Revista TEMA\'S Nro. 29

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TEMA’S Revista Digital de Criminología y Seguridad Marzo de 2015

DESTACADOS El impacto de la práctica del Kick Boxing en la rehabilitación de la delincuencia juvenil. Seis ideas en torno a la toma de muestra en la legislación mexicana. Sociedades violentas: Influencia de los medios de comunicación. Valoración de la viabilidad del ADN con el marcador genético amelogenina (sexo biológico) amplificado de muestras sanguíneas sometidas a degradación por detergentes químicos. ADEMÁS NOTICIAS UNIVERSITARIAS TEMA’S DE ACTUALIDAD

GENETICA FORENSE HÉCTOR JAVIER HERNÁNDEZ VÁZQUEZ ADN EN MUESTRAS SANGUINEAS DEGRADADAS POR DETERGENTE

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Año IV Nro. 29 ISSN 2314-1166

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Revista TEMA’S Año IV - Número 29 — Marzo de 2015

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TEMA’S permite la reproducción total o parcial de su contenido siempre que se cite la fuente y que no se haga con fines comerciales. Tampoco se puede utilizar la obra original con fines comerciales. Revista TEMA’S es una publicación gratuita de Watson Consultores.

STAFF Director Editorial: Lic. Osvaldo A. Cuello Videla. Comité Editorial: Lic. Osvaldo A. Cuello Videla. Lic. José Escudero Gordillo. Lic. Carlos Daniel Puiggrós. Lic. Sandra C. Flores. Comité Académico: Dr. Alberto Montbrun. Mag. Daniel Venturini. Mag. Marcelo Fuentes Pérez. Dra. Susana P. García Roversi. Dra. Patricia Andrea Taus. Dr. José Luis Alba Robles. Dr. Wael Sarwat Hikal C. Lic. Juan A. Carreras Espallardo. Dr. Juan José Martínez Bolaños. Lic. Mario E. Murrieta. Dr. Agustín Salgado García. Dr. Juan A. Maruri Jiménez

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EDITORIAL

Osvaldo A. Cuello Videla Director Editorial

Parece que 2015 es un año muy prometedor para nuestro Comité Académico y no podemos menos que compartir con Uds. nuestra satisfacción de contar con tan prestigiosos y prolíficos profesionales. Por un lado los Dres. Wael S. Hikal y Juan José Martinez Bolañoz ya tienen todo organizado para el II Congreso Internacional de Criminologías Específicas que se llevará a cabo del 14 al 16 de Octubre en el D.F. de México, al cual con mucho gusto he aceptado la invitación para participar con una ponencia. Además es un año de estrenos, fruto (sin ninguna duda) del esfuerzo arduo e intensivo de nuestros amigos: La Dra. Susana García Roversi ya publicó su segundo tomo de la Colección “Sin Piedad” sobre Asesinos Múltiples 2: Asesinos Seriales, en una obra sin precedentes, del que tengo el gusto de poder disfrutar de uno de sus primeros ejemplares autografíado: “Gracias Susana”. Además Juan Antonio Carreras Espallardo nos sorprendió con una nueva entrega con su libro “Más allá de las cien verdades”, que esperamos sea tan revelador como el primero; y esperamos con ansias la segunda parte de “Aspectos Criminológicos en Materia de Seguridad Vial” del cual también he participado con mucho entusiasmo. Obra que tan profesionalmente coordina nuestro amigo. Desde los Estados Unidos la Dra. Patricia Andrea Taus en una tarea magnífica ha reunido jurisprudencia y normas para entregarnos un diagnóstico mundial de la violencia que sufre la comunidad LGTB, en su libro “La Violencia Ecuménica desde una perspectiva de género” que ha sido editado simultáneamente en inglés y español. Que menos podemos hacer que felicitar los éxitos bien merecidos de los miembros de nuestro Comité Académico y bregar para que el trabajo intelectual que desarrollan siga contribuyendo al conocimiento de las Ciencias Forenses. Lic. Osvaldo A. Cuello Videla Director Editorial

“La lectura de un buen libro es un diálogo incesante en que el libro habla y el alma contesta” André Maurois (1885 -1967) Novelista francés 4

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Revista Digital de Criminología y Seguridad TEMA’S Febrero de 2015

CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD Criminología

08 El impacto en la práctica del Kick Boxing en la rehabilitación de la delincuencia juvenil.

SUMARIO NRO. 29

68 Sociedades Violentas: Influencia de los medios de comunicación.

Genética Forense

80 Valoración de la viabilidad del ADN con el marcador genético amelogenina (sexo biológico) amplificado de muestras sanguíneas sometidas a degradación por detergentes químicos.

Derecho

36 Seis ideas en torno a la toma de muestra en la legislación mexicana.

Secciones

26 Eventos y Novedades. 58 Temas de Actualidad. 76 Noticias Universitarias.

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EL IMPACTO DE LA PRÁCTICA DEL KICK BOXING EN LA REHABILITACIÓN DE LA DELINCUENCIA JUVENIL JOSÉ LUIS ALBA ROBLES SANTIAGO BANGO PÉREZ (España)

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Santiago Bango Pérez es Oficial de Policía en León (España) y varias veces campeón mundial de Kick Boxing. Es licenciado en Criminología y presidente de la Asociación Bricpol para la defensa policial.

José Luis Alba Robles es profesor de la universidad de Valencia (España) y de varias universidades extranjeras como profesor invitado. Doctor en psicología y criminólogo. Su trayectoria de investigación se ha centrado esencialmente en la readaptación de los delincuentes juveniles. Ha realizado varios másteres en psicología clínica en centros asociados al Instituto de Terapia Racional Emotiva de Albert Ellis. Es autor de “Psicología Jurídica en investigación criminal”, “La violencia de género: prevención física y educativa”. “Manual de intervención educativa en readaptación social” junto con otros autores. Es un prestigioso conferencista internacional y ha sido asesor de varios gobiernos autonómicos y extranjeros donde se preocupó por dignificar las cárceles en Sudamérica. Una publicación de WATSON CONSULTORES

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distintos, y lo oculto había que contrastarlo; comenzó así la reconversión de este tipo de prácticas en actividades deportivas.

INTRODUCCIÓN

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as artes marciales tradicionales se caracterizan por ser disciplinas con una amplia historia plagada de leyendas próximas al ocultismo. Por esta razón, éstas han sido trasmitidas a lo largo de su historia como técnicas mortales, de manera que la persona que las dominase sería capaz de convertirse en un arma indestructible. En este sentido, la cautela y el secretismo, han presidido tanto su enseñanza como su conocimiento. Durante cientos de años, el tratamiento oriental de las artes marciales fue mediante la política ocultista antes citada. Con su llegada a occidente, la filosofía siguió siendo la misma en principio, pero la mentalidad de occidente y sus practicantes eran muy

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En un principio, cada disciplina tenía sus normas independientes. No fue hasta más adelante cuando los ganadores de las distintas artes, comenzaron a sentirse superiores a los campeones de otras disciplinas. Se crearon, por tanto, unas competiciones abiertas, “the open”, entre las diferentes modalidades. Así, se establecieron unas normas y reglas comunes para todos los competidores, independientemente del arte marcial del que proviniera, pretendiendo dejar zanjada esta cuestión. Pero de nuevo surgieron dudas, al carecer dichas competiciones de contacto pleno. Sus normas no evolucionaron y han permanecido inalterables hasta la actualidad: sólo era necesario marcar los golpes, ya que en su concepción oriental de artes mortales, se esperaba que si se golpeaba a un oponente se le podría causar la más cruel de las muertes. Así las cosas, no era difícil encontrarnos con que si un competidor golpeaba a otro en la cara, éste era descalificado, y el ganador era el competidor que se encontraba conmocionado en el suelo. Así pues, no fue hasta los años 70, en los Estados Unidos, cuando algunos de los competidores y campeones del mundo de las modalidades tradicionales decidieron establecer otras normas que permitieran el pleno contacto. De esta forma se pondría fin a las dudas que hasta estos momentos suscitaban las normas anteriores. Estas nuevas normas se concretaron en

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la creación de una modalidad denominada Full-Contact, al que llegaron competidores de todas las artes marciales, incluso del boxeo inglés. De la metodología de esta nueva disciplina junto con las reglas del boxeo tailandés, aparece el Kick boxing, siendo Holanda y Francia (esta última por su tradición del “sabat” o también llamado boxeo francés) las dos naciones europeas mas implicadas en desarrollo y propagación del mismo. Una vez llegados a este punto, hemos de señalar que el término genérico de Kick Boxing engloba un amplio conjunto de diferentes disciplinas como el Full contact, el Light contact, el Semi-contact, el Kick boxing oriental y el Kick boxing occidental. Además, las distintas federaciones, asociaciones, e incluso regiones o países pueden proponer en ocasiones distintas denominaciones.

Así pues, el Kick Boxing actual tiene poca o nula relación con las tradicionales artes milenarias; éste fue creado en occidente, con dicha mentalidad y lejos de la filosofía tradicional oriental. Por tanto, para su correcto aprendizaje, las variables más relevantes son la repetición insistente y metódica de las limitadas técnicas que existen, así como sus combinaciones. Nos aseguramos así una mejora en la coordinación, potencia, velocidad, la ejecución y la mejora de la preparación física. En definitiva, se trata de una combinación de técnicas de uso habitual extraídas de las diferentes modalidades señaladas más arriba. La parte marcial que aún existe es residual y de carácter protocolario, ya que está relacionada con la disciplina, el saludo, la vestimenta, la existencia de cinturones de grado para distinguir el nivel de conocimiento técnico, etcétera, cuestiones no siempre normalizadas y acogidas por to-

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dos los entrenadores en la misma medida. Así, el elemento diferencial viene marcado por el concepto y orientación final de la competición, bien como defensa personal, bien como actividad deportiva, si bien, lo ideal sería la existencia de un equilibrio entre ambos aspectos, lo que nos permitiría poder conservar parte de la filosofía marcial tradicional en lo concerniente a su expresión estética. 1. KICK BOXIN, AGRESIVIDAD Y DELINCUENCIA. Hemos de señalar que determinados deportes o artes marciales refuerzan la creencia popular de que socialmente son actividades que incitan a sus participantes a la agresividad y a la violencia. La inmensa mayoría de la población, cuando oye que un boxeador, un practicante de kick boxing, o de “vale tudo”, son porteros de una discoteca o que están frecuentemente involucrados en peleas, disturbios o reyertas callejeras, lo consideran un hecho normal debido a la creencia popular sobre la relación entre estas artes y determinados jóvenes con predisposiciones a la delincuencia violenta. Este tipo de creencias contribuyen a un mayor ensalzamiento de los comentarios gratuitos sobre dichas desviaciones desde los medios de comunicación. Por citar algunos ejemplos, presentamos algunas noticias extraídas de Internet, de los medios de comunicación que contribuyen a este fenómeno de desprestigio: Un confidente del 11-M informaba a una unidad dirigida por un hombre de Vera. Rafá Zhueir, detenido por intermediar en la compra de los explosivos, sostiene en una carta enviada al Rey y a

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Zapatero que colaboraba con la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil - Al frente de la misma figura el coronel Félix Hernando, que siendo comandante realizó tres viajes a Ginebra para entregar maletines con 50 millones de pesetas a las esposas de José Amedo y Michel Domínguez (…)Zhueir, que se declara amante de la noche y confiesa que bebía alcohol y consumía drogas, había practicado y participado en campeonatos de kick-boxing… (Periódico El mundo, 3 de Enero de 2004). En otro artículo aparecido en El Pais, 2 de Mayo de 2005 podemos leer: El filo de la navaja brilla más que nunca en los parques, plazas y patios de colegio de las ciudades españolas. Los guetos se dibujan a pie de árbol, a la hora del recreo y sobre los bancos de las calles de cualquier barrio periférico, convertidos ya en el sumidero donde se agolpa la mayoría de la población inmigrante recién llegada a nuestro país. Uno de estos bancos, en la calle Villafuerte del barrio madrileño de Villaverde -150.000 habitantes, con un 15% de extranjeros- se ha convertido ahora en un santuario lleno de velas rojas, flores y mensajes de despedida. Un lugar de peregrinación para recordar que Manu, de 17 años, fue apuñalado y muerto ahí mismo, el pasado lunes, tras pelearse con otro joven dominicano. El muerto usaba sus miembros como armas -practicaba el kick-boxing- su asesino, prefería la navaja. Y aunque el resultado ya lo sabemos todos, la brecha entre inmigrantes y nativos, además de profunda, está ahora manchada de sangre.

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Periódico El Sur, Acapulco, 25 De Abril De 2005: Lucero Jiménez Roldán, empleada de la Dirección de Salud, denunció que fue agredida por Miriam Cruz López, trabajadora de la misma dependencia, porque el director Henry Durán Dangond desea que abandone el cargo, debido a que ella se opone a las irregularidades que se cometen en ese lugar. Con algunos golpes y rasguños visibles en un brazo y el pecho, Jiménez Roldán se presentó la mañana del domingo en conferencia de prensa en el café Astoria, para denunciar que dentro de la Dirección de Salud se da maltrato a los trabajadores, se hacen fiestas y se niegan brigadas médicas a las colonias. Lucero Jiménez contó que el jueves, entre las 4 y las 4 y media de la tarde llegó a su oficina la salvaje Miriam Cruz López, quien dijo practicar una disciplina deportiva llamada kick boxing y me dio una paliza muy fea. Informó que ya presentó una denuncia

por la agresión en el Ministerio Público (MP), y que espera ser atendida este lunes por el alcalde Alberto López Rosas. Tras la lectura de estos artículos, es comprensible que uno considere que la práctica del Kick Boxing esté fuertemente vinculada a la violencia y un uso frecuente por parte de las mafias y la corrupción. Sin embargo, a pesar de esta opinión tan extendida sobre la relación violencia-Kick Boxing, nuestro objetivo es demostrar una idea totalmente contraria , esto es, que la práctica del Kick Boxing ofrece enormes posibilidades en socialización de aquellos sujetos violentos que se sienten atraídos por este deporte. Para entender nuestra postura es preciso realizar un análisis de las características de esta actividad deportiva. Se trata de un deporte de combate que se realiza entre dos contendientes que luchan en un “ring”. Los golpes pueden efectuarse, o bien con los pies, o bien con los puños recubiertos con guantes similares a los que utilizan los competidores de boxeo inglés (Casado, 1984). Pero el Kick Boxing es más que un deporte. Tiene un origen oriental, lo que le confiere unas normas de disciplina concreta y estricta, ausente en otros deportes de origen occidental. En este sentido, el reglamento normativo nos especifica la prohibiciones, las categorías de pesos y los elementos como la vestimenta, las protecciones, etcétera, que debe

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usar el competidor (Albuixech, 1992). Una lectura atenta de este reglamento nos señala que tanto en la competición como en la práctica diaria de entrenamiento, este deporte posee un fondo muy distinto del que se puede percibir desde su desconocimiento. Como toda actividad cotidiana, al realizarla en grupo, se crean unos vínculos afectivos de pertenencia y de utilidad entre sus practicantes, necesidades que suelen cubrir los jóvenes delincuentes mediante el uso de conductas delictivas. Es cierto que se trata de un deporte con un carácter agresivo, pero posee un componente de control que inhibe la externalización de la agresión interpersonal (Farrington y Welsh, 2007).

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deportivo desde donde plateamos su educación o reeducación. Algunos de los beneficios observados a lo largo del camino dentro de este contexto normativo y educador del Kick Boxing encontramos los siguientes:

• En primer lugar, estos jóvenes aprenden a cumplir unos horarios, a vestir de una forma adecuada en los entrenamientos, a compartir el distinto material que se utiliza en común, a respetar al maestro y a los compañeros, etcétera.

• En segundo lugar, su condición de arte

Así pues, existe un amplio porcentaje de adolescentes y jóvenes que bien por provenir de barrios conflictivos, o por estar comprendidos en ese espacio de "edad rebelde", son más agresivos o al menos presentan unas conductas un tanto agresivas, pudiendo convertirse en violentos. Nuestra tesis de la socialización del Kick Boxing arranca de nuestra experiencia de muchos años de entrenamiento con jóvenes y adultos delincuentes (Bango, 2010). Los jóvenes, una vez implicados en la práctica de este arte marcial, y siempre que se encauce por profesionales "no agresivos", consiguen rehabilitarse en muchos casos, ya que este deporte ejerce un papel de protección, de inoculación frente a otros factores de riesgo más difíciles de manejar por la comunidad (Alba, 2004).

marcial resulta atractiva tanto para individuos integrados socialmente como para los más desadaptados. No es infrecuente que la practique cualquier persona de clase media o incluso media alta; no es inusual por ejemplo, encontrarnos en una misma clase o sesión de entrenamiento a un empresario, un estudiante universitario, o a un joven "marginal", acatando unas mismas normas y compartiendo el mismo espacio. ¿No es raro encontrarnos esta situación en cualquier otro escenario? Esta posibilidad de compartir una actividad junto con individuos prosociales permite que el joven se aísle, sin proponérselo, de su entorno antisocial, posibilitando la práctica de habilidades prosociales con sus iguales, un aspecto que de otra manera sería muy difícil conseguir en su contexto familiar o personal (Alba y López-Latorre, 2006).

Y es que esta actividad, a pesar de ser un deporte de golpes, obedece en su despliegue y puesta en práctica a una normativa tanto marcial como interdisciplinar: la agresividad que refiere está sujeta a la norma, y con frecuencia estos jóvenes han experimentado pocas o nulas exposiciones a la norma. Sería desde este contexto normativo-

Por tanto, siempre que el maestro o entrenador sea capaz de inculcar disciplina con mucha disposición y no convierta sus clases en “escuela de matones”, extrayendo más agresividad de la que se precise para la correcta práctica de este deporte, consideramos que el Kick Boxing puede contribuir al desarrollo evolutivo adecua-

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do del joven. No obstante, es muy habitual encontrarnos con este tipo de "profesionales", carentes de una metodología clara, cuya única finalidad es convertir a estos jóvenes en armas incontrolables. Por esta razón, la actitud del profesional y su habilidad para manejar al grupo constituye el factor de más éxito en este tipo de actividades deportivas. Esta aseveración está en consonancia con la investigación más moderna sobre los factores primarios de éxito en cualquier programa dirigido a jóvenes delincuentes (Becedóniz y Rodríguez, 2004).Siempre que se eduque en equilibrio y seamos capaces de manejar la agresividad deportiva con obediencia y control, estaremos transformando a un peleador callejero en un competidor.

• En tercer lugar, nos centraremos en los roles que desempeña cada persona en el grupo. El joven que empieza la práctica del Kick Boxing y decide competir, ya está aceptando las normas y al árbitro (figura de autoridad) que representa el reglamento deportivo. Además, este joven va a participar en competiciones regionales, nacionales e incluso internacionales si empieza a destacar. Ya no será el “broncas” en la discoteca, en los bares, sino el que agrada a sus seguidores, los "colegas del barrio", y poco a poco, su rol es reforzado prosocialmente y va ascendiendo, con grandes posibilidades de consolidación de un comportamiento prosocial , además de convertirse en referencia para su entorno antisocial de pares.

