Normativa peruana en tema de Recursos hídricos

June 14, 2017 | Autor: J. Nogueira Isla | Categoria: Ingeniería, Legislacion, Legislacion Ambiental
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Descrição do Produto

"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la
Educación"


UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO
FACULTAD DE INGENIERIA AMBIENTAL Y RR.NN
CONTAMINACIÓN DE AGUA Y CONTROL






CARRILLO ORTIZ Willy 1129529184
DANÓS VIZCARDO Fiorella 071037E
ENCARNACIÓN FERNANDEZ Diego 1119510044
ESPINOZA MAGUIÑÁ Vanessa 051006G
NOGUEIRA ISLA Jorge 1119520452
ALVA CERVANTES A. Alejandro 1119510097



PROFESOR : Ing. Maria Paulina Aliaga Martinez

CICLO : VIII SEMESTRE: 2015–A

GRUPO HORARIO : 01A

FECHA DE ENTREGA : Domingo 05 de Abril (SEMANA1)

TAREA GRUPAL N° 1

Bellavista – Callao
2015

NORMATIVIDAD DEL RECURSO HÍDRICO EN EL PERÚ

NORMATIVAS DE RECURSO HIDRICO


Ley n°29338: Ley de recursos hídricos.

D.S N°001-2010-AG, Reglamento de la Ley de recursos hídricos Ley
n°29338

Ley N° 28904: Ley que excluye las aguas subterráneas de las cuencas de
los ríos de la provincia de Pacasmayo de los alcances de la Ley N°
24516.

Ley N° 28823: Ley que crea el Fondo Nacional del Agua – FONAGUA.

Ley Nº 28221: Ley que regula el derecho por extracción de materiales
de los álveos o cauces de los ríos por las municipalidades.

Ley Nº 26737: Ley de Material de Acarreo



ESTANDAR DE CALIDAD DEL AGUA


Decretos Supremos


Decreto Supremo N° 002-2008-MINAM Aprueban los Estándares Nacionales
de Calidad Ambiental para Agua

D.S N°023-2009-MINAM, aprueba las disposiciones para la implementación
de los estándares nacional de calidad ambiental para agua.

Resoluciones Jefaturales




R.J.202-2010-ANA, Aprueban clasificación de cuerpos de agua
superficiales y marino costeros

R.J. 182-2011-ANA, Protocolo nacional de monitoreo de la calidad en
cuerpos naturales de aguas superficial





VIGILANCIA DE PLAYAS –MINSA


D.S. N° 98 – 60 – DGS : Reglamento para el Control de Playas y
Establecimientos Conexos

R.M. 553-2010-MINSA Del 16 de Julio del 2010. Guía Técnica:
"Procedimiento de Toma de Muestra del Agua de Mar en Playas de Baño y
Recreación"

R.M. 659-2010-MINSA del 26 de Agosto del 2010. Directiva Sanitaria N°
038 MINSA-DIGESA.V.01, que establece el Procedimiento para la
Evaluación de la Calidad Sanitaria de las Playas del Litoral Peruano.




ORDENANZAS MUNICIPALES

Prohíben el arrojo de todo tipo de elementos contaminantes de las
Playas y Aguas del Mar: Ordenanza Municipal 002-94-MDCH-Chorrillos
(1994)

Dictan disposiciones sobre Saneamiento Ambiental en el Distrito:
Ordenanza Municipal 001-94-Santa María de Huachipa

Prohíben el arrojo de desperdicios Orgánicos, Maleza, Basura y otros
en la Playa y Aguas de Mar: Ordenanza Municipal 001-94-A-MDMM-
Magdalena del Mar (1994)

Dictan medidas destinadas a controlar el Aseo, Higiene y Salubridad de
las Playas: Ordenanza Municipal 10-Miraflores (1994)


