Proyecto Final Fase 3 35

July 5, 2017 | Autor: Andersson Rodriguez | Categoria: Research Methodology
Share Embed


Descrição do Produto





FUNDACION PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, procedimientos basados en
las normas OHSAS para su implantación en pymes del subsector fabricación de productos
metálicos. Aragón: fundación para la prevención de riesgos laborales, 2003 p. 50.
INSTITUTO COLOMBIANO DE NORMAS TÉCNICAS, Sistema de gestión en seguridad y salud
ocupacional. Bogotá D.C.: ICONTEC, 2000.p.1-2.OHSAS 18001.
FUNDACION PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, Op.cit., p.54.
INSTITUTO COLOMBIANO DE NORMAS TÉCNICAS, Sistema de gestión en seguridad y salud
ocupacional. Bogotá D.C.: ICONTEC, 2000.p.5.OHSAS 18001.
Seguridad y Salud en el Trabajo
MIRANDA, Juan José. Gestión de Proyectos. MM editores, 4ta edición, Bogotá 2002. Página 125.
ESTUDIO PARA IMPLEMENTAR EL SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL TENIENDO EN CUENTA LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN LOS EMPLEADOS DEL RESTAURANTE LOS CHINITOS WINGS.








PRESENTADO POR:

ROLANDO ANTONIO HINESTROZA ZABALA
CÓDIGO: 91447432

ANTONIO VILLEGAS ARCE
CODIGO: 91492300


ANDERSSON RODRÍGUEZ ORTIZ
CODIGO: 94542774

EDWIN ADRIAN CAMPO
CÓDIGO: 91541477

JOHN JARVEY TORRES ROJAS
CÓDIGO: 91487040



GRUPO: 302581_35









UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA – UNAD
PROGRAMA INGENIERIA INDUSTRIAL
BARRANCABERMEJA
MAYO DE 2015
ESTUDIO PARA IMPLEMENTAR EL SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL TENIENDO EN CUENTA LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN LOS EMPLEADOS DEL RESTAURANTE LOS CHINITOS WINGS.






PRESENTADO POR:

ROLANDO ANTONIO HINESTROZA ZABALA
CÓDIGO: 91447432

ANTONIO VILLEGAS ARCE
CODIGO: 91492300


ANDERSSON RODRÍGUEZ ORTIZ
CODIGO: 94542774

EDWIN ADRIAN CAMPO
CÓDIGO: 91541477

JOHN JARVEY TORRES ROJAS
CÓDIGO: 91487040



GRUPO: 302581_35




TUTOR:
JOSE DANIEL GÓMEZ





UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA – UNAD
PROGRAMA INGENIERIA INDUSTRIAL
BARRANCABERMEJA
MAYO DE 2015
TABLA DE CONTENIDO
ESTUDIO PARA IMPLEMENTAR EL SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL TENIENDO EN CUENTA LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN LOS EMPLEADOS DEL RESTAURANTE LOS CHINITOS WINGS. 1
TITULO 10
1.2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 10
ANTECEDENTE HISTÓRICO 10
DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA 11
PREGUNTA DE INVESTIGACIÓN 12
OBJETIVOS 13
OBJETIVO GENERAL. 13
OBJETIVOS ESPECÍFICOS. 13
RESULTADOS ESPERADOS (ALCANCE) 15
CRONOGRAMA 16
JUSTIFICACIÓN 17
MARCO REFERENCIAL 19
ELEMENTOS DEL SISTEMA OHSAS 18001:2007 23
Política SG-SST 25
Planificación 25
Implementación y Operación 25
Verificación y Acción Correctiva 27
Revisión por la gerencia 27
Mejoramiento Continúo 27
Política De S Y SO 28
Identificación De Peligros, Valoración De Riesgos Y Determinación De Los Controles. 28
Comité Paritario de Salud Ocupacional 29
Subprogama Del Programa De Salud Ocupacional 30
Subprograma De Medicina Preventiva Y Del Trabajo 30
Subprograma de Higiene Industrial 31
4.3.1. PERFIL DE LA EMPRESA 32
MISIÓN 33
VISIÓN 34
POLÍTICA INTEGRAL 34
OBJETIVOS INTEGRALES DEL RESTAURANTE LOS CHINITOS WINGS 34
MAPA DE PROCESOS 35
Ilustración 1. Mapa de procesos RESTAURANTE LOS CHINITOS 35
Fuente: Manual del Sistema de procesos RESTAURANTE LOS CHINITOS 35
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL 36
Fuente: Manual de organización RESTAURANTE LOS CHINITOS 37
IDENTIFICACIÓN DEL PRODUCTO O SERVICIO 37
SERVICIO DE ALIMENTACION PLATOS TIPICOS DE LA CHINA 37
MATERIAS PRIMAS E INSUMOS A UTILIZAR 39
3.1.1. Insumos 41
LOCALIZACION. 43
MARCO CONCEPTUAL. 45
MARCO LEGAL. 47
LEGISLACIÓN Y NORMAS GUBERNAMENTALES GENERALES. 47
METODOLOGÍA DE INVESTIGACION 50
PLANEACIÓN DE LA VISITA 51
DEFINICIÓN DEL EQUIPO RESPONSABLE DE LA VERIFICACIÓN 51
PREPARACIÓN DE DOCUMENTOS REQUERIDOS 52
INFORME DEL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN 53
RESULTADOS AUDITORIA APLICADA AL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LA EMPRESA RESTAURANTE "LOS CHINITOS WINGS" 71
ESTRUCTURA DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL 71
Identificación y generalidades de la empresa – Centro de trabajo 71
DESARROLLO DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL - PROCESO 75
RESULTADO FINAL AUDITORÍA PSOE 88
CONCLUSIONES 90
BIBLIOGRAFIA…………………………………………………………………………..91

ANEXO A. Formato de auditoría de salud y seguridad…………………………….……...92






INTRODUCCIÓN

Teniendo en cuenta que las organizaciones se ven abocadas a los rápidos y constantes cambios del entorno, en el actual mundo globalizado, se deben buscar estrategias gerenciales que permitan que las empresas de hoy sean capaces de anticiparse y adaptarse permanentemente a sus competidores, logrando el máximo aprovechamiento de sus recursos. Para ello es necesario la implementación de medidas de seguridad e higiene industrial para le prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales en el Restaurante Los Chinitos Wings que logren direccionar sus actividades en un mundo competitivo y que les permita identificarse como negocios de calidad.

Las condiciones del entorno en las organizaciones, imponen retos cada vez más elevados, lo que hace que estas aseguren el éxito y requieren de un constante cambio y reinvención para adaptarse al futuro. Ha existido la necesidad de lograr el compromiso del mundo empresarial frente a compromisos de seguridad y salud ocupacional de sus trabajadores, teniendo en cuenta que el talento humano es el factor relevante para la producción de bienes y servicios y para ello se requiere del desarrollo e implementación de sistemas de certificación en un sistema de seguridad y salud ocupacional que tuviera un alcance global, a través de la Norma NTC-OHSAS 18.001, que contienen estándares internacionales relacionados con la seguridad y salud ocupacional, y cuyo desarrollo se basó en la directriz BS 8800 (Britsh Standard).


OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL

Proporcionar y suministrar los elementos, los conceptos y la información necesaria para el desarrollo de las actividades a tener presentes para la planificación y el desarrollo de un trabajo practico de investigación, para ir inculcando el correcto planteamiento, desarrollo y formulación de actividades propias de la investigación con racionalización de los recursos asignados.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

Identificar la línea específica para el desarrollo del anteproyecto como la alternativa de grado.
Desarrollar programas y proyectos que potencien el fortalecimiento de los esfuerzos comunitarios y colectivos
Contar con una línea de investigación, a la cual se puedan articular trabajos de carácter científico y analítico, que tengan como temas principales la reflexión sobre el desarrollo social y comunitario.





JUSTIFICACIÓN


El desarrollo de esta investigación nos permite, aplicar los conocimientos teóricos aprendidos en el proceso del presente proyecto de grado, dentro del ámbito nacional, en una actividad que desarrolla el Restaurante Los Chinitos Wings, que aportando al sector la identificación de las fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas, que permita la toma de decisiones apropiadas en una visión de empleo estratégico.
Las organizaciones hoy en día vienen desarrollando su gestión de procesos bajo enfoques de calidad, seguridad y gestión ambiental, como estrategias que aportan a la productividad, competitividad y a la responsabilidad social de la misma. En el campo de la Seguridad y Salud en el Trabajo, es indispensable el desarrollo de una estrategia enmarcada desde la noción de sistema de gestión, lo cual unido a las disposiciones legales vigentes en Colombia como la Ley 1562 de 2012 y el Decreto 14443 del 31 de julio de 2014, que reitera la importancia de establecer sistemas de gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), toda vez que el incumplimiento de ciertas normas conlleva a una sanción económica de hasta 600 salarios mínimos mensuales.
Es necesario conocer el estado actual en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo del Restaurante Los Chinitos Wings y realizar un diagnóstico para conocer las condiciones encontradas en estos momentos.
Teniendo en cuenta lo contemplado en nuestra legislación actual el RESTAURANTE LOS CHINITOS WINGS implanta el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo bajo los lineamientos de la norma internacional OHSAS 18001:2007. Con este sistema de gestión se está en capacidad de ejercer control y minimizar los riesgos inherentes a su actividad económica.
Cuando se habla de un modelo se entiende que es una construcción teórica que pretende representar la realidad sin tener que aprehenderla. En general la ciencia se basa en esa construcción constante de modelos como una manera de interpretar al universo y a los sistemas naturales y sociales y así poder intervenirlos; manifiesta Atehortua (2008) que con frecuencia, un nuevo modelo aparece en el escenario de la ciencia, como resultado de un proceso de acumulación de conocimiento, es decir se producen "cambios de paradigma" rompiendo con algunos elementos de modelos anteriores.
Es recomendable para las Pymes la implementación de los Modelos de las normas ISO 9001, ISO 14001 e ISO 18001, los cuales pueden ayudarlas alcanzar la competitividad que se requiere para afrontar los cambios del entorno, ayudándolas de igual forma a experimentar enormes cambios, con lo cual obtendrán un ciclo de clientes satisfechos, empleados satisfechos, accionistas satisfechos y una sociedad satisfecha, lo cual le permitirá sobresalir y diferenciarse.
La Organización ISO, es una Organización Internacional de Estandarización conformada por los diferentes organismos de estandarización nacionales del mundo. Esta Organización en 1989 publicó la primera serie de normas ISO 9000, entre las que se destacaban la ISO 9001, la ISO 9002 y la ISO 9003, en 1994 se crea la ISO 9004, estas normas que permitían establecer los requisitos del Sistema de Aseguramiento de la Calidad en las Empresas.
Estas normas están sujetas a la revisión y mantenimiento quinquenal, con el fin de que puedan responder a las exigencias de los mercados actuales. Fontalvo (2007)

TITULO

Estudio para implementar el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional teniendo en cuenta las condiciones de trabajo en los empleados del Restaurante Los Chinitos Wings.

1.2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
ANTECEDENTE HISTÓRICO

El Restaurante Los Chinitos Wings no posee antecedentes históricos sobre el tema del Sistema de Gestión para la Seguridad y la Salud en el Trabajo debido a que nunca se han realizados los análisis y estudios pertinentes en estos temas hasta el presente, sumado a que tampoco existen estudios para el mejoramiento de las condiciones de trabajo y la impartición de lo fundamental que es el Autocuidado.
El Restaurante Los Chinitos Wings, en materia de Seguridad Social se encuentra al día con la afiliación de sus empleados a las prestaciones sociales, además desconoces las obligaciones legales que le exige la Ley de la Republica de Colombia en coordinación del Ministerio de Trabajo y las multas que conlleva la omisión de la misma.
El gobierno actualmente exige a todas las empresas implantar un Sistema de Gestión de Seguridad y la Salud en el Trabajo contemplada en el Decreto 1295 de 1994, reestructurado con la Ley 1562 del 2012 y reformado por el actual Decreto 1443 de 2014, teniendo en cuenta que el anterior Programa de Salud Ocupacional fue reemplazado por SG-SST y algunas definiciones de conceptos se han modificado.
DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA

Teniendo en cuenta los problemas de índole económicos, civiles y penales por consecuencia de la no aplicación de la normatividad colombiana y sobretodo, en busca de proteger la integridad de los trabajadores que se exponen día a día a una serie de factores que afectan su salud y nuestro deber es reducir el impacto negativo que acarrea esta exposición.
Todas las empresas cualquiera sea su tamaño o actividad, debe cumplir lineamientos legales, sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, no solo porque el trabajar en ello contribuirá a proteger la salud de los trabajadores; sino porque es una obligación legal señalada por varias normas jurídicas de absoluto cumplimiento. El departamento de salud ocupacional apunta principalmente a disminuir la frecuencia y gravedad de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en todos los lugares donde se realizan actividades laborales. Este concepto integral se encuentra conformado por el Área de Higiene Industrial la cual se encarga de proteger y promover la salud y el bienestar de los trabajadores, así como proteger el medio ambiente en general, también encontramos el área de Seguridad industrial, que se ocupa de la prevención de los factores de riesgo o condiciones de trabajo que puedan producir accidentes de trabajo y por último el Área de Medicina del trabajo que busca la calidad de vida de los trabajadores a través de las ciencias de lasalud para el mejoramiento de sus condiciones.




PREGUNTA DE INVESTIGACIÓN

Teniendo en cuenta la importancia de implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el Restaurante Los Chinitos Wings, nos formulamos la siguiente pregunta:

¿Es factible la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el Restaurante Los Chinitos Wings?

¿Cómo implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Restaurante Los Chinitos Wings?

¿Es posible diseñar el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo bajo los requisitos de la norma NTC-OHSAS 18001 en el Restaurante Los Chinitos Wings?

La aplicación en esta línea de investigación que relaciona en el sector cadena de ingeniería industrial, profundizaremos en el tema del sector productivo de gestión de seguridad y salud ocupacional del restaurante Los Chinitos Wings, teniendo en cuenta que en este sector industrial escasea los procedimientos y normas que aseguren la integridad de sus trabajadores y de su empresa.




RESULTADOS ESPERADOS (ALCANCE)

TECNICAS
CRITERIO DE VALORACION
NIVEL DE
PERCEPCION
Técnicas para la recolección de la información.
 
*Muestreo de actividad: se basa en la observación, determinante del tiempo consumido en la actividad.
* Técnica de incidente crítico: Categoriza y analiza el incidente, se asocia al error humano.
 * Observación: Se obtienen datos directamente de la observación de la actividad o el comportamiento.
 *Cuestionarios: Basada en el sujeto
 *Entrevista estructurada: Basada en el sujeto.
*Protocolos verbales. Basada en el sujeto.

Técnicas de descripción de tarea.
 
*Flujograma y trabajo en red: Descripción grafica de tareas
* Método de descomposición: Forma estructurada de expandir la información dela descripción de una tarea.
* Análisis jerárquico de tarea:
Organización por actividades, se analizan metas, tareas y organización de actividades.
*Diagrama de secuencia de operaciones: Es una secuencia de los movimientos de control.
Este procedimiento es una valoración ergonómica simplificada, de manera que a partir de este tipo de análisis general, en aquellos puestos o tareas donde se detectan algunas condiciones críticas o no se puede abordar una metodología masa intensiva sobre aspectos más concretos (diseños específicos, programas o instrucciones de trabajo etc.).
Se aborda desde tres partes diferenciadas
- Descriptivas
- Evaluativas
- Correctivas
En la parte descriptiva se indican los datos más significativos del puesto, denominaciones de las máquinas, los equipos y los materiales empleados, así como una breve descripción de las tareas.


Las particularidades de cada puesto de trabajo pueden requerir la incorporación de documentos anexos específicos.

*Equipamiento, disposición del espacio de trabajo: Se analizan las características antropométricas del equipamiento básico y del entorno físico del trabajo.

*Definición de los planes de trabajo
*Distancias visuales de trabajo
*Disponibilidad de movimientos (Accesos, espacio para las piernas, ausencia de obstáculos etc.)
*Características de las sillas y asientos
*Características de los útiles y herramientas manuales: tamaño, pesos, agarres, posiciones de manejo, etc.
*Características de otros equipos: (disposición de palancas, mandos, ayudas mecánicas).
*carga física estática–postural: La carga física se puede descomponer encarga estática y dinámica.
*La carga estática está asociada a las posturas de trabajo y a la actividad
MARCO REFERENCIAL

4.2. MARCO TEÓRICO
Durante el segundo semestre de 1999, fue publicada la normativa OHSAS 18.001, dando inicio así a la serie de normas internacionales relacionadas con el tema "Salud y Seguridad en el Trabajo", que viene a complementar a la serie ISO 9.000 (calidad) e ISO 14.001 (Medio Ambiente).

4.2.1. Definición OHSAS 18001
Las normas OHSAS 18,000 (Occupational Health and Safety Assessment Series), son una serie de estándares voluntarios internacionales relacionados con la gestión de seguridad y salud ocupacional, toman como base para su elaboración las normas 8800 de la British Standard.
Participaron en su desarrollo las principales organizaciones certificadoras del mundo, abarcando más de 15 países de Europa, Asia y América.
Estas normas buscan a través de una gestión sistemática y estructurada asegurar el mejoramiento de la salud y seguridad en el lugar de trabajo.
La norma entrega los requisitos para un sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), de forma de habilitar a una organización para controlar sus riesgos de SST, y mejorar su desempeño. No establece criterios específicos de desempeño SST, ni da las especificaciones detalladas para el diseño de un sistema de gestión.
Objeto y Campo de Aplicación de la Norma OHSAS

La norma de seguridad y salud ocupacional es aplicable a cualquier organización que desee:
a) Establecer un sistema de gestión en seguridad y salud ocupacional (SG -SST) con objeto de eliminar o minimizar los riesgos para los empleados y otras partes interesadas.
b) Implementar, mantener y mejorar continuamente un SG-SST;
c) Asegurar por si misma su conformidad con la política establecida en SG.SST
d) Demostrar tal conformidad a otros;
e) Buscar certificación/registro de su SG-SST por parte de una organización externa
f) Hacer una autodeterminación y declaración de conformidad con esta norma.

Todos los requisitos de esta norma están diseñados para ser incorporados a cualquier SG-SST. El alcance de la aplicación dependerá de factores tales como la política de seguridad y salud ocupacional de la organización, la naturaleza de las actividades, los riesgos y la complejidad de sus operaciones.
Esta norma está dirigida a la seguridad y a la salud ocupacional y no a la seguridad de los productos y servicios.

OHSAS como Sistema de Seguridad y Salud Ocupacional

La serie de normas OHSAS 18.001 están planteadas como un sistema que dicta una serie de requisitos para implementar un sistema de gestión de salud y seguridad ocupacional, habilitando a una empresa para formular una política y objetivos específicos asociados al tema, considerando requisitos legales e información sobre los riesgos inherentes a su actividad.
Estas normas buscan a través de una gestión sistemática y estructurada asegurar el mejoramiento de la salud y seguridad en el lugar de trabajo.
Una característica de OHSAS es su orientación a la integración del SGPRL (Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales), elaborado conforme a ella en otros sistemas de gestión de la organización (Medio ambiente y/o calidad).
Las normas no pretenden suplantar la obligación de respetar la legislación respecto a la salud y seguridad de los trabajadores, ni tampoco a los agentes involucrados en la auditoria y verificación de su cumplimiento, sino que como modelo de gestión que son, ayudarán a establecer los compromisos, metas y metodologías para hacer que el cumplimiento de la legislación en esta materia sea, parte integral de los procesos de la organización.