• Además, durante el tiempo de práctica, que puede prolongarse varios años, existe la oportunidad de hacer un seguimiento de la reincidencia del deportista. Dado que son muchas las horas que pasamos con estas personas, creándose fuertes

vínculos de confianza entre entrenador y practicante, la modificación cognitiva del delincuente se logrará si somos capaces de inculcar ciertos valores y habilidades de vida no apreciados ni analizados por estas personas, consiguiendo una mayor ajuste personal y social de estos sujetos (Giménez y Alba, 2014). Esta es una idea que proponemos a cualquier persona interesada en trabajar con jóvenes delincuentes: si conseguimos incorporar programas de carácter sociocognitivo, que impacten en la cognición del delincuente, mediante la motivación que supone una actividad como el Kick Boxing, seremos capaces de producir un mayor nivel de éxito en el ajuste social de estos jóvenes (Alba, Garrido y López-latorre, 2005). En el siguiente apartado haremos un repaso de aquellos hallazgos que la evidencia empírica señala como más eficaces para la prevención de la delincuencia. Nuestro propósito es demostrar que la incorporación de estos factores de éxito sean alcanzables dentro del contexto deportivo del Kick Boxing. Sólo de esta forma podremos eliminar las nefastas creencias populares que revisten a la práctica de este deporte. 2. LOS FUNDAMENTOS DE LA INVESTIGACIÓN EN LA PREVENCIÓN DE LA DELINCUENCIA Suele haber mucha incomprensión cuando se habla de la prevención de la delincuencia, por ejemplo, cuando a ésta se le quiere oponer el castigo, significando que “prevenir” ha de suponer aplicar medidas “blandas” (asistenciales, educativas), mientras que “castigar” invoca la ejecución del veredicto, la imposición del rigor de la ley. Ahora bien, en contra de esta opinión extendida, urge decir que tan medida preventiva

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puede ser el castigo como un programa de alfabetización, como la práctica del Kick Boxing, ya que lo que define la prevención del delito no son las intenciones del programa en cuestión, sino los resultados. Y estas consecuencias se miden en términos de número de delitos o bien de número de delincuentes, aunque también puede hablarse de “dolor prevenido” (en las víctimas potenciales) o de dinero ahorrado a los contribuyentes. En un libro que el prestigioso criminólogo Lawrence Sherman escribió a propósito de un informe sobre las medidas eficaces para la prevención del delito elevado al Congreso de los Estados Unidos, se destacaba la necesidad de asumir una definición científica de la prevención del delito que entendiera que, al margen de debates ideológicos, se debía investigar cualquier medida o

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estrategia que, dentro de una sociedad democrática, sirviera para reducir la cantidad de crimen o de criminales existente en una sociedad. Y sobre esta filosofía de los resultados, se puede construir toda una literatura de investigación que dilucide los aspectos relevantes de esa reducción del delito, de tal modo que los diferentes programas estudiados pudieran ser comparados con respecto a cuestiones como duración (del efecto preventivo) e intensidad (del efecto logrado), así como en cuanto a su “rentabilidad” (análisis costo/beneficios) (1997). Por consiguiente y si nos centramos en lo relativo a la metodología de intervención con menores antisociales, la literatura científica más reciente ha venido señalando en los últimos años que el estudio y la evaluación de la conducta delictiva debe reali-

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zarse desde principios y modelos de la psicología de la personalidad y de la psicología social que explican la conducta delictiva (Andrews y Bonta, 2006; Andrews, Bonta y Hoge, 1990) ya que constituyen el marco teórico más consensuado entre los diferentes profesionales para establecer los objetivos de la reinserción en cualquier programa educativo individualizado. El modelo de Andrews y Bonta (2006) destaca dos parámetros esenciales que definen una buena práctica en el trabajo con jóvenes delincuentes. Aquí nos centraremos exclusivamente en el primero. Así, el modelo señala que las causas que llevan a delinquir a un joven constituyen una compleja red de interacciones entre diferentes circunstancias que rodean al adolescente. Estas son las siguientes:

• El desarrollo evolutivo del joven • Las características de su situación familiar

• Sus atributos personales, conductuales y cognitivos

• Su experiencia educacional y laboral • La asociación con grupos de pares antisociales

• Sus creencias y actitudes, particularmente aquellas que se dirigen hacia sus actos antisociales. Esta primera aseveración es consistente con numerosas teorías modernas sobre la actividad criminal (Catalano y Hawkins, 1996; Elliot, Huizinga y Ageton, 1985; LeBlanc, Ouimet y Tremblay, 1998; y Loeber y Hay, 1994). Estas teorías presentan también un alto apoyo empírico en el trabajo de autores como Andrews, Hoge, y Leschied

(1992), Hawkins, Catalano y Miller (1992), Henggeler (1991), y Lipsey y Derzon (1998). Un segundo supuesto del modelo es que la intervención con jóvenes de alto riesgo puede ser efectiva para reducir la actividad antisocial futura. Con todo, para que esto ocurra deben cumplirse determinadas condiciones. Así, las intervenciones deben tener como objetivo neutralizar las necesidades criminógenas del sujeto que están propiciando que éste se implique en la comisión de los delitos. Cada vez hay más evidencia empírica que hace concluir que proponer objetivos apropiados y realizar un plan de actuación orientado a lograr dichos objetivos puede ser efectivo a la hora de reducir la actividad delictiva de los delincuentes juveniles (por ejemplo, Lipsey y Wilson, 1998). Esta necesidad de reducir necesidades criminógenas, en nuestra opinión, pueden alcanzarse mediante la práctica del deporte que presentamos, siempre y cuando se cumplan las condiciones señaladas anteriormente para el entrenador. Además, la atracción que supone el ejercicio de este deporte por parte de sujetos antisociales puede convertirse en un importante elemento motivador de asistencia y participación, algo difícil de conseguir en la mayoría de los programas comunitarios. En consonancia con lo expuesto hasta ahora, podemos derivar algunos elementos que pueden orientarnos a la hora de establecer la eficacia de la tarea educativa dentro de la práctica del Kick Boxing: establecer espacios de tutorías donde se utilicen técnicas de relación o de consejo eficaces que nos ayuden a modificar el pensamiento de los participantes más antisociales. Nos estamos refiriendo a técnicas como la terapia de la realidad (Glasser, 2001) y La Terapia Centrada en las Soluciones (Hudson y

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Davies, 1999). Pensamos que la combinación deporteintervención educativa puede resultar un modelo eficaz para reducir muchas de las necesidades criminógenas que presentan los practicantes en situación de riesgo. 3. LOS ESTILOS DE INTERACCIÓN ENTRE EL ENTRENADOR Y EL PRACTICANTE. Por todo lo expuesto con anterioridad, el entrenador es la clave esencial de nuestro proyecto. Veamos las características esenciales de un entrenador de Kick Boxing eficaz. En primer lugar, se debería seguir conservando el nombre de “maestro”, como es tradicional en las artes marciales, con lo que conlleva dicha denominación: autoridad,

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respeto y sabiduría. El modelado del alumno requiere del un buen maestro capaz de manejar con éxito algunos conceptos claves en el proceso de socialización del alumno. Por consiguiente, el maestro ha de ser una persona íntegra, con una preparación metodológica perfectamente estructurada y definida, acompañada de características personales como empatía, seriedad, disciplina, capacidad para sortear situaciones conflictivas, tolerancia a la frustración, etcétera. Además, y siguiendo en lo esencial a Brent Richardson (2001) presentamos algunas de las características que debe poseer todo entrenador de Kick Boxing que pretenda ejercer una influencia decisiva con los jóvenes y adultos delincuentes. Pero contestémonos previamente a las siguientes cuestiones: ¿Qué es lo que hace qué algunos

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sujetos conecten con los jóvenes delincuentes y otros no?, ¿Qué impide a los demás, por mucho que lo intenten, establecer esa conexión? Siempre hemos pensado que unos de los rasgos más sobresalientes en la buena relación con los chavales era el tener un buen sentido del humor y la habilidad para cambiar y soportar estos cambios. Al principio, considerábamos que esta habilidad era innata, era un don con el que se nacía o no. Tras un exhaustivo trabajo de revisión de diferentes perspectivas teóricas, diversas investigaciones empíricas, y entrevistas con educadores, comenzamos a prestar una mayor atención a aquellos rasgos comunes, actitudes y conductas de los consejeros y otros profesionales de la ayuda que se diferenciaban consistentemente del resto. ¿Qué es lo que los distingue exactamente del resto? Pues bien, cada uno de ellos tendía a firmar sus intervenciones con la rúbrica de uno o más de los siguientes principios pedagógicos: 1. Una relación terapéutica es un ingrediente esencial para facilitar un cambio positivo con jóvenes antisociales. 2. La autoevaluación y autoconciencia del educador o profesional de la ayuda es decisiva en la construcción y mantenimiento de la relación terapéutica. 3. Para ayudar a que los jóvenes lleguen donde quieren ir o donde tú quieres que vayan, es necesario, en primer lugar conocer el lugar en que se encuentran individualmente, evolutiva y culturalmente. 4. Para establecer relaciones maduras es necesario equilibrar la balanza entre el apoyo y el cambio. 5. Los problemas y las soluciones se enmarcan mejor dentro de un estilo creativo y

constructivo de resolución de problemas. 6. Las aproximaciones sistémicas, colaborativas y preventivas resultan más fructíferas que los enfoques aislados y reactivos. Desafortunadamente, no podemos sino lamentar la falta de preparación de los maestros del Kick Boxing. La falta de preparación de los maestros, la obtención del título de entrenador que otorgan las distintas asociaciones o federaciones de manera dudosa y con objetivos contrarios a lo que se espera de un buen maestro, constituyen algunos de los problemas con los que nos encontramos

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en la actualidad. Las federaciones no son conscientes de que bajo la tutela de los entrenadores van a pasar escolares y personas con una personalidad aun sin consolidar, y que su paso por un gimnasio en muchas ocasiones va a ser determinante para su futuro. Creemos que nadie discutirá el hecho de que una persona que alcanza un nivel de cinturón marrón o negro, el cual conseguido tras cuatro o cinco años de entrenamiento casi diario, ha sufrido un cambio transcendental en su personalidad. Desafortunadamente, existen algunas preguntas contra las que el Kick Boxing no se puede defender de su mala prensa. Estas cuestiones se relatan a continuación a modo de reflexión y deben ser recogidas por todas las federaciones y asociaciones dedicadas a este deporte:

• ¿Cuantos gimnasios imparten clases de Kick Boxing u otras artes marciales, y sus entrenadores carecen de titulación al respecto?

• ¿Que clase de pruebas psicológicas hay que superar para la obtención del titulo de entrenador?

• ¿Como se controla las enseñanzas impartidas en los distintos gimnasios? La imposibilidad de contestar de manera favorable a estas preguntas ha de llevar a una reforma estructural urgente de este deporte si queremos conseguir los objetivos planteados inicialmente, esto es, la socialización a través del Kick Boxing. En este sentido, podríamos cuestionar muchos aspectos sobre los conocimientos y preparación de los profesionales que imparten sus enseñanzas, ya no tanto pedagógicas como psicológicas. Todos estamos de acuerdo en que la inmensa mayoría de estos profesionales son auténticos pedagogos, pero 20

no se nos escapa que existen también unos pocos cuyas enseñanzas van mas encaminadas a la defensa personal, de una forma no estructurada, lo que puede incrementar la agresividad de las personas que reciben las enseñanzas y utilizar lo aprendido en actividades delictivas contra las personas. 4. EL PERFIL DEL PRACTICANTE DE KICK BOXIN EN ESPAÑA. Bango y Alba (2005) realizaron un estudio para comprobar el perfil psicosocial de los individuos que practicaban el Kick Boxing en España. Los resultados concluyeron que el practicante del Kick Boxing en nuestro país es un varón (92%) de unos 26 años, con estudios de bachiller (33%), soltero (68%) que vive con la familia de origen. Trabaja fundamentalmente en la empresa privada (26%) o por como autónomo (21%) y tiene unos ingresos de entre 1200 y 1500 euros). Reside en poblaciones de más de 100.000 habitantes (72%). Su frecuencia de entrenamiento es semanal y la mayoría posee una experiencia de más de 31 meses en este deporte. El 69% de los sujetos practican entre 1 y dos horas por sesión con la finalidad de adquirir un mayor autocontrol emocional y relajación (53%) y la mayoría de ellos no ha cometido delitos (73%). Aquellos que son o han sido delincuentes son delincuentes por tráfico de drogas o por agresiones a otras personas (74%). El 52% no consume drogas, pero es importante señalar que el 48%, una cifra considerable sí lo hace, en concreto alcohol (45.95%), tabaco (32.43%) y hachís (8.12%). La aplicación del cuestionario de personalidad aplicado en esta investigación, el 16 PF, nos revela que son personas dominan-

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CRIMINOLOGÍA

tes, abiertos al cambio y tensas, pero también afables y con capacidad de razonamiento. Esto se traduce en personas independientes, asertivas y competitivas, lo que puede explicar esta atracción hacia un deporte de combate como el Kick Boxing. Además son personas experimentales, orientadas al riesgo, inquisitivas y escépticos con las normas sociales establecidas. En definitiva, suelen ser personas bien informadas y poco inclinadas a moralizar, lo que no significa que no se planteen cuestiones relacionadas con la vida en general. Por otro lado, el hecho de poseer una puntuación alta en tensión nos indica que se trata de personas impulsivas, excitables e incapaces de permanecer inactivos, rasgos que junto con la orientación al riesgo y la dominancia los sitúan en una posición de mayor riesgo de conductas delictivas que el resto de los sujetos. Si a esto le añadimos que muchos de ellos también pueden llegar a ser afables, podemos concluir que son personas moldeables y reeducables hacia las relaciones prosociales siempre y cuando sean capaces de focalizar sus enérgica conducta hacia un deporte con unas normas claras y capaces de generalizarse a su vida ordina-

ria, ya que su puntuación alta en razonamiento los hace personas de aprendizaje rápido y con buen nivel de razonamiento abstracto. 5. PROPUESTA DE INTERVENCIÓN. A raíz de los resultados obtenidos a través de este perfil, proponemos algunas medidas adecuadas para utilizar este deporte como una plataforma desde la cual realizar un buen plan de rehabilitación de aquellos sujetos que llegan al Kick Boxing desde la marginalidad y la delincuencia. En este sentido, vamos ha establecer una escala temporal que referencien los periodos de trabajo, con relación a los efectos causados en el modelado de la persona a trabajar. 1. Un año, o periodo menor. En este periodo son inapreciables los resultados que pudiésemos obtener, ya que es la etapa en la que realizaremos las bases técnicas de la persona y estará muy vinculado a su actividad social anterior. Así, el modelado será mínimo pero ya se habrá iniciado. 2. Dos años. Ya no es tan importante la parte técnica, se habrán establecido unos lazos de confianza y el grupo empieza a estar cohesionado, la persona empieza responder a las actividades y su satisfacción personal comienza a percibirse. 3. Tercer año. Para nosotros es el principal, ya que tanto las bases técnicas como interpersonales ya están superadas y podemos recoger los primeros frutos.

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TEMA’S

4. A partir del cuarto año, el trabajo realizado puede darnos unos resultados irreversibles, y por lo tanto se notara en todas las esferas, tanto técnicas, educativas, personales, competitivas etc. Hemos de tener en cuenta que si todo hasta el momento funciona según lo previsto, se habrá iniciado una actividad que en muchas ocasiones será duradera de muchos años. A partir del séptimo o noveno año, después la superación de todos los cursos federativos correspondientes la persona ya estará en posesión del titulo de entrenador y será independiente, pudiendo crear su propio grupo. Si la relación ha sido correcta, dependerá todavía de su entrenador en cuanto a la competición, e incluso cuando cree su grupo seguiremos asesorando sus inicios y cuando tenga competidores realizaran actividades con alumnos de su antiguo entrenador y antiguos compañeros suyos. También llegados a este momento, es frecuente, según nuestra experiencia de observación, que pudiera llegar a darse una independencia total, porque si establece su propio grupo en las inmediaciones de las instalaciones de su antiguo profesor pudieran darse conflictos por competencia económica. Esto es, según nuestra observación, para que nos entendamos, si el competidor ya independiente pusiera un gimnasio próximo, o incluso si la ciudad es pequeña, en la misma ciudad, se crearía el conflicto de competencia. El problema quedaría subsanado, si se pudiese hacer de una forma institucional, y durante el periodo de realización del proyecto, se le pudiese ir ayudando a encauzar el futuro, pudiendo las instituciones asumir en algunos casos su colocación y otros o la mayoría pudiendo implicar a entidades privadas.

EVALUACION La evaluación, la realiza el propio entrenador, si bien y a criterios técnicos hay establecidos unos exámenes que se realizan ante un tribunal, como son los de paso a grado de cinturón negro u otros cursos de formación como el de monitor o entrenador nacional. Si este plan, mediante el correspondiente proyecto, se pudiese realizar institucionalmente, habría de crearse un grupo interdisciplinar de personas, como son principalmente un psicólogo, trabajador social, en algunos casos un educador-tutor, e incluso hacer partícipes a organismos como bienestar social o cualquier otro dependiente de alguna administración público que dieran fe de la reducción de la reincidencia a partir de este deporte.

7. Referencias Bibliográficas

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CRIMINOLOGÍA

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MEJOR INFORMADO…

Watson Consultores y el equipo editorial de TEMA’S trabajan de manera constante por la difusión de las Ciencias Forenses a través de esta publicación especializada cuyo contenido, por su estilo de edición en varios formatos, es coleccionable. TEMA’S se distribuye en todo el mundo y llega a más de 35 países de manera gratuita para el público hispano parlante. La Revista está pensada para mantenerlo informado y ser una fuente constante de consulta de profesionales y estudiantes de la Criminología, Seguridad Pública y Ciudadana, Criminalística, Seguridad Vial, Derecho, Medicina, Genética, Antropología, Psicología y demás disciplinas forenses.

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TEMA’S Pretende fomentar el debate científico, y el intercambio de ideas mediante la difusión de resultados de investigaciones, por lo tanto está abierta a las aportaciones de sus lectores para la publicación de artículos que recojan informes de investigación, ensayos teóricos o experiencias profesionales. Cada edición de TEMA’S contiene entrevistas, información, noticias universitarias, artículos académicos, resúmenes y conclusiones de investigaciones y tesinas, monografías, extractos y capítulos de libros y mucho más, elaborados y escritos por especialistas de las Ciencias Forenses, y por eso brinda una perspectiva ideal para dar a conocer sus trabajos y promocionarse entre un público más amplio que el de las revistas científicas.

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Eventos y Novedades

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LIBROS

ARGENTINA

NOVEDADES “MANUAL DE NEGOCIACIÓN CON REHENES” TOMOS I y II

Osvaldo A. Cuello Videla El tomo I del manual trata sobre el “Gerenciamiento y Administración de Crisis de Alto Riesgo” y contiene toda la información que irá definiendo paso por paso cómo es la mecánica de un evento crítico, cuáles son las consecuencias de las crisis, cómo actúa la tensión inicial, cómo controlarla efectivamente para comenzar a negociar, cómo organizar (y formar) un equipo de elite para la administración de crisis y las acciones básicas para resolver un evento de alto y altísimo riesgo. El segundo tomo aborda directamente los temas vinculados a la negociación con rehenes y negociación en crisis. Cómo se organiza el equipo y qué funciones cumplen sus integrantes. Principalmente desarrolla cómo debe ser la comunicación y cómo comenzar a negociar el manejo de las demandas y la liberación de rehenes. Conocerás cómo llevar a cabo la negociación propiamente dicha en función de los tipos de sospechosos y aprenderás cómo perciben ellos la realidad y cuál es el proceder táctico del negociador de rehenes. Esta segunda parte contiene todos los secretos acerca de la negociación para la liberación de rehenes y en situaciones críticas, y las tácticas eficaces para negociar cara a cara, por teléfono, por altavoz, a través de un tercero, como manejar los deseos y la conducta de los sospechosos; aplicando técnicas probadas y eficaces en hechos reales; todo ello avalado por las vivencias de un negociador con experiencia en la intervención de eventos críticos y tomas de rehenes. Próxima Edición

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LIBROS

ARGENTINA

NOVEDADES COLECCIÓN “SIN PIEDAD” Vol. II ASESINOS MÚLTIPLES 2: “Asesinos Seriales” Susana García Roversi OPINIÓN: Sin Piedad es evidentemente el reflejo de un descomunal trabajo de Investigación. Nos brinda con generosidad y claridad un amplio conocimiento criminológico, partiendo del sustento teórico, vasta y didácticamente desarrollado desde los distintos enfoques con una claridad magistral y enriquecido con la crítica fundada de la Dra. García Roversi; Los relatos de vida y análisis particular de cada caso resultan claramente organizados, lo que implica una lectura grata, despiertan el interés por conocer la complejidad de cada uno de esos individuos y refuerza la idea de la autora que plantea "El ser humano y las complejidades de su mente rompen las estadísticas y luego, resulta demasiado tarde; nuevamente muchas vidas inocentes son cercenadas". Es un libro para que los estudiantes de Criminología se inicien en el conocimiento acabado de los Asesinos Múltiples y que los Criminólogos en ejercicio cuenten con un valioso material de Consulta permanente. Valioso para leerlo desde la primera a la última página pero también apto para abrir en una página al azar e imbuirse de cada una de estas trágicas historias. En síntesis, un libro absolutamente recomendable para la biblioteca de todo criminólogo y para ser tomado como referencia por los profesores de Criminología. Lic. Sixto Ramón Ramírez (Arg.)

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CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

LIBROS

ESPAÑA

NOVEDADES ASPECTOS CRIMINOLÓGICOS EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL

Coordinado por Juan Antonio Carreras Espallardo Una obra única en materia de Seguridad Vial. Puede definirse la Criminología Vial como una disciplina encaminada al estudio y prevención de los delitos contra la seguridad vial y a la resolución de todo conflicto que surja tras un siniestro vial; actuando sobre los comportamientos delictivos o desviado dentro de las vías, a la restitución de la víctima a su estado original; haciendo hincapié en las formas de control social, tanto formal como informal y a la reacción social que causan los siniestros viales. Así, este manual explora a través de sus 21 capítulos y desde las diferentes vertientes aportadas por los autores que han contribuido a hacer posible este volumen, los diferentes aspectos que la criminología vial puede aportar en pro de la prevención, todo ello coordinado por el criminólogo, periodista y policía español Juan Antonio Carreras Espallardo (Miembro de nuestro Comité Editorial)

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REVISTA DIGITAL DE

LIBROS

ESPAÑA

NOVEDADES

MÁS ALLÁ DE LAS CIEN VERDADES Juan Antonio Carreras Espallardo

M

ás allá de las cien verdades es una recopilación de artículos policiales, criminológicos, de humor y sobre tráfico, redactados con un tono diferente al que estamos acostumbrados a leer. El autor ha querido dar así continuidad a las cien verdades y una mentira que se publicaron en el año 2013. Ahora, en esta obra, el lector descubrirá más verdades, tantas como han surgido en el año 2014, ilustradas todas ellas con una fotografía. Con un prólogo de lujo, escrito por el prestigioso escritor murciano Jerónimo Tristante, creador de la saga de aventuras policiales del Inspector Víctor Ros, ambientadas en la España de finales del Siglo XIX. Más allá de las cien verdades hay tantas realidades como personas habitan el mundo, porque todos tienen derecho a opinar y crear un mundo mejor. ¿Me acompañas?

