarense se encontraba en este lugar y, por tanto, sin un centro urbano real. Por otro lado, ya hemos visto que sobre las estructuras altoimperiales se construyó, en el siglo V d.C., este conjunto episcopal, el cual, significativamente, conservó la misma orientación de las estructuras preexistentes, lo cual podría indicar que estas habían formado parte de un centro monumental28. De este modo, el actual posicionamiento de las iglesias podría encajar perfectamente con el centro político de la civitas de Égara, que habría sido un área pública y religiosa, un papel que mantuvo desde el periodo romano y que se vio potenciado en época tardía al ser designada sede episcopal aunque, realmente, no tuviese una entidad urbana. Otro aspecto a tener en cuenta estaría relacionado con la celebración del concilio de Égara el año 615 d.C. Un evento de este tipo muestra claramente la importancia que había adquirido la sede egarense, convirtiéndose en un centro religioso y administrativo de primer orden a nivel regional, aunque siempre manteniendo una cierta depen_____________ 25

J.F. Rodríguez Neila, 1978, pp. 55-62. Sobre la evolución de las iglesias a partir de la arqueología vid. G. Garcia – A. Moro – F. Tuset, op.cit. Por lo que respecta a la evolución histórica del obispado a partir de la documentación medieval, vid. A.M. Mundó, 1992, pp. 41-49. 27 J. Soler, op. cit., p. 62. 28 O.Olesti y G.Garcia, op. cit., pp. 13-23. 26

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dencia de la sede de Barcino. En la documentación que nos menciona este hecho, se apoyaría la hipótesis de que no nos encontramos delante de una ciudad en el sentido clásico del término sino de una civitas sine urbe. Esto vendría testimoniado por la mención de locus que se otorga a Égara en dicho concilio (convenientes in unum episcopi provinciae Tarraconensis in locum Egara),29 en vez de utilizar una nomenclatura más propia de los grandes núcleos urbanos como sería urbs. Finalmente, vale la pena de recordar que la zona llamada habitualmente de “las iglesias” sería el lugar que la tradición tendió a denominar Égara, 30 mientras que el nombre futuro de la localidad (Terrassa) tendió a relacionarse con otro lugar cuyos orígenes habría que relacionarlos con lo que se llamó el “castell de Terrassa”. 31

EL CONCILIABULUM DE ÉGARA Resumiendo, pues, toda la información expuesta, a día de hoy parece que lo más apropiado para el caso del núcleo romano de Égara sería hablar de una civitas sine urbe. Ahora bien, el problema más destacable vendría a la hora de aportar un nombre jurídico a este asentamiento antes de su conversión en municipio. Por lo que hemos visto existía un espacio territorial dentro del cual un determinado lugar (la zona de Sant Pere) tuvo cierta relevancia al menos desde finales del siglo I a. d. C. Este asentamiento pudo haber sido el centro político de una comunidad de hábitat disperso que más tarde se transformó en municipio y mantuvo el mismo escenario como punto político central. Las funciones de ese centro eran primordialmente políticas pero también podría haber tenido otras como centro de mercado o puramente de reunión de la comunidad, de tal modo que ello daría por resultado que allí se celebrara el concilio de Égara y que, con el tiempo, se transformara completamente en un lugar sagrado. A partir de estas hipótesis sigue resultando complicado concretar ante qué tipo de núcleo jurídico nos hallamos. Dentro del mundo romano, existían un conjunto de entidades de segundo orden que las fuentes nos detallan y que tuvieron su importancia dentro de la ordenación territorial en Italia. Esta organización del territorio y sus problemas pasaron posteriormente al mundo provincial y algunas de estas entidades se adoptaron también al reordenar las regiones conquistadas. Así, encontramos centros o aglomeraciones de población tales como los fora, conciliabula, vici y castella. Cabe decir que existen amplias discusiones sobre la definición concreta de la tipología y función de todos estos núcleos. Con todo, para el caso de Égara resultan especialmente interesantes los llamados conciliabula. En general, los _____________ 29