Exigencias de la Especificación OHSAS 18001

La norma OHSAS 18001, incluye 6 puntos que coinciden con los de estándar ISO
14001, estos presentan una redacción breve, y utilizan un tono imperativo lo que lo hace auditable.
La norma OHSAS 18001 tiene dentro de sus requisitos generales los siguientes:
Políticas de salud ocupacional que debe cumplir la empresa con sus trabajadores:

Cumplir con todas las normas legales vigentes establecidas por ley sobre Salud Ocupacional y Seguridad Integral.

Protección y mantenimiento del mayor nivel de bienestar, tanto físico como mental, de todos los trabajadores, disminuyendo al máximo la generación de accidentes de trabajo y los riesgos en su origen.

EL RESTAURANTE LOS CHINITOS WINGS, es responsable de sus trabajadores, por su seguridad y del personal bajo su cargo y de la empresa.

Incorporación del control de riesgos en cada una de las tareas. Esta política será publicada y difundida a todo el personal, para obtener así su cooperación y participación, siguiendo el ejemplo manifestada y demostrada por la alta gerencia

Preservación de buenas condiciones de operación en los recursos materiales y económicos, logrando la optimización en su uso y minimizando cualquier tipo de pérdida.

Garantía de que las condiciones y el manejo de residuos no contaminen el medio ambiente y cumplan las normas vigentes.

Responsabilidad de todos los directores de las diferentes áreas por promover un ambiente sano y seguro en el trabajo, teniendo en cuenta aspectos como equipos, herramientas, procedimientos y programas planteados.


El empleado es responsable de lo siguiente:
A pesar de que el empleado es la razón final de un Programa de Salud Ocupacional y el mayor beneficiado en su desarrollo, es necesario hacer énfasis en que a él le corresponde la mayor parte de la responsabilidad. Es obligación del empleado:

El seguimiento estricto de las normas de seguridad a fin de garantizar un trabajo seguro.
Cumplir las normas y procedimientos de Salud Ocupacional establecidas por EL RESTAURANTE LOS CHINITOS WINGS.
Informar a sus superiores o al coordinador de Salud Ocupacional, sobre condiciones y/o actos sub-estándar en los lugares de trabajo ó cualquier circunstancia que pudiera provocar un accidente y presentar sugerencias para su estudio participando en la elaboración de normas y procedimientos seguros de trabajo.
Participar activamente en las charlas y cursos de capacitación de Salud Ocupacional a que haya sido invitado.

La seguridad del empleado depende sobre todo de su propia conducta lo cual está condicionado a un acto voluntario del trabajador por educación y motivación.

Estos conceptos adquieren más significado, cuando tomamos en cuenta que la mayoría de las labores en los restaurantes implican un trabajo en grupo y las fallas de un empleado pueden afectar a sus propios compañeros y a los bienes de la institución. En resumen, el trabajo seguro de cada uno beneficiará a todos.


Evitar Incidentes: Dentro del restaurante es sumamente importante que no ocurran incidentes dentro de la misma ya que pueden surgir pérdidas materiales, económicas y sobre todo humanas.

Concientizar a las personas sobre la Seguridad y salud ocupacional: Es bueno que todo comience por implementarse por la alta gerencia o presidencia y que ellos implanten algunas normas que se ajusten al servicio o línea de sus actividades o las que son de ley para ofrecer la mejor seguridad posible a sus empleados; creando así conciencia para que los trabajadores entiendan que es sumamente importante usar distintos implementos que le ofrezcan seguridad en salud ocupacional; así como también es de vital influencia realizar y programar charlas y capacitaciones a los trabajadores sobre programas de salud ocupacional.
Planificación.
Implementación y operación.
Verificación y acción correctiva.
Revisión por la gerencia.

Familia de OHSAS 18000

OHSAS 18001: sistema de gestión de SYSO. Requisito
OHSAS 18002: sistema de gestión SYSO. Directrices para la mejora del desempeño.

1.2. Requisitos Generales
Figura 1. Elementos de una gestión exitosa de SG-SST

Norma Técnica Colombiana OHSAS 18001.
Para lograr establecer y mantener un sistema de gestión en seguridad y salud ocupacional es necesario que la empresa siga algunos requisitos que se especifican en la NTC OHSAS 18001: 2007

ELEMENTOS DEL SISTEMA OHSAS 18001:2007

La norma OHSAS 18001:2007 se basa en el ciclo PHVA
P: PLANEAR
H: HACER
V: VERIFICAR
A: ACTUAR

Fuente: http://www.blog-top.com/wp-content/uploads/2014/01/PHVA.png

Política SG-SST
La política de SG-SST es la que establece un sentido general de dirección y fija los principios de acción para una organización. Determina los objetivos respecto a la responsabilidad y despeño del Sistema de Gestión, requeridos en toda organización. Demuestra el compromiso formal de una organización, particularmente el de su alta gerencia con la buena gestión de SG-SST.
Planificación

La Planificación en general consiste en establecer de una manera debidamente organizada:
b) Objetivos y Metas a conseguir, tanto para el conjunto del sistema como para cada nivel operativo de la estructura de la organización, que intervienen en la gestión del sistema.
c) Asignación de prioridades y plazos para los objetivos y metas establecidos.
d) Asignación de recursos y medios en relación a las responsabilidades definidas y a la coordinación e integración con los otros sistemas de gestión de la empresa.
e) Evaluación periódica de la obtención de los objetivos, mediante los canales de información establecidos al efecto y los indicadores representativos.

Implementación y Operación

La implementación y operación dentro del sistema de gestión en seguridad y salud ocupacional incluye la definición de las funciones, responsabilidades y autoridad del personal que administra, desempeña y verifica actividades que tengan efectos sobre los riesgos de SST de las actividades, instalaciones y procesos de la organización; estas deben definirse, documentarse y comunicarse con el fin de facilitar el SG-SST, es aquí donde la gerencia designa una persona de la organización para que tenga responsabilidad y autoridad definida para:
Asegurar que los requisitos del SG-SST se establezcan, implementen y mantengan de acuerdo con las especificaciones de la OHSAS 18001.
Asegurar que se presenten a la alta gerencia los informes sobre el desempeño del SG-SST para revisión y como base para el mejoramiento del sistema.
Además es aquí donde se establecen y mantienen procedimientos para asegurar que los empleados que trabajan en cada una de las funciones y niveles pertinentes, tengan conocimiento de la importancia de la política, las consecuencias potenciales del desarrollo de su trabajo, sus funciones y responsabilidades y las consecuencias potenciales que tiene apartarse de los procedimientos operativos especificados.
Se establecen los procedimientos para asegurarse que la información pertinente sobre SST, se comunique a y desde los empleados y otras partes interesadas, y como realizar el control de los documentos referentes a la norma.
Por último se incluye la elaboración del plan de emergencias para la empresa el cual debe permitirle estar preparados y poder responder ante una emergencia, en especial después de que ocurran accidentes.

Verificación y Acción Correctiva

Es aquí donde se establecen procedimientos para hacer seguimiento y medir regularmente el desempeño en SG-SST, definir la responsabilidad y autoridad con respecto a el manejo de la investigación de accidentes, incidentes y no conformidades, la aplicación, realización y confirmación de la efectividad de acciones correctivas y preventivas; procedimientos para la identificación mantenimiento y disposición de los registros de S & SO, así como los resultados de las auditorias y revisiones.
Revisión por la gerencia

Es aquí donde la alta gerencia de la empresa debe revisar a intervalos definidos al SG-SST para asegurar su adecuación y efectividad permanente. El proceso de revisión de la gerencia debe asegurar que se recoja la información necesaria que le permita a la gerencia llevara a cabo esta evaluación. Esta revisión debe ser documentada.
La revisión por la gerencia debe contemplar la posible necesidad de cambiar la política, objetivos y otros elementos del SG-SST, teniendo en cuenta los resultados de la auditoria al sistema de gestión en SG-SST, las circunstancias cambiantes y el compromiso para lograr el mejoramiento continuo.

Mejoramiento Continúo

Proceso para fortalecer al sistema de gestión en seguridad industrial y salud ocupacional, con el propósito de lograr un mejoramiento en el desempeño de SG-SST en concordancia con la política SST de la organización.

Política De S Y SO

La alta dirección debe definir y autorizar la política de S y SO de la organización, y asegurar que, dentro del alcance definido de su sistema de gestión de S y SO, ésta:
a) Es apropiada para la naturaleza y escala de los riesgos de S y SO de la organización;
b) Incluye un compromiso con la prevención de lesiones y enfermedades y con la mejora continua en la gestión y desempeño de S y SO;
c) Incluye el compromiso de cumplir como mínimo los requisitos legales aplicables y otros requisitos que suscriba la organización, relacionados con sus peligros de S y SO.
d) Proporciona el marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de S y SO.
e) Se documenta, implementa y mantiene.
f) Se comunica a todas las personas que trabajan bajo el control de la organización, con la intención de que sean conscientes de sus obligaciones individuales de S y SO.
g) Está disponible para las partes interesadas, y
h) Se revisa periódicamente para asegurar que sigue siendo pertinente y apropiada para la organización.

Identificación de Peligros, Valoración de Riesgos y Determinación de los Controles.

La organización debe establecer, implementar y mantener un(os) procedimiento(s) para la continua identificación de peligros, valoración de riesgos y determinación de los controles necesarios.
El (los) procedimiento(s) para la identificación de peligros y la valoración de riesgos deben tener en cuenta:
a) actividades rutinarias y no rutinarias;
b) actividades de todas las personas que tienen acceso al sitio de trabajo (incluso contratistas y visitantes);
c) comportamiento, aptitudes y otros factores humanos;
d) los peligros identificados que se originan fuera del lugar de trabajo con capacidad de afectar adversamente la salud y la seguridad de las personas que están bajo el control de la organización en el lugar de trabajo;
e) los peligros generados en la vecindad del lugar de trabajo por actividades relacionadas con el trabajo controlado por la organización;
f) Infraestructura, equipo y materiales en el lugar de trabajo, ya sean suministrados por la organización o por otros;
g) Cambios realizados o propuestos en la organización, sus actividades o los materiales;
h) modificaciones al sistema de gestión de S y SO, incluidos los cambios temporales y sus impactos sobre las operaciones, procesos y actividades;
i) cualquier obligación legal aplicable relacionada con la valoración del riesgo y la implementación de los controles necesarios;
j) el diseño de áreas de trabajo, procesos, instalaciones, maquinaria/equipos, procedimientos de operación y organización del trabajo, incluida su adaptación a las aptitudes humanas.
Comité Paritario de Salud Ocupacional

El Comité Paritario de Salud Ocupacional es un organismo de coordinación entre el empleador y sus trabajadores, encargado de promover y vigilar las normas y programas de Salud Ocupacional dentro de la empresa.
Subprogama del Programa de Salud Ocupacional

Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo

Conjunto de actividades encaminadas a la promoción y control de la salud de los trabajadores. En este Subprograma se integran las acciones de Medicina Preventiva y Medicina del Trabajo, teniendo en cuenta que las dos tienden a garantizar óptimas condiciones de bienestar físico, mental y social de los trabajadores, protegiéndolos de los factores de riesgo ocupacionales, ubicándolos en un puesto de trabajo acorde con sus condiciones psico-físicas y manteniéndolos en aptitud de producción laboral

Objetivos
Propender por el mejoramiento y mantenimiento de las condiciones generales de salud y calidad de vida de los trabajadores
Educar a los trabajadores para prevenir enfermedad común, accidente de trabajo, enfermedad profesional y riesgos específicos
Elaborar programas de bienestar social y capacitación para todo el personal de la entidad para integrar, recrear y desarrollar física, mental y socialmente a cada trabajador.
Capacitar en factores de riesgo, sus efectos sobre la salud y la manera de corregirlos.
Ubicar al trabajador en el cargo acorde con sus condiciones psico-físicas.
Hacer seguimiento periódico de los trabajadores para identificar y vigilar los expuestos a factores de riesgos específicos

Subprograma de Higiene Industrial

Conjunto de actividades destinadas a la identificación, evaluación y control de los agentes contaminantes y factores de riesgo que se puedan presentar dentro de los ambientes de trabajo.

Objetivos
Identificar, reconocer, cuantificar, evaluar y controlar los agentes contaminantes y factores de riesgo generados o que se pueden generar en los ambientes de trabajo y que ocasiones enfermedad profesional.
Establecer los diferentes métodos de control para cada agente contaminante y/o factor de riesgo, siguiendo en orden de prioridad la fuente, el medio y el trabajador.
Asesorar en toxicología industrial sobre el uso, manejo de las diferentes sustancias peligrosas.
Implementar junto con el subprograma de Medicina del Trabajo y Seguridad Industrial, la Vigilancia Epidemiológica y la educación sanitaria.


4.3. MARCO HISTORICO DE LA EMPRESA
Restaurante "Los Chinitos" desde el inicio de su operación en la ciudad de Barrancabermeja, ha tratado de entregar lo mejor como empresa y como equipo, logrando prestar un servicio de comidas con calidad, que satisface las necesidades del cliente; protegiendo el medio ambiente que interviene en la prestación de sus servicios, y cuidando el bienestar y salud de sus trabajadores. La empresa viene destacándose día a día en la prestación del servicio en mención.
Actualmente la empresa suministra alimentación a los comerciantes y clientes del comercio, debido a que se encuentra estratégicamente ubicado en el sector comercial de Barrancabermeja, ofreciendo platos típicos y oriental a un precio económico, que lo hace atractivo al mercado en general.
También se destaca por suministrar alimentación a los trabajadores de algunas empresas contratistas para la empresa Ecopetrol S.A. destacándose por un producto de calidad y la gran variedad de platos que ofrece.

LISTADO DE TABLAS

LISTADO DE TABLAS
Tabla 1
Perfil Restaurante "Los Chinitos"
Tabla 2
Carga ocupacional y horarios de trabajo
Tabla 3
Vehículos, equipos, maquinarias utilizadas
Tabla 4
Materias primas utilizadas (Críticas)
Tabla 5
Consolidado Estructura
Tabla 6
Consolidado Proceso
Tabla 7
Consolidado Resultados
Tabla 8
Tabla de Recomendaciones y Fundamentos Legales

LISTADO DE GRAFICOS

LISTADO DE GRAFICOS
Ilustración 1
Mapa de procesos RESTAURANTE LOS CHINITOS
Ilustración 2
Estructura Organizacional RESTAURANTE LOS CHINITOS
Ilustración 4
Estadística de cumplimiento Estándar 1 RESTAURANTE LOS CHINITOS
Ilustración 5
Estadística de cumplimiento Estándar 2
Ilustración 6
Estadística de cumplimiento Estándar 3
Ilustración 7
Estadística de cumplimiento Estándar 4
Ilustración 8
Estadístico de cumplimiento Estructura
Ilustración 9
Estadístico de cumplimiento Estándar 5
Ilustración 10
Estadístico de cumplimiento Estándar 6
Ilustración 11
Estadístico de cumplimiento Estándar 7
Ilustración 12
Estadístico de cumplimiento Estándar 8
Ilustración 13
Estadístico de cumplimiento Estándar 9
Ilustración 14
Estadístico de cumplimiento Estándar 10
Ilustración 15
Estadístico de cumplimiento Estándar 11
Ilustración 16
Estadístico de cumplimiento Estándar 12
Ilustración 17
Estadístico de cumplimiento Estándar 13
Ilustración 18
Estadístico de cumplimiento Estándar 14
Ilustración 19
Estadístico de cumplimiento Estándar 15
Ilustración 20
Estadística de cumplimiento Estándar 16
Ilustración 21
Estadística de cumplimiento Estándar 17
Ilustración 22
Estadística de cumplimiento Estándar 18
Ilustración 23
Estadística de cumplimiento Estándar 19
Ilustración 24
Estadístico de cumplimiento Estándar 20
Ilustración 25
Estadístico de cumplimiento Estándar 21
Ilustración 26
Estadístico de cumplimiento Proceso
Ilustración 27
Resultados
Ilustración 28
Resultado Final Auditoría.

4.3.1. PERFIL DE LA EMPRESA
Tabla 1. Perfil Restaurante "Los Chinitos"
RAZÓN SOCIAL
RESTAURANTE "LOS CHINITOS WINGS"
NIT
33169448-2
Domicilio
Cra. 4 # 48-58
Departamento
Santander
Ciudad
Barrancabermeja
Teléfono Servicio al Cliente
6113557 – 3213776258
Correo Electrónico
[email protected][email protected]
Representante Legal
Melys del Carmen Toro Fernández
Actividad Económica
Prestación de los servicios de comida.
ARP
POSITIVA
Clase de Riesgo
2-1521-01
Código Actividad Económica
5611 - Prestación de los servicios de comida.
Número de Trabajadores
Ocho (8)
Responsable del Programa de Salud Ocupacional
Yanis Francisca Martinez Vázquez
Clientes: Comunidad de Barrancabermeja y Municipios Circunvecinos.
Restaurante "Los Chinitos" nace de la necesidad de ofrecer a la sociedad Santandereana una nueva y eficaz opción en el servicio de restaurante en el año 1996, ante la proliferación de trabajadores en busca de oportunidades ante la construcción de la nueva refinería de la Cracking y la U 250 en la refinería de Ecopetrol.
Esta empresa fue creado por el Señor Julio León Lam (Yam Kuem Lam), proveniente de la ciudad de Canton, China, quien viajo de su país natal hacia los Estados Unidos en busca de mejores oportunidades, llegó a Barrancabermeja por intermedio de algunos familiares instalados inicialmente en Barranquilla y luego ante las expectativas de competir en un nuevo mercado, se radico en la ciudad de Barrancabermeja, quién era centro de acopio de personas de distintos orígenes del país en busca de trabajo en la estatal petrolera que se destaca por sus magníficas remuneraciones salariales.
MISIÓN

Prestar un servicio de restaurante a nuestros clientes con un producto de calidad y económico, teniendo como filosofía una política empresarial de mejoramiento continuo de nuestros procesos y comprometidos con el cuidado del medio ambiente y así, satisfacer las necesidades de los actores del comercio y trabajadores de empresas contratistas para Ecopetrol S.A.
VISIÓN

Ser una empresa líder en el oriente Colombiano en la prestación de servicios de comidas típicas y orientales. Manteniendo un buen nivel, que permita convertir al restaurante en una buena referencia, tratando de mejorar las expectativas de los clientes y convertirnos en la empresa que suministre la alimentación para los trabajadores directos e indirectos de la principal empresa de Colombia, Ecopetrol S.A

POLÍTICA INTEGRAL
Es nuestra política integral prestar servicios de comidas de calidad y con gran variedad de platos, previniendo y mitigando los riesgos que afecten la satisfacción de los clientes, trabajadores y el medio ambiente, cumpliendo los requisitos legales y otros aplicables, con el fin de mejorar continuamente la sostenibilidad de la empresa.