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CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

LIBROS

ESPAÑA

NOVEDADES

“CRIMINOLOGY AND FORENSIC PSYCHOLOGY” Coordinado por Eva María Jiménez González y José Luis Alba Robles Este libro tiene como objetivo mostrar la importancia de Criminología, que es un área de conocimiento que se guía por su carácter multidisciplinar, y que quiere analizar y estudiar el fenómeno criminal, por el cruce de diferentes áreas del conocimiento y la práctica a través de perspectivas y metodologías, incluyendo ciencias sociales, ciencias jurídicas y ciencias biomédicas, teniendo como principales motivos el derecho, la sociología, la psicología y la medicina. Se muestra la identidad de la Criminología, que como una ciencia, debe ser tratada con el respeto y la seriedad que merecen las ciencias fiables. Subrayando el hecho de que debe ser ejercida por profesionales debidamente acreditados en el área, no sólo por personas que tienen sólo formación a través de la experiencia laboral.

La obra más internacional publicada hasta ahora. Una publicación de WATSON CONSULTORES

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LIBROS

MÉXICO

NOVEDADES CRIMINALIDAD ORGANIZADA ESTUDIOS INTERNACIONALES

Coordinado por Juan José Martínez Bolaños

P

recisamente uno de los mayores retos de la Criminología es el estudio, prevención y tratamiento de la criminalidad organizada. Las sociedades del mundo se ven amenazadas por este tipo de criminalidad que además es transnacional. Los países enfrentan, cada quien en su contexto, las consecuencias que la delincuencia organizada ha provocado en su economía, salud pública, seguridad o medio ambiente, etcétera. La presente obra se trata de un trabajo colectivo que tiene precisamente a ésta como tema central.

COLABORADORES : JOSÉ ARIEL RETANA CANTÚ, KARLA VILLARREAL SOTELO (México), JOSEPH EMERSON CCAZA ZAPANA (Perú), PATRICIA ANDREA TAUS (Argentina), WAEL HIKAL (México), DOTTORE ROBERTO MUSOTTO (Italia), IRAEL ESTRADA CAMACHO (México), JUAN ANTONIO CARRERA ESPALLARDO (España), OSVALDO A. CUELLO VIDELA (Argentina) y MANUEL ALEJANDRO VÁZQUEZ FLORES MÉXICO (México)

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LIBROS

MÉXICO

NOVEDADES CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES EN PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Juan Antonio Maruri Jiménez Una herramienta didáctica para el conocimiento del Proceso Penal Acusatorio y Oral derivado del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicado el 18 de junio de 2008 y del Código Nacional de Procedimientos Penales publicado el 5 de Marzo de 2014.

Esta obra se compone de 592 preguntas a las cuales se les da respuesta con el texto puro e íntegro del Código Nacional de Procedimientos Penales –incluyendo los artículos transitorios-. Como herramienta didáctica resulta muy interesante adentrarnos al conocimiento del texto plasmado por el legislador en el ordenamiento procesal penal Nacional, ya que a través de la estructura de las preguntas planteadas se pretende subsanar la redacción del articulado para lograr una adecuada transmisión del conocimiento, pues una sociedad mejor informada será la clave para una mejor implementación y funcionamiento del Sistema Procesal Acusatorio y Oral.

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EVENTOS

MÉXICO

CONGRESO

Organizado por la Sociedad Mexicana de Criminología capítulo Nuevo León A.C. Acto Inaugural a cargo del Dr. Rogelio Romero Muñoz, Mtros. Wael S. Hikal C. y Juan José Martínez Bolaños 34

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LIBROS

U.S.A.

NOVEDADES La Violencia Ecuménica desde una perspectiva de género

Patricia Andrea Taus Edición simultánea en inglés y español A partir de un estudio de la evolución histórica junto con el desarrollo de las diversas normas y jurisprudencia de los organismos regionales y universales de control basadas en los estándares de derecho internacional humanitario y de derechos humanos, se realiza un análisis mundial de las diversas formas que adquiere la violencia de género en perjuicio, principalmente, de las mujeres y personas LGTB. A lo largo de la obra se podrá advertir que este tipo de actos violan un determinado número de derechos humanos universales protegidos por las convenciones y los instrumentos internacionales. Por ello, muchas formas de violencia de género —si bien no todas— se consideran ilegales y actos criminales en las políticas y leyes nacionales y supranacionales. Específicamente, el delito de violencia de género puede incluir, entre otros, el aborto selectivo en función del sexo, infanticidio femenino, tráfico de personas, violaciones sexuales durante período de guerra, homicidios a causa de la dote, matrimonios forzados, ataques homofóbicos hacia personas o grupos LGTB, etc. Sin embargo, existen actos cuestionables desde el sistema protectorio del derecho internacional de los derechos humanos que se presentan como “tolerados” partiendo de preceptos religiosos, culturales o sociales y a veces, legalmente aceptados. En este sentido se desarrollaran, entre otras, las desigualdades políticas y laborales de género, la mutilación genital femenina, la existencia de mujeres “jirafa”, el aplastamiento de pechos en las niñas, etc. Luego de analizar los muestreos de los casos en los diversos países del mundo, posiblemente se generen interrogantes intelectuales acerca de la situación real en occidente y oriente y de la necesidad de realizar un trabajo mancomunado mundial en aras de lograr que la igualdad de género deje de ser una utopía y un precepto meramente declarativo. Disponible en Amazon. http://revista-temas.blogspot.com.ar

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SEIS IDEAS EN TORNO A LA TOMA DE MUESTRA EN LA LEGISLACIÓN MEXICANA

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CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

HESBERT BENAVENTE CHORRES (México) Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de México. Licenciado en Derecho y Ciencias Políticas, Universidad Inca Garcilaso de la Vega, Lima - Perú. Especialista en Derechos Humanos y Procesal Constitucional y Especialista en Derecho Procesal General en la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales de Buenos Aires - Argentina. Maestro en Derecho, mención Ciencias Penales, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima - Perú. Estudios de postgrado en la Maestría de Educación, mención educación superior, en la Universidad Peruana Los Andes, Huancayo - Perú. Director General del Instituto Mexicano de Estudios y Consultoría en Derecho. www.inmexius.com [email protected]

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TEMA’S

RESUMEN La adopción del modelo acusatorio en el sistema de justicia penal mexicano ha originado el análisis de la validez de las diversas figuras probatorias, entre ellas el cotejo genético. En esa tesitura, es objetivo del presente artículo postular seis ideas en torno a la toma de muestra que doten de validez a la misma así como al examen de ADN; para ello, abordaremos, por ejemplo, los alcances de la presencia del defensor, la orden judicial y los derechos a la intimidad e integridad física del examinado. Palabras claves: Toma de muestra, ADN, Abogado defensor, Juez y Validez. ABSTRACT The adoption of the adversarial system in the Mexican criminal justice has led to the analysis of the validity of the proof, including genetic profile. This research will present six legal ideas with respect to biological fluids as DNA testing; This related to the presence of a lawyer, the judge's decision and the rights to privacy and physical integrity. Keywords: Biological fluids, DNA, Lawyer, Judge and Legal. RECIBIDO EL: 23-1-2014

PUBLICADO EL: 01-03-2015

1. INTRODUCCIÓN

A

través de la reforma constitucional de 2008 México implementó el denominado modelo 2 acusatorio , el cual ya se había adoptado en Estados como Nuevo León (2004), Chihuahua (2006), Oaxaca (2006), Baja California (2007), Morelos (2007) y Zacatecas (2007), avalando su implementación el nuevo marco constitucional. Por otro lado, 38

cabe mencionar, que de acuerdo con el Decreto de Reforma Constitucional, tanto la Federación, los Estados y el Distrito Federal tienen hasta el 18 de Junio de 2016 para implementar el modelo acusatorio en aquellos procedimientos punitivos sometidos a sus respectivos ámbitos de competencia. En ese sentido, hasta el 2013, dieciocho Entidades Federativas cumplieron con el mandato constitucional al dictar las respectivas normas legales reguladoras del proceso penal.3 Sin embargo, en Febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual constituye el instrumento legal a ser aplicado en los procesos penales del fuero

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DERECHO

federal como en los estatales en México; pero, para su aplicación, requiere de una Declaratoria realizada por el Titular del Ejecutivo en el fuero correspondiente. En ese sentido, hasta el momento en que se redactan estas líneas, el Código Nacional está vigente en los Estados de Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Jalisco, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa y Tlaxcala; asimismo en el Distrito Federal y en los Circuitos Judiciales de la Federación correspondientes a Durango y Puebla ya se viene aplicando el citado cuerpo normativo. Ahora bien, especial problemática ha generado la toma de muestra regulada en los artículos 152 fracción IV, 266, 269 y 270 del Código Nacional en torno al rol del defensor y la ejecución de una orden judicial, lo cual abordaremos en el presente artículo.

2. OBJETIVO DEL PROCESO PENAL: EL ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS Iniciamos nuestro recorrido con la siguiente cita de Peña Cabrera Freyre, “nuestro proceso penal no se dirige a la obtención de una Verdad Histórica como falazmente lo hacía el proceso inquisitorial, son las partes en un sistema adversarial quienes dirigen la actuación probatoria, por ende, es una verdad formal a la que aspira arribar nuestro procedimiento penal.”4 Que lamentable que un servidor público que labora en el Ministerio Público, organismo autónomo encargado de velar por el interés público, y entre otras funciones el de investigar aquellos hechos constitutivos de delito, no tenga la más mínima idea de la importancia, por razones tanto epistemológicas como éticas, de las decisiones judicia-

les justificadas desde los enunciados fácticos. Peña cae en la denominada tradición irracionalista de la prueba, la cual presenta un amplio espectro de posturas que conciben a la actividad probatoria en sede judicial como un sinsentido5 (si el sentido que se busca es de corte cognitivista); como un ritual retórico6 (que en efecto desempeña funciones importantes), o como una actividad discursiva respecto de la cual sólo pueden realizarse evaluaciones en términos de grados de coherencia de las estructuras resultantes de aquella (generalmente historias o narrativas).7 A su vez, las teorías sobre la actividad probatoria y de las funciones de la prueba referidas arriba descansan sobre concepciones más generales que consideran imposible, no prioritaria, o bien, irrelevante a la obtención de la verdad -falible- en términos de correspondencia con el mundo empírico, por medio del proceso judicial. A continuación pasaremos revista a cada una de dichas concepciones generales que lindan desde lo irracional a lo ingenuo. 1. De acuerdo con el análisis de Taruffo, la tesis de la imposibilidad de la verdad (por correspondencia) que puede hallarse como rasgo distintivo en la Tradición Irracionalista de la prueba, es el resultado de suscribir ciertas tesis ontológicas/metafísicas (como las del idealismo o antirrealismo extremos, mismas que conciben a la realidad como una construcción-proyección mental que se valida mediante criterios de coherencia con otras creencias, tanto individuales, como colectivas)8; ciertas tesis epistemológicas (como las del escepticismo radical que, pese a que no descarta que podría existir una realidad empírica pura, niega su cognocibilidad); o bien la versión

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fuerte de ciertas tesis provenientes de la psicología cognitiva (sobre todo, de los estudios empíricos acerca de los vicios cognitivos heurísticos, o –biases-, así como del denominado -programa fuerte de sociología del conocimiento científico- (que develan la relevancia de las prácticas en que los científicos se ven inmersos, las dependencias contextuales de las reglas metodológicas, así como la convergencia de intereses extra, y a veces contra-epistémicos en la indagación).

Al respecto, no olvidemos que en el terreno ontológico-metafísico, el mismo consiste en postular una realidad empírica en alguna medida objetiva (independiente en cierto grado, de nuestra actividad cognitiva) que es capaz de asimilar las cuestiones relativas al efecto del lenguaje y de nuestros esquemas conceptuales en términos de guiar la percepción de ciertos fenómenos; relativas a la actividad cerebral en términos de condicionar el acceso sensible a la realidad; y relativas a la falibilidad de nuestros procesos heurísticos y a la dependencia contextual de nuestra actividad cognoscitiva. En este sentido, no se trata de un realismo Taif- (como lo llaman), sino de un realismo más sofisticado que, pese a que no

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es articulado explícitamente con mayor rigor, suele identificarse con la propuesta de realismo crítico de Putnam, y acoplarse convenientemente a cierta interpretación de la teoría de la verdad propuesta por Tarski. Asimismo, no ignoremos que la imposibilidad de obtener certezas absolutas está presente en cualquier modalidad de investigación empírica. En este sentido, Taruffo sostiene que: “La idea de una verdad absoluta puede ser una hipótesis abstracta en un contexto filosófico amplio, pero no se puede sostener racionalmente que una verdad absoluta pueda y deba ser establecida en ningún dominio del conocimiento humano, y ni qué decir tiene del contexto judicial. Ni siquiera las ciencias duras como la física y las matemáticas pretenden ya ser capaces de alcanzar verdades absolutas; de hecho, la idea de una verdad absoluta parece pertenecer sólo a los terrenos de la religión y la metafísica. En realidad, en todo contexto de conocimiento científico y empírico, incluido el de los procesos judiciales, la verdad es relativa. En el mejor de los casos, la idea general de verdad se puede concebir como una especie de “ideal regulativo”, esto es como un punto de referencia teórico que se debe seguir a fin de orientar la empresa del conocimiento en la experiencia real del mundo…”.9 Y en otra parte, el autor en comento sostiene que: “En un procedimiento cognoscitivo de cualquier género, la verdad absoluta puede funcionar, precisamente, como absoluto, es decir, como límite al que los conocimientos concretos tienden a aproximarse… aunque no alcanzan nunca a identificarse con él. En otros términos: La verdad como correspondencia absoluta de una descripción con el estado de cosas del mundo real no es alcanzable con procedimientos cognoscitivos concretos, ya que es sólo un valor-límite teórico de la verdad de la descrip-

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ción. Pueden haber, sin embargo, distintos grados de aproximación al estado teórico de correspondencia absoluta, partiendo de un grado 0 (ninguna correspondencia, lo que equivale a decir que no existen elementos que hagan creíble la aserción, o que ésta no es significativa, según el contexto) y aumentando la aproximación a medida que aumentan los elementos de conocimiento a favor de la hipótesis de que la descripción se corresponde con la realidad. La referencia al valor teórico de la correspondencia absoluta, como el otro extremo de la nocorrespondencia, es útil para distinguir los grados de aproximación y para establecer cuándo hay incrementos o disminuciones en la aproximación y, también, para determinar el criterio de elección entre varias descripciones del mismo hecho…”.10

En este sentido Ferrer sostiene que: “Lo único que parece razonable derivar de la nota de incertidumbre que caracteriza la toma de decisiones en el ámbito de la prueba jurídica es, pues, una relativización de la confirmación del valor de verdad que podemos atribuir a las conclusiones que alcanzamos en ese ámbito. Entiéndase bien: no quiero decir que no pueda atribuirse valor de verdad a las proposiciones que se declaran probadas en un proceso; quiero señalar, más bien, que el conjunto de pruebas de que se disponga en el mismo permiten únicamente atribuir un determinado grado de confirmación o de probabilidad de que esa proposición sea verdadera…”.11 2. Por otro lado, otro argumento es aquel que sostiene que la finalidad esencial de un proceso (sobre todo en la materia civil) es resolver la controversia de que se trate. En este sentido, cualquier pretensión cognoscitiva queda relegada a un segundo plano, a la manera de un producto colateral, en vista del objetivo más importante consistente en erradicar el conflicto respectivo mediante la provisión de la solución más satisfactoria para los intereses de las partes, y para el de la sociedad misma, la cual, desde esta perspectiva, tiene en mucha mayor estima al valor de la paz social, que al de averiguar lo que en realidad sucedió.12

“no ignoremos que la imposibilidad de obtener certezas absolutas está presente en cualquier modalidad de investigación empírica”

El estatus de relatividad de la verdad por correspondencia que se obtiene como resultado de indagaciones empíricas, conduce a sostener que en el proceso judicial, las pruebas recabadas sólo permiten realizar un juicio aproximado del valor de verdad de las conclusiones alcanzadas, en términos de probabilidad. Esto no quiere decir que se sostenga que las conclusiones fácticas del juez no tengan un valor de verdad absoluto; claro que lo tienen, sin embargo esto es un asunto que no podemos aseverar con certeza (por la falibilidad inherente de nuestro razonamiento ampliativo), lo mejor que podemos hacer es confiar en que las pruebas disponibles y las inferencias rigurosas extraídas de ellas, nos permiten arribar a conclusiones probablemente verdaderas.

En este orden de ideas, dado que la verdad no constituye el objetivo principal, sería absurdo, si lo que se desea es la instauración de un proceso eficiente, que recursos valiosos en términos de infraestructura, ca-

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pacidad intelectual y tiempo fuesen invertidos en algo que simplemente desviaría a ―la empresa de su curso.13 Otra forma que suele asumir la controversia -solución del conflicto Vs. Verdad- es la que confronta al sistema adversarial y al sistema inquisitorio. En esta línea, el adversarial constituiría el sistema bueno (liberal y respetuoso de las garantías procesales, el cual opera a instancia de parte con las informaciones que dichas partes han decidido incorporar y con el limitado alcance establecido por las pretensiones en conflicto), en contraste con la evidente maldad manifestada en su autoritarismo y habitual lesión de garantías individuales- del inquisitorio.14 Al respecto, la supuesta tensión indisoluble entre averiguar la verdad y resolver el conflicto está mal planteada, dado que lo abordan a través de un código de absolutos. 42

En este sentido, es perfectamente plausible hablar de la provisión de resoluciones basadas en determinaciones tendencialmente verdaderas en torno a los hechos.15 Así mismo, no es necesario asociar la búsqueda de la verdad con los procesos inquisitivos (dicha asociación detona las valoraciones negativas que suelen ser evocadas cuando se sostiene que objetivo de averiguar lo que sucedió es prioritario). En torno a lo dicho, Taruffo afirma que: “no resulta en absoluto clara la correspondencia entre el modelo dispositivo y la negación de la verdad, por un lado, y entre la búsqueda de la verdad y el modelo inquisitivo, por el otro; en efecto, mientras que no está claro que este último modelo esté orientado, por definición, hacia la búsqueda de la verdad, y mucho menos, que asegure su obtención, no es segura ni siquiera la incompatibilidad entre la búsqueda de la verdad y el modelo dispositivo…”.16

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Con mucho más razón es prioritaria la búsqueda de la verdad si se concibe a ésta como una condición necesaria (aunque no suficiente) de la emisión de fallos justos. Al respecto, el autor en comento sostiene lo siguiente: “Independientemente del criterio jurídico que se emplee para definir y valorar las justicia de la decisión, se puede sostener que ésta nunca es justa si está fundada en una determinación errónea o inaceptable de los hechos. En otros términos, la veracidad y la aceptabilidad del juicio sobre los hechos es condición necesaria (obviamente no suficiente) para que pueda decirse que la decisión judicial es justa. En consecuencia, hay un posible margen de injusticia de la sentencia que coincide teóricamente con la eventual desviación entre la forma concreta en que los hechos se determinen y su verdad empírica…”.17 “…una justicia no arbitraria debe basarse en alguna medida, en la verdad, esto es, en juicios sujetos a verificación empírica; está claro, en cambio, que una justicia sin verdad equivale a un sistema de arbitrariedad en el que no existen garantías sustanciales ni procesales…”.18

de carácter condicional, cuyo antecedente contempla ciertos supuestos a los que les son vinculados efectos o consecuencias jurídicas en el consecuente. Al respecto, autores como Guastini sostienen que: “Una norma puede ser concebida, alternativamente, o como un enunciado que califica deónticamente un determinado comportamiento (―es obligatorio hacer X, ―está prohibido hacer Y, ―está permitido hacer Z), o como un enunciado sintácticamente condicional, que conecta una consecuencia jurídica a un supuesto de hecho; o sea, a una circunstancia o a una combinación de circunstancias (“si se verifica el supuesto F, entonces se produce la consecuencia G)”.19

“Con mucho más razón es prioritaria la búsqueda de la verdad si se concibe a ésta como una condición necesaria (aunque no suficiente) de la emisión de fallos justos”

Otro argumento que se ofrece a favor de la prioridad de la verdad sobre otros valores, tiene que ver con las teorías de la aplicación del derecho que conciben la posible reconstrucción de las normas de un sistema jurídico en términos de estructuras condicionales: Se suele sostener, desde un punto de vista muy general, que la estructura de la norma jurídica aplicable puede plantearse en términos de una proposición molecular

Desde el marco anterior, corresponde precisamente al juez la imposición de las consecuencias referidas si determina que las condiciones o supuestos normativos han sido satisfechos en el caso concreto. En este sentido, decretar la procedencia de ciertas consecuencias referidas en ausencia de una determinación tendencialmente verdadera acerca de la presencia o no del hecho condicionante, sería incorrecto. Al respecto, Taruffo sostiene lo siguiente: “… la norma no se aplica correctamente si el hecho no se ha producido, es decir, si no se dispone de una determinación verdadera de las circunstancias empíricas que integran “el hecho” previsto por la norma. Parece intuitivo que la norma sería aplicada injustamente, y sería, pues, violada, si las consecuencias que prevé se adjudicaran en un caso en el que el hecho condicionante no se hubiera producido…”.20