J. Vives, 1963, p. 162. P. Puig i Ustrell, 1988, pp. 45-46. 31 A. Borfo y P. Roca, 1988, pp. 29-45. 30

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autores que han tratado sobre ellos remarcan que serían una especie de centros de reunión de diversas comunidades rurales dispersas. De este modo los define E. Sereni, añadiendo el hecho que normalmente eran centros que eran dependientes de otros asentamientos jerárquicamente superiores como podían ser las colonias o los municipios.32 Para F. Jacques 33 y J. Peyrás34 se trataba de una localidad que permitía a la comunidad reunirse para las diversas actividades políticas, a la que se añadían otras funciones como las propiamente religiosas o las de intercambio de productos. Según Jacques, era un lugar donde se rendía justicia, por lo que debía existir una basílica y un foro 35 . A la vez, sería un espacio administrativo de las entidades peregrinas itálicas e, incluso, insinúa una posible dependencia de las colonias 36 . Finalmente, L. Capogrossi los define sencillamente como cualquier tipo de punto de asamblea o reunión en territorio romano o áreas de población rural, destacando que esta definición podía aplicarse tanto a las estructuras introducidas ex novo por los romanos para organizar y proteger un área rural determinada, como para realidades autóctonas preexistentes que se mantienen en época romana. 37 Esta última afirmación resulta interesante en tanto que incide en la cuestión de si podemos utilizar este término claramente de origen romano para las realidades provinciales. De hecho, el término conciliabulum es citado diversas veces en las fuentes clásicas, normalmente en una enumeración de diversos tipos de núcleos en que acostumbra a estar en última posición, pero normalmente siempre refiriéndose a contextos itálicos. 38 Con todo, encontramos una referencia en la Lex de Gallia Cisalpina (XXI, 1, 1-2) donde dentro de otra larga enumeración se hace referencia a los conciliabula, mostrando pues que es un término que se puede encontrar en contextos provinciales. En este sentido, resulta muy interesante la aportación de M.G. Picard, el cual defiende la existencia de conciliabula de forma abundante dentro de la zona gala y con unas características propias bien definidas.39 Serían centros cívicos rurales con la función de organizar aquellas comunidades que no habían tenido un proceso de urbanización en su zona. De este modo, alrededor de la capital surgirían dos tipos de aglomeraciones: los vici y los conciliabula. Estos últimos se caracterizarían por estar formados por diversos edificios monumentales como foros, termas o edificios de _____________ 32

E. Sereni, 1971, pp. 453-456. F. Jacques, 1991, p. 58. 34 J. Peyras, 1995, p. 51. 35 Idem, p. 60. 36 Ibidem, p. 61. 37 L. Capogrossi, 2002, p. 76. 38 Sobre la utilización del término conciliabulum en las fuentes antiguas, Tarpin ofrece un largo listado con todas las referencias existentes. Vid. M. Tarpin, 2002, pp. 73-78. 39 Sobre los conciliabula galos de Picard, básicamente M.G. Picard, 1976, pp. 47-49; 1982, pp. 532-559; 1983, pp. 415-423. 33

