Jornadas de constitucionalismo

June 29, 2017 | Autor: José Chalco Salgado | Categoria: Derecho constitucional, Constitucionalismo
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Jornadas de constitucionalismo

La Universidad Andina Simón Bolívar organizó las I Jornadas Ecuatorianas de Derecho Constitucional con el esfuerzo del Departamento de Doctorado y el trabajo personal de su directora Ph.D Claudia Storini. En las mismas, se dieron cita importantes académicos constitucionalistas del país en calidad de conferencistas, entre quienes destacaron juristas de la academia cuencana: como el actual Decano de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Cuenca y estudiantes que cursan el Doctorado en Derecho en la institución anfitriona ubicada en la ciudad de Quito. La temática del encuentro fue abordar la relación del constitucionalismo actual y la Carta Magna de 1215 de Juan Sin Tierra.

El evento tuvo una duración de tres días consecutivos en el paraninfo de la Universidad Andina. Se expusieron tópicos de actual discusión en el contexto jurídico en materias de libertad, justicia, derecho tributario, principio de legalidad, responsabilidad contractual del Estado, gasto público, debido proceso, género y principio de la reserva de ley; ello en relación directa con el legado que pudiese haber dejado la entrada en vigencia de la Carta Magna.

Ahora bien, manteniendo la posición presentada en mi ponencia que diera en este evento, sostengo que la Carta Marga de 1215 realmente no fue una Constitución. Supuso un documento en el que se configuraron privilegios para un grupo de barones de la época, y como la historia lo detalla, claramente, eran nobles afines al reinado de Juan Sin Tierra. Entonces, hay que ser categóricos, una Constitución es tal en tanto y en cuanto sea un documento escrito, de origen democrático, con participación de la ciudadanía en su elaboración y aprobación, con la determinación de controles por la población al poder y la singularización de derechos para todos los miembros del Estado. La Carta Magna no muestra elemento alguno para determinarla como una Constitución.

Sin embargo sí exterioriza matices que hacen ver principios e instituciones propias del Derecho Constitucional que tienen vigencia hasta la actualidad; por supuesto, con aquellas modificaciones, adaptaciones e incluso, erróneos trasplantes jurídicos traídos a Latinoamérica. Entre ellos: principio de legalidad, elementos de un freno al poder político de turno, debido proceso y generación de primarias formas de reserva de ley.

La Carta Magna del reino de Juan Sin Tierra entró en vigencia bajo presiones y un ánimo de protesta, lo que reveló la fuerza social que se puede imponer ante el gobernante de turno que en todo caso, sometió al rey de la época a firmar un documento de reconocimiento de límites al poder y entrega de privilegios a ciertos ciudadanos, mostrando en alguna manera, una desconcentración y freno formal al poder. Sin duda, un evento de calidad, que generó eco y dio paso a la conformación de la Red de Crítica Constitucional integrada por varios constitucionalistas del Ecuador.



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