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Ferrer también ofrece un argumento sobre la base de la concepción condicional de las estructuras normativas. Sin embargo, no se limita a decir que la ausencia de una determinación verdadera de los hechos de la causa conduce a la aplicación incorrecta e injusta de la norma respectiva por falta del hecho condicionante (u operativo). El autor referido da un paso más al sostener que si se generaliza la actividad anterior se pone en riesgo la capacidad del derecho consistente en ―motivar – las conductas de sus destinatarios: Si las consecuencias jurídicas, en términos de estímulos aversivos o positivos (nótese el marcado aspecto conductista que se adscribe al derecho), proceden a capricho‖ del juzgador, no es necesario que el destinatario del ordenamiento incorpore a las normas del sistema dentro de sus esquemas de motivación para llevar a cabo diversas conductas y/o abstenerse de realizar otras. En este escenario, según Ferrer, las consecuencias proceden al azar, generándose con ello un ambiente anárquico: “… Se da por supuesto que lo que pretende el legislador al dictar normas jurídicas prescriptivas es que sus destinatarios realicen o se abstengan de realizar determinadas conductas (i.e; pagar impuestos, no ro-

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bar, etc.). Para conseguir motivar la conducta, el legislador suele añadir la amenaza de una sanción para quien no cumpla con la conducta prescrita. Pero, para que ello resulte efectivo, los sistemas jurídicos desarrollados prevén la existencia de órganos específicos –jueces y tribunales- cuya función principal es la determinación de la ocurrencia de esos hechos a los que el derecho vincula consecuencias jurídicas y la imposición de esas consecuencias a los sujetos previstos por el propio derecho. Siendo así, resulta claro que, prima facie, son las descripciones de aquellos hechos las que se deben incorporar al razonamiento judicial a los efectos de la aplicación de las normas. Pensemos por un momento en una alternativa radical a esta construcción. Supongamos que la consecuencia jurídica prevista (la sanción en este caso) se atribuya aleatoriamente. Así, los órganos encargados de la adjudicación jurídica podrían realizar un sorteo para determinar cada mes quien debe ser sancionado, fijando un número de sanciones también aleatorio. Está claro que en esta situación, no habiendo ninguna vinculación entre las conductas de cada uno de los miembros de esa sociedad y la probabilidad de ser sancionado, no hay tampoco razón alguna para comportarse de acuerdo

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con lo establecido con las normas jurídicas. Dicho de otro modo, sólo si el proceso judicial cumple la función de determinar la verdad de las proposiciones referidas a los hechos probados podrá el derecho tener éxito como mecanismo pensado para dirigir la conducta de sus destinatarios. Sólo podría influirse en la conducta de los hombres y mujeres para que no maten, si efectivamente el proceso cumple con la función de averiguar quién mató y le impone la sanción prevista por el derecho. Por todo ello, la prueba como actividad tendría la función de comprobar la producción de los hechos condicionantes a los que el derecho vincula consecuencias jurídicas o,… determinar el valor de verdad de las proposiciones que describen la ocurrencia de esos hechos condicionantes. Y el éxito de la institución probatoria se produce cuando las proposiciones sobre los hechos que se declaran probadas son verdaderas…”.21 Por otra parte, Ferrer ofrece un argumento descriptivo de acuerdo con el cual sostiene que la prioridad del valor de averiguar (faliblemente) la verdad constituye un mandato legal. El razonamiento discurriría así: En general, los distintos ordenamientos jurídico-procesales (al menos en la tradición del Civil Law) suelen contener una norma (legislativa o jurisprudencial) que constriñe la valoración probatoria a las reglas de la racionalidad y de la lógica (“p”). Ferrer sostiene que ―p – hace referencia a la racionalidad y la lógica de los métodos e investigaciones empíricos generales (con especial acento en los métodos de razonamiento empleados en las ciencias naturales). La segunda parte del argumento consiste en la atribución del objetivo de averiguar (faliblemente) la verdad a dichos métodos.

Así, de manera un tanto subrepticia, el objetivo referido logra colarse al contexto jurídico, ya que si el derecho ordena la consideración de esa racionalidad general (la que corresponde a las ciencias naturales principalmente) al momento de valorar las pruebas, y ésta busca la obtención de la verdad, el derecho mismo (y en concreto, el derecho procesal) también lo hace. “… En cambio, la libertad del juez para determinar los hechos probados del caso si está limitada por las reglas generales de la racionalidad y de la lógica, como ha sido también reconocido por la jurisprudencia. Es más, puede entenderse que esa es su única limitación, también jurídica. De ese modo, la determinación de los hechos probados realizada contra las reglas de la lógica o, en general, de la racionalidad supondría una infracción a la ley; para ello, basta interpretar las reglas que establecen la libre valoración de la prueba de forma que ordenen la valoración mediante la utilización de la racionalidad general…”.22 De hecho, con el proceder de sus investigaciones, el autor en comento incluso considera al objetivo de averiguar faliblemente la verdad por medio del empleo de ciertos métodos o patrones de razonamiento procedentes de lo que denomina ―la racionalidad general –, como un mandamiento constitucional –ya no sólo legal- el cual se derivaría del derecho humano genérico conocido como ―derecho de audiencia‖ o ―derecho de defensa –, e incluso de la garantía del ―debido proceso‖ (due process): “…En lo que sigue quiero presentar un argumento algo más fuerte. Sostendré que es el propio sistema jurídico, a través del denominado ―derecho a la prueba‖, el que exige la aplicación de esas reglas de la epistemología o la racionalidad generales… pa-

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ra la valoración de la prueba. No es casualidad que en general se considere el derecho a la prueba como una especificación, un derivado, del derecho a la defensa. Así lo expresa el artículo 24 de la Constitución española, que reconoce a todo aquel que es parte en un proceso, el derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa. También se reconoce expresamente en el artículo 6.3 d) del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. En otros casos aunque no se formula constitucionalmente de manera expresa un derecho a la prueba, la jurisprudencia constitucional y la doctrina lo han derivado también del derecho a la defensa. La idea fundamental es que el ciudadano tiene derecho a demostrar la verdad de los hechos en los que funda su pretensión procesal. En otras palabras, el ciudadano tiene derecho a probar que se han producido, o no, los hechos a los que el derecho vincula consecuencias jurídicas. Sólo de este modo puede garantizarse una correcta aplicación del derecho y… una adecuada seguridad jurídica…”.23 El derecho a la prueba referido (derivado del derecho de defensa o de audiencia) consta de los siguientes componentes: A) Derecho a utilizar todas las pruebas de que se dispone para demostrar la verdad de los hechos que fundan la pretensión24; B) Derecho a que las pruebas sean practicadas en el proceso25; C) Derecho a una valoración racional de las pruebas practicadas26; y, D) Obligación del funcionario judicial consistente en motivar su decisión27. La valoración racional a la que hace referencia C) precisamente consiste en la incorporación al campo del derecho, de esos métodos o patrones de razonamiento generales que han permitido a las ciencias natu-

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rales aproximarse con relativo éxito a la estructura de la realidad empírica. 3. Toca el turno ahora de abordar las concepciones generales que consideran al objetivo de averiguar faliblemente la verdad acerca de lo acontecido, como irrelevante en el contexto de un proceso judicial. La línea principal que permite articular las diversas posturas es la comprensión del proceso como una mera secuencia de procedimientos retórico-persuasivos. Al respecto Taruffo sostiene que: “Según esta interpretación, que tiende fácilmente a presentarse como una concepción global y omnicomprensiva del proceso (civil y penal), todo lo que sucede en el proceso no es más que un juego retórico-persuasivo; esto es, en el ámbito de una suerte de retórica general que según la opinión de algunos agota completamente el campo del razonamiento jurídico, existe una retórica del proceso dentro de la cual se distinguen retóricas más específicas, como la del abogado que pretende persuadir al juez de que tiene la razón, y la del juez, que al motivar la sentencia pretende persuadir (a las partes, a los abogados, a la opinión pública) de la bondad de la decisión que ha tomado…”.28 Este contexto es propicio para el surgimiento de cierto modo de analizar el proceso de toma de decisiones judiciales, el cual implica la importación de modelos y herramientas semióticas al campo jurídico. Como dice Taruffo: “… esta línea de trabajo privilegia el aspecto lingüístico… esto implica que el proceso es considerado únicamente como un lugar en el que se producen diálogos y se proponen y elaboran narraciones y es, por tanto, estudiado desde el punto de vista de las estructuras lingüísticas y semióticas de esos discursos. De ahí las aplicaciones de

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la narratología al proceso y, en especial, a algunos aspectos de la decisión judicial…”.29 Aunado a lo anterior, Taruffo sostiene que junto con las herramientas referidas, se trasladan también ciertos presupuestos del análisis semiótico, como una concepción no referencial del lenguaje, que colisionan directamente con una teoría correspondentista de la verdad. En este sentido, el autor en comento sostiene lo siguiente: “…el análisis semiótico asume a menudo una concepción no referencial o autorreferencial del lenguaje., de forma que el lenguaje no se refiere a realidad alguno sino únicamente a entidades lingüísticas; no hay correspondencia o vinculación entre expresiones lingüísticas y datos empíricos extralingüísticos; cualquier expresión lingüística puede referirse únicamente a otras expresiones lingüísticas, ya que sólo puede ser traducida en otras expresiones lingüísticas. La determinación del significado puede, así, producirse únicamente dentro del propio lenguaje, sin referencia a la realidad empírica (cuya existencia queda pues, necesariamente en duda) y desencadena, en consecuencia, el mecanismo de la semiosis ilimitada, es decir, del continuo e infinito reenvío desde un dato lingüístico a otro en un intercambio continuo de significados…”.30

El traslado de los referidos presupuestos metodológicos al estudio del proceso de toma de decisiones judiciales repercute del modo que sigue, en el análisis de los trozos de discurso que ocurren en dicho proceso (aun cuando algunos de esos segmentos de narrativas pretendan hacer referencia a realidades externas): “…Esta claro que si se considera únicamente relevante la dimensión semiótico-estructural del discurso, no se puede considerar relevante el problema de si este discurso, incluso cuando afirma que se refiere a la realidad, hace referencia verdaderamente a alguna realidad empírica. Así se afirma que la facticity… de la narración de un hecho no es ciertamente relevante, tanto en el proceso como de forma general, desde un punto de vista semiótico. La narración de un hecho realizada en el proceso, por ejemplo, por un testigo, no es sustancialmente distinta de la narración de un hecho contenida en una novela; la única diferencia, por otra parte no muy importante, es que la primera pretende ser verdadera, mientras que la segunda no pretende serlo. De todos modos, “la pretensión de verdad” no es más que una parte del discurso, un elemento del mensaje enviado por el narrador, pero obviamente no dice nada acerca de la veracidad de la narración…”.31

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Como hemos podido ver, el elemento más importante en este entorno es el constituido por las narraciones de las partes, las cuales, al consistir exclusivamente en artificios retórico-persuasivos, son evaluadas desde un punto de vista meramente formal, desde el cual se pone atención a su claridad, su elegancia, su coherencia, su compatibilidad con el sentido común, etc., pero no a su posible correspondencia (falible) con lo que sucedió, lo cual resulta indiferente para las partes que compiten a efecto de que el juez adopte como suyo el punto de vista expuesto durante el proceso.32 En todo caso, se considera que la verdad en términos de correspondencia aproximada, constituye una especie de agregado necesario que de modo subsidiario, se obtiene de determinar cuál de las historias es la más persuasiva.33 Ahora bien, el impacto de la concepción retórica de los procesos judiciales se traduce en una visón de la prueba según la cual, ésta desempeña tanto funciones meramente rituales que enmascaran el hecho de que el proceso no tiene y no puede tener pretensiones cognoscitivas, como la función de convencer al juzgador de que los hechos alegados sucedieron del modo en que lo ―reportan – ciertas aseveraciones.

procesal implementa y respeta valores positivos como la paridad de las partes, la corrección del enfrentamiento y la victoria de quien tiene la razón. Así, las pruebas y sus respectivos procedimientos, serían medios, pero no orientados hacia fines racionales internos al proceso como machinery dirigida a producir decisiones de alguna forma valiosas; las pruebas servirían, en cambio, para dar una apariencia de legitimación racional a una suerte de mecanismo teatral cuya función sería disimular la realidad irracional e injusta de las decisiones judiciales…”.34

3. SEIS IDEAS EN TORNO A LA TOMA DE MUESTRA Establecido nuestro marco epistémico, postularemos seis ideas -sin intención de agotar el tema- en torno a la toma de muestra, sin alejarnos que la finalidad del proce-

En este sentido, Taruffo sostiene que: “En el ámbito de estas teorías, surge la idea de que las pruebas, y en particular, los procedimientos para su formulación o adquisición, pueden desarrollar una función ritual en el ámbito de la función social más general que el proceso desarrolla. En resumen, las pruebas no servirían en absoluto para determinar los hechos, pero sus procedimientos (como la cross-examination) constituirían ritos análogos a las representaciones medievales, destinados a reforzar en la opinión pública el convencimiento de que el sistema

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so penal es el esclarecimiento de los hechos, donde el Estado de Derecho no puede resignar el logro de tal objetivo solo por la negativa, por ejemplo, del imputado a aportar fluidos biológicos. 3.1 PRIMERA IDEA: LOS FLUIDOS CORPORALES Y LA RES NULLIUS En una entrevista ante el Agente del Ministerio Público, el imputado se limpia el sudor con una servilleta luego de beber un refresco: ¿La muestra se considerará legalmente obtenida para efecto del cotejo genético con otros fluidos obtenidos durante la investigación? Al respecto, los órganos de investigación están autorizados a recoger muestras genéticas sin que sea precisa la autorización judicial ni tampoco el consentimiento del sospechoso, en principio por los artículos 131 Fracción V, 132 Fracción IX, último párrafo del 212, 213 y 214 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Además, si la toma de muestras se lleva a cabo por razones de puro azar y a la vista de unos sucesos totalmente imprevisibles no habría afectación a derechos como el de la intimidad, integridad física o la vida. Así sucede con los esputos o restos de saliva dejados en las colillas de cigarrillos, vasos o botellas abandonados por el indiciado. Restos genéticos que se convierten así en objetos procedentes del cuerpo del indiciado, pero obtenidos de forma totalmente inesperada. En ese sentido, el Tribunal Supremo español consideró que las cosas o muestras abandonadas por los sospechosos y recogidas por la policía en lugares públicos (o privados a los que la policía ha accedido con la debida autorización) son res nullius y por

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NEGOCIACION PARA LA LIBERACION DE REHENES Informes: [email protected] tanto accesibles a la policía. Así se declara en la STS de 4 de octubre de 2006: «Sobre la ausencia de consentimiento de los acusados, en la toma de las muestras, la STS 179/2006 de 14 de febrero, precisa que ni la autorización judicial ni la policial que investiga a sus órdenes ha de pedir permiso a un ciudadano para cumplir con sus obligaciones. Cosa distinta es que el fluido biológico deba obtenerse de su propio cuerpo o invadiendo otros derechos fundamentales, que haría precisa la autorización judicial. En el caso de autos las colillas arroja-

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das por los recurrentes se convierten en res nullius y por ende accesibles a las fuerzas policiales pudiendo constituir instrumento de investigación del delito». Sin embargo, y como correctamente señala Manuel Richard González, 4 el problema, en su caso, consistirá en la forma de acreditar que la muestra obtenida ha sido producida o procede del acusado. Este es el problema que se plantea de nueva cuenta el Tribunal Supremo español en la STS 14 de octubre de 2005, según la cual en estos casos: «La toma de muestras para el control, se lleva a cabo por razones de puro azar y a la vista de un suceso totalmente imprevisible. Los restos de saliva escupidos se convierten así en un objeto procedente del cuerpo del sospechoso pero obtenido de forma totalmente inesperada. El único problema que pudiera suscitarse es el relativo a la demostración de que la muestra había sido producida por el acusado, circunstancia que en absoluto se discute por el propio recurrente, que sólo denuncia la ausencia de intervención judicial». No obstante, no podemos confundir los escenarios, dado que lo que será crucial para las investigaciones es que el perfil gené-

tico del imputado coincida con la muestra obtenida en el lugar de los hechos o del hallazgo que de sustento a la acusación del Ministerio Público. Luego entonces, un primer plano sería demostrar que el fluido obtenido por azar o de manera inesperada coincida con el perfil genético del imputado; logrado esto se pasa a un segundo plano: que el perfil obtenido coincida con la muestra obtenida en los escenarios de la investigación. 3.2 SEGUNDA IDEA: PARA LA VALIDEZ DE LA TOMA DE MUESTRA INVASIVA SE REQUIERE EL ASESORAMIENTO JURÍDICO A FAVOR DEL IMPUTADO El detenido era extranjero con un conocimiento deficiente del idioma español; sin embargo, la Policía le informó tanto del tipo de intervención corporal que se iba a practicar en su persona (un frotis bucal con un hisopo de algodón), así como del fin de la diligencia. Frente a este caso, la toma de muestra no es válida, ni siquiera bajo el argumento que toda persona, por sentido común, entendería los alcances de estarle metiendo un hisopo de algodón en la boca abierta de un individuo. Ni siquiera la presencia de un intérprete-traductor salvaría la situación; por el contrario la explicación de un evento con consecuencia jurídica se realiza a través del abogado defensor, máxime, como el caso nos ocupa, si estamos ante detenido. La presencia del defensor en la toma de muestra del imputado, en los casos de los artículos 269 (obtención de la muestra voluntaria) y 270 (obtención de la muestra por orden judicial) del Código Nacional de Procedimientos Penales,

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Estamos en más de 35 países PUBLIQUE SU ARTÍCULO EN TEMAS

Escríbanos a [email protected] se justifica en el debido asesoramiento jurídico tanto de las vías jurídicas para obtener la muestra con las cuales cuenta los órganos públicos de investigación así como de las consecuencias para el proceso penal de los resultados que arroje la prueba pericial. Pretender que el defensor sólo es un observador (un sujeto pasivo o un personaje de decoración) es inútil para las consecuencias del garantismo; y por el contrario la

asesoría letrada resulta necesaria para la validez del consentimiento o la orden judicial, dado que estamos hablando de una técnica con proyección de prueba científica. La función del abogado consiste en ofrecer el debido asesoramiento jurídico al detenido respecto a los derechos que le asisten tanto en su aspecto formal como material; como indica Manuel Richard, naturalmente, entra dentro de sus atribuciones

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aconsejar a su cliente de las consecuencias que pueden derivarse de un análisis pericial de ADN. 3.3 TERCERA IDEA: EXCEPCIONES A LA PRESENCIA DEL DEFENSOR PARA LA VALIDEZ DE LA TOMA DE MUESTRA ¿Será válida la obtención de muestras residuales del sujeto que puedan haber quedado adheridas al cuerpo o ropa de los agentes de policía? Al respecto, a pesar de la ausencia de un defensor, la muestra será válida y ello por razones de urgencia; activándose los protocolos respectivos de la cadena de custodia y teniéndose en cuenta su justificación ex post en audiencia ante el Juez. Por otro lado, la víctima de un delito sexual realizó la descripción de su agresor, lo cual justificó una detención pero en contra del hermano de este último (y ello por su gran parecido). Ello conllevó que el detenido entregase muestra biológica sin la presencia de un abogado defensor, para el efecto de ser descartado por la prueba del ADN. En ese sentido, la ausencia del defensor no invalidaría la técnica ni los estudios cuando la persona, de manera voluntaria

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dio la muestra, en su voluntad de colaborar con la investigación, para el efecto que sea descartado como sospechoso o indiciado. Es decir, la regla sería que la inobservancia de los derechos y garantías del imputado no podrá hacerse valer en su perjuicio. 3.4 CUARTA IDEA: CUIDADO CON EL FRAUDE PROCESAL Lo que no se puede permitir es el fraude procesal, es decir pasarlo como testigo a quien se considera sospechoso, por la existencia de una noticia criminal, por haber antecedentes de investigación, etc. Manuel Richard menciona que eso sucede cuando un individuo, del que ya se sospecha por existir indicios de criminalidad, es «invitado» por la policía, el fiscal o incluso por la autoridad judicial a ceder una muestra biológica con finalidad de cotejarla con otras en poder de la policía. La validez de la prueba obtenida en estos casos dependerá de si el sujeto que se prestó a la obtención de la muestra era, o no, sospechoso en el momento en el que se le solicitó, porque si en la inteligencia de la policía, el fiscal o el juez ya era un sospechoso puede haberse producido una vulneración de los derechos