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espectáculos, agrupados en un conjunto arquitectónico coherente pero con una zona de hábitat muy reducida y desproporcionada respecto al conjunto. Se trataría, según Picard, de la adaptación del evergetismo típico de las zonas costeras mediterráneas a la sociedad galo-romana. A pesar del interés que despierta este atractivo modelo para la aplicación del término en zona provincial, las últimas investigaciones tienden a desacreditar la teoría de Picard y se considera que ejemplos paradigmáticos de sus conciliabula como Sanxay o Tours Mirandes se deberían denominar más bien santuarios galo-romanos. Así, se remarca que no hay evidencias de que fuera utilizado como concepto administrativo en esta zona, a la vez que se incide en que recientes investigaciones arqueológicas y de fotografía aérea están demostrando que en algunos de estos asentamientos existían considerables zonas de hábitat asociadas.40 Por consiguiente podemos ver cómo estos autores ofrecen una visión del concilabulum con unas características que pueden encajar bastante bien con lo que encontramos en Égara o que, como mínimo, encajan mucho mejor que con otras tipologías como los vici, fora o castella. Resumiendo, se tratarían de centros de reunión de una comunidad rural dispersa, que podían tener sus orígenes en un asentamiento indígena preexistente que en época romana pasa a depender de un núcleo superior. Sin una estructura urbana de hábitat como tal pero con un pequeño centro monumental que ejercería funciones administrativas, de reunión, mercado o incluso sagradas. Así pues, tenemos un perfil que en líneas generales encontramos en Égara. Ahora bien, para poder apoyar esta teoría haría falta algún paralelo concreto dentro del mundo romano. En este sentido, Frontino (17, 13 – 17, Th) hace referencia a la comunidad de los Interamnates Pretucianos, situados en el Piceno italiano. El caso resulta interesante porque una parte de la ciudad de Interamnia estaba circundada por la linde de la de los asculanos y se decía que esta ciudad había sido conciliabulum y después fue elevada a la categoría de municipio: “Huius soli ius quamvis habita oratione divus Augustus de statu municipiorum tractaverit, in proximas urbes peruenire dicitur, quarum ex voluntate conditoris maxima pars finium coloniae est adtributa, aliqua portio moenium extremae perticae adsignatione inclusa. Sicut in Piceno fertur Interamniatium Praetuttianorum quandam oppidi partem Asculanorum fine circumdari Quod si ad haec revertamur hoc conciliabulum fuisse fertur et postea in municipii ius relatum”.41 _____________ 40

P.J. Goodman, 2007, p. 171. Sobre el Corpus Agrimensorum Romanorum se han realizado diversas ediciones siendo la mas clásica la realizada por F. Blume – K. Lachman – Th. Mommsen – A. Rudorff, 1948-52 (reedición 1967). Para algunos agrimensores como Frontino es mejor la edición realizada por C. Thulin, 1917. Con posterioridad se ha publicado una sola edición en español: Frontino. De agri mensura. P. Resina (ed.), Granada, 1983, pp. 204-208. Más reciente 41

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Por tanto, en el caso que considerásemos Égara como un conciliabulum, Interamnia Praettutianorum podría ser un paralelo interesante al pasar también a un estatuto municipal con posterioridad. Interamnia era una comunidad de hábitat disperso en donde, tras la conquista romana hacia el 290 a.C., pasó a constituirse un conciliabulum; es decir, un centro de reunión de los romanos cives optimo iure asignatarios de lotes individuales sobre las tierras confiscadas a los pretucianos.42 La población autóctona recibió a cambio la civitas sine suffragio y no será hasta su inclusión en la tribu Velina el 241 cuando se les otorgaría la categoría de civitas optimo iure. Posteriormente pasó a ser el centro de la praefectura iure dicundo, lo cual supuso el ejercicio de la actividad jurisdiccional sobre todo el territorio pretuciano. Finalmente, tras los enfrentamientos de la Guerra Social, a inicios del siglo I a.C., Interamnia obtuvo el estatuto municipal, fundando su constitución sobre un colegio octoviral. Curiosamente, en época silana, se dedujo una colonia en la misma Interamnia, de tal modo que la epigrafía nos documenta uno de los raros casos de comunidades con un estatuto jurídico doble. 43 La referencia de Frontino a la relación con Asculum data de la deducción como colonia de ésta entre el segundo triunvirato y el principado de Augusto, momento en que dicha deducción colonial provocó que una parte considerable de la vecina Interamnia pasase a ser incorporada en la pértica asculana, seguramente debido a una falta de suficientes tierras para los veteranos asentados.44 Así pues, Interamnia ofrece un ejemplo claro de conciliabulum en el sentido de ser un centro de reunión de una población básicamente rural con diversas funciones administrativas y políticas. Un hecho interesante es que algunos autores han considerado la posibilidad de que inicialmente el conciliabulum tuviese la función de punto de reunión y de cooperación entre los nuevos habitantes romanos cives optimo iure y los pretucianos autóctonos cives sine suffragio dentro de una estructura común. 45 Esta posibilidad aporta otra posible función para el conciliabulum como es la de ser punto de encuentro entre conquistadores y la población autóctona, que por ejemplo podría haberse dado en el caso de Égara en un momento republicano final en el que la población indígena empieza a entrar en relación con los primeros itálicos asentados en aquella zona. En general, ambos casos ofrecen paralelos interesantes. De este modo, nos encontramos con centros de adscripción indígena que ya antes de la conquista _____________