OBJETIVOS INTEGRALES DEL RESTAURANTE LOS CHINITOS WINGS

Suplir las necesidades de alimentación de nuestros clientes.
Incrementar la satisfacción de nuestros clientes.
Cumplir los requisitos legales y otros aplicables a la empresa.
Prevenir situaciones que afecten a los trabajadores y el medio ambiente y mitigar el impacto generado.
Mejorar el desempeño de los procesos de la empresa.
Optimizar los recursos destinados a la prestación del servicio.

MAPA DE PROCESOS

El mapa de procesos presentado en la ilustración 2 ofrece una visión general del sistema de gestión. En él se presentan los procesos que componen el sistema así como sus relaciones principales. Dichas relaciones se indican mediante flechas y registros que representan los flujos de información.
Ilustración 1. Mapa de procesos RESTAURANTE LOS CHINITOS
Fuente: Manual del Sistema de procesos RESTAURANTE LOS CHINITOS

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

El organigrama del Restaurante "Los Chinitos", se enseña en la ilustración 2. La empresa en total cuenta con 8 empleados, de los cuales 2 trabajan en el área administrativa y 6 en operación. (Ver Tabla 2.)
Tabla 2. Carga ocupacional y horarios de trabajo
CARGA OCUPACIONAL Y HORARIOS DE TRABAJO
TIPO VINC
ÁREA
CANT
HORARIO



LUNES-VIERNES
SABADO Y DOMINGO
DIRECTA
ADMON
1
7:00 am a 12:00 pm
2:00 pm a 6:00 pm
7:00 am a 4:00 pm

OPERATIVOS
6
7:00 am a 4:00 pm
10.00 am a 9:00 pm
7:00 am a 5:00 m
11:00 am a 9:00 pm
ASESORES
ADMÓN
1
12:00pm a 2:00 pm
2: 00 pm – 6;00 pm





TOTAL
8
Fuente: Manual del Sistema laboral RESTAURANTE LOS CHINITOS
Ilustración 2. Estructura Organizacional RESTAURANTE LOS CHINITOS
Fuente: Manual de organización RESTAURANTE LOS CHINITOS


IDENTIFICACIÓN DEL PRODUCTO O SERVICIO
SERVICIO DE ALIMENTACION PLATOS TIPICOS DE LA CHINA

Chop Suey Chow Mei
Ricecooling Especial Pollo Agridulce


Servicio de Alimentación Menú Convencional para Trabajadores de la Industria Petrolera
El almuerzo convencional tiene a su vez variaciones de acuerdo a los alimentos que se utilicen. Para la elección de estos el principal referente será el precio que tengan y su disponibilidad, lo cual está ligado a la época del año en la que aumenta la cosecha.
Jugo
Dependerá del precio de las frutas. Las opciones fijas serán limonada y naranjada por su bajo costo constante.
Sopa
Principalmente las típicas. Ajiaco, mute, arroz y plátano.
Bandeja
Carne: Pollo, carne de res, carne de cerdo y pescado (eventualmente y de acuerdo al precio). La preparación para todas se rotara entre asado y en salsa.
Principio: Los granos más conocidos y por lo tanto de mayor aceptación; frijol, lenteja, arveja y garbanzo. En verduras de igual forma; habichuela, zanahoria, espinacas y coliflor.
Principio: Plátano, papa y yuca. En todos se rotara la preparación entre frito, cocinado y en salsa.
La bandeja contará con la variedad en la preparación del arroz, tales como el arroz de fideo, de coco, de verduras, blanco, con pollo, mixto.
Tanto en el jugo como los componentes de la bandeja se ofrecerán dos opciones todos los días.

MATERIAS PRIMAS E INSUMOS A UTILIZAR

Los principales equipos y maquinarias utilizadas en las actividades que se realizan para el mantenimiento de los vehículos y las herramientas utilizadas en las actividades de trabajo de la empresa RESTAURANTE LOS CHINITOS.
Tabla 3. Vehículos, equipos, maquinarias utilizadas


Recursos Humanos:

De Materia Prima
Fuente: RESTAURANTE LOS CHINITOS WINGS
Insumos
Tabla 4. Materias primas utilizadas (Críticas)

Fuente: RESTAURANTE LOS CHINITOS WINGS


4.1. MARCO ESPACIAL.
LOCALIZACION.

El presente proyecto tendrá como localización la ciudad de Barrancabermeja, la cual se ha convertido en el principal centro de desarrollo del Magdalena Medio, que se ha caracterizado por la presencia en la región de una importante infraestructura de ECOPETROL, La economía de la ciudad gira en torno a la industria Petroquímica que se asienta en esta ciudad El Complejo Industrial de Ecopetrol S.A., refina aproximadamente 252.000 barriles diarios; además abastece el 85% de productos refinados y el 90% de los productos petroquímicos que demanda el país. Estas instalaciones ocupan 206 hectáreas, cuenta con más de 50 plantas de procesamiento y se autoabastece de servicios industriales como vapor, electricidad, agua industrial, por lo cual este complejo es reconocido entre los más grandes y antiguos de Latinoamérica. Entre otras labores económicas de la región, se destacan las industrias petroquímicas, la operación portuaria y los servicios logísticos para el transporte, la ganadería, la pesca, la agricultura y el comercio.
Barrancabermeja cuenta con una extensión para la zona urbana de 30.37 Km2 y la zona rural de 1.317,46 Km2, al norte limita con los municipios de Puerto Wilches, Sabana de Torres y Girón, al sur limita con los municipios de Puerto Parra, Simacota y San Vicente de Chucuri, al oriente limita con el municipio de San Vicente de Chucuri y Betulia y al occidente limita con Yondo (Antioquia), por el río Magdalena.

Figura 1. Mapa de Barrancabermeja (Santander).



MARCO CONCEPTUAL.
El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo es la bitácora de la organización que le permite promover y proveer de seguridad, protección y atención en salud a los empleados en el desempeño de su trabajo. Su principal acción es controlar los accidentes laborales en las Institución de salud, debido entre otras cosas al no cumplimiento de las normas y procedimientos implementados en la institución y por los entes reguladores de las actividades económicas, como el ministerio de la protección social la superintendencia de salud y los entes territoriales, en este programa encontrará los sistemas de aseguramiento aplicables al sector salud (OHSAS 18800, ISO 9001 y 14OO1, y decreto 2309), los programas de prevención y promoción de acuerdo a los riesgos y las acciones a implementar: como manejo de muestras potencialmente contaminadas, reactivos peligrosos, materiales de uso delicado, infraestructuras inadecuadas y medidas por fallas humanas.

Estudio de Mercados: Según Juan José Miranda un estudio de mercados se define como "aquel que permite estudiar algunas variables socio—económicas que condicionan al proyecto aun siendo aparentemente ajenas a este. Entre ellas podemos mencionar: la tasa de crecimiento de la población, los niveles de ingresos de las mismas, el precio de los bienes competitivos, el precio de los bienes complementarios, el crecimiento de algún renglón estratégico de la economía, las políticas de gobierno, (racionamiento de divisas, tipo de cambios diferenciales, fijación y control de precios, impuestos, medidas de protección para determinados insumos o productos).

Estudio Administrativo: Basados en los planteamientos de Juan José Miranda, "El diseño administrativo supone la construcción de estructuras, definición de funciones, asignación de responsabilidades, delimitación de autoridad, identificación de canales de comunicación, etc.

Estudio Técnico: Citando a Juan José Miranda "el estudio técnico es la herramienta que permite definir los requerimientos del proyecto, en este se definirán métodos y técnicas que se emplean en el proceso de comercialización del servicio".
El estudio técnico hace referencia al estudio de los siguientes aspectos:
El tamaño adecuado del proyecto:
Localización
Ingeniería del Proyecto
Cronograma

Estudio Financiero: De acuerdo a Juan José Miranda en el estudio financiero "participan en la estructuración financiera del proyecto, a saber: las inversiones necesarias para ponerlo en funcionamiento, los costos que concurren en la elaboración, administración, venta y financiación de cada uno de los productos o servicios, el ingreso derivado de las ventas de los mismos; toda esta información proyectada a cada uno de los períodos que comprometen el horizonte del proyecto.
En el estudio económico los principales aspectos a ser considerados son: cuantificación de la inversión, la valoración económica de los ingresos y los egresos.
Producto: conjunto de atributos, físicos y tangibles a comercializar.
Servicios: Conjunto de actividades desarrolladas por las unidades económicas encaminadas a generar y poner a disposición de las personas, los hogares, o las empresas una amplia gama de servicios, cada vez que estos sean demandados.

MARCO LEGAL
LEGISLACIÓN Y NORMAS GUBERNAMENTALES GENERALES

La integridad de la vida y salud de los trabajadores constituye una preocupación de interés público, en que participan el gobierno y los particulares (Ley 9 de 1979). El marco legal está dado por lineamientos constitucionales, convenios internacionales de la OIT, normas generales del Código Sustantivo del Trabajo, legislación nacional, tal como:
LEGISLACION
FECHA
AÑO
ENTE REGULADOR
DENOMINACIÓN
Ley 9ª
01/24/1979
Ministerio de Salud
Art. 82. Normas para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones.
Art. 84. Obligaciones de los empleadores
Resolución 2400
05/22/1979
Ministerio de Salud
Art 1. Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en establecimientos de trabajo. Estatuto de Seguridad Industrial
Art. 2. Obligaciones del Patrono
Decreto 614
1984
Ministerio de Salud
Bases para Organización y Administración de la Salud Ocupacional en el país.
Resolución 2013
1986
Ministerio de Salud
Reglamentación de la organización y funcionamiento de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial en los lugares de trabajo
Ley 46
1988

Sistema Nacional para la Prevención y Atención de desastres.
Resolución 1016
1989

Reglamentación de la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.
Resolución 1075
1992

Actividades en materia de salud ocupacional: incluye farmacodependencia, alcoholismo y tabaquismo en los P.O.S.
Ley 769
2002

Código Nacional de Tránsito Terrestre
Ley 99
1993

Creación del Ministerio del Medio Ambiente y varias Corporaciones Autónomas Regionales (CAR). Organiza el Sistema Nacional Ambiental y fija el requisito de Licencia Ambiental.
Ley 100
1993

Sistema de seguridad social integral
Decreto 1295
1994

Determina la organización y Administración del Sistema General de Riesgos Profesionales
Decretos 1771 y 1772
1994

Alcance, definiciones, clasificación y prestaciones y sanciones en el Sistema General de Riesgos Profesionales
Decreto 1832
1994

Se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales
Decreto 2644
1994

Se expide la Tabla Única para las indemnizaciones por pérdida de la capacidad laboral entre el 5% y el 49.99% y la prestación económica correspondiente
Ley 378
1997

Se aprueba el convenio 161 "sobre los servicios de salud en el trabajo" adoptado por la 71° reunión de la Conferencia General de la OIT Ginebra 1985
Decreto 1607
2002

Se adopta la Tabla de clasificación de actividades económicas para el sistema general de riesgos profesionales y se dictan otras disposiciones
Ley 776
2002

Normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales
Circular Unificada
2004

Unificar las instrucciones para la vigilancia, control y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
Resolución 156
2005

Por la cual se adopta los formatos de informe de accidente de trabajo y enfermedad profesional
Resolución 1555
2005

Por la cual se reglamenta el procedimiento para obtener el Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz para conducir y se establecen los rangos de aprobación de la evaluación requerida.
Ley 1010
2006

Se adoptan medidas para prevenir, corregir, sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo
Resolución 2844
2007

Adoptan las Guías de Atención Integral de Salud Ocupacional Basadas en la Evidencia
Resolución 1401
2007

Reglamenta la Investigación de Incidentes y Accidentes de Trabajo
Resolución 2346
2007

Regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales
Resolución 1013
2008

Por la cual se adoptan las Guías de Atención Integral de Salud Ocupacional Basadas en la Evidencia para asma ocupacional, trabajadores expuestos a benceno, plaguicidas inhibidores de la colinesterasa, dermatitis de contacto y cáncer pulmonar relacionado con el trabajo.
Circular 0032
2009

Medidas generales de prevención y mitigación epidemia de influenza A nuevo subtipo (H1N1)
Ley 1335
2009

Disposiciones por medio de las cuales se previenen daños a la salud de los menores de edad, la población no fumadora y se estipulan políticas públicas para la prevención del consumo del tabaco y el abandono de la dependencia del tabaco del fumador y sus derivados en la población colombiana.
Ley 1355
2009

Por la cual se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a esta como una prioridad de salud pública y se adoptan medidas para su control, atención y prevención.

METODOLOGÍA DE INVESTIGACION

Se realiza una investigación descriptiva para determinar las condiciones actuales en que se encuentra el Restaurante Los Chinitos Wings en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, mediante la aplicación de una Auditoria al Sistema de Gestión de la Seguridad y La Salud en el Trabajo.


Se realiza auditoría al Programa de Salud Ocupacional, utilizando la tabla de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, del Manual de Procedimientos de Verificación. Una vez realizada la auditoría se procede a elaborar un análisis de los resultados obtenidos con el fin de alcanzar de modo cuantitativo el grado de cumplimiento del Sistema en mención; y de esta manera generar recomendaciones que lleven al desarrollo de actividades para cumplir los estándares mínimos.
Para poder verificar el cumplimiento de los estándares mínimos del PSOE, se aplica el siguiente procedimiento:

PLANEACIÓN DE LA VISITA

Se tiene comunicación vía telefónica con el dueño de la empresa, en la cual se coordina la fecha y hora de la visita por parte del equipo auditor. La verificación se programa para el día 09 de mayo de 2015.
DEFINICIÓN DEL EQUIPO RESPONSABLE DE LA VERIFICACIÓN

El equipo auditor queda conformado de la siguiente manera.
ROLANDO ANTONIO HINESTROZA ZABALA
ANTONIO VILLEGAS ARCE
ANDERSSON RODRÍGUEZ ORTIZ
EDWIN ADRIAN CAMPO
JOHN JARVEY TORRES ROJAS

PREPARACIÓN DE DOCUMENTOS REQUERIDOS

Los integrantes del equipo auditor revisaron cada uno de los estándares del Formato de Verificación del Cumplimiento de los Estándares Mínimos del PSOE, con el fin de tener conocimiento previo de la herramienta a utilizar durante la visita y auditoría.

EJECUCIÓN DE LA VISITA DE VERIFICACIÓN
Reunión de apertura. En esta reunión, el líder del equipo explica los objetivos de la visita, presenta al equipo auditor y sus funciones, informa las actividades y recorridos que se llevaran a cabo durante la visita. Hacen parte de la reunión de apertura el Gerente General, el Vigía y el equipo auditor.
El Gerente General designa al Administrador Richard Wings, como delegado de la empresa para acompañar a los integrantes del equipo durante la verificación.

Obtención de la información. Teniendo como base el Formato de Verificación del Cumplimiento de los Estándares Mínimos del PSOE, se procede a realizar la auditoría y verificación de cada uno de los estándares. La empresa permite la revisión y confrontación de la documentación del Sistema de Gestión Integral y de los diferentes soportes requeridos durante la verificación, entrevistas con el Vigía y trabajadores, y fue posible la visita del área administrativa y de la bodega de la empresa.

INFORME DEL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN

El equipo auditor realiza un informe final sobre las observaciones y aspectos importantes encontrados durante la visita y verificación de los requisitos mínimos. En este informe se elabora un análisis de los resultados obtenidos con el fin generar recomendaciones (oportunidades de mejora) para lograr el cumplimiento de los estándares mínimos del PSOE.
RESULTADOS AUDITORIA APLICADA AL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LA EMPRESA RESTAURANTE "LOS CHINITOS WINGS"

En este capítulo se elaborará un diagnóstico cuantitativo, en términos porcentuales de la estructura, proceso y resultado del Programa de Salud Ocupacional. Los resultados presentados fueron obtenidos por medio del manual de procedimientos para la verificación de los Estándares Mínimos de Calidad para desarrollo del Programa de Salud Ocupacional Empresarial.
ESTRUCTURA DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL
Identificación y generalidades de la empresa – Centro de trabajo

Estándar 1 : La empresa no tiene un Programa de Salud Ocupacional PSOE
Ilustración 4. Estadística de cumplimiento Estándar 1 RESTAURANTE LOS CHINITOS
Fuente: Autores
ANÁLISIS: La empresa no cumple con el Programa de Salud Ocupacional, tiene falencias en la caracterización de la empresa y en el procedimiento de asegurar la contratación del personal (contratista y externo) en la seguridad social. Debe implementar el sistema de seguridad social a sus trabajadores, para evitar futuros contratiempos.

Política de Salud Ocupacional
Estándar 2: La empresa definió la Política de Salud Ocupacional
Ilustración 5. Estadística de cumplimiento Estándar 2
Fuente: Autores.
ANÁLISIS: La empresa no cumple con la implantación de una Política de Salud Ocupacional de acuerdo a la naturaleza y actividad que ejerce.

Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO) – Vigía Ocupacional
Estándar 3: La empresa conformó un Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO) o designó un vigía ocupacional según las normas.
Ilustración 6. Estadística de cumplimiento Estándar 3
Fuente: Autores
ANÁLISIS: El Restaurante por tener menos de 10 trabajadores no aplica el COPASO, pero tampoco cuenta con un Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Recursos
Estándar 4: La empresa no cumple con la disposición de personas y de los recursos físicos, económicos y tecnológicos necesarios para coordinar y desarrollar el Programa de Salud Ocupacional y el 37,5% de los requisitos mínimos no aplica a este tipo de empresa y el 12,5% de los recursos no son verificables.
Ilustración 7. Estadística de cumplimiento Estándar 4
Fuente: Autores
ANÁLISIS: El grado de no cumplimiento del Estándar es del 50%, debido a que dentro del presupuesto de la empresa no existe una partida para Salud Ocupacional, ni tampoco se ha organizado el personal para tal fin. El 37,5% no aplica para este tipo de empresa con respectos a los recursos de los requisitos mínimos del estándar y el 12,2% de los recursos, no se pueden verificar. Es importante resaltar que dentro del Programa se estipula que la Dirección dispondrá de los recursos económicos y financieros para el desarrollo del Programa.

Resultado Estructura
Tabla 5. Consolidado Estructura
ESTÁNDAR
CUMPLE
NO CUMPLE
NO APLICA
NO SE VERIFICA
ESTÁNDAR 1
0
3
3
1
ESTÁNDAR 2
0
2
0
0
ESTÁNDAR 3
0
1
2
0
ESTÁNDAR 4
0
4
3
1
TOTAL
0%
10 (50%)
8 (40%)
2 (10%)
Fuente: Autores
Ilustración 8. Estadístico de cumplimiento Estructura
Fuente: Autores
ANÁLISIS: La empresa no cumple un 50% en la Estructura del PSOE. El 40% de no aplica a este tipo de empresa con respecto al Estándar 1 (La empresa no tiene un programa de salud ocupacional PSOE) y el Estándar 3 (La empresa no dispone de las personas, y de los recursos físicos, económicos y tecnológicos necesarios para coordinar y desarrollar el Programa de Salud Ocupacional), el 10% de la estructura del PSOE, no es verificable dentro de la organización de la empresa,

DESARROLLO DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL - PROCESO
Diagnóstico
Estándar 5: Hay un diagnóstico de las condiciones de trabajo y están definidos los riesgos y los peligros prioritarios.
Ilustración 9. Estadístico de cumplimiento Estándar 5
Fuente: Autores
ANÁLISIS: La empresa no cumple un 85,71% en el Estándar del diagnóstico, lo cual corresponde a la no especificación de sustancias tóxicas y a la ausencia de un procedimiento para reportar condiciones peligrosas y el 14,29% del restante, no es verificable dentro de la organización de la empresa, no existe un diagnóstico de las condiciones de salud de los trabajadores y están definidas las prioridades.
Estándar 6: Hay un diagnóstico de las condiciones de salud de los trabajadores y están definidas las prioridades.
Ilustración 10. Estadístico de cumplimiento Estándar 6
Fuente: Autores
ANÁLISIS: El no cumplimiento del estándar 6 es del 100%, lo que indica que no existe un procedimiento para reportar condiciones de salud, ni existe un diagnóstico de las condiciones de salud de los trabajadores y están definidas las prioridades.