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constitucionales, y esta vulneración se produciría por no otorgarle la consideración y los derechos inherentes a la condición de imputado desde el momento en el que existen indicios de criminalidad. 3.5 QUINTA IDEA: EL INCIDENTE DE NULIDAD PROBATORIA El defensor argumentaba la nulidad de la prueba en audiencia, pero el Juez lo consideró como un argumento de más. De acuerdo con el artículo 97 del Código Nacional de Procedimientos Penales, identificamos dos clases de nulidad: la absoluta y la relativa. La nulidad absoluta se plantea contra la prueba obtenida o el acto procesal realizado en contravención a derechos humanos; donde no es posible la corrección o la convalidación, y su nulidad podrá ser declarada de oficio o a solicitud de parte interesada, cuyo requerimiento podrá ser planteado en cualquier momento. En cambio, la nulidad relativa es aquella que se plantea por inobservancia de la forma y el acto podrá ser corregido o convalidado.

de inspección corporal que comporta una incidencia media o alta en este derecho, dependiendo del procedimiento empleado, de la parte del cuerpo sobre la que recae el procedimiento, y del tipo de muestra corporal. Así, resulta altamente invasiva de la intimidad del imputado, la obtención de muestras de fluidos que se encuentran en las cavidades anales, genitales, o vaginales. La obtención de muestras puede también implicar una invasión menor, por ejemplo, cuando se trata de huellas de pisadas, o de saliva, para cuya obtención no es necesario entrar en contacto con los órganos sexuales o los senos del imputado o imputada. Por otro lado, y con relación con el grado de afectación del derecho a la integridad corporal, la obtención de muestras que involucren al imputado puede implicar una limitación alta de este derecho, si en dicho procedimiento es necesaria una intervención quirúrgica, el empleo de anestesia o de procedimientos que puedan poner en riesgo la salud del imputado, o si con posterioridad a su obtención, la recuperación de la

Ahora bien, en el caso que nos ocupa, la toma de muestra invasiva si guarda relación con determinados derechos humanos. En cuanto al grado de invasión del derecho a la intimidad, la obtención de muestras corporales implica algún tipo

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salud del imputado exija cuidados médicos especializados. A mayor sea la incidencia de la medida en la integridad física del imputado, mayor importancia deben tener los bienes jurídicos tutelados y mayor el grado de desprotección en que quedarían las víctimas si se niega la práctica de esta medida. Es por ello que la extracción de muestras del cuerpo del imputado debe efectuarse en condiciones de seguridad, higiene, confiabilidad y humanidad para el imputado, tal como lo establecen los tratados internacionales que conforman el bloque de constitucionalidad. Estos parámetros obligan a las personas responsables de practicar esta forma de intervención corporal. En esa tesitura, violaciones a los citados derechos (y por extensión toda afectación al derecho a la asistencia letrada) originará que el afectado solicite, como incidente de previo y especial pronunciamiento, la nulidad de la toma de muestra y los exámenes derivados de la misma; incidente que lo planteará en audiencia con presencia de la parte contraria y del Juez, así como en cualquier momento del proceso penal. Para ello el solicitante argumentará: (1) la o las pruebas cuya nulidad se solicita; (2) el o los derechos humanos afectados; y, (3) la prueba para acreditar la violación del derecho humano. 3.6 SEXTA IDEA: LA ORDEN JUDICIAL PARA LA TOMA DE MUESTRA El artículo 270 del Código Nacional de Procedimientos Penales regula la orden judicial para la toma de muestra ante la negativa del imputado de aportarlo voluntariamente (en el caso de la víctima la entrega voluntaria es el único escenario, dado que el artículo 252 Fracción IV del Código Na-

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cional no autoriza orden del Juez). Ahora bien, el citado artículo se funda en criterios de razonabilidad, proporcionalidad y mínima intervención para justificar la decisión del operador. Por otro lado, emitida la orden su ejecución descansa en el lineamiento mencionado en el artículo 266 del Código Nacional de Procedimientos Penales, esto es, el respeto a la dignidad así como la cooperación del afectado y, a defecto de la cooperación, el registro forzoso. Claro está, que lo preceptuado tendrá que relacionarse con los documentos internacionales de protección a los derechos humanos así como los que regulan el actuar de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y el uso racional de la fuerza. Finalmente, el argumento que ante la negativa de acatar la orden judicial conlleva que el imputado sea denunciado por desobediencia o resistencia a la autoridad es fútil, dado que en un Estado de Derecho las órdenes judiciales válidamente emitidas gozan de la coacción (como un instrumento, no el único) para su cumplimiento; de lo contrario, caeríamos en el absurdo que el citado modelo de Estado tendrá que someterse a las negativas de los imputados.

Notas: 1. Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de México. Director General del Instituto Mexicano de Estudios y Consultoría en Derecho. Web: www.inmexius.com Correo electrónico: [email protected] 2. El artículo 20 constitucional primer párrafo señala que el proceso penal será acusatorio y oral. 3. Benavente Chorres, Hesbert. Guía para el estudiante del proceso penal acusatorio y oral, segunda edición, Flores Editor, México, 2014, p. 25.

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DERECHO

4. Peña Cabrera Freyre, Alonso Raúl. Exégesis del Nuevo Código Procesal Penal, 1era Edición, Editorial Rodhas, Lima, 2007, p. 134. 5. Taruffo, Michele. La prueba de los hechos, 2da. Edición, Trad. de Jordi Ferrer Beltrán, Editorial Trotta, 2005, pp. 28-47 y 80-81. 6. Idem, pp. 48-51, 81; y también Ferrer, Jordi. La Valoración Racional de la Prueba, Editorial Marcial Pons, Madrid, 2008, pp. 62-63. 7. Taruffo Ob. Cit., nota 522, pp. 32, 81-84 y 307319. 8. Idem, pp. 28 – 36. 9. Taruffo, Michele. La Prueba, Editorial Marcial Pons, Madrid, 2008, p. 26. 10. Taruffo. La prueba de los hechos… Ob. Cit., p. 180. 11. Ferrer, Jordi. Ob. Cit., p. 26-27. 12. Taruffo. La prueba de los hechos… Ob. Cit., p. 538. 13. Idem, p. 39. 14. Idem, pp. 42-43. 15. Benavente Chorres, Hesbert. La aplicación de la teoría del caso y la teoría del delito en el proceso penal acusatorio, Editorial J.M Bosch, Barcelona, 2011, pp. 10-23. 16. Taruffo. La prueba de los hechos… Ob. Cit., p. 43. 17. Idem, p. 64. 18. Idem, p. 69. 19. Guastini, Ricardo. Estudios sobre la interpretación jurídica, UNAM-IIJ, México, 1999, p. 71. 20. Taruffo. La prueba de los hechos… Ob. Cit., p. 69. 21. Cfr. Ferrer, Jordi. Ob. Cit., pp. 29-31. 22. Idem, p. 43. 23. Idem, pp. 53-54. 24. Idem, pp. 54-55. 25. Idem, pp. 55-56. 26. Idem, pp. 56-57. 27. Idem, pp. 57-58. 28. Taruffo. La prueba de los hechos… Ob. Cit., pp. 48-49. 29. Idem, p. 52. 30. Idem, p. 52. 31. Idem, p. 53. 32. Idem, p. 50. 33. Idem, p. 50.

34. Idem, p. 81. Esta cita no lo tiene que olvidar los “amantes” de las técnicas, destrezas y habilidades que han generado una generación de ingenuos que desconocen teoría del proceso o peor aún filosofía del Derecho. 35. Richard González, Manuel. “TS, Sala Segunda, de lo Penal, AC, 24 Sep. 2014”. En: La Ley 8940/2014.

Bibliografía:



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Benavente Chorres, Hesbert. La aplicación de la teoría del caso y la teoría del delito en el proceso penal acusatorio, Editorial J.M Bosch, Barcelona, 2011. Benavente Chorres, Hesbert. Guía para el estudiante del proceso penal acusatorio y oral, segunda edición, Flores Editor, México, 2014. Ferrer, Jordi. La Valoración Racional de la Prueba, Editorial Marcial Pons, Madrid, 2008. Guastini, Ricardo. Estudios sobre la interpretación jurídica, UNAM-IIJ, México, 1999. Peña Cabrera Freyre, Alonso Raúl. Exégesis del Nuevo Código Procesal Penal, 1era Edición, Editorial Rodhas, Lima, 2007. Richard González, Manuel. “TS, Sala Segunda, de lo Penal, AC, 24 Sep. 2014”. En: La Ley 8940/2014. Taruffo, Michele. La prueba de los hechos, 2da. Edición, Trad. de Jordi Ferrer Beltrán, Editorial Trotta, 2005. Taruffo, Michele. La Prueba, Editorial Marcial Pons, Madrid, 2008.

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SEGURIDAD VIAL: ZONA EXCLUSIVA PARA LA DETENCIÓN DE MOTOCICLETAS Por Carlos Puiggrós

Una medida de la Seguridad Vial para un tránsito congestionado. La superpoblación de vehículos y el tránsito, exclusivos para la detención de motocicletas es una de las principales problemáticas con en cruces semaforizados, las cuales son vigentes desde hace años en otros países como Uruguay, Colombia, Brasil y España, entre otros. Las mismas son fácilmente reconocibles, ya que están demarcadas sobre el pavimento con una imagen que muestra una motocicleta y está delimitado por dos líneas de frenado: la de las motocicletas que se encuentran cerca de la senda peatonal y la nueva línea de frenado para los automovilistas, que está a tres metros aproximadamente por detrás de la anterior.

la que se enfrentan las grandes ciudades del mundo. El aumento del parque automotor, las características del entorno de la vía pública y la escasa educación vial de todos aquellos que hacen uso de ella, produce indudablemente un caos vehicular en el tránsito difícil de controlar. Un capítulo especial, merece la circulación de las motocicletas, cuyo auge y aumento en la República Argentina se debieron primeramente a los bajos costos a las que se ofrecían estas unidades y posteriormente a las facilidades en su adquisición debido a las financiaciones que hasta hoy existen. Con el fin de colaborar con el ordenamiento y la seguridad vial, muchas ciudades argentinas; como Buenos Aires, Córdoba y ahora Mendoza, han habilitado zonas o espacios

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Según el portal oficial de la Ciudad de Mendoza, esta modalidad ya está en funcionamiento con éxito en otras ciudades como Buenos Aires, Madrid, Barcelona, Zaragoza, Londres y San Pablo. Desde el municipio aseguran que esta medida tiene múltiples beneficios como: Colaborar con el ordenamiento y la seguridad vial. Mejora la movilidad y seguridad de motociclistas, automovilistas y peatones. Mejorar la visibilidad de las motos, ubicándolas por delante del resto de los vehículos. Evitar el exceso de velocidad de las motos y desalentar las maniobras peligrosas y la invasión de la senda peatonal. Otra ventaja, es que manteniendo separadas a las motos del resto de los vehículos, reduce la operatividad del ‘motochorro’. En marco del “Plan de movilidad sustenta-

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ble” del Programa de control y seguridad vial del gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, detallan: La zona de detención segura de motos (ZDSM) es un espacio exclusivo para detención de motos antes de la senda peatonal. La medida permite que las motos se sitúen por delante del resto de los vehículos cuando el semáforo está en rojo mediante una línea de detención avanzada. Consiste en una doble línea con una moto pintada en el centro. Los objetivos de esta medida son: Colaborar

con el ordenamiento y la seguridad vial. Mejorar la movilidad y seguridad de motociclistas, automovilistas y peatones. Mejorar la visibilidad de las motos, ubicándolas adelante del resto de los vehículos. Evitar el exceso de velocidad de las motos que arrancan desde atrás entre los autos y generan siniestros. Desalentar maniobras peligrosas. Desalentar la invasión de la senda peatonal.

SEGURIDAD VIAL: ZONA EXCLUSIVA PARA LA DETENCÓN DE MOTOCICETAS Cabe aclarar que los motociclistas podrán adelantarse entre los automóviles para posicionarse en la zona delineada para su detención, siempre y cuando el semáforo se encuentre en luz roja. De esta manera se alcanza otro importante objetivo en el ordenamiento vehicular, no quedando “mezclados” las motocicletas con el resto de los vehículos, lo que puede evitar ciertos accidentes en el inicio de la marcha y que las motocicletas salgan zigzagueando entre el resto de los vehículos. Además con esta medida, se podrá evitar que todos los vehículos invadan el cruce peatonal, teniendo las motociclistas su espacio exclusivo y el resto de los automotores por detrás de los rodados de menor tamaño. La instrumentación de esta iniciativa permitirá poner en marcha un sistema de reordenamiento del tránsito vehicular que contribuya principalmente a la prevención de accidentes de tránsito.

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¿Los psicópatas conocen la diferencia entre el bien y el mal? Por Itzel Nafarrate (de C&C México) Conocen la diferencia, pero no cuentan con el sentimiento de lo incorrecto. Cuando enfrentan un dilema moral, la mayoría de la gente teme, y esas emociones ayudan a informar al juicio. Un experimento que analiza la actividad cerebral durante acertijos éticos descubrió que la amígdala, una región cerebral crítica para la respuesta al miedo y las emociones, no está tan activa cuando los psicópatas piensan sobre dilemas morales, en comparación con los no psicópatas. Es interesante que las respuestas de los psicópatas a esas preguntas no difieran de las de otras personas, sólo que sus cerebros no muestran la misma respuesta emocional. La ley está predicada en el componente cognitivo de reconocer la diferencia entre el bien y el mal. Eso estaba bien hace 800 años, como una regla para guiarnos por el castigo y a través de la culpa de la inocencia.

Una de las pruebas del liderazgo es la capacidad de reconocer un problema antes de que sea una emergencia. Arnold H. Glasow. Aléjese de los palacios el que quiera ser justo. La virtud y el poder no se hermanan bien. Lucano. Donde hay poca justicia es un peligro tener la tazón. Francisco de Quevedo.

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FALSIFICACIONES PERFECTAS: UN ROBOT QUE IMITA LA GRAFÍA HUMANA. Una empresa con sede en Nueva York, EEUU, conformada por un equipo de Peritos Calígrafos y técnicos especializados, afirman que el robot "Bond" puede imitar de manera categórica cualquier tipo de caligrafía, logrando un resultado tan exacto que resulta imposible diferenciar cual realizó el androide y cual la persona a la que imita. Sí, leyeron bien, de cumplir con lo que prometen, podemos estar en presencia del MAYOR FALSIFICADOR de documentos de la historia.

Toda grafía manuscrita entraña dos aspectos íntimamente ligados. El aspecto extrínseco, que atañe a los elementos formales de la escritura, y carece de importancia a los fines identificatorios, el aspecto intrínseco, en cambio, se relaciona con los atributos de la personalidad gráfica, y los que son, hasta lo que los idóneos sabemos, imposibles de reproducir por otra persona.

liza y aprende la personalidad gráfica de la persona a imitar. Para ello, es necesario que esta persona acuda a una cita prolongada con los responsables del androide, quienes junto a su equipo de peritos, le realizarán diferentes pruebas, buscando que todos los puntos de presión sean asimilados por "Bond", que luego reproducirá el escrito utilizando un elemento escritor común y corriente. Una vez conseguido lo anterior, bastará con que la persona asimilada por el robot envié un mensaje con las líneas que el escritor fantasma de metal debe replicar en papel. Posteriormente, los encargados de la aplicación mandarán por correo el escrito tantas veces como se quiera. Asusta pensar que está máquina producto de los constantes avances tecnológicos, sea capaz de reproducir un testamento ológrafo, una cesión de derechos o un documento pagaré, por el módico precio de 499 dólares. Pero antes de afirmar que es posible, debemos esperar que un experto confronte el material realizado por “Bond” con el indubitado; no caben dudas que estas conclusiones serán de interés para toda la comunidad científica.

Los profesionales que llevan a cabo este proyecto aseguran que el robot estudia, anahttp://revista-temas.blogspot.com.ar

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“Muchos de los que mandan son posibles psicópatas” La estadística demuestra que el 4% de los líderes empresariales son psicópatas, lo que se traduce en que este trastorno de la personalidad es cuatro veces más frecuente en las altas esferas. “Esto demuestra que el capitalismo se está convirtiendo, poco a poco, en una forma de psicopatía”. El periodista británico Jon Ronson, conocido por sus trabajos de investigación en el periódico The Guardian pero sobre todo por su libro Los hombres que miraban fijamente a las cabras –adaptado al cine en 2009 por George Clooney–, vuelve a cobrar protagonismo poniendo en tela de juicio la salud mental de los políticos y directivos de grandes empresas en su quinto libro.

“El psicópata es el mejor mentiroso porque no hay nada que le detenga, no tiene remordimientos ni se siente avergonzado” ¿Es usted un psicópata? (Ediciones B) relata la historia de un preso que supuestamente fingió una enfermedad mental para obtener una sentencia más leve, pero que sigue ingresado en un penal psiquiátrico porque ningún médico cree que esté cuerdo. Fingir una enfermedad y que te crean dificulta sobremanera volver a convencer de que se está cuerdo. ”El que finge estar loco acaba obsesionado con dejar de parecerlo: no sentarse como un loco, no reírse como un loco... Por lo que acaba volviéndose loco de verdad”, asegura el autor a El Confidencial. Ronson explica que la historia personal de una amiga le impulsó a profundizar en el tema de la locura y por ende a escribir el libro. Mary se casó con un hombre que había conocido por internet y le dijo que trabajaba para la CIA. Tras siete años de matrimonio, Mary descubrió que cuando le decía que estaba en una misión secreta en Palestina, realmente estaba dos calles más abajo liado con su vecina. Y es que el psicópata es el mejor mentiroso porque no hay nada que le detenga. ”No tiene remordimientos, no siente empatía, no se siente avergonzado... Así que no tiene ninguna razón para ser buena persona”. Recuerda que cuando estaba investigando su historia habló con un psiquiatra que fue el primero en revelarle que las altas esferas están llenas de personas con estos rasgos, que son los causantes de la situación actual del mundo. “Y la mera sugerencia de que un trastorno mental sea tan poderoso y pueda causar este desastre mundial me fascinó”, reconoce. Para saber más: http://www.elconfidencial.com/alma-corazon-vida/2012/03/27/muchos-de-los -que-mandan-son-posibles-psicopatas-95040

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Césare Lombroso Ezechia Marco Lombroso (Italia 18351909) conocido con el pseudónimo Cesare Lombroso, fue un médico y criminólogo representante del positivismo criminológico, llamado en su tiempo la nueva escuela (Nuova Scuola), junto con Enrico Ferri y Raffaele Garofalo. Se graduó en 1852 como médico de la Universidad de Paíva. En 1866 fue nombrado profesor extraordinario en la Universidad de Pavía y en 1871 asumió la dirección del manicomio de Pésaro. En 1871 fue nombrado profesor de medicina legal en la Universidad de Turín.

nales natos adultos no hay muchos remedios: es necesario o bien secuestrarlos para siempre, en los casos de los incorregibles, o suprimirlos, cuando su incorregibilidad los torna demasiado peligrosos” Su obra está caracterizada por la precariedad científica, frecuentemente la observación empírica sobre la población y de relaciones de causalidad poco fundadas. Por ejemplo, de la comparación entre la temperatura anual de distintas provincias de Italia y el índice de homicidios afirmó que el calor favorece este tipo de delitos. La pena tiene como objetivo según Lombroso la defensa social, entendida como neutralización del peligro que para la sociedad representan ciertos individuos que no pueden dominar sus tendencias criminales. Al mismo tiempo, tiene el fin de intentar una readaptación en los casos en que fuera posible.

Las teorías de Lombroso sobre el delincuente. Lombroso dijo que las causas de la criminalidad son de acuerdo con la forma, causas físicas y biológicas, donde el delito es resultado de tendencias innatas, de orden genético, observables en ciertos rasgos físicos o fisonómicos de los delincuentes habituales (asimetrías craneales, determinadas formas de mandíbula, orejas, arcos superciliares, etc.) y otros factores criminógenos como el clima, la orografía, el grado de civilización, la densidad de población, la alimentación, el alcoholismo, la instrucción, la posición económica y hasta la religión.

La concepción de Lombroso torna irrelevante el estudio de la imputabilidad del sujeto, puesto que –según se deriva lógicamente de sus postulados– todos los criminales son inimputables, y cuanto menor sea su responsabilidad, mayor es su peligrosidad. Esta idea se opone agudamente a las concepciones más frecuentes entre abogados y juristas, a quienes Lombroso criticó, sosteniendo que pretendían aminorar la pena precisamente para los individuos más peligrosos.

Refiriéndose a lo que él llama la terapia del delito, dice: “En realidad, para los crimi-

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¿QUÉ ES LA ACÚSTICA FORENSE? La Acústica Forense es la identificación de personas a través de la voz. Esta técnica precisa un “método combinado” que es aquel en el que se relacionan tres sistemas clásicos: perceptivo-auditivo, acústico y fonético-lingüístico; ello nos lleva, entre otros análisis, a la elaboración del “pasaporte vocal” que suponga un auténtico perfil de identidad criminal. Tipos de peritajes que se realizan En casos de hechos delictivos como la extorsión o el secuestro donde se logra obtener un audio producto de la afectación o agresión hacia un ciudadano vía telefónica o presencial, es posible analizar las características de las voces como la tonalidad, frecuencia, intensidad y los formantes mismos, los cuales permiten individualizar la voz hasta el punto de lograr identificar a un individuo.