VIGILANCIA DE PISCINAS


DECRETO SUPREMO N°007-2003-SA Aprueban el Reglamento Sanitario de
Piscinas – DIGESA.[1]
Texto Único Ordenado - Reglamento de la Ley General de Servicios de
Saneamiento Ley N° 26338 -Artículo 69.- Instalar equipos de reciclaje
de agua en aquellas unidades que impliquen un alto consumo de agua
tales como piscinas, frigoríficos, calderos, entre otros.
Directiva Sanitaria N° 033-MINSA/DIGESA-V.01 "Directiva Sanitaria para
Determinación del Índice de Calificación Sanitaria de las Piscinas
Públicas y Privadas de Uso Colectivo" aprobada mediante Resolución
Ministerial 484-2010-MINSA.[2]
ORDENANZA N° 001-2015-MDCLR - Prohíben uso y/o instalación en la vía
pública, de piscinas portátiles (pozas de agua) en el distrito y
modifican el Cuadro de Infracciones y Sanciones del Reglamento de
Aplicación de Sanciones de la Municipalidad. 6 de Febrero de 2015
–Emisor MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO.[3]



LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES


Resolución de Consejo Directivo N° 045-2013-OEFA/CD. Aprueban
Tipificación de Infracciones y Escala de Sanciones relacionadas al
incumplimiento de los Límites Máximos Permisibles (LMP) previstos para
actividades económicas bajo el ámbito de competencia del OEFA



SECTOR PRODUCE

SUB-SECTOR MANUFACTURERO


Decreto Supremo N° 003-2002-PRODUCE. Aprueban Límites Máximos
Permisibles y Valores referenciales para las actividades industriales
de Cemento, Cerveza, Curtiembre y Papel.

Decreto supremo N°010-2008-PRODUCE. Límites Máximos Permisibles para
la industria de harina y aceites de pescado





SUB-SECTOR PESQUERA

D.S.Nº011-2009-MINAM Aprueba Limites Máximos Permisibles para las
emisiones de la Industria de Harina y Aceite de Pescado y Harina de
Pescado de Residuos Hidrobiológicos.




SECTOR AGRICULTURA

Resolución Jefatural Nº0291-2009-ANA Dictan disposiciones referidas al
otorgamiento de autorizaciones de vertimientos y de reúsos de aguas
residuales tratadas


SECTOR VIVIENDA CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

SUB-SECTOR VIVIENDA
No tiene Límites Máximos Permisibles hasta la fecha.


SUB-SECTOR CONSTRUCCION
No tiene Límites Máximos Permisibles hasta la fecha.



SUB-SECTOR SANEAMIENTO

D.S.042-2008-PCM Aprueban Limite Máximo Permisible para el parámetro
de "Coliformes Fecales" para efluente de la Planta de Tratamiento de
Aguas Residuales a ser proyectada en la zona denominada Taboada

D.S. N°037-2009-VIVIENDA-Aprueban límites máximos permisibles para
efluentes de plantas de agua residuales, domésticas o municipales.

DS-021-2009-VIVIENDA-valores máximos admisibles para las descargas de
aguas residuales no domesticas en el sistema de alcantarillado
sanitario

D.S. N° 003-2010 Límites Máximos Permisibles (LMP) para efluentes de
Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTARs).

D.S.003-2011 Reglamento del Decreto Supremo 021-2009-VIVIENDA, que
aprueba los valores Máximo Admisibles de las descargas de aguas
residuales no domesticas en el Sistema de Alcantarillado Sanitario

DS-001-2015-VIVIENDA-modificacion de artículos del D.S -021-2009



SECTOR ENERGIA Y MINAS



SUB-SECTOR ENERGÍA

RESOLUCION DIRECTORAL N° 008-1997-EM/DGAA -Aprueban niveles máximos
permisibles para efluentes líquidos producto de las actividades de
generación, transmisión y distribución de energía eléctrica







SUB-SECTOR MINAS




Decretos Supremos




D.S. Nº 010-2010-MINAM - Límites Máximos Permisibles para la descarga
de Efluentes Líquidos de Actividades Minero Metalúrgicas

D.S.010-2011-MINAM Decreto Supremo que integra los plazos para la
presentación de los instrumentos de gestión ambiental delas
actividades minero-metalúrgicas al ECA para agua y LMP para las
descargas de efluentes líquidos de actividades minero-metalúrgicas.