es la edición en francés, que hasta el momento es la más completa que se ha realizado y es de la que hemos cogido el texto latino: Frontin, L´ouvre gromatique. Corpus Agrimensorum Romanorum IV. Iulius Frontinus. Luxembourg, 1998, p. 24. 42 M. P. Guidobaldi, 1995, p. 219. 43 M. P. Guidobaldi, op. cit., p. 220. Para más información sobre la evolución de Interamnia Praetuttianorum, a parte de la obra básica citada de Guidobaldi, vid. D. Niccola Palma, 1832 - 1836; C. Capelli y R. Faranda, 1980; M. Buonocore, 2002, pp. 875-921. 44 U. Laffi, “Storia di Ascoli Piceno nell’età antica”, 1975, pp. XIII-LXII. 45 M.P. Guidobaldi, op. cit., p. 183. También E. Hermon, 2001, pp. 222-223 y n. 83.

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romana ejercían una cierta función central dentro de un territorio no excesivamente amplio. Después de la conquista romana y a partir del momento básico de la reordenación de su territorio (a partir del 290 a.C. para Interamnia y de Augusto para Égara), pasaron a ser puntos de tipología básicamente romana, centros cívicos y ejes vertebradores del territorio circundante, especialmente de los posesores de tierra romanos o romanizados. Este papel se vería reforzado unos años más tarde, cuando por circunstancias diversas (la Guerra Social en el caso de Interamnia y las reformas flavias en el caso de Égara) se incrementó este papel predominante del territorio circundante y fueron reafirmadas en su rol mediante el ascenso a rango municipal. Finalmente, en ambos casos estarían estrechamente relacionadas con una colonia cercana a su territorio como son Asculum y Barcino respectivamente. Obviamente, existen problemas para la comparación y el más evidente es que hay una clara diferencia a nivel cronológico y geográfico, lo cual indica situaciones claramente diversas. Por otro lado, se ha de tener en cuenta un aspecto importante como es que Interamnia, a partir de la constitución del municipio, pasó a tener un entramado urbano regular con el establecimiento de diversas zonas de hábitat y la construcción de edificios monumentales. 46 Por tanto, estos datos marcan una diferencia básica entre un núcleo y el otro, ya que Égara nunca tendrá esta categoría de ciudad urbanísticamente constituida. A pesar de ello, este ejemplo permite comprobar la existencia de centros con características y evoluciones similares a la de Égara que son definidos por las fuentes como conciliabula. Con ello, no queremos afirmar sin ningún tipo de duda que Égara fuese un conciliabulum, ni que es un caso igual al de Interamnia Praetuttiorum. Pero sí que creemos que se puede plantear esta hipótesis como algo viable para explicar la tipología jurídica que afectó a este núcleo egarense antes de su conversión en municipio en época flavia; de tal modo que, sin poder confirmar tal teoría por la falta de fuentes al respecto, no se puede considerar como algo improbable.