• Identificación controlada de locutores: Los peritos en acústica forense intervienen en el procesamiento de una grabación de voz (indicio dubitado) en formato

análogo o digital. Debe existir un detenido o presunto agresor, del cual se obtiene su muestra de voz (indicio indubitado) para efecto de identificar si se trata de un mismo locutor.

• Identificación de una voz latente: Se interviene en el procesamiento de una grabación de voz latente (indicio dubitado) en formato análogo o digital. Con la aplicación de un algoritmo para identificación de audio forense se realiza una consulta en una Base de Datos, que incluye registros grabados, a efecto de obtener posibles candidatos con los cuales poder realizar un proceso de análisis e identificar al locutor y/o locutores que forman parte de la grabación.

• Identificación de contenidos: Los peritos en acústica forense intervienen en el tratamiento y análisis de una grabación de voz en formato análogo o digital, aplicando diversos filtros y limpieza de audio con la finalidad de encontrar frases y palabras clave mencionadas por los locutores que intervienen en la grabación. Uno de los principales inconvenientes que presenta la identificación por voz es la mutabilidad, ─la variabilidad intra-personal─ y la dificultad para obtener muestras indubitadas válidas. Pese a estas dificultades, podemos hablar de forma esperanzada de la evolución de sistemas automáticos de identificación por voz, aunque sigue siendo imprescindible la labor combinada con los diferentes técnicos especialistas en la materia.

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TEMAS DE ACTUALIDAD

II CONGRESO INTERNACIONAL DE CRIMINOLOGÍAS ESPECÍFICAS

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II CONGRESO INTERNACIONAL DE CRIMINOLOGÍAS ESPECÍFICAS

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14, 15 Y 16 DE OCTUBRE DE 2015, D.F. MÉXICO

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REVISTA DIGITAL DE

SOCIEDADES VIOLENTAS: INFLUENCIA DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN LUCÍA BORT LORENZO (España)

Criminóloga y Perito Judicial ejerciente. Obteniendo habilitación para ejercer como Detective Privado en la Universidad de Valencia (España) y realizando Máster en Criminalística, investigación criminal y escena del crimen en la Universidad Camilo José Cela de Madrid (España). Actualmente, docente en la Escuela Superior de Criminalística de los cursos: “Técnico Experto en Intervención Delictiva y Penitenciaria” y “Perfilación Criminal”.

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CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

RESUMEN La relación existente entre los medios de comunicación y la violencia ha creado de manera continua una preocupación para la sociedad. Se han realizado numerosos estudios para determinar esas causas, y aquí de lo que se trata es de analizar esas teorías y facilitar propuestas para que este problema no se agrave. ABSTRACT The relationship between the media and violence has continuously created a concern for society. There have been numerous studies to determine those causes, and here the intent is to analyze these theories and propose solutions to this problem. Palabras clave: Medios de comunicación, violencia, sociedad, audiencia, influencia.

RECIBIDO EL: 22-1-2014

PUBLICADO EL: 01-03-2015

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Ver la televisión se ha convertido en uno de los entretenimientos más extendidos en nuestra sociedad, pero ¿cómo influye esto en nuestras personalidades? TEORÍAS EXPLICATIVAS Se han desarrollado diversas teorías a lo largo de la historia, muchas de ellas se siguen utilizando en la actualidad.

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sta es la cuestión que se tratará.

A lo largo de los años se ha demostrado que los medios de comunicación ejercen influencia sobre la sociedad y muchos han sido los estudios y teorías que han tratado de analizar las causas que provocan esos desencadenantes violentos. Lo que se ha descubierto es que no se trata únicamente de una causa, sino de un conjunto de ellas. Como bien dice José Sanmartín, la violencia resulta de la interacción entre una agresividad natural y la cultura, por lo tanto, los medios de comunicación serían un elemento más que reforzaría su creación.

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Surgen personajes violentos estereotipados que se vuelven héroes para los individuos, algo que ya anunciaba el construccionismo. Se vio de manera marcada hace algún tiempo con la serie de dibujos animados “South Park”, dibujos para adultos que veían niños, los cuales repetían sus conductas, querían sus camisetas, sus muñecos…etc. George Gerbner, situado dentro de la Teoría del Cultivo, realiza uno de los estudios más ambiciosos, ya que estudió la violencia y los indicadores culturales y trató de determinar qué influye para que una sociedad vulnerable tenga actitudes violentas. Por tanto, la idea principal es

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que la televisión cultiva actitudes y valores que ya están presentes en la sociedad y realiza una función de agente socializador. Las personas que son grandes consumidoras de televisión están expuestas a la distorsión de la realidad, por lo que pueden tener una percepción errónea de ésta (Boni, 2008). Ejemplo de este hecho, en relación con la percepción de la violencia, es el de “espectador intensivo” que sería alguien que consume mucha televisión y no compara los mensajes con aquellos que emiten otros medios de comunicación, como la prensa o la radio. Estas personas ven el mundo más violento de lo que realmente es, es decir, ven la sociedad desde un punto de vista pesimista. Como menciona Barata en su obra, se crearía una “sensación de peligro, desconfianza y dependencia”. Este hecho lleva a plantearse si la violencia está sobre-representada en los medios de comunicación porque crea un mayor interés al público que otros temas, pero por otro lado, como se viene explicando, distorsiona la realidad e induce a pensar que hay un mayor número de peligros de los que realmente hay. La Escuela Crítica alertaba sobre que las audiencias habían creado un comportamiento “alienado” hacia los medios de co-

municación de masas, es decir, no creaban razonamientos propios y desarrollaban sus pensamientos a través de lo que los medios decían. Si esto se relaciona con hechos violentos el resultado puede ser nefasto, ya que aunque no sea de forma directa, algunos comportamientos violentos (por ejemplo el hecho de no dejar hablar a los otros participantes en un debate) irrumpen en la sociedad y no se sabe discernir si es correcto o no, porque al verlo cada día se asimila. Otra teoría muy importante que se relacionaría con la influencia de la violencia en la sociedad es la de la Espiral del Silencio. Los medios de comunicación de masas crearían esta espiral del silencio y las opiniones minoritarias de personas que no van a favor de lo que dicen estos medios de comunicación quedarían excluidas o eliminadas. Bandura y Berkowitz también trabajaron con la idea de la violencia y los medios de comunicación, y realizaron un estudio donde mostraban a un grupo de niños una película donde se veía a un adulto golpeando a una muñeca de plástico. A continuación, se dejaba a los niños en una habitación con una muñeca para que jugaran, y la gran mayoría de ellos repetía las conductas violentas que habían visto con anterioridad. Después de este recorrido por la historia,

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se puede apreciar que la violencia está presente en los medios de comunicación, y aunque no se aprecie de manera consciente, influyen en las conductas de la audiencia.

¿QUÉ LÍMITES VULNERAN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN? Para que se pueda apreciar el alcance que la influencia de los medios de comunicación puede tener se analizará la siguiente estadística, la cual establece el consumo diario de televisión por edad (minutos de televisión). Perfil del Consumidor Diario por Edad (Minutos de TV) Fuente: Kanter Media

Se establece la diferencia entre el mes de

600 400 200

ene-13

0

ene-14 4 a 13 a25 a45 aMás 12 24 44 64 65

Enero del año 2013 y el mes de enero de 2014 (última actualización disponible). Como se puede observar, las personas de más de 65 años consumen alrededor de seis horas diarias de televisión por lo que, si se sigue la teoría del “espectador intensivo”, son los más propensas a ver la sociedad de una manera pesimista y considerarla más peligrosa de lo que es. De la misma manera, no hay que obviar el dato de que los niños de 4 a 12 años ven la televisión alrededor de dos horas y media al día. Este hecho es importante porque la pueden tomar como un

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modelo e imitar lo que pasa en ésta, por tanto si ven constantemente conductas violentas existe el peligro de que estos niños repitan estas conductas. Por otro lado, todos los días se aprecian una gran cantidad de infracciones cometidas por las distintas cadenas de televisión. Ejemplo de ello es el estudio realizado por la Universidad Rey Juan Carlos (Madrid, 2011). Realizaron un seguimiento de los contenidos televisivos en horario de especial protección infantil, siguiendo como referencia el Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia, que fue firmado por las principales cadenas de televisión españolas de ámbito nacional y autonómico. En el Código de Autorregulación y en el artículo 7.2 LGCA se establece que los horarios de protección infantil reforzada son: de 8h a 9h, de 17h a 20h entre semana y de 9h a 12h los fines de semana y festivos. Analizaron los programas de las cadenas TVE1, Antena 3, Cuatro, Tele5, La Sexta y Telemadrid emitidos en esa franja horaria entre septiembre y diciembre de 2008 y julio y septiembre de 2009. El resultado de esta investigación fue que durante el primer período de 4 meses estudiado, las vulneraciones cometidas por las cadenas de televisión, anteriormente citadas, fueron 4889, y en el segundo período de 3 meses se cometieron 5838 infracciones. Además, de éstas el 30% se consideraron graves y se localizaron básicamente en las series, los informativos y los programas de actualidad social. ¿Quién controla esto si España es el único país de la Unión Europea que no dispone de un Consejo Audiovisual? Pues bien, el Ministerio de Industria y Turismo es quien tiene la competencia para controlar si la normativa se cumple, pero como es lógico, no tienen

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CRIMINOLOGÍA

medios para dedicarse exclusivamente a esto, como haría un Consejo Audiovisual. Necesario analizar el último problema que ha habido en España en referencia a este tema. “Sálvame”, un programa del corazón, se emite de lunes a viernes en horario de 16:00 a 20:10 hs. en la cadena Telecinco (Grupo Mediaset). Según lo dicho anteriormente, cubre todas las horas de protección reforzada de la tarde. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) requirió a finales de 2014 que este programa adecuara los contenidos al horario en el cual es emitido, ya que estaban incumpliendo el artículo 20 de la Constitución Española, que protege la libertad de expresión, creación literaria, libertad de comunicación…etc., pero siempre que estas libertades no vulneren el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia. El mayor problema deriva de este último punto. En “Sálvame” aparecen personas hablando de su vida privada, ellas mismas hacen pública su vida, y este hecho no presenta mayor importancia. Pero también se habla de menores y, además, se emite en horario de protección reforzada infantil, por lo que deben evitar temas y conductas violentas. La CNMC manifestó textualmente que en este programa se presentan situaciones “explícitas y sin solución positiva o no criticada de graves conflictos emocionales --por ejemplo, la venganza, el odio en el seno de la familia, los malos tratos, los problemas de identidad sexual, el divorcio traumático y la violencia doméstica, entre otros- y de conflictos exacerbados”. Además, también ha criticado la presentación “sin finalidad educativa o informativa de actitudes intoleran-

tes, racistas, sexistas y violentas, conductas competitivas que no respeten las reglas o los derechos de los demás, o arribismo a cualquier precio o esta misma presentación no criticada y que incite a la imitación”. ¿Qué solución ha puesto el programa “Sálvame”? Pues de 16:00 a 17:00 hs. han llamado al programa “Sálvame Limón”, y en este espacio se tratarán los temas más controvertidos e incómodos, y de 17:00 a 20:00 hs. el horario de protección reforzada, se ha llamado “Sálvame Naranja”, donde se tratarán contenidos más suaves. La pregunta que hay que plantearse es si esto soluciona alguna cosa o si este tipo de programas sigue generando actitudes violentas en la sociedad. Como este, existen muchos ejemplos en series, películas, programas de sobremesa… etc. Pero, en la actualidad, cuando se vulnera el Código de Autorregulación no se interpone ninguna sanción a la cadena, ya que sólo tiene el papel de recomendación. Se extrae como conclusión, la necesidad de crear un Consejo Audiovisual en España que controle los incumplimientos realizados por las cadenas y pueda imponer sanciones. De esta manera, no se expresaría tanta violencia en los horarios que pueden influir a las personas más vulnerables, que son los niños.

PROPUESTAS Después de analizar lo anteriormente expuesto, se pone de manifiesto que lo medios de comunicación, sobretodo la televisión, es un medio de entretenimiento en masa, y como tal, debería dar ejemplos de comportamiento. En primer lugar, es necesaria la prevención de la influencia de la televisión. ¿Cómo se puede evitar esto? Educando des-

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de pequeños.

individuos.

Manuel Cerezo Arriaza (1996) propuso llevar a cabo políticas preventivas, es decir, fomentar desde las aulas un uso crítico y creativo de la televisión. Sería una buena idea que se pusiesen en práctica, como ya existen algunas, un mayor número de campañas de este tipo. Los profesores ayudarían a los alumnos a interpretar de una manera coherente aquello que se muestra en la televisión o en otros medios de comunicación, y así entrenarían la habilidad de saber discernir y diferenciar aquello importante de lo superficial, o aquello que se cuenta de una manera exagerada para llamar la atención (sensacionalismo) de lo que es verdaderamente objetivo y real.

Mejorando estos aspectos se podría prevenir la influencia de la violencia que los medios de comunicación ejercen y también prevenir que el problema existente se agrave.

Los padres también deberían realizar esto en sus casas. A la mayoría de niños les gustan dibujos y videojuegos violentos, entonces los padres tendrían la función de educarlos para que sepan que eso no es real y que no tienen que repetir esas conductas, ya que es sólo ficción.

BIBLIOGRAFÍA • BARATA, F. (2003) Los mass media y el pensamiento criminológico. Sistema Penal y Problemas Sociales. Valencia: Tirant lo Blanch. P. 457-511. • BONI, F. (2008). Teorías de los medios de comunicación (Vol. 21). Univ. Autònoma de Barcelona. • CASTILLEJO, Á. G. (2003). El Consejo Audiovisual de España. Fundación Alternativas. • CEREZO ARRIAZA, M. (1996). La televisión: del espectador ingenuo al espectador crítico. Temas. P.15-21. • GERBNER, G. (1969). “Toward ‘Cultural Indicators’: The Analysis of Mass Mediated Message Systems”. AV Communication Review, 17(2), 137-148. • GERBNER, G. (1970). “Cultural Indicators: The Case of Violence in Television Drama”. The Annals of the American Academy of Political and Social Science, 388, 69-81. • FERNÁNDEZ MARTÍNEZ, A. & LÓPEZ DE AYALA, M. C. (2011): “Televisión e infancia: cinco años después del código de autorregulación”. Revista Latina de Comunicación Social, 66. Pp. 31- 62. • SANMARTÍN, J. (1998) Violencia, televisión y cine. Barcelona, Ariel. P.17

Otra manera de evitar la influencia directa es contrastar diversos medios de comunicación. Es decir, no fiarse única y exclusivamente de los que emiten las noticias o programas de televisión, sino también contrastarlo con la prensa o la radio, para así tener un campo más amplio de conocimientos y tener la capacidad de escoger aquellos que presentan más objetividad. A raíz de esto, se deriva en la idea de que las personas deberían aprender a tener un punto de vista crítico con respecto a lo que ven o leen para no ser manipulados. Y también, los medios de comunicación han de valorar el gran riesgo de hacer públicos determinados comportamientos porque pueden incidir en las conductas de ciertos

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Este es sólo un elemento, ya que como se ha mencionado al principio, se ha investigado mucho sobre este tema, pero no se ha descubierto que la violencia tenga una relación única y directa con las sociedades violentas. Por lo tanto, es un aspecto de los muchos que influyen y que hay que valorar y mejorar.

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La incidencia de los nuevos modos de juego en el aprendizaje de los niños Investigadores identifican y analizan el impacto y las modificaciones que ocasiona la ausencia del juego simbólico. El estudio determinó que con los medios de comunicación y la tecnología los niños pasan a ser consumidores-clientes. Crecen inmersos en un marco tecnológico y evidencian “una cuestión de género”, referida a que “los varones prefieren las tecnologías más que las nenas”. Universidad Nacional de Villa María Instituto de Ciencias Humanas 15 de Diciembre de 2014 La actividad pasiva de los niños frente a la pantalla, su carencia de producción simbólica propia y espontánea, la falta de autonomía y las dificultades en la creación de estrategias para resolver situaciones, motivaron a un equipo de pedagogos e investigadores de la Universidad Nacional de Villa María a analizar las “nuevas miradas sobre el juego y los juguetes en la infancia y su incidencia en el aprendizaje”. El equipo planteó que esta realidad repercute en forma directa sobre el desarrollo de la inteligencia, la producción simbólica, el nivel de atención y pensamiento, y la posibilidad de crear e imaginar. Asimismo, sostuvieron que la tecnología irrumpe como mandatos culturales en la vida de los niños y en su actividad lúdica. Entre sus hipótesis sostuvieron que la realización de múltiples actividades cotidianas, sumada a la influencia de la televisión y las imposiciones del mercado, configuran un juego guionado que tiene como objetivo aquello que delimita un determinado personaje, ya sean prince-

sas o superhéroes. “De esta forma se pierde el juego del como sí, el juego dramático basado en recrear el juguete y jugar a armar historias o ficciones”, indicó a Argentina Investiga Fernanda Talei, integrante del equipo. Los investigadores resaltaron el valor de que los padres otorguen espacios libres de juego a los niños desde la primera infancia, dejen tiempo a los chicos para “aburrirse y, de este modo, armar sus propias actividades a partir del juego”, lo que enseña a resolver situaciones de conflicto y a mantener una interacción directa. Esta línea de investigación forma parte de la segunda etapa de un proyecto iniciado en 2010 que abordó el estudio de las connotaciones socioculturales, psicopedagógicas y psicológicas del concepto de ‘infancia’. Las conclusiones de ese análisis determinaron que los medios de comunicación y la tecnología “inciden en las nuevas identidades y transforman al niño en consumidor”. Además, el estudio hizo hincapié en las representaciones que los educadores poseen sobre los niños. “Nuestros conceptos teóricos tienen que ver con la modificación que sufre el juego libre y dramático”, explicitó Talei. Según la profesional, desde hace poco más de una década los niños crecen inmersos en un marco tecnológico, teniendo acceso a distintos dispositivos en el ámbito público o privado. En tal sentido, en la ma-

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yoría de los casos abordados se evidenció “una cuestión de género referida a que los varones prefieren más que las nenas los juegos tecnológicos”. El juego con la pantalla, sea celular o computadora, “capitaliza sus vidas en desmedro del juego con juguetes reales”. De esta manera, la investigación establece que “los niños pasan a ser consumidores-clientes y se pierde la posibilidad de que puedan armar una ficción para recrear una historia que incentive su imaginación, les sirva para tolerar la frustración y resolver situaciones conflictivas”. De acuerdo a los datos plasmados en la primera etapa de la investigación pudieron detectar que los padres aceptan de manera pasiva los intereses de los infantes, influenciados, en su mayoría, por la publicidad televisiva. “Los padres también ofrecen juegos didácticos, pero sólo con valor pedagógico. A veces les parece que si el niño está jugando con algo que no tiene una enseñanza directa o un juguete tecnológico no está aprendiendo, hecho que no es así”, resaltó. La muestra Durante la primera etapa el estudio trabajó con una muestra compuesta por niños de 3 a 8 años de la ciudad de Villa María, pertenecientes a las clases media y alta. En este sentido, se documentó el significado de ser niños y en definir qué es para ellos el concepto de ‘infancia’. “Es complejo que puedan hablar de sí mismos, pero a

través de dibujos y juegos pudo establecerse que lo que más les interesa es la tecnología, hecho que sirvió para trabajar y corroborar la hipótesis de que el mercado brinda este tipo de ofertas en desmedro del juego simbólico”, reflexionó la investigadora. La recolección de datos incluyó, además, la realización de entrevistas a 40 padres, a quienes se indagó sobre los modos de juego de sus hijos y la utilización del tiempo libre. La muestra se completó con el testimonio de personal de jugueterías de la ciudad con el fin de consultar qué ofrecen a los padres y qué tipo de productos finalmente se comercializan. El análisis de la información recabada indicó que el ranking de juguetes más vendidos se encuentra encabezado por los que aparecen en tandas publicitarias televisivas, y que alcanzan mayores niveles de ventas aquellos de marcas reconocidas. Por otro lado, se observó que los juegos tradicionales no se han perdido del todo, aunque los niños se aburren rápidamente de éstos. El equipo de investigación está integrado por Mercedes Civarolo, Susana Amblard, Fernanda Talei, Ana Galimberti, Angélica Fuentes, Mónica Pérez y Cristina Gonzalo Canavoso. Para saber más puedes consultar la fuente http://argentinainvestiga.edu.ar/

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Bullying: investigadores platenses estudian las causas de este flagelo Los hechos violentos son manifestaciones que ocurren en todos los niveles sociales, económicos y culturales y que alcanzan también a todas las instituciones, incluso a la escuela, donde el bullying afecta al 15 por ciento de esa población mundial. Como respuesta a este flagelo, investigadores de la Universidad Nacional de La Plata realizan un minucioso abordaje de las distintas causas que desencadenan esta problemática. Universidad Nacional de La Plata Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. 28 de Junio de 2014 Se denomina ‘bullying’ a cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico, de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado. Estadísticamente, el tipo de violencia que predomina es la emocional y se da, en la mayor parte de los casos, en el aula y en el patio de los centros escolares. Definir sus causas, consecuencias, límites y direcciones significa detectarlos, reconocerlos, analizarlos y adoptar una postura reflexiva para trabajar en materia de prevención. Para ello, un grupo interdisciplinario de investigación de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la UNLP, encabezado por la profesora Celia Paladino, seleccionará una muestra poblacional de alumnos pertenecientes a escuelas primarias, de gestión estatal y privada, de la ciudad de La Plata. El sondeo incluye igual cantidad de mujeres y varones divididos por grupos etarios de 8, 10 y 12 años. Una vez realizado el relevamiento se procederá a descifrar el complejo código de ideas y creencias contenidas en