Resoluciones Ministeriales

R.M.011-96-EM/VMM Aprueban los niveles máximos permisibles para
efluentes líquidos para las actividades minero-metalúrgicas

R.M.141-2011-MINAM Ratifican lineamiento para la aplicación de los
Limites máximos Permisibles




SECTOR HIDROCARBUROS



Decreto supremo N°037-2008-PCM Límites Máximos Permisibles para
efluentes líquidos para el subsector hidrocarburo

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 030-96-EM-DGAA: Aprueban los niveles máximos
permisibles para efluentes líquidos producto de actividades de
explotación y comercialización de hidrocarburos líquidos y sus
productos derivados

DICAPI

R.D. 510-1999-DCG. Contaminación por Basuras.

R.D. 072-2006-DCG. Tratamiento de Aguas de Lastre.

R.D. 117-2004-DCG. Zonas no aptas para Desguace.



PROTOCOLOS


R.D. N° 001-91-EM/DGAA, Protocolo de monitoreo de calidad de agua

Protocolo de Monitoreo de la Calidad De Los Recursos Hídricos, ANA –
DGCRH. RJ. N°182- 2011- ANA.

Protocolo Nacional De Monitoreo de la Calidad en Cuerpos Naturales
Superficial, ANA.

Protocolo de monitoreo de la calidad sanitaria de los recursos
hídricos superficiales –DIGESA.

Protocolo de monitoreo de la calidad del agua - SUBSECTOR MINERÍA.

Protocolo de monitoreo de calidad del agua. Subsector Hidrocarburos

Resolución Ministerial N° 293-2013-PRODUCE -Protocolo para el
monitoreo de efluentes y cuerpo hídrico receptor –industria pesquera-
PRODUCE.

Protocolo de monitoreo de la calidad del agua - Subsector Minería-DGAA

Protocolo para el monitoreo de efluentes y cuerpo hídrico receptor-
Establecimientos industriales pesqueros consumo humano directo e
indirecto-PRODUCE
Resolución ministerial N°273-2013-VIVIENDA Protocolo de monitoreo de
la calidad de efluentes de las plantas de tratamiento de aguas
residuales domesticas o municipales (MVCS)






GUÍAS AMBIENTALES



Guía ambiental para el manejo de agua en operaciones Minero
–Metalúrgicas

Guía para la evaluación de impactos en la calidad de las aguas
superficiales por actividades–minero –metalúrgicas

Guía ambiental para el manejo de drenaje Acido de Minas

Guía ambiental para proyectos de Exploración y Producción

Guía ambiental para la Disposición y Tratamiento del Agua Producida

Guía ambiental para el manejo de cianuro- Subsector Minería DGAA

Guía para la Evaluación de Impactos en la Calidad de las Aguas
Superficiales por Actividades Minero-Metalúrgicas DGAMM




SEGÚN AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA (ANA)[4]

DECRETOS LEGISLATIVOS

Decreto Legislativo: Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura
(Creación de la Autoridad Nacional del Agua)

DECRETOS SUPREMOS

D.S. Nº 024-2014-MINAGRI: Apruébese los valores de la Retribución
Económica por el uso de agua superficial con fines agrarios a
aplicarse en el año 2015, en Nuevos Soles por metro cúbico, valores
que se consignan en el anexo 1, que forma parte del presente Decreto
Supremo.

D.S. Nº 023-2014-MINAGRI: Modificación del numeral 65.3 del artículo
65 y los artículos 79, 80, 81, 82, 83, 84,85 y 86 del Reglamento de la
Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, aprobado por el Decreto
Supremo N° 001-2010-AG

D.S. Nº 003-2013-AG: Modificación de los artículos 10, 49 y de la
Primera, Tercera, Cuarta y Quinta Disposiciones Complementarias
Transitorias del Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua.