Planeación
Estándar 7: Los objetivos y las metas del PSOE se establecen con base en las prioridades identificadas, y hay un cronograma definido para llevar a cabo las actividades.
Ilustración 11. Estadístico de cumplimiento Estándar 7
Fuente: Autores
ANÁLISIS: No se poseen objetivos, metas y un cronograma de actividades con base a las prioridades, lo que lleva a tener un no cumplimiento del 100% de la planeación dentro de los requisitos mínimos del SG-SST (Ver Ilustración 10)

Intervención
Estándar 8: Se formulan las acciones de higiene industrial para intervenir los puestos de trabajo prioritarios con grado de riesgo alto en la fuente o en el medio y hay mecanismos para garantizar que ellas se realicen
Ilustración 12. Estadístico de cumplimiento Estándar 8

Fuente: Autores
ANÁLISIS: La empresa tiene un 57,14% de cumplimiento en la intervención de los requisitos mínimos del SG-SST y el 14,28% no es verificable lo que significa que no posee un plan complementario para el control de los riesgos de higiene industrial y no formulan las acciones de higiene industrial para intervenir los puestos de trabajo prioritarios con grado de riesgo alto en la fuente o en el medio, tampoco existen los mecanismos para garantizar que ellas se realicen.

Estándar 9: Se formulan las acciones sobre los factores de riesgo ergonómicos detectados en los puestos de trabajo prioritarios (con grado de riesgo alto) en la fuente o en el medio, y hay mecanismos para garantizar que ellas se realicen.
Ilustración 13. Estadístico de cumplimiento Estándar 8
Fuente: Autores
ANÁLISIS: El porcentaje de cumplimiento es del 0% como resultado se debe definir intervenciones, existencia de normas y conocimiento por parte de los trabajadores sobre los factores de riesgo ergonómicos de los puestos de trabajo, la empresa no formula acciones sobre los factores de riesgo ergonómicos detectados en los puestos de trabajo prioritarios y no existen los mecanismos para probar que estos se realicen.

Estándar 10: Se formulan las acciones de seguridad industrial para intervenir los puestos de trabajo prioritarios (con grado de peligrosidad alto y medio) en la fuente o en el medio, y hay mecanismos para garantizar que ellas se realicen.
Ilustración 14. Estadístico de cumplimiento Estándar 10
Fuente: Autores
ANÁLISIS: Las acciones en pro de intervenir los puestos de trabajo en el área de seguridad industrial se encuentran no están aseguradas, como consecuencia del no cumplimiento del Estándar.

Estándar 11: Los trabajadores de los puestos que presentan riesgos requieren, complementariamente elementos de protección personal (EPP) Reciben tales elementos.
Ilustración 15. Estadístico de cumplimiento Estándar 11
Fuente: Autores
ANÁLISIS: No cumple con el Estándar11 de los requisitos mínimos de SG-SST, sobre la elección, entrega, conocimiento y verificación del uso de los EPP a los trabajadores del Restaurante Los Chinitos
Estándar 12: La sede tiene Las condiciones sanitarias básicas
Ilustración 16. Estadístico de cumplimiento Estándar 12
Fuente: Autores
ANÁLISIS: Restaurante los Chinitos Si cumple con los suministros permanentes de servicios básicos y mecánicos para control de vectores, también cuenta con la licencia sanitaria. No cumple con el manual de procedimientos de residuos sólidos, líquidos y gaseosos para su posterior eliminación, tampoco cumple dichos procedimiento de eliminación de residuos para que no afecte a los trabajadores y a la comunidad.

Estándar 13: La empresa registra, reporta e investiga las enfermedades profesionales y los incidentes y accidentes que ocurren.
Ilustración 17. Estadístico de cumplimiento Estándar 13
Fuente: Autores
ANÁLISIS: La empresa no cumple con el manual de procedimientos para realizar reportes de los eventos ocasionados en su empresa referente a la detección de los accidentes de trabajo o enfermedades laborales.

Estándar 14: La empresa tiene y ejecuta un plan de inspecciones de seguridad industrial.
Ilustración 18. Estadístico de cumplimiento Estándar 14
Fuente: Autores
ANÁLISIS: No existe un plan de inspección de seguridad industrial y por lo tanto no hay forma de verificar las acciones preventivas y correctivas que sobrevengan de las inspecciones, lo que conlleva a un 100% de incumplimiento.

Estándar 15: Hay y se ejecuta plan para mantenimiento de las instalaciones de equipos y de herramientas de las empresas.
Ilustración 19. Estadístico de cumplimiento Estándar 15
Fuente: Autores
ANÁLISIS: El restaurante no posee un plan verificable para el mantenimiento de las instalaciones de equipos y de herramientas.

Estándar 16: A todos los trabajadores se les practican los exámenes médicos ocupacionales, según los requisitos vigentes
Ilustración 20. Estadística de cumplimiento Estándar 16
Fuente: Autores
ANÁLISIS: El restaurante no cumple las actividades dentro del subprograma de Medicina del Trabajo y no se realizan los exámenes de ingreso, periódicos y de retiro.

Estándar 17: Se formulan las acciones sobre los factores de riesgos psicosociales detectados en los puestos de trabajo prioritarios y hay mecanismos para garantizar que ellas se realicen.
Ilustración 21. Estadística de cumplimiento Estándar 17
Fuente: Autores
ANÁLISIS: No se tienen definidas las intervenciones de psicología ocupacional, y no se poseen normas preventivas, por lo tanto el porcentaje del no cumplimiento es del 100%.

Estándar 18: La empresa tiene un mecanismo básico parar hacer el seguimiento del comportamiento de la salud de los trabajadores frente a los riesgos prioritarios.
Ilustración 22. Estadística de cumplimiento
Fuente: Autores

ANÁLISIS: El restaurante no cumple con las actividades de seguimiento a la salud de sus trabajadores frente a los riesgos prioritarios, por lo tanto, la empresa no tiene un mecanismo básico parar hacer el seguimiento del comportamiento de la salud de los trabajadores frente a los riesgos prioritarios.

Estándar 19: La empresa tiene y desarrolla un plan de emergencias
Ilustración 23. Estadística de cumplimiento Estándar 19
Fuente: Autores
ANÁLISIS: El restaurante no cumple con los requisitos del Estándar, por lo cual no cuenta ni desarrolla un plan de emergencias.

Estándar 20: La empresa diseña y ejecuta un Plan de Capacitación que incluye la inducción, el entrenamiento y la comunicación del riesgo
Ilustración 24. Estadístico de cumplimiento Estándar 20
Fuente: Autores
ANÁLISIS: La empresa no cumple con el Estandar 20, no diseña, ni ejecuta un Plan de Capacitación que incluye la inducción, el entrenamiento y la comunicación del riesgo.

Estándar 21: La empresa tiene definido principios, procedimientos y prácticas para el cumplimiento de las políticas de responsabilidad social empresarial.
Ilustración 25. Estadístico de cumplimiento Estándar 21
Fuente: Autores
ANÁLISIS: Dentro del personal contratado no se cuenta con personal menor de edad y dentro del Reglamento Interno de Trabajo tiene en cuenta éste tema; por lo tanto el cumplimiento es del 100%.
Resultado Proceso
Tabla 6. Consolidado Proceso
ESTÁNDAR
CUMPLE
NO CUMPLE
NO SE VERIFICA
DIAGNÓSTICO
0
11
1
PLANEACIÓN
0
5
0
INTERVENCIÓN
4
37
1
TOTAL
4 (6,78%)
53 (89,9%)
2 (0%)
Fuente: Autores
Ilustración 26. Estadístico de cumplimiento Proceso
Fuente: Autores

ANÁLISIS: Se observa que predomina el no cumplimiento de los estándar de Diagnostico, Planeación, Intervención por un 89,83%, cumple con el 6,78% de los resquicitos mínimos del estándar soportado en los procesos anteriores.

RESULTADOS
Estándar: La empresa mide mediante indicadores específicos, la gestión y los resultados del PSOE
Ilustración 27. Resultados
Fuente: Autores
ANÁLISIS: La empresa no cumple con el estándar 20 de los requisitos mínimos del SG-SST, sobre los Resultados, por lo tanto, no realiza la medición de: frecuencia y severidad de accidentes, índice de lesión incapacitante, incidencia y prevalencia de enfermedad general.
RESULTADO FINAL AUDITORÍA PSOE

Tabla 7. Consolidado Resultados
ESTÁNDAR
CUMPLE
NO CUMPLE
NO APLICA
NO SE VERIFICA
ESTRUCTURA
0
10
8
2
PROCESO
4
43
0
3
RESULTADOS
0
12
0
0
TOTAL
4 (4,87%)
65 (82,61)%
8 (9,75%)
5 (6,1)%
Fuente: Autores

Ilustración 28. Resultado Final Auditoría.
Fuente: Autores

ANÁLISIS: En la gráfica podemos analizar que el Restaurante Los Chinitos Wings, no cumple con la mayor parte del estándar de los requisitos mínimos del SG-SST, el resultado es del 82,61% de este incumplimiento, solamente cumple con una mínima parte de estos estándares, con un 4,87% del cumplimiento, el 9,75% del estándar de los requisitos mínimos no aplica para esta empresa y el 6,1%, no es verificable.


RECOMENDACIONES
Tabla 8. Tabla de Recomendaciones y Fundamentos Legales
ESTÁNDARES MÍNIMOS DEL PROGRAMA
DE SALUD OCUPACIONAL DE EMPRESA
RESTAURANTE LOS CHINITOS WINGS
I. ESTRUCTURA DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL DE EMPRESA.
1. IDENTIFICACIÓN Y GENERALIDADES DE LA EMPRESA – CENTRO DE TRABAJO
Estándar: La empresa tiene un programa de salud ocupacional PSOE
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
1.1
Hay un programa de salud ocupacional (PSOE) escrito, vigente para el año, y firmado por el Representante Legal de la organización y por el responsable del propio programa.
Conformar un programa de salud Ocupacional actualizado y registrado legalmente.
Decreto Ley 1295 de 1994
Artículo 3º. Campo de aplicación.
El Sistema General de Riesgos Profesionales, con las excepciones previstas en el artículo 279 de la ley 100 de 1993, se aplica a todas las empresas que funcionen en el territorio nacional, y a los trabajadores, contratistas, subcontratistas, de los sectores público, oficial, semioficial, en todos sus órdenes, y del sector privado en general.
1.2
El documento tiene la siguiente información de la empresa: razón social, NIT, dirección, teléfono y ciudad, Representante Legal, sucursales y número de empleados, actividad económica principal y clases de riesgos por cada sede.
Realizar modificación de la caracterización de la empresa, teniente en cuenta: La dirección no concuerda con el lugar de la oficina, no se encuentra el teléfono, no habla de sucursales (la empresa tiene trabajadores en otra ciudad).
 
1.3
Todos los trabajadores, dependientes o independientes, están afiliados al Sistema General de Seguridad social en Salud y al Sistema General de pensiones. Además, todos los dependientes y los independientes que voluntariamente y por escrito lo decidan, están afiliados al sistema General de Riesgos


1.6
Si para la empresa laboran personas vinculadas con contratistas y/o con subcontratistas hay un procedimiento para verificar si ellos, están afiliados al Sistema General Seguridad Social Integral (SSSI), (Salud – Régimen Contributivo – Pensiones y Riesgos Profesionales), y si los contratistas o subcontratistas pagan los aportes respectivos. Dicho procedimiento estipula las medidas que aplica la empresa en caso de que estos incumplan las obligaciones referidas.
Elaborar procedimiento para verificar si contratistas y/o subcontratistas, están afiliados al Sistema General Seguridad Social Integral (SSSI), (Salud – Régimen Contributivo – Pensiones y Riesgos Profesionales), y si los contratistas o subcontratistas pagan los aportes respectivos. El procedimiento debe estipular las medidas que aplicaría la empresa en caso de que estos incumplan las obligaciones referidas.
ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y FORMA DE LOS PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL: (Art. 1 Resolución 1016 / 89, Min. Trabajo y Salud).
Art. 1. Aplicación: Todos los empleadores públicos, oficiales, privados, contratistas y subcontratistas, están obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de un programa de salud ocupacional de acuerdo con la presente resolución.

DECRETO 1637 DE 2006
Por el cual se dictan unas disposiciones para la organización y funcionamiento del Registro Único de Afiliados al Sistema de la Protección Social.
Mediante la Resolución 2358 de 2006, se determinaron las especificaciones técnicas para el cumplimiento de la obligación por parte de las administradoras de reportar la información al Registro Único de Afiliados, RUAF.

DECRETO 1295 DE 1994
Art. 13. AFILIADOS. Son afiliados al Sistema General de Riesgos
Profesionales:

a. En forma obligatoria:1. Los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos;
2. Los jubilados o pensionados, excepto los de invalidez, que se reincorporen a la fuerza laboral como trabajadores dependientes, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos, y
3. Los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la respectiva institución, cuyo entrenamiento o actividad formativa es requisito para la culminación de sus estudios, e involucra un riesgo ocupacional, de conformidad con la reglamentación que para el efecto se expida.
b. En forma voluntaria: Los trabajadores independientes, de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el gobierno nacional.

DECRETO NUMERO 2800 DE 2003
Artículo 3°. Afiliación. La afiliación de los trabajadores independientes al Sistema General de Riesgos Profesionales se hará a través del contratante, en las mismas condiciones y términos establecidos en el Decreto-ley 1295 de 1994, mediante el diligenciamiento del formulario que contenga los datos especiales que para tal fin determine la Superintendencia Bancaria, en el cual se deberá precisar las actividades que ejecutará el contratista, el lugar en el cual se desarrollarán, la clase de riesgo que corresponde a las labores ejecutadas y la clase de riesgo correspondiente a la empresa o centro de trabajo, así como el horario en el cual deberán ejecutarse. La información anterior es necesaria para la determinación del riesgo y definición del origen de las contingencias que se lleguen a presentar.

DECRETO 1530 DEL 26 DE AGOSTO DE 1996
Artículo 10.- Afiliación de trabajadores de las empresas de servicios temporales.
Los trabajadores permanentes y en misión de las empresas de servicios temporales deberán ser afiliados por éstas a una administradora de riesgos profesionales.
Parágrafo- Igualmente deberán ser afiliados los trabajadores a los sistemas general de pensiones y salud, a través de las empresas promotoras de salud y administradoras del fondo de pensiones que ellos elijan.
1.7
El procedimiento al que hace alusión en el criterio anterior, se ejecuta según lo estipulado en el mismo.


4. RECURSOS
Estándar: la empresa dispone de las personas, y de los recursos físicos, económicos y tecnológicos necesarios para coordinar y desarrollar el Programa de Salud Ocupacional
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
4.5
Si la empresa tiene ciento cincuenta (150) trabajadores o menos en el capítulo de recursos del PSOE, se establece la partida de gastos necesarios para ejecutar las actividades del año, según los objetivos y las metas prioritarias.
Se debe crear un procedimiento donde se garantice los recursos propios o contratados, disponibilidad de áreas y los equipos para desarrollar el PSOE.
DECRETO LEY 1295/94 ART 21. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR. El empleador será responsable:
a. Del pago de la totalidad de la cotización de los trabajadores a su servicio;

b. Trasladar el monto de las cotizaciones a la entidad administradora de riesgos profesionales correspondiente, dentro de los plazos que para el efecto señale el reglamento;
c. Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de los ambientes
de trabajo;
d. Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de salud
ocupacional de la empresa, y procurar su financiación;
e. Notificar a la entidad administradora a la que se encuentre afiliado, los
accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales;
f. Registrar ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el comité paritario de salud ocupacional o el vigía ocupacional correspondiente;
g. Facilitar la capacitación de los trabajadores a su cargo en materia de salud ocupacional, y
h. Informar a la entidad administradora de riesgos profesionales a la que esta afiliado, las novedades laborales de sus trabajadores, incluído el nivel de ingreso y sus cambios, las vinculaciones y retiros.
PARAGRAFO. Son además obligaciones del empleador las contenidas en las normas de salud ocupacional y que no sean contrarias a este decreto.

RESOLUCIÓN 1016 DE MARZO 31 DE 1989 – ART 4.
Parágrafo 1o. Los patronos o empleadores estarán obligados a destinar los recursos humanos, financieros y físicos indispensables para el desarrollo y cabal cumplimiento del programa de Salud Ocupacional en las empresas y lugares de trabajo, acorde con las actividades económicas que desarrollen, la magnitud y severidad de los riesgos profesionales y el número de trabajadores expuestos.

Parágrafo 2o. Para el desarrollo del programa de Salud Ocupacional el empresario o patrono, designará una persona encargada de dirigir y coordinar las actividades que requiera su ejecución.
4.7
Hay un procedimiento escrito para garantizar con recursos propios o contratados, la disponibilidad de las áreas y de los equipos necesarios para desarrollar el PSOE.


4.8
Están definidos los criterios para la selección de la ARP a la cual afiliarse y para evaluar su asistencia técnica y asesoría.
Se deben definir los criterios para la selección de ARP.
RESOLUCION 1772 / 94 ARTICULO 3o. SELECCION. Los empleadores que tengan a su cargo uno ó más trabajadores deben estar afiliados al Sistema General de Riesgos Profesionales. La selección de la entidad administradora de riegos profesionales es libre y voluntaria por parte del empleador.

1295 / 94 ARTICULO 81. PROMOCION Y ASESORIA PARA LA AFILIACION
Las Administradoras de Riesgos Profesionales, deberán promocionar el Sistema de Riesgos Profesionales entre los empleadores, brindando la asesoría necesaria para que el empleador seleccione la administradora correspondiente.
II. DESARROLLO DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL (PROCESO).
5. DIAGNÓSTICO
ESTÁNDAR: Hay un diagnóstico de las condiciones de trabajo y están definidos los riesgos y los peligros prioritarios.
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
5.1
En el texto del PSOE se identifican las maquinas y equipos que se utilizan, así como las materias primas, insumos, productos finales e intermedios, subproductos y material de desechos. (Para todos los casos se identifican los elementos o las condiciones cancerígenas o las sustancias altamente tóxicas)
Especificar, dentro de la identificación de materias primas e insumos, la toxicidad o elementos cancerígenos.
RESOLUCION 614 DE 1984, Articulo 26 - Responsabilidades de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial de empresa. Los comités de medicina, higiene y seguridad industrial, tendrán las siguiente responsabilidades:
b) Actuar como instrumento de vigilancia para el cumplimiento de los programas de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo de la empresa e informar sobre el estado de ejecución de los mismos a las autoridades de salud ocupacional cuando haya deficiencias en el desarrollo.