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tales situaciones para elaborar un diagnóstico que contribuya a propiciar cambios conceptuales en docentes y padres. De este modo, se buscará construir una nueva representación sobre esa realidad. Paladino señaló a Argentina Investiga: “Optamos por un diseño exploratorio de tipo cualitativo, cuya lógica sigue un proceso que parte de las experiencias vividas por los participantes con la finalidad de comprenderlos dentro del marco de referencia de ellos mismos, considerando a los chicos y chicas como actores principales para ser los comentaristas competentes de su propia vida”. El maltrato entre escolares es un grave problema que tiene consecuencias negativas para el desarrollo subjetivo y la convivencia en el ámbito escolar. Por ello, la investigación apunta, en primer lugar, a conocer las representaciones sobre el maltrato entre pares, escuchando las voces de sus protagonistas. Asimismo, la intención es lograr una efectiva descripción de las semejanzas y diferencias por género y edad. La Universidad Nacional de La Plata, a través de su prosecretaría de Asuntos académicos, ya tuvo un acercamiento a este problema social. En 2012 se creó el primer Observatorio de Prácticas de convivencia escolar en el sistema de pregrado universitario. La iniciativa se instrumentó a partir de una comisión inter-colegios, formada por representantes de los equipos directivos de la Escuela Graduada Joaquín V. González, el Colegio Nacional Rafael Hernández,

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el Liceo Víctor Mercante, el Bachillerato de Bellas Artes y la Escuela de Agricultura y Ganadería María Cruz y Manuel L. Inchausti, ubicada en la localidad de 25 de Mayo. Vale aclarar que en nuestro país son escasos los conocimientos sobre cómo se representan las situaciones de maltrato entre escolares que las protagonizan o las presencian, por lo que este aporte podría ser sumamente valioso en la intervención escolar para evitar este tipo de prácticas. En la opinión pública argentina, la temática del maltrato entre compañeros en las escuelas se instaló desde hace unos años a esta parte. Su tratamiento es recurrente en los medios masivos de comunicación, en especial cuando ocurre algún episodio de violencia extrema en las instituciones educativas. Pero también se observa que el tratamiento de este flagelo se extingue cuando la noticia en cuestión pierde interés. Un informe de la Unesco- CEPAL de 2011, realizado en 16 países de América latina, reveló que la Argentina es el país que mostró las cifras más altas en cuanto a agresión verbal como insultos

y amenazas entre alumnos de sexto grado. Además, se observó un alto nivel de violencia física entre pares, especialmente cuando se trata de los varones. Entre las formas de maltrato más frecuentes en América latina, los autores del informe identifican distintos tipos de insultos, apodos y sobrenombres; golpes, agresiones directas, robos; amenazas, rumores y la exclusión o el aislamiento social. Vale destacar que el bullying se ha extendido a las redes sociales, lo cual lo hace un problema mucho más grave ya que trasciende el entorno escolar. Si bien existen muchas situaciones de acoso escolar que no son denunciadas, durante 2013 fueron notificados en el Sistema de Promoción y Protección de Derechos del Niño en la provincia de Buenos Aires cerca de 50 casos de acoso escolar. Esta investigación se enmarca en otro trabajo previo, realizado en 2012 por Paladino y Damián Gorostiaga. De éste se desprenden importantes aportes, como la noción de que los niños conciben el maltrato como una práctica rutinizada y alcanza el estatuto de normalidad “entre amigos”, al que se refieren con la etiqueta eufemística “una broma”. Por otro lado, perciben como conflictos de reconocimiento, que implica la búsqueda de aprobación e inclusión en el círculo del “nosotros”. Si no se logra esa aceptación, el individuo pierde su posibilidad de pertenencia, se convierte en “el otro”. El bullying en números Entre los 34 países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) se reporta que un 40 por ciento de los estudiantes declaró haber sido víctima de acoso; 25 por ciento haber recibido insultos y amenazas; 17 por ciento fue golpeado y un 44 por ciento dijo haber atravesado por algún episodio de violencia verbal, psicológica, física y -ahora- a través de las redes sociales. Para saber más puedes consultar la fuente http://argentinainvestiga.edu.ar/

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REVISTA DIGITAL DE

VALORACIÓN DE LA VIABILIDAD DEL ADN CON EL MARCADOR GENÉTICO AMELOGENINA (SEXO BIOLÓGICO) AMPLIFICADO DE MUESTRAS SANGUÍNEAS SOMETIDAS A DEGRADACIÓN POR DETERGENTES QUÍMICOS HÉCTOR JAVIER HERNÁNDEZ VAZQUÉZ (México)

Licenciado en Análisis Químico Biológicos egresado de la Universidad Autónoma de Aguascalientes. Organizador del Taller de Genética Forense en el IX Congreso de Ciencias Naturales llevado a cabo en Septiembre de 2014 en las instalaciones de la Universidad Autónoma De Aguascalientes. Colaborador en el desarrollo de la investigación titulada “Reducción de la cirrosis hepática en hámster por efecto del Carvedilol”, investigación presentada en noviembre de 2013.

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CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD

RESUMEN La finalidad de la investigación desarrollada en la presente tesina, es estandarizar métodos a través de los cuales será posible medir tanto cualitativa como cuantitativamente la viabilidad de muestras de ADN obtenido se sangre en una escena del crimen, el cual se ha visto expuesto a degradación por detergentes, lo cual es común que se presente en la escena de un crimen. Con esto se busca reducir el tiempo necesario para el análisis de las muestras obtenidas, así como, la reducción de casos que se ven afectados por el mal desarrollo de la cadena de custodia. ABSTRACT The purpose of the research developed in this thesis, is to standardize methods by which it will be possible to measure both qualitatively and quantitatively the feasibility of DNA samples obtained blood in a crime scene, which has been exposed to degradation by detergents, which is common to be present at the scene of a crime. This seeks to reduce the time required for the analysis of samples taken, as well as reducing cases that are affected by poor development of the chain of custody.

RECIBIDO: 31-01-2015

PUBLICADO: 01-03-2015

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TEMA’S

INTRODUCCION

E

n la actualidad tanto en México como en la mayoría de los países del mundo es necesaria la resolución rápida y confiable de casos de asesinatos, violaciones, negación de la paternidad, etc. Es por ello que día a día es necesario desarrollar nuevas y mejores metodologías que permitan tanto a los científicos del área forense como a las correspondientes cortes dar un veredicto basado en resultados confiables. Dentro de los procesos que impli-

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ca la resolución de un caso, hablando de materia forense, un punto culminante y por el cual puede llegar a darse un veredicto positivo o negativo es, la cadena de custodia. Está implica todos los procedimientos que deben ser llevados a cabo minuciosamente para considerar los resultados del análisis como aceptables. Ello implica la recolección de muestras adecuadas para su procesamiento, tales que no puedan llegar a producir una confusión o que sean inadecuadas para su procesamiento. Numerosos son los casos, los cuales se han visto perjudicados por llevar a cabo una inadecuada cadena de custodia, lo cual ocurre en México en numerosas ocasiones. Debido a esto se ha presentado la necesidad de desarrollar metodologías adecuadas que puedan ayudar

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tanto a mejorar los procedimientos de la cadena de custodia, así como para el dictamen de un veredicto. La finalidad de la investigación desarrollada en la presente tesina, es estandarizar métodos a través de los cuales sea posible medir tanto cualitativa como cuantitativamente la viabilidad de muestras de ADN obtenidas de sangre que se han visto expuestas a degradación por detergentes, lo que es común que se presente en la escena de un crimen. Con esto se busca reducir el tiempo necesario para el análisis de las muestras obtenidas, así como, la reducción de casos que se ven afectados por el mal desarrollo de la cadena de custodia.

MARCO TEÓRICO, ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN Hace no más de un siglo y medio nadie hubiera soñado que si un delincuente cometía un homicidio y dejaba algún rastro en la escena del crimen, la ciencia aportaría herramientas tan poderosas como para identificarlo y detenerlo protegiendo a la comunidad.27 Hoy en día la aplicación tanto de las ciencias forenses como del método científico son herramientas poderosas para la resolución de casos criminales como, asesinatos, violaciones e incluso robos mayores. Para poder comprender como es que las ciencias forenses se relacionan con el derecho es necesario conocer la historia de cómo estas dos ramas se conectaron.

OBJETIVOS Objetivo General

• Evaluar la viabilidad del ADN degradado por detergentes, para el desarrollo de una perfilación genética mediante el marcador genético Amelogenina (sexo biológico) Objetivos Específicos:

• Degradar 42 muestras de ADN obtenidas a partir de sangre humana mediante la aplicación de un detergente durante un periodo de tiempo.

• Obtener el tiempo promedio al cual una muestra degradada mediante detergentes aún puede ser evaluada para una perfilación genética y mediante un análisis estadístico simple.

• Evaluar la capacidad de amplificación de secuencia específica de Amelogenina (HUMAMEL Xp22.1-22.3 and Y) después de un procedimiento de degradación.

Todo comenzó hace apenas algunos años atrás, por el año de 1985, en la ciudad de Leicester, Inglaterra, cuando el científico Alec Jeffreys, casi mágicamente, descubrió que todos los individuos podían ser identificados a partir de un patrón específico de su ADN. Jeffreys se hallaba estudiando el gen de una proteína llamada mioglobina, cuando se sorprendió al encontrar que, a lo largo de este gen, aparecían regiones que diferían entre las personas. “Jeffreys, descubrió un método para conseguir una huella genética”27 Está distinguía con facilidad a unos indivi -duos de otros. La clave está en regiones del ADN en las que se presentan unos pequeños fragmentos (minisatélites) que se repiten muchas veces y resulta que el número de veces que se repite cada minisatélite cambia de un individuo a otro. Las diferencias se visualizaban por métodos indirectos,

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en formas de bandas de distintos tamaños, una especie de código de barras que identifica a cualquier ser vivo. Impresionado por sus descubrimiento, le solicito una muestra de sangre a varios miembros de su equipo. Detecto que estas regiones que variaban en tamaño entre los distintos individuos estaban dispersas en todo el genoma y que, a partir de ellas, podía definirse lo que él mismo llamó una “huella genética”.12

Sir Alec John Jeffreys, Miembro de la Royal Society genetista británico que desarrolló las técnicas de la huella genética y del perfil de ADN.

Pero no siempre la aplicación de las ciencias forenses es suficiente para determinar la culpabilidad o no de una persona, debido a que, las pruebas obtenidas en una escena del crimen no siempre se encuentran en condiciones óptimas para la obtención de un resultado fidedigno. Por ello es necesario desarrollar metodologías que ayuden tanto a las ciencias como al derecho a optimizar los recursos para el dictamen de un juicio.23 Pero, también es cierto que la base científica que apoya los modernos métodos genéticos es susceptible de generar falsas expectativas en orden a su valoración probatoria, si se aborda separada de la adopción de una serie de garantías que afectan a la regularidad con que ha de desarrollarse el procedimiento científico, La huella genética presenta alguna similitud con la huella dactilar, de 84

tal forma que es muy remota la posibilidad de que coincidan varias personas con idénticas crestas dactilares.22 A lo largo de los años se han presentado algunos casos que han hecho dudar de la forma en que se aplica el método científico en las ciencias forenses. Estos casos demuestran que aún es necesario el desarrollo de mejores metodologías para la obtención de un perfil genético. Ejemplo de ello son el caso “Castro” y el del famoso caso del jugador de futbol americano “O. J Simpson”. En relación con la fiabilidad del método de análisis de ADN encaminado a la identificación, es oportuno citar el caso de Castro vs New York State en el que se rechazó el informe elaborado por los laboratorios privados Lifecode de los que resultaba una elevada coincidencia entre los patrones de ADN hallados en las victimas y los procedentes del acusado señor Castro. Se prescindió del análisis de dos bandas de más en el perfil de ADN correspondiente a vestigios hallados en el reloj del acusado, bajo el argumento de que se trataba simplemente de contaminación de origen humano, pues se habían comparado directamente las muestras de ADN de origen distinto en lugar de evaluarlas por separado; hubo una confusión total acerca del ADN que se utilizó como control y tampoco se dejó constancia con el suficiente detalle del proceso llevado a cabo. El juez Gerald Sheindlin pronunció en su dictamen de 14 de julio de 1989 que no estaba convencido de la fiabilidad del método seguido por la empresa encargada de la pericia en el caso Castro.22 En 1994, O. J. Simpson, el reconocido jugador de fútbol americano, fue acusado del asesinato de su esposa, Nicole Brown Simpson y de su amigo Ronald Goldman. La policía había levantado manchas de sangre en la escena del crimen, cuyo perfil genético se

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correspondía con el de Simpson. Pero, si bien las pruebas demostraban que este último era el responsable de los homicidios, sus abogados defensores, Peter Neufeld y Barry Schek obtuvieron su absolución.

fensores adujeron que las pruebas habían sido falsificadas. Nadie pudo refutar esta defensa. Simpson fue liberado y la policía, acusada de haber obrado inadecuadamente.27

¿Cómo lo consiguieron? Demostraron que las evidencias no sólo habían sido incorrectamente levantadas, sino que no se había controlado la cadena de custodia planteando la pregunta obvia: ¿con qué criterios se considera que una muestra de ADN procedente del lugar del crimen coincide con la muestra extraída de la sangre del sospechoso?

Cómo es que estos vestigios biológicos pueden ser utilizados para una perfilación genética aun después de que ha transcurrido tiempo desde que estos comienzan a experimentar deterioro por las diferentes condiciones a las que se pueden exponer, esto de sebe a que “el ADN es una molécula tan estable que puede extraerse del semen aunque tenga algunos años, de manchas de sangre raspadas en un camino o del volante de un coche. Sin embargo, también es verdad que el ADN se puede degradar, sobre todo en condiciones de humedad, y cualquier tipo de ADN será creíble en la medida en que lo sean los procedimientos de recolección, manipulación y presentación.” 12

“El ADN es una molécula tan estable que puede extraerse del semen aunque tenga algunos años, de manchas de sangre raspadas en un camino o del volante de un coche. Sin embargo, también es verdad que el ADN se puede degradar, sobre todo en condiciones de humedad, y cualquier tipo de ADN será creíble en la medida en que lo sean los procedimientos de recogida, manipulación y presentación.” 12 El equipo de abogados de Simpson consiguió señalar las situaciones en las que parecía posible, si no probable, que las muestras se hubieran degradado, o incluso peor, se hubiesen contaminado. Por ello, los de-

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Encontrar, como vulgarmente se dice, un “ADN” en la escena de un crimen no significa identificar a quién cometió el delito. Un pelo, una mancha de sangre, una colilla de cigarro o un trozo de tela pueden poseer el ADN de un sujeto que pudo haber estado presente en el sitio donde ocurrió el delito sin necesariamente ser el culpable. Cuando

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jueces y fiscales asumen un caso deben inspeccionar la escena, describir minuciosamente cada elemento, recoger todas aquellas muestras que puedan ser estudiadas y enviar cada una a los peritos correspondientes. Entre ellas se incluyen las pruebas de ADN, sobre las cuales en la actualidad ha recaído la mayor esperanza de encontrar algún indicio para descubrir al culpable.15

que los vestigios biológicos hallados en la escena del crimen o en la propia víctima, coinciden prácticamente con los obtenidos del inculpado siempre que procedan de la misma persona. Las posibilidades de identificación de una persona mediante su ADN son superiores en grado sumo a las permitidas por cualquier otra técnica existente en la actualidad.

Como en todo “el ADN se puede degradar, sobre La base de esta descansa procedimiento que todo en condiciones de humedad, y política en la obligada espasa a través de varias manos, en una cualquier tipo de ADN será creíble tandarización del prueba de ADN es en la medida en que lo sean los pro- método básicamente en torno a la nenecesaria la supercedimientos de recogida, manipulacesidad de la estanvisión de cada una ción y presentación” darización y los de las etapas, para controles de calique el resultado final sea confiable para todas las partes invo- dad. Este proceso de estandarización ha cuajado en la consolidación de asociaciones, lucradas u no pueda ser impugnado.27 Son los investigadores a cargo de un caso frecuentemente de nivel supranacional, que quienes deben garantizar que las evidencias persiguen como objetivo la homologación extraídas en la escena del crimen sean las de métodos y sistemas de análisis de ADN, que efectivamente reciba el laboratorio que así como la aplicación de adecuados controlas procesará. Por lo tanto, quién las entre- les de calidad. gará. La persona que las reciba deberá verificar, a su vez, que lo recibido se corresponda estrictamente con lo envidado. Cualquier error, por minúsculo que sea, puede poner en tela de juicio los resultados. Como se ha mencionado, el impacto que las modernas tecnologías, entre las que cabe incluir la genética forense, han ocasionado en la tarea de esclarecimiento de la actividad delictiva una novedad, pues mitiga la existencia del riesgo de excederse en la investigación básicamente porque muchos de los polimorfismos de ADN que se utilizan no tienen relación directa con las enfermedades. El análisis de los polimorfismos de ADN permite indicar, por lo menos teóricamente,

Las fallas en que se puede incurrir durante el procedimiento de análisis de ADN desde su inicio hasta su conclusión pueden venir determinadas, no sólo por una deficiente aplicación del método científico- detectable si se aplican las normas de estandarización y los debidos controles de calidad, sino también por el defectuoso desarrollo de la fase que se sucede con anterioridad a la llegada de los vestigios o muestras de laboratorio Uno de los principales inconvenientes que presenta el método de análisis de ADN deriva del hecho de que las muestras o vestigios no se encuentran con frecuencia en el estado más idóneo para su posterior tratamiento en el laboratorio. En el momento en que el material bio-

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dación de las muestras, bien por su antigüedad, o bien por verse afectadas por un proceso de descomposición. En caso de putrefacción de un organismo vivo, el ADN de la sangre o de los músculos está igualmente degradado, por lo que será preciso obtener muestras de tejidos duros o resistentes. Igualmente, tratándose de vestigios húmedos, el ambiente puede originar la proliferación bacteriana y fúngica. lógico abandona el cuerpo, esté se encuentra en un entorno exterior en el cual cambios comienzan a tener lugar.22 El ADN se encuentra unido muy fuertemente dentro de los cromosomas de la célula, extendiéndolo a su longitud completa, cada cromosoma podría extenderse durante metros. Fuera de su entorno natural protegido, estas moléculas largas y delgadas pueden ser muy frágiles. El ADN está sujeto a la degradación (romperse en fragmentos pequeños) y dicha degradación puede tener un efecto sobre la capacidad de obtener un resultado útil de tipificación de ADN. Los factores que conducen a la degradación del ADN incluyen el tiempo, temperatura, humedad (que conduce a la proliferación de microorganismos), la luz (la luz solar y la luz UV), y la exposición a diversas sustancias químicas.23 Otro de los inconvenientes se refiere a la calidad o cantidad de la muestra misma. Puede ocurrir que las muestras o vestigios a analizar sean minúsculos (pequeñas muestras de sangre, saliva, etc.) o que la cantidad de ADN que contiene no resulte suficiente. Los inconvenientes pueden ocasionarse igualmente como consecuencia de la degra-

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La disponibilidad de las muestras de ADN que son de calidad y cantidad adecuada es esencial para cualquier análisis genético. Los campos de la genética forense y pruebas clínicas de diagnóstico de patología a menudo sufren de muestras limitadas que producen material de ADN insuficiente para permitir un análisis exhaustivo.6 La degradación del ADN se produce tanto a través de mecanismos químicos como enzimáticos.13 Después de la muerte de la célula u organismo, las moléculas de ADN se someten rápidamente a la degradación por nucleasas celulares, seguido por bacterias, hongos y la infestación de insectos17. Cualquier ADN restante se somete a la escisión hidrolítica y daño oxidativo. La escisión primaria hidrolítica se dirige al enlace glucosídico azúcar-base, lo que resulta en la pérdida de base a través de la depuración y la posterior formación de muescas de la DNA19. La velocidad de escisión hidrolítica aumenta con el calor y la humedad, causando la escisión soporte directo del ADN debido al secado.17La degradación del ADN también puede ser causada por daño oxidativo, por la oxidación de los límites de carbono en pirimidinas y los anillos de imidazol en purinas, como resultado la fragmentación