D.S. Nº 021-2012-AG: Aprueban Reglamento de Organizaciones de Usuarios
de Agua

D.S. Nº 022-2012-AG: Crean la "Comisión Multisectorial para la
recuperación de la calidad de los recursos hídricos de la cuenca del
río Rímac", adscrita al Ministerio de Agricultura

D.S. Nº 023-2012-AG: Establecen valores a pagar por concepto de
retribuciones económicas por el uso de aguas superficiales y
subterráneas para el año 2013

D.S. Nº 022-2009-AG: Aprueban reglamento de la Ley Nº 28029 (Ley que
regula el uso de agua en los Proyectos Especiales entregados en
concesión)

D.S Nº 012-2010-AG: Aprueban el Texto Único de Procedimientos
Administrativos de la Autoridad Nacional del Agua-ANA. TUPA_ANA

D.S. Nº 001-2010-AG: Aprueban el Reglamento de la Ley 29338, Ley de
Recursos Hídricos.

D.S. Nº 039-2008: Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de
la Autoridad Nacional del Agua – ANA.


DECRETOS DE URGENCIA
D.U. Nº 054-2009: Establecen medidas extraordinarias para la ejecución
del mantenimiento de la infraestructura de riego.

D.U. Nº 057-2009: Establecen medidas económicas urgentes y de interés
nacional en materia de contratación administrativa de servicios.

D.U. Nº 016-2009: Establece disposiciones relacionadas con el
mantenimiento de establecimientos de Salud y de Infraestructura de
Riego y el Desarrollo de Infraestructura Básica.

RESOLUCIONES JEFATURALES

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 202-2010-ANA, Aprueban la Clasificación de
cuerpos de aguas superficiales y marino-costeros.

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0291-2009-ANA, Disposiciones referidas al
Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimientos y de Reusos de Aguas
Residuales Tratadas.

RESOLUCION JEFATURAL Nº 351-2009-ANA Modifican R.J N° 0291-2009-ANA
referente al otorgamiento de autorizaciones de vertimientos y reúsos
de aguas residuales tratadas.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 647-2010-MINSA, Guía técnica para la
implementación, operación y mantenimiento del sistema de tratamiento
intradomiciliario de agua para consumo humano.

RESOLUCIÓN JEFATURAL N°224-2013-ANA, Reglamento para el otorgamiento
de autorizaciones de vertimiento y reusó de aguas residuales tratadas.

RESOLUCIÓN JEFATURAL N°315-2014-ANA, Prueban Reglamento Del Plan De
Aprovechamiento De Las Aguas Disponibles Hídricas.

RESOLUCIÓN JEFATURAL N°007-2015-ANA, Aprueban Reglamento De
Procedimientos Administrativos Para El Otorgamiento De Derechos de Uso
de Agua Y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de
Agua.

REGLAMENTO de procedimientos administrativos para el otorgamiento de
derechos de uso del agua







SEGÚN OFICINA DE EVAVUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL (OEFA)



RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 045-2013-OEFA/CD. Aprueban
tipificación de infracciones y escala de sanciones relacionadas al
incumplimiento de los Límites Máximos Permisibles (LMP) previstos para
actividades económicas bajo el ámbito de competencia del OEFA.

Decreto Legislativo N° 1105 – Decreto Legislativo que establece
disposiciones para el proceso de formalización de las actividades de
pequeña minería y minería artesanal.

Ley N° 26620 – Ley de control y vigilancia de las actividades
marítimas, fluviales y lacustres.

Decreto Supremo N° 028-DE/MGP, que aprueba el Reglamento de la Ley de
control y vigilancia de las actividades marítimas, fluviales y
lacustres.


SECTORES MINISTERIALES

A.-MINAM
DECRETO SUPREMO Nº 003-2010-MINAM, Límites Máximos Permisibles (LMP)
para efluentes de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTARs).

Decreto Supremo N° 002-2008-MINAM Aprueban los Estándares Nacionales
de Calidad Ambiental para Agua.

D.S N°023-2009-MINAM, aprueba las disposiciones para la implementación
de los estándares nacional de calidad ambiental para agua.

DECRETO SUPREMO Nº 010-2010-MINAM - Límites Máximos Permisibles para
la descarga de Efluentes Líquidos de Actividades Minero Metalúrgicas




B.-VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

D.S.N°037-2009-VIVIENDA-Aprueban límites máximos permisibles para
efluentes de plantas de agua residuales domesticas o municipales.