RESOLUCIÓN 2013 JUNIO 6 DE 1986: Articulo 11, letra f) Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas, equipos, aparatos y las operaciones realizadas por el personal de trabajadores en cada área o sección de la empresa e informar al empleador sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las medidas correctivas y de control.

DECRETO 1016 de 31 de Marzo de 1989. Artículo 4. El programa de Salud Ocupacional de las empresas y lugares de trabajo, deberá desarrollarse de acuerdo con su actividad económica y será específico y particular para éstos, de conformidad con sus riesgos reales o potenciales y el número de trabajadores. Tal programa deberá estar contenido en un documento firmado por el representante legal de la empresa y el encargado de desarrollarlo el cual contemplará actividades en Medicina Preventiva, Medicina de trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial, con el respectivo cronograma de dichas actividades. Tanto el programa como el cronograma, se mantendrán actualizados y disponibles para las autoridades competentes de vigilancia y control.
Artículo 11. El subprograma de Higiene y Seguridad Industrial, tiene como objeto la identificación, reconocimiento, evaluación y control de los factores ambientales que se originen en los lugares de trabajo y que puedan afectar la salud de los trabajadores.
8. Establecer y ejecutar las modificaciones en los procesos u operaciones en las materias primas peligrosas, encerramiento o aislamiento de procesos operaciones u otras medidas, con el objeto, de controlar en la fuente de origen y/o en el medio los agentes de riesgo.
9. Estudiar e implantar los programas de mantenimiento preventivo e las máquinas, equipos, herramientas, instalaciones locativas, alumbrado y redes eléctricas.
5.4
Hay un procedimiento escrito para que los trabajadores reporten las condiciones de trabajo peligrosas, que se aplica como parte del proceso para elaborar el diagnostico.
Elaborar procedimiento para que los trabajadores reporten las condiciones de trabajo peligrosas, y aplicarlo como parte del proceso para elaborar el diagnóstico.
La prevención de los riesgos profesionales es responsabilidad de los empleadores, tal como lo precisa el Art. 56 del Decreto 1295/94. De igual manera, esta norma establece que "los empleadores, además de la obligación de establecer y ejecutar en forma permanente el Programa de Salud Ocupacional según lo establecido en las normas vigentes, son responsables de los riesgos originados en su ambiente de trabajo." Señala este decreto que los empleadores están obligados a informar a sus trabajadores, los riesgos a que pueden verse expuestos en la ejecución de la labor encomendada o contratada y a darles capacitación para prevenirlos.

RESOLUCION 2400 DE 1979, Articulo 3. Son Obligaciones de los trabajadores: Dar aviso inmediato a sus superiores sobre la existencia de condiciones defectuosas, o fallas en las instalaciones, maquinarias, procesos y operaciones de trabajo, y sistemas de control de riesgos.
ESTANDAR: Hay un diagnóstico de las condiciones de salud de los trabajadores y están definidas las prioridades.
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
5.10
Hay un procedimiento para que los trabajadores reporten las condiciones de salud que se aplican como parte del proceso para elaborar el diagnostico.
Elaborar procedimiento para que los trabajadores reporten las condiciones de salud, y aplicarlo como parte del proceso para elaborar el diagnóstico.
RESOLUCION 614 DE 1984, Articulo 31, Responsabilidades de los trabajadores: los trabajadores, en relación con las actividades y programas de salud ocupacional , tendrán las siguientes responsabilidades: b)participar en la ejecución de vigilancia y control de los programas y actividades de salud ocupacional por medio de sus representantes en los comités de medicina, higiene y seguridad industrial del establecimiento de trabajo respectivo.


DECRETO 1016 de 31 de Marzo de 1989. Artículo Decimo: Los subprogramas de medicina Preventiva y de trabajo tienen como finalidad principal la promoción, prevención y control de la salud del trabajador, protegiéndolo de los factores de riesgos ocupacionales: ubicándolo en un sitio de trabajo acorde con sus condiciones de trabajo psico-fisiológicas y manteniéndolo en actitud de producción de trabajo.
Las principales actividades de los subprogramas de medicina preventiva y del trabajo son :
1. Realizar exámenes médicos, clínicos y paraclínicos para admisión, ubicación según actitudes, periódicos ocupacionales, cambios de ocupación, reingreso al trabajo, retiro y otras situaciones que alteren o puedan traducirse en riesgo para la salud de los trabajadores.
2. Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica, conjuntamente con el subprograma de Higiene y seguridad Industrial, que incluirán, como mínimo:
a) Accidentes de trabajo.
b) Enfermedades profesionales
. c) Panorama de riesgos
. Desarrollar actividades de prevención de enfermedades profesionales, accidentes de trabajo y educación en salud a empresarios y trabajadores, en coordinación con el subprograma de Higiene y seguridad Industrial


Artículo catorce. El programa de Salud Ocupacional, deberá mantener actualizados los siguientes registros mínimos :
6. Recopilación y análisis estadístico de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
10. Historia ocupacional del trabajador, con sus respectivos exámenes de control químico y biológico.
7. INTERVENCIÓN
Estándar: Se formulan las acciones de higiene industrial para intervenir los puestos de trabajo prioritarios con grado de riesgo alto en la fuente o en el medio y hay mecanismos para garantizar que ellas se realicen
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
















7.6











Hay un plan complementario para el control de los riesgos de higiene industrial que incluye entre otras medidas, la rotación de las personas o la disminución de las horas en contacto con el riesgo.












Diseñar el plan complementario para el control de los riesgos de higiene industrial, debe incluir la rotación de las personas o la disminución de las horas en contacto con el riesgo.
Resolución 1016 / 89, Min. Trabajo y Salud - Art. 2. Definición: El programa de salud ocupacional consiste en la planeación, organización, ejecución y evaluación de las actividades de medicina preventiva, medicina del trabajo, higiene industrial y seguridad industrial, tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria

Art.11. El subprograma de Higiene y Seguridad Industrial, tiene como objeto la identificación, reconocimiento, evaluación y control de los factores ambientales que se originen en los lugares de trabajo y que puedan afectar la salud de los trabajadores.
Las principales actividades del subprograma de Higiene y seguridad Industrial son:
1. Elaborar un panorama de riesgos para obtener información sobre éstos en los sitios de trabajo de la empresa, que permita la localización y evaluación de los mismos, así como en conocimiento de la exposición a que están sometidos los trabajadores afectados por ellos.
2. Identificar los agentes de riesgos físicos, químicos, biológicos, psicosociales, ergonómicos, mecánicos, eléctricos, locativos y otros agentes contaminantes, mediante inspecciones periódicas a las áreas, frentes de trabajo y equipos en general.
3. Evaluar con la ayuda de técnicas de medición y cuantitativas, la magnitud de los riesgos, para determinar su real peligrosidad.
6. Estudiar e implantar los sistemas de control requeridos por todos los riesgos existentes en la empresa.
8. Establecer y ejecutar las modificaciones en los procesos u operaciones en las materias primas peligrosas, encerramiento o aislamiento de procesos operaciones u otras medidas, con el objeto, de controlar en la fuente de origen y/o en el medio los agentes de riesgo.
10. Diseñar y poner en práctica los medios de protección efectiva, necesarios en los sistemas de transmisión de fuerza y puntos de operación de maquinaria, equipos y herramientas de trabajo.
12. Supervisar y verificar la aplicación de los sistemas de control de los riesgos ocupacionales en la fuente y en el medio ambiente y determinar la necesidad de suministrar elementos de protección personal, previo estudio de puestos de trabajo.
19. Estudiar y controlar la recolección, tratamiento y disposiciones de residuos y desechos, aplicando y cumpliendo con las medidas de saneamiento básico ambiental.
21. Asesorar y colaborar con el comité de Medicina, Higiene y seguridad Industrial de la empresa.
ESTÁNDAR: Se formulan las acciones sobre los factores de riesgo ergonómicos detectados en los puestos de trabajo prioritarios (con grado de riesgo alto) en la fuente o en el medio, y hay mecanismos para garantizar que ellas se realicen.
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
7.10
Hay un procedimiento escrito para verificar si los trabajadores cumplen las normas preventivas de ergonomía.
Elaborar procedimiento con el fin de verificar el cumplimiento de las normas preventivas de ergonomía.
DECRETO 614 DE 1984, Articulo 24. Es responsabilidades de los patronos o empleadores, Responsabilidades de los patronos. Los patronos o
empleadores, en concordancia con el artículo 84 de la. Ley 9a de 1979 y el Código Sustantivo del Trabajo y demás disposiciones complementarias, las cuales se entienden incorporadas a este Decreto y en relación con los programas y actividades que aquí se regulan, tendrán las siguientes responsabilidades:

Articulo 30, numeral a) El subprograma de medicina del trabajo de las empresas deberán:
3. Desarrollar actividades de prevención de enfermedades profesionales, accidentes de trabajo y educación en salud a empresarios y trabajadores, conjuntamente con el subprograma de higiene industrial y seguridad industrial.


LEY 9 DE 1979: Artículo 85, Todos los trabajadores están obligados a cumplir con las normas del reglamento de medicina interna, higiene y seguridad industrial que se establezcan.
b) Usar y mantener adecuadamente los dispositivos para control de riesgos y equipos de protección personal y conservar en orden y aseo los lugares de trabajo.
c) Colaborar y participar en la implantación y mantenimiento de las medidas de prevención de riesgos para la salud que se adopten en el lugar de trabajo.
7.11
Esta escrito el procedimiento para revisar si se intervienen los puestos de trabajos prioritarios con las medidas de ergonomía y si los mecanismos de control son eficaces.
Establecer un procedimiento cuyo objetivo será revisar la intervención de los puestos de trabajos prioritarios con las medidas de ergonomía.

7.12
El procedimiento para revisar si se intervienen los puestos de trabajos prioritarios con las medidas de ergonomía y si los mecanismos de control son eficaces, se ejecutan según lo establecido en él.


ESTÁNDAR: La empresa registra, reporta e investiga las enfermedades profesionales y los incidentes y accidentes que ocurren.
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
7.30
Hay un procedimiento escrito para investigar los incidentes y los accidentes de trabajo. En el caso de los accidentes de trabajo o de las enfermedades profesionales mortales, el procedimiento obliga a la alta gerencia sea notificada de los resultados de la investigación y asuma la responsabilidad de aplicar las medidas correctivas.
Incluir en el procedimiento la notificación obligatoria a la alta gerencia de los resultados de la investigación y que debe asumir la responsabilidad de aplicar las medidas correctivas (en caso de accidentes mortales).
Ley 9a de 1979, Articulo 84, Todos los empleadores están obligados a: Numeral e) Registrar y notificar los accidentes y enfermedades ocurridos en los sitios de trabajo, así como de las actividades que se realicen para la protección de la salud en los lugares de trabajo.
Parágrafo: los trabajadores independientes están obligados, a adoptar durante la ejecución de sus trabajos, todas las medidas preventivas destinadas a controlar adecuadamente os riesgos a que puedan estar expuestos su propia salud o la de terceros.
7.32
Hay un procedimiento escrito para determinar en caso de que se detecte o se diagnostique una enfermedad profesional, las causas básicas de ella y la posibilidad de que se presenten nuevos casos.
Elaborar procedimiento para determinar las causas básicas y evaluar la posibilidad de que se presenten nuevamente enfermedades profesionales (en caso de ser detectadas).
Resolución 2646 de 2008 se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.

RESOLUCIÓN 1016/89, Artículo décimo. Los subprogramas de medicina Preventiva y de trabajo tienen como finalidad principal la promoción, prevención y control de la salud del trabajador, protegiéndolo de los factores de riesgos ocupacionales: ubicándolo en un sitio de trabajo acorde con sus condiciones de trabajo psico fisiológicas y manteniéndolo en actitud de producción de trabajo.

Las principales actividades de los subprogramas de medicina preventiva y del trabajo son :
1. Realizar exámenes médicos, clínicos y paraclínicos para admisión, ubicación según actitudes, periódicos ocupacionales, cambios de ocupación, reingreso al trabajo, retiro y otras situaciones que alteren o puedan traducirse en riesgo para la salud de los trabajadores.
2. Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica, conjuntamente con el subprograma de Higiene y seguridad Industrial, que incluirán, como mínimo:
a)Accidentes de trabajo.
b)Enfermedades profesionales
c)Panorama de riesgos
4. Investigar y analizar las enfermedades ocurridas, determinar sus causas y establecer las medidas preventivas y correctivas necesarias.
5. Informar a la gerencia sobre programas de salud a los trabajadores y las medidas aconsejadas para la prevención de las enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.
8. Promover y participar en actividades encaminadas a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.























7.36

















EL COPASO, o el vigía evalúan los reportes de los accidentes y enfermedades, así como los resultados de las investigaciones y verifican si se ejecutan las acciones planteadas.




















Realizar reuniones de COPASO mensuales, donde se debe llevar seguimiento de las investigaciones de accidentes elaboradas.
DECRETO 1295 de 1994, Artículo 63. Comité paritario de salud ocupacional de las empresas
A partir de la vigencia del presente decreto, el comité paritario de medicina, higiene y seguridad industrial de las empresas se denominará comité paritario de salud ocupacional, y seguirá rigiéndose por la Resolución 2013 de 1983 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social según lo establece el Decreto 614 de marzo 1984 y tienen como responsabilidad, la de ser un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de Salud Ocupacional dentro de la empresa.

RESOLUCION 2013 del 86 - Artículo once. Son funcionarios del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, además de las señaladas por el Artículo 26 de Decreto 614 de 1984, las siguientes: i) Solicitar periódicamente a la empresa informes sobre accidentalidad y enfermedades profesionales con el objeto de dar cumplimiento a lo estipulado en la presente resolución.

RESOLUCION 1401 DE 2007 - Artículo 7°. Equipo investigador. El aportante debe conformar un equipo para la investigación de todos los incidentes y accidentes de trabajo, integrado como
mínimo por el jefe inmediato o supervisor del trabajador accidentado o del área donde ocurrió el incidente, un representante del Comité Paritario de Salud Ocupacional o el Vigía Ocupacional y el encargado del desarrollo del programa de salud ocupacional. Cuando el aportante no tenga la estructura anterior, deberá conformar un equipo investigador integrado por trabajadores capacitados para tal fin. Cuando el accidente se considere grave o produzca la muerte, en la investigación deberá participar un profesional con licencia en Salud Ocupacional, propio o contratado, así como el personal de la empresa encargado del diseño de normas, procesos y/o mantenimiento.
Parágrafo. Los aportantes podrán apoyarse en personal experto interno o externo, para determinar las causas y establecer las medidas correctivas del caso.Artículo 8°. Investigación de accidentes e incidentes ocurridos a trabajadores no vinculados mediante contrato de trabajo. Cuando el accidentado sea un trabajador en misión, un trabajador asociado a un organismo de trabajo asociado o cooperativo o un trabajador independiente, la
responsabilidad de la investigación será tanto de la empresa de servicios temporales como de la empresa usuaria; de la empresa beneficiaria del servicio del trabajador asociado y del contratante, según sea el caso. En el concepto técnico se deberá indicar el correctivo que le corresponde implementar a cada una.
ESTÁNDAR: La empresa tiene y ejecuta un plan de inspecciones de seguridad industrial.
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
7.38
Hay un registro de las inspecciones realizadas y de los resultados de las mismas.
Dar cumplimiento al plan de inspecciones.
RESOLUCIÓN 1016 DE MARZO 31 DE 1989 Articulo 11
2. Identificar los agentes de riesgos físicos, químicos, biológicos, psicosociales, ergonómicos, mecánicos, eléctricos, locativos y otros agentes contaminantes, mediante inspecciones periódicas a las áreas, frentes de trabajo y equipos en general.
5. Inspeccionar y comprobar la efectividad y el buen funcionamiento de los equipos de seguridad y control de los riesgos.
RESOLUCION 1016 / 89 Art. 14- 8. Resultados de inspecciones periódicas internas de Salud Ocupacional.
ESTÁNDAR: Hay y se ejecuta plan para mantenimiento de las instalaciones de equipos y de herramientas de las empresas.
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
7.40
Hay un plan de mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones, de los equipos y de las herramientas.
Elaborar el plan de mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones de los equipos y de las herramientas; se debe incluir los procedimientos detallados para realizar operaciones de mantenimiento en áreas o en maquinas criticas, teniendo en cuenta la instalación de sistemas de bloqueo o etiquetas.
Resolución 1016 de Marzo 31 de 1989 Artículo 11
9. Estudiar e implantar los programas de mantenimiento preventivo de las máquinas, equipos, herramientas, instalaciones locativas, alumbrado y redes eléctricas.

RESOLUCIÓN 2400/79 8.3 SUBPROGRAMAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Elaborar protocolos de mantenimiento Preventivo y Correctivo de herramientas, equipos y maquinaria, lo mismo que el plan de sustitución de los mismos.
7.41
Hay procedimientos detallados para realizar operaciones de mantenimiento en áreas o en maquinas criticas.


7.42
El procedimiento para realizar operaciones de mantenimiento en áreas o en maquinas criticas incluye instalar sistemas de bloqueo o etiquetas.


ESTÁNDAR: A todos los trabajadores se les practican los exámenes médicos ocupacionales, según los requisitos vigentes
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
7.45
Esta diseñado el plan para pruebas específicas (indicadores biológicos) según los riesgos de cada puesto de trabajo., que se deben practicar al trabajador durante los exámenes ocupacionales.
Diseñar el plan para pruebas específicas (indicadores biológicos).
Resolución 6398 de 1991. Parágrafo: Es responsabilidad del empleador mantener los exámenes preocupacionales y demás documentos que conformen la historia clínica del trabajador, seguros, debidamente resguardados y a disposición de las autoridades competentes a que se refiere el presente artículo
Resolución 2400/79 Exámenes Periódicos: Evaluar estado de salud de los trabajadores que están laborando con la empresa actualmente y detectar la existencia de enfermedades profesionales que hayan sido adquiridas durante el periodo laborado.
Resolución 2346/07 - Artículo 3°. Tipos de evaluaciones médicas ocupacionales. Las evaluaciones médicas ocupacionales que debe realizar el empleador público y privado en forma obligatoria son como mínimo, las siguientes:
2. Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas (programadas o por cambios de ocupación).
Artículo 7°. Información básica requerida para realizar las evaluaciones médicas ocupacionales. Para realizar las evaluaciones médicas ocupacionales,
el empleador deberá suministrar la siguiente información básica:
1. Indicadores epidemiológicos sobre el comportamiento del factor de riesgo y condiciones de salud de los trabajadores, en relación con su exposición.
2. Estudios de higiene industrial específicos, sobre los correspondientes factores de riesgo.
3. Indicadores biológicos específicos con respecto al factor de riesgo.

Artículo 13. Evaluaciones médicas específicas según factores de riesgo. El empleador está obligado a realizar evaluaciones médicas ocupacionales
específicas de acuerdo con los factores de riesgo a que esté expuesto un trabajador y según las condiciones individuales que presente, utilizando corno mínimo, los parámetros establecidos e índices biológicos de exposición (BEI), recomendados por la ACGIH.
7.46
Hay una pauta para definir la frecuencia de los exámenes periódicos según el comportamiento de los factores de riesgo, las condiciones de trabajo, el estado de salud del trabajador, las recomendaciones de los sistemas de vigilancia epidemiológica y la legislación vigente.
Definir la frecuencia de los exámenes periódicos.