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del anillo.16La fragmentación de las moléculas de ADN en regiones donde primers hibridan o se unen, o en regiones internas de los primers, pueden reducir significativamente la eficiencia y el éxito de la amplificación por PCR.6 Muchos de estos problemas pueden resultar solubles en la actualidad mediante la aplicación del método consistente en la reacción en cadena de la polimerasa (PCR por sus siglas en ingles) que permite amplificar un alelo de ADN de un locus determinado un número infinito de veces.22 La tecnología de amplificación de ADN tales como la PCR o la amplificación del genoma entero (WGA) implica la producción de ADN a cantidades adecuadas para el análisis. Tecnologías de amplificación de ADN pueden implicar una técnica para la amplificación específica de una región particular de interés, o la amplificación no específica de las muestras forma de ADN que contienen cantidades bajas de ADN con el fin de aumentar la cantidad de ADN molde para un amplio análisis genético, tal como se realiza por WGA. La capacidad de amplificar con éxito pequeñas cantidades de muestras de ADN es un requisito previo para ensayos de biología en varios campos diversos como la genética forense, la arqueología molecular y diagnóstico clínico.6 La Genética forense comenzó con el descubrimiento en el año 1900 por Karl Landsteiner del grupo ABO y con la demostración de su herencia de este grupo en 1910. Poco después (1912) fue utilizado ya en casos de investigación biológica de la paternidad y pronto en el análisis de vestigios biológicos de interés criminal como manchas de sangre. La introducción de los antígenos del sistema mayor de histocompatibilidad, HLA,

supuso una gran revolución en la prueba biológica de la paternidad a partir de 1970 sobre todo tras los trabajos realizados por el vienés Wolfgang Mayr. Sin embargo tanto los HLA como los anteriores marcadores genéticos presentaban grandes limitaciones cuando se trataba de analizar muestras degradadas o en minúscula cantidad lo que sucede con mucha frecuencia en el trabajo forense.9 En 1983 a Mullis se le ocurrió la idea de amplificar una secuencia de ADN mediante la utilización de dos indicadores, uno por cada hebra del ADN. Mediante la repetición de manera cíclica de la separación de las hebras, la unión de éstas a sus respectivos indicadores y la síntesis de cada una de las cadenas, Mullis pensó que se podría generar una cantidad exponencial de ADN. El desarrollo de la PCR supuso un hito fundamental en el desarrollo de las técnicas asociadas con el ADN recombinante. La tipificación forense del ADN utiliza regiones de ADN de micro satélites con unidades de repetición de 4pb de longitud, denominado repeticiones cortas en tándem de nucleótidos de tetra (STR). El uso de marcadores STR ha llegado a ser popular debido a que son tan fácilmente amplificados por el PCR en reacciones multiplex en las cuales numerosos marcadores STR son coamplificados simultáneamente, generando fragmentos de PCR de entre 97-465bp de longitud2 permitiendo así el análisis de muestras de ADN moderadamente degradadas.6 En octubre de 2005 MR. Villegas et al. Se dieron a la tarea de determinar la sensibilidad y efectividad de algunos métodos como el del Luminol, Fenolftaleína y Piramidón, como indicadores de la existencia de sangre humana y la técnica de Absorción-Elución

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para la determinación del grupo ABO en muestras sanguíneas que habían sido sometidas a degradación en diferentes soportes, esto simulando posibles situaciones que se pueden desarrollar en un crimen. Los resultados de esta investigación dieron como resultado que el test de Piramidón es una excelente prueba presuntiva para diferentes soportes y condiciones.26 La sensibilidad del test de Luminol de 1/500.000 fue seguida por la de la Fenolftaleína con una sensibilidad de 1/5.000; arrojando también como resultado que el test de Takayama se ve severamente afectado cuando las muestras han sido expuestas a altas temperaturas, así como la técnica de Absorción-elución que se vio afectad principalmente por el tipo de soporte.26 Este tipo de ensayos dejaron de manifiesto que era necesaria la evaluación de la sensibilidad y eficacia de las diferentes técnicas utilizadas en la genética forense para así obtener resultados confiables y de una manera eficiente. Por ello en 2012, el Biólogo Christian Ramón Hernández Sánchez de los laboratorios GENTEST se dio a la tarea de continuar con estas investigaciones sometiendo muestras sanguíneas a diferentes temperaturas, durante diferentes periodos de exposición, para así determinar la sensibilidad y eficacia de los protocolos de amplificación con marcadores comúnmente usados en estas investigaciones como lo es la Amelogenina, así como el uso de geles de poliacliamida y agarosa para dicho proceso. Dichos estudios dieron como resultado que las muestras sanguinas sometidas a cualquier temperatura por más de ocho días arrojaban una amplificación más baja que las que habían sido expuestas durante menor tiempo. Otro resultado altamente relevante fue que la amplificación tuvo mayor margen de resul90

tados positivos corriendo las muestras en geles de poliacrilamida en comparación de los amplificados en agarosa. En dicha investigación se recomendó realizar otros estudios similares con otro tipo de variables para así mejorar un más los protocolos empleados en el campo de la genética forense.3 Es por ello que a finalidad de este proyecto de investigación es someter muestras sanguíneas a otros factores que pueden degradar el ADN para que en conjunto con la investigación realizada por los laboratorios GENTEST y el trabajo desarrollado por Sánchez P. Guillermo, se puedan tanto mejorar como estandarizar mejores metodologías para la obtención de un perfil genético.

MATERIAL Y MÉTODO 1. Planteamiento del experimento Se realizó un diseño de experimento transversal de tipo descriptivo determinando una N= 42 muestras para obtener resultados significativo estandarizando el protocolo de extracción de ADN por resinas quelantes llamadas Chelex®. 2. Muestras, soporte y condiciones Se procedió tomar muestras sanguíneas por punción venosa en tubos sin anticoagulante de una persona de sexo masculino. A continuación se colocaron manchas representativas de 100µl de sangre humana en soportes de tela de algodón de 2 cm de ancho por 2 cm de alto, las cuales fueron tratadas previamente. Posteriormente se les colocaron 200µl de los detergentes Ariel Líquido y Más Color a diferentes concentraciones (10%, 50% y 100%).Se utilizaron muestras control a las cuales no se les aña-

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dió ningún detergente Los detergentes utilizados fueron seleccionados por sus componentes tenso activos y el soporte utilizado se basa en la bibliografía tomando en cuenta las investigaciones anteriores. Los periodos de exposición fueron de 1,3, 6,12, 48 y 92 días. Se realizaron muestreos por duplicado de cada uno de los factores. 3. Extracción de ADN Se realizaron cortes de 1cm2 a cada una de las telas con las manchas colocándolas en tubos Eppendorf, las cuales se resuspendieron en 1000µl de agua desionizada durante 10 minutos, posteriormente se adicionaron 180µl de resinas quelantes Chelex® e inmediatamente 20µl de Proteinasa K. Se incubaron las muestras durante 24hrs a 56ªC, pasado este tiempo las muestras se llevaron a 98ªC durante 10 minutos. Por último las muestras a las muestras fueron almacenadas a 4ºC hasta su posterior am-

plificación. 4. Amplificación Se realizaron 42 amplificaciones de ADN de las muestras obtenidas a partir del proceso de extracción obtenidos de las exposiciones a las diferentes concentraciones de los detergentes, las cuales fueron expuestas durante diferentes intervalos de tiempo (1, 3, 6, 12, 48 y 92 días), mediante el uso del marcador genético Amelogenia. El procedimiento utilizado fue el siguiente:

• Se esterilizó la campana de flujo laminar con alcohol al 70%

• Posteriormente se retiraron del congelador el marcador genético Amelogenina, la Taq polimerasa, el buffer 10x, y se colocaron dentro de la campana para su descongelación.

• Se procedió a rotular c/u de los tubos con

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el número asignado a cada muestra.

• 15ml de agua esteril

LANO con 5 µl de ácido acético y 950 µl de etanol al 95%. La solución se colocó y esparció de manera uniforme sobre el vidrio con una kimwipes, dejándola actuar durante 5 minutos.

• 2.5ml de buffer 10x

Preparación del gel de Poliacrilamida

En un tubo para PCR se colocó lo siguiente:

• 2.5ml del marcador genético Amelogenina • 0.5ml de Taq Polimerasa • 2.5 ml de la muestra de ADN 5. Secuenciación Se llevó acabo la secuenciación de 42 muestras obtenidas a partir de la extracción de ADN sometidas a degradación con detergentes, en una matriz de gel de poliacrilamida. Para la preparación del gel se procedió a la preparación previa de los vidrios de electroforesis, la preparación del gel de poliacrilamida, el corrimiento de las muestras y el revelado de las muestras. Los protocolos utilizados para estar parte del experimento fueron los siguientes: Preparación de las placas de vidrio de cámara de electroforesis Se lavaron ambos vidrios con al alcohol al 95%. El vidrio grande se preparó con 2ml de SIGMACOTE esparciéndolo de forma uniforme sobre el vidrio con una kimwipes, dejándolo reposar durante 5 minutos. Para la preparación del vidrio corto se preparó una solución de 3.20 µl de BIN SI-

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En 23ml de agua desionizada se agregaron 20.7gr de Urea, a esta solución se adicionaron 3.75ml de TBE 10X, 50 µl de N,N,N′,N′-Tetramethylethylenediamine (TEMED) y 500µl de Persulfato de Amonio al 10%(PSA). Corrimiento del gel de poliacrilamida Se colocó el vidrio que contiene el gel de acrilamida a pre-correr por 1 hora a un voltaje de 1700 volts. Se prepararon las muestras con 3 μl de azul por 3-5 μl de la muestra y se procedió a desnaturalizarlas muestras por 2 minutos y medio a 98 °C Mientras se lavaron los pozos con una jeringa y el buffer TBE 10 X, posteriormente Se corrió por completo el gel por 55 min. A un voltaje de 1950 volts. Una vez terminado el proceso de corrimiento del gel se procedió a separar los vidrios colocándolos en el recipiente de tinción-revelado para proceder el siguiente paso. Tinción y revelado con plata 1. Solución fix/stop – 20minutos 2. Agua desionizada- 3 x 2 minutos

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3. Solución de tinción – 30 minutos 4. Agua desionizada – 10 segundos

proceso de electroforesis obtenidas en los geles de poliacrilamida.

5. Solución reveladora – 10 minutos (hasta observar las bandas) 6. Agua desionizada – se agregó agua hasta cubrir el vidrio.

RESULTADOS En las imágenes 1 y 2 se puede apreciar las bandas que arroja el estudio luego del

Imagen 3

Los resultados se observan con más claridad en las imágenes ampliadas de las bandas obtenidas tras el proceso de amplificación. (Ver imágenes 3 y 4)

Imagen 1

Imagen 4

Imagen 2

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Concentración Día 1 3 6 12 48 92

Muestra Control Si SI SI SI NO NO

Izquierda Tabla 1. Tabla en la que se muestra la presencia de amplificación de las muestras control.

Abajo Tabla 2. Tabla que muestra los resultados obtenidos del proceso de amplificación de las muestras sometidas a los detergentes empleados, en diferentes concentra-

Muestra Día/ Concentración 1 3 6 12 48 92

Detergente 1 10% 50% 100% NO NO NO NO NO NO SI SI SI NO NO SI NO NO NO NO SI NO

Detergente 2 10% 50% 100% NO NO NO NO NO NO NO SI SI NO NO SI NO NO NO NO NO NO

Para la realización de los gráficos se utilizó el valor de “10” como presencia de amplificación y el valor de “0” como ausencia de amplificación. Esto con la finalidad de facilitar el graficar los datos obtenidos.

Grafico 1. “detergente #1” Muestra la presencia o ausencia de amplificación según el día y la concentración.

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Grafico 2. “detergente #2” Muestra la presencia o ausencia de amplificación según el día y la concentración.

Día

1 3 6 12 48 92

Porcentaje de amplificación 10% 50% 100% 0 0 0.5 0 0 0

0 0 1.0 0 0 0.5

0 0 1.0 1.0 0 0

Tabla 3. Tabla que expresa la probabilidad de amplificación de las muestras después de haber sido expuestas a diferentes concentraciones de los detergentes a diferentes periodos de exposición.

Día

Muestras amplificadas a 10, 50 y 100% de exposición al detergente

Porcentaje de amplificación

1

0 de 6 Muestras

0

3

0 de 6 muestras

0

6

5 de 6 muestras

0.83

12

2 de 6 muestras

0.33

48

0 de 6 Muestras

0

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1 de 6 muestras

0.16

Tabla 4. Tabla que expresa la probabilidad de amplificación de las muestras sometidas a un detergente, independiente de la concentración del mismo, a diferentes periodos de exposición. http://revista-temas.blogspot.com.ar

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Grafico 3. Grafico en el cual se expresa la probabilidad de amplificación de las muestras en el trascurso de los diferentes periodos de exposición.

DISCUSIONES Analizando los resultados obtenidos se puede observar que la exposición a cualquiera de los detergentes empleados implica un la inhibición de un proceso exitoso para la obtención de un perfil genético. Existen factores que interfieren en el proceso de amplificación los inhibidores de la PCR no solo pueden encontrarse en las muestras originales, sino que pueden ser añadidos a la mezcla de reacción durante el procesamiento de la muestra previo a la amplificación del ADN. Entre estos inhibidores se incluyen los reactivos usados durante el paso de extracción y purificación del ADN, ejemplos conocidos son el etanol, fenol, isopropanol, y en con mayor importancia para la presente investigación los detergentes iónicos como el desoxicolato de sodio, sarcosil y dodecilsulfato de sodio (SDS). Los inhibidores son materiales que son co -extraidos o inhiben la extracción de ADN, estos trabajan interfiriendo con la ruptura

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de la célula, degradando ó enlazando ácidos nucleicos, degradando ó enlazando la polimerasa, e incluso interfiriendo con las condiciones de reacción de PCR. Como se sabe los detergentes como el SDS son utilizados comúnmente en los procesos de amplificación de ADN, estos son utilizados ya que las sales caotrópicas (como las del SDS) ayudan a romper la estructura tridimensional de macromoléculas como las proteínas o los ácidos nucleicos consiguiendo su desnaturalización, la adición de los detergentes es necesaria a menudo para eliminar las membranas.21 Los diferentes mecanismos por los que esta inhibición puede actuar es por la degradación o captura de ADN o bloqueando el sitio activo de la polimerasa. A pesar de las ventajas del PCR, en ocasiones su utilidad como método diagnóstico se ve afectada por la presencia de sustancias que inhiben la amplificación de los ácidos nucleicos en las muestras que se analizan. Estos inhibidores pueden afectar la sensibilidad de detección del ensayo, inclu-

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so cuando están presentes en pequeñas cantidades, conduciendo a la generación de resultados falsos negativos. Esto se puede observar claramente en los resultados expuestos en la tabla 2, donde se expresa amplificación de las muestras en el sexto día de exposición. En el caso del desarrollo del presente trabajo experimental se pudo observar que al adicionar este tipo de sales (detergentes) de manera externa, la probabilidad de obtener un perfil genético adecuado disminuye, esto se puede suponer se debe a diferentes factores que conlleva la adición de estos, por ejemplo se sabe que los yacimientos en áreas activas de suelo o medios húmedos reducen drásticamente la probabilidad de éxito en la extracción de ADN en cortos periodos de tiempo.4 La adición de un detergente comercial durante ciertos periodos de tiempo supone a su vez cierta adición de condiciones de humedad a las muestras biológicas, por otra parte la exposición constante de estas sales a la larga puede conducir a un aumento del pH lo cual al llegar a condiciones altamente alcalinas puede afectar directamente en la obtención del perfil genético, esto se debe a que un comportamiento característico observado en las disoluciones de ADN cuando es sometido a pH ácido o alcalino, es una repentina perdida de viscosidad.14 Esto se produce a causa de la rotura de los enlaces de hidrogeno que mantienen apareadas a las bases nitrogenadas, y de la alteración de las interacciones hidrofóbicas entre las, lo que conduce a una separación total o parcial de filamentos de ADN. De esta manera aumenta también el daño ocasionando por el factor de humedad antes mencionado ya que tras la hidrolisis en sus componentes químicos se pueden identifi-

car las cuatro bases, además del daño oxidativo, se da un cierto deterioro hidrolítico ocasionado por reacciones espontaneas en presencia de agua. Hay también condensación donde se forman enlaces cruzados entre moléculas de ADN y proteínas.25 Al encontrarse expuesta a las diferentes condiciones ambientales la sangre utilizada comenzó a coagular antes de la adición del detergente y se sabe mediante la literatura que durante la coagulación el fibrinógeno (una proteína soluble de la sangre) se convierte en fibrina insoluble la cual tiene la capacidad de entrelazarse y atrapar entre sus fibras proteínas, agua y células impidiendo una lisis apropiada, lo cual puede disminuir así el proceso de amplificación de las muestras. Hablando de las repercusiones que puede tener la exposición del detergente sobre la muestra, que en este caso fue sangre, existen variables que de igual manera disminuyen el porcentaje de éxito en la perfilación genética. En contraparte a lo mencionado anteriormente, los detergentes tienen la característica de facilitar la lisis de membranas celulares, esto incluye directamente los eritrocitos contenidos en la sangre. La hemólisis libera hemoglobina, un contaminante e inhibidor de las reacciones enzimáticas. Como ya se mencionó para la lisis celular se utilizan soluciones básicas, detergentes o agentes caotrópicos que permiten disolver

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la membrana celular. Muchas soluciones de lisis contienen también EDTA, que forma un complejo con los iones de Mg2+ e impide el funcionamiento de las DNasas Hablando directamente del procedimiento de amplificación empleado la exposición al detergente pudo haber afectado este proceso, ya que como se mencionó durante el proceso de extracción fueron utilizadas las resinas quelantes Chelex® y la proteinasa K. Las resinas queantes Chelex® cumplen la función de interactuar con los iones de Mg2+ lo cual cumple la función de detener el deterioro de la muestra mediante la inhibición de las DNasas, de igual manera la enzima proteinasa K empleada activada por el calcio digiere las proteínas residuales que pueden afectar el proceso de amplificación, preferentemente después de los aminoácidos hidrófobos. Tras la eliminación de los iones de calcio, la estabilidad de la enzima se reduce, pero la actividad proteolítica se mantiene. Proteinasa K tiene dos sitios de unión para Ca2+, que se encuentra cerca del centro activo, pero no están directamente involucrados en el mecanismo catalítico. Los detergentes por su parte son capaces de formar sales insolubles con los iones Ca2+ y Mg2+ lo cual disminuye la actividad tanto de las resinas empleadas como de la enzima, lo cual disminuye la probabilidad de obtener una perfilación genética.15 También se ha demostrado que la Taq DNA polymerasa es más sensible a la acción de los inhibidores que otras polimerasas termoestables como la Tth, de Thermus thermophilus y la Tfl de Thermus flavus. Esto corrobora la afirmación de que el grado de inhibición del PCR depende del tipo de polimerasa termoestable usada en la reacción. Mencionados los puntos anteriores, es de

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importancias tomar en cuenta las condiciones en que son encontrados los vestigios biológicos ya que como se demostró en el presente trabajo la exposición directa a detergentes, independientemente de a concentración del mismos, directamente sobre el vestigio implica un impedimento para la obtención de un perfil genético, interactuando directamente sobre la muestra o interfiriendo en los diferentes pasos de la extracción y amplificación del ADN.

CONCLUSIONES El uso de un método adecuado de extracción es fundamental, no solamente para eliminar impurezas, pero sobre todo, para evitar la inhibición en la amplificación de productos en pruebas de PCR. La aplicación de detergentes sobre muestras sanguíneas parece presentar algún impedimento en la amplificación de las muestras debido a la gran cantidad de interacciones que puede presentar con tanto con los componentes mismos del vestigio así como con los utilizados para el proceso de preservación y amplificación de los mismos.

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AGRADECIMIENTOS A la Universidad Autónoma de Aguascalientes por haber proporcionado las los conocimientos que permitieron forjarme como un profesionista apasionado por la investigación y el compromiso con los demás. A los laboratorios Gentest por brindarme las herramientas necesarias para llevar a caobo este proyecto de investigación el cual permitió concluir mis estudios. Al M en C. Forenses Daniel De La Barrera Escamilla y al Lic. En Biología Christian Ramón Hernández Sánchez por brindarme 100

consejo, apoyo y amistad durante el desarrollo del proyecto. A mis compañeros y amigos Guillermo Sánchez Patrón, Kilvare Fernández Delgado y Claudia Ibarra Rosales por presentar su apoyo y amistad incondicional durante el transcurso de mis estudios, tanto institucional como personalmente. A mis amigos incondicionales Cesar Ari Márquez Soria, Carlos Alberto López Beltrán y Luis Alberto García Cruz por fomentar el superarme en cada una de las etapas vividas durante el trascurso de mis estudios. A mis compañeras y maestros Celina Guadalupe Rivera Sandoval, Leticia María Lili Carrillo, al Dr. Martín Humberto Muñoz Ortega y la Dra. Esperanza Sánchez Alemán por ayudarme en mi formación y adquisición por el gusto de la investigación en mi transcurso de inició en la investigación en el laboratorio de morfología de la Universidad Autónoma de Aguascalientes. Por último a las personas más importantes las cuales son las responsables de mi formación como ser humano, como persona, a las cuales les debo todos los logros alcanzados y aquellos por venir, a mis hermanos Adrián Alejandro Hernández Vázquez, mi hermana Mabelly Denisse Hernández Vázquez y a mis padres Blanca Aurora Vázquez Serrato y Francisco Javier Hernández Jiménez.

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TEMA’S Revista Digital de Criminología y Seguridad

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Revista TEMA’S Año IV - Número 29 — Marzo de 2015 WATSON CONSULTORES

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