DECRETO SUPREMO DEL 07-01-1996, Reglamento Para el Diseño de Tanques
Sépticos

D.S. Nº 003-2010, Límites Máximos Permisibles (LMP) para efluentes de
Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTARs).

DS-021-2009-VIVIENDA-Valores máximos admisibles para las descargas de
aguas residuales no domesticas en el sistema de alcantarillado

DS-001-2015-VIVIENDA-modificacion de artículos del D.S -021-2009

DECRETO SUPREMO N° 003-2011-VIVIENDA, Reglamento del DS N° 021-2009-
VIVIENDA, que Aprueba Valores Máximos Admisibles de las Descargas De
Aguas Residuales No Domésticas En El Sistema De Alcantarillado
Sanitario.

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 025-2011-SUNASS-CD, Aprueban
Metodología para determinar el pago adicional por exceso de
concentración de los parámetros fijados en Anexo 1 del D.S. Nº 021-
2009-VIVIENDA y modifican el Reglamento General de Tarifas, así como
el Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de
Saneamiento.

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 044-2012-SUNASS-CD, Aprueban
directivas sobre Valores Máximos Admisibles de las Descargas De Aguas
Residuales No Domésticas En El Sistema De Alcantarillado Sanitario y
modifican el Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y
Sanción de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento.

DECRETO SUPREMO Nº 010-2012-VIVIENDA, Modificatoria del Reglamento del
DS N° 021-2009-VIVIENDA.

DECRETO SUPREMO N° 001-2015-VIVIENDA, Modificación al D.S. 021-2009-
VIVIENDA y su Reglamento.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 116-2012-VIVIENDA, Parámetros según la
Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU).

Norma Técnica OS.020 Plantas de tratamiento de agua para consumo
humano.

Norma Técnica OS.090 Plantas de tratamiento de aguas residuales.

C.- ENERGIA Y MINAS:

DECRETO SUPREMO Nº 037-2008-PCM: Establecen Límites Máximos
Permisibles de efluentes líquidos para el subsector Hidrocarburos.

DECRETO SUPREMO Nº 014-2011-EM Dictan disposiciones relativas al
cumplimiento del requisito de autorización de uso de aguas en el
procedimiento para concesión de beneficio establecido en el capítulo Y
del reglamento de procedimientos mineros.

CÓDIGO DE MINAS (Decreto - Ley 2655 de 1988)

DECRETO 2811/1974, Zonas en las cuales no se pueden desarrollar
actividades mineras

DECRETO 1335/1987 Reglamento de Seguridad en las labores subterráneas.

LEY 141 DE 1994 Creación del Fondo Nacional y de la Comisión Nacional
de Regalías.

DECRETO 2636/1994 Explotaciones de hecho de pequeña minería.

DECRETO 501/1995 Inscripción de los títulos mineros en el Registro
minero.

DECRETO 1481/1996 Requisitos para la inscripción títulos en el
Registro minero.



D.- COMERCIO Y TURISMO


DECRETO SUPREMO N° 021-2011-MINCETUR. Aprueba el Reglamento de los
servicios turísticos que prestan los centros de turismo termal y/o
similares






E.- MINISTERIO DE SALUD DEL PERÚ (MINSA)[5]


DECRETO SUPREMO N° 031-2010-SA: Aprueban Reglamento de la Calidad del
Agua para Consumo Humano.

RESOLUCION MINISTERIAL 449-2001-SA/DM : Aprueban Norma Sanitaria para
Trabajos de Desinsectación, Desratización, Desinfección, Limpieza y
Desinfección de Reservorios de Agua, Limpieza de Ambientes y de
Tanques Sépticos Lunes, Julio 30, 2001 .

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 553-2010/MINSA: Se aprueba la Guía Técnica
"Procedimiento de Toma de Muestra del Agua de Mar en Playas de Baño y
Recreación".

RESOLUCION MINISTERIAL N° 647-2010/MINSA: Aprueban Guía Técnica para
la implementación, Operación y mantenimiento del "Sistema de
Tratamiento Intradomiciliario de agua para consumo humano – MI AGUA".