7.49
Si el diagnóstico así lo determina hay un plan de inmunización para los trabajadores, que se cumple según lo programado.
Crear un plan de inmunización y cumplirlo de acuerdo a lo programado.
Resolución 1016 de Marzo 31 de 1989 Articulo 11
2. Identificar los agentes de riesgos físicos, químicos, biológicos, psicosociales, ergonómicos, mecánicos, eléctricos, locativos y otros agentes contaminantes, mediante inspecciones periódicas a las áreas, frentes de trabajo y equipos en general.
7.50
Hay un procedimiento escrito para realizar la reubicación del trabajador en caso de que no sea posible adecuar el puesto de trabajo a su condición.
Implantar procedimiento con el objetivo de realizar la reubicación de trabajadores y establecer la coordinación con EPS, ARP y equipo de rehabilitación profesional para el reintegro precoz del trabajador con discapacidad.
DECRETO 614 DE 1984
c) Proponer y ejecutar programas de reubicación laboral para los trabajadores con capacidad laboral disminuida;
d) Vigilar y controlar en forma coercitiva el cumplimiento de las normas legales sobre reubicación laboral

RESOLUCION 2177 / 89 Artículo 6° El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, desarrolla programas especiales de gestión de empleo para personas con limitaciones, rehabilitadas integral y profesionalmente y en condiciones de competitividad laboral, mediante el impulso de actividades y el diseño de mecanismos tendientes a estimular la creación de diversas formas de trabajo dependiente, la organización de formas asociativas, microempresas, grupos cooperativos y precooperativos en procura del trabajo independiente.
7.51
Hay un procedimiento establecido para coordinar con la EPS con la ARP, y con el equipo de rehabilitación profesional, el reintegro precoz del trabajador con discapacidad.

DECRETO 1295 ARTICULO 5o. PRESTACIONES ASISTENCIALES. Todo trabajador que sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional tendrá derecho, según sea el caso, a: g. Rehabilitaciones física y profesional.
RESOLUCION 1016 DE 1986 Artículo décimo. Los subprogramas de medicina Preventiva y de trabajo tienen como finalidad
principal la promoción, prevención y control de la salud del trabajador, protegiéndolo de los factores de :
14. Coordinar y facilitar la rehabilitación y reubicación de las personas con incapacidad temporal y permanente parcial.
ESTÁNDAR: Se formulan las acciones sobre los factores de riesgos psicosociales detectados en los puestos de trabajo prioritarios y hay mecanismos para garantizar que ellas se realicen.
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
7.53
Hay normas preventivas escritas sobre riesgos psicosociales y manejo del estrés laboral.
Crear e implementar normas preventivas sobre riesgos psicosociales y manejo del estrés laboral.
RESOLUCIÓN NUMERO 2646 DE 2008 (julio 17): Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
El Ministro de la Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 83 de la Ley 9ª de 1979 y el numeral 12 del artículo 2° del Decreto-ley 205 de 2003,
ESTÁNDAR: La empresa tiene un mecanismo básico parar hacer el seguimiento del comportamiento de la salud de los trabajadores frente a los riesgos prioritarios.
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
7.55
Los reportes producto de la información y del análisis al que se refiere el criterio anterior, se hacen llegar a los niveles competentes de la empresa y a la ARP.
Enviar los reportes a la ARP.
DECRETO 1295 de 1994, Artículo 21. Obligaciones del empleador. Notificar a la entidad administradora a la que se encuentre afiliado, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.

RESOLUCION 1016/89, Artículo décimo. Los subprogramas de medicina Preventiva y de trabajo tienen como finalidad principal la promoción, prevención y control de la salud del trabajador, protegiéndolo de los factores de riesgos ocupacionales: ubicándolo en un sitio de trabajo acorde con sus condiciones de trabajo psico fisiológicas y manteniéndolo en actitud de producción de trabajo.
Las principales actividades de los subprogramas de medicina preventiva y del trabajo son :
1. Realizar exámenes médicos, clínicos y paraclínicos para admisión, ubicación según actitudes, periódicos ocupacionales, cambios de ocupación, reingreso al trabajo, retiro y otras situaciones que alteren o puedan traducirse en riesgo para la salud de los trabajadores.
2. Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica, conjuntamente con el subprograma de Higiene y seguridad Industrial, que incluirán, como mínimo: a) Accidentes de trabajo.
b) Enfermedades profesionales
c) Panorama de riesgos
3. Desarrollar actividades de prevención de enfermedades profesionales, accidentes de trabajo y educación en salud a empresarios y trabajadores, en coordinación con el subprograma de Higiene y seguridad Industrial.
7.58
Hay un programa para promover entre los trabajadores estilos de vida saludables, en el programa se estipulan los mecanismos para solicitar a las EPS la participación en la ejecución de ellos.
Diseñar el programa para promover entre los trabajadores estilos de vida saludables, es importante estipular los mecanismos para solicitar a las EPS la participación en la ejecución de ellos.
DECRETO 1295 DE 1994, Artículo 35. Servicios de prevención
d. Fomento de estilos de trabajo y de vida saludables, de acuerdo con los perfiles epidemiológicos de las empresas.
ESTÁNDAR: La empresa tiene y desarrolla un plan de emergencias
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
7.62
Los integrantes de las brigadas reciben la capacitación necesaria para desempeñar su tarea.
Realizar la capacitación en Primeros Auxilios para los integrantes de la brigada de emergencias.
Ley 9 de 1979. Ordena la responsabilidad de los empresarios. "en todo lugar de trabajo deberá disponer de personal adiestrado, métodos, equipos, materiales adecuados y suficiente para la prevención y extinción de incendios.
La resolución 2400 de 1979. Promulgada por el ministerio de trabajo y seguridad social, establece " los establecimientos de trabajo por sus características industriales y tamaño de sus instalaciones, establecerán entre sus trabajadores una brigada constituida por personal voluntario debidamente entrenado para la labor de extinción de incendios dentro de la zona de trabajo.
Resolución 1016 de 1989 En su artículo II, numeral 18. Describe la organización y desarrollo de planes de emergencia teniendo en cuenta varias ramas; Preventiva: La revisión continúa de las instalaciones para mitigar, controlar los riesgos dentro de la empresa Pasiva: Mediante el diseño y construcción de edificaciones con materiales resistentes, vías de salidas suficientes y adecuadas para la evacuación, de acuerdo con las amenazas. Activa o de control: Selección, capacitación de brigadistas, disponibilidad de planes de emergencia específicos y de evacuación a cargo de las brigadas en caso de emergencia.
CLASES DE BRIGADAS DE EMERGENCIA BRIGADAS INCIPIENTES Constituida por empleados o trabajadores voluntarios de diversa áreas de la empresa, quienes son los encargados de generar una respuesta de control inicial, mientras llegan los organismos de socorro.
BRIGADA ESTRUCTURAL Integrado por personal contratado exclusivamente para trabajar en la brigada y cuyas funciones están referidas a esta actividad. BRIGADA MIXTA Integrada en forma combinada, tanto con personal voluntario como por personal contratado para tal fin
ESTÁNDAR: La empresa tiene definido principios, procedimientos y prácticas para el cumplimiento de las políticas de responsabilidad social empresarial.
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
7.71
La empresa tiene definidas pautas para la vinculación de trabajadores en las cuales se exija la no discriminación a las personas que ingresen
Plantear las pautas para la no discriminación a las personas que ingresen a laborar.
Partiendo del punto que la Carta Política en su artículo 13, consagró el derecho a la igualdad como derecho fundamental. Esta igualdad en la Constitución, incorpora un principio, según el cual todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, no pudiendo establecerse un trato diferente en razón al sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. Además este principio de igualdad ante la ley, tiene unas aplicaciones más concreta en el caso del derecho laboral, cuya manifestación se ha erigido en el postulado de: igualdad de oportunidades desprendiéndose de esta la discriminación salarial y por sexo.
DECRETO 2177 DE 1989, CAPÍTULO I. PRINCIPIOS GENERALES. Art.1o. El Estado garantizará la igualdad de oportunidades y derechos laborales a las personas inválidas física, mental o sensorialmente, conforme al Convenio número 159 suscrito con la organización Internacional del Trabajo y las disposiciones vigentes sobre la materia.
Art. 2o. Para los efectos del presente Decreto, se entiende por persona inválida, aquella cuyas posibilidades de obtener y conservar un empleo adecuado y de progresar en el mismo queden sustancialmente reducidas a causa de una deficiencia de carácter físico, mental o sensorial debidamente reconocida.
Art. 3o. En ningún caso la existencia de limitaciones físicas, sensoriales o mentales podrá ser impedimento para ingresar al servicio público o privado, a menos que éstas sean incompatibles con el cargo que se vaya a desempeñar.
LEY 361/97 Art. 1.- Los principios que inspiran la presente ley, se fundamentan en los artículos 13, 47, 54 y 68 que la Constitución Nacional reconocen en consideración a la dignidad que le es propia a las personas con limitación en sus derechos fundamentales, económicos, sociales y culturales para su completa realización personal y su total integración social y a las personas con limitaciones severas y profundas, la asistencia y protección necesarias. 
Art. 2.- El Estado garantizará y velará por que en su ordenamiento jurídico no prevalezca discriminación sobre habitante alguno en su territorio, por circunstancias personales, económicas, físicas, fisiológicas, síquicas, sensoriales y sociales.
Art. 22.- El Gobierno dentro de la política nacional de empleo adoptará las medidas pertinentes dirigidas a la creación y fomento de las fuentes de trabajo para las personas con limitación para lo cual utilizará todos los mecanismos adecuados a través de los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social, Salud Pública, Educación Nacional y otras entidades gubernamentales, organizaciones de personas con limitación que se dediquen a la educación, a la educación especial, a la capacitación, a la habilitación y rehabilitación. Igualmente el Gobierno establecerá programas de empleo protegido para aquellos casos en que la disminución padecida no permita la inserción al sistema competitivo.
Art. 26.- En ningún caso la limitación de una persona, podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el campo que se va a desempeñar. Así mismo, ninguna persona limitada podrá ser despedida o su contrato terminado por razón de su limitación, salvo que medie autorización de la oficina de trabajo.
No obstante, quienes fueren despedidos o su contrato terminado por razón de su limitación, sin el cumplimiento del requisito previsto en el inciso anterior, tendrán derecho a una indemnización equivalente a ciento ochenta días del salario, sin perjuicio de las demás prestaciones e indemnizaciones a que hubiere lugar de acuerdo con Código Sustantivo del Trabajo y demás normas que lo modifiquen, adicionen, complementen o aclaren.
III. RESULTADOS
ESTÁNDAR. La empresa mide mediante indicadores específicos, la gestión y los resultados del PSOE
COD
CRITERIO
RECOMENDACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
8.5
La empresa mide la letalidad por accidente de trabajo
Realizar medición de: la letalidad por accidente de trabajo, la incidencia de enfermedad profesional, la prevalencia de enfermedad profesional y el ausentismo general.

Se debe incluir dentro de los indicadores del Sistema de Gestión Integral S&SO que maneja la empresa.
RESOLUCIÓN NUMERO 1016 MARZO 31 DE 1989, Artículo quince. Para la evaluación de los programas de Salud Ocupacional, por parte de las entidades competentes de vigilancia y control, se tendrán como indicadores los siguientes aspectos:
1. Índices de frecuencia y severidad de accidentes de trabajo.
2. Tasas de ausentismo general, por accidente de trabajo, por enfermedad profesional y por enfermedad común, en el último año.
3. Tasas específicas de enfermedades profesionales, en el último año.
4. Grado de cumplimiento del programa de Salud Ocupacional de acuerdo con el cronograma de actividades.
Parágrafo. Las autoridades de vigilancia y control establecerán el grado de ejecución del programa de Salud Ocupacional, con base en el cumplimiento de requerimientos, normas y acciones de Medicina Preventiva y del Trabajo, Higiene y Seguridad Industrial, realizados y su incidencia en los indicadores establecidos en el presente artículo.
8.7
La empresa mide la incidencia de enfermedad profesional


8.8
La empresa mide la prevalencia de enfermedad profesional


8.11
La empresa mide el ausentismo general.


8.12
La empresa evalúa la calidad de la asistencia técnica que le presta la ARP y difunde sus resultados
La empresa debe buscar asesoría por parte de ARP para el desarrollo de las actividades, en caso de no ser atendida, deberá recurrir a otras instancias para conseguir apoyo de la ARP.
DECRETO 1295 DE 1994, Artículo 35. Servicios de prevención
La afiliación del Sistema General de Riesgos Profesionales da derecho a la empresa afiliada a recibir por parte de la entidad administradora de riesgos profesionales:
a. Asesoría técnica básica para el diseño del programa de salud ocupacional en la respectiva empresa.
b. Capacitación básica para el montaje de la brigada de primeros auxilios.
c. Capacitación a los miembros del comité paritario de salud ocupacional en aquellas empresas con un número mayor de 10 trabajadores, o a los vigías ocupacionales en las empresas con un número menor de 10 trabajadores.
d. Fomento de estilos de trabajo y de vida saludables, de acuerdo con los perfiles epidemiológicos de las empresas.
Artículo 56: Las entidades administradoras de riesgos profesionales, por delegación del Estado, ejercen la vigilancia y control en la prevención de los riesgos profesionales de las empresas que tengan afiliadas, a las cuales deberán asesorar en el diseño del programa permanente de salud ocupacional.
Artículo 80. Funciones de las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales
Las entidades Administradoras de Riesgos Profesionales tendrán a su cargo, entre otras, las siguientes funciones:
d. Garantizar a sus afiliados, en los términos de este decreto, la prestación de los servicios de salud a que tienen derecho.
f. Realizar actividades de prevención, asesoría y evaluación de riesgos profesionales.
g. Promover y divulgar programas de medicina laboral, higiene industrial, salud ocupacional y seguridad industrial.
h. Establecer las prioridades con criterio de riesgo para orientar las actividades de asesoría.


CRONOGRAMA

Se planta en una ejecución aproximada de cinco meses divido en cuatro actividades a ejecutar.
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
MES
1
2
3
4
5
SEMANA
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
ACTIVIDAD

Análisis del proceso de producción
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Identificación de los riesgos presentados en el restaurante en el proceso de producción
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
elaborar una matriz de riesgos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Desarrollar posibles soluciones que permitan solucionar y mitigar los factores de riesgos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 






CONCLUSIONES

La elaboración de este proyecto hace que el estudiante profundice los contenidos del curso, investigue y explore todo cuanto esté a su alcance para dotar su mente de conocimientos importantes para la vida y para la implementación en su vida laboral y en este caso profundizar sobre la higiene y seguridad industrial en el trabajo y en este caso el Restaurante Chinitos.

Se debe definir un manual de seguridad y salud ocupacional, el cual establece un sistema de S&SO, y tiene por objeto minimizar o eliminar los riesgos de los empleados.

Permitir al estudiante tener una amplia visión de su contexto y una adecuada identificación de los problemas que en él se presentan, para contribuir en la solución de manera factible a través de la integración de sus conocimientos, su ingenio, creatividad y capacidad analítica.

La elaboración de este proyecto hace que el estudiante profundice los contenidos del curso, investigue y explore todo cuanto esté a su alcance para dotar su mente de conocimientos importantes para la vida y para la implementación en su vida laboral y en este caso profundizar sobre la higiene y seguridad industrial en el trabajo.


REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
COLOMBIA, DECRETO 1295 DE JUNIO 1994. Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales, dado en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el veintidós (22) de Junio de mil novecientos noventa y cuatro (1994). En: Diario Oficial No. 41.405. Santafé de Bogotá D.C. (Junio 24 de 1994).

COLOMBIA, DECRETO 614 DE MARZO 1984. Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país. Dado en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C. Marzo 14 de 1984, suscrito en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el catorce (14) de Marzo de mil novecientos ochenta y cuatro (1984). En: Diario Oficial No. 36561. Santafé de Bogotá D.C. (Abril 5 de 1984). p.79.

COLOMBIA, LEY 100 DE DICIEMBRE 1993. Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones, dada en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el veintitrés (23) de Diciembre de mil novecientos noventa y tres (1993). En: Diario Oficial No. 41148. Santafé de Bogotá D.C. (Diciembre 23 de 1994). p.1

COLOMBIA, RESOLUCIÓN N°. 2013 DE JUNIO DE 1986. Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo, dada en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el seis (6) de Junio de mil novecientos ochenta y seis (1986).

COLOMBIA, RESOLUCIÓN Nº 1016 DE MARZO DE 1989. Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el País, dada en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el trece (13) de Marzo de mil novecientos ochenta y nueve (1989).


COLOMBIA, RESOLUCIÓN Nº 6398 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 1991. Por la cual se establecen procedimientos en materia de Salud Ocupacional. Dada en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el veintinueve (29) de Diciembre de mil novecientos noventa y uno (1991).

COLOMBIA, DECRETO 1637 DEL 26 DE MAYO DE 2006. Por el cual se dictan unas disposiciones para la organización y funcionamiento del Registro Único de Afiliados al Sistema de la Protección Social, dado en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el veintiséis (26) de Mayo de dos mil seis (2006). En: Diario Oficial No. 46.280. Santafé de Bogotá D.C. (Mayo 26 de 2006).

COLOMBIA, DECRETO 2800 DEL 02 DE OCTUBRE DE 2003. Por el cual se reglamenta parcialmente el literal b) del artículo 13 del Decreto-ley 1295 de 1994, dado en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el dos (02) de Octubre de dos mil tres (2003). En: Diario Oficial No. 45.329. Santafé de Bogotá D.C. (Octubre 3 de 2003).

COLOMBIA, RESOLUCIÓN 2646 DEL 17 DE JULIO DE 2008. Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional, dada en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el diecisiete (17) de Julio de dos mil ocho (2008). En: Diario Oficial No. 47.059. Santafé de Bogotá D.C. (Julio 23 de 2008).

COLOMBIA, RESOLUCIÓN 1401 DE 2007. Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo, dada en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el catorce (14) de Mayo de dos mil siete (2007). En: Diario Oficial No. 46638. Santafé de Bogotá D.C. (Mayo 24 de 2007). En: Diario Oficial No. 46.638. Santafé de Bogotá D.C. (Mayo 24 de 2007).

COLOMBIA, RESOLUCIÓN 2400 DE 1979. Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo, dada en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el veintidós (22) de Mayo de mil novecientos setenta y nueve (1979).

COLOMBIA, DECRETO 205 DEL 03 DE FEBRERO DE 2003. Por la cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica y las funciones del Ministerio de la Protección Social y se dictan otras disposiciones, dada en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el tres (03) de Febrero de dos mil tres (2003). En: Diario Oficial No. 45.086. Santafé de Bogotá D.C. (Febrero 3 de 2003).

COLOMBIA, DECRETO 2177 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 1989. Por la cual se desarrolla la Ley 82 de 1988, aprobatoria del Convenio número 159, suscrito con la Organización Internacional del Trabajo, sobre readaptación profesional y el empleo en personas inválidas. dada en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el veintiuno (21) de Septiembre de mil novecientos ochenta y nueve (1989). En: Diario Oficial No. 38.991. Santafé de Bogotá D.C. (Septiembre 21 de 1989).

COLOMBIA, RESOLUCIÓN Nº 2346 DEL 11 DE JULIO DE 2007. Por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales. dada en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el once (11) de Julio de dos mil siete (2007). En: Diario Oficial No. 46.691. Santafé de Bogotá D.C. (Julio 16 de 2007).