CONCLUSIONES Como conclusión de toda la información aportada, hemos visto como el núcleo de Égara partió de un primer establecimiento indígena de hábitat disperso en la zona de las actuales iglesias en Terrassa. Sería la llegada de Roma y básicamente las reordenaciones territoriales augusteas, las que marcarían un cambio de su estatus, pasando a constituirse en un centro vertebrador de su territorio circundante en clara relación con la nueva colonia de Barcino, de la que dependería quizá en calidad de civitas contributa. Posteriormente esta situación se vería confirmada por las reformas flavias, gracias a las cuales obtendrá la categoría municipal, que viene atesti_____________ 46

Sobre la evolución urbanística de Interamnia vid. L. Migliorati, 1978, pp. 242-256.

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guada por la epigrafía documentada. Un municipio que tendría una vida relativamente corta pero que no desaparecería sino que se transformaría y sería sustituido en sus funciones en el siglo V con la creación de la sede episcopal egarense. Por lo tanto, tenemos una evolución bastante clara en la que el núcleo egarense se mantendría como punto de referencia y eje vertebrador de un territorio circundante más o menos amplio pero con la característica de la falta de una ciudad con entramado urbano como tal. Entraría, por tanto, en la categoría de civitas sine urbe, por otro lado bastante conocida en esta zona del Imperio. El principal problema que hemos planteado a lo largo de este trabajo es cómo se da el paso de este hábitat disperso ibérico al municipio romano. Ante esta cuestión hemos apuntado la posibilidad que en época romana se estableciese en esta zona un conciliabulum; es decir, un centro de reunión de la comunidad dispersa rural con funciones inicialmente de tipo político y administrativo. Un caso que se encuentra en otras zonas del mundo romano y que se puede ejemplificar con la comunidad de Interamnia Praetuttianorum, en el Piceno, que guarda, a pesar de las diferencias obvias, ciertos paralelismos con el caso egarense. Sea como sea, la posibilidad de que en Égara se creara un conciliabulum concuerda con las características básicas de este tipo de núcleo y encajaría con la evolución de la propia Égara, inicialmente centro de funciones políticas y administrativas que, con el tiempo y debido a las circunstancias históricas, mantendría estas funciones pero a la vez adoptaría una entidad básicamente de tipo religioso dentro de la sede episcopal de Égara y, ya en época visigótica, pasaría a convertirse definitivamente en espacio sagrado.

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Presentación Julio MANGAS- Miguel Ángel NOVILLO LÓPEZ Los santuarios suburbanos y la religión de ... en la Roma Republicana Rosa Malla CID LÓPEZ

9-29

Memoria, espacio y religión en la República romana Ana RODRÍGUEZ MAYORGAS

31-52

Santuarios en canteras y romanización religiosa en Hispania y Gallia SilviaALFAYÉ- Francisco MARCO

53-86

Sociedad municipal y sacra publica. A propósito... Lugdunum (Lyon) Juan Francisco RODRÍGUEZ NEILA

87-122

Espacios sagrados y campamentos militares romanos en Hispania Angel MORILLO

123-162

Santuario y escritura en la Galicia romana Marco GARCÍA QDrnTELA- Pedro LÓPEZ BARJA DE QUIROGA

163-183

Santuarios suburbanos en la Asturias romana: Los..espacios... a Júpiter Narciso SANTOS YANGUAS

185-203

Los santuarios del tenitorio en las ciuitates de ... deus Vagus Donnaegus M" Cmz GONZÁLEZ RODRÍGUEZ

205-223

Metalla, ciuitates y loca sacra (Maragatería, Teleno y Alto Bierzo) Almudena OREJAS SACO DEL VALLE- Femando ALONSO BURGOS

225-276

Flaviobriga y el santuruio de Salus Umeritana José Manuel IGLESIAS GIL- Alicia RUIZ GUTIÉRREZ

277-294

Nuevo santua1io mral en tenitorio twmogo Bmno P. CARCEDO DE ANDRÉS- David PRADALES CIPRÉS

295-309

Vurovius y la c1istianización de los espacios mrales en la perunsula Ibé1ica Rosa SANZ SERRANO- Ignacio RUIZ VÉLEZ

311-338

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