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 939-2011-MINSA: Aprueban la "Guía Técnica
para operación y mantenimiento de plantas de tratamiento de agua para
sistemas de vapor".

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 650-2014-MINSA: Aprueban Directiva Sanitaria
para la formulación, aprobación y aplicación del Programa de
Adecuación Sanitaria (PAS) por los Proveedores de Agua para el Consumo
Humano.

DIRECTIVA SANITARIA N°058- MINSA/DIGESA-V.01: Para la Formulación,
Aprobación y Aplicación del Plan de Control de Calidad (PCC) por los
Proveedores de Agua para Consumo Humano.

ORDENANZA N° 093-MDPP: Modifican la Ordenanza Nº 082-MDPP que regula
el Sistema Municipal de Vigilancia de Agua para consumo humano por
abastecimiento no convencional.



F.- SEGÚN MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO (MINAGRI)[6]


Decreto Supremo Nº023-2014-MINAGRI Decreto Supremo que modifica el
reglamento de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, aprobado por
Decreto Supremo N°001-2010-AG.

Decreto Supremo Nº024-2014-MINAGRI: Aprueban valores de Retribuciones
Económicas a pagar por uso de agua superficial y subterránea y por el
vertimiento de agua residual tratada a aplicarse en el 2015.

Resolución Ministerial Nº0550-2014-MINAGRI: Designan representantes
titular y alterno del Ministerio ante la "Comisión Multisectorial para
la recuperación de la calidad de los recursos hídricos de la cuenca
del río Rímac".



SUNASS
Ley General de Servicio de Saneamiento (Ley26338) DS 031-2008-VIVIENDA
Modifica Ley 26338 

ALCANCES DE LA R.C.D.N°044-2012-SUNASS-CD Directiva sobre Valores
Máximos Admisibles de las Descargas de Aguas Residuales No Domésticas
en el Sistema de alcantarillado sanitario y modifican Reglamento
General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las empresas
prestadoras de Servicios de Saneamiento

MODIFICATORIA- Resolución del Consejo Directivo Nº 044-2012-SUNASS-CD
Modifican Directiva sobre Valores Máximos Admisibles de las Descargas
de Aguas Residuales No Domésticas en el Sistema de alcantarillado
sanitario

Reglamento de calidad del agua de consumo humano Perú.
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO INTENDENCIA DE
NORMAS Y FISCALIZACION LABORATORIO DE REFERENCIA Y CONTROL.



CONCLUSIONES



Se debe dar más participación al MINAM como ente fiscalizador y
sancionador, para que mediante sus funciones las empresas e industrias
no sigan cometiendo infracciones sin ser sancionadas.



No existe estándares para la calidad de agua de regadíos.

No existen LMPS para pescadores Artesanales que causan una evidente
y visible contaminación al verter aguas sucias al mar con el agua
contaminada que se utiliza para el lavado de pescado con los riesgos
sanitarios derivados.



La nueva ley de recursos hídricos en materia de aguas subterráneas
señala una tarifa para el monitoreo, en este caso si se toma como
ejemplo a Lima, SEDAPAL se encarga del costo domestico mas no
industrial. Es un vacío legal que debe ser subsanado ya que empresas
que utilizan el agua para sector industrial no estan pagando por el
uso del agua.




No existen LMPS para pescadores Artesanales que causan una evidente
y visible contaminación al verter aguas sucias al mar con el agua
contaminada que se utiliza para el lavado de pescado con los riesgos
sanitarios derivados.






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[1] www.muniplibre.gob.pe/pdfs/DS_007-2003%20PISCINAS.pdf

[2] www.digesa.minsa.gob.pe/noticias/.../VIGILANCIA_2012.ppt
[3] ftp2.minsa.gob.pe/normaslegales/2010/RM484-2010-MINSA.pdf

[4]http://www.ana.gob.pe/normas-legales/compendio-de-aguas/leyes.aspx
[5] http://intranet5.minsa.gob.pe/buscanormas/views/buscador.aspx
[6]
http://www.minag.gob.pe/portal/component/search/?searchword=AGUA&searchphras
e=all&start=100
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