COLOMBIA, LEY 9 DEL 24 DE ENERO DE 1979. Por la cual se dictan Medidas Sanitarias. dada en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C, el veinticuatro (24) de Enero de mil novecientos setenta y nueve (1979). En: Diario Oficial No. 35.308. Santafé de Bogotá D.C. (Julio 16 de 1979).

COLOMBIA, LEY 762 DEL 5 DE AGOSTO 2002. Por medio de la cual se aprueba la "Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad", suscrita en la ciudad de Guatemala, Guatemala, el siete (7) de junio de mil novecientos noventa y nueve (1999). En: Diario Oficial. Imprenta Nacional de Colombia. Bogotá. No. 44.889. (05 ago. 2002); p.4

Recuperado el 18 de marzo de 2015 de la pagina web: http://datateca.unad.edu.co/contenidos/302581/Entorno_de_Conocimiento/GUIA_INTEGRADA_302581_FINAL-2.pdf

Recuperado el 18 de marzo de 2015 de la página web: http://www.bsigroup.com/es-ES/Seguridad-y-Salud-en-el-Trabajo-OHSAS-18001/

Recuperado el 18 de marzo de 2015 de la página web: http://datateca.unad.edu.co/contenidos/302581/Entorno_de_Conocimiento/SYLLABUS_2015-1_FINAL.pdf

Recuperado el 18 de marzo de 2015 de la página web: http://www.cibem.org/paginas/img/apa6.pdf

INSTITUTO COLOMBIANO DE NORMAS TÉCNICAS Y CERTIFICACIÓN. Sistema de gestión en seguridad & salud ocupacional y otros documentos complementarios. Bogotá ICONTEC, 2000.

ARSEG. Compendio de normas legales sobre Salud Ocupacional. 1995. p.168

SAPAG, Nassir. Preparación y evaluación de proyectos. Chile: McGraw Hill 1995.

Sistema de gestión en seguridad y salud ocupacional: Directrices para la implementación del documento NTC OSHAS 18001.
































ANEXOSANEXOS
ANEXOS
ANEXOS









ANEXO A. Formato de Auditoría de Salud y Seguridad
ESTÁNDARES MÍNIMOS DEL PROGRAMA
DE SALUD OCUPACIONAL DE EMPRESA
 
 
 
 
 
 
 
 
ESTRUCTURA DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL DE EMPRESA
(Convenciones: c – cumple; NC – No cumple; NV – no se verificó)
IDENTIFICACION Y GENERALIDADES DE LA EMPRESA – CENTRO DE TRABAJO
Estándar: La empresa tiene un programa de Salud Ocupacional (PSOE)
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
1.1
Hay un programa de salud ocupacional (PSOE) escrito, vigente para el año, y firmado por el Representante Legal de la organización y por el responsable del propio programa

X



Solicitar el programa de salud ocupacional y verificar lo pertinente.
1.2
El documento tiene la siguiente información de la empresa: razón social; NIT, dirección, teléfono y ciudad, Representante Legal, sucursales y número de empleados, actividad económica principal y clases de riesgo por cada sede.

X



Solicitar el documento y verificar lo pertinente.
1.3
Todos los trabajadores, dependientes o independientes, están afiliados al Sistema General de Seguridad social en Salud y al Sistema General de pensiones. Además, todos los dependientes y los independientes que voluntariamente y por escrito lo decidan, están afiliados al sistema General de Riesgos Profesionales.
X




Solicitar la lista de trabajadores, tanto dependientes como independientes, y verificar si están afiliados a una empresa promotora de Salud (EPS), a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y a una Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
1.4
La empresa paga regularmente, los aportes a los sistemas de seguridad social.

X



Solicitar los soportes del pago de aportes de los cuatro (4) meses anteriores a la fecha de la visita y verificar, en una muestra del treinta por ciento (30%), tanto de trabajadores dependientes como independientes, si la empresa pago los aportes. Si hay menos de sesenta (60) trabajadores, hacer la verificación sobre el universo. (Para calificar, respecto del último mes, si la empresa hizo el pago respectivo, tener en cuenta los plazos establecidos).
1.5
Si la empresa se clasifica en el grupo de las denominadas de "Alto Riesgo", aporta al Sistema General de Pensiones el mayor valor por los trabajadores expuestos a los factores de riesgo que originan la denominación de alto riesgo.


X


Si la empresa está definida como de "alto riesgo", solicitar la lista de trabajadores que se consideran potencialmente expuestos a factores de riesgo causantes de la determinación como de alto riesgo. Solicitar la certificación de pagos a la seguridad social de los últimos seis (6) meses, y en ella verificar si para estos trabajadores, se está aportando un pago adicional al sistema general de pensiones.

1.6

Si para la empresa laboran trabajadores vinculados con contratistas y/o con subcontratistas, hay un procedimiento para verificar si estos, están afiliados al Sistema de seguridad social integral (SSSI) (salud, régimen contributivo- pensiones y Riesgos Profesionales), y si los contratistas o subcontratistas pagan los aportes respectivos. Dicho procedimiento estipula las medidas que aplica la empresa en caso de que estos incumplan las obligaciones referidas.



X



Solicitar el procedimiento respectivo y verificar lo pertinente.
1.7
El procedimiento al que se hace alusión en el criterio anterior, se ejecuta según lo estipulado en el mismo.


X


Solicitar los reportes para los tres (3) últimos meses, relativos a la gestión para verificar. Si los trabajadores que prestan los servicios con contratistas o con subcontratistas, están afiliados al SSSI; si estos pagan los aportes al SSSI; si la empresa aplica las medidas estipuladas en caso de que los contratistas o subcontratistas incumplan las obligaciones referidas.


POLITICA DE SALUD OCUPACIONAL
Estándar: La empresa definió la Política de Salud ocupacional
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
2.1
En el PSOE está definida la Política de Salud ocupacional de la organización. La política expresa el compromiso de la alta dirección; compromete a todos los niveles de la empresa y define las líneas de acción en salud ocupacional.

X



Solicitar el PSOE y verificar si la política incluye los elementos del criterio.
2.2
La política está publicada y se hizo difusión de ella entre los trabajadores

X



Verificar si la política está a la vista del público y solicitar la lista de asistencia de los trabajadores a la reunión de difusión o la constancia de la entrega, a cada uno de la copia correspondiente.
3.COMITE PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL (COPASO) – VIGIA OCUPACIONAL
Estándar: La empresa conformo un comité paritario de Salud ocupacional (COPASO) o designó un vigía ocupacional según las normas.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
3.1
Si la Empresa tiene menos de diez (10) trabajadores designo el vigía ocupacional, le asignó el tiempo necesario y el registro de la designación, ante el Ministerio de la Protección Social está vigente.



X

Solicitar el documento mediante el cual se designa el vigía y verificar si está vigente el registro ante el Ministerio.
3.2
Si la empresa tiene diez (10) o más trabajadores. Está constituido el COPASO, le asignó tiempo a los integrantes para cumplir sus funciones y el registro de la conformación, ante el Ministerio de la Protección Social, está vigente.


X


Solicitar el acta de constitución en la cual conste que la elección de los representantes de los trabajadores se hizo por votación y verificar si está vigente el registro ante el Ministerio.
3.3
Si la empresa tiene diez (10) o más trabajadores, el COPASO está compuesto por un número igual del representante el empleador y de los trabajadores, con sus suplentes, y el número de los integrantes corresponde a lo dispuesto en la Resolución 2013/86 , o en la norma que la adicione, modifique o constituya, según la cantidad de trabajadores.


X


Solicitar el acta de constitución y según el número de trabajadores, verificar la conformación paritaria y el número de miembros, de acuerdo con la norma del COPASO.





RECURSOS
Estándar: La Empresa dispone de las personas y de los recursos físicos, económicos y tecnológicos necesarios para coordinar y desarrollar el programa de Salud Ocupacional.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
4.
La alta dirección designó un responsable del PSOE, quien tiene funciones específicas y tiempo definido para cumplir tal tarea. Dicho responsable depende directamente de la alta dirección.

X



Solicitar el documento en el que consta la designación del responsable, las funciones que se le asignaron u el tiempo que debe destinas al PSOE. Verificar en la carta organizacional, si el responsable depende directamente de la alta gerencia.
4.2
Si la Empresa tiene cincuenta (50) trabajadores o menos, el responsable del PSOE es una persona, que como mínimo, acredita una formación d por lo menos cincuenta (50) horas en salud ocupacional

X



Solicitar la hoja de vida y verificar, mediante los certificados correspondientes, si el responsable acredita la capacitación que se exige.

4.3
Si la empresa tiene entre cincuenta y uno (51) y ciento cincuenta (150) trabajadores, e responsable del PSOE es una persona que acredita, como mínimo formación como técnico o tecnólogo en salud ocupacional o en alguna de sus áreas. (En los sitios del país donde no hay recurso con ese perfil, el representante del PSOE puede ser un empleado con entrenamiento mínimo de ciento cincuenta (150) horas en salud ocupacional).


X


Solicitar la hoja de vida y verificar, mediante los certificados correspondientes, si el responsable acredita la capacitación que se exige.

4.4
Si la Empresa tiene más de ciento cincuenta (150) trabajadores, el responsable del PSOE es una persona que acredita como mínimo, formación profesional básica, de pregrado o de posgrado, en salud ocupacional o en alguna de sus áreas ((En los sitios del país donde no hay recurso con ese perfil, el representante del PSOE puede ser un empleado con entrenamiento mínimo de trescientas (300) horas en salud ocupacional).


X


Solicitar la hoja de vida y verificar, mediante los certificados correspondientes, si el responsable acredita la capacitación que se exige.

4.5
Si la empresa tiene ciento cincuenta (150) trabajadores o menos, en el capítulo de recursos del PSOE se establece la partida de gastos necesaria para ejecutar las actividades del año, según los objetivos y las metas prioritarias.

X



Solicitar el PSOE y verificar en el capítulo pertinente, la asignación de recursos financieros
4.6
Si la empresa tiene más de ciento cincuenta (150) trabajadores, hay un presupuesto específico, organizado por capítulos de acuerdo con los riesgos para ejecutar las actividades del año, según los objetivos y las metas prioritarias.


X


Solicitar el PSOE y verificar en el capítulo pertinente, la asignación de recursos financieros
4.7
Hay un procedimiento escrito para garantizar, con recursos propios o contratados, la disponibilidad de las áreas y de los equipos necesarios para desarrollar el PSOE.

X



Solicitar el procedimiento respectivo, o verificar, en el propio PSOE, si está definido el medio como se garantizará la disposición de los recursos.
4.8
Están definidos los criterios para la selección de la ARP a la cual afiliarse y para evaluar su asistencia técnica y asesoría.



X

Solicitar el documento que contiene los criterios para seleccionar y para evaluar a la ARP.
DIAGNOSTICO
Estándar: Hay un diagnóstico de las condiciones de trabajo y están definidos los riesgos y los peligros prioritarios
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
5.1
En el texto del PSOE se identifican las máquinas y equipos que se utilizan, así como las materias primas, insumos, productos finales e intermedios, subproductos y material de desecho. (Para todos los casos se identifican los elementos olas condiciones cancerígenas o las sustancias altamente toxicas).

X



Verificar lo pertinente en el documento
5.2
En el texto de PSOE está escrito el método para identificar los peligros, para evaluar los riesgos laborales para definir prioridades.

X



Solicitar el PSOE y verificar los pertinente
5.3
El método para identificar y evaluar los riesgos y peligros incluye como mínimo, para el trabajo rutinario o no, y para cada puesto; los factores de riesgo , el número de trabajadores expuestos, los tiempos de exposición, las consecuencias de ella, el grado de riesgo y el grado de peligrosidad y los controles existentes y los que se requiere implantar.



X

Verificar si el documento relaciona, para cada puesto de trabajo, lo pertinente.
5.4
Hay un procedimiento escrito para que los trabajadores reporten las condiciones de trabajo peligrosas, que se aplica como arte del proceso para elaborar el diagnostico.

X



Solicitar el procedimiento respectivo, así como los formatos de reporte y verificar lo pertinente.
5.5
Están definidos los riesgos prioritarios relacionados con las condiciones de trabajo.

X



Verificar, en el texto del PSOE, si están definidas las prioridades y si son las que se identificaron al aplicar el método seleccionado.
5.6
Si se emplean materiales o sustancias cancerígenas o altamente toxicas reconocidas como tal, o se trabaja en condiciones de exposición al riesgo de que los trabajadores padezcan un cáncer; estas condiciones o sustancias son catalogadas como un riesgo prioritario.

X



Revisar la lista de condiciones, materias, productos intermedios o finales, subproductos o desechos y verificar si los catalogados como cancerígenos o altamente tóxicos (según la clasificación elaborada por entidades internacionales como IARC, ACGIH, NIOSH, OSHA) son consideradas riesgos prioritarios.
5.7
El diagnóstico se actualiza, como mínimo una (1) vez al año y al hacerlo, se tienen en cuenta los cambios en: condiciones de trabajo, actividad económica, procesos, maquinaria en la sede etc.

X



Solicitar el PSOE y verificar mediante constancia firmada por el responsable del mismo, si el diagnóstico está actualizado.
Estándar: Hay un diagnóstico de las condiciones de salud de los trabajadores y están definidas las prioridades.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
5.8
Hay, como mínimo, la siguiente información actualizada, para el último año, sobre los trabajadores: edad, sexo, escolaridad, estado civil, estado socio- económico e ingreso mensual.

X



Solicitar el texto del PSOE y verificar mediante constancia firmada por el responsable del mismo, si existe la información pertinente y actualización.
5.9
Hay información actualizada para el último año , sobre los exámenes médicos (de ingreso periódicos y de retiro), incapacidades, ausentismo, morbilidad, y mortalidad de la población trabajadora en relación con enfermedad común (general y específica), accidente de trabajo y enfermedad profesional (general y específica)

X



Solicitar el texto del PSOE y verificar si el documento tiene la información pertinente y actualizada.
5.10
Hay un procedimiento para que los trabajadores reporten las condiciones de salud, que se aplica como parte del proceso para elaborar el diagnóstico.

X



Solicitar el procedimiento, respectivo, Así como los formatos de reporte y verificar lo pertinente.
5.11
Están definidas las prioridades relacionadas con las condiciones de salud de los trabajadores.

X



Verificar si en el texto del PSOE, si están definidas las condiciones de salud prioritarias.
5.12
Se establece la relación posible entre condiciones de salud prioritarias y condiciones de trabajo.

X



Verificar, en texto del PSOE, si está hecho el análisis pertinente.
PLANEACION
Estándar: Los objetivos y las metas de PSOE se establecen con base en las prioridades identificadas, y hay un cronograma definido para llevar a cabo las actividades.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
6.1
Están definidos los objetivos del PSOE y ellos son mensurables.

X



Solicitar el texto del PSOE y verificar lo pertinente
6.2
Los objetivos corresponden a las prioridades definidas para las condiciones de trabajo y de salud.

X



Solicitar el texto del PSOE y verificar si los objetivos corresponden a las prioridades.
6.3
Las metas a corto plazo (antes de seis -6- meses se orientan a intervenir riesgos prioritarios.

X



Solicitar el texto del PSOE y verificar si las metas a corto plazo se orientan a intervenir los riesgos prioritarios.
6.4
Para cada objetivo y para cada meta se determinan las acciones pertinentes y los responsables, y estos datos se reflejan en el cronograma de ejecución de las tareas.

X



Solicitar el texto del PSOE y verificar en el cronograma lo pertinente para cada uno de los objetivos y de las metas prioritarias.
6.5
El COPASO, o el vigía, conocen el cronograma y verifica si se cumple.

X



Verificar en las actas del COPASO o en el reporte del vigía lo pertinente.
INTERVENCION
Estándar: Se formulan las acciones de higiene Industrial para intervenir los puestos de trabajo prioritarios (con grado de riesgo alto) en la fuente o en el medio, y hay mecanismos para garantizar que ellas se realicen.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
7.1
En el texto del PSOE, se definen las intervenciones de higiene industrial que se deben llevar a cabo en los puestos de trabajo prioritarios.

X



Solicitar el texto del PSOE y verificar lo pertinente
7.2
Hay normas preventivas escritas sobre higiene industrial, relativas a los puestos de trabajo prioritarios.

X



Solicitar el texto del PSOE e identificar en el diagnóstico, los puestos de trabajo prioritarios en cuanto a higiene industrial y verificar para ellos, lo pertinente.
7.3
Los trabajadores conocen las normas preventivas sobre higiene industrial.



X

Solicitar los documentos en los que hay evidencia de que los trabajadores de esos puestos conocen las normas.
7.4
Hay un procedimiento escrito para verificar si los trabajadores cumplen las normas preventivas de higiene industrial
X




Solicitar el procedimiento establecido para verificar si los trabajadores cumplen tales normas.
7.5
Esta escrito el procedimiento para revisar si se intervienen los puestos de trabajo prioritarios con las medidas de higiene industrial, y si los mecanismos de control son eficaces.
X




Solicitar el procedimiento respectivo y verificar lo pertinente.
7.6
El procedimiento para verificar si se intervienen los puestos de trabajo prioritarios con las medidas de higiene industrial y si los mecanismos de control son eficaces, se ejecuta según lo establecido en él.

X



Solicitar el procedimiento respectivo y solicitar los reportes mensuales relativos a si el mismo se ejecuta según lo establecido en él.
7.7
Hay un plan complementario para el control de los riesgos de higiene industrial, que incluye, entre otras medidas, la rotación de las personas o la disminución de las horas en contacto con el riesgo, para disminuir la exposición.

X



Solicitar el plan de medidas administrativas complementarias.
Estándar: Se formulan las acciones sobre los factores de riesgo ergonómicos detectados en los puestos de trabajo prioritarios ya sea en la fuente o en el medio, y hay mecanismos para garantizar que ellas se realicen.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
7.8
En el texto del PSOE se definen las intervenciones de ergonomía que se deben llevar a cabo en los puestos de trabajo prioritarios.

X



Solicitar el texto del PSOE y verificar lo pertinente.
7.9
Hay normas preventivas escritas sobre ergonomía, relativas a los puestos de trabajo prioritarios.

X



Solicitar el texto del PSOE; en el diagnóstico, los puestos de trabajo prioritarios en cuento a ergonomía y verificar para ellos lo pertinente.
7.10
Los trabajadores conocen las normas preventivas sobre ergonomía.

X



Solicitar los documentos en los que hay evidencia de que los trabajadores de esos puestos conocen las normas
7.11
Hay un procedimiento escrito para verificar si los trabajadores cumplen las normas preventivas de ergonomía.

X



Solicitar el procedimiento establecido para verificar si los trabajadores cumplen tales normas.
7.12
Está escrito el procedimiento para revisar si se intervienen los puestos de trabajo prioritarios con las medidas de ergonomía y si los mecanismos de control son eficaces.

X



Solicitar el procedimiento respectivo y verificar lo pertinente.
7.13
El procedimiento para revisar si se intervienen los puestos de trabajo prioritarios con las medidas de ergonomía, y si los mecanismos de control son eficaces se ejecuta según lo establecido en él.

X



Solicitar el procedimiento respectivo y solicitar los reportes mensuales relativos o si el mismo se ejecuta según lo estableció en él.
Estándar: Se formulas las acciones de seguridad industrial para intervenir los puestos de trabajo prioritarios (con grado de peligrosidad alto y medio) en la fuente o en el medio, y hay mecanismos para garantizar que ellas se realicen.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
7.14
En el PSOE se definen las intervenciones de seguridad industrial que se deben llevar a cabo en los puestos de trabajo prioritarios.

X



Solicitar el texto PSOE y verificar lo pertinente.
7.15
Hay normas preventivas escritas sobre seguridad industrial, relativas a los puestos de trabajo prioritarios.

X



Solicitar el texto del PSOE e identificar en el diagnóstico, los puestos de trabajo prioritarios en cuanto a seguridad industrial y verificar lo pertinente.
7.16
Los trabajadores conocen las normas preventivas sobre seguridad industrial.

X



Solicitar los documentos en los que hay evidencia de que los trabajadores de esos puestos conocen las normas.
7.17
Hay un procedimiento escrito para verificar si los trabajadores cumplen, las normas preventivas de seguridad industrial.

X



Solicitar el procedimiento establecido para verificar si los trabajadores cumplen tales normas.
7.18
Esta escrito el procedimiento para revisar si se intervienen los puestos de trabajo prioritarios con las medidas de seguridad industrial, y si los mecanismos de control son eficaces.

X



Solicitar el procedimiento respectivo y verificar lo pertinente,
7.19
El procedimiento para revisar si se intervienen los puestos de trabajo prioritarios con las medidas de seguridad industrial, y si los mecanismos de control son eficaces se ejecuta según lo establecido en él.

X



Solicitar el procedimiento respectivo y solicitar los reportes mensuales relativos así el mismo se ejecuta según lo establecido en él.
ESTANDAR: Los trabajadores de los puestos que presentan riesgos que requieren, complementariamente elementos de protección personal, (EPP) reciben tales elementos.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
7.20
Están identificados los puestos de trabajo que presentan riesgos y que requieren complementariamente EPP indispensables.

X



Solicitar la relación de los puestos de trabajo que requiere EPP, así como la lista de los elementos apropiados para la labor en estos puestos.
7.21
Hay un procedimiento inscrito para seleccionar los elementos de protección personal que se requiere en la empresa, el cual incluye los criterios técnicos que se deben aplicar para hacer la selección.

X



Solicitar el procedimiento respectivo y verificarlo pertinente.
7.22
A cada trabajador que requiere protección complementaria, se le entregan los EPP y se le reponen cuando ello es necesario, gestión de la que se lleva en registro formal.

X



Solicitar el registro de la entrega y de la reposición de los EPP a los trabajadores de los puestos de trabajo que lo requieren.
7.23
Se capacita a los trabajadores sobre el uso de los EPP.

X



Solicitar los documentos en los que se hace evidente la asistencia a las actividades de capacitación sobre EPP.
7.24
Existe un procedimiento para verificar si los trabajadores usan los EPP y el estado de ellos.

X



Solicitar el procedimiento respectivo.
Estándar: La sede tiene las condiciones sanitarias básicas.
7.25
En la sede hay; suministro permanente de agua, servicios sanitarios y mecanismos para controlar los vectores y para disponer excretas y de basuras.
X




Mediante observación directa, verificar lo pertinente.
7.26
Si la empresa tiene restaurantes y comedores industriales, tiene la licencia sanitaria expedida por la secretaria de salud Municipal o Distrital.
X




Solicitar la Licencia correspondiente vigente si es el caso.
7.27
Hay procedimientos escritos para garantizar que los residuos sólidos, líquidos o gaseosos que se producen, se eliminen de forma que no se ponga en riesgo a los trabajadores o a la comunidad.

X



Solicitar el texto del PSOE y verificar si están escritos los procedimientos respectivos.
7.28
Los procedimientos para garantizar que los residuos sólidos, líquidos o gaseosos que se producen, se eliminen de forma que no se ponga en riesgo a los trabajadores o a la comunidad, se ejecutan según lo dispuesto en ellos.

X



Solicitar los reportes resultantes de los procesos de verificación relativos a si los procedimientos aludidos se ejecutan según lo dispuesto en ellos.
Estándar: La empresa registra, reporta e investiga las enfermedades profesionales y los incidentes y accidentes que ocurren.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
7.29
Hay un procedimiento escrito para reportar, dentro de los dos (2) días siguientes al evento o a la detección, un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.

X



Solicitar el procedimiento respectivo y verificar lo pertinente.
7.30
El reporte del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional que se detectó se hace en el formulario establecido y dentro de los dos (2) días siguientes al evento.

X



Solicitar los reportes de accidentes de trabajo o de enfermedad profesional del último año y, mediante un muestreo aleatorio, verificar por lo menos para cincuenta (50) eventos de cada tipo, o para el total si el número es menor, si el reporte se hizo en el formulario establecido y en el término referido.
7.31
Hay un procedimiento escrito para investigar los incidentes y los accidentes de trabajo. En el caso de los accidentes de trabajo o de las enfermedades profesionales mortales, el procedimiento obliga a que la alta gerencia sea notificada de los resultados de la investigación y asuma la responsabilidad de aplicar las medidas correctivas.

X



Solicitar el procedimiento respectivo y verificar lo pertinente.
7.32
La investigación de los accidentes y de los incidentes incluye el análisis de causalidad (causas inmediatas y causas básicas)

X



Solicitar el reporte de los accidentes de trabajo del último año y, mediante un muestreo aleatorio, verificar por lo menos para cincuenta (50)e eventos, o para el total si el número es menor, si se hizo la investigación y si ella incluyó el análisis de causalidad.
7.33
Hay un procedimiento escrito para determinar, en caso de que se detecte o se diagnostique una enfermedad profesional las causas básicas de ella y la posibilidad de que se presenten nuevos casos.


X



Solicitar el procedimiento respectivo y verificar lo pertinente .
7.34
Como producto de la investigación de los accidentes y de los incidentes, así como de las enfermedades profesionales se plantean acciones preventivas y correctivas específicas y se definen para ellas los responsables, los recursos y el cronograma respectivo.

X



Solicitar el reporte de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales del último año y. mediante un muestreo aleatorio, verificar por lo menos para cincuenta (50) eventos de cada tipo, o para el total si el número es menor, si se plantearon las acciones y si se definió lo pertinente a responsables, recursos y cronograma
7.35
Hay un procedimiento escrito para verificar si se ejecutan las acciones preventivas y correctivas que se plantean como resultado de la investigación de los accidentes y de los incidentes y de las enfermedades profesionales.

X



Solicitar el procedimiento respectivo.
7.36
Hay un registro estadístico de los incidentes y de los accidentes, así como de las enfermedades profesionales que ocurren y se analizan y difunden las conclusiones derivadas del estudio del mismo.

X



Solicitar el registro estadístico actualizado al mes anterior al de la visita, así como el documento que contiene las conclusiones correspondientes, y verificar, en los documentos respectivos, si las conclusiones se hacen conocer de los involucrados.
7.37
EL COPASO, o el vigía, evalúan los reportes de los accidentes y de las enfermedades, así como los resultados de las investigaciones y verifica si se ejecutan las acciones planteadas.

X



Solicitar las actas de las reuniones de los últimos seis (6) meses del COPASO, o los reportes del vigía para igual período y verificar si se hace el seguimiento pertinente.
Estándar: La empresa tiene y ejecuta un plan de inspecciones de seguridad industrial.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
7.38
Hay un plan escrito de inspecciones de seguridad industrial, que incluye la aplicación de listas de chequeo y la participación del COPASO en ellas.

X



Solicitar el texto del PSOE y verificar lo pertinente respectivo del plan de inspecciones.
7.39
Hay un registro de las inspecciones realizadas y de los resultados de las mismas

X



Solicitar el plan de inspecciones y, para las últimas tres (3), verificar si están reportados los resultados de cada una.
7.40
Hay un procedimiento para verificar si se ejecutan las acciones preventivas y correctivas que se plantearon luego de las inspecciones de seguridad.

X



Solicitar el procedimiento respectivo
Estándar: Hay y se ejecuta un plan para el mantenimiento de las instalaciones, de los equipos y de las herramientas de la empresa.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
7.41
Hay un plan de mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones, de los equipos y de las herramientas.



X

Solicitar el plan respectivo.
7.42
Hay procedimientos detallados para analizar operaciones de mantenimiento, en áreas o en máquinas críticas.

X



Solicitar el listado de áreas o máquinas críticas y verificar la existencia de planes de mantenimiento específicos.
7.43
El procedimiento para realizar operaciones de mantenimiento en máquina o áreas críticas incluye instalar sistemas de bloqueo o etiquetas.

X



Solicitar el procedimiento y verificar lo pertinente.

DESARROLLO DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL (PROCESO)
(Convenciones: C- cumple; NC- no cumple; NA- no aplica; NV- no se verificó)


Estándar: A todos los trabajadores se les practican los exámenes médicos ocupacionales, según los requisitos vigentes.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
7.44
Están definidas las actividades de medicina del trabajo que se deben llevar a cabo según las prioridades que se identifiquen en el diagnostico de condiciones de salud.

X



Solicitar el texto de PSOE y verificar lo pertinente.
7.45
Están escritas las pautas, según el perfil de riesgo del puesto de trabajo, para practicar exámenes médicos de ingreso, periódicos y de retiro; ellas incluyen la obligación del médico de notificar al trabajador los resultados del examen.

X



Solicitar el texto de PSOE y verificar lo pertinente para cada tipo de examen.

7.46
Está diseñado el plan de pruebas específicas (indicadores biológicos), según los riesgos de cada puesto de trabajo, que se deben practicar al trabajador durante los exámenes ocupacionales.

X



Solicitar el texto de PSOE y verificar lo pertinente.
7.47
Hay una pauta para definir la frecuencia de los exámenes periódicos según el comportamiento del factor de riesgo, las condiciones de trabajo, el estado de salud del trabajador, las recomendaciones de los sistemas de vigilancia epidemiológica y la legislación vigente.

X



Solicitar el texto de PSOE y verificar lo pertinente.
7.48
Un médico con formación en medicina del trabajo, en salud ocupacional o en administración de salud ocupacional y con licencia en salud ocupacional, realiza el examen médico ocupacional. En los sitios del país donde no hay médicos con este perfil, uno con registro profesional vigente y que conoce los criterios del PSOE para practicar exámenes médicos ocupacionales, podrá realizarlos.

X



Solicitar el registro de los exámenes realizados el último año y, mediante un muestreo aleatorio, identificar por lo menos para cincuenta (50) casos, o para el total si el número es menor, el o los médicos que los realizaron, luego verificar, en la hoja de vida si el médico cumple los requisitos.
7.49
Hay una norma que establece que la historia clínica de los trabajadores está bajo la custodia exclusiva del médico que practica los exámenes ocupacionales, o del médico de la empresa y que salvo razones contempladas en la ley, por ningún motivo se puede violar la confidencialidad de ella

X



Solicitar el texto de PSOE y verificar lo pertinente.
7.50
Si el diagnóstico así lo determina, hay un plan de inmunización para los trabajadores que se cumple según lo programado.

X



Solicitar el diagnóstico y verificar si hay riesgos biológicos que requieran un plan de inmunizaciones, si los hay, solicitar el plan de inmunización así como los registros que muestren si él se cumple.
7.51
Hay un procedimiento escrito para realizar la reubicación del trabajador, en caso de que no sea posible adecuar el puesto de trabajo a su condición.

X



Solicitar el texto de PSOE y verificar lo pertinente.
7.52
Hay un procedimiento escrito para coordinar con la EPS, con la ARP y con el equipo de rehabilitación profesional, el reintegro precoz del trabajador con discapacidad.

X



Solicitar el texto de PSOE y verificar lo pertinente.
Estándar: Se formulan las acciones sobre los factores de riesgo psicosociales detectados en los puestos de trabajo prioritarios, y hay mecanismos para garantizar que ellas se realicen.
7.53
En el texto de PSOE se definen las intervenciones de sicología ocupacional que se deben llevar a cabo en los puestos de trabajo prioritarios.

X



Solicitar el texto de PSOE y verificar lo pertinente.
7.54
Hay normas preventivas escritas sobre riesgos psicosociales y manejo del estrés laboral.

X



Solicitar el texto de PSOE y verificar lo pertinente.





Estándar: la empresa tiene un mecanismo básico para hacer el seguimiento del comportamiento de la salud de los trabajadores frente a los riesgos prioritarios.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
7.55
La empresa tiene un mecanismo básico para recolectar y analizar la información relativa al comportamiento de la salud de los trabajadores frente a los riesgos prioritarios y a las condiciones de salud de ellos.

X



Solicitar información respecto del cual es el mecanismo establecido y hacer la verificación correspondiente.
7.56
Los reportes producto de la información del análisis al que se refiere el criterio anterior, se hacen llegar a los niveles competentes de la empresa y a la ARP

X



Solicitar los reportes referidos de los dos (2) últimos semestres y verificar si fueron entregados a la gerencia, al COPASO, o al vigía y a la ARP.
7.57
Hay un procedimiento definido para verificar si se ejecutan las acciones que surgen del estudio de los reportes del seguimiento de la salud de los trabajadores.

X



Solicitar el procedimiento respectivo.
7.58
EL COPASO, o el vigía verifican si se cumplen las acciones que se derivan de los reportes del seguimiento de la salud de los trabajadores.

X



Solicitar las actas de la reuniones del COPASO, o los reportes de la gestión del vigía, de los últimos seis (6) meses y verificar lo pertinente.
7.59
Hay un programa para promover, entre los trabajadores, estilos de vida saludable; en el programa se estipulan los mecanismos para solicitar a las EPS la participación en la ejecución de ellos.

X



Solicitar el programa respectivo y verificar lo pertinente.
Estándar: la empresa tiene y desarrolla un plan de emergencias.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
7.60
Están identificados y evaluados los puntos vulnerables de la empresa Y análisis de vulnerabilidad)

X



Solicitar el documento que contiene la identificación y la evaluación de lo pertinente.
7.61
Hay un plan de emergencia s que incluye los procesos, los simulacros y los recursos necesarios para manejar los riesgos que se identificaron en el análisis de vulnerabilidad, así como los procedimientos generales en caso de accidentes.

X



Solicitar el plan y verificar si, para los puntos vulnerables y para los accidente, están formulados los procesos y los recursos necesarios.
7.62
Hay brigadas de emergencia organizadas según las necesidades y el tamaño de la empresa (primeros auxilios, contra incendios, evacuación).

X



Solicitar la lista de las brigadas existentes y los nombres de los integrantes de ellas.
7.63
Los integrantes de las brigadas reciben la capacitación necesaria para desempeñar su tarea.

X



Solicitar los documentos en los que se demuestra que las personas de las brigadas reciben capacitación por lo menos una (1) vez al año.
7.64
Las personas de la organización conocen el plan de emergencia y de evaluación.

X



Solicitar los documentos en los que se registro la asistencia de los trabajadores a la reunión en la que se entregó el plan.
7.65
El plan de emergencia incluye planos de las instalaciones que identifican áreas y salidas de emergencia así como la señalización debida.

X



Solicitar el Plan de emergencia y verificar lo pertinente.
7.66
Hay un programa de mantenimiento periódico de los equipos de detección y control de incendios, y el mismo se cumple según lo planteado.

X



Solicitar el programa correspondiente y como una muestra, verificar la vigencia de la carga de los extintores.
7.67
Los recursos del plan de emergencias están disponibles para todas las jornadas.

X



Solicitar la lista de distribución de los recursos y verificar lo pertinente.
Estándar: La empresa diseña y ejecuta un Plan de Capacitación que incluye la inducción, el entrenamiento y la comunicación del riesgo.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
7.68
Hay un plan de capacitación general escrito, que se basa en los riesgos prioritarios.


X



Solicitar la lista de los riesgos prioritarios y el plan de capacitación y verificar si el plan incluye los riesgos prioritarios.
7.69
Todos los trabajadores reciben inducción o reinducción, según el caso, sobre el PSOE y sobre los riesgos inherentes a su puesto de trabajo, así como los efectos de ellos y la forma de controlarlos.

X



Solicitar la lista de los trabajadores y verificar, mediante los documentos en los que conste la asistencia a estas actividades de capacitación, si recibieron la inducción o la reinducción pertinente.
7.70
Se evalúa de forma trimestral, si se cumplen las actividades del plan de capacitación, y si con ellas se alcanza la cobertura definida.

X



Solicitar el plan de capacitación, y por lo menos, los dos (2) últimos reportes de la ejecución del plan.
Estándar: La empresa tiene definidos principios, procedimientos y prácticas para el cumplimiento de las políticas de responsabilidad social empresarial.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
7.71
La empresa no vincula apersonas con menos de diez y ocho (18) años de edad.
X




Solicitar la lista de trabajadores, confrontar en las hojas de vida de una muestra d por lo menos el cincuenta (50) por ciento, las edades. En ningún caso, deberán existir personas con menos de 18 años de edad.
7.72
La empresa tiene definidas pautas para la vinculación de trabajadores en las cuales se exija la no discriminación a las personas que ingresan.
X






RESULTADOS
SEGUIMIENTO A LA GESTION
Estándar: La empresa mide, mediante indicadores específicos, la gestión y los resultados del PSOE.
COD
CRITERIO
C
NC
NA
NV
OBSERVACIONES
MODO DE VERIFICACION
8.1
La empresa mide la progresión de la cobertura con sistemas de control, de los puestos de trabajo con alto riesgo.

X



Solicitar los resultados de la medición del indicador para los dos (2) últimos periodos.
8.2
La empresa mide la progresión de la cobertura, con sistemas de control, de los trabajadores expuestos a alto riesgo.

X



Solicitar los resultados de la medición del indicador para los dos (últimos periodos
8.3
La empresa mide la frecuencia de los accidentes

X



Solicitar los resultados de la medición para los tres (3) últimos meses.
8.4
La empresa mide la severidad de los accidentes

X



Solicitar los resultados de la medición para los últimos tres (3) meses.
8.5
La empresa mide la letalidad por accidentes de trabajo

X



Solicitar los resultados de la medición del indicador para los últimos tres (3) periodos.
8.6
La empresa mide el índice de lesiones incapacitantes ( ILI)

X



Solicitar los resultados de la medición para los tres (3) últimos periodos.
8.7
La empresa mide a incidencia de enfermedad profesional.

X



Solicitar los resultados de la medición para los dos (2) últimos periodos.
8.8
La empresa mide la prevalencia de enfermedad profesional

X



Solicitar los resultados de la medición para los dos (2) últimos periodos.
8.9
La empresa mide la incidencia de enfermedad general.

X



Solicitar los resultados de la medición para los dos (2) últimos periodos.
8.10
La empresa mide la prevalencia de enfermedad general.

X



Solicitar los resultados de la medición para los dos (2) últimos periodos.
8.11
La empresa mide el ausentismo general

X



Solicitar los resultados de la medición para los tres (3) últimos periodos.
8.12
La empresa evalúa la calidad de la asistencia técnica que le presta la ARP y difunde sus resultados.

X



Solicitar los resultados de la evaluación para los tres (3) últimos periodos.
(Convenciones: C – cumple; NC- no cumple; NA- no aplica; NV- no se verificó)


















Lihat lebih banyak...

Comentários

Copyright © 2017 DADOSPDF Inc.